Miguel Angel Gallardo Ortiz , Informático, Criptólogo, Ingeniero de Minas, Criminologo  y Perito
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Recopilación de noticias publicadas sobre:

Expedientes abiertos a jueces y magistrados
por la Comisión Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ)
y algunas incidencias judiciales muy sospechosas


Preparando el libro sobre " jueces juzgados " en http://www.cita.es/jueces/expedientados/libro.htm
Entrevista a Don Federico Carlos Sáinz de Robles, Primer presidente del Consejo General del Poder Judicial en 1980, y actualmente abogado de varios jueces sancionados, en http://www.cita.es/jueces/expedientados/abogado.htm

"Muchos buscan una administración de justicia que, como servicio público, funcione de forma discretamente ineficaz. Por eso quieren que los jueces hagamos nuestro trabajo en silencio, sin levantar polvaredas o escándalos. Es decir, sin que se sepa qué está sucediendo, porque de esta forma podrán ser controlados mejor " Baltasar Garzón, "Un mundo sin miedo", pág. 46.

Mateo. 7, 1-6
1 No juzguéis, para que no seáis juzgados.
2 Porque con el juicio con que juzgáis, seréis juzgados, y con la medida con que medís, os será medido.
3 ¿Y por qué miras la paja que está en el ojo de tu hermano, y no echas de ver la viga que está en tu propio ojo?
4 ¿O cómo dirás a tu hermano: Déjame sacar la paja de tu ojo, y he aquí la viga en el ojo tuyo?
5 ¡Hipócrita! saca primero la viga de tu propio ojo, y entonces verás bien para sacar la paja del ojo de tu hermano.

Lucas. 6.37-42
37 No juzguéis, y no seréis juzgados; no condenéis, y no seréis condenados; perdonad, y seréis perdonados.
38 Dad, y se os dará; medida buena, apretada,remecida y rebosando darán en vuestro regazo; porque con la misma medida con que medís, os volverán a medir.
39 Y les decía una parábola: ¿Acaso puede un ciego guiar a otro ciego? ¿No caerán ambos en el hoyo?
40 El discípulo no es superior a su maestro; mas todo el que fuere perfeccionado, será como su maestro.
41 ¿Por qué miras la paja que está en el ojo de tu hermano, y no echas de ver la viga que está en tu propio ojo?
42 ¿O cómo puedes decir a tu hermano: Hermano, déjame sacar la paja que está en tu ojo, no mirando tú la viga que está en el ojo tuyo?
Hipócrita, saca primero la viga de tu propio ojo, y entonces verás bien para sacar la paja que está en el ojo de tu hermano.


Carta abierta, PIDIENDO LA DIMISIÓN O EL CESE, al Letrado-Jefe de la Sección de Régimen Disciplinario del CGPJ, Magistrado Luis Vacas García-Alós, en http://www.cita.es/jueces/expedientados/metajusticia.pdf (copia esta carta ha sido recibida por el presidente de la Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados, y se ha distribuido copia entre todos los miembros de la Comisión de Justicia, iniciándose un interesante debate sobre la " Ética de la Metajusticia ") por ser inmoral que haya publicado un libro aprovechando su posición y la documentación a la que ha tenido acceso en función de su cargo.

Agradeceremos cualquier dato y más aún documentación sobre los asuntos relacionados con estas noticias, o con otras similares que desconozcamos, por lo que estamos abiertos a intercambiar información con quienes hayan denunciado o presentado quejas contra jueces y juzgados, y más aún con quienes hayan sido injustamente acusados y se hayan encontrado en indefensión. Hemos conseguido una versión digital completa del libro editado por el CGPJ " Recopilación de Resoluciones del Consejo General del Poder Judicial en materia disciplinaria ", que recomendamos a todos los estudiosos de la metajusticia (enjuiciamiento de jueces), que puede descargarse en formato PDF comprimido con Winzip en http://www.cita.es/jueces/expedientados/ 2004-Recopilacion resoluciones CGPJ.zip

NOTICIAS PUBLICADAS QUE CONSIDERAMOS RELEVANTES:

