Miguel Angel
Gallardo Ortiz
, Informático,
Criptólogo, Ingeniero de Minas, Criminologo y Perito
Apartado Postal (P.O. Box) 17083, E-28080
Madrid, España (Spain)
Tel.: (+34) 914743809, Modem/Fax: 902998379,
Móvil: 619776475
E-mail:
miguel@cita.es
Recopilación
de noticias publicadas sobre:
Expedientes abiertos a jueces y magistrados
por la Comisión Disciplinaria del Consejo General
del Poder Judicial (CGPJ)
y algunas incidencias judiciales muy sospechosas
Preparando el libro sobre "
jueces juzgados
" en http://www.cita.es/jueces/expedientados/libro.htm
Entrevista a Don Federico Carlos Sáinz de Robles, Primer
presidente del Consejo General del Poder Judicial en 1980, y actualmente
abogado de varios jueces sancionados, en
http://www.cita.es/jueces/expedientados/abogado.htm
"Muchos buscan una administración de justicia que,
como servicio público, funcione de forma discretamente ineficaz. Por
eso quieren que los jueces hagamos nuestro trabajo en silencio, sin levantar
polvaredas o escándalos. Es decir, sin que se sepa qué está
sucediendo, porque de esta forma podrán ser controlados mejor
" Baltasar Garzón, "Un mundo sin miedo", pág. 46.
Mateo. 7, 1-6
1 No juzguéis, para que no seáis juzgados.
2 Porque con el juicio con que juzgáis, seréis
juzgados, y con la medida con que medís, os será medido.
3 ¿Y por qué miras la paja que está
en el ojo de tu hermano, y no echas de ver la viga que está en tu propio
ojo?
4 ¿O cómo dirás a tu hermano: Déjame
sacar la paja de tu ojo, y he aquí la viga en el ojo tuyo?
5 ¡Hipócrita! saca primero la viga de tu propio
ojo, y entonces verás bien para sacar la paja del ojo de tu hermano.
Lucas. 6.37-42
37 No juzguéis, y no seréis juzgados;
no condenéis, y no seréis condenados; perdonad, y seréis
perdonados.
38 Dad, y se os dará; medida buena, apretada,remecida
y rebosando darán en vuestro regazo; porque con la misma medida con
que medís, os volverán a medir.
39 Y les decía una parábola: ¿Acaso
puede un ciego guiar a otro ciego? ¿No caerán ambos en el hoyo?
40 El discípulo no es superior a su maestro; mas
todo el que fuere perfeccionado, será como su maestro.
41 ¿Por qué miras la paja que está
en el ojo de tu hermano, y no echas de ver la viga que está en tu
propio ojo?
42 ¿O cómo puedes decir a tu hermano: Hermano,
déjame sacar la paja que está en tu ojo, no mirando tú
la viga que está en el ojo tuyo?
Hipócrita, saca primero la viga de tu propio ojo,
y entonces verás bien para sacar la paja que está en el ojo
de tu hermano.
Carta
abierta, PIDIENDO LA DIMISIÓN O EL CESE, al Letrado-Jefe
de la Sección de Régimen Disciplinario del CGPJ, Magistrado
Luis Vacas García-Alós, en
http://www.cita.es/jueces/expedientados/metajusticia.pdf
(copia esta carta ha sido recibida por el presidente de la Comisión
de Justicia del Congreso de los Diputados, y se ha distribuido copia entre
todos los miembros de la Comisión de Justicia, iniciándose
un interesante debate sobre la "
Ética de la Metajusticia
") por ser inmoral que haya publicado un libro aprovechando su posición
y la documentación a la que ha tenido acceso en función de
su cargo.
NOTICIAS PUBLICADAS QUE CONSIDERAMOS RELEVANTES:
Comentario previo: Nos preguntamos cómo se consigue
la información sobre estas noticias. En algunos casos, hemos podido
conocer a denunciantes de jueces, y en otros a los jueces denunciados,
y el origen de la noticia del inicio de actuaciones por la Comisión
Disciplinaria del CGPJ siempre suele ser muy sospechoso. En el caso de la
primera noticia, lo curioso es que el periodista sólo utilice las
iniciales de los magistrados pese a que el denunciante le proporcionó
toda la documentación con muchos detalles y por supuesto, las identidades
completas (que afortunadamente hemos podido conseguir en otro medio y nos
resulta más curioso aún que uno de sus protagonistas sea
Máximo Poza Martín
, que se encuentra en situación de servicios especiales al haber
conseguido un puesto en el Servicio de Inspección del CGPJ). Por la
singularidad del caso del juzgado de primera instancia Nº 34 y el cargo
de su titular en el Servicio de Inspección del CGPJ, hemos tratado
de hablar con él y por teléfono nos ha dicho que "no es posible".
Respetamos que no quiera hablar, pero no aceptamos que diga que no es posible,
y hemos solicitado una entrevista al Jefe del Servicio de Inspección
del CGPJ
José María Gil Sáez
para hablar de su caso, y de cuanto sea posible en relación a lo
que aquí se publica, y también de posibles filtraciones (por
lo general, de lo que afecta a otros, tal vez a cambio de contener lo que
pueda afectar al que filtra este tipo de noticias).
En las siguientes noticias apreciamos fenómenos más curiosos
aún, que nos llevan a plantearnos un análisis de las fuentes
y de los medios, especialmente por sus motivaciones, para filtrar y enfocar
las filtraciones periodísticamente según criterios muy diversos.
Esta polémica puede apreciarse en las noticias relacionadas a continuación:
LA RAZÓN, vie, 08/04/2005
F. Velasco
El CGPJ investiga la situación de un juzgado que tuvo 8 magistrados
en 2004
Madrid - La Comisión Disciplinaria del Consejo General del Poder
Judicial (CGPJ) ha abierto diligencias informativas al magistrado Manuel
N. P., titular hasta el pasado 27 de enero del Juzgado de Primera Instancia
de Madrid, para determinar las circunstancias que puedan motivar el retraso
existente y su eventual alcance disciplinario, por la situación en
que se encontraba el órgano judicial, calificado por el Servicio de
Inspección de «absoluto descontrol ». Además, destaca
la «reducida actividad resolutoria » del magistrado durante el
pasado año, situándose en porcentajes muy inferiores a los módulos
establecidos por el Consejo. Durante el pasado año, este juzgado ha
tenido dos magistrados titulares y seis magistrados suplentes. La visita
de inspección fue realizada durante los días 7 a 9 de marzo.
Las conclusiones del Servicio de Inspección, a las que ha tenido acceso
LA RAZÓN, evidencian una situación del juzgado, en líneas
generales, bastante caótica. Así, en esas fechas, el magistrado
titular tenía pendientes de dictar 75 sentencias, «algunas con
una antigüedad de hasta 7 meses », y otros casi 40 autos con ese
mismo retraso. Sin embargo, estas cifras pueden no coincidir con la realidad.
«Atendiendo a la situación de absoluto descontrol existente
en el Órgano, no hay, a juicio de esta unidad inspectora, plena certeza
del exacto volumen de asuntos pendientes de sentenciar ». Expedientes
con dificultad. La situación global del juzgado, asegura el informe
de la Inspección, con un elevado número de registro, una «actividad
resolutoria inadecuada » y una «incorrecta pendencia en todos
sus Negociados », puede calificarse como «muy deficiente ».
Junto a ello, se destaca cómo desde el pasado mes de noviembre el
magistrado, según consta en la comparecencia efectuada por los funcionarios
del juzgado ante el Servicio de Inspección, «difirió toda
orden o instrucción respecto de los expedientes susceptibles de considerarse
como de especial dificultad, ordenando, a la par, la suspensión del
régimen de señalamientos en los meses de diciembre y enero pasados
». Respecto a los expedientes incoados desde la entrada en vigor de
la nueva Ley de Enjuiciamiento Civil, el volumen de asuntos existentes ascendía
a 1.045 expedientes con efectiva tramitación, aunque esa cifra «no
se corresponde con los datos obrantes en la aplicación informática
del Consejo General ». En la tramitación de estos expedientes
también se observa «dilaciones temporales » significativas.
En todo caso, la dirección procesal sobre este tipo de «asuntos
» ha sido, dice la Inspección del CGPJ, «inexistente ».
La situación de la Oficina Judicial tampoco era la más óptima.
Su funcionamiento puede calificarse de «muy deficiente ». La
anterior secretaria judicial, María José A. A., quien se encontraba
en Comisión de Servicios, también es aludida en el citado informe.
Según relataron los funcionarios a la Inspección, la secretaria
judicial «no impartió, durante el tiempo que prestó sus
funciones » en el juzgado, «órdenes o instrucciones de
carácter procesal ». Por este motivo, la Inspección propone
también que se remita testimonio del informe al Ministerio de Justicia
respecto de la citada secretaria judicial. El Servicio de Inspección
del CGPJ concluye con que el magistrado ha podido incurrir en una falta muy
grave o grave de desatención, inclinándose por esta última
al entenderse como atenuante la existencia en el juzgado de «importantes
disfunciones en la plantilla funcionarial ». Junto a ello, pide inmediatas
medidas de refuerzo.
Pero afortunadamente, hay otros medios que sí ponen los nombres
EL MUNDO lun, 16/05/2005 CLARA B. UZABAL
Tribunales Investigan por desatención a un magistrado
La Comisión Disciplinaria del CGPJ ha acordado incoar diligencias
informativas respecto de la actuación del magistrado
Manuel Novalbos Pérez
, al frente del juzgado de Primera Instancia número 34 de Madrid,
como resultado de los hechos constatados en una visita ordinaria de inspección,
según fuentes del Tribunal Superior de Justicia. Dicha comisión
estudiará si los hechos observados por la inspección «pueden
ser constitutivos de un ilícito disciplinario de desatención
por dilaciones injustificadas en la tramitación de varias causas
y retrasos en el dictado de sentencias».
En este juzgado se acumulan procedimientos que no han avanzado en su tramitación,
en algunos casos, desde hace más de un año, según ha
podido saber este periódico por denuncia de ciudadanos perjudicados,
así como que los propios funcionarios han reconocido a los usuarios
que no se ha dictado ninguna sentencia en este órgano desde octubre
de 2004.
En la actualidad, Novalbos Pérez se encuentra en situación
de excedencia voluntaria concedida por el Consejo desde el pasado 27 de
enero. A partir de ese momento, el juzgado de Primera Instancia número
34 ha estado atendido por un juez adjunto que acaba de obtener plaza, por
lo que la titularidad del juzgado tendrá que volver a ser cubierta
por concurso a tenor de lo dispuesto en el artículo 118 del la Ley
Orgánica del Poder Judicial, según indican fuentes del TSJ.
Esto es así porque el magistrado que es titular de este juzgado desde
2003, Máximo
Poza Martín
, se encuentra en situación de servicios especiales al haber conseguido
un puesto en el Servicio de Inspección del CGPJ. Desde entonces,
al frente de dicho órgano, se han sucedido diversos jueces adjuntos
y el magistrado Novalbos Pérez, nombrado titular el 19 de mayo de
2004 también por concurso convocado por el Consejo.
El Servicio de Inspección del CGPJ ha propuesto en su informe emitido
sobre el juzgado de Primera Instancia número 34, según estas
mismas fuentes, que se adopten medidas de refuerzo jurisdiccional, esto
es, que se nombre un segundo juez y menciona también la posibilidad
de reforzar la plantilla de funcionarios, ya que ésta está
compuesta en la actualidad en su mayor parte por personal interino. El magistrado
Manuel Novalbos
Pérez
nació en 1938 e ingresó en la carrera judicial, como juez,
en 1988 por el llamado tercer turno -vía que permite el acceso a
la carrera a profesionales y juristas de reconocida competencia-. Antes
de en el mencionado juzgado, estuvo destinado en la sección quinta
de la Audiencia Provincial de Las Palmas de Gran Canaria, y fue juez en
Huelva, en Madrid, en Las Palmas y Arévalo.
vie, 24/06/2005 El CGPJ suspende un año a una juez de Marbella
atraso injustificado
madrid. El Pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha decido
suspender de sus funciones durante un año a la titular del juzgado
de instrucción número cuatro de Marbella por una falta muy
grave relacionada con retrasos injustificados en la tramitación de
los procedimientos.
Según informó el órgano de gobierno de los jueces,
el Pleno celebrado el pasado miércoles acordó imponer a la magistrada
Estrella Cañavate
Galera
la citada sanción "como autora de una falta muy grave del artículo
417.9 de la Ley Orgánica del Poder Judicial".
El citado precepto considera falta muy grave la "desatención o el
retraso injustificado y reiterado en la iniciación, tramitación
o resolución de procesos y causas o en el ejercicio de cualquiera
de las competencias judiciales".
El origen de esta sanción fue una visita ordinaria realizada el
pasado año por los servicios de inspección del órgano
de gobierno de los jueces al citado juzgado, donde se detectaron niveles
de pendencia altos en todo tipo de asuntos y que derivó en la apertura
por parte de la comisión disciplinaria del Consejo General del Poder
Judicial de un expediente disciplinario a la magistrada.
sáb, 25/06/2005 El CGPJ defenderá al juez del caso Bono
ante la denuncia del Abogado del Estado
El Congreso votará una moción en solidaridad con los afiliados
del PP
Madrid - El titular del Juzgado de Instrucción número 14
de Madrid, Carlos
Valle
, instructor del procedimiento abierto por la presunta detención
ilegal de dos militantes del PP tras los incidentes ocurridos con el ministro
de Defensa, José Bono, en la manifestación de la AVT del pasado
enero, ha remitido al Consejo General del Poder Judicial el escrito del
Abogado del Estado en el que denuncia su «nula imparcialidad »
en este procedimiento. El magistrado no solicita amparo al Consejo, y, por
contra, se limita a señalar que lo envía «a los efectos
que procedan ». Ante esta circunstancia, la Comisión Permanente
del Poder Judicial estudiará en su reunión del próximo
martes el contenido del escrito de la representación legal del Estado,
quien ha asumido la defensa de un inspector imputado, que fue quien actuó
como tercer instructor de las diligencias. El PP solicita en su escrito
de acusación un total de 8 años de cárcel y 12 de inhabilitación,
por los delitos de detención ilegal y falsedad en documento público.
Fuentes del Consejo expresaron su «sorpresa » por el contenido
del escrito del Abogado del Estado, ya que en el mismo se utilizan expresiones
que se pueden catalogar como «inadmisibles ». Por ello, es previsible
que el Consejo General del Poder Judicial vuelva a pedir, una vez más,
respeto para el juez. «Se puede criticar una resolución judicial,
pero nunca la labor del juez, y menos aún establecer un juicio de
voluntad del juez ». De esta forma, es probable que la Comisión
Permanente del CGPJ pueda adoptar algún tipo de resolución
en esa línea, «de salir en defensa, más que del juez
en cuestión, de la función judicial ». Disculpas del
Gobierno. El PP quiere que el Congreso de los Diputados se solidarice con
los dos militantes que fueron detenidos en la manifestación de la
Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT) del 22 de enero
por presuntas agresiones a José Bono y que inste al Gobierno a pedir
«disculpas formales » tanto a los dos afiliados como al partido.
Además, los populares insisten en reclamar el cese tanto del ministro
del Interior, José Antonio Alonso, como del delegado del Gobierno
en Madrid, Constantino Méndez. Para satisfacer estas demandas, el
PP ha preparado una moción para el martes y una interpelación
para el miércoles, la última sesión de control de este
periodo de sesiones, lo que previsiblemente llevará a un nuevo debate
tras el verano. La moción que se presentará el martes, día
en el que se celebrará el último Pleno ordinario de este periodo
de sesiones, es consecuencia de la interpelación que el secretario
de Seguridad y Justicia del PP, Ignacio Astarloa, dirigió al ministro
Alonso el pasado miércoles en la Cámara Baja. En dicho texto,
el PP propone que el Congreso de los Diputados se solidarice con sus dos
militantes de Las Rozas «por los graves perjuicios que se les ha ocasionado
» con su supuesta detención irregular en la citada manifestación.
Además, quieren que la Cámara inste al Gobierno a presentar
«sus disculpas formales » ante sus dos afiliados y ante todo
el partido. Paralelamente, el primer partido de la oposición pide
el cese inmediato del delegado de Gobierno en Madrid, al que achacan una
«extraordinaria irresponsabilidad » por haber anunciado las detenciones
«incluso antes de que hubiese fundamentos, indicios de personas identificadas
», y al que señalan como el responsable de las mismas. Además,
el PP pide la dimisión del ministro del Interior «por ser el
máximo responsable político y policial de este atropello a
la democracia, a los partidos políticos y a las personas ».
Además, ha presentado una nueva interpelación sobre el mismo
tema con idea de que sea debatida el próximo miércoles, en
la última sesión de control al Gobierno en el Congreso de los
Diputados de este periodo de sesiones.
jue, 23/06/2005 Archivada la denuncia de Carlos Fabra contra tres jueces
de Castellón
ESCÁNDALO POLÍTICO
La Comisión Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial
(CGPJ) decidió ayer, por unanimidad, archivar la queja presentada el
pasado mes de mayo por el presidente de la Diputación de Castellón,
Carlos Fabra, contra los tres magistrados de la Sección Tercera de
la Audiencia. Fuentes del TSJ informaron, en un comunicado, de que Fabra
presentó la queja contra estos magistrados después de serle
notificada una resolución civil contraria a sus intereses ya que,
según su opinión, el contenido de la misma atentaba gravemente
contra su dignidad y vulneraba el principio de presunción de inocencia.
Sin embargo, la Comisión Disciplinaria considera que no existe en
todo el razonamiento jurídico efectuado expresión que pueda
considerarse ofensiva o irrespetuosa para Fabra.
mar, 07/06/2005 Un juez de Málaga acusado de amenazar al dueño
de un bar con una pistola dice no recordar nada porque tomaba medicación
El que fuera titular del Juzgado de Instrucción número 3
de Málaga, suspendido cautelarmente por el Consejo General del Poder
Judicial (CGPJ) tras dejar en libertad a un presunto narcotraficante, declaró
hoy que no recuerda haber amenazado al dueño de un bar de la capital
poniéndole una pistola de gas comprimido en la cabeza. Apuntó
que en ese momento tomaba una medicación "muy fuerte" antidepresiva,
debido a la apertura de un expediente disciplinario.
El Juzgado de lo Penal número 6 de Málaga dejó hoy
visto para sentencia el juicio por amenazas contra este juez, para el que
el fiscal solicita un año de prisión; mientras que la defensa
pide la libre absolución o, alternativamente, la condena pero por una
falta y no por un delito, al tiempo que considera que existe la eximente de
ingesta alcohólica y un trastorno mental transitorio.
Los hechos sucedieron sobre las 21.50 horas del día 17 del pasado
mes de febrero, cuando el procesado se encontraba en el bar 'Ember', situado
en la calle Albacete, donde el responsable del local le sirvió una
coca-cola. En ese momento, según la calificación del Ministerio
Fiscal, el juez se dirigió al encargado, "apuntándole en la
cabeza a diez centímetros de la cara" con una pistola marca Raikal
calibre 4,5 milímetros, cargada con su correspondiente munición.
El responsable del bar respondió dándole un manotazo y doblándole
rápidamente la mano, por lo que el arma cayó al suelo pese
a la oposición del acusado, quien posteriormente recogió de
nuevo el arma y la escondió en unas cajas de bebidas cercanas. Esta
actuación provocó el consiguiente sentimiento de pánico,
no sólo en el encargado del local sino en los clientes que se encontraban
allí, que salieron a la calle y avisaron a agentes policiales, quienes
detuvieron al hombre, que se identificó como juez.
El acusado, que insistió en que lo que sabe "es porque me lo ha
dicho mi mujer", relató que fue a un taller cercano al bar para que
le arreglaran una pistola, ya que el cargador de gas tenía "un muelle
roto" y por tanto no funcionaba el arma. Además, dijo no saber por
qué llevaba una carpeta con documentación relativa a su expediente
disciplinario, que incluso mostró a los agentes de Policía
que fueron a detenerle.
Por su parte, el dueño del establecimiento, que tras el suceso tuvo
que ser trasladado a un centro médico por una crisis de ansiedad,
declaró que a causa de este incidente y del "miedo" al acusado ha
dejado de arrendar el bar. "Era el sueño de mi vida el tener mi negocio
propio y cuando lo consigo viene este señor y me pone una pistola
en la cabeza", apostilló.
El médico forense, que mantuvo tres entrevistas con el juez, ratificó
el contenido de su informe, en el que precisa que no padece enfermedad mental
ni psíquica, pero sí una situación de ansiedad e inquietud
y una "intolerancia a la frustración".
Tanto uno de los testigos presenciales como los agentes de Policía
Local que acudieron al lugar aseguraron hoy que el juez estaba "tranquilo"
y que en ningún momento insultó o amenazó a nadie de
palabra, aunque manifestaron que los clientes del establecimiento se asustaron
mucho, al igual que el responsable del local, que estaba "tremendamente"
aterrado.
Uno de los policías aseguró que la pistola, que era "exactamente"
igual que una de verdad, sí tenía munición y añadió
que funcionaba, porque llegaron a dispararla para comprobarlo. Por contra,
el acusado, en sus últimas palabras antes del final del juicio, insistió
en que el cargador estaba "obturado" y que sería el experto en balística
el que la arregló posteriormente.
DELITO O FALTA
El fiscal, que mantuvo su petición de condena por la declaración
de la víctima, argumentó la calificación de los hechos
como delito en la exhibición del arma y en que se la pusiera a la
altura de la sien, aunque reconoció que la actitud del juez no fue
peligrosa en general y no denotaba agresividad. Asimismo, precisó
que la amenaza duró poco tiempo por "la rápida reacción"
del dueño del bar, que se la quitó de las manos.
Por su parte, el abogado defensor aseguró que se trata de "un delito
imposible", ya que no es un arma de fuego, por lo que explicó que
"al ser imposible causar la muerte, no pudo amenazar de muerte al dueño".
Consideró que "el ánimo de la víctima es lucrarse"
y que "como máximo", los hechos serían constitutivos de una
falta, al tiempo que hizo hincapié en la mala situación que
vivía el acusado en esos momentos.
COMISION DISCIPLINARIA
La comisión disciplinaria del CGPJ acordó en diciembre pasado
suspender provisionalmente en sus funciones al titular del Juzgado de Instrucción
número 3 de Málaga, Antonio Vicente F.G., durante la tramitación
del expediente disciplinario y por un período máximo de seis
meses, después de que éste dejara en libertad a un presunto
narcotraficante durante una sustitución en el Juzgado de Instrucción
número 10 de la capital.
El juez fue interrogado el pasado mes de febrero por el instructor del
expediente disciplinario, abierto por el Consejo por la supuesta comisión
de dos faltas muy graves. Dentro de la investigación se tomó
testimonio al letrado del presunto narcotraficante y también al titular
de Instrucción número 10, al que sustituyó.
jue, 02/06/2005 CGPJ incoa el expediente del juez Del Arco en
el caso 'Los Cármenes' por la posible comisión de una falta
grave
La comisión disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial
(CGPJ) ha decidido incoar el expediente disciplinario, que le remitió
el pasado mes de mayo la comisión permanente del CGPJ, al titular del
juzgado de Instrucción número 6 de Granada,
Miguel Angel del Arco
, en relación al conflicto judicial del caso 'Los Cármenes'
por la "posible comisión de una falta grave" del artículo
418.1 de la LOPJ, según informaron hoy a Europa Press fuentes judiciales.
La decisión de la comisión se debe, según las citadas
fuentes, a la posible falta mencionada que consiste en "la falta de respeto
a superiores jerárquicos, en su presencia, en escrito que se les
dirija o con publicidad".
El pasado 17 de mayo, el CGPJ decidió negar el amparo solicitado
por Del Arco y remitir el auto que le había enviado el Tribunal Superior
de Justicia de Andalucía (TSJA) a la comisión disciplinaria
para que fuera ésta la que estudiara si se había cometido
infracción.
Este proceso comenzó a finales de abril, cuando la Sala de Gobierno
del TSJA remitió --a instancias del presidente de la Audiencia Provincial
de Granada,
José Requena Paredes
,-- un auto al CGPJ para que estudiara un incidente judicial entre Del
Arco y uno de los magistrados del tribunal, en el que el juez sugería
que un magistrado podría haber delinquido al exculpar a un registrador.
Del Arco, que consideró que el magistrado podría haber incurrido
en un delito contra la Administración de Justicia por exculpar al
registrador, remitió un auto al CGPJ porque consideró que "la
Audiencia Provincial de Granada estaba afectando a su independencia".
En el caso 'Los Cármenes' se investiga desde hace más de
ocho años la subasta de los terrenos del viejo estadio de fútbol
de Granada, a través de la cual la empresa Lazasur compró
a los acreedores del Granada C. F. los terrenos.
22/04/2005 El CGPJ investiga a una juez vasca por pertenecer a la plataforma
de apoyo a Egunkaria
Madrid - El Servicio de Inspección del Consejo General del Poder
Judicial abrió ayer una información previa a la magistrada de
la Sala Social del TSJ del País Vasco
Garbiñe Biurrun
para esclarecer los hechos relacionados con su pertenencia a una plataforma
de apoyo al diario «Egunkaria ». Esta plataforma reivindica
el sobreseimiento de la causa, que instruye el juez
Juan del Olmo
, y «la restitución de los bienes personales y materiales
de los encausados ». La plataforma «Egunkariaren Alde Elkartea
» se presentó en público el pasado 18 de marzo y de
la misma forman parte 16 personas. Entre otros, Javier Arzallus, Carlos Garaicoechea,
el último eurodiputado de HB, Koldo Gorostiaga, el coordinador general
de Elkarri, Jonan Fernández, además de la juez Garbiñe
Biurrun. La información que se publicó en la prensa sobre
la presencia de la citada juez en la plataforma fue remitida al Servicio
de Inspección del CGPJ por el vocal territorial del País Vasco,
Juan Pablo González
, para que fuese valorada y se decidiese si podía tener algún
tipo de trascendencia disciplinaria. La Inspección deberá
proponer a la Comisión Disciplinaria el archivo de la misma, la apertura
de diligencias o de expediente disciplinario. Fuentes del Consejo señalaron
que la investigación se centrará en determinar si Garbiñe
Biurrun se ha podido de alguna forma inmiscuir en la labor de otro juez,
en concreto del juez Del Olmo, instructor del «caso Egunkaria ».
vie, 13/05/2005 Primera queja de un cargo público que recibe
el CGPJ
El CGPJ archivará la denuncia de Delgado contra la jueza que le
criticó en un auto
Un informe de la comisión disciplinaria del gobierno de
los jueces rechaza la queja del alcalde de Calvià
La denuncia presentada por el alcalde de Calvià, Carlos Delgado,
en contra de los términos empleados por una juez en un auto no tiene
precedentes en el Consejo General del Poder Judicial , el órgano de
control de los jueces en España. Nunca antes, según aseguró
el vocal territorial de Balears, Alfons López Tena, un cargo público
había presentado una queja por el contenido de una resolución.
López Tena, que desempeña el cargo desde 2001, recuerda que
el ex presidente del PNV Javier Arzallus, presentó una queja, pero
fue por unas declaraciones realizadas por un juez a los medios de comunicación,
no por la redacción de un auto. Han habido quejas contra los jueces,
pero siempre de abogados y particulares.
La denuncia presentada por el alcalde del Calvià, Carlos Delgado
Truyols, contra la titular del Juzgado de Instrucción número
5 de Palma,
Ana San José
llegó a la sede del CGPJ el pasado 5 de mayo, y cinco después
se incoó una información previa por parte del servicio técnico
de la comisión disciplinaria del CGPJ, en la que se propone, tras
analizarla, su archivo. Según confirmó a Ultima Hora el vocal
territorial de Balears en el CGPJ, Alfons López Tena, la queja de Delgado
«será archivada con toda seguridad, ya que taxativamente así
lo establece el artículo 12 de la Ley Orgánica del Poder Judicial».
Ese artículo impide que por la vía disciplinaria se intente
modificar el sentido o el contenido de una decisión jurisdiccional,
todo esto, como garantía de la independencia del poder judicial.
Denuncia
Delgado interpuso una denuncia por unos conceptos y opiniones vertidas
por la juez en el auto de archivo que dictó en el «caso gran
superficie». En la resolución, la magistrada acusaba al alcalde
de Calvià de «hacer un uso indebido de la Justicia» en
las querellas contra la ex alcaldesa de ese municipio Margarita Nájera.
«Nosotros no tenemos competencias para decir si un juez lo ha hecho
bien o mal», dijo López Tena. «Pero si el interesado,
en esta caso, el alcalde de Calvià, entiende que el auto es incorrecto,
injurioso, ofensivo o que le imputa actuaciones irregulares que no son ciertas,
puede presentar una querella por prevaricación, cohecho, injurias
o calumnias contra esa jueza. También puede apelar para que el auto
en cuestión elimine el párrafo que considera lesivo para sus
intereses», añadió.
López Tena reiteró que el CGPJ, órgano de control
de los jueces, «no puede sancionar a un juez por esos motivos; no se
le está diciendo al alcalde que tiene o no razón, sencillamente,
que debe seguir otro camino».
Si el alcade de Calvià opta por esa nueva vía, tendría
que dirigirse a un juzgado de instrucción de Palma, o si lo considera
pertinente, apelar única y exclusivamente contra el párrafo
del auto judicial que considera lesivo para sus intereses.
03/02/2005 Fungairiño eleva una queja contra Garzón
ante la Fiscalía y la AN por revelar en su libro datos de un sumario
de ETA
El fiscal jefe de la Audiencia
Nacional, Eduardo Fungairiño
, confirmó hoy que ha remitido un escrito de queja ante la Sala
de lo Penal de esta instancia judicial, con copia a la Fiscalía
General del Estado, por las revelaciones realizadas por el juez Baltasar
Garzón en su libro 'Un mundo sin miedo', referidas al sumario abierto
por el intento de atentado por parte de ETA en la estación madrileña
de Chamartin, en diciembre de 2003.
Fungairiño manifestó que Garzón podría
haber incurrido en revelación de secretos aunque debe ser la Sala
de lo Penal la que decida si lo ocurrido es denunciado ante el Consejo
General del Poder Judicial (CGPJ), órgano competente para aplicar
una sanción disciplinaria al magistrado.
mié, 02/02/2005 El Poder Judicial abre a Casas otro expediente
por una falta muy grave
El magistrado que instruyó el primer informe pidió a
la comisión disciplinaria que ampliara la investigación con
base en otras supuestas irregularidades detectadas en el reparto de asuntos
La comisión disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial
(CGPJ) ha acordado la apertura de otro expediente por una falta muy grave
al magistrado
Gordiano Casas
, según confirmó ayer a este diario un portavoz del gabinete
de Prensa del máximo órgano de los jueces. Gordiano Casas,
quien ha ocupado durante los últimos diez años el cargo de
juez-decano del Palacio de Justicia de Elche, se encuentra cumpliendo una
sanción de año y medio de suspensión, que acarrea su
traslado forzoso, y que fue acordada el pasado 14 de enero por el pleno del
CGPJ, que consideró probado que presionó a un magistrado para
beneficiar los intereses de su mujer -procuradora de los tribunales- y que
alteró el reparto de asuntos. Dichos hechos se investigaron a raíz
de una denuncia de dos magistrados de Elche,
José de Madaria
y Fernando
Presencia
.
Dicho acuerdo plenario ya ha sido recurrido en vía contencioso-administrativa
por Gordiano Casas, quien ha solicitado igualmente la suspensión
de la sanción en tanto en cuanto se resuelve ante el Tribunal Supremo
(TS) sus alegaciones pues mantiene su completa inocencia.
El nuevo expediente disciplinario, que ya le ha sido notificado al
afectado, nace de las diligencias incoadas por el magistrado instructor
de la primera investigación,
Vicente Manuel Rouco
, presidente de la sala de lo Contencioso Administrativo del TSJ de Castilla-La
Mancha, quien solicitó que se dedujera testimonio para un nuevo expediente
de sus investigaciones en las que supuestamente habría detectado
más irregularidades en el reparto de asuntos en los juzgados de Elche.
Estos datos los habría obtenido el instructor tras consultar la base
de datos del servicio informático Cicerone de la Generalitat Valenciana.
Nombramiento
La comisión disciplinaria del CGPJ ha designado como instructor
al presidente de la sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJ de Murcia,
Abel Ángel
Sáez Doménech
; mientras que actuará como fedatario del expediente judicial
la secretaria de la sección II de la Audiencia Provincial de Murcia.
La Fiscalía tiene igualmente que designar a un representante
del Ministerio Público para tal fin. En el primer expediente se nombró
a Ricard Cabedo, quien acaba de ser nombrado por el Gobierno fiscal-jefe
del TSJ de la Comunidad Valenciana. Cabedo, en aquel primer expediente,
consideró que no se podía imputar una falta muy grave a Gordiano
Casas.
Seis meses
El instructor tiene un plazo de seis meses para sustanciar el expediente
y resolver las cuestiones que se plantean en el mismo por lo que está
previsto que se traslade a Elche para tomar declaración. Fuentes
judiciales consultadas por el diario ayer no entendieron el que ambos hechos
no se investigaran conjuntamente.
01/02/2005 Condenan por prevaricación a un juez que actuó
inducido por su mujer
Condenan por prevaricación al juez de Málaga José
Antonio Ruiz Ortuño que, inducido por su mujer, abrió expediente
al letrado malagueño Diego Martín Reyes
MALAGA.- La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia
de Andalucía (TSJA) ha condenado a 10 años de inhabilitación
«para empleo o cargo público que implique el desempeño
de funciones judiciales» al titular del Juzgado de Primera Instancia
número 10 de Málaga,
José Antonio Ruiz Ortuño
, por un delito de prevaricación judicial, cometido al abrir expediente
al letrado malagueño Diego Martín Reyes, tras un juicio
en el que el abogado ostentó los intereses contrarios a los de la
mujer del magistrado.
Después de la vista, la
esposa del juez
comentó a su marido que Martín Reyes había efectuado
comentarios alusivos «a su persona y cargo», lo que movió
a Ruiz Ortuño a abrirle un expediente gubernativo, que se vio obligado
a archivar en menos de un mes.
El juez no se detuvo por el hecho de que los comentarios se hubieran
producido en un juzgado ajeno a su competencia, ni tampoco se planteó
contrastar los datos que tenía con la magistrada responsable, ya
que según manifestó él mismo en su primera declaración
ante el TSJA, lleva 36 años casado con su mujer y tiene «plena
confianza en ella».
Entre las transcripciones del juicio, el juez no halló ningún
tipo de alusiones «a su persona y cargo», por lo que se vio
en la obligación de dar carpetazo al expediente. El abogado Martín
Reyes decidió entonces presentar una querella por prevaricación
ante el TSJA.
Además de la pena de inhabilitación, el TSJA ha impuesto
al juez una multa de 2.160 euros y le ha condenado a indemnizar de manera
simbólica al letrado expedientado en concepto de responsabilidad
civil con la cantidad de un euro.
12/01/2005 Tabacalera .- Manos Limpias denuncia ante el CGPJ al
juez Torres por priorizar la causa abierta contra Alierta
El Sindicato de Funcionarios Manos Limpias presentó hoy un escrito
ante el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) en el que solicita que
la Comisión Disciplinaria de este órgano investigue al titular
del Juzgado de Instrucción número 32 de Madrid, Santiago
Torres, por priorizar el "caso Tabacalera" en detrimiento de otros asuntos
que corresponden a su Juzgado y por filtrar a la prensa sus decisiones
sobre esta causa.
El secretario general de esta organización, Miguel Bernad, explicó
a Europa Press que la denuncia obecede a las quejas que le han llegado
de algunos funcionarios del propio Juzgado; así como de varios abogados
y procuradores, señalando el especial interés que parece
tener el magistrado en el "caso Tabacalera", en el que está imputado
el presidente de Telefónica, César Alierta, su esposa y el
sobrino de ambos por un presunto delito de uso de información privilegiada.
Según estas quejas, la actitud del juez perjudica a la tramitación
de otros sumarios anteriores a la apertura del "caso Tabacalera". También
denuncian que se estén produciendo filtraciones a un medio de comunicación
sobre determinadas decisiones alcanzadas por Torres en la instrucción
de esa causa.
"Solicitamos a la Comisión Disciplinaria del Consejo que inicie
diligencias previas e investigue lo que pasa con esas filtraciones, que
pueden constituir un presunto fraude de ley", explicó Bernad. Añadió
que los letrados afectados se preguntan cuál puede ser el interés
de estas informaciones y el de la publicidad mediática que se logra
con las mismas.
ALIERTA DECLARA MAÑANA.
En el "caso Tabacalera" están imputados el presidente de Telefónica,
César Alierta, su esposa, Cristina Placer y el sobrino de ambos,
Luis Javier Placer, por la compra de un paquete de acciones de Tabacalera
en 1997, a través de la sociedad Creaciones Baluarte S.A., cuando
el primero era presidente de la compañía de tabacos.
Precisamente mañana, jueves, Alierta y su esposa están
citados a declarar ante el juez Torres para ser interrogados sobre la
adquisición de valores de Tabacalera por una segunda compañía,
denominada Lierde, en la que Alierta también tiene participación.
El pasado mes de diciembre, el Tribunal Supremo rechazó que
el "caso Tabacalera" fuera investigado en la Audiencia Nacional, tal y
como solicitaba Placer, y otorgó la competencia sobre el mismo al
magistrado Torres, que instruye la causa desde junio de 2003. Será
la primera ocasión en la que Alierta declare ante este juez, ya
que su primera comparecencia como imputado, el 27 de noviembre de 2003,
la realizó ante la juez sustituta Modesta Medina.
07/01/2005 El TSJA admite a trámite la querella de policías
contra el juez Marchena
Cádiz. El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía
(TSJA) ha admitido a trámite la querella por prevaricación
que presentaron seis policías nacionales de Sanlúcar contra
el juez Miguel Ángel
López Marchena
, magistrado del Juzgado de Instrucción número tres de
El Puerto.
Los policías de Sanlúcar, entre los que se encuentra
el ex jefe de la Comisaría de esa localidad, Luis Castillo, sostienen
que el juez les imputó los delitos inexistentes de connivencia
con el narcotráfico y tráfico de drogas. El magistrado de
El Puerto abrió dos causas por esos delitos, que luego fueron archivadas.
La querella de los policías fue presentada a finales del pasado
mes de diciembre en Granada ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía,
que la ha admitido a trámite según aseguraron ayer a este
periódico fuentes cercanas al caso.
Los agentes han expuesto ante el TSJA que han sido objeto de una persecución
por parte de Miguel Ángel López Marchena al considerar que
fueron acusados injustamente y sin indicios que pudieran demostrar delitos
tan graves como formar parte de una red de corrupción policial. Además,
mantienen que el magistrado portuense no rectificó pese a que una
investigación interna por parte de personal de asuntos internos
de la Policía no encontrará pruebas en las que apoyar las
acusaciones contra ellos.
