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Al Juzgado de Guardia de Madrid


Miguel Ángel Gallardo Ortiz, ingeniero, criminólogo, licenciado en Filosofía y diplomado en Altos Estudios Internacionales, en su propio nombre y derecho y también como Administrador Único de la empresa Cooperación Internacional en Tecnologías Avanzadas (CITA) SLU, constituida en 1996, y presidente de la Asociación para la Prevención y Estudio de Delitos, Abusos y Negligencias en Informática y Comunicaciones Avanzadas (APEDANICA), constituida en 1992 con Tel. 902998352 fax 902998379 E-mail: miguel@cita.es domicilio en C/ Fernando Poo 16-6ºB 28045 Madrid como mejor proceda formula DENUNCIA PÚBLICA PENAL por los HECHOS:


Con fecha 26 de agosto de 2008 se publica en el Web www.axon-capital.com este texto:

La idea inicial del fondo partió de la Agencia Financiera de Madrid y Axon Capital, con el espíritu de apalancar fondos públicos para fomentar la innovación y la tecnología en la región, y apoyar la estrategia de fomento de la innovación que la Comunidad ha puesto en marcha. De hecho, la Comunidad solo participa con 3 millones de euros (aproximadamente un 10% del capital), el resto es, principalmente, capital privado de origen extranjero, como es el caso de bwin, una empresa que supera los 1.200 trabajadores, de los que dos tercios trabajan en el área de Tecnologías de la Información, que participará con al menos 4 millones de euros en el nuevo vehículo de Axón.

No hemos encontrado ninguna referencia en el Web www.madrid.org a nada que podamos considerar relacionado con esa presunta participación de la Comunidad de Madrid con fondos públicos en un negocio privado, ni tampoco pudimos conseguir nada relevante en las Actuaciones Previas 28/12 del Tribunal de Cuentas iniciadas de oficio por escrito de denuncia del Fiscal-Jefe del Tribunal de Cuentas (folios 2 a 5 de las Actuaciones Previas 28/12) ni tampoco en las Actuaciones 67/10 (D.P. A162/09), 63/10 (D.P. A147/09) y Diligencias Preliminares A235/10 también del Tribunal de Cuentas en las que expresamente hemos denunciado ese hecho. Se adjunta copia impresa de nuestra denuncia al Tribunal de Cuentas de fecha 29 de noviembre de 2010, con la documentación aportada también disponible en Internet http://www.miguelgallardo.es/axon.pdf


3º El hecho de que el fiscal del Tribunal de Cuentas José Ángel Serrano Herraiz conozca las actuaciones y diligencias responsabilidad del Fiscal-Jefe del Tribunal de Cuentas Olayo Eduardo González Soler no significa ni descarta en modo alguno que pueda haber un presunto delito de malversación de caudales públicos, posiblemente en concurso con otros delitos de tráfico de influencias posiblemente ya prescritos, o falsedad, fraude o estafas. Antes al contrario, lo que la documentación que se aporta evidencia es la absoluta falta de celo y la descoordinación perezosa de la fiscalía del Tribunal de Cuentas, y en todo caso, incluso si no hubiera ninguna irregularidad contable, es perfectamente posible que pueda existir un delito de malversación de caudales públicos pese al conocimiento documentado de cualquier fiscal, y en especial, en el Tribunal de Cuentas. Antes al contrario, existen numerosísimos ejemplos de silencio o expresa petición de archivo de la fiscalía del Tribunal de Cuentas en la jurisprudencia de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, siendo en este sentido tan clara como firme la sentencia del Tribunal Supremo, STS 429/2012, que condena hechos que la jurisdicción contable no detectó, pese al conocimiento documentado de esa misma Fiscalía (cita textual: “Tampoco los controles contables de la Sindicatura de Cuenta y del Tribunal de Cuentas detectaron la irregularidad del desvío de los fondos, pues las transferencias eran efectivamente realizadas y contaban con la justificación aparente de la totalidad de los contratos expuestos y del puesto de dirección que ostentaban quienes los habían otorgado).