Comentario previo: Nos preguntamos cómo se consigue la información sobre estas noticias. En algunos casos, hemos podido conocer a denunciantes de jueces, y en otros a los jueces denunciados, y el origen de la noticia del inicio de actuaciones por la Comisión Disciplinaria del CGPJ siempre suele ser muy sospechoso. En el caso de la primera noticia, lo curioso es que el periodista sólo utilice las iniciales de los magistrados pese a que el denunciante le proporcionó toda la documentación con muchos detalles y por supuesto, las identidades completas (que afortunadamente hemos podido conseguir en otro medio y nos resulta más curioso aún que uno de sus protagonistas sea Máximo Poza Martín , que se encuentra en situación de servicios especiales al haber conseguido un puesto en el Servicio de Inspección del CGPJ). Por la singularidad del caso del juzgado de primera instancia Nº 34 y el cargo de su titular en el Servicio de Inspección del CGPJ, hemos tratado de hablar con él y por teléfono nos ha dicho que "no es posible". Respetamos que no quiera hablar, pero no aceptamos que diga que no es posible, y hemos solicitado una entrevista al Jefe del Servicio de Inspección  del CGPJ José María Gil Sáez para hablar de su caso, y de cuanto sea posible en relación a lo que aquí se publica, y también de posibles filtraciones (por lo general, de lo que afecta a otros, tal vez a cambio de contener lo que pueda afectar al que filtra este tipo de noticias).

En las siguientes noticias apreciamos fenómenos más curiosos aún, que nos llevan a plantearnos un análisis de las fuentes y de los medios, especialmente por sus motivaciones, para filtrar y enfocar las filtraciones periodísticamente según criterios muy diversos. Esta polémica puede apreciarse en las noticias relacionadas a continuación:

LA RAZÓN, vie, 08/04/2005
F. Velasco
El CGPJ investiga la situación de un juzgado que tuvo 8 magistrados en 2004    

Madrid - La Comisión Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha abierto diligencias informativas al magistrado Manuel N. P., titular hasta el pasado 27 de enero del Juzgado de Primera Instancia de Madrid, para determinar las circunstancias que puedan motivar el retraso existente y su eventual alcance disciplinario, por la situación en que se encontraba el órgano judicial, calificado por el Servicio de Inspección de «absoluto descontrol ». Además, destaca la «reducida actividad resolutoria » del magistrado durante el pasado año, situándose en porcentajes muy inferiores a los módulos establecidos por el Consejo. Durante el pasado año, este juzgado ha tenido dos magistrados titulares y seis magistrados suplentes. La visita de inspección fue realizada durante los días 7 a 9 de marzo. Las conclusiones del Servicio de Inspección, a las que ha tenido acceso LA RAZÓN, evidencian una situación del juzgado, en líneas generales, bastante caótica. Así, en esas fechas, el magistrado titular tenía pendientes de dictar 75 sentencias, «algunas con una antigüedad de hasta 7 meses », y otros casi 40 autos con ese mismo retraso. Sin embargo, estas cifras pueden no coincidir con la realidad. «Atendiendo a la situación de absoluto descontrol existente en el Órgano, no hay, a juicio de esta unidad inspectora, plena certeza del exacto volumen de asuntos pendientes de sentenciar ». Expedientes con dificultad. La situación global del juzgado, asegura el informe de la Inspección, con un elevado número de registro, una «actividad resolutoria inadecuada » y una «incorrecta pendencia en todos sus Negociados », puede calificarse como «muy deficiente ». Junto a ello, se destaca cómo desde el pasado mes de noviembre el magistrado, según consta en la comparecencia efectuada por los funcionarios del juzgado ante el Servicio de Inspección, «difirió toda orden o instrucción respecto de los expedientes susceptibles de considerarse como de especial dificultad, ordenando, a la par, la suspensión del régimen de señalamientos en los meses de diciembre y enero pasados ». Respecto a los expedientes incoados desde la entrada en vigor de la nueva Ley de Enjuiciamiento Civil, el volumen de asuntos existentes ascendía a 1.045 expedientes con efectiva tramitación, aunque esa cifra «no se corresponde con los datos obrantes en la aplicación informática del Consejo General ». En la tramitación de estos expedientes también se observa «dilaciones temporales » significativas. En todo caso, la dirección procesal sobre este tipo de «asuntos » ha sido, dice la Inspección del CGPJ, «inexistente ». La situación de la Oficina Judicial tampoco era la más óptima. Su funcionamiento puede calificarse de «muy deficiente ». La anterior secretaria judicial, María José A. A., quien se encontraba en Comisión de Servicios, también es aludida en el citado informe. Según relataron los funcionarios a la Inspección, la secretaria judicial «no impartió, durante el tiempo que prestó sus funciones » en el juzgado, «órdenes o instrucciones de carácter procesal ». Por este motivo, la Inspección propone también que se remita testimonio del informe al Ministerio de Justicia respecto de la citada secretaria judicial. El Servicio de Inspección del CGPJ concluye con que el magistrado ha podido incurrir en una falta muy grave o grave de desatención, inclinándose por esta última al entenderse como atenuante la existencia en el juzgado de «importantes disfunciones en la plantilla funcionarial ». Junto a ello, pide inmediatas medidas de refuerzo.