La Comisaría de Sanlúcar fue dirigida por Luis Castillo
hasta julio de 2002, quien dimitió después de ser imputado
en la causa por corrupción policial, que luego fue archivada. Castillo
dijo entonces que él y sus compañeros estaban dispuestos
a llegar hasta donde fuera posible para aclarar los hechos y con objeto
de que no se cuestione la honestidad del Cuerpo Nacional de Policía
en Sanlúcar, que estuvo en el punto de mira tras las duras acusaciones
del juez portuense.
18/12/2004 El juez suspendido por el CGPJ retrasó trámites
en otra causa por estafa
El magistrado de Málaga tardó meses en cursar una
orden de detención internacional
Málaga
El titular del Juzgado de Instrucción número 3 de
Málaga, suspendido cautelarmente por el Consejo General del Poder
Judicial (CGPJ) tras dejar en libertad a un presunto narcotraficante,
no tramitó hasta hace pocos días una orden internacional
de detención contra el presunto responsable del fraude ocurrido
en la zapatería Dream Shop, pese a existir varias peticiones de la
policía.
Así, desde la comisaría provincial se remitió
antes de verano una primera orden de localización del individuo
en Italia, tras su identificación a través de las huellas
y de fotografías por parte de varios perjudicados, según
fuentes cercanas al caso citadas por Europa Press. Posteriormente, se
produjeron otras dos reiteraciones más, tanto por escrito como
verbales, aunque hasta hace unos días no se tramitó dicha
orden internacional, que permitiría la localización y detención
del supuesto responsable de la estafa.
El fraude, que se descubrió el pasado mes de febrero, tuvo
como consecuencia medio centenar de denuncias, y consistió en la
duplicación de tarjetas de crédito de los clientes que acudían
a la tienda, regentada por ciudadanos italianos. El montante estimado
en ese momento era de más de 65.000 euros.
Los clientes acudían a la zapatería, abierta dos
meses antes en una céntrica avenida, bajo el reclamo de las rebajas.
Los estafadores utilizaban tres procedimientos con las tarjetas de crédito
de los clientes: hacían un cargo por importe mayor de la compra
realizada, duplicaban la banda magnética de la tarjeta y la utilizaban
para hacer compras, como por ejemplo ordenadores, y sonsacaban a los compradores
el número secreto (PIN), para lograr disposiciones de efectivo.
Finalmente, los responsables cerraron el establecimiento a mediados
de febrero y desaparecieron. Poco después, las comisarías
comenzaron a recibir denuncias de malagueños, al comprobar que
sus cuentas corrientes habían sido saqueadas, con cantidades entre
los 200 y los 15.000 euros.
Posibles sanciones
La comisión disciplinaria del CGPJ acordó el pasado
2 de diciembre incoar expediente disciplinario al titular del Juzgado
de Instrucción número 3,
Antonio Vicente Fernández García
, por dos supuestas faltas muy graves de desatención en la tramitación
y resolución de causas. El jueves acordó por unanimidad
suspenderle cautelarmente, por un máximo de seis meses, hasta la
resolución del expediente. El magistrado podría enfrentarse
a sanciones como la suspensión temporal, el traslado forzoso e incluso
la expulsión de la carrera judicial.
Fernández está siendo investigado por haber excarcelado
a un presunto narcotraficante y a su esposa, detenidos en mayo, cuando
se les incautó cinco kilogramos de cocaína y 100.000 euros
que supuestamente procedían del tráfico de droga. El titular
del Juzgado de Instrucción 10, a cargo del caso, decretó
el ingreso en prisión de ambos, pero mientras se encontraba de vacaciones
en agosto, Fernández ordenó su puesta en libertad bajo fianza
de 25.000 euros, así como la devolución del dinero incautado.
La Fiscalía inició diligencias al conocer los hechos.
03/12/2004 El CGPJ abre diligencias informativas a dos magistradas
de Vizcaya
Las afectadas son la presidenta de la Audiencia y la juez San Miguel
Bilbao
La Comisión Disciplinaria del Consejo General del Poder
Judicial (CGPJ) acordó ayer por unanimidad abrir diligencias informativas
a la presidenta de la Audiencia de Bilbao,
Ana Iracheta
, y a Nekane
San Miguel
, magistrada de su Sección Primera, que preside la propia Iracheta
. Ambas magistradas han cruzado desde julio sendas denuncias que
finalizaron en dos propuestas de apertura de expediente disciplinario
que ayer trató la Comisión Disciplinaria, resolviendo
por ahora limitarse a dichas diligencias.
La Inspección del CGPJ realizó del 19 al 22 de octubre
pasados una visita para comprobar el funcionamiento de la Audiencia
vizcaína. Su informe, que estuvo ayer sobre la mesa de la comisión,
constataba numerosas anomalías, atribuidas a la presidenta Iracheta.
Entre otras, la Inspección comprobó que cuatro causas
estuvieron paradas 'un largo período' y una quinta incluso 'tres
años'. En materia de señalamientos de juicios, apuntaba,
'no hay un criterio claro y objetivo predeterminado, sobre todo en señalamientos
para deliberación y fallo de los recursos' de penal e instrucción.
Además, 'muchas veces se hacen con poco tiempo desde que se señala
hasta la fecha del señalamiento', lo que impide al ponente 'estudiarse
la causa', censuraba.
27/11/2004 La Inspección del CGPJ constata anomalías
en la Audiencia vizcaína
Bilbao
El informe elaborado por la Inspección del Consejo General
del Poder Judicial (CGPJ) sobre el funcionamiento de la Audiencia de Vizcaya
ha apreciado numerosas anomalías en la forma de trabajar de su
presidenta, Ana Iracheta, por lo que ha propuesto a la comisión disciplinaria
que le abra expediente por una posible 'falta de dilaciones indebidas' y
por desconsideración por las 'trabas' que ha puesto al resto de magistrados
que componen su Sección Primera (Nekane San Miguel,
Edorta J. Herrera
y Ruth
Alonso
), que también preside la propia Iracheta. El informe revela
que cuatro causas estuvieron paradas 'un largo período' y una quinta
incluso 'tres años'.
La Inspección realizó una visita a la Audiencia del
19 al 22 de octubre y en un informe de 10 páginas elevado el pasado
12 de noviembre apreció varios problemas. En materia de señalamientos
de juicios, 'no hay un criterio claro y objetivo predeterminado, sobre
todo en señalamientos para deliberación y fallo de los recursos'
de penal e instrucción. Además, 'muchas veces se hacen con
poco tiempo desde que se señala hasta la fecha del señalamiento',
lo que impide al ponente 'estudiarse la causa'. La Inspección constató,
tras hablar con las secretarias de la sección, que éstas
'no daban cuenta de los ponentes por indicación de la presidenta'
Iracheta.
El informe revela que 'no existe un turno claro y preestablecido
de sustitución de magistrados', asunto que ha motivado otra propuesta
de expediente contra San Miguel.
La inspección comprobó que la relación entre
Iracheta y los otros tres jueces son 'tensas y difíciles, lo cual
incide en la buena marcha de la sección' y pone a las secretarias
'en una posición incómoda'. El informe se discutirá
en la reunión del jueves de la Comisión Disciplinaria junto
a la propuesta de incoar expediente disciplinario por falta grave a San
Miguel por 'incumplimiento injustificado y reiterado del horario de audiencia
pública'.
03/12/2004 11-M LA INVESTIGACION La excarcelación
por la Audiencia del emir del 11-M queda impune El Consejo General del
Poder Judicial archiva el expediente disciplinario por prescripción
- Rechaza por mayoría enviar el caso al fiscal
MADRID.- La excarcelación de Allekema Lamari, uno de los
presuntos cerebros de los atentados del 11-M, no tendrá consecuencias
para los jueces que pusieron en libertad al terrorista argelino dos años
antes de lo debido.
La Comisión Disciplinaria del Consejo General del Poder
Judicial (CGPJ) acordó ayer archivar la investigación abierta
por el Servicio de Inspección a la vista de que ha prescrito la
posible responsabilidad disciplinaria.
En ello estuvieron de acuerdo los cinco miembros de la Comisión:
Enrique López, Carlos Ríos y Enrique Míguez (los
tres elegidos a propuesta del PP) y María Angeles García
y Montserrat Comas (propuestas por el PSOE).
La Inspección apreció en la excarcelación
de Lamari una falta muy grave de desatención de la que culpa al
presidente de la Sección Penal Tercera de la Audiencia Nacional,
Francisco
Castro Meije
. La Inspección no vio responsabilidad en los otros dos magistrados
que integran la Sección,
Angela Murillo
y Luis Martínez
de Salinas
.
La puesta en libertad de Lamari, condenado a nueve años
y tres meses de prisión por su pertenencia al GIA, se realizó
el 29 de junio de 2002, cuando legalmente podía haber permanecido
en prisión hasta el 29 de junio de 2004.
La liberación se produjo porque la Sección Tercera
computó equivocadamente el plazo que Lamari podía permanecer
en prisión preventiva mientras el Tribunal Supremo resolvía
el recurso de casación que interpuso contra su condena.
El error -derivado simplemente de no haber leído el fallo
condenatorio dictado por la propia Sección Tercera- no fue advertido
en varias resoluciones que los magistrados emitieron sobre la prisión
preventiva de Lamari. La Sección tampoco avisó al Supremo
de que la excarcelación del terrorista era inminente.
Pese a todo, la posible infracción disciplinaria está
prescrita, ya que desde su comisión han transcurrido más
de dos años, que es el plazo de prescripción que señala
la ley para las faltas muy graves.
Comas propuso enviar las actuaciones del Servicio de Inspección
a la Fiscalía General por si, a su parecer, los hechos atribuidos
al magistrado Castro Meije pudieran ser constitutivos de un delito de
prevaricación imprudente.
La propuesta no salió adelante por tres votos (de López,
Míguez y Ríos) frente a dos (de Comas y García).
A juicio de la mayoría, los hechos relacionados con la excarcelación
de Lamari han sido objeto de una suficiente difusión pública
como para que el fiscal general haya podido actuar de oficio.
03/12/2004 Alarma por la cifra de denuncias contra el Tribunal
antiterrorista
La vocal del Consejo General del Poder Judicial María Angeles
García expresó ayer su alarma por el alto número
de informaciones previas que tiene abiertas el Servicio de Inspección
por denuncias contra actuaciones de la Audiencia Nacional.
La información previa es el primer escalón de la
actuación de la Inspección del CGPJ y consiste en una
investigación sumaria de los hechos denunciados. Según
García, en 2003 se tramitaron 34 informaciones previas sobre la
Audiencia Nacional, una cifra equivalente al doble de las informaciones
previas abiertas en el período 2000-2002. En 2004 la cifra ha aumentado
y es, por el momento, de 52.
«No voy a decir que es un órgano enfermo, pero parece
que, al menos, tiene fiebre», dijo García en relación
a la Audiencia Nacional. La vocal propuso ayer a la Comisión Disciplinaria
iniciar una inspección «rigurosa» de todas las Salas
y Juzgados de este Tribunal. «De haberla habido antes, la responsabilidad
disciplinaria por la excarcelación de Lamari no habría prescrito»,
precisó.
24/11/2004 El Poder Judicial investiga al tribunal que dejó
libre al acusado de atacar a dos mujeres El detenido abandonó la
cárcel tras no ser prorrogada la orden de prisión preventiva
Barcelona
El jefe del Servicio de Inspección del Consejo General del
Poder Judicial (CGPJ), José María Gil Sáez, acordó
ayer la apertura de una información previa para esclarecer el comportamiento
de los tres magistrados de la Sección Segunda de la Audiencia de
Barcelona que decretaron la puesta en libertad antes de juicio de un hombre
acusado de violación, tentativa de homicidio, detención ilegal
y robo. Del contenido de esa información se dará traslado
'a los efectos oportunos' a la comisión disciplinaria que se reunirá
el próximo 2 de diciembre, según anunció ayer el
CGPJ.
Por su parte, la presidenta de esa comisión, Montserrat
Comas, explicó que ella también reclamará la información
sobre lo ocurrido que pueda recopilar el Tribunal Superior de Justicia
de Cataluña, que ayer anunció la apertura de diligencias informativas.
Ayer trascendió que los magistrados
Pedro Martín García
, Javier
Arzúa
y José
Carlos Iglesias
. de Barcelona, en una actuación sin precedentes, acordaron la
libertad de Tomás Pardo Caro tras comparecer en el juzgado de guardia
de incidencias de Barcelona la noche del 1 de noviembre, festividad de
Todos los Santos. La Sala acudió al juzgado al saber que el preso
había presentado un hábeas corpus porque el día anterior,
31 de octubre, debería haber quedado en libertad o se le debería
haber prorrogado la situación de prisión preventiva en
la que se encontraba desde hacía dos años. Finalmente y al
advertir que el plazo había vencido, al tribunal no le quedó
otra salida que dejarlo en libertad.
Sin embargo, los tres magistrados conocían que se iba a
producir ese vencimiento porque el 13 de septiembre pidieron al fiscal
que se pronunciara y éste pidió una prórroga de
la prisión. Pero la Sala nunca convocó la vista para decidir,
aunque en el auto de libertad los jueces sugieren que actuaron así
porque el fiscal no se lo pidió.
'Asumir los errores'
Esa acusación fue respondida ayer con contundencia por el
fiscal jefe de Cataluña, José María Mena, quien
aseguró: 'Cuando se comete un error hay que asumirlo y no echar
la culpa a los subalternos [por los funcionarios judiciales] ni a los
vecinos [por la fiscalía]'. Inicialmente los jueces culparon de
lo ocurrido a las secretarias de la oficina judicial por un error en la
anotación de la fecha en la que vencía la prisión,
algo que no responde a la verdad.
También trascendió ayer que fue la fiscalía
quien pidió protección para las víctimas las 24
horas del día y que el tribunal, que tenía el asunto pendiente
de señalar desde hacía semanas, fijó el inicio
del juicio con una celeridad insólita para la tarde del 1 de diciembre,
en un intento de mitigar la polémica que se iba a suscitar. Es
la primera vez que esa sección señala el inicio de una vista
por la tarde y además a puerta cerrada y con biombo para separar
a las víctimas del agresor, cuando se trata de un tribunal que
había alardeado de que 'jamás' utilizaría esa medida.
La fiscal que llevará el caso en el juicio es Asumpta Pujol,
coordinadora de los casos de violencia de género en la fiscalía
de Barcelona. La acusación pública reclama para el acusado
penas que suman 42 años de prisión.
11/11/2004 Avalados los jueces investigados tras el doble crimen
de Bellvitge El dictamen coincide con otro anterior del Tribunal Superior
de Catalunya
INFORME DEL CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL SOBRE LA
MUERTE DE DOS POLICÍAS El CGPJ afirma que no hubo irregularidad
en el permiso carcelario del acusado
El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha avalado la actuación
de los dos jueces de Barcelona investigados por sus actuaciones en el
caso del preso Pedro Jiménez García, que supuestamente
mató a dos mujeres policías en Bellvitge (L'Hospitalet)
el pasado 5 de octubre, mientras disfrutaba de un permiso carcelario.
La comisión disciplinaria del máximo órgano
de control de la judicatura archivó ayer las diligencias abiertas
sobre el titular del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria número
dos de Barcelona,
Josep Lluís Albiñana
, y la titular del Juzgado de Instrucción número 26 de
la misma ciudad,
Roser Aixandrí,
al entender que no cometieron ninguna irregularidad en su trabajo.
"No existe ningún elemento determinante de una conducta
con trascendencia disciplinaria", reza la escueta nota emitida ayer
por el CGPJ. Albiñana fue quien tuvo la última palabra
en la concesión del permiso penitenciario. Por su parte, Aixandrí
consideró como una simple falta de amenazas el asalto de Jiménez
a una joven en un permiso anterior, en marzo del 2003, lo que a la postre
le permitió conseguir un nuevo permiso.
SISTEMA EN ENTREDICHO Jiménez García fue detenido
el 8 de octubre, tres días después del asesinato de las dos
policías, una de las cuales también sufrió agresiones
sexuales. Tras la detención, al conocerse que el presunto autor
del doble crimen era un preso que disfrutaba de un permiso que no había
regresado a la cárcel, y que además estaba condenado por
agresión sexual y, encima, había reincidido en una salida
anterior, se desató una notable polémica.
En medio de la alarma, con el sistema penitenciario y judicial
en entredicho, el Tribunal Superior de Catalunya analizó inicialmente
el caso y elaboró un informe que requirió luego el Poder
Judicial.
Las conclusiones del CGPJ son las mismas a las que llegó
la sala de gobierno del Tribunal Superior de Catalunya. La presidenta del
este tribunal, Maria Eugènia Alegret, explicó pocos días
después de los hechos que, del análisis de las actuaciones
de los dos magistrados, no se desprendía ninguna irregularidad
en sus actuaciones.
10/11/2004 El CGPJ investiga una queja de Patón sobre
el juez Marchena
justicia
El jefe de la Comisaría de Sanlúcar le dice al Poder
Judicial que el magistrado de El Puerto tergiversa hechos con intención
de perjudicarlo
t. ramos
n cádiz. El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) está
investigando una queja sobre el juez Miguel Ángel López
Marchena que le ha enviado el jefe de la Comisaría de la Policía
Nacional de Sanlúcar, Clemente Patón. El comisario afirma
en el escrito que ha remitido al CGPJ que el magistrado, titular del Juzgado
de Instrucción número 3 de El Puerto, le ha comunicado a
superiores suyos una serie de hechos tergiversados con intención
de perjudicarlo.
El jefe policial llega a solicitar que les hagan a él y al
juez sendos exámenes psiquiátricos porque considera que la
situación de desencuentros y enfrentamientos entre ellos ha llegado
un punto en que supera lo racional. El comisario cree que puede ser que
todo responda a un problema psiquiátrico y propone que se estudie
esa posibilidad.
El Servicio de Inspección del Poder Judicial le ha comunicado
al jefe de la Comisaría de Sanlúcar que el asunto pasará
a la comisión disciplinaria del Consejo y que le informarán
sobre cualquier decisión que adopte relacionada con el escrito de
queja.
Los problemas entre el juez López Marchena y Clemente Patón
comenzaron a raíz de la intervención de la Comisaría
de Sanlúcar en las tareas de protección de un ex confidente
policial que es testigo protegido (e imputado) en un caso de narcotráfico
instruido por el juez en El Puerto.
Ese testigo protegido denunció en su día que varios
policías de Sanlúcar le habían pagado con droga algunos
servicios que él había prestado como confidente. Y el pasado
agosto, el mismo testigo presentó una denuncia contra Clemente Patón
y contra el fiscal jefe de Cádiz, Isidoro Hidalgo, a quienes acusaba
de haberle presionado y amenazado para que se retractase de la denuncia
contra los policías.
Patón indica en su escrito al Poder Judicial que detrás
de la denuncia del testigo protegido contra él y el fiscal jefe
está el juez López Marchena. Y explica que el día en
que el ex confidente presentó la denuncia, estuvo previamente un
par de horas con el magistrado en el Juzgado de El Puerto.
El testigo estuvo protegido por la Policía Nacional, pero
ahora lo escoltan agentes de la Guardia Civil que afrontan un trabajo
complicado: en poco tiempo los escoltas han denunciado en tres ocasiones
al testigo por amenazarles y agredirles y por conducir bebido un ciclomotor.
El ex confidente aceptó hace unas semanas una condena a 19 de meses
de prisión por atentado y desobediencia.
nuevo incidente con los escoltas
El testigo protegido del juez López Marchena va camino de
convertirse en una pesadilla para los agentes de la Guardia Civil destinados
a escoltarle. Anteayer volvieron a detenerlo y denunciarlo por desobediencia
tras un nuevo incidente: es la tercera vez en poco tiempo.
La primera denuncia dio lugar a una sentencia de conformidad (con
la que el testigo protegido estuvo de acuerdo, lo que evitó la celebración
de un juicio). Fue condenado a 14 meses de prisión por un delito
de atentado contra agente de la autoridad con la atenuante de embriaguez;
a cinco meses por un delito de desobediencia y a una multa de seis meses
(con cota diaria de seis euros) por un delito contra la seguridad del tráfico.
Tras esa condena vino el segundo incidente. Los escoltas afirman
en su segunda denuncia que el pasado 1 de noviembre, el testigo los insultó
y los amenazó y que montó un escándalo por el que
fue detenido. En esta ocasión no ha habido conformidad. El asunto
lo resolverá en primera instancia un juzgado de lo Penal de la capital
gaditana.
06/11/2004 Archivada una queja por retrasos en un Juzgado de Vila-real
COLEGIO DE ABOGADOS
El CGPJ destaca que la juez superó en 2003 y en el primer
semestre de 2004 los
módulos de trabajo establecidos
La comisión disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial,
(CGPJ), ha archivado la queja del Colegio de Abogados de Castelló
en relación al Juzgado de Primera Instancia e Instrucción
Número 2 de Vila-real por retrasos en la resolución de algunos
procedimientos.
Paradójicamente, los asuntos reseñados en la queja
habían sido presentados con defectos procesales, lo que obligó
al juzgado a que «se dictara una primera y, a veces, segunda, resolución
de subsanación de defectos procesales», según el
Consejo. Además, la actividad desarrollada por la titular del
citado Juzgado «es superior a los márgenes establecidos
por el C. G. P. J. por lo que, pese a que se haya producido cierto retraso
en el señalamiento de los juicios, no podemos efectuar reproche
disciplinario alguno, siendo éste ajeno a su correcta actuación».
El Colegio de Abogados de Castelló, en su escrito de queja,
mantenía que el tiempo que media entre la admisión de la
demanda y la fecha prevista para la celebración del juicio es
muy dilatado, «lo que supone un funcionamiento anormal de la Administración
de Justicia, y, no se corresponde con los tiempos de señalamiento
del resto de los Juzgados del mismo partido judicial».
Frente a esa queja, la juez emitió un informe detallando las
resoluciones de los asuntos aludidos, concretando fechas. «Lo primero
que sorprende-señala el CGPJ-, es que en la práctica totalidad
de los casos ha sido necesario que por el Juzgado se dictara una primera,
y, a veces, segunda resolución de subsanación de defectos
procesales. Cuestión que ha sido omitida en el escrito[del Colegio
de Abogados] y que, como es lógico, supone un trabajo y retraso
añadido para el Órgano Judicial que a él no le es achacable.
Tales resoluciones han sido dictadas en plazos muy breves».
El Consejo calculó que el tiempo medio de respuesta en los
pleitos citados es de 7,8 meses. Además, recordó que se trata
de un Juzgado mixto y que sólamente hay tres órganos en el
partido de Vila-real, de tal forma que las semanas de guardia son más
frecuentes «y ello redunda en la menor posibilidad de realizar señalamientos
civiles».
Asimismo, la Sección de Régimen Disciplinario concreta
que en 2003, con 514 asuntos civiles, el Juzgado de Primera Instancia
e Instrucción Número 2 de Vila-real, superó el módulo
de entrada en un 35% y, en penal, con 3.229, lo hizo en un 29%. Los módulos
de dedicación, con 1.87, 80 horas/punto, los superó en un
20,6%.
Durante el primer semestre de este año, en el ámbito
civil, el citado órgano, con 286 asuntos, superó en un
50,5% los módulos del Consejo y, en penal, en un 25,6%, dado que
entraron 1.570 asuntos. Los módulos de dedicación en los
seis primeros meses de 2004 se superaron en un 49,6%.
Además, durante 2003, el tiempo medio de respuesta del Juzgado
en civil fue de 10,06 meses mientras que en la provincia fue de 11,54 meses.
En penal, la diferencia fue mayor de los 2,83 meses de Vila-real a los
7,39 de la provincia. En 2004, en civil, la respuesta media tardó
6,8 y en penal, 2,59. En la provincia fue de 10,3 y 4,64 meses.
15/10/2004 El TSJC investigará a la juez Aixandri
El Tribunal quiere saber si
se desatendió la denuncia de una joven contra Pedro Jiménez
CRÍMENES QUE CREAN ALARMA
Madrid
El Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC) comunicó
ayer al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) que ha abierto unas
diligencias informativas para averiguar si una juez de instrucción
de Barcelona desatendió de alguna manera a una joven barcelonesa
en la investigación de una denuncia por amenazas que ésta
presentó en marzo de 2003 contra Pedro Jiménez García,
el presunto asesino de dos policías nacionales en un piso de Bellvitge.
La joven dijo a este diario haberse sentido 'humillada' por el trato recibido
durante la instrucción de las diligencias previas 1221/2003 del
juzgado de instrucción 26 de Barcelona, cuya titular es la juez
Roser Aixandri.
La joven denunció haber sido abordada por Jiménez en
el ascensor de su casa, con una navaja, sobre las 14.40 del 28 de marzo
de 2003. Pero se resistió y, tras un forcejeo, cayó con Jiménez
al suelo. El hombre -que gozaba en aquel momento de un permiso carcelario
de tres días- huyó, pero dejó numerosas pruebas sobre
su identidad. Entre otras, un álbum de fotos. La chica lo reconoció
sin titubeos ante la policía. Ésta decía en su atestado
que la intención de Jiménez era violar a la chica. La joven
lo denunció por un delito de amenazas, pero la juez Aixandri lo
archivó y estimó que debía seguirse un procedimiento
de faltas o uno civil.
El portavoz del CGPJ, Enrique López, dijo a este diario que
el caso no puede ser jurídicamente revisado, pero sí la
actitud de la juez si no han transcurrido más de dos años
desde el asunto. La víctima dijo que la juez actuó con 'extrema
dureza' en los interrogatorios y que parecía 'no creerse nada'.
El TSJC ha decidido analizar el asunto y enviará al CGPJ la información
recabada, según comunicó ayer la presidenta del tribunal,
María Eugenia Alegret, a la presidenta de la comisión disciplinaria
del CGPJ, Montserrat Comas.
La juez Aixandri anunció ayer la presentación de una
querella contra este diario por la información. La junta de jueces
de Barcelona le mostró ayer todo su 'apoyo y solidaridad' hasta
el punto de que asumirán conjuntamente el coste procesal de la
querella, según fuentes del TSJC. Las asociaciones Jueces por la
Democracia, la Asociación Profesional de la Magistratura, Francisco
de Vitoria y el Foro Judicial Independiente emitieron un comunicado conjunto
en el que señalan que aquella información ha hecho 'un mal
injusto a una juez y a la función que una sociedad democrática
encomienda a su poder judicial'.
08/10/2004 El Poder Judicial investiga a un juez que prohibió
a periodistas tomar notas en un juicio
Madrid
El Servicio de Inspección del Consejo General del Poder Judicial
(CGPJ) abrió ayer una información previa para esclarecer
la actuación del juez de instrucción número 21 de Madrid,
Eduardo Cruz
Torres
, quien prohibió tomar anotaciones a tres periodistas durante
una vista oral, bajo amenaza de expulsión.
Según fuentes del Poder Judicial, el servicio de inspección
recabará ahora toda la información y elevará un
informe a la comisión disciplinaria, que determinará si
se abre un expediente disciplinario al titular del juzgado.
El pasado martes, el juez Cruz Torres prohibió a informadores
de las agencias Efe y Europa Press tomar notas durante un juicio de faltas
al portavoz de IU en la junta del distrito de Retiro de Madrid, Julio Rodríguez.
Según los informadores, el juez no permitió el acceso del
público ni de los periodistas, hasta que hubo prestado declaración
el acusado. Cuando se percató de que los periodistas tomaban notas,
les apercibió para que dejaran de hacerlo bajo amenaza de expulsión
y ordenó a un agente judicial que vigilase a los informadores.
La actuación del magistrado dio lugar a una fulminante reacción
del Consejo General del Poder Judicial, cuyo portavoz, Enrique López,
calificó su actuación de 'absolutamente errónea
y equivocada'.
Asimismo, una treintena de periodistas de tribunales presentaron
ayer un escrito al Consejo en el que muestran su 'estupor' e 'indignación'
por la actuación del juez Cruz Torres, cuya conducta 'vulneró
gravemente la protección constitucional del derecho a comunicar
libremente información'.
En su escrito, los profesionales de la información solicitan
la intervención, en su caso, de la comisión disciplinaria
del Consejo, para corregir el 'lamentable abuso de autoridad del magistrado'.
A su vez, una de las periodistas afectadas, Elisa García Delgado,
de Europa Press, ha presentado una queja al presidente del Tribunal Superior
de Justicia de Madrid.
03/10/2004 El CGPJ investiga a una jueza por abuso laboral hacia
un funcionario
ALCOY
CC OO ha denunciado que la magistrada propició que
se abriera un expediente disciplinario a un trabajador del Decanato, archivado
sin sanción ocho meses después
M. CANDELA
La comisión disciplinaria del Consejo General de Poder Judicial
(CGPJ) está investigando una denuncia formulada por CC OO contra
una jueza, por una presunta «actitud abusiva o inapropiada en el
ejercicio de sus funciones», cuando era titular del Juzgado de Instrucción
número 2 de Alcoy. La magistrada propició la apertura de
un expediente disciplinario contra un funcionario por parte del TSJ, que
más tarde sería archivado.
La denuncia al CGPJ ha sido formulada por Pablo Cuéllar, delegado
de CC OO y secretario de la junta de personal de la Administración
de Justicia de la provincia, a raíz de unos hechos que se remontan
a agosto de 2003. Un funcionario del Decanato solicitó, a su regreso
de las vacaciones, un permiso de cuatro días por enfermedad grave
de un familiar -una hija de muy corta edad-, que le fue concedido. Al
término del período, el trabajador no regresó, presentando
un parte de baja por síndrome febril.
La titular del Juzgado número 2, Nuria Navarro García
-actualmente destinada en la sección séptima de la Audiencia,
con sede en Elche-, comunicó el 27 de agosto al TSJ lo ocurrido,
agregando que había telefoneado al domicilio del funcionario sin que
nadie contestara, «todo lo cual pongo en su conocimiento por si los
hechos fueron constitutivos de responsabilidad disciplinaria». La
jueza alegó que por esta situación la oficina del Decanato
tuvo que ser cerrada.
La sala de gobierno del TSJ acordó, por unanimidad, incoar
un expediente disciplinario por «la posible comisión de una
falta grave o leve», que fue tramitado posteriormente, con la toma
de declaración a las personas relacionadas con el asunto, según
refleja la denuncia de CC OO.
El 7 de abril de 2004, el TSJ acordaba archivar el expediente disciplinario
«al no hallar méritos para la exigencia de responsabilidad
alguna, conforme a la propuesta de la Sra. Juez Instructora».
Esta decisión ha motivado la presentación de una denuncia
ante el CGPJ por parte de CC OO, al entender que puede haber habido una
«actitud abusiva o inapropiada» por parte de la jueza. Pablo
Cuéllar ha informado a este diario que el CGPJ ha decidido elevar
la denuncia ante la comisión disciplinaria para su tramitación.
30/09/2004 EL 'CASO ALIERTA' Archivada la denuncia de Alierta
contra Torres
MADRID.- La Comisión Disciplinaria del Consejo General del
Poder Judicial acordó ayer, por unanimidad, archivar la denuncia
interpuesta por el presidente de Telefónica, César Alierta,
contra el titular del Juzgado de Instrucción número 32 de
Madrid, Santiago Torres, que le investiga por un presunto delito de tráfico
de información privilegiada.
Todos los miembros de la Comisión, integrada ayer por José
Merino y Carlos Ríos (ambos propuestos por el PP), Montserrat
Comas (PSOE), Félix Pantoja (IU) y Agustín Azparren, asumieron
el informe de la Inspección, en el que se pone de manifiesto que
la denuncia de Alierta afecta a cuestiones jurisdiccionales en las que
el CGPJ no puede inmiscuirse, por lo que procedía el archivo de
la queja sin dar lugar ni siquiera a unas diligencias informativas.
Alierta denunció a Torres por haber recibido declaraciones
testificales sin acceder a la petición de la defensa de suspenderlas.
También se quejó de que el instructor le impusiera una fianza
de 4,9 millones de euros para cubrir eventuales responsabilidades pecuniarias
cuando ya estaba requerido de inhibición por la Audiencia Nacional.
En coincidencia con la Inspección, la Comisión Disciplinaria
ha considerado que Alierta no puede tratar de utilizar la vía
disciplinaria para corregir resoluciones judiciales con las que no está
de acuerdo.
En algún caso, además, el empresario ni siquiera ha
interpuesto los oportunos recursos contra las decisiones del instructor,
como sucedió con la celebración de las pruebas testificales.En
el supuesto de la fianza, los defensores del presidente de Telefónica
han formulado un recurso de apelación que está pendiente de
resolución por la Audiencia Provincial de Madrid, lo que, a juicio
del CGPJ, evidencia la naturaleza plenamente jurisdiccional del asunto.
30/09/2004 El CGPJ no sanciona al juez del 'caso Fábregas'
MADRID.- El expediente abierto al magistrado de Barcelona
Gonzalo
de Dios
por la supuesta desatención a un proceso por malos tratos que
acabó con la muerte de la denunciante fue archivado ayer por la Comisión
Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial.
La decisión se adoptó por tres votos frente a dos,
emitidos los primeros por los vocales Carlos Ríos, José
Merino y Agustín Azparren, mientras que Montserrat Comas y Félix
Pantoja se mostraron partidarios de sancionar a De Dios con una multa
de 300 euros por una falta grave.
Ésa fue la propuesta de sanción que formuló
el instructor del expediente, Fernando Lacaba, aunque lo hizo porque así
se lo ordenó la propia Comisión Disciplinaria. Inicialmente,
Lacaba, al igual que el fiscal, pidieron el archivo del expediente al no
apreciar responsabilidad disciplinaria en la actuación de De Dios.
Este magistrado también ha sido apoyado públicamente por la
Junta de Jueces de Barcelona.
La mayoría de la Comisión Disciplinaria ha llegado
a la conclusión de que el juez no desatendió un proceso
en el que se acumularon hasta 11 denuncias de la víctima, Ana María
Fábregas, que murió a manos de su compañero sentimental
el 10 de junio de 2003. El hombre, que al parecer sufría alteraciones
psíquicas, la esperó en el portal de su casa y la golpeó
en el cráneo con un martillo.
De Dios se hizo cargo del Juzgado en el que se tramitaba el asunto
cuando las primeras denuncias ya habían dado lugar a la adopción
de medidas como la orden de alejamiento, que él mantuvo. Durante
la instrucción del expediente se ha puesto de manifiesto que era
la propia víctima la que permitía pasar a su domicilio a su
compañero sentimental, al que volvía a denunciar en cuanto
surgían desavenencias. En la causa no constaba ningún parte
médico por agresiones.
20/09/2004 El TS archiva una querella presentada contra el CGPJ
por un magistrado de la Audiencia Nacional trasladado forzosamente
El Tribunal Supremo ha archivado la querella por prevaricación
presentada por el ex magistrado de la Audiencia Nacional
Emilio Martínez Blanco
contra el juez del Tribunal Supremo Angel Calderón, instructor
del expediente que le abrió el año pasado el Consejo General
del Poder Judicial (CGPJ) por siete hechos, entre ellos, sólo acudir
al Juzgado dos días a la semana, y contra los vocales que entonces
componían la Comisión Disciplinaria de este órgano.
El Pleno del Consejo General del Poder Judicial acordó el
29 de abril de 2003 imponer a Martínez Blanco la sanción
de traslado forzoso de destino, por incumplir el deber de asistencia a
su despacho, ya que sólo acudía dos días a la semana,
jueves y miércoles, y este último sólo parte de la
jornada.
El magistrado Martínez Blanco, que era presidente de la Sección
Séptima de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia
Nacional cuando fue expedientado, presentó una querella por prevaricación
contra el magistrado de la Sala de lo Militar del Supremo
Angel Calderón
y los vocales del Consejo que constituían la Comisión
Disciplinaria,
Enrique López
, Fernando
Salinas
, Félix
Pantoja
, Agustín
Azparren
y Carlos
Ríos
.
El alto tribunal, tras declararse competente para investigar la querella,
decide archivarla, porque "el delito de prevaricación administrativa
exige que el autor dicte una resolución administrativa arbitraria
a sabiendas de su injusticia", lo que no se da en este caso, entre otras
razones, porque la conducta de los querellados "se limitó a una
propuesta de resolución que no vinculaba al órgano al que
se dirigía", el Pleno del Consejo.
Martínez Blanco fue sancionado con el traslado forzoso, porque
según el relato de hechos realizado por la Comisión Disciplinaria
"sólo acude al despacho dos días a la semana, los jueves
y los miércoles, si bien el segundo día sólo parte
de la jornada; asistencia que resulta insuficiente para la atención
ordinaria del trámite y despacho de asuntos en lo que corresponde
a las tareas propias de la presidencia de una Sección de estas características".
El expedientado concentraba los señalamientos para deliberación,
votación y fallo de los asuntos que debe resolver la sección
un día a la semana (los jueves), reservando el resto de días
laborables al estudio y preparación de las resoluciones a dictar.
PERMISOS
Asimismo, la Inspección de tribunales detectó que en
la Sección que preside este juez debieron suspenderse veinte señalamientos,
en los años 2001 y 2002, "por disfrute de permiso del ponente
señor Martínez Blanco, quien no comunica siempre ni con
la debida antelación al magistrado que deba sustituirle, ni tampoco
a la Secretaría, las fechas en las que hace uso de los permisos".
Por este motivo, se dejaron sin efecto varios señalamientos.
Además, la Comisión Disciplinaria subrayaba que Martínez
Blanco y la titular de la Secretaría de la Sección hasta
noviembre de 2001 no tenían ninguna comunicación. "El despacho
(de asuntos entre ambos) se ha venido sustituyendo por el procedimiento
de consultas mediante notas y escritos que el presidente contesta por la
misma vía, siendo sus destinatarios habituales los funcionarios
de la oficina judicial. La firma la realiza el presidente sin la concurrencia
de la fedataria o funcionario que la sustituya".
Por todo ello, el Pleno consideró que había cometido
una falta disciplinaria muy grave de desatención de los asuntos
de su Juzgado, sancionado en el artículo 417.9 de la Ley Orgánica
del Poder Judicial.
El afectado rechazaba la sanción y alegaba que el origen del
expediente disciplinario que se le había abierto era el acoso laboral
o "mobbing" al que le sometía el presidente de su Sala, Eduardo
Calvo, pero el Consejo rechazó estos argumentos.
03/09/2004 Por dilaciones indebidas en varios sumarios el CGPJ
propone suspender un año al juez Ruiz Polanco por la excarcelación
de un presunto miembro de ETA
Al tratarse de una propuesta de sanción superior a los
seis meses, su eventual aplicación supondrá la pérdida
de destino en la Audiencia Nacional
La Comisión Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial
(CGPJ) acordó ayer por cuatro votos contra uno presentar al Pleno
de este órgano que se celebrará el próximo miércoles,
8 de septiembre, una propuesta de suspensión de un año
en sus funciones al juez de la Audiencia Nacional
Guillermo Ruiz Polanco
, por una falta muy grave de desatención en el ejercicio de sus
competencias. Las dilaciones en la tramitación por el magistrado
de varios sumarios de terrorismo motivaron la excarcelación del
presunto miembro de ETA Ibai Ayensa.
