La Ley de Enjuiciamiento Criminal vigente en España es muy antigua, pero permite que una parte acusadora o acusada en una instrucción penal proponga prueba pericial y perito con amplios márgenes. Lamentablemente, son pocas las ocasiones en las que se hacen precisas proposiciones de prueba en la fase de instrucción criminal , y menos aún las que se realizan por peritos profesionales bien motivados para investigar hechos y datos controvertidos. En nuestra opinión, la calidad de las pruebas incriminatorias es uno de los mejores, si no el mejor, indicador de la calidad de la Administración de Justicia, y nuestro irrenunciable objetivo es su permanente mejora. Para ello trabajamos en proyectos como el metapericial que se puede ver en http://www.cita.es/metaperitar
Entendemos que el perito tiene como única razón de ser conseguir
poner en el conocimiento y entendimiento del juez instructor no solo la verdad,
sino la lógica de la verdad y las experiencias más relevantes
para comprenderla mediante argumentaciones periciales relevantes y procedentes.
Pero en ocasiones es necesario
centrar pericialmente en el fiscal
una primera fase pericial
para evitar una perversión
del procedimiento penal
en fase de instrucción
criminal
porque pueden confundirse delitos
privados, sólo perseguibles a instancia de parte
, de los delitos públicos,
en los que sí puede actuar el fiscal
. Lamentablemente, muchos acusados
son perjudicados por fiscales
que no deberían de actuar contra ellos, mientras que esos mismos
fiscales son pasivos a la hora de defender el interés general.
Conocemos muchos errores judiciales, y somos muy críticos hacia
los fiscales más perezosos,
torpes, incompetentes, e incluso maliciosos
, por lo que nunca nos negamos a estudiar las
pruebas inculpatorias en las acusaciones del fiscal
, y desconfiamos por sistema de las acusaciones de algunos fiscales a los
que podemos llamar mentirosos hasta
la máss descarada mendacidad judicial
. Estamos dispuestos a llegar muy lejos a la hora de evidenciar el
mal trabajo fiscal
, o el trabajo del mal fiscal
, hasta ridiculizarle y pedir una sanción, o una imputación
si podemos demostrar que un
fiscal miente a sabiendas de que miente, es decir, mendazmente
.
Nuestra formación en criminología e ingeniería (criminalística) , y nuestra experiencia como formadores en el Consejo General del Poder Judicial donde impartimos varias conferencias y dirigimos una obra colectiva sobre "tecnología forense ", nos da cierta seguridad a la hora de defender la dignidad pericial frente a ciertas "violencias judiciales ". A veces, es importante hacerse respetar en un juzgado, resistiéndose a participar en perversiones de las pruebas periciales , y denunciándolas si llega el caso. Posiblemente, lo más valioso de nuestra experiencia sea, precisamente, cada uno de los casos en los que hemos tenido que proponer que se abran expedientes en juzgados en los que se desprecia la prueba pericial , o al perito, porque si se permite la degradación de la Administración de la Justicia, todos seremos gravemente perjudicados.
La peritación en la fase de instrucción puede llegar a ser extremadamente delicada, pero siempre es mucho peor aún no proponerla, o hacerlo demasiado tarde. Nuestro consejo para las partes acusadoras o acusadas es para que participen lo más activamente posible en la construcción y articulación de las pruebas inculpatorias o pruebas exculpatorias , contactando directamente con el perito. Con el debido respeto a los abogados, la experiencia demuestra que cuando no existe una relación directa entre el interesado y el perito, la prueba cuesta mucho más, siempre se retrasa, y es mucho más fácil que se pervierta. Por el contrario, cuando se utilizan bien las comunicaciones telefónicas, faxes y especialmente el correo electrónico en Internet con archivos anexos, en poco tiempo se puede hacer una pieza bien documentada de gran convicción pericial.
Sin perjuicio de cualquier otra posibilidad probatoria, en criminalística y policía científica estamos en condiciones de ofrecer los siguientes servicios periciales :
2.1 Reconstrucciones
periciales
en http://www.cita.es/para/reconstruir
2.2 Identificaciones
legales
en http://www.cita.es/para/identificar
2.3 Para inculpar
(sólo muy justificadamente) en
http://www.cita.es/para/inculpar
2.4 Para exculpar
a inocentes imputados injustamente
en http://www.cita.es/para/exculpar
Recomendamos muy especialmente la legislación pericial criminalística con las normativas aplicables en España y otros países en http://www.cita.es/criminalista
Nota: Estamos trabajando sobre los numerosos enlaces de
estas páginas por lo que agradeceremos sugerencias y referencias especialmente
a abogados y procuradores
y también con y también con
detectives, investigadores privados e investigadores comerciales
que precisen lo que más les interesa de la
prueba pericial
. La inteligencia del jurista
con un equipo formado por un detective
o investigador privado
y un perito judicial
puede ser determinante en un juicio, e incluso hacerlo innecesario, y nosotros
podemos trabajar en equipo para hacer
dictámenes periciales críticos
y mediaciones difíciles
.
ADVERTENCIA: Ni esta empresa, ni ninguna persona que tenga relación con ella asume necesariamente ningún compromiso por esta página o por cualquiera de las que aquí se referencian. Cualquier responsabilidad profesional debe ser pactada en cada caso , considerando acuerdos previos y especialmente contratos profesionales solemnes por escrito (respondemos lo antes posible al correo electrónico y al fax), contactando directamente con:
Miguel Angel Gallardo Ortiz,
Informático, Criptólogo, Ingeniero de Minas, Criminologo
y Perito
Apartado Postal (P.O. Box) 17083, E-28080 Madrid,
España (Spain)
Tel.: (+34) 914743809, Modem/Fax: 902998379, Móvil:
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