Pero afortunadamente, hay otros medios que sí ponen los nombres
EL MUNDO lun, 16/05/2005 CLARA B. UZABAL         

Tribunales Investigan por desatención a un magistrado     
La Comisión Disciplinaria del CGPJ ha acordado incoar diligencias informativas respecto de la actuación del magistrado Manuel Novalbos Pérez , al frente del juzgado de Primera Instancia número 34 de Madrid, como resultado de los hechos constatados en una visita ordinaria de inspección, según fuentes del Tribunal Superior de Justicia. Dicha comisión estudiará si los hechos observados por la inspección «pueden ser constitutivos de un ilícito disciplinario de desatención por dilaciones injustificadas en la tramitación de varias causas y retrasos en el dictado de sentencias».
En este juzgado se acumulan procedimientos que no han avanzado en su tramitación, en algunos casos, desde hace más de un año, según ha podido saber este periódico por denuncia de ciudadanos perjudicados, así como que los propios funcionarios han reconocido a los usuarios que no se ha dictado ninguna sentencia en este órgano desde octubre de 2004.
En la actualidad, Novalbos Pérez se encuentra en situación de excedencia voluntaria concedida por el Consejo desde el pasado 27 de enero. A partir de ese momento, el juzgado de Primera Instancia número 34 ha estado atendido por un juez adjunto que acaba de obtener plaza, por lo que la titularidad del juzgado tendrá que volver a ser cubierta por concurso a tenor de lo dispuesto en el artículo 118 del la Ley Orgánica del Poder Judicial, según indican fuentes del TSJ. Esto es así porque el magistrado que es titular de este juzgado desde 2003, Máximo Poza Martín , se encuentra en situación de servicios especiales al haber conseguido un puesto en el Servicio de Inspección del CGPJ. Desde entonces, al frente de dicho órgano, se han sucedido diversos jueces adjuntos y el magistrado Novalbos Pérez, nombrado titular el 19 de mayo de 2004 también por concurso convocado por el Consejo.
El Servicio de Inspección del CGPJ ha propuesto en su informe emitido sobre el juzgado de Primera Instancia número 34, según estas mismas fuentes, que se adopten medidas de refuerzo jurisdiccional, esto es, que se nombre un segundo juez y menciona también la posibilidad de reforzar la plantilla de funcionarios, ya que ésta está compuesta en la actualidad en su mayor parte por personal interino. El magistrado Manuel Novalbos Pérez nació en 1938 e ingresó en la carrera judicial, como juez, en 1988 por el llamado tercer turno -vía que permite el acceso a la carrera a profesionales y juristas de reconocida competencia-. Antes de en el mencionado juzgado, estuvo destinado en la sección quinta de la Audiencia Provincial de Las Palmas de Gran Canaria, y fue juez en Huelva, en Madrid, en Las Palmas y Arévalo.

vie, 24/06/2005 El CGPJ suspende un año a una juez de Marbella      
atraso injustificado     
madrid. El Pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha decido suspender de sus funciones durante un año a la titular del juzgado de instrucción número cuatro de Marbella por una falta muy grave relacionada con retrasos injustificados en la tramitación de los procedimientos.

Según informó el órgano de gobierno de los jueces, el Pleno celebrado el pasado miércoles acordó imponer a la magistrada Estrella Cañavate Galera la citada sanción "como autora de una falta muy grave del artículo 417.9 de la Ley Orgánica del Poder Judicial".

El citado precepto considera falta muy grave la "desatención o el retraso injustificado y reiterado en la iniciación, tramitación o resolución de procesos y causas o en el ejercicio de cualquiera de las competencias judiciales".