Fuentes del CGPJ señalaron que al tratarse de una propuesta
de sanción superior a los seis meses, su eventual aplicación
supondrá la pérdida de destino, esto es, que, tras concluir
el año, el magistrado no podrá volver a la Audiencia Nacional.
La propuesta aprobada ayer por la Comisión, por una falta
muy grave prevista en el articulo 417.9 de la Ley Orgánica del
Poder Judicial, es más dura que la que realizó el instructor
del expediente disciplinario, que era de siete meses de suspensión.
La decisión también supera lo solicitado por el fiscal,
que propuso una sación para Ruiz Polanco por tiempo de más
de seis meses aunque "no superior a ocho".
El acuerdo se tomó por cuatro votos contra uno por una Comisión
Disciplinaria que precisamente hoy renovó a tres de sus miembros,
y cuya constitución se celebró poco antes de comenzar la
reunión en la que se trató el expediente disciplinario abierto
a Ruiz Polanco.
Los nuevos vocales que integran la Comisión Disciplinaria
son Montserrat
Comas
, Ángeles
García
y Enrique
Mínguez
, que entran en sustitución de Enrique López, Fernando
Salinas y Félix Pantoja. En este órgano del CGPJ repiten
los vocales Carlos Ríos y Agustín Azparren.
Suspendido hace seis meses
El juez Ruiz Polanco se encuentra suspendido cautelarmente desde
el pasado 15 de marzo por las dilaciones indebidas en varios sumarios
por terrorismo que permitieron la excarcelación del presunto etarra
Ibai Ayensa, al cumplirse dos años de prisión preventiva sin
que se celebrara la vistilla para prorrogar esta situación.
En su escrito de alegaciones al CGPJ, el juez alegó falta
de medios y achacó parte de lo ocurrido al cambio del personal
afecto al Juzgado, especialmente en lo referido a la labor de uno de sus
funcionarios.
En el escrito, el magistrado califica su trabajo de "excesivamente
minucioso, lo que puede determinar alguna lentitud". La Comisión
Disciplinaria que trató hoy el asunto de Ruiz Polanco se celebró
con carácter extraordinario, con el objetivo de incluir la propuesta
en el Pleno que se celebrará el próximo miércoles.
La razón es que el 15 de septiembre vence la suspensión
cautelar por seis meses que se impuso al titular del Juzgado Central de
Instrucción número 1. Desde entonces le sustituye el magistrado
Fernando Grande-Marlaska, que se ha hecho cargo de los asuntos pendientes
en el Juzgado.
Desatención del ejercicio jurisdiccional
El pasado 15 de marzo, la anterior Comisión Disciplinaria
acordó por unanimidad suspender cautelarmente de funciones a Guillermo
Ruiz Polanco, así como ampliar el expediente que tramitaba contra
él con otras dos posibles faltas muy graves, lo que suma un total
de cuatro. El 8 de marzo, la Comisión había imputado a Ruiz
Polanco dos faltas muy graves. Una de ellas por desatención del
ejercicio jurisdiccional, por el error que permitió la excarcelación
del presunto etarra Ibai Ayensa, el pasado 23 de febrero.
La otra falta deriva del retraso injustificado en dos sumarios contra
el 'comando Urbasa' de ETA, a los que no procesó hasta un año
y diez meses después de que se lo pidiese el fiscal. Después
de esa decisión, el Servicio de Inspección, que realizó
una visita de trabajo al Juzgado de Ruiz Polanco, propuso que se le imputaran
otras dos faltas muy graves.
La primera por no establecer en el Juzgado un sistema de control
efectivo de las causas con preso que garantice tanto su tramitación
prioritaria como la adecuada vigilancia de los plazos y límites
temporales de las situaciones de prisión provisional, y otra, por
retraso injustificado y reiterado en la tramitación de procesos
y causas de su competencia por las posibles dilaciones existentes en
cinco Sumarios y en dos Diligencias Previas.
Ruiz Polanco fue sancionado recientemente por el CGPJ con una multa
de 600 euros como autor de un retraso injustificado en la instrucción
de un caso de fraude de IVA. El Consejo ya le había expedientado
con anterioridad, aunque después le exoneró de responsabilidad,
por la excarcelación del narcotraficante Alfredo Cordero y la puesta
en libertad del presunto narco Pablo Vioque.
30/08/2004 El CGPJ y el Defensor del Pueblo Andaluz admiten a
trámite quejas por el 'atasco' de los Juzgados de Marbella
El letrado sevillano Luis Romero ha recibido sendos escritos en los
que el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y el Defensor del Pueblo
Andaluz, José Chamizo, admiten a trámite sus quejas por el
"atasco" que sufren las diligencias en los Juzgados de Marbella.
El CGPJ confirmó en el documento remitido a Romero, al que
ha tenido acceso Europa Press, que elevarán su queja a la Comisión
Disciplinaria del órgano judicial "para su estudio y acuerdo que
corresponda al mismo en relación con los hechos que expone".
Por su parte, el Defensor del Pueblo Andaluz, José Chamizo,
remitió una carta al letrado, a la que ha tenido acceso Europa
Press, en la que comunicaba la admisión a trámite de su reclamación.
Asimismo, el Defensor del Pueblo Andaluz aseguró que remitieron
su queja al Ministerio Fiscal con el fin de investigar los hechos denunciados
y "adoptar las medidas adecuadas para corregir la situación".
La reclamación de Romero, a la que ha tenido acceso Europa
Press, explicó concretamente la situación de su representado,
L.J.G, sin antecedentes penales, imputado por un presunto delito de estafa
y en prisión provisional desde el pasado 19 de febrero.
Así, aseguró que presentaron recurso de apelación
el 17 de junio contra el auto dictado una semana antes en el que se denegaba
la libertad provisional del detenido. El 29 de julio, Romero presentó
un escrito de queja ante el juzgado para pedir que se agilizara la remisión
del recurso a la Audiencia.
El documento insistió en que dos meses más tarde aún
"no se había elevado el recurso a la Audiencia Provincial de Málaga"
y explicó que el pasado 6 de agosto, el abogado de la defensa
acudió a la oficina judicial para interesarse por los trámites
del recurso antes citado y hablar con el juez que instruía el
caso sobre la libertad del defendido, que lleva siete meses en prisión
provisional en el Centro Penitenciario de Alahurín de la Torre.
Romero aseveró en el escrito remitido al CGPJ y a Chamizo
que se llevó una "desagradable sorpresa" porque "la funcionaria
encargada del asunto dice que el escrito presentado el 29 de julio aún
no ha llegado a sus manos porque no ha pasado mucho tiempo". Ante las quejas
del letrado, la funcionaria respondió que "otro compañero
presentó una queja en el CGPJ y que ya conocen bien en este organismo
las vicisitudes del juzgado, además de que el recurso está
aún en la oficina judicial".
Entonces, la funcionaria justificó que "la jueza que instruye
el caso y el secretario están de vacaciones" además de que
"la funcionaria que debía tramitar el recurso se trasladó
a otro destino" y que "cambian a diario los jueces, por lo que no están
enterados del asunto y no va servir de nada hablar con él, además
de que no sabe quién es el secretario sustituto".
El escrito concluía solicitando tanto al CGPJ como al Defensor
del Pueblo Andaluz que "tomen las medidas oportunas para requerir al Juzgado
de Instrucción número 2 de Marbella que cumpla con la obligación
de dar el debido trámite a los asuntos y concretamente a éste,
en el que hay una persona privada de libertad 'provisionalmente' desde
hace siete meses".
18/08/2004 El comisario de Policía de Sanlúcar pide
amparo al CGPJ frente al 'Garzón de Cádiz' y le acusa de
prevaricación
El comisario jefe de Policía de Sanlúcar de Barrameda
(Cádiz) ha pedido amparo al Consejo General del Poder Judicial
frente a los procedimientos empleados por el juez de El Puerto de Santa
María Miguel Angel López Marchena, instructor de importantes
operaciones contra el tráfico de hachís en la zona, a quien
ha denunciado por delitos de calumnias, prevaricación, y acusaciones
falsas.
La Comisión Permanente del CGPJ estudiará mañana
la petición del comisario, aunque fuentes de la misma adelantaron
hoy que en principio no atenderán la solicitud, ya que la Ley
no prevé que el Consejo otorgue el amparo a un policía,
sino a los jueces que consideren perturbada su independencia. Además,
recuerdan que el pasado mes de mayo no ampararon al juez López Marchena
frente a la Policía.
Se trata de un episodio más de los enfrentamientos del juez
López Marchena, conocido en algunos ambientes como el "Garzón
de Cádiz", con determinados policías y fiscales de la provincia,
a quienes ha reprochado, entre otras actuaciones, no tomar demasiado en
serio las amenazas que han recibido tanto él mismo como un testigo
protegido de la denominada "Operación Manzanilla", en la que fueron
incautadas once toneladas de hachís.
El comisario jefe de Sanlúcar solicita amparo al CGPJ por
entender que la forma de actuar de López Marchena, titular del Juzgado
de Primera Instancia e Instrucción de El Puerto de Santa María,
"va en contra de los más elementales derechos fundamentales" y de
la tutela judicial efectiva.
CALUMNIAS Y PREVARICACION
El jefe policial ha puesto también los hechos en conocimiento
de la Fiscalía de Cádiz, ante quien ha denunciado al juez
por delitos de calumnias, prevaricación, acusación y denuncia
falsa.
Los hechos guardan relación con un escrito dirigido el pasado
mes de mayo por el juez López Marchena al presidente del Tribunal
Superior de Justicia de Andalucía, en el que daba cuenta de las
amenazas de atentar contra él y su familia recibidas por parte de
varios implicados en casos de narcotráfico, e insinuaba que la Policía,
pese a dar crédito a su denuncia, había minimizado su importancia
y no había abierto una investigación para descubrir a los
autores.
También informaba de las coacciones e intento de agresión
sufridos por un testigo protegido en un caso de narcotráfico.
En ese caso, cargaba contra la Fiscalía, al recordar que había
pedido que se le retirara la escolta a dicho testigo, y se mostró
en contra de que se le concedieran determinados medios económicos
de subsistencia.
El escrito del juez fue enviado al CGPJ por el presidente del Tribunal
Superior andaluz. La Comisión Permanente del Consejo decidió
no amparar al juez, aunque envió su escrito a la Fiscalía
General del Estado por si los hechos narrados por el magistrados fueran
constitutivos de algún delito. El caso está siendo estudiado
actualmente por la Fiscalía de Cádiz.
MAS ENFRENTAMIENTOS
El juez López Marchena ha dirigido en la provincia de Cádiz
importantes operaciones contra el narcotráfico como las denominadas
"Manzanilla", en Sanlúcar", o "Estela", en Barbate. Ninguna de
ellas ha estado exenta de polémica por los enfrentamientos entre
el magistrado y la Fiscalía o la Policía. El CGPJ acordó
en su día no actuar disciplinariamente contra el juez por su proceder
en la "Operación Estela".
En su escrito al presidente del TSJ de Andalucía, el juez
decía que las amenazas las comenzó el principal imputado
en una de las causas por narcotráfico que él instruye, que
le escribió una carta diciéndole que vigilaría su carrera
judicial y le daría un "futuro igual al que tú has preparado
para mí".
Luego le llegó la información de que varios imputados
en la "Operación Manzanilla" preparaban un atentado contra él
o su familia, a lo que dió crédito la Policía. "Pese
a ello --señalaba el juez--, tengo entendido que los mandos posteriormente
minimizaron los riesgos". También dijo que habían intentado
quemar el brezo de su casa.
AMENAZAS CON NAVAJA Y UN BATE
El magistrado añadió que las amenazas contra él
fue paralela a las coacciones padecidas por el testigo protegido RRC, con
la finalidad de que cambiara sus declaraciones iniciales que fueron realizadas
sin presión y con asistencia de su abogado y de un representante
de la Fiscalía.
Añadía que, además de intentar entrar en la
casa del testigo, el pasado 30 de abril trataron de clavarle una navaja
y de golpearle con un bate, lo que fue impedido por los escoltas que le
protegen. También pintaron en su casa frases amenazantes. El juez
señala en su escrito que dicho testigo está a la espera de
que la administración, a petición suya, le otorgue un trabajo
en Sanlúcar, donde se encuentra sometido "a una presión brutal".
Viernes, 06/08/2004 Casi 100 acusados de una gran estafa, impunes
al haber prescrito el delito antes de ser juzgados Los reos montaron
hace 26 años empresas fantasmas para defraudar a la Seguridad Social
La lentitud de la justicia, sobre todo en las investigaciones
más complejas, sigue deparando sorpresas. La Audiencia de Madrid
ha dejado impunes, por 'prescripción' de los delitos que se les
imputaban, a los 137 implicados en la trama que, hace 26 años,
supuso un fraude de 336.000 euros (56 millones de pesetas) a la Seguridad
Social. 96 reos iban a sentarse en el banquillo -otros 41 ya han fallecido-
y se enfrentaban hasta a ocho años de cárcel cuando los jueces
han visto que uno de los delitos cometidos, el de falsedad ideológica,
fue despenalizado en 1996 y que el otro, de estafa, había prescrito.
Desde que el fiscal calificó por primera vez los hechos
en 1991 y hasta que el Juzgado 12 de Madrid, el que instruyó
la causa, dio traslado a los abogados para que hicieran sus alegaciones
y respectivos escritos transcurrieron más seis años.
En esos seis años la causa estuvo en las estanterías del
juzgado sin moverse. Años después, se elevó a
la Audiencia de Madrid, instancia que, tras otra reforma legal, la remitió
nuevamente al juzgado instructor, el número 12 de la plaza de
Castilla, para que convirtiese las diligencias en un procedimiento
abreviado, puesto que inicialmente se incoaron como sumario. En el juzgado,
la causa volvió a estar otros tantos años parada y sin
impulso alguno.
Cuando finalmente la causa se elevó de nuevo a la Audiencia,
ya con otros jueces en el tribunal, éstos han entendido que ya
no vale la pena celebrar el juicio porque el delito de estafa hacía
años que había prescrito. Por eso, y a petición
de las defensas y las acusaciones, han optado por sobreseerla. Eso sí,
dejan en manos de la Seguridad Social, la gran perjudicada por los chanchullos
de esta trama, la posibilidad de acudir a la jurisdicción civil
y exigir allí a los acusados el dinero que ilegalmente estafaron
al erario público. Pero la Seguridad Social, si es que finalmente
acomete esta acción, es posible que no pueda recuperar todo el
dinero defraudado, ya que los principales acusados en esta trama ya han
fallecido. A lo largo de todos estos años han muerto 41 de los 137
acusados.
A grandes rasgos, el chanchullo cometido por los acusados era
el siguiente: crearon cuatro empresas fantasmas -Manfisa, Imperter,
Senio y Talleres Alonso- y hacían como que contrataban a trabajadores
que luego despedían. En realidad, unos y otros actuaban en
connivencia, ya que las empresas carecían de actividad. El dinero
que pagaba el Estado por el subsidio de desempleo se lo repartían
entre ellos: los que creaban las empresa y los que se prestaban a dar
sus nombres ante la Seguridad Social. Cuando en 1990 el fiscal calificó
los hechos, pedía para los 137 acusados fuertes penas de cárcel:
la más pequeña de seis meses; y la más grande, de
diez años de prisión.
La Sección Tercera de la Audiencia de Madrid, en un
auto fechado el pasado 21 de julio, decide acordar 'el sobreseimiento
libre de las actuaciones' y levanta las medidas cautelares que pesaban
sobre la mayoría de los imputados. Ordena la devolución
de las fianzas y el levantamiento de los embargos que pesaban sobre los
acusados. Contra tres de los 137 acusados existían incluso órdenes
de búsqueda y captura e ingreso en prisión que nunca llegaron
a materializarse.
Los jueces explican en el auto que, dado el largo tiempo transcurrido
desde los hechos, cualquier pena no tendría sentido. 'Sería
una grave contradicción imponer un castigo cuando los informes
del sistema punitivo y, más concretamente la reinserción
y rehabilitación social, son ya inalcanzables'. Además,
agregan los jueces, 'hay razones de política criminal que aconsejan,
por simples razones de proporcionalidad en la respuesta punitiva, prescindir
de la sanción penal, y más cuando el transcurso del tiempo
ha disminuido sensiblemente hasta hacerla desaparecer por decisión
legal la medida de la culpabilidad'. Añaden los jueces que 'la
incertidumbre de la respuesta jurídica no puede prolongarse indefinidamente
en el tiempo, y mucho menos en el campo del derecho penal, por lo que es
necesario marcar el tiempo durante el cual se puede ejercitar válidamente
el ius puniendi [derecho de castigo] del Estado'.
La Audiencia de Madrid ha tenido en cuenta, a la hora de tomar
esta decisión, el criterio del fiscal, de los abogados de la
defensa, y de la acusación particular, la Seguridad Social. Todas
las partes coincidían en que entre el 30 de julio de 1990 [cuando
el fiscal emitió su escrito de acusación] y hasta el 19
de febrero de 1996 [cuando el juez remite el citado escrito a las otras
partes para que elaboren sus conclusiones] pasan seis años, 'lo
que determina', explica el tribunal, 'la concurrencia de los requisitos
de la prescripción por paralización de la causa'. En esos
seis años, el único papel que se incorpora a la causa es
uno que da cuenta de la muerte de José Manuel Sáiz de
Baranda, uno de los presuntos cabecillas de la estafa y entonces secretario
del Tribunal de Cuentas del Estado.
En el sobreseimiento del caso también ha pesado que
los hechos que se iban a juzgar ocurrieron 'entre los años 1979
y 1981: han transcurrido más de 20 años y [en ese tiempo
han surgido] varias reformas legales que afectan, sustancialmente, a buena
parte de las actuaciones. Aparte del hecho de que ya han fallecido quienes
aparecerían como principales responsables u organizadores de la
trama'. El auto de apertura del juicio oral sobre este caso se dictó
el 29 de noviembre de 2002. El juez instructor ya tuvo entonces dificultades
para localizar a los acusados.
Cronología de un sumario inconcluso
Antes de decretar el sobreseimiento de la causa, el pasado
21 de abril, la Audiencia de Madrid hace un recorrido, con fechas incluidas,
por las fases que han rodeado la instrucción de las diligencias.
-Según el tribunal, el 30 de julio de 1981 el Juzgado
de Instrucción número 12 decidió abrir diligencias
'por un presunto fraude en la percepción del subsidio de desempleo,
falsificación de documentos públicos, cohecho e infidelidad
en la custodia de documentos' contra 137 personas.
-El 23 de septiembre de 1982 se incoó un sumario por
estos hechos, y el 22 de agosto de 1983 se dictó un auto de procesamiento
contra 130 personas por delitos de falsificación de documento
público y oficial, así como por estafa.
-El 30 de junio de 1989 hubo una modificación legal
y se decidió que la causa, que hasta ese momento se tramitaba
como sumario, se convirtiese en un procedimiento abreviado.
-El 30 de julio de 1990, el fiscal presentó su escrito
de acusación.
-El 30 de diciembre de 1990 el juzgado dictó una resolución
en la que daba como presentado el citado escrito del fiscal, a la
vez que indicaba que había algunos errores en el escrito del
ministerio público en relación con algunos nombres y
fechas, y lo remitió de nuevo al fiscal para que los subsanase.
-El 21 de diciembre de 1991 el fiscal volvió a presentar
el escrito con los errores subsanados.
-El 19 de febrero de 1996 el juez firmó que el fiscal
le había devuelto la causa y la remitió a las partes
para que éstas calificasen los hechos. Es aquí cuando se
produce la prescripción, pues pasaron más de cinco años
sin actividad.
-El 20 de noviembre de 2002, el juez dictó la apertura
del juicio oral.
6 Agosto de 2004 El Supremo confirma 2 años de cárcel
y 18 de inhabilitación a un juez de Huelva por prevaricación
y cohecho
El Tribunal Supremo ha confirmado 2 años de cárcel,
18 y medio de inhabilitación y multa de 37.210 euros para el
ex juez de Primera Instancia e Instrucción número 2 de
la Palma del Condado (Huelva) Justo Gómez Romero, por delitos de
cohecho, prevaricación y exacciones ilegales, por cobrar dinero
a cambio de resoluciones judiciales favorables, entre otras actividades
ilegales.
El Supremo ratifica la sentencia dictada en julio de 2002 por
el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, que condena además
a 2 años de prisión al abogado sevillado Félix
Eugenio Cecilia Delgado, como cooperador necesario en el cohecho cometido
por el juez, así como al pago de una multa de 4.810 euros.
El alto tribunal rechaza íntegramente los recursos del
juez y del abogado. Su actividad delictiva arrancó en 1996, cuando
pidieron y obtuvieron 800.000 pesetas de un matrimonio propietario de
un mesón para paralizar su deshaucio. Esta acción constituyó
delitos de cohecho y prevaricación.
El juez comentó a la pareja citada que conocía
a un abogado que les podía arreglar el caso y paralizar el asunto,
lo que les iba a costar 800.000 pesetas. Por su parte, el letrado les
dijo: "Esto es como un coche, que si no se le echa gasolina no funciona".
En cuanto a las exacciones ilegales, fueron cometidas por el
juez cuando, en junio de 2001, reclamó y obtuvo 300,51 euros
de un vecino de la localidad por expedirle "con rapidez" dos certificaciones
de nacimiento y una de matrimonio que precisaba para un expediente de
adopción.
El juez cometió otra prevaricación en la subasta
del complejo turístico denominado La Carabela de Matalascañas
(Huelva), por retrasar un trámite para adjudicar unos apartamentos
embargados.
Además, en el caso del exhorto relativo a su propia
separación matrimonial, instada por su esposa, el juez se "apropió"
del documento mientras sustituía al titular del Juzgado número
de La Palma del Condado, y no lo devolvió a pesar de las reiteradas
peticiones del Juzgado, incluida la llamada personal del juez.
Según la sentencia, Gómez Romero, pese a que
no contaba con otros ingresos ajenos a su sueldo de juez, percibió
en el año 2000 y primeros meses del 2001, abonos en su cuenta
corriente por valor de 25 millones de pesetas, efectuados en ventanilla
por él mismo o terceras personas. De ese dinero, al menos 12 millones
de pesetas no estaban justificadas debidamente.
07/07/2004 El CGPJ anula una sanción a un juez que obligó
a un abogado a traducir al castellano una demanda escrita en catalán
El Pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) anuló
hoy la sanción de "advertencia" que la Sala de Gobierno del Tribunal
Superior de Justicia de Cataluña impuso a un juez de esta Comunidad
que no se pronunció sobre la admisión a trámite de una
demanda escrita en catalán hasta que el demandante no hizo la traducción
de la misma al castellano.
El vocal del Consejo por CiU Alfons López ha emitido un voto
particular contra el acuerdo al considerar que vulnera la Constitución,
la Ley Orgánica del Poder Judicial y los Tratados Internacionales
ratificados por España. A su juicio, el Consejo, al anular la sanción,
hace que sea "impune" para los jueces "incumplir" los textos legales citados.
Los hechos se remontan al 10 de diciembre de 2002, cuando el juez
dictó una providencia en la que requería al autor de una
demanda interpuesta en su juzgado que tradujera la misma al castellano,
antes de decidir si la admitía a trámite.
El 17 de enero de 2003 el abogado presentó la demanda traducida
y el 2 de julio de ese año presentó queja en el CGPJ en
la que alegaba que la providencia alegaba la Ley Orgánica del Poder
Judicial, que señala: "Las actuaciones judiciales realizadas y
los documentos presentados en el idioma oficial de una Comunidad Autónoma
tendrán, sin necesidad de traducción al castellano, plena
validez y eficacia".
El día 21 del mismo mes el Servicio de Inspección del
Consejo no aprecio "menosprecio a la lengua catalana ni tampoco a la parte
actora" en la providencia del juez, por lo que propuso el archivo. No obstante,
la Comisión Disciplinaria del CGPJ acordó remitir las actuaciones
al TSJ de Cataluña, que el 16 de marzo del presente año
impuso una sanción de "advertencia" al magistrado.
La resolución de la Sala de Gobierno de dicho TSJ señalaba
que la providencia vulneró un "derecho cívico" derivado
de la oficialidad de la lengua catalana proclamada en la Constitución
y en el Estatuto de Cataluña. Tras aludir a la Ley del Poder Judicial,
impuso la sanción de advertencia por la "desconsideración
con un ciudadano" del juez, que produjo con su actuación un "quebranto
de la confianza social en los tribunales".
El Pleno del CGPJ de hoy ha anulado esta sanción por entender
que la providencia "no contenía expresión alguna de menosprecio
hacia la dignidad personal o profesional del demandante". El vocal Alfons
López Tena señala en el voto particular contra esta decisión
que "más de un año ha costado decir que de nada valen el
artículo 3.3 de la Constitución", los "Estatutos de Autonomía
y la Carta Europea de las Lenguas Regionales o Minoritarias".
"Ninguna de estas normas tiene valor alguno, pues si se incumplen
por el juez no pasa absolutamente nada", indica el vocal en su voto, que
concluye: "Ya lo saben los ciudadanos, para el CGPJ la vulneración
de sus derechos lingüísticos no merece siquiera la consideración
de falta leve, ni la sanción de advertencia; y ya lo saben los
jueces, incumplir la Constitución, el Estatuto de Autonomía,
la Ley Orgánica del Poder Judicial y los Tratados Internacionales
es impune".
"Tal es el valor que este órgano constitucional da a su Constitución,
su Ley Orgánica y los Tratados ratificados por su Estado: ninguno",
subraya López Tena, que deja abierto un interrogante: "¿Diría
lo mismo el CGPJ si un juez inadmitiera una demanda por estar redactada
en castellano, exigiendo que se aportara en catalán?.
06/07/2004 En 2003 fueron sancionados 26 jueces, ocho de ellos
con suspensión
Madrid- Durante el pasado año, la Comisión Disciplinaria
del Consejo General del Poder Judicial incoó un total de 32 expedientes
disciplinarios a jueces y magistrados, todos ellos por falta grave o
muy grave, mientras que las distintas Salas de Gobierno iniciaron otros
20 expedientes. En total, en 2003 fueron sancionados 26 jueces o magistrados,
19 de ellos por el Consejo, según consta en la Memoria que se aprobará
el próximo día siete.Junto a ello, El CGPJ resolvió
un total de 42 expedientes disciplinarios, 9 de ellos por el Pleno y 33
por la Comisión Disciplinaria. Los resueltos por el Pleno acabaron
todos ellos en sanción. La de más gravedad fue la impuesta
a la magistrada de Barcelona María del Carmen Suárez Vázquez,
a quien se la suspendió en sus funciones por tres años
por una falta muy grave de desatención o retraso injustificado
en la tramitación o resolución de las causas, además
de imponerle una multa por otras dos faltas graves.También acordó
el traslado forzoso de Emilio Martínez Blanco, quien hasta entonces
estaba destinado en la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia
Nacional. Una falta muy grave de desatención en sus competencias
fue la causa de esta sanción.Otros dos magistrados, María del
Coro Cillán y Carlos Almeida, fueron sancionados con un año
de suspensión. En el primer caso por retraso injustificado en la
tramitación de los asuntos, mientras que en el segundo lo fue por
la comisión de una falta muy grave de abuso de su condición
de juez para no pagar una multa.El resto de las sanciones acordadas por
el Pleno del CGPJ oscilaron entre los siete y tres meses de suspensión.
Entre las sancionadas en este apartado figura la ex juez de vigilancia penitenciaria
María del Prado Torrecilla, a quien se consideró que había
presionado a sus compañeros para que concedieran beneficios penitenciarios
a Mario Conde.Por su parte, la Comisión Disciplinaria sancionó
a diez magistrados con multas de distintas cuantías. En la mayoría
de los supuestos por retraso injustificado e la iniciación o tramitación
de los procesos o causas que instruían. Estos datos, según
fuentes del CGPJ vienen a avalar la «falta de corporativismo»
en el órgano de gobierno de los jueces.
01/07/2004 El CGPJ exonera a la jueza que inició la investigación
de los crimenes de Benifallim
Archiva el expediente porque no tuvo responsabilidad en las
dilaciones
La primera jueza que instruyó el sumario abierto por el triple
crimen de Benifallim (Alicante), Natividad Navarro, no fue responsable
de las dilaciones registradas en este procedimiento y que originaron la
libertad, en agosto del pasado año, la libertad provisional del
único acusado por esta causa, Francisco Gómez Simó,
al haber transcurrido cuatro años en prisión sin juicio. La
Audiencia le condenó en marzo a 24 años de cárcel.
Madrid- El pasado mes de diciembre, la Comisión Disciplinaria
del Consejo General del Poder Judicial abrió expediente disciplinario
a la jueza Natividad Navarro, magistrada que inició la instrucción
del triple crimen de Benifallim. Se pretendía determinar si había
incurrido en falta muy grave por supuesta desatención y retraso
en las actuaciones, que podría llevar aparejada una sanción
que oscilaría entre un mes de suspensión hasta ser apartada
de la carrera judicial.El Poder Judicial trataba de esclarecer las causas
por las que el juicio contra el único acusado del triple crimen,
Francisco Gómez Simó, no se había celebrado antes
de agosto de 2003, lo que determinó su puesta en libertad provisional.El
instructor del expediente disciplinario propuso el archivo de dicho expediente
al entender que la magistrada no tenía responsabilidad alguna en
los hechos.Este criterio fue respaldado ayer por los vocales que integran
la Comisión Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial,
quienes han exonerado de cualquier responsabilidad a la jueza Natividad
Navarro.En este sentido, fuentes del CGPJ explicaron a LA RAZÓN
que la decisión se ha adoptado en base a tres argumentos principales.
En primer lugar, en que el principal retraso detectado en la causa se produjo
cuando la expedientada no era la instructora del procedimiento; en segundo
lugar, las dilaciones detectadas cuando sí asumía la instrucción
no le son imputables porque estaban relacionadas con informes que debían
remitirse al juzgado, informes que no dependían de ella; y, en tercer
lugar, de forma subsidiaria, aun admitiendo, sólo mera hipótesis,
la responsabilidad de esa magistrada en las dilaciones, la responsabilidad
disciplinaria habría prescrito, al haber transcurrido más
de dos años desde su presunta comisión.El CGPJ también
abrió diligencias informativas a la sustituta de Natividad Navarro
al frente del juzgado de Primera Instancia e Instrucción número
1 de Alcoy, aunque las mismas acabaron igualmente en archivo.Libertad y
prisión. Como consecuencia de estas dilaciones, Francisco Gómez
Simó quedó en libertad en agosto del pasado año al
cumplir cuatro años de prisión provisional. En esta situación
permaneció hasta el pasado mes de marzo, cuando fue juzgado en la
Audiencia Provincial de Alicante. Fue condenado a 24 años de cárcel,
y desde el 16 de marzo se encuentra nuevamente en prisión.Los hechos
se remontan al 20 de agosto de 1999 en la masí Les Vaquerises de
Benifallim, cuando los agentes forestales que participaban en la extinción
de un incendio hallaron los cadáveres de la propietaria, un familitar
y un empleado de la finca.
25/06/2002 El secretario del Juzgado número 2 de
La Palma afirma que
El que fuera secretario de octubre de 1996 a enero de 1998
del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número
2 de La Palma del Condado (Huelva), Jesús F.F., aseguró
hoy que durante su estancia en este órgano advirtió que
había "asuntos con irregularidades muy fuertes", y que en los
asuntos en los que había anomalías casi siempre afloraba
el nombre del abogado Félix Eugenio Cecilia, uno de los acusados
de cohecho y prevaricación junto al juez Justo Jorge Gómez
Romero por el caso del Mesón Manzanilla.
El secretario fue uno de los seis testigos citados a declarar
hoy durante la segunda sesión del juicio que se celebra en el
Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) contra el juez
de La Palma del Condado, que está acusado de siete delitos y
para quien el Ministerio Fiscal pide ocho años de prisión,
17 años y medio de inhabilitación especial de empleo o
cargo público y una multa de 63.600 euros.
Por su parte, la mujer de Diego González, el tercer
acusado de cohecho en el caso del Mesón Manzanilla, Manuela
G., confirmó la versión de su esposo, asegurando que
el juez Justo Gómez les indicó que el abogado Félix
Eugenio Cecilia les "arreglaría" el tema del desahucio del local
por 4.808 euros.
La mujer fue hoy, sin embargo, más contundente que el
tabernero ayer al explicar los hechos pues, tras ratificar que cuando
se pusieron en contacto con el abogado éste les pidió
la citada suma, especificó que en la cuarta entrega les faltaban
150 euros y el letrado dijo que "el juez" se iba a pensar que se lo había
quedado él.
Otro de los testigos fue el secretario del Juzgado de Instrucción
número 1 de la localidad, Manuel L.V., quien confirmó
que el juez Justo Gómez le pidió un exhorto que había
entrado en ese juzgado procedente del Juzgado de Primera Instancia
número 17 de Sevilla relativo a su separación matrimonial.
El secretario se lo entregó y el juez nunca lo devolvió
"aunque le solicité que lo devolviera", indicó, tras señalar
que hubo que hacer "una reproducción" del documento. Por este
hecho, el Ministerio Fiscal le acusa también de infidelidad en
la custodia de documentos.
SUPUESTA GRATIFICACION
Otro de los delitos que se le imputan al juez es de exacciones
ilegales, al solicitar al dueño de otro restaurante de la localidad
300 euros, según la Fiscalía, para gratificar a los funcionarios
por la rapidez con la que se expidieron las partidas de nacimiento de
este hostelero y su mujer, que las necesitaban para adoptar a un niño
ruso.
El dueño de este establecimiento, Angel T.P., también
testificó hoy, aunque aseguró que el juez le pidió
"prestado" el dinero "para invitar a unos compañeros" y que después
de bastante tiempo se lo devolvió.
Por su parte, y sobre este asunto, el titular del Juzgado número
1, Santiago R., afirmó ante el tribunal que Angel le había
comentado lo de los 300 euros y que el juez le había dicho que
el dinero era "para los funcionarios --del Juzgado número 2---,
que se lo agradecerían".
También el juez Santiago se refirió al caso desahucio
del Mesón Manzanilla y declaró que tuvo conocimiento de
la supuesta operación realizada para paralizar el desalojo a
través del dueño del mesón. En este contexto, observó
que el asunto "tenía entidad delictiva" y por eso recomendó
al mesonero, Diego González, que denunciase los hechos.
SUBASTA EN MATALASCAÑAS
Otro de los testigos fue el abogado Pedro P., que declaró
en relación con el caso de la subasta del complejo turístico
'La Carabela' de la Playa de Matalascañas (Huelva) y, según
afirmó, el juez no suspendió la subasta a pesar de que
él le comunicó que había presentado una demanda
de tercería de dominio. El Ministerio Fiscal acusa al juez en
este caso también de prevaricación.
El juicio continuará el viernes y, según informaron
a Europa Press fuentes del caso, están citados, entre otros testigos,
la mujer del propio juez, Concepción R., y varios abogados.
Las dos sesiones siguientes se celebrarán los días 1 y
3 de julio, fecha ésta última en que el juicio quedará
probablemente visto para sentencia.
Durante la primera sesión, celebrada ayer, el titular
del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número
2 de la Palma del Condado (Huelva), Justo Jorge Gómez Romero,
negó haber cometido ninguno de los siete delitos que se le imputan
y aseguró que su actuación fue "correcta" durante los nueve
años que ha estado al frente del juzgado antes de ser suspendido
en sus funciones por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).
Jueves, 29/07/2004 Suspendido un juez al que se expedientó
por dilaciones en un caso de narcotráfico
La Comisión Disciplinaria del Consejo General del Poder
Judicial (CGPJ) suspendió ayer en sus funciones, durante un
tiempo máximo de seis meses, al magistrado Rafael Alonso Dorronsoro,
mientras se tramita el expediente disciplinario abierto contra él
por dilaciones indebidas en la tramitación de una causa por
narcotráfico. Algunos de los imputados en esa causa están
a punto de cumplir los cuatro años máximos de prisión
preventiva.
La comisión del CGPJ ha pedido al instructor del expediente
que lo resuelva antes de seis meses. La suspensión de Alonso
Dorronsoro como juez de instrucción número 22 de Madrid
se acordó en aplicación del precepto que habilita para
suspender al expedientado, por un máximo de seis meses, 'cuando
aparezcan indicios racionales de la comisión de una falta muy
grave'.
En el caso de Alonso Dorronsoro, los indicios se refieren a
la falta muy grave de desatención o retraso 'injustificado y
reiterado en la iniciación, tramitación o resolución
de procesos y causas o en el ejercicio de cualquiera de las competencias
judiciales'.
La comisión estudió la posible incapacitación
del magistrado, de 44 años, por el desorden de su juzgado y
su dificultad para llevarlo al día, pero no acordó por
el momento pedir a la comisión permanente la apertura de un expediente
de incapacitación.
Jueves, 29/07/2004 Apartan del Juzgado a un magistrado que
tiene 196 sentencias pendientes de dictar El CGPJ acuerda la suspensión
cautelar del juez, que según la Inspección también
tiene paralizada la instrucción de varios procesos
MADRID.- La Comisión Disciplinaria del Consejo General
del Poder Judicial (CGPJ) acordó ayer la suspensión cautelar
del magistrado Rafael Alonso, titular del Juzgado de Instrucción
número 22 de Madrid, ante la «extrema gravedad» de
la situación de ese órgano judicial, en el que hay cerca
de 200 sentencias sin dictar correspondientes a juicios de faltas. Las dilaciones
afectan también a diligencias previas y sumarios, entre ellos
a uno sobre tráfico de drogas en el que se corre el peligro de
agotar el plazo máximo de prisión preventiva sin haber podido
celebrarse el juicio oral.
La actuación disciplinaria del órgano que gobierna
a los jueces tiene su origen en el Servicio de Inspección,
que el pasado mayo giró una visita al Juzgado del que es titular
Alonso.
La Inspección envió a la Comisión Disciplinaria
las conclusiones de su informe por haber detectado «dilaciones
graves» en numerosos procedimientos.
Según fuentes del CGPJ, en el citado Juzgado hay diligencias
previas que llevan más de dos años pendientes de que el
magistrado adopte resoluciones.
En unas diligencias incoadas en el año 2000, el fiscal
pidió el archivo mediante un escrito presentado en abril de 2002,
sin que Alonso haya dado una respuesta.
En otras diligencias también abiertas en 2002, la última
resolución del juez instructor lleva la fecha de febrero de
2003.