4º Tampoco la Comisión Nacional de la Competencia (CNC) hizo la más mínima comprobación de los hechos denunciados con fecha 27 de mayo de 2011, ratificada y ampliada en escrito de 21 de junio de julio de 2011 que se adjunta y puede verse en http://www.miguelgallardo.es/casino.pdf


5º Es difícil, o al menos siempre lo ha sido para nosotros, comprobar cualquier actuación de la Agencia Financiera de Madrid, más aún ahora que está extinguido como puede verse en

Ley 9/2010, de 23 de diciembre - Comunidad de Madrid

13 Jul 2012 – Ley 9/2010, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y Racionalización del ... Extinción de la Agencia Financiera de Madrid.

Artículo 24.- Extinción de la Agencia Financiera de Madrid

Queda extinguido el Organismo Autónomo de carácter administrativo Agencia Financiera de Madrid, creado por la Ley 3/1997, de 8 de enero, integrándose el conjunto de bienes, derechos y obligaciones resultantes de su extinción en la Consejería competente en materia de política financiera.

Pero entendemos que es de aplicación el Decreto 25/2009, de 18 de marzo, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía y Hacienda (BOCM 75 de 30 de marzo) y el Decreto 89/2010, de 23 de diciembre, del Consejo de Gobierno, de adecuación de la estructura de la Comunidad de Madrid a las medidas de racionalización del Sector Público autonómico
Artículo 4.- Consejería de Economía y Hacienda. Corresponde a la Dirección General de Política Financiera, Tesorería y Patrimonio el ejercicio de las funciones del organismo autónomo administrativo Agencia Financiera de Madrid.



Por lo expuesto, al Juzgado solicitamos que teniendo por presentada esta DENUNCIA PÚBLICA PENAL se digne admitirla considerando especialmente que por las fechas de los hechos puede existir algún riesgo de prescripción que pretendemos que se impida con la admisión, y sin perjuicio de cualquier otra diligencia que el Juzgado considere oportuna, oficie a la Dirección General de Política Financiera, Tesorería y Patrimonio de la Comunidad de Madrid, Titular: Ilmo. Sr. D. José Luis Moreno Casas Dirección: Plaza. de Chamberí, 8, 28010 Madrid (Política Financiera y Tesorería) y para mayor seguridad también a la sede de C/ Santa Catalina, 6 28014 Madrid (Patrimonio y Contratación Pública), o por teléfono se requiera a la Secretaría Tel: 91 580 30 44 / 32 70, o a Política Financiera Tel: 91 580 32 62 para que a la mayor brevedad posible informe y documente al Juzgado cualquier capitalización, subvención o ayuda recibida por Axon Capital.


Por ser de hacer Justicia que respetuosamente pedimos en Madrid, a 9 de agosto de 2012.








Fdo.: Miguel Ángel Gallardo Ortiz, ingeniero, criminólogo, licenciado en Filosofía y diplomado en Altos Estudios Internacionales, en su propio nombre y derecho y también como Administrador Único de la empresa Cooperación Internacional en Tecnologías Avanzadas (CITA) SLU, constituida en 1996, y presidente de la Asociación para la Prevención y Estudio de Delitos, Abusos y Negligencias en Informática y Comunicaciones Avanzadas (APEDANICA), constituida en 1992 con Tel. 902998352 fax 902998379 E-mail: miguel@cita.es domicilio en C/ Fernando Poo 16-6ºB 28045 Madrid, adjuntando denuncia y la documentación aportada a las Diligencias Preliminares A235/10 del Tribunal de Cuentas disponible en Internet http://www.miguelgallardo.es/axon.pdf

y la denuncia administrativa presentada a la Comisión Nacional de la Competencia (CNC) con fecha 27 de mayo de 2011, ratificada y ampliada en escrito de 21 de junio de julio de 2011 que se adjunta y puede verse en Internet http://www.miguelgallardo.es/casino.pdf


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y en el formato PDF cerrado preferente http://www.miguelgallardo.es/capital.pdf