El origen de esta sanción fue una visita ordinaria realizada el pasado año por los servicios de inspección del órgano de gobierno de los jueces al citado juzgado, donde se detectaron niveles de pendencia altos en todo tipo de asuntos y que derivó en la apertura por parte de la comisión disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial de un expediente disciplinario a la magistrada.

sáb, 25/06/2005 El CGPJ defenderá al juez del caso Bono ante la denuncia del Abogado del Estado    
El Congreso votará una moción en solidaridad con los afiliados del PP    
Madrid - El titular del Juzgado de Instrucción número 14 de Madrid, Carlos Valle , instructor del procedimiento abierto por la presunta detención ilegal de dos militantes del PP tras los incidentes ocurridos con el ministro de Defensa, José Bono, en la manifestación de la AVT del pasado enero, ha remitido al Consejo General del Poder Judicial el escrito del Abogado del Estado en el que denuncia su «nula imparcialidad » en este procedimiento. El magistrado no solicita amparo al Consejo, y, por contra, se limita a señalar que lo envía «a los efectos que procedan ». Ante esta circunstancia, la Comisión Permanente del Poder Judicial estudiará en su reunión del próximo martes el contenido del escrito de la representación legal del Estado, quien ha asumido la defensa de un inspector imputado, que fue quien actuó como tercer instructor de las diligencias. El PP solicita en su escrito de acusación un total de 8 años de cárcel y 12 de inhabilitación, por los delitos de detención ilegal y falsedad en documento público. Fuentes del Consejo expresaron su «sorpresa » por el contenido del escrito del Abogado del Estado, ya que en el mismo se utilizan expresiones que se pueden catalogar como «inadmisibles ». Por ello, es previsible que el Consejo General del Poder Judicial vuelva a pedir, una vez más, respeto para el juez. «Se puede criticar una resolución judicial, pero nunca la labor del juez, y menos aún establecer un juicio de voluntad del juez ». De esta forma, es probable que la Comisión Permanente del CGPJ pueda adoptar algún tipo de resolución en esa línea, «de salir en defensa, más que del juez en cuestión, de la función judicial ». Disculpas del Gobierno. El PP quiere que el Congreso de los Diputados se solidarice con los dos militantes que fueron detenidos en la manifestación de la Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT) del 22 de enero por presuntas agresiones a José Bono y que inste al Gobierno a pedir «disculpas formales » tanto a los dos afiliados como al partido. Además, los populares insisten en reclamar el cese tanto del ministro del Interior, José Antonio Alonso, como del delegado del Gobierno en Madrid, Constantino Méndez. Para satisfacer estas demandas, el PP ha preparado una moción para el martes y una interpelación para el miércoles, la última sesión de control de este periodo de sesiones, lo que previsiblemente llevará a un nuevo debate tras el verano. La moción que se presentará el martes, día en el que se celebrará el último Pleno ordinario de este periodo de sesiones, es consecuencia de la interpelación que el secretario de Seguridad y Justicia del PP, Ignacio Astarloa, dirigió al ministro Alonso el pasado miércoles en la Cámara Baja. En dicho texto, el PP propone que el Congreso de los Diputados se solidarice con sus dos militantes de Las Rozas «por los graves perjuicios que se les ha ocasionado » con su supuesta detención irregular en la citada manifestación. Además, quieren que la Cámara inste al Gobierno a presentar «sus disculpas formales » ante sus dos afiliados y ante todo el partido. Paralelamente, el primer partido de la oposición pide el cese inmediato del delegado de Gobierno en Madrid, al que achacan una «extraordinaria irresponsabilidad » por haber anunciado las detenciones «incluso antes de que hubiese fundamentos, indicios de personas identificadas », y al que señalan como el responsable de las mismas. Además, el PP pide la dimisión del ministro del Interior «por ser el máximo responsable político y policial de este atropello a la democracia, a los partidos políticos y a las personas ». Además, ha presentado una nueva interpelación sobre el mismo tema con idea de que sea debatida el próximo miércoles, en la última sesión de control al Gobierno en el Congreso de los Diputados de este periodo de sesiones.