En cuanto a los sumarios, los inspectores del Consejo General
del Poder Judicial han comprobado que en una causa cuya tramitación
comenzó en 2002 la última actuación, consistente
en la recepción de una prueba pericial solicitada por el Juzgado,
data del 20 de marzo de 2003.
Desde entonces, el juez no ha tomado decisión alguna.
Para los vocales de la Comisión Disciplinaria ha resultado
particularmente llamativo el caso de un sumario iniciado en 2002 por
un presunto delito de tráfico de drogas y que se dirige contra
nueve imputados, seis de los cuales se encuentran en prisión preventiva.
Se trata de una larga investigación que se recoge en
21 tomos de actuaciones judiciales. Hace cinco meses, el Ministerio Público
solicitó el procesamiento de los encausados, sin que Alonso
se haya pronunciado.
Según ha alertado la Sección 17 de la Audiencia
Provincial de Madrid, que ha conocido del procedimiento durante la fase
de instrucción, de no agilizarse de forma notable la tramitación
del asunto no será posible que esté juzgado antes de que
hayan transcurrido los cuatro años que un imputado puede estar
privado de libertad de forma cautelar.
No obstante, es el alto número de sentencias por juicios
de faltas que aún no han sido dictadas el problema más
importante, en opinión del Servicio de Inspección.
De los 262 procesos por faltas que se hallan en trámite
en el Juzgado de Instrucción número 22 de Madrid, 196
están pendientes sólo de la sentencia y de ello hace
seis meses.
En 117 juicios de faltas ha transcurrido más de un año
sin que haya recaído fallo, según los datos recabados
por la Inspección, de la que partió la propuesta de apartar
cautelarmente a Alonso de la función judicial.
Para el Servicio de Inspección, el juez podría
haber incurrido en una falta disciplinaria de desatención laboral,
aunque también podría tratarse de un supuesto de incapacidad
sobrevenida.
Rafael Alonso lleva dos años y dos meses al frente del
mencionado Juzgado madrileño y en ese periodo su actuación
ha sido objeto de seis diligencias informativas del CGPJ. En todas ellas,
el Servicio de Inspección propuso la incoación de expediente
disciplinario, lo que fue aceptado por la Comisión.
Con anterioridad fue juez de primera instancia e instrucción
en La Laguna (Tenerife). En ese destino se le abrieron seis expedientes,
de los cuales tres acabaron con la imposición de sanciones de
multa por un importe total de 4.658 euros.
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Viernes, 23/07/2004
El Poder Judicial suspende un año al juez de Castropol
por abusar de su condición
El pleno considera que José Manuel Raposo cometió
una falta grave al exigir 18.000 euros a la ITV de Jarrio por supuestos
daños causados a su vehículo
Un año de suspensión de empleo y sueldo. Ésta
ha sido finalmente la decisión tomada por el pleno del Consejo
General del Poder Judicial contra el juez de primera instancia de Castropol,
José Manuel Raposo Fernández, acusado de amenazar y exigir
18.000 euros al inspector jefe de la Inspección Técnica
de Vehículos (ITV) de Jarrio que no dio de paso a su vehículo
en la preceptiva revisión.
Según el pleno del Consejo, el magistrado ha cometido
una falta muy grave recogida en el artículo 417.13 de la Ley
Orgánica del Poder Judicial y que consiste en dar un trato
injustificado a funcionarios. En concreto, Raposo Fernández
habría incurrido en un abuso de su condición de juez para
beneficio propio.
La decisión final fue adoptada por el pleno con 19 votos
a favor y tan sólo uno en contra, el del magistrado asturiano
Agustín Azparren. Fuentes del Consejo explicaron que este voto
en contra de Azparren se debió a su deseo de ser consecuente con
lo votado en la reunión de la Comisión Disciplinaria de
la que también es miembro. En esa primera reunión se proponía
que el castigo consistiese en un traslado forzoso, una decisión
que fue revocada por el pleno del consejo, que pidió no menos
seis meses de suspensión de funciones. Por esta razón, el
magistrado Azparren considera que la pena debería ser de un máximo
de siete meses y no de doce como finalmente se ha decidido.
De esta forma, con la decisión adoptada por el Consejo
General del Poder Judicial se pone fin a un proceso iniciado en marzo
de 2003, poco después de conocerse los hechos que se imputan al
magistrado de Castropol.
Según hechos probados en el expediente disciplinario,
los acontecimientos se remontan al 9 de octubre de 2002, cuando la
estación de ITV de Jarrio, en Coaña, suspendió la
inspección al coche del juez. Al día siguiente, Raposo,
en un sobre del Juzgado remitió a la estación diversa
documentación sobre el vehículo para solucionar el problema.
Esta carta fue contestada por la estación mediante un fax en
el que se señalaba la documentación necesaria para regularizar
la situación de su vehículo, un Fiat 130 Coupé
del año 1975.
De esta forma, el 10 de diciembre el juez fue de nuevo a pasar
la inspección, donde se le continuaron detectando defectos que
no fueron subsanados hasta el 10 de enero de 2003. Fue cuatro días
después cuando el juez Raposo, vía fax desde el Juzgado
y por correo ordinario concedió un plazo de cinco días al
inspector jefe de la estación de Coaña para ingresar en la
cuenta bancaria del magistrado 18.000 euros en concepto de daños
y perjuicios causados durante la revisión.
En la carta, el magistrado afirmaba que el inspector había
«traspasado lo que es pura soberbia e insulto personal y ha penetrado
de lleno en la arbitrariedad delictiva». Además el texto
también recogía amenazas de inicio de querellas y demandas
si el dinero no era recibido en el plazo marcado afirmando que estaba «en
condiciones de garantizarle que su vida dejará de ser algo agradable
en los próximos meses e incluso años».
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Viernes, 04/06/2004
La Fiscalía pide una multa de 6.000 euros a Ruiz Polanco
por retraso injustificado
MADRID.- La Fiscalía ha pedido a la Comisión
Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) que imponga
una multa de 6.000 euros al juez Guillermo Ruiz Polanco, suspendido
cautelarmente de funciones, por el retraso injustificado en la instrucción
de un sumario sobre fraude del IVA, informa Europa Press.
Por su parte, el instructor del expediente disciplinario, el
juez del Tribunal Supremo Fernando Pérez Esteban, ha solicitado
una multa de 600 euros por una falta grave -que conllevan multas de entre
300 y 3.000 euros-para el titular del Juzgado Central de Instrucción
número 1 de la Audiencia Nacional, cuyo puesto ocupa ahora en
comisión de servicios el magistrado Fernando Grande-Marlaska.
Ruiz Polanco está suspendido de funciones por la Comisión
Disciplinaria del Consejo desde el pasado 15 de marzo por otros expedientes
disciplinarios que tiene abiertos, relativos a la excarcelación
obligada de varios presuntos etarras por no prorrogar en plazo la prisión
preventiva contra ellos.
Sin embargo, antes de la apertura de estos expedientes, el
Consejo abrió otro al juez por dilaciones injustificadas en
un sumario sobre fraude del IVA. Las multas propuestas por el fiscal
y el instructor serán estudiadas ahora por la Comisión
Disciplinaria del Consejo, quien tendrá la última palabra,
al tratarse de faltas graves. La primera reunión de la Comisión
está prevista para el próximo día 10.
@LEAD:Fraude del IVA. La Fiscalía pide al CGPJ una multa
de 6.000 euros para el juez Guillermo Ruiz Polanco por retraso injustificado
en la instrucción del un sumario
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Jueves, 03/06/2004
Expedientan a un juez militar por desatención en un
caso de «mobbing» en el Ejército
Tras un año de tramitación, el Consejo General
del Poder Judicial ha decidido abrir un expediente disciplinario a
un juez militar de Burgos por «la posible comisión de
una falta muy grave de desatención o retraso injustificado y reiterado
en la iniciación, tramitación y resolución»
de unas actuaciones relacionadas con la primera denuncia presentada
en España por acoso sicológico en el Ejército
de Tierra, la del comandante J.?P.?R. contra el coronel Gómez Armero
(2002). El magistrado cuestionado es el teniente coronel auditor Antonio
María de los Mozos, profesor de Derecho Civil en la Universidad
de Burgos. El expediente deberá resolverse en seis meses y podría
derivar en una suspensión temporal, o en un traslado forzoso.
Martes, 01/06/2004
CASTILLA Y LEON .- El CGPJ expedienta a un juez militar de
Burgos por retrasar un caso relacionado con el primer 'mobbing' del
Ejército
La Comisión Disciplinaria del Consejo General del Poder
Judicial (CGPJ) ha abierto expediente disciplinario por falta muy grave
al titular del Juzgado Togado Militar Territorial número 43
de Burgos, Antonio María de los Mozos y Touya, por retraso injustificado
en una causa relacionada con el comandante que ha denunciado el primer
caso de "mobbing" o acoso laboral en el Ejército. Bajo su jurisdicción
está también el País Vasco.
Según el acuerdo del Consejo, al que ha tenido acceso
Europa Press, el juez De los Mozos, teniente coronel jurídico,
ha sido expedientado por la posible comisión de una falta muy
grave de desatención o retraso injustificado en la iniciación,
tramitación y resolución de causas. Las faltas muy graves
se castigan con traslado forzoso, suspensión de funciones de
entre tres meses y tres años, o la separación del servicio.
El Consejo ha nombrado instructor del expediente al vocal Togado
del Tribunal Militar Central, General Carlos Eymar Alonso, quien tras
la instrucción deberá elevar una propuesta a la Comisión
Disciplinaria sobre si procede sancionar al juez De los Mozos.
El expediente a este juez militar es consecuencia de la denuncia
formulada contra él por un comandante del Ejército de
Tierra, quien destacó que De los Mozos había tardado más
de un año en resolver su petición de pruebas en un procedimiento
y que no se le atendía debidamente cuando solicitaba respuesta
sobre el estado de tramitación.
Según el denunciante, dicho caso guarda relación
con el primer caso de "mobbing" denunciado en el Ejército, por
el que está procesado por un delito de deslealtad el coronel
Luis Gómez Armero, actualmente en la reserva.
El mismo comandante puso de manifiesto, en su denuncia ante
el CGPJ, que el juez De los Mozos "pudiera estar intentando proteger"
al coronel Gómez Armero, mediante los citados retrasos. Durante
la tramitación se acreditó que varias señoras que
trabajaban en el cuartel de Soyeche, donde supuestamente se produjo el
acoso laboral, recibieron instrucciones de "hablar con el comandante sólo
de cuestiones relativas al servicio, de pedir permiso antes de hablar
con él, y se les dijo que era un "manipulador", que intentaba usar
la información en su beneficio, que si querían ir a los juzgados
sólo tenían que seguir hablando con él, que esto no
había hecho nada más que empezar".
Siempre según la denuncia, esas órdenes se las
dieron, por razón de sus cargos, el comandante Simo Mateos,
el capitán Delgado Benítez y el teniente Del Cuvillo Rivero.
El denunciante consideró que intentaban obstruir su
defensa respecto al primer arresto y aislarle socialmente. Las señoras
confirmaron en su declaración testifical que se había
producido el allanamiento de morada del domicilio particular del comandante.
A los pocos días fueron cambiadas de puesto dentro de la residencia
militar y el teniente Del Cuvillo dijo que le habían decepcionado.
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Sabado, 29/05/2004
La juez decana causa polémica al decir que se abusa
en las denuncias por malos tratos
Las palabras de la juez decana de Barcelona, María Sanahuja,
en el sentido de un posible abuso de las denuncias por violencia doméstica,
han puesto sobre el tapete los problemas generados por el tratamiento
legal del asunto. De esta manera, ayer se produjeron valoraciones encontradas
sobre las opiniones de la magistrada, que van desde la crítica
hasta el respaldo.
Montserrat Comas, vocal del Consejo General del Poder Judicial
(CGPJ) y presidenta del Observatorio contra la Violencia Doméstica,
declaró ayer en Barcelona que no existe 'ningún estudio'
que abone la tesis de un abuso de estas medidas. La vocal no quiso
polemizar con la juez y dijo que sus opiniones 'son respetables', pero
quiso destacar tres cuestiones: que es positivo un incremento de las
denuncias porque se visualiza un problema que estaba oculto; que los
jueces trabajan con independencia y sin presiones, y como prueba esgrimió
que en los primeros cinco meses se solicitaron 7.869 órdenes
de protección de las cuales se denegaron un 24 por ciento; y que
se respetan los derechos de los denunciados.
María Sanahuja expresó el jueves que existe la
sensación de que hay un abuso en la presentación de
denuncias por violencia doméstica, vinculada a buscar mejor
posicionamiento en los pleitos de separación y divorcio.
Además, también hizo patente que es difícil
para los jueces trabajar sobre esta materia por la presión que
existe por parte de la opinión pública y el CGPJ. Estas
afirmaciones recogen el sentir de jueces de instrucción de Barcelona,
que habían señalado en conversaciones privadas que se
cometen excesos en las medidas de protección y presión por
parte del Consejo, en especial tras el expediente a un magistrado por un
caso de este tipo; asunto que fue tratado en una junta de jueces tras la
cual se emitió un crítico comunicado respecto a la actuación
del CGPJ.
Por su parte, el portavoz del Consejo General del Poder Judicial,
Enrique López, afirmó no compartir las palabras de Sanahuja
porque 'pueden suponer un desánimo' para que la mujer denuncie,
pero descartó que dichas opiniones fueran susceptibles de un reproche
disciplinario.
En declaraciones a Efe, el portavoz indicó que las afirmaciones
de la juez María Sanahuja se hicieron en el ámbito de
su función gubernativa y no de su función jurisdiccional,
'con lo cual es una valoración que, al margen de la opinión
que nos merezca', no es susceptible de reproche disciplinario.
'No obstante, desde el Consejo General del Poder Judicial y
del Observatorio contra la Violencia Doméstica se viene animando
a las víctimas de violencia doméstica y de violencia de
sexo a que denuncien cuanto antes y confíen en la justicia. Nuestro
objetivo es infundir un sentimiento de protección', subrayó.
Por lo tanto, 'no se puede compartir la opinión en tanto en cuanto
puede suponer un desánimo para que las mujeres denuncien', afirmó
López.
La secretaria general de Políticas de Igualdad, Soledad
Murillo, manifestó al respecto que pensar que las mujeres tienen
intención de poder vadear los mecanismos de la justicia, no
es 'ni prudente', ni responde al análisis 'sosegado' de los datos
de las solicitudes y órdenes de protección.
Más contundente aún fue la Red de Organizaciones
Feministas contra la Violencia de Género, que pidió
ayer al CGPJ que abra un expediente a la juez decana de Barcelona,
y exige a ésta que aporte las pruebas en las que se basa para
afirmar que existen denuncias por malos tratos 'falsas o infladas'.
En contraposición, la Asociación para el Bienestar
Familiar del Menor, entidad integrada por padres separados, mostró
su apoyo a las declaraciones de la juez. Además, en el decanato
de Barcelona se recibieron ayer numerosas llamadas de jueces, organizaciones
y abogados ofreciendo su apoyo a Maria Sanahuja para conseguir un
tratamiento más sereno y eficaz de la problemática derivada
de la violencia doméstica.
El portavoz del CGPJ discrepa de Maria Sanahuja pero explicita
que sus declaraciones
no merecen reproche
La presidenta del Observatorio de la Violencia Doméstica
aseguró que no hay estudios sobre
la existencia de abuso en las denuncias
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Jueves, 20/05/2004
El Poder Judicial suspende de forma cautelar al decano Gordiano
Casas
El magistrado que instruye el expediente solicitó la
medida a la comisión por dos posible faltas
La comisión disciplinaria del Consejo General del Poder
Judicial (CGPJ) acordó en su reunión de ayer, «suspender
cautelarmente de sus funciones como juez de instrucción al
magistrado y juez-decano de Elche, Gordiano Casas Fernández,
por dos posibles faltas, una muy grave y otra grave», según
informó ayer a este diario un portavoz del órgano de
gobierno de los jueces.
La citada comisión acordó el 18 de febrero último
abrir un expediente disciplinario a Gordiano Casas por la denuncia
presentada ante el CGPJ por dos magistrados de Elx; concretamente,
por el presidente de la sección VII, José de Madaria,
y por el titular del juzgado de Primera Instancia número 1, Fernando
Presencia.
La instrucción de dicho expediente disciplinario fue
encargada por el Consejo General al magistrado Vicente Manuel Rouco
Rodríguez, presidente de la sala de lo Contencioso Administrativo
del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, quien recientemente
solicitó en un informe preliminar a la comisión disciplinaria
la adopción de la citada medida cautelar. El fiscal de la Audiencia
de Alicante, Ricard Cabedo, representa al Ministerio Público en
el procedimiento expediente y por ello está asistiendo a todas
las declaraciones del mismo, que se han realizado en Elx, Elda y Albacete.
Según el portavoz del Poder Judicial, los hechos que
se le imputan al juez-decano en el expediente hacen referencia a una
supuesta intromisión en la labor de otro compañero-concretamente
de Fernando Presencia-, en la resolución de un asunto civil.
Jueves, 20/05/2004
El CGPJ suspende al juez decano de Elche por «interés»
en pleitos de su mujer
Madrid-La Comisión Disciplinaria del Consejo General
del Poder Judicial acordó ayer suspender por un plazo máximo
de seis meses, mientras se tramita el expediente disciplinario, al juez
decano de Elche, Gordiano Casas Fernández, al entender que ha
podido incurrir en la comisión de una falta muy grave. esta falta
estaría relacionada con un supuesto «interés»
en que causas en las que interviene su mujer, procuradora, y un determinado
letrado no correspondieran a un determinado juzgado, según confirmaron
a LA RAZÓN fuentes del órgano de gobierno de los jueces y
magistrados.El pasado mes de febrero, el CGPJ decidió expedientar
al juez decano, tras recibirse las denuncias de dos magistrados de la
Audiencia de Alicante, en las que se informaba de supuestas irregularidades
cometidas por Gordiano Casas.En un primer momento, se le expedientó
por existir indicios de que se había interesado ante otro juez por
una causa concreta en la que intervenía su esposa.Posteriormente,
el instructor informó al CGPJ de unos hechos nuevos consistentes,
todo ello presuntamente, en que incluso podía haber alterado las
normas de reparto de los procedimientos. El objetivo sería, según
las fuentes consultadas, que las causas en las que intervenían su
esposa y un determinado letrado no correspondiesen a un juez determinado.Ante
estas circunstancias, el CGPJ decidió iniciar los trámites
previstos en el artículo 424.1 de la Ley Orgánica del Poder
Judicial, en el que se regula lo relativo a la suspensión provisional
de los jueces y magistrados. La decisión se acordó tras oir
los criterios del instructor, del interesado y del fiscal.Esta suspensión
provisional tiene como plazo máximo seis meses, tiempo en el que
debe concluirse el expediente disciplinario por parte del instructor, quien
deberá recabar las alegaciones del interesado.
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Jueves, 20/05/2004
Sancionarán al juez del caso Fábregas
La Comisión Disciplinaria del Consejo General del Poder
Judicial (CGPJ) apreció ayer por unanimidad la existencia de
una falta grave de desatención en la actuación del juez
de Barcelona Gonzalo de Dios durante la instrucción de las 13
denuncias por malos tratos presentadas por Ana María Fábregas,
asesinada por su marido a martillazos el 10 de julio de 2003.
La comisión acordó devolver al instructor el
expediente abierto a Gonzalo de Dios para que haga una propuesta de
falta grave por desatención. El instructor y el fiscal habían
propuesto el archivo del caso al no apreciar responsabilidad del magistrado.
Trece denuncias y nunca la escuchó
El 15 de septiembre del año pasado, la misma comisión
disciplinaria acordó incoar expediente disciplinario al titular
del Juzgado de Instrucción número 3 de Barcelona, al entender
que podría haber cometido una falta grave de desatención
en la tramitación del proceso, ya que Ana María Fábregas
había denunciado en 13 ocasiones a su marido antes de que éste
la asesinara.
A pesar de que la mujer había presentado 13 denuncias
y había acudido en diversas ocasiones a la sede judicial, el
magistrado nunca la tomó declaración.
Tampoco acordó la práctica de ninguna prueba
y sólo en marzo de 2003 citó a declarar al marido, para
lo que tuvo que dictar una orden de detención, ya que no acudió
a una primera citación. El juez le puso en libertad, y el 10
de junio, asesinó a su mujer a martillazos en el portal de su
casa.
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Miercoles, 19/05/2004
El CGPJ pide una ampliación informativa al Servicio
de Inspección para decidir sobre el expediente a la juez Ruth
Alonso
La Comisión Disciplinaria del Consejo General del Poder
Judicial (CGPJ) acordó hoy pedir al Servicio de Inspección
una ampliación informativa antes de decidir si abre o no expediente
a la Sección Primera de la Audiencia de Vizcaya por una sentencia,
de la que fue ponente la juez Ruth Alonso, en la que se aplicó
legislación derogada en un caso de malos tratos, lo que permitió
rebajar la pena impuesta al agresor.
Fuentes del CGPJ indicaron a Europa Press que la decisión
de reclamar más información al Servicio de Inspección
se adoptó con el voto a favor de todos los vocales que componen
la Comisión Disciplinaria, a excepción de Carlos Ríos
(promovido por el PP), quien propuso la apertura inmediata de un expediente
contra la Sección Primera de la Audiencia de Vizcaya.
Entre la documentación que le faltaba a la Comisión
Disciplinaria figura el incidente de nulidad promovido por la propia
Sala una vez detectado el error cometido.
La Sección Primera de la Audiencia de Vizcaya, compuesta
por los magistrados Ruth Alonso, Nekane San Miguel y Edorta Herrera,
están siendo investigados por dos faltas muy graves, una de desatención
y otra de "ignorancia inexcusable en el ejercicio de la función
jurisdiccional" por no haber tenido en cuenta una reforma legal al dictar
una sentencia en un caso de violencia doméstica.
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Viernes, 14/05/2004
El poder judicial suspende por más de medio año
de empleo y sueldo al ex juez de Castropol
Raposo califica de desproporcionada e injusta la decisión,
que recurrirá.Será la comisión disciplinaria
la que fije el plazo de la sanción
El pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) acordó
ayer por mayoría que se imponga al ex juez de Castropol, José
Manuel Raposo Fernández, una sanción que conlleve la
suspensión de empleo y sueldo por un tiempo superior a los seis
meses. Según la decisión del pleno, Raposo cometió
una falta muy grave -enmarcada en el artículo 417.13 de la ley
Orgánica del Poder Judicial- que sanciona «el abuso de la
condición de juez para obtener un trato favorable e injustificado
de autoridades, funcionarios o profesionales» después de
que, tras varios problemas para que su coche pasara la ITV, exigiera al
inspector jefe del servicio una indemnización por daños y
perjuicios en una carta enviada «en un sobre oficial y en la que se
dejaba el teléfono del Juzgado como forma de contacto», según
explicaron a este periódico fuentes del Consejo.
El expediente abierto a Raposo -que actualmente está
destinado en un Juzgado de Lugo- solicitaba su traslado forzoso como
sanción. Sin embargo, esta propuesta fue considerada «insuficiente»
por varios vocales, y con el voto favorable de 16 de ellos, el CGPJ
acordó finalmente devolver a la comisión disciplinaria
del organismo el expediente del juez, «al objeto de que se formule
una nueva propuesta de resolución, que contemple una sanción
de suspensión de funciones por tiempo superior a seis meses»,
lo que ya supondría de por sí la pérdida de destino.
La nueva propuesta de sanción se debatirá presumiblemente
en la próxima reunión de la comisión disciplinaria.
«Irregularidades procesales»
El expediente disciplinario incoado al juez relata que, tras
varios problemas para que su coche pasara la Inspección Técnica
de Vehículos (ITV), envió una carta al inspector jefe de
la estación de Jarrio (con los teléfonos de contacto del
Juzgado), en la que le daba un plazo de cinco días para que le
ingresara en su cuenta 18.000 euros por daños y perjuicios. En
el expediente se estima que Raposo «se prevaleció de su
condición de juez para obtener esa indemnización, a la
que caben razonables dudas de que tuviera derecho y que, en todo caso,
debería reclamarse en la vía jurisdiccional oportuna».
En su carta, el juez indicaba que, de no recibir en el plazo indicado
la citada cantidad, «iniciaremos de inmediato toda suerte de reclamaciones,
demandas y querellas contra usted». Según fuentes de CGPJ,
si esta carta la hubiera escrito únicamente a título particular,
«el Consejo no tendría por qué actuar. El problema
es que una primera misiva (en la que se pedían explicaciones por
lo ocurrido con la ITV) se envió en un sobre del Juzgado y, en otra,
se hacían constar los teléfonos».
Por su parte, Raposo, que insistió en que la carta fue
enviada «de modo particular, sin aprovechar mi condición
y haciendo constar esos teléfonos porque en el Juzgado es donde
estoy todo el día y donde se me puede localizar mejor»,
indicó ayer a LA NUEVA ESPAÑA «su intención
de recurrir la decisión del pleno del CGPJ por vía administrativa,
contencioso-administrativa, en amparo ante el Constitucional y finalmente,
si es necesario, ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos». Además,
según el juez, «teniendo en cuenta la gravedad de las irregularidades
procesales cometidas a lo largo de la tramitación del expediente
disciplinario, que determinan su nulidad desde su origen y violan mis derechos
fundamentales», la decisión es «contraria a Derecho,
carece totalmente de todo fundamento y quebranta directamente la doctrina
del Supremo en materia de expedientes disciplinarios, sobre todo en lo
que concierne a la proporcionalidad». Según Raposo -que
expresó su «indignación por la publicidad inmerecida
que se le ha dado a este asunto» y el haberse enterado de la
resolución a través de este periódico- «hay
antecedentes de otros casos relacionados directamente con el ejercicio
de la función de juez que se han sancionado con penas más
leves que este asunto, que nada tiene que ver con el desempeño
de la profesión, ya que la carta -insistió- fue enviada a
título particular».
Jueves, 13/05/2004
El CGPJ endurece la sanción al juez que amenazó
al jefe de una ITV El Consejo General del Poder Judicial reprende a la
Generalitat de Cataluña por dictar una circular sobre juzgados
sin recabar su informe
El Pleno del Consejo General del Poder Judicial acordó
ayer devolver a la Comisión Disciplinaria el expediente que afecta
al juez de Castropol (Asturias), José Manuel Raposo, para que
formule una nueva propuesta y agrave la sanción a imponer.
Todos los miembros del órgano de gobierno de los jueces
coincidieron en que el comportamiento de Raposo constituye una falta
muy grave de abuso de su condición de miembro de la carrera
judicial. El expedientado amenazó al jefe de una estación
de Inspección Técnica de Vehículos con «hacer
que su vida deje de ser agradable en los próximos meses e incluso
años» tras haber tenido dificultades para que su coche
particular superara la ITV. Además, le exigió que le ingresara
en su cuenta bancaria 18.000 euros como pretendida indemnización
por los daños y perjuicios sufridos.
La magistrada que instruyó el expediente disciplinario
propuso una sanción de traslado forzoso. El informe de la instructora
destacaba que Raposo envió al inspector jefe de la ITV una carta
«claramente conminatoria, exigiéndole 18.000 euros y prevaliéndose
de la condición de juez para obtener tal indemnización,
a la que caben razonables dudas de que tuviera derecho y que, en todo
caso, debería reclamarse por la vía jurisdiccional oportuna,
lo que, en cambio, no se ha hecho».
A su juicio, las amenazas vertidas por el juez «podrían,
incluso, entrar en el ámbito del Derecho Penal», si bien
«la conducta posterior no lo ratifica» porque Raposo -tras
la apertura del expediente disciplinario- pidió disculpas al inspector.
El Ministerio Público también había reclamado
el traslado forzoso del juez de Castropol. El fiscal subrayó
en su dictamen que Raposo «era perfectamente consciente de que
el destinatario de su carta conocía su condición de juez
y trató de aprovecharse de dicho conocimiento» para solventar
«un problema particular».
.
«Gravedad inusitada» .
Para el fiscal, las amenazas que puso por escrito José
Manuel Raposo «en boca de un ciudadano particular adquirirían
un tinte un tanto grotesco, pero presentan una gravedad inusitada cuando
son emitidas por una persona que ostenta la condición de juez».A
su parecer, a éste se le debe exigir que sea «absolutamente
escrupuloso en el modo de ejercer sus derechos, por el prestigio del
Poder al que representan y por el poder que tal condición les
concede sobre todos los ciudadanos».
La mayoría de los miembros del CGPJ consideraron ayer
excesivamente benévola la propuesta de sanción elevada
por la Comisión Disciplinaria, que hizo suyo el criterio de
la instructora y del fiscal.
El vocal designado por CiU, Alfons López Tena, planteó
que se considerara la posibilidad de expulsar a Raposo de la carrera
judicial. Finalmente, por 16 votos frente a cuatro, se decidió
que la Comisión haga una nueva propuesta que contemple una sanción
de suspensión en el ejercicio de la función judicial
por un tiempo superior a seis meses (lo que, en todo caso, conlleva
la pérdida del destino).
Por otra parte, el Consejo adoptó por 16 votos un acuerdo
para reprender a la Generalitat de Cataluña por haber emitido
una circular que afecta a la apertura de juzgados los sábados
sin recabar previamente el preceptivo informe del órgano de gobierno
del Poder Judicial, que en esta ocasión tenía, además,
carácter vinculante.
El acuerdo fue propuesto por el presidente del Consejo, Francisco
Hernando, en términos más suaves que los planteados por
el vocal Enrique López, quien retiró su escrito y se sumó
al del presidente.
La propuesta de López, en la que se afirmaba que la
circular de Cataluña «incurre en ilegalidad formal»
por haber omitido el dictamen del CGPJ, fue, de todas formas, sometida
a votación ya que así lo quiso el vocal Fernando Fernández.
Cuatro miembros del grupo mayoritario (Enrique Míguez,
Adolfo Prego y Juan Pablo González, además de Fernández)
se apartaron de la iniciativa del presidente y apoyaron el texto originario
de Enrique López.
En el acuerdo aprobado, el CGPJ «recuerda» a todas
las comunidades autónomas, «para no incurrir en posibles
vicios de nulidad procedimental», que tienen la «obligación
de cumplimentar el trámite de informe del Consejo previsto en
la ley».
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Viernes, 07/05/2004
Multan con 1.500 euros a un juez por acoso laboral
La Comisión Disciplinaria del Consejo General del Poder
Judicial (CGPJ) impuso ayer una multa de 1.500 euros al juez de lo
Contencioso-Administrativo número 1 de A Coruña, José
Manuel Ramírez Sineiro, por cometer dos faltas graves de abuso
de autoridad o desconsideración hacia funcionarios a sus órdenes,
informaron fuentes del Consejo.
Por tres votos a dos, la Comisión rebajó a una
cuarta parte la multa que habían solicitado tanto el fiscal
como el instructor del expediente disciplinario, que ha sido el presidente
de la Audiencia de Asturias, José Antonio Seijas.
El CGPJ abrió expediente disciplinario al juez el 4
de abril de 2003, es decir, hace más de un año. La denuncia
inicial por mobbing o acoso laboral contra Ramírez Sineiro partió
del sindicato CCOO, que la formuló ante el Tribunal Superior de
Justicia de Galicia y ante la Inspección de Trabajo. El sindicato
aseguró que el magistrado había sometido a vejaciones y
a trato desconsiderado a los seis funcionarios del juzgado, que estuvieron
de baja con cuadros ansioso-depresivos.
Jueves, 06/05/2004
El Poder Judicial multa al juez coruñés
denunciado por acoso Sanción de 1.500 euros por desconsideración
hacia sus funcionarios
Dos de los cinco vocales de la comisión disciplinaria
propusieron penas más graves La comisión disciplinaria
del Consejo General del Poder Judicial acordó ayer imponer una
multa de 1.500 euros a José Manuel Ramírez Sineiro, magistrado-juez
del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de A Coruña,
como autor de dos faltas graves y una leve de desconsideración
hacia los funcionarios de su juzgado. Una de las dos faltas graves fue
sancionada con 1.000 euros y la otra con 500, mientras que por la leve
se le hace una advertencia. Tres de los cinco vocales de la comisión
disciplinaria -Enrique López López, Carlos Ríos
y Agustín Azparren- consideraron que el juez debía ser
sancionado por tres faltas y no por cinco, mientras que los otros dos
vocales -Fernando Salinas y Félix Pantoja- eran partidarios de
que el magistrado coruñés fuese sancionado por cinco faltas.
Ésta última había sido la propuesta formulada al
Poder Judicial por el instructor del expediente disciplinario y por el
fiscal que intervino en el mismo. El instructor fue el presidente de la
Audiencia Provincial de Oviedo, José Antonio Seijas, que coincidió
con el fiscal al señalar que Ramírez Sineiro fue autor de
cinco faltas. Las denuncias El origen del expediente fueron las denuncias
formuladas por los funcionarios del juzgado que acusaron al juez de maltrato
psíquico y de vejaciones. Tras unas diligencias informativas,
la Inspección del Consejo General del Poder Judicial desplazó
a la ciudad coruñesa a una comisión presidida por María
Victoria Rojo LLorca que tomó declaraciones a los seis funcionarios
afectados, a otros testigos y al propio juez ahora sancionado. Los trabajadores
del órgano judicial relataron a los inspectores que recibían
continuamente insultos y un trato vejatorio por parte del juez. Tal actitud
de su superior les provocó alteraciones psíquicas con fuertes
depresiones por ansiedad, al sentirse acosados moralmente por el magistrado.
La situación llegó a ser insostenible, hasta el punto de
que un funcionario sufrió una crisis nerviosa por los insultos
que recibía. De hecho, casi todos los trabajadores del juzgado
llegaron a estar de baja al mismo tiempo. En un comunicado hecho público
ayer, CC. OO. expresó su satisfacción por la sanción
impuesta al juez por el menosprecio y desconsideración a sus
subordinados. Este sindicato considera positiva la sanción y reclama
que se introduzca, cuanto antes, en los reglamentos de la Administración
de Justicia una normativa sobre el acoso moral, que garantice la defensa
de los derechos, la dignidad y la salud psíquica de los trabajadores.
También resalta la decisión de Xustiza, que para proteger
la salud de los funcionarios, procedió a su traslado en dos ocasiones.
Lunes, 03/02/2003
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Lunes, 03/02/2003
El CGPJ investiga al juez que instruye el caso Samset
El Consejo General del Poder Judicial ha abierto información
sobre el juez de instrucción número 6 de Torremolinos (Málaga)
ante la denuncia de IU y la Asociación Contra la Injusticia y
la Corrupción (Ainco) sobre la actuación de este juez en
el caso de supuestas irregularidades en la empresa municipal Samset.
Según afirmaron tanto el candidato a la Alcaldía
de Torremolinos de IU, José Luis González, como el portavoz
de Ainco, Alberto Pérez, el juez lleva prácticamente cuatro
meses sin practicar ni una sóla diligencia de prueba en el caso
Samset, a pesar del auto dictado por el propio juez que determinaba indicios
constitutivos de delitos como cohecho, prevaricación, tráfico
de influencias, falsedad documental, contra la hacienda pública
y delito societario .
Ahora será la Comisión Disciplinaria la que determine
si abre diligencias informativas contra este juez o archiva esta denuncia
. Ainco no descarta interponer una querella criminal por retardo malicioso
contra este juez si no se inicia la tramitación de la causa
.
El titular del Juzgado Número 6 de Torremolinos investiga
la denuncia interpuesta por el PSOE, IU y dicha asociación acerca
de presuntas irregularidades en la gestión de la empresa pública
del Ayuntamiento de Torremolinos, Samset, y la supuesta financiación
ilegal del PP en dicho municipio, ante la denuncia de un ex concejal del
PP José Ávila, que era además máximo responsable
de la gestión de dicha empresa.
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Sabado, 01/05/2004
El Poder Judicial justificará ante el Tribunal Supremo
la suspensión de Ruiz Polanco
La Comisión Disciplinaria del Consejo General del Poder
Judicial se reunirá el próximo martes para tratar el
informe de alegaciones que deben presentar en el recurso que ha interpuesto
el juez Guillermo Ruiz Polanco ante el Tribunal Supremo contra el acuerdo
por el que se le suspendía provisionalmente en sus funciones
como magistrado de la Audiencia Nacional.Contra este acuerdo, Ruiz
Polanco presentó un recurso contencioso-administrativo ante
la Sala Tercera del Tribunal Supremo, al entender que la decisión
de la Comisión Disciplinaria no era ajustada a Derecho.El Tribunal
Supremo, por su parte, ha requerido a la Comisión Disciplinaria
para que presente el preceptivo informe, en el que se justificará
la procedencia de la sanción impuesta, rechazándose los
argumentos esgrimidos por el magistrado expedientado.Ruiz Polanco fue
suspendido cautelarmente por un período de seis meses el pasado
13 de marzo, mientras se tramitan los expedientes disciplinarios que
le fueron incoados a raíz de la excarcelación de algunos
presuntos etarras tras superarse el plazo máximo de prisión
provisional sin que solicitase ni acordase su prórroga.En los
expedientes que le fueron incoados se considera que, en total, ha podido
incurrir en cuatro faltas muy graves, relacionadas con retraso injustificado,
dilaciones y la no existencia de un control efectivo de las causas con
presos.Los vocales que integran la citada comisión no tuvieron
dudas de que lo procedente era acordar la suspensión cautelar, a
la vista de la gravedad de los hechos determinantes de la apertura del expediente
relacionado con la excarcelación del presunto etarra Ibai AyensaEl
instructor de los expedientes todavía no ha elevado su propuesta sobre
si considera que el juez debe o no ser sancionado. Ruiz Polanco, por su
parte, denunció lo que considera una situación de «absoluto
linchamiento» la que se producido en torno a su persona.
Miercoles, 31/03/2004
El Poder Judicial rechaza que Ruiz Polanco vuelva 45 días
a su juzgado
La Comisión Disciplinaria del Consejo General del Poder
Judicial rechazó ayer la petición del magistrado Guillermo
Ruiz Polanco para que le sea alzada durante 45 días la suspensión
cautelar en sus funciones que pesa sobre él desde el pasado día
15. El juez había solicitado ese alzamiento para resolver asuntos
urgentes en el juzgado del que se ocupaba, el central de instrucción
número 1 de la Audiencia Nacional.
La Comisión Disciplinaria del Poder Judicial decidió
el pasado día 15 de marzo suspender cautelarmente a Ruiz Polanco
por un periodo máximo de seis meses mientras se resuelve el
expediente disciplinario abierto por la supuesta comisión de
cuatro faltas muy graves. Éstas están relacionadas con
la desatención en el cumplimiento de los plazos procesales y
el retraso injustificado en la tramitación de causas, entre ellas,
el procedimiento que determinó la libertad del presunto etarra
Ibai Ayensa (detenido después por el juez Baltasar Garzón
por otro proceso), al haber pasado dos días del vencimiento del
plazo legal de dos años desde la fecha de su detención.
Fuentes del Consejo del Poder Judicial señalaron que
se denegó la petición de Ruiz Polanco de aplazar la suspensión
cautelar ya que no se ha producido ningún hecho que recomiende
revisar la decisión tomada el pasado 15 de marzo.
Por otro lado, la Comisión Disciplinaria del Consejo
acordó también posponer a una próxima reunión,
que previsiblemente se celebrará el 21 de abril, el debate sobre
el expediente abierto al juez José Manuel Ramírez Ximeiro
por la posible comisión de cinco faltas graves de abuso de autoridad
sobre funcionarios en un juzgado de A Coruña.
Las fuentes explicaron que la decisión se debió
a que uno de los vocales pidió más tiempo para estudiar
el informe del fiscal y del instructor del expediente que han propuesto
que el citado magistrado sea sancionado con una multa total de 6.000
euros por la comisión de cinco faltas graves previstas en el artículo
418.5 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
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Sabado, 24/04/2004
El Gobierno del PP indultó 'in extremis' a un juez prevaricador
El penúltimo Consejo de Ministros presidido por José
María Aznar acordó conceder un indulto parcial al magistrado
José Ramón Manzanares, condenado por un delito de prevaricación
continuada por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.
El indulto, propuesto por el ex ministro de Justicia José
María Michavila y solicitado por el propio Tribunal sentenciador,
fue acordado el 1 de abril y deja sin efecto la expulsión de
la carrera judicial que la sentencia condenatoria había declarado.
José Ramón Manzanares Codesal -hijo del consejero
de Estado, ex magistrado del Supremo y ex vicepresidente del Consejo
General del Poder Judicial a propuesta por el PP José Luis Manzanares-
ha visto conmutada la condena a dos años y medio de inhabilitación
especial que se le impuso por una pena de tres años de suspensión
en el ejercicio de la función judicial. Cumplida la suspensión,
podrá reincorporarse a la Judicatura.
Su último destino fue un Juzgado civil de Barcelona.
Los hechos por los que fue condenado ocurrieron cuando era juez de vigilancia
penitenciaria en la Ciudad Condal.
Según la sentencia del Tribunal Superior de Cataluña,
José Ramón Manzanares retrasó deliberadamente la
resolución de las peticiones de permisos que formulaban los internos
de la prisión de Quatre Camins, con cuyos responsables estaba
enfrentado por no compartir su política penitenciaria. El juez
también estaba molesto con el equipo directivo al creer que de
él partían las denuncias por las que el Consejo General
del Poder Judicial le había abierto dos expedientes disciplinarios.
El juez se inventó una serie de trámites novedosos,
vinculando la concesión de los permisos a la previa remisión
por parte del centro penitenciario de una compleja documentación
sobre los presos. Lo cierto es que la cárcel ya le había
remitido informes pormenorizados y más que suficientes para decidir.
Numerosos permisos quedaron paralizados, lo que provocó
en la cárcel una «crítica situación»
-«al borde del motín», decía el Tribunal-
agravada por la proximidad de las Navidades.
El Tribunal catalán, cuyo fallo condenatorio fue confirmado
por el Supremo, elevó al Gobierno una petición de indulto
parcial al considerar «notablemente excesivo» que Manzanares
perdiera definitivamente su condición de juez.
Viernes, 24/01/2003
Juzgan a un magistrado por favorecer a un amigo El Supremo
confirma la condena a otro juez, José Ramón Manzanares,
por otra prevaricación
Todo un ex presidente de un tribunal de la Audiencia de Barcelona
se sentó ayer en el banquillo de los acusados.La acusación:
favorecer a un amigo suyo en la deliberación y resolución
de un pleito que a priori le perjudicaba.
El fiscal pide 17 años de inhabilitación y 30.000
euros de multa para Juan Poch, ex magistrado de la sección catorce
de lo civil, a quien acusa de un delito continuado de prevaricación.
La defensa del ex juez, Juan Córdoba, solicita la absolución
por entender que las resoluciones objeto de litigio se ajustaron a la
ley.
Durante el interrogatorio de ayer, Juan Poch insistió
en defender la legalidad y corrección de su deliberación,
y resaltó que los autos presuntamente prevaricadores «se
han de colocar dentro de los 450 que dicta cada magistrado de la Sala
al año».
El caso se remonta a 1997, cuando Poch fue designado ponente
de un recurso de apelación de un proceso judicial hipotecario
en que estaba implicado un amigo suyo.
Según la Fiscalía y la acusación particular,
Poch «dirigió» la deliberación de sus compañeros
de Sala al ocultarles datos significativos sobre el proceso que habrían
perjudicado a su amigo en caso de conocerse.
El procesado, en cambio, negó ayer que su vínculo
de amistad «mermara» su capacidad profesional de decidir
de acuerdo con la justicia, e insistió una y otra vez en que la
otra parte nunca contradijo algunas de las informaciones de las que disponían,
un principio básico del proceso civil para dar verosimilitud a
la documentación aportada.
El acusado también admitió que antes de recibir
el recurso, visitó los juzgados de Esplugues de Llobregat y Barcelona
para interesarse por el estado de unos asuntos que tenía pendientes
su amigo.Poch, en este sentido, restó importancia a estas gestiones.
Por otra parte, ayer se conoció que el Tribunal Supremo
ha confirmado la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña
que condenó a dos años y seis meses de inhabilitación
especial, con pérdida definitiva del cargo de juez, al magistrado
de Vigilancia Penitenciaria de Barcelona José Ramón Manzanares,
informó Efe.
La sentencia considera que cometió un delito continuado
de prevaricación consistente en el retraso malicioso en la concesión
de permisos de salida a presos de la cárcel de Quatre Camins,
en la Roca del Vallès.
Los hechos sucedieron en 1998, y Manzanares mantuvo varios
enfrentamientos con los directivos de Quatre Camins, y quiso utilizar
su potestad sobre los permisos penitenciarios para crear malestar con
la política de la dirección del centro.
Sabado, 17/11/2001
TRIBUNALES / PROVOCO RETRASOS EN LA CONCESION DE PERMISOS A
PRESOS El Tribunal Superior expulsa de la judicatura al juez Manzanares
Codesal Condena al magistrado a dos años y medio de inhabilitación
por un delito de prevaricación
BARCELONA.- El magistrado José Ramón Manzanares
Codesal ha perdido el cargo de juez.
Es la consecuencia inmediata de la sentencia dictada por el
Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC), que considera
probado que el magistrado de vigilancia penitenciaria cometió
un delito continuado de prevaricación, en su modalidad de retardo
malicioso en la administración de Justicia. En este caso concreto,
la dilación de los trámites necesarios para la concesión
de permisos a 145 presos del Centro Penitenciario de Quatre Camins coincidiendo,
en la mayoría de los casos, con las Navidades de 1998.
La sala Civil Penal del máximo tribunal catalán
condena a Manzanares Codesal a dos años y seis meses de inhabilitación
especial, «con pérdida definitiva del cargo de juez que
ostenta y de los honores que le son anejos».
Sólo un indulto concedido por el Gobierno, a petición
del propio tribunal, o la rectificación del Tribunal Supremo
podría evitar que el que fuera titular del juzgado de vigilancia
penitenciaria número uno de Barcelona durante casi nueve años
perdiera definitivamente la condición de magistrado.
.
Colapso .
El tribunal considera probado que, en el marco de su labor
para decidir la concesión o no de un permiso penitenciario,
el juez solicitaba a la cárcel un volumen de información
«injustificada, desproporcionada y de difícil satisfacción
por parte de la prisión, al menos de forma rápida».
El tribunal refleja la sentencia llega a la convicción
de que «el acusado pedía aquello que sabía no se
le podía mandar». «Al supeditar la concesión
de permisos a la expedición del Plan General de Tratamiento (PGT),
lo que pretendía era sumergir al centro en una situación
de colapso», añade la magistrada ponente, Núria
Bassols.
La solicitud de información añadida, unida a
otras fórmulas burocráticas que si bien de forma individual
no son ilegales pero sí son ilícitas cuando se solicitan
de forma masiva , suponía dilaciones que podían superar
los dos meses. De tal manera que, por ejemplo, los presos que solicitaron
permiso de seis días para pasar fuera de la prisión las
Navidades de 1998, obtuvieron respuesta a finales de enero.
El acusado, en el transcurso de su declaración en la
vista oral, justificó la petición adicional de información
porque «no me fiaba»de los datos puntuales de un centro
«absolutamente desgobernado a finales el año 1997 y durante
1998».
La sala resta credibilidad a esta explicación. «Basta
un análisis de los expedientes aportados a las actuaciones para
detectar que el centro penitenciario remitía al acusado unos
informes detallados en los cuales queda reflejada la personalidad del
interno, sus actitudes, sus aptitudes, la situación y las relaciones
con su familia de origen, con la adquirida...», apunta la magistrada
ponente para añadir: «Es una buena prueba de que a pesar
de que el acusado tenía sobrados datos para decidir no lo hizo
sino que optó por un camino que ninguna forma o modo de entender
el derecho justifica».
El fiscal, en su escrito de acusación, solicitaba que
el juez José Ramón Manzanares Codesal fuera condenado
por dos delitos de prevaricación: uno, en su modalidad de retardo
malicioso de la administración de Justicia y otro cometido por el
dictado de cualquier sentencia o resolución injustas.
La sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justícia
de Catalunya argumenta extensamente «la imposibilidad de penar
por separado los dos tipos de prevaricación».
La sala aboga por conceder un indulto parcial al condenado
al entender que, pese a considerar probada su actividad delictiva,
la pena impuesta es de suma gravedad. Una gravedad que, según
la sala, «viene dada por la privación definitiva del empleo
o cargo».
.
APOYO Un pulso que perjudicó a los presos BARCELONA.-
La extensa sentencia 100 folios que condena al juez de vigilancia penitenciaria
José Ramón Manzanares Codesal a dejar la judicatura por
prevaricar dedica una buena parte a contextualizar las pésimas
relaciones que mantenían los directivos de la prisión
de Quatre Camins y el juez.
Un pulso constante en el que, los únicos perjudicados,
eran los presos que, haciendo uso de su derecho, solicitaban permisos
de salida que no llegaban a tiempo o no llegaban.
En diciembre de 1996, mientras Manzanares era juez de vigilancia
penitenciaria, Josep Font fue nombrado director del Centro Penitenciario
de Quatre Camins. Se encontró con una gran conflictividad laboral
en el seno de la prisión.
Destacaba el papel de funcionarios de prisiones que ostentaban
cargos intermedios y defendían unos planteamientos opuestos
a los de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias.
Se daba la circunstancia de que el magistrado mantenía
estrechas relaciones de amistad con algunos de los citados funcionarios.«A
raíz de todo lo expuesto, las relaciones entre José Ramón
Manzanares y la Dirección General de Quatre Camins se fueron deteriorando».
Unas relaciones que empeoraron a partir del mes de noviembre
de 1997.
La sentencia recuerda, a modo de ejemplo, algunas de las diatribas
del juez al director del centro penitenciario: «No era nadie
para dar instrucciones a funcionarios de gran crédito para él»
y que «tenía la prisión descontrolada».
«En el futuro, las relaciones entre el establecimiento
y el juzgado de vigilancia penitenciaria serían todas por escrito»,
les comunicó el magistrado.
Fue entonces, relata la sentencia, cuando «molesto por
la apertura de dos expedientes disciplinarios contra él»,
«decidió crear trámites jurisdiccionales novedosos»
para colapsar la prisión.
Estos trámites, tan novedosos como ilícitos,
los que le han costado la carrera.
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Lunes, 01/03/2004
La precaria instrucción del caso Benifallim lastra el
juicio al único acusado
La falta de pruebas materiales marca la vista contra
el presunto autor del triple crimen
Ni un pelo, ni un rastro de sangre. Ni siquiera una huella,
una colilla o un poco de saliva.
Nada. La precaria instrucción del triple crimen de Benifallim,
motivo de expedientes sancionadores a una juez y a dos fiscales, está
lastrando el juicio al único acusado. Ante la falta de pruebas
materiales, el fiscal y las acusaciones particulares basan sus argumentos
en la autoinculpación inicial del procesado y en sus frecuentes
contradicciones. La vista oral se reanuda hoy.
El jefe de la policía judicial de la Guardia Civil reunió
a su equipo, dio un puñetazo en la mesa y dijo: 'No tenemos nada.
Me cago en la leche'. Era el 24 de agosto de 1999 y habían transcurrido
cuatro días desde que unos agentes forestales hallaran los cadáveres
de tres personas, dos hombres y una mujer, en una masía de Benifallim,
un pueblecito de montaña cercano a Alcoi. Habían muerto
a golpes de apero. Poco más que eso sabían los investigadores:
desconocían el móvil del triple crimen y no había
testigos presenciales.
Tampoco pruebas materiales. Ni un pelo, ni un rastro de sangre.
Ni siquiera una huella, una colilla -el presunto homicida fuma compulsivamente-
o un poco de saliva. Nada. 'Y lo que es peor', añadió
el capitán a sus subordinados, 'por no tener no tenemos ni sospechosos'.
Los vehículos de los bomberos y las ambulancias habían
borrado posibles huellas en el exterior del caserío y el fuego
consumió cualquier indicio del interior. Escrutando los cadáveres
tampoco se apreciaba rastro alguno del homicida o los homicidas. Un caso
difícil.
Ahora, cuatro años y medio después de aquel crimen,
cuando la Audiencia de Alicante juzga a un único acusado, Francisco
Gómez Simón, de 31 años, aquel atestado sin pruebas
materiales y una instrucción judicial precaria y lenta, que fue
objeto de expedientes de sanción a la juez y a dos fiscales, están
lastrando la vista con jurado. Y restando contundencia acusatoria al
fiscal jefe de la Audiencia de Alicante, José Antonio Romero,
para quien el acusado es autor de tres delitos de homicidio y uno de
incendio. Esa rémora de la acusación es regocijo de la
defensa.
La salida de la cárcel de Francisco Gómez Simón
encendió a finales de agosto las luces de alarma en el Poder
Judicial. El motivo de la puesta en libertad provisional era que se
había cumplido el plazo máximo legal de privación
de libertad a la espera de juicio sin que la instrucción judicial
del caso hubiera concluido. La Comisión Disciplinaria del Consejo
General del Poder Judicial (CGPJ) abrió expediente disciplinario
a la magistrada Natividad Navarro, instructora inicial del triple crimen.
Apreció indicios de falta 'muy grave' de desatención en la
tramitación del controvertido caso.
Antes de que acabara aquel 24 de agosto de 1999, cuando el
pesimismo cundía entre los investigadores, un agente se dirigió
a su jefe: 'El tío del chaval dice que ese día no estuvo
con él'. ¡Bingo!. 'Lo tenemos'. El chaval era el acusado
Francisco Gómez, la persona que menos sospechas había
levantado de entre todas las que ese día hablaron con la Guardia
Civil. A Francisco lo descartaron por bajo y porque tenía una
coartada.
Ser muy bajo ha sido esencial en la vida de este alcoyano de
31 años. Para la mili no dio la talla. 'Ese tipo es muy bajo
para matar a tres personas mucho más corpulentas que él',
había dicho un guardia a su jefe. Francisco acude estos días
a su juicio arriba de unas plataformas de diez centímetros para
realzar su 1,52 metros de estatura. El guardia civil que controla el detector
de metales de la sede judicial ya sabe que los complementos metálicos
del calzado del acusado hacen saltar la alarma. Su nivel intelectual va
parejo a su estatura. Su abogada dice que es un 'débil mental'
y él, en una conversación con este diario, aclara: 'Listo
no soy'.
Francisco había contado a la Guardia Civil que el día
de autos, el 20 agosto por la mañana, estuvo cargando corderos
con su tío y tomando 'unas tapitas y una cañas' en el bar
de Benifallim. En el bar confirmaron que Francisco estuvo allí,
pero el tío aseguró que ese día no vio a su sobrino.
El bingo parecía confirmarse.
Una persona que participó en los interrogatorios al
procesado recuerda, en conversación con este periódico,
que a Francisco le costó confesar la autoría de los
hechos. 'Al final admitió que había golpeado a Rigoberto;
entonces paramos el interrogatorio y avisamos a la abogada', rememora.
Rigoberto Luis Esteve Pascual tenía 47 años cuando murió
y era la pareja de Elvira Monllor, de 54 la dueña de Les Vaquerisses.
Luego admitiría que golpeó a las tres personas, pero no
que las matara.
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25 de febrero de 2004
Un juez de Cuenca se querella contra magistrados y un vocal
del Poder Judicial
El juez destinado en Cuenca Emilio Martínez Blanco ha
presentado una querella contra un magistrado del Tribunal Supremo,
un vocal del Poder Judicial, dos jueces de la Audiencia Nacional, el
actual presidente del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco
y una secretaria por un delito de atentado contra la integridad moral.
Según explicaron fuentes del Alto Tribunal, el escrito
del juez, expedientado por el Consejo del Poder Judicial por desatención
de sus funciones, fue presentado el pasado 27 de enero ante la Sala de
Causas Especiales del Supremo, encargada de conocer los asuntos que afectan
a aforados, como diputados, senadores y jueces. Los magistrados contra
los que dirige su denuncia son un vocal del Consejo General del Poder
Judicial; el presidente del Tribunal Superior de Justicia del País
Vasco; un magistrado de la Sala de lo Militar del Tribunal Supremo; dos
jueces de la Audiencia y una secretaria judicial.
Traslado
Martínez Blanco fue, hasta abril de 2003, presidente
de la sección séptima de la Sala de lo Contencioso-Administrativo
de la Audiencia Nacional, fecha en la que el CGPJ ordenó su traslado
forzoso a un juzgado de Cuenca por una falta muy grave de desatención
en sus competencias.
El juez expedientado demanda al Supremo que se condene a los
querellados relacionados con este expediente disciplinario una indemnización
de un millón de euros, según ha publicado el periódico
coruñés «La Opinión», ciudad donde
nació.
Para el querellante, la acción combinada de «mobbing»
de todos los querellados se produjo con el claro objetivo de apartarle
«de modo humillante» de su plaza legítima de presidente
titular y orgánico de la sección séptima de la
Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional y trasladarle
forzosamente a un juzgado de Cuenca, declaró al rotativo.
El magistrado señala que el instructor de su expediente,
Angel Calderón, pese a entender que los hechos relacionados en
el pliego de cargos «no eran constitutivos aisladamente de falta,
ni siquiera leve, procedió a agruparlos y encajarlos forzadamente
en la Ley, considerándolos absurdamente como falta de índole
muy grave».
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Martes, 09/09/2003
Suspensión a un juez por usar su cargo para no pagar
una multa Puede estar 18 meses sin ejercer porque utilizó un
oficio del juzgado para retirar su vehículo del depósito
sin abonar las tasas
La Comisión Disciplinaria del Consejo General del Poder
Judicial (CGPJ) ha propuesto una sanción de 18 meses de suspensión
de funciones para un juez al que se imputa una falta muy grave consistente
en «abusar de su condición» para obtener un trato
«favorable» e «injustificado». El juez utilizó
un oficio del juzgado para conseguir retirar su coche del depósito
municipal -donde había sido llevado por estar mal estacionado-
sin pagar la tasa correspondiente.
La sanción de suspensión es de las más
graves que puede imponerse a un miembro del Poder Judicial. Aunque el
instructor del expediente disciplinario consideró ajustado un
mes de apartamiento de la función judicial, la Comisión
Disciplinaria ha multiplicado por 18 la propuesta de sanción,
lo que, de prosperar, también conllevaría para el juez
la pérdida de su destino actual, en los juzgados de Cornellá
(Barcelona). El asunto será discutido mañana por el Pleno
del CGPJ.
De acuerdo con los hechos que el instructor considera probados,
el 28 de mayo de 2002 el juez Carles Almeida acudió por la tarde
a la biblioteca judicial de Barcelona y estacionó su vehículo
particular en los aparcamientos reservados a los juzgados.
Cuando a la mañana siguiente fue a recogerlo -se da
la circunstancia de que el domicilio del juez se encuentra cerca del
estacionamiento- el guardia encargado de la vigilancia le informó
de que el vehículo había sido denunciado por mal estacionamiento
y conducido al depósito municipal.
Almeida telefoneó al depósito, donde le comunicaron
que para recuperar el coche tenía que hacer frente a la correspondiente
tasa. Ante ello, manifestó su condición de juez de Cornellá
y afirmó que tenía una autorización para aparcar
en ese estacionamiento.El encargado del depósito evacuó
una consulta con sus superiores e informó al juez de que si quería
recuperar el vehículo libre de tasas debía entregar un
oficio del juzgado.
.
Un documento «mendaz» .
Almeida encargó a una oficial del juzgado la elaboración
de un documento -que él firmó- en el que se acordaba
la devolución del vehículo libre de tasas. La funcionaria
usó uno de los formularios guardados en el ordenador, en el que
se afirmaba que el coche «se encuentra a disposición del
juzgado en virtud de diligencias policiales», plantilla a la que
se añadió la expresión de que debía ser entregado
libre del pago de toda «tasa, coste o gasto».
Luego se dirigió con el oficio al depósito, donde
recuperó el coche tras entregar el documento judicial.
El instructor indicaba que la tarjeta correspondiente al aparcamiento
de los juzgados de Cornellá, de la que disponía Almeida
«no habilita para estacionar en los sitios reservados a los juzgados
de Barcelona».
Para la Comisión Disciplinaria, «resulta claro
que el expedientado hizo un uso indebido de los aparcamientos reservados
a los juzgados» y «además, y esto es lo destacable,
confeccionó un oficio del Juzgado con el fin de obtener la retirada
del vehículo libre del pago de toda tasa (...) simulando que el
mismo se encontraba a disposición del juzgado en mérito a
unas diligencias policiales».«Para eludir las consecuencias
económicas que como ciudadano le afectaban, confeccionó
un oficio mendaz, amparándose en su condición de juez».
El afectado ha remitido al CGPJ un escrito de alegaciones en
el que afirma que se utilizó un modelo informático del
que olvidó retirar la referencia a la existencia de diligencias
policiales.En todo caso, «la Policía Municipal conoció
los hechos en todo momento y nunca [el juez] se propuso ni hizo creer
[a los agentes] que el vehículo estaba involucrado en diligencia
policial o judicial alguna».
También asegura que «en numerosas ocasiones»
ha aparcado en las distintas sedes judiciales de Barcelona sin ser multado
y, paralelamente, ha acreditado que unos meses antes de los hechos
su coche fue denunciado y retirado por la Policía Municipal de
la Ciudad Condal en una zona no reservada a los juzgados y procedió
al pago de las tasas
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Miercoles, 04/06/2003
Una juez de Madrid abandona su cargo al denunciar que se siente
intimidada por su decano
La juez sustituta señala que un «inadecuado comportamiento»
del decano le ocasionó «malestar, inseguridad, temor
y zozobra», lo que le impide seguir ejerciendo
MADRID. Una juez sustituta de los Juzgados madrileños
de la Plaza de Castilla ha presentado ante la Comisión Permanente
del Consejo General del Poder Judicial su renuncia a continuar ejerciendo
su cargo alegando que se ha sentido intimidada por su juez decano,
José Luis González Armengol.
El pasado día 29 de mayo, la juez sustituta presentó
ante la Permanente del Consejo un breve escrito en el que, «por
motivos personales», formulaba su «expresa renuncia»
definitiva desde ese mismo día. La Comisión requirió
entonces un informe al presidente del Tribunal Superior de Justicia de
Madrid y, al tener conocimiento de esta petición, ha sido ella misma
quien ha decidido remitir tanto al Tribunal Superior como a la Comisión
Permanente una ampliación de su escrito de renuncia.
En él, la juez sustituta relata una supuesta reunión
mantenida con el juez decano de Plaza de Castilla en un restaurante
próximo esa zona -y al domicilio particular de ella- el pasado
22 de mayo para celebrar que había aprobado una oposición
de acceso al Cuerpo de secretarios judiciales.
Tras la comida ella accedió, «por no ser descortés
y aunque en varias ocasiones le reitero mis reparos», a que
el juez decano la acompañara a la vivienda de ella, donde, según
su interpretación de los hechos, él hizo ademán
de abrazarla con la aparente idea de besarla, a lo que la juez se negó
pidiéndole que «me deje en paz».
La juez sustituta sostiene en su escrito que José Luis
González Armengol le habría comentado el problema que
se le presentaba en el Decanato en relación con las sustituciones
y le habría recordado que ella nunca había ejercido en los
Juzgados de Primera Instancia -siempre había trabajado en los de
Instrucción-. «Con ironía me contestó que a
lo mejor tengo que ir \», añade su escrito de renuncia.
Pese a que según su versión de los hechos González
supuestamente le dijo «tranquila, tranquila, que no pasa nada»,
la juez sustituta mantiene que en aquel momento «la situación
y el miedo me bloquean y me impiden reaccionar, dada la persona de quien
se trata (cuyo comportamiento en modo alguno me esperaba) y que dependía
jerárquicamente de él».
«En todo este momento -añade ella-, estaba bloqueada
y no supe reaccionar, pensando que era mejor aparentar normalidad y
tranquilidad, para que no se percatara de que tenía miedo y se
prevaliera de mi debilidad e inferioridad en relación a él
por el temor a las posibles consecuencias que podían derivarse de
los hechos que habían acontecido». «En ese momento -relata-
tuve la conciencia de que los hechos marcaban un antes y un después,
y que si hasta entonces no había tenido ningún problema en
mi vida profesional, a partir de aquel momento dudaba de lo que podía
sobrevenir».
Temor a repercusiones negativas
La juez manifiesta ante el Tribunal Superior y ante el Consejo
General del Poder Judicial que una vez que González se marchó
de su casa -salieron juntos de la vivienda y se despidieron cuando
él tomó un taxi- «sentí a la vez una gran
liberación y, por otra parte, una gran decepción e indignación
por el comportamiento que el Sr. Juez Decano había mostrado hacia
mí, pues hasta ese momento, en todo el periodo de tiempo en que
había tenido trato con él, nunca me había insinuado
o expresado nada que me hiciera sospechar lo que podría ocurrir
porque, incluso el día de los hechos, durante la comida y hasta
el incidente, no hubo ninguna actitud, gesto, expresión o insinuación
que me levantara sospecha alguna (...)».
La juez añade que sintió «temor»
a las «repercusiones negativas en mi vida profesional»
dado que sus funciones como juez sustituta «dependían
de él, desde el mismo instante en que es de su competencia el
llamamiento para cubrir los Juzgados vacantes». La la situación
resultó incómoda para ella -siempre según su versión
de lo supuestamente acontecido- y el mismo día 29 (cuando renunció)
tuvo que telefonear al Decanato para que localizaran a otro juez sustituto
que cubriera ese día la plaza del Juzgado de Instrucción
43, que ella misma tenía asignada. «Me resultaba -afirma-
imposible poder acudir a realizar correctamente mis funciones como juez
sustituta ante la sensación de temor que tenía a posibles
represalias».
Sustituciones en verano
La juez recuerda en su escrito que en los Juzgados de Madrid
«había tenido una bien considerada vida profesional,
máxime cuando tenía en expectativa realizar sustituciones
en este mes de junio, al menos, si así se acordaba por el juez
decano, en el Juzgado de Instrucción número 48 y 3 de
Madrid, pues sus titulares me comunicaron telefónicamente que
iban a solicitar un permiso y estaban interesados en hacer la propuesta
en el sentido de que cubriera yo su sustitución». Además,
afirma que tenía previsto hacer sustituciones en julio en el
Juzgado 32 y en el 3 hasta septiembre.
Fuentes próximas al Decanato de los Juzgados de Madrid
indicaron que González Armengol prefiere no pronunciarse sobre
los motivos alegados por la juez sustituta para plantear su renuncia
hasta conocerlos directamente.
En cualquier caso indicaron que «nunca se ha condicionado,
ni coaccionado, ni vetado ni impuesto nada a ningún juez sustituto»
e, incluso, en la última reunión de la Sala de Gobierno
del Tribunal Superior de Justicia se han cerrado las sustituciones previstas
para los próximos meses «sin problemas ni quejas por parte
de nadie».
Miercoles, 11/06/2003
El CGPJ no aprecia tachas en la conducta del decano de los
jueces de Madrid
El Consejo cree que los hechos denunciados no encajan en ninguna
de las faltas que se puedan investigar, y sancionar en su caso, por
la vía disciplinaria
MADRID. La Comisión Permanente del Consejo General del
Poder Judicial acordó ayer aceptar la renuncia de una juez sustituta
de Madrid que había planteado ante el órgano de gobierno
de los jueces haberse sentido intimidada por el juez decano de los Juzgados
madrileños, José Luis González Armengol.
Tras conocer los motivos alegados por la juez sustituta para
abandonar su plaza, la Comisión Permanente llegó a la
conclusión implícita de que el CGPJ no aprecia tachas
en la conducta del juez decano, quien -según exponía la
afectada- habría sido presionada con la posibilidad de realizar
algunas sustituciones veraniegas en los Juzgados de Primera Instancia
y no en los de Instrucción, jurisdicción en la que ella
ha venido ejerciendo en los últimos años.
Después de que la pasada semana la juez sustituta formalizara
su renuncia ante la Comisión Permanente del Consejo con la intención
de que fuese aceptada «a la mayor brevedad y urgencia posible»,
la Comisión Disciplinaria abordó el asunto por si pudiera
derivarse una investigación de la conducta atribuida a González
Armengol.
Sin embargo, esa Comisión estimó que los hechos
narrados por la juez sustituta no eran subsumibles en ninguna de las
previsiones de la Ley Orgánica del Poder Judicial merecedoras
de una teórica sanción por la comisión de falta disciplinaria
alguna y, en cualquier caso, antes debía pronunciarse la Comisión
Permanente, a la que iba dirigido el escrito de renuncia.
Tampoco el presidente del Consejo General, Francisco Hernando,
consideró necesario encomendar al Servicio de Inspección
del órgano de gobierno de los jueces la apertura de una información
previa tendente a aclarar la queja presentada por la juez sustituta.
Denuncia a los Tribunales, en su caso
Ahora, la Comisión Permanente ha venido a ratificar
estos extremos. Fuentes de la Comisión aseguraron a ABC que
aunque para aceptar la renuncia de la juez no se produjo un debate específico
sobre el fondo de su escrito, entienden que los hechos expuestos por
la juez renunciante serían, en todo caso, susceptibles de una
hipotética denuncia promovida por ella misma ante los Tribunales
ordinarios. Pero no ante el órgano de gobierno de los jueces, incompetente
en la materia por considerar que la supuesta intimidación no se
produjo en el ejercicio de funciones jurisdiccionales, sino en la esfera
privada. Al CGPJ no le consta que la juez haya denunciado ante la Policía
o ante los Juzgados ordinarios la intimidación que dice haber
sufrido.
La Comisión Permanente adoptó la decisión
con la unanimidad de sus cinco miembros. Debido a un viaje oficial
del presidente del Consejo General del Poder Judicial y de la Comisión,
Francisco Hernando, la sesión de ayer fue presidida por el vicepresidente
de la institución Fernando Salinas; junto a él acudieron
a la Comisión sus vocales titulares, Javier Laorden, Juan Pablo
González, José Antonio Alonso y Javier Martínez Lázaro.
«Sin reproches en lo disciplinario»
Las fuentes de la Comisión consultadas insistieron en
el hecho de que, aunque formalmente lo único que ha hecho el
CGPJ es admitir el escrito de renuncia de la juez sustituta, «implícitamente»
se viene a avalar la conducta de González Armengol, «a
quien disciplinaria o administrativamente no hay nada que reprochar».
Respecto a las supuestas presiones para que la juez fuera a
cambiar su destino en los Juzgados de Instrucción para ejercer
temporalmente en los de Primera Instancia, las fuentes de la Comisión
hicieron hincapié en que a los hechos denunciados les falta un
«plus de intensidad» que permita intuir una conducta que
pudiera calificarse de sospechosa en José Luis González
Armengol.
Además, desde el Decanato de los Juzgados de la Plaza
de Castilla insistieron en que el juez decano no se encarga personalmente
de los trámites de sustituciones en los diferentes Juzgados,
ya que esta función le está encomendada a un funcionario
del mismo Decanato.
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Miercoles, 28/05/2003
El CGPJ archiva el expediente abierto a Garzón por criticar
la guerra de Irak
La Comisión Disciplinaria del Consejo General del Poder
Judicial archivó ayer, por 3 votos a 2, las diligencias abiertas
al juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón por criticar,
en un artículo de prensa, la posición del Gobierno español
frente a la guerra de Irak. La mayoría entendió que el
juez manifestó su opinión en uso de su libertad de expresión,
y no se sirvió ni amparó en la condición de magistrado.
Los dos vocales que votaron contra la decisión, Enrique
López y Carlos Ríos, ambos designados a propuesta del
PP, apoyaron la apertura de un expediente disciplinario al juez Garzón,
tal como había pedido el Servicio de Inspección del Consejo,
para investigar si había cometido una falta grave consistente
en dirigir censuras al Gobierno. Sin embargo, los vocales Fernando Salinas,
elegido a propuesta del PSOE; Félix Pantoja, designado a instancias
de IU; y el independiente Agustín Azparren; impusieron su criterio
de que el artículo de Garzón, publicado en el diario El
País el pasado 21 de febrero, supuso un ejercicio de la libertad
de expresión de la cual el magistrado goza como ciudadano, y que
no se sirvió de su condición de juez.l artículo 418.3
de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que la Inspección
consideraba aplicable al caso, castiga a los jueces que dirijan 'a los
poderes, autoridades o funcionarios públicos o corporaciones oficiales,
felicitaciones o censuras por sus actos, invocando la condición
de juez o sirviéndose de ella'. Las faltas graves están castigadas
con multas de hasta 3.000 euros.
La Comisión Disciplinaria es la única en la que
los vocales propuestos por el PP no tienen mayoría. Fuentes del
CGPJ indicaron que algunos vocales de ese grupo podrían intentar
elevar la cuestión al Pleno del Consejo, para que sea el órgano
plenario, en el que estos consejeros sí tienen mayoría,
el que decida finalmente si se expedienta a Garzón o no. este
respecto, el portavoz del CGPJ, Enrique López, indicó
que en el mandato del actual Consejo nunca se ha elevado a Pleno una
decisión de la Comisión Disciplinaria, aunque en anteriores
consejos sucedió en alguna ocasión, una de ellas en relación
a un expediente al juez Javier Gómez de Liaño.
Enrique López explicó que, junto al vocal Carlos
Ríos, plasmarán en un voto particular su discrepancia
con el archivo y su apoyo a la apertura de expediente. Recordó
que, en el actual Consejo, tampoco nunca la Comisión Disciplinaria
había rechazado la propuesta de la Inspección, aunque el
criterio de este Servicio no es vinculante.or otro lado, la Comisión
Disciplinaria acordó por 3 votos a 2 archivar un expediente al
juez Joaquín Navarro Estevan por un artículo publicado en
Deia contra Aznar, Mayor Oreja y Garzón.
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Miercoles, 28/05/2003
La Comisión Disciplinaria bloquea el expediente a Garzón
La decisión fue tomada por tres votos contra dos - Los vocales
del grupo mayoritario estudian la vía para que sea discutido
por el pleno del CGPJ
La Comisión Disciplinaria del Consejo General del Poder
Judicial (CGPJ) acordó ayer, por tres votos a dos, archivar
las diligencias informativas abiertas al juez de la Audiencia Nacional
Baltasar Garzón por un artículo de prensa en el que censuraba
la actuación del presidente del Gobierno en el conflicto de Irak.
En contra del criterio del Servicio de Inspección, la
mayoría de los miembros de la Comisión han entendido
que Garzón hizo uso de su libertad de expresión y descartaron,
por tanto, que hubiera podido incurrir en una falta grave de «dirigir
a los poderes públicos censuras por sus actos, invocando la condición
de juez».
El jefe de la Inspección, Fernando Ruiz Piñeiro,
propuso en dos informes incoar a Garzón un expediente al entender
que el contenido de un artículo firmado por él el pasado
4 de marzo suponía una «clara censura» a la conducta
de Aznar y de los diputados del Grupo Popular en materia de política
exterior.
Garzón empezaba afirmando que Aznar dirige «esta
locura» -en referencia a la invasión de Irak- «con
una sordera tan desconcertante como peligrosa». «A veces,
señor presidente», continuaba, «me da la sensación
de que enfrente no tenemos políticos, sino muros de piedra resbaladiza
por la humedad y el humus pestilente de quienes carecen de sentimientos».
El juez aludía al «cinismo de algunos líderes
políticos» que, manipulando los medios de comunicación
que controlan, «confunden gravemente a los ciudadanos» y
tildaba de «paripé» los contactos de Aznar con otros
mandatarios. Sobre los diputados del PP, señalaba que «callan
en forma cobarde» y aludía a la «vergüenza que
tendrían que pasar cuando, al llegar a su casa, tuvieran que mirar
a sus hijos y explicarles lo inexplicable». A todos ellos Garzón
les hacía «responsables en la masacre que se anuncia».
.
Igualdad .
El vocal Carlos Ríos, ponente de las diligencias, propuso
abrir un expediente y nombrar a un instructor para que Garzón
pudiera explicar la intención de su escrito. Ríos argumentó
la necesidad de aplicar criterios iguales a casos iguales y recordó
que la Comisión siempre ha incoado procedimientos disciplinarios
cuando la Inspección así lo ha planteado.
Enrique López -propuesto, como Ríos, por el PP-
abundó en que Garzón escribió ese artículo
desde su condición de juez, no sólo porque firmaba como
«magistrado de la Audiencia Nacional» sino también
porque se refería de forma expresa a su trabajo jurisdiccional
al afirmar que «no existe ni un solo indicio» de la relación
entre Sadam Husein y Al Qaeda, red sobre la que instruye un proceso penal.
Sin embargo, el vocal no asociado Agustín Azparren expresó
sus dudas sobre la procedencia del expediente al primar, a su juicio,
la libertad de expresión, postura en la que fue apoyado por Félix
Pantoja, propuesto por Izquierda Unida. A ellos dos se sumó
el presidente de la Comisión, Fernando Salinas, propuesto por
el PSOE.
Ríos y López anunciaron la presentación
de un voto particular discrepante, asumiendo la posición de la
Inspección.
La Disciplinaria es la única Comisión del CGPJ
en la que el grupo de vocales propuestos por el PP no tiene mayoría.
Estos consejeros estudiaban ayer la posibilidad de llevar el
asunto al pleno, dado que es el máximo órgano del Consejo
y la ley le atribuye expresamente la competencia para iniciar los procedimientos
disciplinarios.
No obstante, el grupo mayoritario analizaba si el pleno, que
nunca ha conocido de este asunto, puede entrar a revisar una decisión
de la Comisión Disciplinaria que no es susceptible de recurso
en vía administrativa.