jue, 23/06/2005 Archivada la denuncia de Carlos Fabra contra tres jueces de Castellón    
ESCÁNDALO POLÍTICO     
La Comisión Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) decidió ayer, por unanimidad, archivar la queja presentada el pasado mes de mayo por el presidente de la Diputación de Castellón, Carlos Fabra, contra los tres magistrados de la Sección Tercera de la Audiencia. Fuentes del TSJ informaron, en un comunicado, de que Fabra presentó la queja contra estos magistrados después de serle notificada una resolución civil contraria a sus intereses ya que, según su opinión, el contenido de la misma atentaba gravemente contra su dignidad y vulneraba el principio de presunción de inocencia. Sin embargo, la Comisión Disciplinaria considera que no existe en todo el razonamiento jurídico efectuado expresión que pueda considerarse ofensiva o irrespetuosa para Fabra.

mar, 07/06/2005 Un juez de Málaga acusado de amenazar al dueño de un bar con una pistola dice no recordar nada porque tomaba medicación     
El que fuera titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Málaga, suspendido cautelarmente por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) tras dejar en libertad a un presunto narcotraficante, declaró hoy que no recuerda haber amenazado al dueño de un bar de la capital poniéndole una pistola de gas comprimido en la cabeza. Apuntó que en ese momento tomaba una medicación "muy fuerte" antidepresiva, debido a la apertura de un expediente disciplinario.
El Juzgado de lo Penal número 6 de Málaga dejó hoy visto para sentencia el juicio por amenazas contra este juez, para el que el fiscal solicita un año de prisión; mientras que la defensa pide la libre absolución o, alternativamente, la condena pero por una falta y no por un delito, al tiempo que considera que existe la eximente de ingesta alcohólica y un trastorno mental transitorio.
Los hechos sucedieron sobre las 21.50 horas del día 17 del pasado mes de febrero, cuando el procesado se encontraba en el bar 'Ember', situado en la calle Albacete, donde el responsable del local le sirvió una coca-cola. En ese momento, según la calificación del Ministerio Fiscal, el juez se dirigió al encargado, "apuntándole en la cabeza a diez centímetros de la cara" con una pistola marca Raikal calibre 4,5 milímetros, cargada con su correspondiente munición.
El responsable del bar respondió dándole un manotazo y doblándole rápidamente la mano, por lo que el arma cayó al suelo pese a la oposición del acusado, quien posteriormente recogió de nuevo el arma y la escondió en unas cajas de bebidas cercanas. Esta actuación provocó el consiguiente sentimiento de pánico, no sólo en el encargado del local sino en los clientes que se encontraban allí, que salieron a la calle y avisaron a agentes policiales, quienes detuvieron al hombre, que se identificó como juez.
El acusado, que insistió en que lo que sabe "es porque me lo ha dicho mi mujer", relató que fue a un taller cercano al bar para que le arreglaran una pistola, ya que el cargador de gas tenía "un muelle roto" y por tanto no funcionaba el arma. Además, dijo no saber por qué llevaba una carpeta con documentación relativa a su expediente disciplinario, que incluso mostró a los agentes de Policía que fueron a detenerle.
Por su parte, el dueño del establecimiento, que tras el suceso tuvo que ser trasladado a un centro médico por una crisis de ansiedad, declaró que a causa de este incidente y del "miedo" al acusado ha dejado de arrendar el bar. "Era el sueño de mi vida el tener mi negocio propio y cuando lo consigo viene este señor y me pone una pistola en la cabeza", apostilló.
El médico forense, que mantuvo tres entrevistas con el juez, ratificó el contenido de su informe, en el que precisa que no padece enfermedad mental ni psíquica, pero sí una situación de ansiedad e inquietud y una "intolerancia a la frustración".
Tanto uno de los testigos presenciales como los agentes de Policía Local que acudieron al lugar aseguraron hoy que el juez estaba "tranquilo" y que en ningún momento insultó o amenazó a nadie de palabra, aunque manifestaron que los clientes del establecimiento se asustaron mucho, al igual que el responsable del local, que estaba "tremendamente" aterrado.
Uno de los policías aseguró que la pistola, que era "exactamente" igual que una de verdad, sí tenía munición y añadió que funcionaba, porque llegaron a dispararla para comprobarlo. Por contra, el acusado, en sus últimas palabras antes del final del juicio, insistió en que el cargador estaba "obturado" y que sería el experto en balística el que la arregló posteriormente.
DELITO O FALTA
El fiscal, que mantuvo su petición de condena por la declaración de la víctima, argumentó la calificación de los hechos como delito en la exhibición del arma y en que se la pusiera a la altura de la sien, aunque reconoció que la actitud del juez no fue peligrosa en general y no denotaba agresividad. Asimismo, precisó que la amenaza duró poco tiempo por "la rápida reacción" del dueño del bar, que se la quitó de las manos.
Por su parte, el abogado defensor aseguró que se trata de "un delito imposible", ya que no es un arma de fuego, por lo que explicó que "al ser imposible causar la muerte, no pudo amenazar de muerte al dueño". Consideró que "el ánimo de la víctima es lucrarse" y que "como máximo", los hechos serían constitutivos de una falta, al tiempo que hizo hincapié en la mala situación que vivía el acusado en esos momentos.
COMISION DISCIPLINARIA
La comisión disciplinaria del CGPJ acordó en diciembre pasado suspender provisionalmente en sus funciones al titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Málaga, Antonio Vicente F.G., durante la tramitación del expediente disciplinario y por un período máximo de seis meses, después de que éste dejara en libertad a un presunto narcotraficante durante una sustitución en el Juzgado de Instrucción número 10 de la capital.
El juez fue interrogado el pasado mes de febrero por el instructor del expediente disciplinario, abierto por el Consejo por la supuesta comisión de dos faltas muy graves. Dentro de la investigación se tomó testimonio al letrado del presunto narcotraficante y también al titular de Instrucción número 10, al que sustituyó.