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Martes, 29/04/2003
El CGPJ sanciona con traslado forzoso a un juez de la Audiencia
Nacional que sólo iba al despacho dos días a la semana
El Pleno del Consejo General del Poder Judicial acordó
hoy, por 19 votos a favor y 1 en contra, imponer la sanción de
traslado forzoso de destino al magistrado de la Audiencia Nacional Emilio
Martínez Blanco, por incumplir el deber de asistencia a su despacho,
ya que sólo acudía dos días a la semana, jueves
y miércoles, y este último sólo parte de la jornada.
El único vocal que se mostró en contra de la sanción
fue Alfons López Tena, propuesto por CiU.
Martínez Blanco es presidente de la Sección Séptima
de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional,
destino del que ha sido despojado como consecuencia de la sanción.
Ahora deberá concurrir al primer concurso de traslados que se
convoque. Según los hechos probados en la propuesta de sanción,
realizada por la Comisión Disciplinaria del Consejo, Martínez
Blanco "sólo acude al despacho dos días a la semana, los
jueves y los miércoles, si bien el segundo día sólo
parte de la jornada; asistencia que resulta insuficiente para la atención
ordinaria del trámite y despacho de asuntos en lo que corresponde
a las tareas propias de la presidencia de una Sección de estas
características".
El expedientado concentra los señalamientos para deliberación,
votación y fallo de los asuntos que debe resolver la sección
un día a la semana (los jueves), reservando el resto de días
laborables al estudio y preparación de las resoluciones a dictar.
PERMISOS
Asimismo, la Inspección de tribunales detectó
que en la Sección que preside este juez debieron suspenderse veinte
señalamientos, en los años 2001 y 2002, "por disfrute
de permiso del ponente señor Martínez Blanco, quien no
comunica siempre ni con la debida antelación al magistrado que
deba sustituirle, ni tampoco a la Secretaría, las fechas en las
que hace uso de los permisos". Por este motivo, se dejaron sin efecto
varios señalamientos.
Además, la Comisión Disciplinaria subrayaba que
Martínez Blanco y la titular de la Secretaría de la Sección
hasta noviembre de 2001, no tenían ninguna comunicación.
"El despacho (de asuntos entre ambos) se ha venido sustituyendo por el
procedimiento de consultas mediante notas y escritos que el presidente
contesta por la misma vía, siendo sus destinatarios habituales los
funcionarios de la oficina judicial. La firma la realiza el presidente sin
la concurrencia de la fedataria o funcionario que la sustituya".
Por todo ello, la Comisión, y ahora el Pleno, creen
que ha cometido una falta disciplinaria muy grave de desatención
de los asuntos de su Juzgado, sancionado en el artículo 417.9
de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
El instructor de su expediente disciplinario por falta muy
grave fue el magistrado del Tribunal Supremo Angel Calderón,
quien propuso para él la suspensión de funciones durante
un mes, inferior en gravedad al traslado forzoso acordado por el Pleno
del CGPJ.
'MOBBING'
El afectado rechazaba la sanción y alegaba que el origen
del expediente discipliario que se le había abierto era el acoso
laboral o "mobbing" al que le sometía el presidente de su Sala,
Eduardo Calvo. El Consejo ha rechazado estos argumentos.
El juez Martínez Blanco, en un escrito de alegaciones
elevado a la Comisión Disciplinaria, pedía el archivo
de su expediente y culpaba al presidente de la Sala de lo Contencioso
de la Audiencia, Eduardo Calvo, de haberle hostigado con fines difamatorios
y de desprestigio, por lo que se reservaba emprender acciones civiles
o penales contra él por "mobbing" o acoso psicológico
o laboral.
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Miercoles, 07/04/2004
Abogados de Barcelona 'exigen' al CGPJ que abra un expediente
a Garzón por 'irregularidades' en la 'Operación lago'
La Comisión de Defensa de los Derechos de la Persona
del Colegio de Abogados de Barcelona exigió hoy que el Consejo
General del Poder Judicial (CGPJ) abra un expediente para aclarar "las
posibles responsabilidades" en que haya podido incurrir el juez de la
Audiencia Nacional Baltasar Garzón en su actuación como
juez sustituto del juez Guillermo Ruiz Polanco respecto a los detenidos
en la 'Operación lago'.
Según un documento elaborado por la citada comisión,
el CGPJ --máximo órgano de los jueces-- debería
investigar "exhaustivamente si han existido motivaciones extrajudiciales
en las decisiones adoptadas por Garzón".
La comisión asegura que ha tenido conocimiento de "múltiples
quejas" formuladas en relación al encarcelamiento de cuatro
implicados en la denominada 'Operación lago'.
Según este grupo de abogados, tras examinar los hechos,
han constatado que el pasado 23 de marzo, el juez Garzón "aprovechó
que sustituía" al juez Ruíz Polanco, que había
sido suspendido provisionalmente, para ordenar la detención de
estas cuatro personas, que habían sido puestas en libertad por
Ruíz Polanco por "falta de indicios criminales".
Al día siguiente, Garzón celebró la comparecencia
sobre su libertad, prevista en el artículo 504 de la Ley de
Enjuiciamiento Criminal, "sin permitir al abogado designado intervenir".
Después, según la comisión, el juez ordenó
su ingreso en prisión "sin que existiera ninguna novedad en la
instrucción".
Según estos abogados, el juez "tampoco valoró
la falta de riesgo de fuga de estas personas, con arraigo en España,
con puesto de trabajo y residencia, y que han comparecido siempre que
se les ha citado".
El 30 de marzo, el juez que instruía el caso, Guillermo
Ruíz Polanco, cuestionó públicamente la decisión
de Garzón y aseguró que tenía la "absoluta seguridad
de que estos cuatro señores no han hecho nada".
"FUNCIONAMIENTO ANORMAL DE LA JUSTICIA".
Los abogados consideran que "se ha producido un funcionamiento
anormal de la administración de Justicia, dado que mientras
un juez pone en libertad a unas personas por falta de indicios incriminatorios,
su sustituto los encarcela en contra del primero y sin que conste ninguna
novedad judicial".
"El juez Garzón no ha respetado los derechos y las garantías
de los detenidos, y muy especialmente, su derecho a ser asistidos
por un abogado de su elección, derecho reconocido en el Convenio
Europeo de los Derechos Humanos", añade el documento.
Asimismo, la Comisión de Defensa exigió que se
modifique la situación de prisión sin fianza que pesa
sobre cuatro de los detenidos y se les deje en libertad.
La detención de estas cuatro personas, Mohamed Nebbar,
Mohamed Tahraoui, Ali Kaouka y Larbi Allag, se produjo tras el 11-M
y forman parte del grupo de 16 islamistas detenidos en enero de 2003 y
a los que se intervinieron sustancias con las que, según el FBI
norteamericano, podría fabricarse "napalm casero" y que otras
fuentes había catalogado como "detergente".
Garzón consideró que los cuatro integran una
célula "de infraestructura y apoyo logístico de la organización
terrorista argelina del Grupo de Protectores de la Corriente Salafista,
vinculada a la también organización terrorista Al Qaeda".
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Viernes, 05/03/2004
Expediente a otro juez de la Audiencia Nacional por abuso de
autoridad
El Servicio de Inspección del Consejo General del Poder
Judicial ha propuesto abrir un expediente disciplinario al titular
del Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo número 4
de la Audiencia Nacional, Manuel Arce, por dos presuntas faltas graves
de abuso de autoridad y de incumplimiento injustificado y reiterado del
horario de audiencia pública. La propuesta será debatida
por la Comisión Disciplinaria del CGPJ el próximo lunes,
cuando también tiene previsto incoar expediente a otro juez de
la Audiencia Nacional, Guillermo Ruiz Polanco, por desatender un proceso
instruido contra acusados de terrorismo.
Arce, que ya ha sido sancionado en dos ocasiones por faltas
leves, recibió el pasado septiembre una visita de la Inspección
para comprobar las quejas provenientes de los funcionarios del juzgado
sobre el «trato vejatorio» que el magistrado les dispensa,
lo que de manera frecuente provoca bajas laborales y la huida de los
interinos.
Los inspectores llegaron a la conclusión de que Arce
«despliega de modo continuo» conductas que revelan «un
abusivo ejercicio de la autoridad», faltando a la consideración
debida a los funcionarios y creando en ellos un clima de tensión
laboral.
El informe de la Inspección incorpora un certificado
de la secretaria judicial que refleja que, de forma reiterada, el magistrado
llega al juzgado pasadas las dos de la tarde.
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Miercoles, 08/10/2003
Una juez no ejecuta el desprecinto de una clínica
La titular del Juzgado número 1, María José
Sanz de Alcázar, no acata un auto de la Audiencia que estima
el desprecinto de una clínica
La titular del Juzgado número 1 de Primera Instancia
e Instrucción de los de Algeciras, María José Sanz
de Alcázar, lleva más de tres meses sin acatar el auto
87/03 de la sección Séptima de la Audiencia Provincial de
Cádiz (Algeciras) que acordó el levantamiento del precinto
efectuado en la consulta del doctor Adelaido Ramos González, ubicada
en el céntrico edificio Fuerte de Santiago, por estimar la sala
improcedente el mantenimiento del citado precinto.
Los hechos en cuestión hacen referencia al cierre de
la consulta que Adelaido Ramos tenía en este edificio y que fue
decretada en principio por el Ayuntamiento de Algeciras. Esta decisión
del Consistorio local se produce como consecuencia de la apertura de
un expediente administrativo a raíz de la denuncia formulada
por algunos propietarios del edificio Fuerte de Santiago por considerar
que los despachos profesionales no podían ubicarse en plantas
superiores a la primera. Este acto, el cierre de la consulta, saltó
a la opinión pública causando sorpresa a propios y extraños
debido a que se trataba de la primera consulta profesional que se clausuraba
por esa razón, sin que hasta la fecha se conozca que otras,
de las trescientas existentes en la localidad que se encuentran en la
misma situación, hayan corrido la misma suerte.
Siguiendo con la secuencia de los hechos, con posterioridad
fue la titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción
número 1 de los de Algeciras, Sanz de Alcázar, la que decidió
el precinto de la consulta justificando esta decisión en la necesidad
de seguir los criterios establecidos desde el Ayuntamiento.
Sin embargo, una vez que desde el Consistorio se manifestó
que no era necesario la continuidad del precinto, la juez Sanz de Alcázar
persistió en mantenerlo siguiendo para ello los criterios reflejados
en los oportunos informes que fueron emitidos por el abogado fiscal
sustituto Juan Luis Retamino. Éste consideraba que, de levantarse
el precinto, el inmueble pudiera utilizarse para la misma finalidad.
Así, desde que se decretó el precinto, hace más
de un año y medio, se ha impedido a Adelaido Ramos el acceso
a su propiedad sin permitirle emplearla para otros usos, ni si quiera
para su arriendo.
Además, y por otra parte, se da la circunstancia de
que el propio Ayuntamiento ha reconocido con posterioridad la posibilidad
de instalar consultas profesionales en viviendas cumpliendo ciertas condiciones.
El auto de la sección Séptima de la Audiencia
Provincial, que no se ha ejecutado por la titular del Juzgado de Instrucción
número 1 de Algeciras, pone fin a esta situación estimando
que no procede sostener el precinto una vez que el propio Ayuntamiento
de Algeciras solicitó su levantamiento e, incluso, cuando ya se
había efectuado el traslado de la consulta.
De otra parte, Adelaido Ramos ha señalado a este rotativo
su malestar por los daños que le han ocasionado, por lo que
ha iniciado acciones tendentes a solicitar responsabilidad administrativa
por funcionamiento anormal de la justicia. Además de ello, tiene
entablado un recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera
del Tribunal Supremo solicitando que la misma requiera al Consejo del
Poder Judicial para abrir expediente sancionador por entender que la
actuación de determinados miembros pueda ser merecedora de corrección
disciplinaria.
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Miercoles, 15/01/2003
El Poder Judicial suspende a la juez que presionó a
favor de Conde Los dos progresistas y el independiente forzaron la
sanción por ser una actuación muy grave
Los dos vocales elegidos a propuesta del PP se opusieron
a la medida por innecesaria Escándalos judiciales en las finanzas
españolas
La comisión disciplinaria del Consejo General del Poder
Judicial (CGPJ) acordó ayer suspender provisionalmente a la
juez María del Prado Torrecilla que es investigada por presionar
a favor del exbanquero Mario Conde. La decisión fue apoyada
por los dos vocales progresistas y un independiente y fue rechazada
por dos consejeros conservadores.
La suspensión provisional no podrá durar más
de seis meses y se mantendrá hasta que se resuelva la acción
emprendida contra la juez. El instructor de ese expediente, Eduardo
Calvo, ha establecido que la magistrada de vigilancia penitenciara
pudo cometer dos faltas muy graves por presionar a otros jueces y abusar
de su poder para lograr un informe favorable a la excarcelación
del exbanquero por parte del director de la cárcel de Alcalá-Meco,
donde Mario Conde cumple condena.
El instructor no propuso la suspensión de la juez, que
fue apoyada por el fiscal. La propia magistrada también se opuso
a esa medida y solicitó nuevas pruebas para intentar demostrar
su inocencia.
A pesar de ello, los vocales Fernando Salinas, Félix
Pantoja y Agustín Azparren acordaron la suspensión por
entender que era la medida "más aconsejable" por la gravedad de
los hechos investigados.
Estos vocales también tuvieron en cuenta precedentes
de casos similares en los que se suspendió al juez afectado.
Una sentencia del Tribunal Supremo argumentó que "la apariencia
de rectitud aconseja la adopción de estas medidas".
DERECHA JUDICIAL
Esos argumentos fueron rebatidos por los vocales conservadores,
que sostuvieron que "no merecía la pena" decretar la suspensión
ya que la conclusión del expediente disciplinario será
rápida. Además, argumentaron que la juez Del Prado Torrecilla
"no iba a volver a tocar asuntos relacionados con Conde y, por tanto, se
reducía la posibilidad de que volviera a presionar a sus compañeros".
Fuentes judiciales han señalado que la juez Torrecilla estuvo afiliada
a la conservadora Asociación Profesional de la Magistratura y que
ahora sigue en la órbita de la derecha judicial.
Los vocales progresistas defendieron la actuación cautelar
contra la magistrada al entender que era imprescindible para que los
ciudadanos no pierdan la confianza en la justicia, ya que no comprenderían
que continúe en su puesto después de actuar bajo sospecha.
MATIZACIONES La juez de vigilancia penitenciaria está
siendo investigada tras la denuncia presentada por su colega Reyes
Gimeno, que la acusó de haberla presionado para conseguir los
beneficios penitenciarios solicitados por Mario Conde. La denuncia
fue apoyada por otro juez, que también confirmó que Torrecilla
le había presionado. Esas acusaciones han sido ratificadas ante
el instructor del expediente.
El director de la cárcel de Alcalá-Meco minimizó
ante Calvo las presiones de Torrecilla. Fuentes del CGPJ adelantaron
que es posible que Torrecilla sólo sea sancionada por presionar
a los jueces. La sanción prevista para esa conducta es traslado
forzoso, suspensión temporal o separación de la carrera.
Jueves, 02/01/2003
Disciplina judicial
El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y su comisión
disciplinaria han actuado con elogiable celeridad al abrir expediente
disciplinario a la juez de vigilancia penitenciaria de Madrid María
del Prado Torrecilla, contra la que pesan graves denuncias de dos de
sus colegas acerca de maniobras para lograr la excarcelación del
ex presidente de Banesto Mario Conde. La actuación sancionadora
es una de las competencias que la Constitución atribuye al órgano
de gobierno de los jueces y describe entre sus funciones las de 'inspección
y régimen disciplinario'. El caso deberá tramitarse con todas
las garantías, pero exige claridad y energía. Ante estas
funciones constitucionalmente establecidas, cabe exigirle al CGPJ que ponga
todo el celo necesario en distinguir qué actuaciones judiciales
son susceptibles de actuación disciplinaria -sea cual sea el resultado
final que de ella se derive- y cuáles son estrictamente jurisdiccionales,
sea cual sea el juicio crítico que merezca el concreto ejercicio
de la jurisdicción, protegido por el principio constitucional de
la independencia judicial que el CGPJ está obligado a defender.
La actuación jurisdiccional es en todo caso corregible por la vía
de los recursos legalmente establecidos.
Es preciso que se compruebe cada una de las imputaciones contra
la expedientada, desde los supuestos intentos de lograr una resolución
favorable a Conde hasta las gestiones que se le atribuyen para ser ella
misma la autora de la resolución, pasando por las presiones al
director de la prisión de las que se le acusa o los comentarios
irrespetuosos hacia los magistrados del Tribunal Supremo que elevaron
de 10 a 20 años de cárcel la condena a Mario Conde.
A juzgar por las faltas muy graves en las que podría
encajar la conducta de la magistrada -acreedora, mientras tanto, de
la presunción de inocencia-, de lo que no parece haber duda es
de que, reales o supuestas, las acusaciones reúnen todos los
caracteres para someter el caso a examen disciplinario. No se trata de
quejas contra una resolución judicial de la expedientada o de
denuncias contra el ejercicio por ella de la jurisdicción. Por
lo que hasta ahora conocemos -y sin descartar que pueda demostrarse
que todos los hechos denunciados son fruto de una fabulación-,
nos encontramos ante una o varias supuestas infracciones disciplinarias
de libro.
Distinta resulta, en cambio, la actuación de la juez
Coro Monreal Huerta, que investiga el caso de la Comercializadora Peninsular
de Viviendas (CPV), y a la que se denuncia por la puesta en libertad
de los cuatro directivos de la entidad, a los que se imputa una supuesta
estafa. De ahí que las acusaciones contra esta magistrada no
hayan originado un expediente disciplinario, sino la petición
a la inspección del CGPJ de una investigación para esclarecer
los hechos denunciados, que en principio entran en el orden jurisdiccional
y, por tanto, están estrictamente protegidos por la independencia
judicial y son corregibles por los recursos.
El CGPJ debería evitar confusiones en la presentación
de sus decisiones. Por ejemplo, aunque se tratara de una mera orden
a la inspección del Consejo, resultó poco meditado, desproporcionado
e inconveniente que el presidente Francisco José Hernando tomara
la iniciativa de investigar a la juez de vigilancia penitenciaria de
Bilbao Ruth Alonso por la excarcelación del etarra Félix
Ramón Gil Ostoaga. Las actuaciones jurisdiccionales merecen, en
principio, la protección del Consejo, más aún si,
como en aquel caso, estaban ya recurridas por el fiscal. Las iniciativas
atropelladas y apasionadas desde el CGPJ contra resoluciones judiciales
que no gustan están fuera de lugar, además del ridículo
que en este caso deparó su archivo doce días después.
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Martes, 18/06/2002
El CGPJ concede la excedencia voluntaria al juez Gómez
de Liaño y al ex fiscal general Eligio Hernández
La Comisión Permanente del Consejo General del Poder
Judicial (CGPJ) acordó hoy el pase a la situación de excedencia
voluntaria en la carrera judicial, por interés particular, de
los magistrados Javier Gómez de Liaño y Eligio Hernández,
este último ex fiscal general del Estado, informaron a Europa
Press en fuentes del Consejo. Ambos ya han anunciado que se dedicarán
al ejercicio de la abogacía.
Según las mismas fuentes, el paso a la excedencia voluntaria
de Gómez de Liaño se concedió de forma automática,
al estar contemplado su caso en la Ley Orgánica del Poder Judicial,
y la decisión no motivó polémica alguna en el
seno de la Comisión. Añadieron que se trataba de consolidar
una situación requerida por el propio solicitante, que fue reintegrado
en la judicatura el pasado 8 de mayo por el propio CGPJ, en aplicación
del indulto que le concedió el Gobierno el 1 de diciembre de
2000. Por su parte, Eligio Hernández (fiscal general del Estado
entre 1992 y 1994) también pasa a excedencia de forma automática
puesto que debía presentarse al primer concurso de traslados que
convocara el CGPJ tras haber pasado tres años en excedencia forzosa
como magistrado. Al no presentarse a esta convocatoria se considera que
el interesado se encuentra en excedencia por razones de interés
particular.
Gómez de Liaño y Hernández tienen en común
haber sido vocales del Consejo del Poder Judicial. El primero fue
condenado a 15 años de inhabilitación, con pérdida
de la condición de magistrado, por prevaricar en la instrucción
del "caso Sogecable". El segundo, tras dejar la Fiscalía General
del Estado, fue diputado canario del PSOE, y actualmente ejerce como
abogado.
JUECES DE "EL NEGRO"
Por otra parte, la Comisión Permanente del Consejo también
aprobó hoy la resolución del concurso de traslados voluntarios
que afecta, entre otros jueces, a los dos miembros de la Seción
Cuarta de la Audiencia nacional Carlos Cezón y Juan José
López Ortega, que fueron suspendidos provisionalmente en sus
funciones por su decisión de excarcelar al presunto narcotraficante
huido Carlos Ruiz Santamaría, "El Negro".
La Comisión Permanente ratificó hoy el traslado
voluntario de Cezón a una Sección Civil de la Audiencia
Provincial de Madrid, mientras que López Ortega ha obtenido plaza
en una sección Penal de la misma Audiencia.
Según fuentes del CGPJ, Ninguno de los dos ha tenido
problemas para conseguir la plaza que solicitaban, ya que tienen más
de 20 años de antigüedad en la carrera. Sin embargo, si hubiesen
sido sancionados en los próximos meses con el traslado forzoso
de la Audiencia Nacional, como propone el instructor de su expediente disciplinario,
no habrían podido elegir previsiblemente plaza en Madrid, ya que
sus preferencias serían tenidas en cuenta en último lugar.
Ambos jueces están suspendidos en sus funciones desde
el pasado 6 de febrero por el Consejo General del Poder Judicial, al
haberse admitido a trámite en el Tribunal Supremo la querella
por prevaricación que presentó contra ellos la Fiscalía.
Sin embargo, el Supremo deberá decidir en las próximas
semanas si archiva dicha querella, como propone el instructor, lo
que dejaría en manos del Consejo General del Poder Judicial
una eventual sanción disciplinaria por la excarcelación
de "El Negro". El tercer magistrado de la Sección Cuarta suspendido
en sus funciones es Carlos Ollero, quien no ha pedido el traslado voluntario.
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Martes, 12/03/2002
El CGPJ abre una información previa sobre las declaraciones
de la juez Palacios
La Comisión Disciplinaria del Consejo General del Poder
Judicial (CGPJ) acordó hoy, por mayoría de tres votos
a dos, encargar al jefe del Servicio de Inspección de tribunales
la práctica de una información previa sobre las declaraciones
de la juez Teresa Palacios, en las que descartó que Gescartera
fuese la "Filesa" del PP y elogió la reacción del Gobierno
tras conocerse el escándalo de la agencia de valores.
Según informaron a Europa Press fuentes del Consejo,
los dos votos contrarios al acuerdo fueron emitidos por los dos miembros
de la Comisión elegidos a propuesta del PP, Adolfo Prego y Faustino
Gutiérrez-Alviz, que apoyaron el archivo de plano del asunto
sin practicar ninguna información, al descartar toda apariencia
de responsabilidad disciplinaria en la juez Palacios.
Sin embargo, los otros tres miembros de la Comisión,
que son su presidente, Fernando Salinas (elegido a propuesta del PSOE),
Félix Pantoja (IU), y Agustín Azparren (independiente elegido
por consenso del PSOE y el PP), decidieron encargar al jefe de la Inspección
una información previa, que concluirá con una propuesta
a la propia Comisión de la apertura de expediente disciplinario,
diligencias informativas o el archivo del caso.
NO INDICIOS
El portavoz del Consejo, Enrique López, subrayó
que la información previa encargada al Servicio de Inspección
no supone la apertura de diligencias informativas, ya que en este caso
no se han apreciado indicios de una falta disciplinaria en la juez Palacios.
Unicamente, se pretende aclarar la veracidad de las declaraciones, y
a partir de ese momento volver a estudiar si pueden ser objeto de una
actuación disciplinaria.
En este sentido, en el acuerdo de la Comisión se habla
de las "presuntas declaraciones" de la juez Palacios. El Servicio de
Inspección tendrá ahora que investigar si las manifestaciones,
realizadas en una entrevista al periódico "El Día de Córdoba",
fueron realmente formuladas, y en qué contexto.
En este sentido, tendrá que averiguar si existe una
grabación de la entrevista, y preguntar a la juez y al periodista
que firma la información si confirman lo publicado. Este será
el primer cometido del nuevo jefe de la Inspección, Fernando
Ruiz Piñeiro, elegido el pasado día 6 por el Pleno del
Consejo. Según el artículo 423.2 de la Ley Orgánica
del Poder Judicial, tendrá de plazo un mes para elevar a la Comisión
Disciplinaria una propuesta de archivo de plano, formación de diligencias
informativas o incoación directa de expediente.
CUATRO LISTOS
En la entrevista concedida a "El Día de Córdoba",
la juez Palacios aseguró que "Gescartera no es comparable a Filesa
o los fondos reservados. Quien quiera ver aquí la Filesa del Partido
Popular se equivoca, porque Gescartera sólo ha sido un chiringuito
financiero en el que que tres o cuatro listos se han hecho ricos a
costa de miles de personas".
"En la trama de financiación ilegal que se le descubrió
al PSOE había facturas falsas, por ejemplo, algo que aquí
no tenemos. Por otro lado, el GAL o los fondos reservados eran cuestiones
de Estado y Gescartera no lo es en absoluto", señaló.
Aunque la juez consideró evidente que la depuración
de responsabilidades políticas por el caso "aún no ha
finalizado", agregó: "el PP ha organizado una comisión
de investigación en el Congreso, algo que no llevó a cabo
el PSOE en todo el tiempo que se le acusó de corrupción
política y económica, y ése es un punto que hay que
reconocerle al Gobierno".
La juez criticó, "como ciudadana", a la Iglesia, por
invertir en Gescartera y no en lo que se supone que debe promover una
institución religiosa. Y, sobre la investigación, afirmó
"que queda mucho por descubrir, porque realmente todavía no sabemos
nada. Quizá pronto se dé con otro interviniente o se averigüe
cómo se ha escapado el dinero y adónde ha ido a parar".
Las declaraciones de Teresa Palacios podrían encajar,
en caso de que se considere que tienen contenido disciplinario, en una
falta grave o muy grave de revelación de secretos, que castiga
a los jueces que divulguen "hechos o datos conocidos en el ejercicio
de su función o con ocasión de éste". La gravedad
es mayor si se causa "algún perjuicio a la tramitación
de un proceso o a cualquier persona".
Asimismo, las declaraciones de Palacios podrían ser
consideradas como la falta grave prevista en el artículo 418.3
de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que sanciona el hecho
de "dirigir a los poderes, autoridades o funcionarios públicos
o Corporaciones oficiales felicitaciones o censuras por sus actos, invocando
la condición de Juez o sirviéndose de esta condición".
La falta grave está sancionada con multa de 50.000 a
500.000 pesetas, mientras que la falta muy grave abarca desde la suspensión
temporal en funciones, al traslado forzoso o la separación definitiva
de la judicatura.
Con anterioridad a la juez Palacios, fueron objeto de actuaciones
por parte del Consejo del Poder Judicial otros jueces de la Audiencia
Nacional como Javier Gómez de Liaño, Miguel Moreiras, Baltasar
Garzón o Guillermo Ruiz Polanco.
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Viernes, 18/01/2002
El CGPJ expedienta a los jueces de la Sección IV por
negligencia y podrían ser expulsados de la carrera
Cezón, López Ortega y Ollero cometieron
presuntamente una falta «muy grave» de «desatención»
en el ejercicio de sus funciones. El magistrado Ignacio Sierra, que puede
solicitar la suspensión cautelar, instruirá ahora el expediente
La Comisión Disciplinaria del Consejo General del Poder
Judicial acordó ayer, por unanimidad, abrir expediente disciplinario
a los magistrados de la Sección IV de la Audiencia Nacional por
una falta muy grave de «desatención en el ejercicio de competencia
judicial», en relación con la liberación del presunto
«narco» Carlos Ruiz Santamaría. El Consejo ha nombrado
instructor de los expedientes al presidente de la Sala de lo Civil del
Tribunal Supremo, Ignacio Sierra, quien, tras tomar declaración
a Cezón, López Ortega y Ollero y pedir informe a la Fiscalía,
puede proponer al CGPJ la suspensión cautelar de los magistrados.
La Ley del Poder Judicial prevé hasta la expulsión de la
Judicatura para este tipo de faltas.
La Comisión Disciplinaria del Consejo General del Poder
Judicial expedientó ayer a los magistrados de la Sección
Cuarta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, Carlos Cezón,
Juan José López Ortega y Carlos Ollero, después
de que estos liberasen al presunto «narco» Carlos Ruiz Santamaría
unos días antes del juicio en el que el fiscal pedía para
él 60 años de prisión, circunstancia que el procesado
aprovechó para fugarse.El órgano de gobierno de los jueces
considera que los magistrados han cometido presuntamente una falta muy
grave de «desatención en el ejercicio de competencia judicial»,
que podría conllevar su separación definitiva de la Carrera
Judicial. La Comisión les ha aplicado el supuesto previsto en el
artículo 417.9 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ),
que define como falta muy grave «la desatención o el retraso
injustificado y reiterado en la iniciación, tramitación de
procesos y causas o en el ejercicio de cualquiera de las competencias judiciales».
Esta decisión contó con el visto bueno de todos los miembros
de la Comisión: el vicepresidente del CGPJ, Fernando Salinas (vocal
elegido a propuesta del PSOE), Félix Pantoja (IU), quien en este
caso ha actuado de ponente de la resolución; Adolfo Prego, Fernando
Gutiérrez-Alviz (ambos a propuesta del PP), y Agustín Azparren
(vocal de consenso entre el PP y el PSOE).
Suspensión cautelar
A pesar de ello, el órgano disciplinario eludió
iniciar de oficio los trámites de suspensión cautelar
que permite la Ley en los casos de faltas muy graves. El artículo
424 de la LOPJ establece que «la Comisión Disciplinaria
del CGPJ, por propia iniciativa, oído el instructor delegado o
a propuesta de éste, previa audiencia del juez o magistrado contra
el que se dirige el expediente y del Ministerio Fiscal, puede acordar
cautelarmente la suspensión provisional del expedientado por un
periodo máximo de seis meses, cuando aparezcan indicios racionales
de la comisión de una falta muy grave». De este modo, y a la
espera de que la Sala Segunda del Tribunal Supremo decida si admite o no
a trámite la querella por prevaricación presentada por la
Fiscalía contra los magistrados de la Sección IV, la Comisión
Disciplinaria ha dejado al instructor, «de momento», la iniciativa
de solicitar la suspensión cautelar de los jueces expedientados.El
presidente de la Sala de lo Civil del Supremo, Ignacio Sierra, será
el encargado de instruir el expediente disciplinario. Sierra deberá
llamar a declarar a Cezón, López Ortega y Ollero (que podrán
acudir acompañados por un abogado), y a cuantas personas considere
oportuno para aclarar los hechos, así como recabar el correspondiente
informe de la Fiscalía.
Pliego de cargos
El instructor no tiene plazo para presentar, en su caso, un
pliego de cargos, aunque si no formula su propuesta de resolución
al Consejo antes de seis meses debe justificar ante el órgano
de gobierno de los jueces la demora. La sanción que corresponde
a un juez por una falta muy grave es el traslado forzoso de destino, la
suspensión temporal de hasta tres años, o la separación
definitiva (expulsión) de la Carrera Judicial. Antes de que se
tramite el expediente, y a la vista de que la Comisión Disciplinaria
no quiere abordar en este momento la suspensión cautelar, Ignacio
Sierra puede proponer la suspensión cautelar si así lo
estima oportuno y atendiendo a la gravedad de los hechos. Si así
fuese, debería contar antes con la opinión de los afectados
y del fiscal, aunque esta opción parece hoy por hoy poco probable.En
cambio, en el caso de que la Sala Segunda del Tribunal Supremo admita
a trámite la querella por la vía del procedimiento abreviado,
el Consejo General del Poder Judicial suspendería de forma cautelar
a los jueces de la Audiencia.Además, si el Consejo estima que la
investigación penal coincide con los supuestos analizados por el
CGPJ, la vía disciplinaria quedaría en suspenso hasta que
el Supremo se pronunciase definitivamente sobre la querella.Fuentes del
Consejo señalaron ayer que la Comisión no ha tenido en cuenta
la liberación del «narco», ya que no puede entrar en
el fondo de las resoluciones jurisdiccionales, sino en las circunstancias
en las que se produjo tal decisión.
jue, 17/01/2002
El Supremo confirma la inhabilitación por 10 años del juez
Santiago Raposo
Barcelona
El Tribunal Supremo ha condenado a 10 años de inhabilitación
al magistrado de la Audiencia de Barcelona
Santiago Raposo
por prevaricar al archivar una causa por delito fiscal contra Jaime Sentís,
el denunciante del caso Casinos (financiación irregular de Convergència
Democràtica). La sentencia confirma íntegramente la que dictó
en noviembre de 1999 el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña
(TSJC), en la que se condenó a Raposo a 365.000 pesetas de multa y
a la pérdida definitiva del cargo de presidente de la Sección
Octava de lo Penal de la Audiencia de Barcelona, que había ocupado
durante 10 años.
Miguel Capuz, abogado de Raposo, anunció ayer que recurrirá
ante el Tribunal Constitucional al considerar que los magistrados catalanes
que condenaron a Raposo están contaminados porque en su día
formaron parte de la Sala que admitió a trámite la querella
del fiscal con la que se inició el proceso penal. Inicialmente también
estuvieron acusadas las dos jueces que formaban parte del mismo tribunal,
pero fueron exculpadas antes del juicio. Frente al argumento de la defensa,
el Supremo considera que los jueces del TSJC 'se han conducido con una cuidadosa
y exquisita asepsia valorativa' porque en la intervención que tuvieron
previa al juicio nunca se pronunciaron sobre la culpabilidad del acusado.
El caso archivado por Raposo se remonta a noviembre de 1994, cuando la fiscalía
se querelló contra Sentís por un supuesto delito fiscal que
ascendía a 500 millones de pesetas. Un juez de Barcelona concluyó
la investigación y el caso estaba a punto de juzgarse. Pero la defensa
presentó un recurso de queja ante la Audiencia argumentando que aquél
había prescrito y el tribunal presidido por Raposo lo archivó,
aunque meses antes acordó lo contrario en un caso similar.
Jueves, 20/12/2001
El CGPJ impone una multa de 600.000 pesetas al juez Navarro
Estevan por un artículo en
La Comisión Disciplinaria del Consejo General del Poder
Judicial (CGPJ) impuso hoy dos multas de 300.000 pesetas cada una al
juez Joaquín Navarro Estevan por el contenido de un artículo
que publicó en la revista "Ardi Beltza" (Oveja Negra, en vasco),
dirigida por el periodista Pepe Rei, procesado por el delito de integración
en ETA por el juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón.
Fuentes del Consejo informaron a Europa Press que la Comisión
Disciplinaria ha considerado a Navarro autor de una infracción
del artículo 418 de la Ley Orgánica del Poder Judicial,
que castiga la falta de respeto a un superior en el orden jerárquico,
dirigir felicitaciones o censurar por sus actos a los poderes públicos
y la desconsideración respecto de los miembros del Ministerio
Fiscal. El CGPJ abrió un expediente por este artículo
tras recibir una denuncia directa de la Fiscalía.
Navarro Estevan, que es presidente del Sección Décima
de la Audiencia Provincial de Madrid, tiene pendiente otro expediente
disciplinario por la comisión de otra falta grave, al decir, en
una entrevista concedida al diario "Gara", que unas declaraciones del
presidente del Gobierno, José María Aznar, eran "propias
de un terrorista", y sostener que el anterior ministro del Interior, Jaime
Mayor Oreja, actuaba en connivencia con el juez Baltasar Garzón.
Dicho espediente está paralizado mientras el juzgado
Central de Instrucción número 1 de la Audiencia Nacional,
cuyo titular es el juez Guillermo Ruiz Polanco, tramita las diligencias
a raíz de una querella presentada por la Fiscalía por los
mismos hechos, que considera constitutivos de dos delitos de injurias
y calumnias contra las Instituciones del Estado. La paralización
de dicho expediente responde a que la tramitación del proceso penal
tiene preferencia con respecto al iniciado por el CGPJ, de carácter
administrativo.
Navarro Estevan ya fue multado con 600.000 pesetas hace dos
años por el Consejo del Poder Judicial, por otros artículos
de prensa en los que atacó al juez Baltasar Garzón y a
magistrados de la Sala Segunda del Supremo por su postura en relación
al caso de Javier Gómez de Liaño. El Supremo, ante quien
recurrió Navarro, confirmó la sanción.
Sabado, 19/01/2002
Los querellados declararán ante el juez instructor
antes de un mes
Los tres magistrados querellados declararán en breve
ante el juez instructor Julián Sánchez Melgar, que tiene
un mes de plazo, según el artículo 324 de la Ley de Enjuiciamiento
Criminal, para tratar de concluir el sumario. Sin embargo, es probable
que el trámite se dilate, ya que el Supremo debería resolver
primero el previsible recurso de los magistrados contra la admisión
de la querella.
Los tres querellados también tendrán que declarar
ante el instructor del expediente disciplinario, Ignacio Sierra, presidente
de la Sala de lo Civil del Supremo, ya que tras la modificación
de la Ley Orgánica del Poder Judicial en 1995, la admisión
de la querella no paraliza el expediente disciplinario hasta que el instructor
formula su propuesta a la Comisión Disciplinaria del Consejo
General del Poder Judicial (CGPJ).
Sólo en ese momento el expediente disciplinario quedaría
'congelado' a la espera de la resolución de la causa penal
y sólo sería activado de nuevo en caso de absolución,
puesto que si los magistrados fueran condenados no podrían ser
sancionados por los mismos hechos en otra vía, como la disciplinaria.
La decisión del Supremo abre la posibilidad de que el
CGPJ pueda suspender en sus funciones de jueces a los tres magistrados.
Fuentes de la Sala Segunda estimaban que la suspensión no era
procedente por el momento, ya que lo único que dice la admisión
de la querella es que debe investigarse si hay delito y que además
se ha iniciado un sumario y no un procedimiento abreviado, por lo que
se entiende que el procedimiento se dirigirá realmente contra los
jueces querellados si se dictase auto de procesamiento.
Así se hizo en el caso del juez Javier Gómez
de Liaño, aunque algunos vocales conservadores del Consejo General
del Poder Judicial sostienen que la mera admisión a trámite
es causa suficiente para la suspensión de los jueces.
En cualquier caso, esta circunstancia será estudiada
este lunes en la Comisión Permanente del organismo, aunque no
podrá decretar la suspensión, porque es una función
que corresponde al pleno.