 jue, 02/06/2005 CGPJ incoa el expediente del juez Del Arco en el caso 'Los Cármenes' por la posible comisión de una falta grave    
La comisión disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha decidido incoar el expediente disciplinario, que le remitió el pasado mes de mayo la comisión permanente del CGPJ, al titular del juzgado de Instrucción número 6 de Granada, Miguel Angel del Arco , en relación al conflicto judicial del caso 'Los Cármenes' por la "posible comisión de una falta grave" del artículo 418.1 de la LOPJ, según informaron hoy a Europa Press fuentes judiciales.
La decisión de la comisión se debe, según las citadas fuentes, a la posible falta mencionada que consiste en "la falta de respeto a superiores jerárquicos, en su presencia, en escrito que se les dirija o con publicidad".
El pasado 17 de mayo, el CGPJ decidió negar el amparo solicitado por Del Arco y remitir el auto que le había enviado el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) a la comisión disciplinaria para que fuera ésta la que estudiara si se había cometido infracción.
Este proceso comenzó a finales de abril, cuando la Sala de Gobierno del TSJA remitió --a instancias del presidente de la Audiencia Provincial de Granada, José Requena Paredes ,-- un auto al CGPJ para que estudiara un incidente judicial entre Del Arco y uno de los magistrados del tribunal, en el que el juez sugería que un magistrado podría haber delinquido al exculpar a un registrador.
Del Arco, que consideró que el magistrado podría haber incurrido en un delito contra la Administración de Justicia por exculpar al registrador, remitió un auto al CGPJ porque consideró que "la Audiencia Provincial de Granada estaba afectando a su independencia".
En el caso 'Los Cármenes' se investiga desde hace más de ocho años la subasta de los terrenos del viejo estadio de fútbol de Granada, a través de la cual la empresa Lazasur compró a los acreedores del Granada C. F. los terrenos.

22/04/2005 El CGPJ investiga a una juez vasca por pertenecer a la plataforma de apoyo a Egunkaria    
Madrid - El Servicio de Inspección del Consejo General del Poder Judicial abrió ayer una información previa a la magistrada de la Sala Social del TSJ del País Vasco Garbiñe Biurrun para esclarecer los hechos relacionados con su pertenencia a una plataforma de apoyo al diario «Egunkaria ». Esta plataforma reivindica el sobreseimiento de la causa, que instruye el juez Juan del Olmo , y «la restitución de los bienes personales y materiales de los encausados ». La plataforma «Egunkariaren Alde Elkartea » se presentó en público el pasado 18 de marzo y de la misma forman parte 16 personas. Entre otros, Javier Arzallus, Carlos Garaicoechea, el último eurodiputado de HB, Koldo Gorostiaga, el coordinador general de Elkarri, Jonan Fernández, además de la juez Garbiñe Biurrun. La información que se publicó en la prensa sobre la presencia de la citada juez en la plataforma fue remitida al Servicio de Inspección del CGPJ por el vocal territorial del País Vasco, Juan Pablo González , para que fuese valorada y se decidiese si podía tener algún tipo de trascendencia disciplinaria. La Inspección deberá proponer a la Comisión Disciplinaria el archivo de la misma, la apertura de diligencias o de expediente disciplinario. Fuentes del Consejo señalaron que la investigación se centrará en determinar si Garbiñe Biurrun se ha podido de alguna forma inmiscuir en la labor de otro juez, en concreto del juez Del Olmo, instructor del «caso Egunkaria ».

vie, 13/05/2005  Primera queja de un cargo público que recibe el CGPJ
El CGPJ archivará la denuncia de Delgado contra la jueza que le criticó en un auto  

  Un informe de la comisión disciplinaria del gobierno de los jueces rechaza la queja del alcalde de Calvià    
 La denuncia presentada por el alcalde de Calvià, Carlos Delgado, en contra de los términos empleados por una juez en un auto no tiene precedentes en el Consejo General del Poder Judicial , el órgano de control de los jueces en España. Nunca antes, según aseguró el vocal territorial de Balears, Alfons López Tena, un cargo público había presentado una queja por el contenido de una resolución. López Tena, que desempeña el cargo desde 2001, recuerda que el ex presidente del PNV Javier Arzallus, presentó una queja, pero fue por unas declaraciones realizadas por un juez a los medios de comunicación, no por la redacción de un auto. Han habido quejas contra los jueces, pero siempre de abogados y particulares.

La denuncia presentada por el alcalde del Calvià, Carlos Delgado Truyols, contra la titular del Juzgado de Instrucción número 5 de Palma, Ana San José llegó a la sede del CGPJ el pasado 5 de mayo, y cinco después se incoó una información previa por parte del servicio técnico de la comisión disciplinaria del CGPJ, en la que se propone, tras analizarla, su archivo. Según confirmó a Ultima Hora el vocal territorial de Balears en el CGPJ, Alfons López Tena, la queja de Delgado «será archivada con toda seguridad, ya que taxativamente así lo establece el artículo 12 de la Ley Orgánica del Poder Judicial». Ese artículo impide que por la vía disciplinaria se intente modificar el sentido o el contenido de una decisión jurisdiccional, todo esto, como garantía de la independencia del poder judicial.

Denuncia
Delgado interpuso una denuncia por unos conceptos y opiniones vertidas por la juez en el auto de archivo que dictó en el «caso gran superficie». En la resolución, la magistrada acusaba al alcalde de Calvià de «hacer un uso indebido de la Justicia» en las querellas contra la ex alcaldesa de ese municipio Margarita Nájera.
«Nosotros no tenemos competencias para decir si un juez lo ha hecho bien o mal», dijo López Tena. «Pero si el interesado, en esta caso, el alcalde de Calvià, entiende que el auto es incorrecto, injurioso, ofensivo o que le imputa actuaciones irregulares que no son ciertas, puede presentar una querella por prevaricación, cohecho, injurias o calumnias contra esa jueza. También puede apelar para que el auto en cuestión elimine el párrafo que considera lesivo para sus intereses», añadió.
López Tena reiteró que el CGPJ, órgano de control de los jueces, «no puede sancionar a un juez por esos motivos; no se le está diciendo al alcalde que tiene o no razón, sencillamente, que debe seguir otro camino».
Si el alcade de Calvià opta por esa nueva vía, tendría que dirigirse a un juzgado de instrucción de Palma, o si lo considera pertinente, apelar única y exclusivamente contra el párrafo del auto judicial que considera lesivo para sus intereses.

03/02/2005 Fungairiño eleva una queja contra Garzón ante la Fiscalía y la AN por revelar en su libro datos de un sumario de ETA    
El fiscal jefe de la Audiencia Nacional, Eduardo Fungairiño , confirmó hoy que ha remitido un escrito de queja ante la Sala de lo Penal de esta instancia judicial, con copia a la Fiscalía General del Estado, por las revelaciones realizadas por el juez Baltasar Garzón en su libro 'Un mundo sin miedo', referidas al sumario abierto por el intento de atentado por parte de ETA en la estación madrileña de Chamartin, en diciembre de 2003.
Fungairiño manifestó que Garzón podría haber incurrido en revelación de secretos aunque debe ser la Sala de lo Penal la que decida si lo ocurrido es denunciado ante el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), órgano competente para aplicar una sanción disciplinaria al magistrado.