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Miercoles, 02/01/2002
El Poder Judicial prepara una campaña institucional
para «lavar» su imagen
Los tribunales son la institución peor valorada por
los españoles, sólo superada en rechazo por los partidos
políticos. El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) está
decidido a lavar su cara en el 2002. Para ello estudia encargar una campaña
institucionalsimilar a la que utilizó el Ministerio de Defensa
para fomentar el Ejército profesional.El pasado 20 de diciembre,
el Consejo acordó crear una comisión de Comunicación
Social -algo totalmente novedoso en los veintiún años
de historia de esta institución-, integrada por tres vocales
del bloque conservador, pertenecientes a la Asociación Profesional
de la Magistratura, y otros dos del progresista, miembros de Jueces
para la Democracia.Los vocales del CGPJ reconocen el efecto pernicioso
que han tenido casos como los de los ex-jueces Javier Gómez de
Liaño y Pilar Ramírez, algunas sentencias sorprendentes
sobre la violencia doméstica y agresiones sexuales, o las recientes
resoluciones de la Audiencia Nacional sobre el entorno de ETA o el narcotráfico.Por
este motivo, el primer paso será potenciar la «apariencia
exterior» del propio Poder Judicial mediante anuncios -en prensa,
radio, televisión o mobiliario urbano- como los que sirvió
a Defensa para que la gente dejara de ver el Ejército como una
institución oscura y cerrada. Cada campaña anual tuvo
un coste medio de 2.100 millones de pesetas (12.621.254,19 euros).En
esta ocasión no se trata de lograr más aspirantes a jueces
y magistrados, sino de cambiar las impresiones que han llevado a España
al cuarto lugar por la cola en la evaluación del funcionamiento
de la Justicia en la UE, sólo superada por Italia, Francia y Bélgica.
Corporativismo
Uno de los problemas a solventar es la acusación de
corporativismo en la carrera judicial. El 59 por ciento de los españoles
cree que cuando un juez comete un delito es tratado de manera más
benévola. Desde el Parlamento se ha pedido ya mayor rigor disciplinario
al CGPJ, tras mostrar su «preocupación» por el archivo
de la mayoría de expedientes abiertos en este órgano por
posibles irregularidades.La campaña prevé encuentros periódicos
con asociaciones de consumidores, sindicatos y otros colectivos. El
servicio de reclamaciones del Consejo extenderá su alcance a
todas las autonomías a través de los Tribunales Superiores
de Justicia.
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Jueves, 18/10/2001
El Poder Judicial vuelve a suspender por seis meses al juez
Luis Blánquez
Expedientado por tres posibles faltas muy graves
La Comisión Disciplinaria del Consejo General del Poder
Judicial (CGPJ) ha acordado suspender provisionalmente de sus funciones
por un máximo de seis meses al presidente de la Sección
Segunda de la Audiencia Provincial de San Sebastián, Luis Blánquez.
El órgano de gobierno de los jueces ha adoptado esta medida cautelar
mientras se resuelve el expediente que abrió al magistrado en
septiembre por la posible comisión de tres faltas muy graves al
dictar una sentencia relacionada con el Alarde de Irún. El CGPJ
pidió además a la Fiscalía que investigue si el juez
pudo cometer un delito con su actuación, pero ésta aún
no se ha pronunciado.
Es la segunda vez que Blánquez es suspendido cautelarmente
de sus funciones por el órgano de gobierno de los jueces debido
a la instrucción de un expediente disciplinario. En la anterior,
en 1999, pasó seis meses suspendido mientras se resolvía
la instrucción por desvelar supuestamente información
secreta, que concluyó con una multa de 250.000 pesetas que le
impuso el CGPJ.
La Ley Orgánica del Poder Judicial establece que este
tipo de medidas cautelares no pueden durar más de seis meses.
Si pasado este periodo el instructor del expediente, el presidente del
Tribunal Superior navarro, Rafael Ruiz de la Cuesta, no lo hubiese resuelto,
el CGPJ levantaría la suspensión.
Fuentes del Poder Judicial subrayaron que no se trata aún
de una sanción, sino de una suspensión provisional mientras
se tramita el expediente. La medida se ha tomado, según dichas
fuentes, vista 'la posible calificación' de los hechos que se
imputan al juez 'como faltas muy graves'. La Fiscalía se pronunció
en contra de esta suspensión, que se ejecutó ayer.
El instructor tendrá ahora que dilucidar si el magistrado
incurrió o no en una falta muy grave por presionar al resto de
los componentes del tribunal cuando tuvo que dictar una sentencia sobre
el Alarde, en la que la opinión de Blánquez, pese a ser
el ponente, quedó al final en minoría. Tendrá que
aclarar también si el juez cometió otras dos faltas por
desvelar los secretos de las deliberaciones de sus compañeros y
desatender sus funciones.
El CGPJ acordó hace días archivar otros dos expedientes
abiertos en marzo al propio Blánquez y a la magistrada de su
Audiencia Coro Cillán. A ambos no se les llegó a suspender
en este caso.
Martes, 12/06/2001
La Comisión Disciplinaria del CGPJ propone suspender
3 meses a un juez por no motivar intervenciones telefónicas
La Comisión Disciplinaria del Consejo General del Poder
Judicial elevó hoy al Pleno de este organismo la propuesta de
suspender durante tres meses en sus funciones al juez Francisco de Borja
Derqui-Togores de Benito, al entender que cometió una falta muy grave
por no motivar las órdenes de intervenciones telefónicas
en una operación antidroga, lo que provocó la anulación
de dichas diligencias.
Según informaron a Europa Press fuentes del CGPJ, la
Comisión ha entendido que Derqui-Togores, que cuando ocurrieron
los hechos era magistrado de Primera Instancia e Instrucción
de Irún (Guipúzcoa), es responsable de una falta muy
grave de desatención de sus funciones.
La propuesta es compartida por el instructor del expediente
y por la Fiscalía, aunque la última palabra sobre la
sanción la tendrá el Pleno del Consejo en una próxima
reunión, al tratarse de una falta muy grave.
Según la Comisión Disciplinaria, este juez, actualmente
destinado en la provincia de Cádiz, cometió la falta
de no motivar resoluciones que limitaban derechos fundamentales, como
son las intervenciones telefónicas, en una investigación
de narcotráfico que realizaba la Policía española
en colaboración con la francesa. Su actuación provocó
la anulación de sus resoluciones, con el consiguiente perjuicio
para la operación contra el tráfico de drogas en marcha,
según las mismas fuentes.
mié, 28/02/2001
La Justicia investiga la sentencia que colocó al borde de la quiebra
a Aresbank
Analiza el parentesco de un abogado y el ex presidente de la sala
Nota: Por su posible interés jurídico, hemos
publicado completa la sentencia del TRIBUNAL SUPREMO. SALA DE LO CIVIL Excmos.
Sres.: D. Jesús Marina Martínez-Pardo
D. Luis Martínez-Calcerrada
y Gómez
D. José Menéndez Hernández
en http://www.cita.es/aresbank
El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha abierto una investigación
a petición de los empleados de
Aresbank
para comprobar si pudo haber alguna relación entre el presidente
de la sala del Tribunal Supremo,
Gumersindo Burgos Pérez
, y uno de los abogados integrados en el despacho que asumió la defensa
de Daylong Island Española,
Luis G. Burgos Ruiz
. La citada sociedad ganó una demanda en el Supremo, por la que posteriormente
un juzgado de Marbella impuso una fianza de 13.300 millones a
Aresbank
, que hizo temblar sus cimientos financieros. La defensa del banco asegura
que el abogado es hijo del magistrado, lo que pudo influir en la sentencia
condenatoria del Supremo. No obstante, cuando se produjo esta sentencia la
presidencia de la citada sala había sido traspasada de
Gumersindo Burgos
a Ignacio Sierra
.
El CGPJ admitió a trámite el pasado lunes esta denuncia en
un escrito redactado por la jefa de la sección de informes,
Celima Gallego Alonso
, en la que se señala textualmente que «ha sido elevado a la
comisión disciplanaria del CPJ para su estudio y tramitación»
la denuncia. La demanda, respaldada por el conjunto de la plantilla de la
entidad financiera, solicitaba el inicio de esta investigación «en
defensa de los intereses que nos asisten como empleados de Aresbank, cuya
subsistencia se está poniendo en grave peligro por la sentencia de
la Sala Primer del Tribunal Supremo».
Como consecuencia de esta sentencia, un juez de Marbella impuso a
Aresbank
una fianza de 13.300 millones de pesetas para hacer frente a las posibles
responsabilidades que pudieran derivarse del caso, imposición que
colocó al banco en una situación crítica al absorber
prácticamente todos sus recursos propios.
Rebaja del aval
El Magistrado rebajó con posterioridad esta cuantía a 4.700
millones, lo que ha permitido restablecer el equilibrio patrimonial después
de una ampliación de más de 5.000 millones aprobada por los
socios. No obstante, los socios de la entidad discrepan todavía sobre
la viabilidad del banco, ya que los accionistas árabes -los bancos
públicos de Kuwait y Libia y el Credit Populaire Algerie- apuestan
por su continuidad, mientras que los españoles -BBVA, BSCH, Atlántico
y SEPI- piden su liquidación. Además, se da la circunstancia
que el juez marbellí,
Antonio Ruiz Guillén
, ha sido trasladado a un juzgado de Sevilla a petición propia. La
defensa de Aresbank teme que el nuevo juez sea designado de oficio y vuelva
a elevar la fianza. La finca La Resinera, objeto de litigio, está
valorada en más de 8.000 millones, según los peritos de los
demandantes y en menos de 2.600 millones por los de
Aresbank
.
Nota: Por su posible interés jurídico, hemos
publicado completa la sentencia del TRIBUNAL SUPREMO. SALA DE LO CIVIL Excmos.
Sres.: D. Jesús Marina Martínez-Pardo
D. Luis Martínez-Calcerrada
y Gómez
D. José Menéndez Hernández
en http://www.cita.es/aresbank
Sabado, 17/02/2001
Funcionarios judiciales y procuradores salen en defensa de la
juez expedientada por el asesinato de mar Herrero
Aseguran que el CGPJ la utiliza como 'cabeza de turco' y que
ha emprendido 'una campaña de acoso y derribo contra esta magistrada'
ALCOBENDAS, 16 (EUROPA PRESS) El colectivo judicial que presta servicio
en la sede de los Juzgados de Alcobendas (Madrid) y la delegación
en esta localidad del Colegio de Procuradores de Madrid han hecho públicos
sendos comunicados en los que exponen su rechazo ante las noticias aparecidas
en diversos medios de comunicación sobre el expediente abierto
a la magistrada Carmen Iglesias Pinuaga, titular del Juzgado número
5 de Alcobendas, en relación con el asesinato de la joven Mar Herrero.
El magistrado juez-decano de Primera Instancia e Instrucción
número 6 de Alcobendas, en el que se han recibido las comunicaciones
de solidaridad con la juez, al informar de este hecho señala
que 'se ha dado cuenta igualmente al propio órgano de gobierno
de los jueces y al Tribunal Superior de Justicia de Madrid'.
LOS AGENTES JUDICIALES RECHAZAN 'EL LINCHAMIENTO MORAL' En el
escrito de los agentes judiciales, tras rechazar de manera rotunda
'el linchamiento moral y difamatorio de que está siendo objeto
la citada por los medios', dejan constancia de su 'consideración
personal y profesional hacia la tarea desempeñada a diario y durante
su estancia en estos Juzgados por parte de la antedicha juez, habiendo
acreditado sobradamente su humanidad en el ejercicio de sus funciones,
así como su interés y dedicación en las tareas jurisdiccionales
tanto en relación con los profesionales y personal de los Juzgados
así como con el público en general'.
Asimismo, 'y con absoluto respeto hacia las tareas gubernativas
que el Consejo General del Poder Judicial desarrolla', expresan su
preocupación ante 'loa hechos por todos conocidos' (el expediente
abierto a la juez tras el asesinato de Mar Herrero), con la convicción
de que 'se está utilizando a la citada magistrada-juez como cabeza
de turco ante un gravísimo problema social como es el de la violencia
doméstica respecto del cual, y pese al tiempo transcurrido, se
siguen sin adoptar las medidas legislativas y de medios materiales y personales
que permitan otorgar a la Justicia instrumentos eficaces para resolver
o paliar dicho problema de manera efuicaz dando protección inmediata
a las víctimas de tal violencia'.
LOS PROCURADORES ACUSAN AL CGPJ DE 'ACOSO Y DERRIBO' Por su
parte, los procuradores, expresan asimismo su solidaridad con la juez
expedientada y aseguran en su escrito --remitido a Europa Press-- que
'como representantes de los ciudadanos ante la Administración
de Justicia, reconocemos el buen hacer de esta magistrada (Carmen Iglesias
Pinuaga), que ha acreditado siempre su profesionalidad y dedicación
al trabajo, al tiempo que demuestra cada día su preocupación
por el justiciable y sus derechos'.
Los firmantes del escrito dejan constancia de su malestar con
el Consejo General del Poder Judicial, 'que ha emprendido una inusitada
campaña de acoso y derribo contra esta magistrada -siguen diciendo-,
demostrando así una vez más su inoperancia en el gobierno
de la Justicia'.
Y añaden que dicho CGPJ, 'lejos de aportar soluciones
a la problemática judicial, dedica su esfuerzo a acallar conciencias,
denostando y persiguiendo a los buenos profesionales, sin afrontar
el grave problema de la violencia doméstica, al que doña
Carmen Iglesias ha dedicado y dedica su tiempo y esfuerzo en cuantos
procedimientos de esta índole instruye en el Juzgado del que
es titular'.
FALTA MUY GRAVE Como se recordará, la Comisión
Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) apreció
la comisión de una falta disciplinaria muy grave en la actuación
de la citada juez por desoir la docena de denuncias que interpuso la
joven Mar Herrero contra su novio poco antes de ser asesinada presuntamente
a manos de él, el 13 de octubre de 1999.
Según explicó en rueda de prensa el portavoz del
CGPJ, Benigno Varela, la Comisión Disciplinaria acordó
devolver el expediente de la juez Iglesias a la magistrada que lo ha
instruido para que formule una nueva propuesta de sanción que tenga
en cuenta que la falta cometida es muy grave, castigada por tanto con
traslado forzoso de destino, suspensión como juez con hasta tres
años, o separación definitiva de la carrera. La decisión
final, al tratarse de una falta muy grave, corresponderá al Pleno
del CGPJ.
El dato que inclinó a la Comisión a considerar
muy grave la falta cometida es que, supuestamente, la juez Iglesias
no atendió las denuncias de la víctima y su madre en los
días anteriores al crimen, cuando la joven Mar Herrero no sólo
había recibido amenazas telefónicas de su ex novio sino
que éste incluso la había seguido por la calle.
Según la Comisión, la juez Iglesias ha cometido
presuntamente una falta muy grave del artículo 417.9 de la Ley
Orgánica del Poder Judicial, que sanciona 'la desatención
o el retraso injustificado y reiterado' en la tramitación de
causas o en el ejercicio de cualquier competencia judicial. Los padres
de Mar Herrero presentaron una queja ante el CGPJ por la actuación
de la juez de Alcobendas y contra la juez de Vigilancia Penitenciaria
número 1 de Madrid, Reyes Jimeno, aunque no se ha encontrado responsabilidad
en esta última, por lo que ha archivado su caso.
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Viernes, 22/12/2000
El CGPJ abre diligencias para analizar la biografía sobre
el juez Baltasar Garzón La Comisión Disciplinaria estudiará
si hay motivos para sancionar al magistrado
La Comisión Disciplinaria del Consejo General del Poder
Judicial (CGPJ) acordó ayer, por unanimidad, iniciar unas diligencias
informativas respecto del juez Baltasar Garzón, para analizar
si las declaraciones que este magistrado ha realizado en un libro que
la periodista Pilar Urbano ha escrito sobre él, pueden ser motivo
para imponerle una sanción disciplinaria.
El pasado 12 de diciembre, la Sala de Gobierno de la Audiencia
Nacional expresó su rechazo hacia unas declaraciones que había
realizado el presidente de la Junta de Extremadura, Juan Carlos Rodríguez
Ibarra.
El presidente extremeño, tras leer en varios periódicos
algunos capítulos del libro titulado Garzón, el hombre
que veía amanecer, intervino en el VII Congreso Regional del
PSOE de Extremadura y afirmó: «No es posible que la libertad
de hombres y mujeres, y ahora de muchachos de 14 años [en referencia
a la próxima entrada de la Ley del Menor] esté en manos
de esa cueva de prevaricadores y conspiradores que están en la
Audiencia Nacional».
.
Rodríguez Ibarra .
Pero también dijo que hacía esas afirmaciones
tras haber leído lo que Garzón cuenta en ese libro, lo
que motivó que la Audiencia Nacional remitiera su acuerdo al
CGPJ.
Al recibir ese escrito, el presidente del Consejo General del
Poder Judicial (CGPJ), Javier Delgado, ordenó al Servicio de
Inspección de este órgano de Gobierno de los jueces que
estudiara las declaraciones realizadas por Garzón en esa biografía.
Y ayer, con esa «información previa» en sus manos,
los miembros de la Comisión Disciplinaria acordaron la apertura
de unas diligencias informativas, «a los efectos de recabar y analizar
documentación» en relación con el polémico
libro.
El magistrado Baltasar Garzón no quiso comentar ayer
esta decisión del CGPJ pero, según fuentes de su entorno,
le molestó que el órgano de gobierno de los jueces incoe
unas diligencias informativas por un libro que tiene una autora concreta
y que no ha escrito él.
Sin embargo, fuentes jurídicas indicaron a este periódico
que algunas de las declaraciones que la periodista autora del libro
atribuye a Garzón van más allá de lo que debe declarar,
en un caso como éste, un miembro de la carrera judicial. A partir
de este acuerdo, será el Servicio de Inspección del CGPJ
el encargado de llevar a cabo esas diligencias informativas.
El inspector a quien corresponda esta tarea tendrá que
comprobar, primero, si las afirmaciones que figuran en el libro atribuidas
a Garzón suponen la revelación por su parte de datos
que no pueda contar un juez. Además, tendrá que comprobar
si esas manifestaciones efectivamente las ha realizado él.
.
Expediente o archivo .
El informe que elabore ese departamento será entregado
a la Comisión Disciplinaria, con una propuesta: o bien la apertura
de un expediente disciplinario al juez Garzón, si de ese estudio
se desprende que ha cometido alguna falta disciplinaria, o bien el archivo
en el caso de que no se encuentre ninguna irregularidad.
Aunque Garzón prefiere no pronunciarse sobre la polémica
que ha levantado su biografía, el miércoles declaró
a Onda Cero que, aunque él ha colaborado «de forma intensa
y extensa» durante un par de años en la elaboración
de la obra, el libro lo ha escrito la periodista y no él.
Dijo estar «absolutamente tranquilo» y explicó
que no ha recibido «un solo duro» por colaborar en este
libro, ya que con su sueldo de 540.000 pesetas al mes viven él
y su familia.
En esas declaraciones, Garzón también rechazó
las críticas de Rodríguez Ibarra hacia los miembros de
la Audiencia Nacional, un tribunal que, en su opinión, está
prestando «altos y arriesgados servicios en la judicatura española
y que, con todos los defectos que podamos tener, lo hace dignamente».
.
APOYO Pilar Urbano lo exculpa MADRID.- La periodista Pilar Urbano
se declaró ayer «autora única y total» del
libro Garzón, el hombre que veía amanecer.
En un escrito dirigido al presidente del Consejo, Javier Delgado,
Pilar Urbano se muestra «sorprendida» por la apertura de
diligencias para averiguar si el juez incurrió en materia disciplinaria
o desveló secretos de sumarios instruidos por él, y se
pone a disposición de este órgano «a fin de aclararles
cuantas dudas tengan sobre la colaboración» que Garzón
le prestó para el libro.
La periodista afirma que el magistrado le puso como única
condición no facilitarle datos, ni documentos, ni contenidos
de sumarios que estuviese instruyendo o hubiera instruido y asegura que
las informaciones que aparecen en el libro sobre estos asuntos las obtuvo
de fuentes «muy distintas y distantes, pero ninguna del Juzgado
Central número 5», cuyo titular es Baltasar Garzón.
Añade que el libro «no es como se dice en algunos
medios una biografía autorizada. Es una biografía de la
que soy autora única y total, material y moral».
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Martes, 05/12/2000
El Poder Judicial expedienta a dos jueces por presunta prevaricación
e injurias al Gobierno El CGPJ remite las actuaciones al fiscal por
si Ruiz Polanco y Navarro han delinquido
El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) acordó ayer
abrir expediente a los jueces Guillermo Ruiz Polanco y Joaquín
Navarro y remitir las actuaciones al fiscal general del Estado por si
hubieran incurrido en los delitos de prevaricación e injurias
al Gobierno, respectivamente.
Según informó el portavoz del CGPJ, Benigno Varela,
la Comisión Disciplinaria de este órgano acordó
ayer por unanimidad abrir expediente disciplinario al juez de la Audiencia
Nacional Guillermo Ruiz Polanco por la posible comisión de una
falta muy grave referida a la inobservancia del deber de abstención,
a sabiendas de que concurre alguna de las causas legalmente previstas.
El pasado 12 de junio, Ruiz Polanco dejó en libertad
bajo fianza de 25 millones de pesetas al presunto narcotraficante Alfredo
Cordero, después de que éste designara como defensor al abogado
Javier Morales, con el que el magistrado supuestamente mantenía
una relación de amistad desde que ejercía como juez de
menores en Pamplona, motivo por el que fue recusado por la Fiscalía
Antidroga.
Aunque el servicio de inspección del CGPJ propuso el
archivo, la Comisión Disciplinaria acordó abrir un expediente
que será instruido por el presidente de la Sala de lo Contencioso-Administrativo
de la Audiencia Nacional, Eduardo Calvo, y que puede acarrear a Ruiz
Polanco la suspensión temporal por un plazo de hasta tres años,
el traslado forzoso o la separación del servicio.
Al mismo tiempo, el CGPJ acordó remitir las actuaciones
al fiscal general del Estado «a los efectos penales oportunos»,
ante la existencia de indicios de que el juez pudiera haber cometido
un delito de prevaricación.
En cuanto a Joaquín Navarro, magistrado de la Audiencia
Provincial de Madrid, la comisión disciplinaria acordó
ayer, también por unanimidad, abrirle un expediente por dos faltas
graves del artículo 418.3 de la Ley Orgánica del Poder
Judicial (LOPJ), que prohíbe a los jueces dirigir a los poderes,
autoridades o funcionarios públicos felicitaciones o censuras
por sus actos.
En este caso, el CGPJ ha seguido la recomendación de
su servicio de inspección en relación con unas declaraciones
de Navarro al diario Gara (el sucesor de Egin) en relación con
el presidente del Gobierno, José María Aznar, y con el ministro
del Interior, Jaime Mayor Oreja.
En una entrevista, y a la pregunta: «Aznar justificó
la nueva Ley del Menor diciendo que 'un terrorista es siempre un terrorista,
aunque sea un menor'. ¿Qué opina usted de esa aseveración?»,
el juez respondió: «Esa afirmación es propia de
un terrorista, y además es convertir al Estado en terrorista».
.
«Ni idea de Derecho» .
«Es una gran barbaridad y propio de un señor que
no tiene ni idea de lo que es el Derecho», añadió
Navarro en aquella entrevista al diario de la izquierda abertzale vasca.
Navarro también declaró en esa ocasión
que el magistrado de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón es
«un juez que se lo inventa casi todo», por lo que la Comisión
Disciplinaria del CGPJ le ha abierto diligencias por la posible comisión
de una falta leve del artículo 419.2 de la LOPJ, referida a la «desatención
o desconsideración con iguales o inferiores en el orden jerárquico».
Navarro criticaba a Garzón por la investigación
sobre el entramado terrorista ETA-KAS, y afirmaba que entre el magistrado
y el ministro del Interior, Jaime Mayor Oreja, existe una «unidad
hipostática».
Según la LOPJ, las faltas graves pueden ser castigadas
con multa de 50.000 a 500.000 pesetas, y las leves con advertencia
y multa de hasta 50.000 pesetas.
La Comisión Disciplinaria acordó también
en este caso remitir las actuaciones al fiscal general del Estado «a
los efectos penales oportunos en relación con el artículo
504 del Código Penal».
Ese artículo se refiere a quienes «calumnien, injurien
o amenacen gravemente» al Gobierno, el CGPJ, el Tribunal Constitucional,
el Tribunal Supremo o los órganos de gobierno y tribunales de
las comunidades autónomas. Este delito se castiga con la pena
de multa de 12 a 18 meses.
.
APOYO El juez que se encaró al etarra La Sala de Gobierno
de la Audiencia Nacional ya abrió un expediente disciplinario
al juez Guillermo Ruiz Polanco el pasado 13 de noviembre, por considerar
que la respuesta que dio a un etarra que lo amenazó («Si
yo no fuera juez y usted no estuviera esposado, le daría dos hostias»,
le dijo) puede ser constitutiva de una falta disciplinaria leve.
El juez respondió con esa frase a Harriet Iragi Gurrutxaga
cuando éste se negó a declarar, el pasado 31 de octubre.
El presunto etarra añadió que tanto el juez como el fiscal
y la secretaria judicial estaban entre los objetivos de la banda terrorista.
Tras estudiar el caso, la Sala de Gobierno consideró
que esos hechos podrían considerarse una falta leve por parte
del juez Ruiz Polanco, que puede ser castigada con una advertencia o
multa de hasta 50.000 pesetas, o con ambas cosas a la vez.
Este expediente será instruido por la presidenta de la
sección tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo
de la Audiencia Nacional, María Asunción Salvo Tambo.
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Sabado, 08/04/2000
El Poder Judicial investigará la labor de Armengol en
el «caso Brouard»
El juez instructor pedirá amparo al CGPJ y denuncia una
«campaña» contra él
La Comisión Disciplinaria del Consejo General del Poder
Judicial (CGPJ) analizará si el juez instructor del caso Brouard,
José Luis González Armengol, ha incurrido en alguna infracción
durante la instrucción, según informaron a Europa Press
fuentes del Poder Judicial.
El CGPJ tendrá que estudiar este tema después
de que el fiscal jefe Anticorrupción, Carlos Villarejo, haya
remitido al máximo órgano de Gobierno de los jueces la
denuncia presentada por la ex esposa del abogado José Emilio Rodríguez
Menéndez contra el magistrado instructor.
Laura Fernández, como informó EL MUNDO, mantiene
que, con la mediación de su ex marido, el juez González
Armengol aceptó poner el caso Brouard al servicio de los intereses
de los ex responsables de Interior José Barrionuevo y Rafael Vera.
La comisión disciplinaria estudiará, en primer
lugar, si la denuncia tiene fundamento probatorio, con el fin de comprobar
si la conducta del juez instructor del caso Brouard puede constituir
una infracción disciplinaria.
Para ello, el CGPJ abriría diligencias informativas y,
por tanto, la inspección del órgano judicial se encargaría
de la investigación, mientras un magistrado vasco actuaría
como instructor y realizaría un informe.
No obstante, si se apreciara la presunta comisión de
un delito penal, se pondría en conocimiento de la Fiscalía,
para que se encargara del asunto.
El juez, sin embargo, ha respondido a esta iniciativa anunciando
que la próxima semana planteará una petición de
amparo al CGPJ ante la «campaña» que, a su juicio, se
ha orquestado contra él por «determinadas partes que están
en el proceso».
González Armengol recordó que la petición
de amparo es uno de los derechos o facultades que atribuye a la Judicatura
la Ley Orgánica del Poder Judicial en su artículo 14.
El magistrado dijo que recurrirá a ello tras los «numerosos
ataques» de que ha sido objeto a lo largo de la instrucción
del caso del asesinato del dirigente de HB Santiago Brouard.
«Esta no es la primera vez, sino que llevamos ya no sé
cuántas actuaciones a través del mismo medio peridístico»,
añadió el juez, en referencia a este periódico.
Por otro lado, EL MUNDO ha podido saber que las defensas de
los acusados en el caso Brouard presentarán una nueva recusación
contra el juez Armengol, basada fundamentalmente en la denuncia realizada
por la ex esposa de Rodríguez Menéndez.
Ya fue rechazada una recusación contra el juez, pero
varios abogados defensores entienden que los nuevos datos corroboran
su anterior denuncia.
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Jueves, 06/04/2000
El Poder Judicial acepta la dimisión del juez Béjar
El titular de una sección civil presidirá
interinamente la Audiencia de Barcelona SUCESOS
El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) aceptó ayer
la dimisión que había presentado el 20 de marzo el presidente
de la Audiencia de Barcelona, Francisco Javier Béjar, tras ser
sancionado por una falta leve a causa de la suspensión de un juicio
a un violador por falta de jueces para formar el tribunal. El presidente
de la Sección 11 de lo civil de la Audiencia, Joaquín del
Oro Pulido, asumirá el cargo de forma interina hasta que el consejo
nombre un nuevo presidente para los próximos cinco años.
El pleno del máximo órgano de los jueces aceptó
por 12 votos a favor y 8 en contra la renuncia de Béjar. Los
que se opusieron al relevo lo hicieron al estimar que la sanción
no suponía la retirada de confianza al magistrado.
Francisco Javier Béjar renunció a su cargo el
pasado 20 marzo, tras ser amonestado por la comisión disciplinaria
del consejo con una advertencia por 'una falta leve de desconsideración
al ciudadano', cometida el 6 de julio de 1999 al suspenderse la vista.
El Poder Judicial impuso el mismo castigo al magistrado Daniel de Alfonso,
miembro de la Sección Séptima, que no pudo constituir el
tribunal. El presidente de la sala, Fernando Pérez Maiquez, fue expedientado
por el mismo caso, pero finalmente no fue sancionado.
El ya expresidente de la Audiencia de Barcelona comunicó
su dimisión, sin precedentes en la justicia catalana, a través
de un escueto comunicado en el que calificó de 'injusta' la sanción
y anunció que recurriría contra ella al entender que no
había cometido ninguna infracción disciplinaria. En la
nota señaló que 'a los ojos de cualquier persona aparece
que no sólo he faltado a las obligaciones de mi cargo, sino que
también he obrado de modo desconsiderado con los ciudadanos'.
Terna de candidatos
Béjar añadió que, en tales circunstancias,
no debía continuar ocupando el cargo de presidente de la Audiencia
Provincial, 'por razones de propia dignidad y de preservación
del prestigio de la justicia, y porque otra cosa difícilmente podría
ser entendida por los ciudadanos'.
Fuentes judiciales informaron de que en breve saldrá
a concurso la plaza de presidente de la Audiencia y se abrirá
un periodo de 20 días para la presentación de candidaturas.
La comisión de calificación del CGPJ valorará
la lista de candidatos y propondrá una terna al pleno del consejo
de la que saldrá elegido el nuevo titular. Béjar tomó
posesión del cargo en 1996, y su mandato concluía en el
2001.
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Martes, 15/02/2000
UGT denuncia y pide al CGPJ que expediente a una juez de Orihuela
Le acusa de «fomentar» que los funcionarios cometan
«falsedad» y otros delitos por exceso de trabajo
ALICANTE El responsable de Justicia de UGT en la provincia de
Alicante, Juan Pedro Pelegrín, ha presentado una denuncia ante
el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) para que abra un «expediente
disciplinario» a la juez del juzgado de Primera Instancia e Instrucción
de Orihuela, Francisca Martínez Sánchez.
Los funcionarios de este departamento protagonizaron ayer una
pitada frente a la puerta del despacho de la magistrada, en protesta
por la supuesta negativa a reunirse con ellos.
El origen del enfrentamiento, según Pelegrín, surge
en una serie «poco rigurosa» de controles de productividad
efectuados por Martínez Sánchez entre los trabajadores
de su juzgado, en su opinión. Así, menciona que al ponerse
como referente del volumen de actividad deseable, «ella misma dice
que dedica a cada escrito 4,5 segundos», al relatar que, en una ocasión,
revisó 262 escritos en dos horas, además de elaborar un
listado de las providencias y cumplir algunos trámites más.
Por lo tanto, Pelegrín ironizó con que, además de
la denuncia, se la podría proponer «para el libro Guinness
de los récord».
El representante de UGT subraya que la intención primera
del sindicato y de los funcionarios afectados apunta a dotar con más
medios el juzgado, una medida que beneficiaría, en primer lugar,
a la propia juez.
No obstante, entiende que su actitud en las últimas semanas
ha impedido cualquier intento de entendimiento. Y alude a la entrevista
solicitada por su compañera, Rosa María Ferraro Celada,
delegada de UGT, a quien «echó con cajas destempladas de
su despacho, de una forma maleducada y grosera».
En su denuncia ante el CGPJ, Pelegrín argumenta que con
las pretensiones de Martínez Sánchez de que los funcionarios
de este juzgado «pueden hacerlo todo», lo que hace es «fomentar»
que incurran en «varios delitos», entre otros posibles,
la «falsedad en documento público». A la vista de
este comportamiento, UGT sustenta su queja en el «incumplimiento
de las garantías constitucionales exigibles: tutela judicial efectiva
y principio de inmediación», que considera «claramente
vulnerados».
Pelegrín objeta también que la transformación
de este juzgado para que atienda también causas de Lo Penal resulta
inviable. «La juez no tiene el don de la ubicuidad», expone
en su escrito presentado al presidente del CGPJ.
Y alerta del riesgo y el temor que puede suscitar entre los implicados
en causas judiciales saber que la juez actúa con la rapidez
explicada en su plan de trabajo. Por contra, propone que la conversión
de este juzgado debe llevar aparejada la incorporación de otro
juez y de más personal.
Pelegrín acusa también a la secretaria judicial
de «no ejercer debidamente su cometido», como Jefe de Personal.
Asegura que la juez no la ha sometido a los mismos controles de productividad
que al resto de funcionarios y que se ha dejado «suplantar»
por Martínez Sánchez en este proceso.
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27/01/2000
El Poder Judicial decreta la expulsión de la carrera
de la juez decana de Marbella
Por no haberse abstenido en asuntos del Ayuntamiento, con el
que su familia tenía vínculos
El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) acordó ayer
la expulsión de la carrera judicial de la juez decana de Marbella,
Pilar Ramírez Balboteo, por una falta muy grave por no haberse
abstenido de intervenir en causas en las que podía tener un interés
al menos indirecto. El acuerdo fue adoptado por 12 votos frente a nueve,
estos últimos los correspondientes al presidente del CGPJ, Javier
Delgado, los siete vocales afines al PP y el de Coalición Canaria.
A la juez le fue impuesta, por unanimidad, otra sanción de un
año de suspensión de funciones por otra falta muy grave.
El CGPJ acordó la expulsión de la carrera judicial
y la pérdida definitiva de la condición de de juez de Pilar
Ramírez por una falta muy grave por haber intervenido en diligencias
en las que favoreció al Ayuntamiento de Marbella, con el que
familiares de la magistrada habían tenido relaciones representando
a personas o entidades que suscribieron importantes convenios urbanísticos.
En una primera votación, 15 vocales -el presidente Javier
Delgado, los vocales próximos al PP Enrique Arnaldo y Margarita
Retuerto y todos los consejeros afines al PSOE (7), IU (2), CiU(2) y PNV
(1)- votaron a favor de que los hechos constituían una infracción
disciplinaria, mientras que otros seis votaron en contra de que los
hechos pudieran ser objeto de sanción. Éstos últimos
fueron los consejeros Marcelino Murillo, Manuel Damián Álvarez,
Rubén Antonio Jiménez Hernández, Francisco Monterde
y Benigno Varela, todos del sector próximo al PP, y el vocal Rafael
Fernández Valverde, afín a Coalición Canaria.
En una segunda votación, 12 vocales se mostraron a favor
de que la sanción a imponer debía ser la expulsión
de la carrera judicial y nueve se mostraron en contra. El presidente
Javier Delgado y los vocales Retuerto y Arnaldo anunciaron que formularán
una explicación de voto. La semana pasada Arnaldo, integrante
de la comisión disciplinaria votó en el seno de la misma
a favor de imponer a la juez Ramírez una sanción de suspensión
de funciones por tres años en vez de la expulsión definitiva,
por lo que parece que las explicaciones de voto irán en ese sentido.
El portavoz del CGPJ, Benigno Varela, explicó que él
y los otros cinco vocales que no apreciaron infracción 'no habían
querido sancionar unas suposiciones o presunciones más o menos
fundadas' y habían considerado que 'cualquier forma de reproche
de carácter moral o ético no alcanzaba a reunir en los
hechos el tipo disciplinario que se le imputaba' a la juez.
Recurso
La expulsión de la carrera judicial le fue comunicada
telefónicamente a la juez decana. Contra la sanción cabe
recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Supremo, que la
juez interpondrá de inmediato, según fuentes de sus familia.
La falta muy grave del artículo 417.8 de la Ley Orgánica
del Poder Judicial que ha determinado la expulsión de la carrera
judicial de Pilar Ramírez se refiere a la inobservancia del deber
de abstención de la juez en asuntos en los que debía haberse
abstenido.
Del expediente disciplinario se desprende que el padre de la
juez, Juan Ramírez, oficial jubilado de la Administración
de Justicia y el hermano de la magistrada, el abogado Juan Carlos Ramírez
Balboteo, mantuvieron variadas relaciones económicas societarias
con personas que, de una u otra forma, otorgaron convenios urbanísticos
con el ayuntamiento de Marbella.
Juan Ramírez y el hermano de la magistrada realizaron
en Marbella operaciones financieras por más de 100 millones de
pesetas. El hermano sigue siendo administrador único de las sociedades
Giamar, Jucamar 18, Marchagal y es socio o ha actuado como representante
en otras muchas sociedades financieras e inmobiliarias. Entre las personas
con las que se relacionaban los Ramírez están los italianos
Gianni Menino y Felice Cultrera, supuestamente vinculados a intereses mafiosos.
El expediente refleja también el 'ambiente de crispación
social y de rumor constatable en los medios de comunicación sobre
la existencia de relaciones comerciales entre el padre y el hermano
de la juez con el alcalde de Marbella, Jesús Gil'.
El caso Puerto Banús
En ese contexto, en agosto de 1997 la juez Ramírez decretó
de oficio la administración judicial de la empresa Puerto José
Banús y nombró como administración a Antonio Calleja,
persona designada por el Ayuntamiento. La media fue recurrida por el
fiscal y la Abogacía del Estado por considerarla desproporcionada.
El abogado del Estado se quejó también de que se designase
interventor a Antonio Sampietro -que fue concejal de Marbella por el grupo
del alcalde, Jesús Gil, y hoy es el alcalde presidente de Ceuta-
para la defensa de los intereses de los perjudicados, cuando la Abogacía
del Estado ejercía a su vez la acusación contra Sampietro
en una causa por prevaricación y daños. La Audiencia de
Málaga revocó la medida y la sustituyó por una intervención
judicial. Según el CGPJ, la juez incurrió en 'una patente
falta de imparcialidad que sólo puede entenderse si hay intereses
indirectos en la causa'.
La juez también fue sancionada ayer con un año
de suspensión por otra falta muy grave al haber incumplido su
deber de poner en conocimiento del CGPJ las importantes vinculaciones
económicas de su padre y su hermano en Marbella y no haber solicitado
su traslado forzoso, a lo que estaba obligada al tener Marbella menos de
100.000 habitantes.
Esta sanción sólo tendría efectos en el
caso de que el Tribunal Supremo revocase la sanción de expulsión.
Jueves, 27/01/2000
El Pleno del CGPJ expulsa de la carrera judicial a la juez Pílar
Ramírez por 12 votos a 9
Por no abstenerse en una l Pleno del Consejo General del Poder
Judicial acordó hoy, por 12 votos a favor y 9 en contra, expulsar
de la carrera judicial a la magistrada Pílar Ramírez, ex
juez decana de Marbella, como autora de una falta disciplinaria muy grave
consistente en incumplir su deber de abstención en un procedimiento
penal que afectaba al Ayuntamiento marbellí, pese a que sus familiares
tenían vinculaciones económicas con la Corporación.
El acuerdo se adoptó con los votos favorables de los
vocales propuestos por el PSOE, IU, CiU y PNV, y contrarios del presidente
del Consejo, Javier Delgado, los siete vocales elegidos a propuesta
del PP, y el de Coalición Canaria.
De los nueve vocales que votaron en contra, seis de ellos consideraban
que la actuación de la juez Ramírez no constituía
infracción disciplinaria --Marcelino Murillo, Rafael Fernández
Valverde, Benigno Varela, Manuel Damián Alvarez, Ruben Jiménez
y Francisco Monterde--, mientras que los otros tres --Javier Delgado,
Enrique Arnaldo y Margarita Retuerto--, sí estimaban que había
cometido la falta disciplinaria, pero entendían que la sanción
debía ser una suspensión temporal en sus funciones. Estos
tres últimos redactarán previsiblemente una explicación
de su voto.
Los 12 vocales que votaron la separación del servicio
de la juez Ramírez entienden que debió abstenerse en un
procedimiento penal abierto en 1994 derivado de la quiebra de la sociedad
Banús Andalucía La Nueva, que afectaba al Ayuntamiento presidido
por Jesús Gil, con el que sus familiares tenían vinculaciones
económicas.
REPROCHE MORAL Por contra, los 6 vocales que entienden que no
había infracción disciplinaria sostienen, según
explicó en rueda de prensa el portavoz del Consejo, Benigno Varela,
que, pese a que la actuación de Ramírez podría merecer
un reproche moral o ético, no alcanzaba las características
propias del tipo disciplinario que se le ha aplicado, porque no hay pruebas
suficientes de que debió abstenerse, aunque haya suposiciones
más o menos fundadas.
El Consejo comunicó esta misma tarde a la juez Ramírez
su expulsión de la carrera judicial, y mañana transmitirá
el acuerdo al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía para
que lo haga efectivo de forma inmediata. La juez puede presentar contra
la decisión del Consejo recurso ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo
del Tribunal Supremo.
Con anterioridad a la juez Ramírez, y desde 1980, el
Consejo del Poder Judicial sólo ha expulsado de la carrera por
la vía disciplinaria a otros tres jueces: el magistrado del Supremo
Jaime Rodríguez Hermida y el de la Audiencia Nacional Ricardo
Varón Cobos, a ambos en mayo de 1986 por el 'caso Bardelino'
--la irregular puesta en libertad de un mafioso--, y al juez de Leganés
José Manuel Lizasuain, en 1991, por retrasos injustificados.
Sin embargo, el Supremo revocó las decisiones en el caso de
Varón Cobos y Lizasuain, a quien conmutó la sanción
por un año de suspensión.
Además, por la vía de sentencia penal, han sido
separados de la carrera los jueces Luis Pasqual Estevill, Javier Gómez
de Liaño, Joaquín García Lavernia y Carlos Lorenzo
Penalva de Vega.
OTRA SANCION Asimismo, el Pleno acordó por unanimidad
imponer una sanción de un año de suspensión a la
juez Ramírez por una segunda falta muy grave, consistente en
no comunicar al Consejo su incompatibilidad para ejercer en una ciudad
que, como Marbella, tiene más de 100.000 habitantes, y en la que
la familia de la magistrada tiene intereses económicos.
Sin embargo, esta segunda sanción sólo podrá
tener ejecutividad si la juez Ramírez se beneficia de un expediente
de rehabilitación en la carrera judicial, que la Ley prevé,
ya que en caso contrario queda subsumida en la de separación
del servicio.
La sanción de separación del servicio de la juez
fue propuesta por el magistrado instructor del expediente disciplinario,
Juan Ruiz Rico, por la Fiscalía, y por la Comisión Disciplinaria
del propio Consejo del Poder Judicial.
Pílar Ramírez estaba suspendida cautelarmente
en sus funciones por el Consejo desde el pasado 29 de julio.
Durante ese periodo, obtuvo plaza de magistrada en la Audiencia
de Málaga, precisamente en la Sección que enjuiciará
en marzo el 'caso Atlético', en el que está procesado
Jesús Gil y Gil.
Las actuaciones contra la juez se iniciaron a raiz de una denuncia
del fiscal jefe Anticorrupción, Carlos Jiménez Villarejo,
quien relacionó a la familia de la magistrada con el alcalde
de Marbella, y a éste con actividades de mafiosos italianos. |
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Lunes, 24/01/2000
Tres multas contra dos jueces han prescrito por falta de ejecución
del Poder Judicial El juez que absolvió al ATS que besó
los pechos a una paciente no cumplirá la sanción
Madrid
Tres multas impuestas por el Consejo General del Poder Judicial
a dos magistrados en los últimos años han prescrito por
falta de ejecución, según la comisión disciplinaria
del Consejo, que preside el vocal Teófilo Ortega. Dos de ellas,
de 50.000 pesetas cada una, fueron impuestas a Miguel González
Calderón, el juez que absolvió a un ATS, denunciado por
una paciente de 60 añós a la que besó los pechos.
La sentencia consideró difícil que la denunciante despertara
'deseo libidinoso' en el sanitario. La inactividad en la ejecución
permitirá al juez un ahorro de 100.000 pesetas.
Según la comisión disciplinaria del Consejo General
del Poder Judicial (CGPJ), la 'paralización del procedimiento
tendente a su ejecución y el transcurso de al menos un año'
en esa pasividad respecto a la sanción, ha permitido que la escandalosa
sentencia del juez González Calderón, que le acarreó
dos multas por un total de 100.000 pesetas, le resulte gratis. El 20 de
diciembre de 1999, la comisión acordó remitir oficio a la
Agencia Estatal de Administración Tributaria a fin de que dejara
'sin efecto la ejecución por la vía de apremio de dichas
sanciones'.
El origen de las sanciones al magistrado González Calderón
fue la sentencia que dictó en 1991 como juez de lo Penal de Alcalá
de Henares (Madrid), por la que absolvió a un ATS que besó
los pechos de una paciente de 60 años. El juez fundamentó
su decisión en la ausencia de 'deseo libidinoso' en el sanitario,
ya que 'es difícil que la denunciante, actualmente', decía,
'despierte esos instintos en el acusado, ATS que por su profesión
tendría, sin duda y posiblemente a diario, mejores oportunidades'.
Sanitario condenado
El fallo fue revocado por la Audiencia de Madrid, que condenó
al sanitario a cinco días de arresto menor como autor de una falta
y a indemnizar a la víctima con 50.000 pesetas. Pero además,
Clemente Auger, entonces presidente del Tribunal Superior de Justicia
de Madrid, remitió la sentencia al CGPJ.
El 26 de noviembre de 1992, aunque varios vocales propusieron
expulsarle de la carrera por falta muy grave, el CGPJ sancionó
al juez González Calderón con dos multas de 50.000 pesetas:
una por 'falta grave de consideración respecto a los ciudadanos'
y otra por 'falta de respeto a los superiores en el orden jerárquico',
en este caso al presidente Auger. El CGPJ fundamentó la primera
sanción en que el juex se excedió en su sentencia, en la
que incluyó juicios personales 'despectivos' y atentatorios a
'la intimidad, el honor y la propia imagen' de la paciente cuyos pechos
fueron besados por el ATS.
No hubo acuerdo unánime, y seis vocales del sector conservador
-encabezados por el entonces vicepresidente José Luis Manzanares
y los vocales Andrés de la Oliva y Margarita Mariscal de Gante,
hoy ministra de Justicia- discreparon de la resolución sancionadora.
Aunque estos vocales quedaron en minoría, la inactividad
del CGPJ en la ejecución de las sanciones ha hecho que prospere
su criterio, ya que González Calderón no ha tenido que
pagar las multas. A propuesta del actual vocal Enrique Arnaldo, la comisión
disciplinaria del CGPJ ha declarado la prescripción de ambas
multas, en aplicación de la Ley Orgánica del Poder Judicial,
que establece la prescripción de las faltas graves al año
de su firmeza. La comisión disciplinaria aprecia que el procedimiento
de ejecución 'ha sufrido sucesivas paralizaciones por plazo muy
superior al citado', por lo que no se exigirá el pago de las multas.
Igual acuerdo ha tomado la comisión disciplinaria, a
propuesta de su presidente, Teófilo Ortega, en relación
con la multa de 50.000 pesetas impuesta el 24 de enero de 1996 al entonces
juez de primera instancia e instrucción de Alcalá de Henares
(Madrid), Juan Antonio Gil Crespo, por la falta grave consistente en
'la obstaculización de las funciones inspectoras' del Consejo.
La comisión disciplinaria ha acordado que, aparte de
requerirle el 25 de septiembre de 1996 el pago de la multa, 'no se
ha realizado ninguna otra actuación para la ejecución
de la sanción', por lo que 'procede declarar la prescripción
de la misma'.
En contraste con esta pasividad, la comisión disciplinaria
del CGPJ, que tiene expedientado al juez decano de Santa Cruz de Tenerife,
Joaquín Luis Astor Landete, por supuesta intromisión en
la potestad jurisdiccional de una juez de lo social sustituta, a la que
indagó sobre los 276 asuntos que tenía pendientes, ha decidido
investigar también al mismo juez por críticar al CGPJ.
Ante la apertura del expediente, a pesar de que la inspección
del CGPJ propuso archivar el asunto e indagar, en cambio, a la sala
de gobierno que amparó a la juez, Astor Landete calificó
de 'inaudita' la decisión de expedientarle, que atribuyó a
una concepción de la 'justicia anquilosada', en contraste con quienes
la entienden como servicio público.
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Martes, 01/08/2000
El Poder Judicial investigó a 367 jueces por retrasos
injustificados durante 1999
El Poder Judicial abrió durante 1999 diligencias informativas
para investigar a 367 jueces por presuntos retrasos injustificados,
según fuentes del Consejo. En el mismo periodo de tiempo se tramitaron
51 expedientes disciplinarios, de los que se resolvieron 46 y 24 acabaron
en sanción.
Retraso o desatención injustificada es la falta disciplinaria
más habitual entre los jueces y magistrados.
La Ley Orgánica del Poder Judicial establece en su artículo
417.9 que será falta muy grave 'la desatención o el retraso
injustificado y reiterado en la iniciación, tramitación
o resolución de procesos o causas o en el ejercicio de cualquiera
de las competencias judiciales'.
El Consejo General del Poder Judicial durante 1999 abrió
un total de 367 diligencias informativas a otros tantos jueces para
investigar supuestos retrasos injustificados. Y se tramitaron otras
100 diligencias informativas por otros motivos, según datos que
se recogerán en la la última memoria del Consejo (será
presentada en la apertura de tribunales el próximo 15 de septiembre).
Sólo 51 diligencias informativas se convirtieron en expedientes
disciplinarios, de los que se han resuelto 46. Casi la mitad, 24, acabaron
en sanción.
La memoria también recoge que durante el año pasado
se recibieron en el Consejo General del Poder Judicial 1.417 denuncias,
de las que 950 se archivaron 'directamente por acuerdo de la Comisión
Disciplinaria conforme con la propuesta del Servicio de Inspección'
950.
El resto de denuncias, 467, se investigaron con la apertura
de diligencias informativas.
La sanción más grave es la separación de
la carrera judicial. Durante 1999 sólo un juez fue expulsado
por 'desatención injustificada y reiterada en el ejercicio de
sus competencias judiciales y ausencia injustificada'. En este caso también
le fue impuesta una multa de 25.000 pesetas por desconsideración
hacia el secretario judicial.
Otro magistrado fue castigado con la suspensión de un
año por retrasos injustificados y otro con suspensión de
quince días por 'desatención injustificada y reiterada
en el ejercicio de las competencias judiciales'.
Faltas leves El resto de sanciones impuestas durante el pasado
año son multas que oscilan entre las 25.000 y 250.000 pesetas.
Cuatro de los magistrados expedientados sólo recibieron del Consejo
una advertencia por faltas leves.
Estas se refieren al incumplimiento injustificado de los plazos
legalmente previstos, desatención o desconsideración
con los ciudadanos o con iguales e inferiores en el orden jerárquico
y desatención a los requerimientos. En el documento que el Consejo
del Poder Judicial ha elaborado sobre las propuestas que se incluirán
en el debate para el Pacto de Estado sobre la Justicia se pide que se
reforme el actual régimen disciplinario.
El Poder Judicial solicita que se modifiquen los tipos sancionadores
y que se incluyan otros nuevos para 'recoger conductas que merecen reproche
disciplinario y en la actualidad carecen de él, tales como la
reiteración de conductas disciplinarias, residir fuera del término
municipal sin autorización y actuaciones que constituyan manifestaciones
notorias de incompetencia para el ejercicio de la función jurisdiccional'.
En cuanto a las normas sobre incompatibilidades de los jueces,
el Poder Judicial considera necesario regular 'los diversos supuestos
relacionados con esta materia, tales como el ejercicio de actividades
prohibidas, ejercicio sin autorización de actividades necesitadas
de la misma, faltar a la verdad en la solicitud o falsear datos en ella,
así como la omisión de la declaración obligatoria
de actividades exceptuadas de compatibilidad, aunque remuneradas, del régimen
general de compatibilidad'. Los jueces piden también que se modifique
y modulen las sanciones previstas.
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Normativa aplicable a los jueces según la Ley Orgánica
19/2003, de 23 de diciembre, de modificación de la Ley Orgánica
6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial. (BOE 26-12-2003)
Artículo 417. Son faltas muy graves:
1. El incumplimiento consciente del deber de fidelidad a la Constitución
establecido en el artículo 5.1 de esta ley, cuando así
se apreciare en sentencia firme.
2. La afiliación a partidos políticos o sindicatos,
o el desempeño de empleos o cargos a su servicio.
3. La provocación reiterada de enfrentamientos graves con
las autoridades de la circunscripción en que el juez o magistrado
desempeñe el cargo, por motivos ajenos al ejercicio de la función
jurisdiccional.
4. La intromisión, mediante órdenes o presiones
de cualquier clase, en el ejercicio de la potestad jurisdiccional de
otro juez o magistrado.
5. Las acciones y omisiones que hayan dado lugar en sentencia
firme a una declaración de responsabilidad civil contraída
en el ejercicio de la función por dolo o culpa grave conforme
al artículo 411 de esta ley.
6. El ejercicio de cualquiera de las actividades incompatibles
con el cargo de juez o magistrado, establecidas en el artículo
389 de esta ley, salvo las que puedan constituir falta grave con arreglo
a lo dispuesto en el artículo 418.14 de la misma.
7. Provocar el propio nombramiento para juzgados y tribunales
cuando concurra en el nombrado alguna de las situaciones de incompatibilidad
o prohibición previstas en los artículos 391 a 393 de esta
ley, o mantenerse en el desempeño del cargo en dichos órganos
sin poner en conocimiento del Consejo General del Poder Judicial las circunstancias
necesarias para proceder al traslado forzoso previsto en el artículo
394.
8. La inobservancia del deber de abstención a sabiendas
de que concurre alguna de las causas legalmente previstas.
9. La desatención o el retraso injustificado y reiterado
en la iniciación, tramitación o resolución de procesos
y causas o en el ejercicio de cualquiera de las competencias judiciales.
10. El abandono de servicio o la ausencia injustificada y continuada,
por siete días naturales o más, de la sede del órgano
judicial en que el juez o magistrado se halle destinado.
11. Faltar a la verdad en la solicitud de obtención de
permisos, autorizaciones, declaraciones de compatibilidad, dietas y
ayudas económicas.
12. La revelación por el juez o magistrado de hechos o
datos conocidos en el ejercicio de su función o con ocasión
de éste, cuando se cause algún perjuicio a la tramitación
de un proceso o a cualquier persona.
13. El abuso de la condición de juez para obtener un trato
favorable e injustificado de autoridades, funcionarios o profesionales.
14. La ignorancia inexcusable en el cumplimiento de los deberes
judiciales.
15. La absoluta y manifiesta falta de motivación de las
resoluciones judiciales que la precisen,siempre que dicha falta haya
sido apreciada en resolución judicial firme. Si la resolución
inmotivada no fuese recurrible, será requisito para proceder la
denuncia de quien fue parte en el procedimiento.
16. La comisión de una falta grave cuando el juez o magistrado
hubiere sido anteriormente sancionado por otras dos graves, que hayan
adquirido firmeza, sin que hubieran sido canceladas o procedido la cancelación
de las correspondientes anotaciones, conforme a lo establecido en el
artículo 427 de esta ley.»
Artículo 418. Son faltas graves:
1. La falta de respeto a los superiores en el orden jerárquico,
en su presencia, en escrito que se les dirija o con publicidad.
2. Interesarse, mediante cualquier clase de recomendación,
en el ejercicio de la actividad jurisdiccional de otro juez o magistrado.
3. Dirigir a los poderes, autoridades o funcionarios públicos
o corporaciones oficiales felicitaciones o censuras por sus actos, invocando
la condición de juez, o sirviéndose de esta condición.
4. Corregir la aplicación o interpretación del ordenamiento
jurídico hecha por los inferiores en el orden jurisdiccional,
salvo cuando actúen en el ejercicio de la jurisdicción.
5. El exceso o abuso de autoridad, o falta grave de consideración
respecto de los ciudadanos, instituciones, secretarios, médicos
forenses o del resto del personal al servicio de la Administración
de Justicia, de los miembros del Ministerio Fiscal, abogados y procuradores,
graduados sociales y funcionarios de la Policía Judicial.
6. La utilización en las resoluciones judiciales de expresiones
innecesarias o improcedentes, extravagantes o manifiestamente ofensivas
o irrespetuosas desde el punto de vista del razonamiento jurídico.
En este caso, el Consejo General del Poder Judicial solo procederá
previo testimonio deducido o comunicación remitida por el tribunal
superior respecto de quien dictó la resolución, y que conozca
de la misma en vía de recurso.
7. Dejar de promover la exigencia de responsabilidad disciplinaria
que proceda a los secretarios y personal auxiliar subordinado, cuando
conocieren o debieren conocer el incumplimiento grave por los mismos de
los deberes que les corresponden.
8. Revelar el juez o magistrado y fuera de los cauces de información
judicial establecidos, hechos o datos de los que conozcan en el ejercicio
de su función o con ocasión de ésta cuando no constituya
la falta muy grave del apartado 12 del artículo 417 de esta ley.
9. El abandono del servicio o la ausencia injustificada y continuada
por más de tres días naturales y menos de siete de la sede
del órgano judicial en que el juez o magistrado se halle destinado.
10. El incumplimiento injustificado y reiterado del horario de
audiencia pública y la inasistencia injustificada a los actos
procesales con audiencia pública que estuvieren señalados,
cuando no constituya falta muy grave.
11. El retraso injustificado en la iniciación o en la tramitación
de los procesos o causas de que conozca el juez o magistrado en el ejercicio
de su función, si no constituye falta muy grave.
12. El incumplimiento o desatención reiterada a los requerimientos
que en el ejercicio de sus legítimas competencias realizasen el
Consejo General del Poder Judicial, el Presidente del Tribunal Supremo,
de la Audiencia Nacional y de los Tribunales Superiores de Justicia o
Salas de Gobierno, o la obstaculización de sus funciones inspectoras.
13. El incumplimiento de la obligación de elaborar alarde
o relación de asuntos pendientes en el supuesto establecido en
el apartado 3 artículo 317 de esta ley.
14. El ejercicio de cualquier actividad de las consideradas compatibilizables
a que se refiere el artículo 389.5.º de esta ley, sin obtener
cuando esté prevista la pertinente autorización o habiéndola
obtenido con falta de veracidad en los presupuestos alegados.
15. La abstención injustificada, cuando así sea
declarada por la Sala de Gobierno, de conformidad con lo dispuesto en
el artículo 221.3 de esta ley.
16. Adoptar decisiones que, con manifiesto abuso procesal, generen
ficticios incrementos del volumen de trabajo en relación con los
sistemas de medición fijados por el Consejo General del Poder Judicial.
17. Obstaculizar las labores de inspección.
18. La comisión de una falta de carácter leve habiendo
sido sancionado anteriormente por resolución firme por otras dos
leves sin que hubieran sido canceladas o procedido la cancelación
de las correspondientes anotaciones, conforme a lo establecido en el artículo
427.»
Artículo 419. Son faltas leves:
1. La falta de respeto a los superiores jerárquicos cuando
no concurran las circunstancias que calificarían la conducta
de falta grave.
2. La desatención o desconsideración con iguales
o inferiores en el orden jerárquico, con los ciudadanos, los miembros
del Ministerio Fiscal, médicos forenses, abogados y procuradores,
graduados sociales, con los secretarios o demás personal que
preste servicios en la Oficina judicial, o con los funcionarios de la
Policía Judicial.
3. El incumplimiento injustificado o inmotivado de los plazos
legalmente establecidos para dictar resolución en cualquier clase
de asunto que conozca el juez o magistrado.
4. La ausencia injustificada y continuada por más de un
día natural y menos de cuatro de la sede del órgano judicial
en que el juez o magistrado se halle destinado.
5. La desatención a los requerimientos que en el ejercicio
de sus legítimas competencias realizasen el Consejo General del
Poder Judicial, el Presidente del Tribunal Supremo, de la Audiencia
Nacional y de los Tribunales Superiores de Justicia o Salas de Gobierno.»
Libro sobre la materia
El Perfil Criminólogo del Juez Prevaricador
Autor Elisa María Güidi Clas
Descripción El perfil criminológico del
Juez prevaricador, es una guía útil para los estudiosos
de Criminología, pues en un solo tomo se recopilan el estudio,
los caracteres, factores, estrategias, tratamiento etc., de los distintos
trastornos mentales graves, moderados y leves, trastornos de la personalidad
y las patologías sociales (del delito y del litigio) además
de analizarse exhaustivamente los radicales de criminalidad: egocentrismo,
labilidad, agresividad e indiferencia efectiva.
Editorial J.M. Bosch Editor Año 2003 Nº
Páginas 362 ISBN 84-7698-686-6
Esta obra es un trabajo científico de criminología
en la que se relatan sentencias aparecidas en los periódicos
de mayor circulación, calificadas de machistas, discriminatorias
de la mujer etc., en delitos tan importantes como la violación
y el maltrato de la mujer, cuyos jueces nunca fueron condenados por prevaricación
y sólo algunos de ellos fueron sancionados por el Consejo General
del Poder Judicial, aún cuando algunos autores, periodistas y
políticos no dudan en la existencia de ese delito.
La autora analiza los motivos que conllevan a una actitud machista,
discriminatoria o de odio a la mujer, para lo cual de la mano, unas
veces, de la Psiquiatría, estudio de los distintos trastornos
mentales, y otras, de la Psicopatología, análisis de los
trastornos de la personalidad, pueden ser o no compatibles con la función
judicial; además se examinan también las patologías
sociales que también afectan a dicha función judicial.
También se estudian los radicales de criminalidad para
terminar con el estudio de una serie de perfiles criminológicos
de jueces, que han cometido o pueden en un futuro -porque la Criminología
es una ciencia preventiva- llegar a cometer el delito de prevaricación,
dando además una serie de soluciones.
En definitiva, El perfil criminológico del Juez prevaricador,
es una guía útil para los estudiosos de Criminología,
pues en un solo tomo se recopilan el estudio, los caracteres, factores,
estrategias, tratamiento etc., de los distintos trastornos mentales graves,
moderados y leves, trastornos de la personalidad y las patologías
sociales (del delito y del litigio) además de analizarse exhaustivamente
los radicales de criminalidad: egocentrismo, labilidad, agresividad e
indiferencia efectiva.
El asequible lenguaje utilizado, hace que este libro resulte
también muy interesante para personas no doctas en Medicina
que estén interesadas en conocer las diferentes anomalías
mentales y trastornos de la personalidad que pueden afectar a un individuo.
Índice
INTRODUCCIÓN
CAPÍTULO PRIMERO. Aportes de la Psiquiatría
CAPÍTULO SEGUNDO. Aportes de la Psicopatología
CAPÍTULO TERCERO. Aportes de la Sociología
CAPÍTULO CUARTO. Los radicales de criminalidad
CAPÍTULO QUINTO. Los perfiles criminológicos
del jues prevaricador
CAPÍTULO SEXTO. Conclusiones y comentario
Un artículo sobre el Poder en el Poder Judicial
Jesús Cacho en EL MUNDO, 24/04/2005
LA RUEDA DE LA FORTUNA Los jueces, prueba del nueve de una democracia
marchita En plena refriega provocada por la marea de las elecciones vascas
y sus circunstancias, PSOE y PP se pusieron de acuerdo el miércoles
para cubrir cuatro plazas vacantes en el Tribunal Supremo. La politización
de la Justicia en estado puro. Ningún juez sin carné puede
aspirar a resultar elegido. Es la demostración más obscena
de la pobre calidad de nuestra democracia
Nombramientos judiciales. PSOE y PP se pusieron de acuerdo el miércoles
para cubrir cuatro plazas vacantes en el Tribunal Supremo. La politización
de la Justicia en estado puro
...Otros dramas reclaman ahora nuestra atención, centrados casi
todos en el pulso que se vive en el País Vasco, que ha provocado
el final de la oposición tranquila de Rajoy frente al Gobierno. En
plena refriega, sin embargo, los dos grandes partidos se pusieron el miércoles
de acuerdo para cubrir las 4 plazas vacantes en la Sala Civil del Tribunal
Supremo, poniendo fin al bloqueo provocado por la nueva ley socialista que
exige mayoría de 3/5 para ser elegido.
La sesión del Pleno del CGPJ que alumbró el pacto sirvió
para poner de manifiesto el grado de postración (algunos lo llamarían
simplemente corrupción) que asola la judicatura. Uno de los elegidos,
Vicente Montés Penadés, catedrático de Derecho Civil,
es el responsable del despacho Cuatrecases en Valencia, del que también
es socio, aunque en Barcelona, el vocal Javier Laorden. Resulta que Montes
tiene asuntos por él firmados en la misma Sala Civil del Supremo,
entre ellos un importante pleito entre dos empresas catalanas dedicadas
a la producción de cava, con mucho dinero en juego.Pues bien, el
mismo miércoles, más o menos a la misma hora en que era elegido,
Montes hablaba animadamente con el magistrado ponente del caso. ¡Curiosa
independencia la del Supremo! Es la moda que se avecina, el tsunami que amenaza
al máximo órgano jurisdiccional: tras la oleada de fichajes
de jueces y fiscales de la Audiencia Nacional por parte de los grandes despachos
de abogados (tal que el ex juez Bueren por Uría & Menéndez),
llega ahora el asalto, la infiltración de esos mismos bufetes en el
Tribunal Supremo, mediante la colocación de ilustres socios dentro.Ganar
los pleitos va a ser coser y cantar.
También resultó elegida Encarna Roca, catedrática
de Derecho Civil, que no figuraba en las ternas y de quien se rumorea que
su instancia llegó fuera de plazo, a pesar de lo cual fue admitida
y nombrada a propuesta de CiU. Nacionalista pata negra, Roca escribe sólo
de Derecho catalán y forma parte de la comisión que está
elaborando un Código Civil para Cataluña. Los conchabeos
políticos dan mucho de sí. Designado fue también José
Antonio Seijas, a propuesta de Justicia Democrática (JD), asociación
de la que es portavoz en Asturias y cuya elección ya estaba prevista
desde hace más de un año.
Numerosos jueces, algunos en su doble condición de catedráticos
y magistrados, habían presentado su candidatura sin lograr siquiera
entrar en las ternas. Son personas de prestigio, con méritos incluso
superiores a los elegidos, pero no tienen nada que hacer porque son perros
sin collar, son de verdad independientes, no están afiliados a ningún
partido judicial, perdón, asociación judicial, y tienen la
osadía de transitar sin carné en la boca por los procelosos
bosques de la judicatura.
El portavoz del CGPJ, Enrique López, suele animar a los ingenuos
despistados a venir a Madrid «y hacer pasillo para hablar con los vocales»,
pero quienes le hacen caso se encuentran pronto con el marchamo de que no
dan el perfil. No tienen padrinos.«Qué quieres que haga: los
de la APM votan en bloque, y otro tanto hacen los de JD», suele confortar
el presidente del CGPJ, Francisco Hernando, mientras se lava las manos.
La solución puede estar en el Opus Dei, que domina la mayoría
de las vocalías procedentes de la APM. O en montarse su propio chiringuito,
que es lo que ha hecho el independiente Agustín Azparren, creando
otra especie de asociación llamada Foro Judicial. Lo llamativo del
caso es que sea la Carrera Judicial, en la que son mayoría los no
afiliados, la que acepte resignadamente esta situación permitiendo
que cuatro jueces politizados campen por sus respetos.
¿Algún Gobierno, se tomará alguna vez en serio la
politización del CGPJ? La inmensa mayoría de los españoles
hace tiempo que perdió la esperanza de que el principio de mérito
y capacidad prime sobre la obediencia política en la Justicia. ¿Alguna
vez se cansará la sociedad española de soportar estos abusos?
Se ha dicho muchas veces que la Constitución del 78 fue la mejor
solución posible, quizá la única, para un país
sin tradición democrática que salía de 40 años
de dictadura. Ese traje se ha quedado pequeño, la chaqueta tira por
todas las costuras. Pero los árboles del terrorismo, la revisión
de los Estatutos y demás familia, no dejan ver el bosque de la pobre
calidad de nuestra democracia, tan visible en muchas cosas, empezando por
la situación de la Justicia. Claro que hace falta una reforma de
la Constitución capaz de hacer de España un espacio político
en el que vascos y murcianos se sientan confortables, una reforma destinada
no a dar más poder a las elites regionales, sino a satisfacer unas
demandas sociales encorsetadas en la Constitución del 78. Sin embargo,
el Gobierno ZP, tan activo a la hora de los matrimonios gays, no dice ni
pío sobre la cuestión fundamental de unas reformas resumidas
en la necesidad de hacer cumplir la ley, combatir la corrupción,
separar lo público de lo privado, sacar las manos de la Justicia,
hacer efectiva la competencia en la economía, promover una nueva
ley de financiación de los partidos, and so on ...
De la situación de la Justicia y el Derecho en España habla
a las claras el episodio protagonizado estos días por el rector
de la Universidad Carlos III, Gregorio Peces-Barba. Resulta que el Rectorado
de esa Universidad ha comunicado a José Manuel Gómez-Benítez,
catedrático de Derecho Penal de la misma, su incompatibilidad para
seguir dirigiendo la acusación contra Emilio Botín en el
caso de las indemnizaciones (recurso de casación en marcha).La razón
invocada es que el Santander viene dispensando como mecenas grandes ayudas
económicas a la Universidad, lo que, a juicio del rector, inhabilita
a dicho catedrático, también abogado del Colegio de Madrid,
para tal menester. En la Universidad española jamás había
ocurrido caso tan escandaloso como este, fiel reflejo de la sumisión
al dinero del mundo del Derecho. De lo que se deduce que el señor
Peces-Barba es víctima de una penosa confusión sobre las consecuencias
del mecenazgo, puesto que quien dispensa las ayudas es el Santander, no
su presidente. ¿Actuaría del mismo modo el magnífico
señor Rector de la Carlos III, en el caso de tratarse de cualquier
otro banquero? La gente tiene memoria, y sin duda Peces-Barba guardará
fiel recuerdo del generoso trato que Banesto dispensó a su padre
cuando la entidad ya estaba en manos del Santander, tras la intervención
de diciembre de 1993.Está en los papeles y se lo contaremos otro
día.
JUDGES & SECRET SOCIETY LEADERS. SIMILARITIES AND
DIFFERENCES
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Both order people to be killed!
Both order people to be beaten up!
Both order people to be restrained against their will!
Both are profiting from what they do!
Both are trying to destroy each other!
Both are created without the direct consensus of the majority!
Both are not accountable to the public!
Contempt of any will result in violence!
Both justify their actions to be the best available options!
Actions of both are prejudiced against equality, freedom and
justice!
While one commits injustice lawfully the other does it unlawfully!
While one is a public servant the other is self-employed!
While one is paid with taxpayers' money the other collects from
the
taxpayer!
While one's son end up as a White Horse in the Armed Forces
the
other's son end up as a Black Horse in the Armed Forces!
While one is lawfully accountable the other is not! (Funny
part is,
it is the judge who is not lawfully accountable)
Contactos informativos sobre el Poder Judicial:
Enrique López López, Agustín Zurita Pinilla y
Carlos Berbell Bueno (en el CGPJ), Maite Cuncillos Ozcoidi (Audiencia
Nacional), Inmaculada Martínez Ortega (Tribunal Superior de Justicia
de Andalucía), Ana María Cuesta Marín (Aragón),
Ana Cano Devesa (Asturias), Elena Serra Gutiérrez (Baleares), Gonzalo
Pérez Ponferrada (Canarias), Mónica García del Valle
Rubio (Cantabria) y Luis Salas Fernández (Castilla La Mancha),
Javier Valero Alcántara, (Tribunal Superior de Justicia de Castilla
y León), Mercedes Alcocer Gendrau (Cataluña), Fernando Múñoz
López (Extremadura), María Montero Campos (Galicia), Elisa
Beni Uzábal (Madrid), Cristina López de Rodas Noguera (Murcia),
Gonzalo Ruiz Eraso (Navarra) Pilar Aguirrebengoa Amutio (País Vasco),
Susana Palacios Castro (La Rioja) y Teresa laguna (Tribunal Superior de
Justicia de la Comunidad Valenciana).
Referencias recomendables:
Carta abierta, PIDIENDO
LA DIMISIÓN O EL CESE, al Letrado-Jefe de la Sección
de Régimen Disciplinario del CGPJ, Magistrado Luis Vacas García-Alós,
en http://www.cita.es/jueces/expedientados/metajusticia.pdf
"
Recopilación de Resoluciones del Consejo General del Poder
Judicial en materia disciplinaria
", en formato PDF comprimido con Winzip en
http://www.cita.es/jueces/expedientados/
2004-Recopilacion resoluciones CGPJ.zip
Impagados periciales
de juzgados morosos
en http://www.cita.es/CGPJ
Dictamen Pericial
Civil
en http://www.cita.es/para/civil
1.1 Demandas
en primera instancia
en
http://www.cita.es/para/demandar
1.2
Reconvenir y Reconvenciones
en
http://www.cita.es/para/reconvenir
1.2.1
Contestar a una demanda con peritaje
en http://www.cita.es/para/contestar
1.3.1 Certificación
notarizada
en http://www.cita.es/para/certificar
1.3.1.1
Notarización de CDs y DVDs
en http://www.cita.es/notarizar
1.3.2 Metrología
legal
en http://www.cita.es/para/medir
1.3.3
Tasación de precisión
en http://www.cita.es/para/tasar
1.3.4
Prueba preconstituida
en http://www.cita.es/para/preprueba
1.4 Impugnación
de traducciones
según el art. 144 de la Ley de Enjuiciamiento Civil
en http://www.cita.es/traducir/falsedad
Nota 1: Puede leerse (y copiarse) completa la
SECCION 5.ª DEL DICTAMEN DE PERITOS de la Ley de Enjuiciamiento
Civil 1/2000 (artículos 335-352)
en http://www.cita.es/para/civil
Nota 2: Proporcioamos
listas de peritos a decanatos de juzgados
y trabajamos con
procuradores de tribunales
para mejorar la
calidad, eficacia y rapidez de las pruebas periciales
, según puede verse en
http://www.cita.es/apedanica/procuradores
2. Prueba Pericial
Penal
(criminalística
) en http://www.cita.es/para/penal
2.1 Reconstrucciones
periciales
en http://www.cita.es/para/reconstruir
2.2
Identificaciones legales
en http://www.cita.es/para/identificar
2.3 Para
inculpar
(sólo muy justificadamente) en
http://www.cita.es/para/inculpar
2.4 Para
exculpar a inocentes imputados injustamente
en http://www.cita.es/para/exculpar
3. Pruebas periciales
de falsedad
, especialidad criminalística
http://www.cita.es/para/probar/falsedad
Puede leerse el
articulado de la Ley de Enjuiciamiento Criminal de 1882 para el nombramiento
de peritos vigente en España en juzgados de instrucción
, en la página
http://www.cita.es/criminalista
También se recomienda la "
peritación de peritajes
" para contestar
demandas
con peritaje realizado
urgentemente refutando al contrario
, e incluso probando
falsedad
o evidenciando
mendacidad pericial
según http://www.cita.es/metaperitar
Nota: Estamos trabajando sobre los numerosos
enlaces de estas páginas por lo que agradeceremos sugerencias
y referencias especialmente a
abogados y procuradores
que precisen lo que más les interesa de la
prueba pericial
.
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Recopilación
de noticias sobre:
Expedientes abiertos a jueces y magistrados
por la Comisión Disciplinaria del Consejo
General del Poder Judicial (CGPJ)
y algunas incidencias judiciales muy sospechosas
Agradeceremos
cualquier dato y más aún documentación sobre
los asuntos relacionados con estas noticias, o con otras similares que
desconozcamos, por lo que estamos abiertos a intercambiar información
con quienes hayan denunciado o presentado quejas contra jueces y juzgados,
y más aún con quienes hayan sido injustamente acusados.
Hemos conseguido un ejemplar del libro editado por el CGPJ "Recopilación
de Resoluciones del Consejo General del Poder Judicial en materia disciplinaria
", que recomendamos a todos los estudiosos de la metajusticia.
Preparando el libro
sobre "jueces
juzgados
" en http://www.cita.es/jueces/expedientados/libro.htm
Entrevista a Don Federico Carlos
Sáinz de Robles, Primer presidente del Consejo General del Poder
Judicial en 1980, y actualmente abogado de varios jueces sancionados, en
http://www.cita.es/jueces/expedientados/abogado.htm
Miguel Angel
Gallardo Ortiz
, Informático,
Criptólogo, Ingeniero de Minas, Criminologo y Perito
Apartado Postal (P.O. Box) 17083, E-28080
Madrid, España (Spain)
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Página publicada en http://www.cita.es/jueces/expedientados