mié, 02/02/2005 El Poder Judicial abre a Casas otro expediente por una falta muy grave
El magistrado que instruyó el primer informe pidió a la comisión disciplinaria que ampliara la investigación con base en otras supuestas irregularidades detectadas en el reparto de asuntos
La comisión disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha acordado la apertura de otro expediente por una falta muy grave al magistrado Gordiano Casas , según confirmó ayer a este diario un portavoz del gabinete de Prensa del máximo órgano de los jueces. Gordiano Casas, quien ha ocupado durante los últimos diez años el cargo de juez-decano del Palacio de Justicia de Elche, se encuentra cumpliendo una sanción de año y medio de suspensión, que acarrea su traslado forzoso, y que fue acordada el pasado 14 de enero por el pleno del CGPJ, que consideró probado que presionó a un magistrado para beneficiar los intereses de su mujer -procuradora de los tribunales- y que alteró el reparto de asuntos. Dichos hechos se investigaron a raíz de una denuncia de dos magistrados de Elche, José de Madaria y Fernando Presencia .
Dicho acuerdo plenario ya ha sido recurrido en vía contencioso-administrativa por Gordiano Casas, quien ha solicitado igualmente la suspensión de la sanción en tanto en cuanto se resuelve ante el Tribunal Supremo (TS) sus alegaciones pues mantiene su completa inocencia.
El nuevo expediente disciplinario, que ya le ha sido notificado al afectado, nace de las diligencias incoadas por el magistrado instructor de la primera investigación, Vicente Manuel Rouco , presidente de la sala de lo Contencioso Administrativo del TSJ de Castilla-La Mancha, quien solicitó que se dedujera testimonio para un nuevo expediente de sus investigaciones en las que supuestamente habría detectado más irregularidades en el reparto de asuntos en los juzgados de Elche. Estos datos los habría obtenido el instructor tras consultar la base de datos del servicio informático Cicerone de la Generalitat Valenciana.
Nombramiento
La comisión disciplinaria del CGPJ ha designado como instructor al presidente de la sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJ de Murcia, Abel Ángel Sáez Doménech ; mientras que actuará como fedatario del expediente judicial la secretaria de la sección II de la Audiencia Provincial de Murcia.
La Fiscalía tiene igualmente que designar a un representante del Ministerio Público para tal fin. En el primer expediente se nombró a Ricard Cabedo, quien acaba de ser nombrado por el Gobierno fiscal-jefe del TSJ de la Comunidad Valenciana. Cabedo, en aquel primer expediente, consideró que no se podía imputar una falta muy grave a Gordiano Casas.
Seis meses
El instructor tiene un plazo de seis meses para sustanciar el expediente y resolver las cuestiones que se plantean en el mismo por lo que está previsto que se traslade a Elche para tomar declaración. Fuentes judiciales consultadas por el diario ayer no entendieron el que ambos hechos no se investigaran conjuntamente.

01/02/2005 Condenan por prevaricación a un juez que actuó inducido por su mujer            
Condenan por prevaricación al juez de Málaga José Antonio Ruiz Ortuño que, inducido por su mujer, abrió expediente al letrado malagueño Diego Martín Reyes
MALAGA.- La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha condenado a 10 años de inhabilitación «para empleo o cargo público que implique el desempeño de funciones judiciales» al titular del Juzgado de Primera Instancia número 10 de Málaga, José Antonio Ruiz Ortuño , por un delito de prevaricación judicial, cometido al abrir expediente al letrado malagueño Diego Martín Reyes, tras un juicio en el que el abogado ostentó los intereses contrarios a los de la mujer del magistrado.
Después de la vista, la esposa del juez comentó a su marido que Martín Reyes había efectuado comentarios alusivos «a su persona y cargo», lo que movió a Ruiz Ortuño a abrirle un expediente gubernativo, que se vio obligado a archivar en menos de un mes.
El juez no se detuvo por el hecho de que los comentarios se hubieran producido en un juzgado ajeno a su competencia, ni tampoco se planteó contrastar los datos que tenía con la magistrada responsable, ya que según manifestó él mismo en su primera declaración ante el TSJA, lleva 36 años casado con su mujer y tiene «plena confianza en ella».
Entre las transcripciones del juicio, el juez no halló ningún tipo de alusiones «a su persona y cargo», por lo que se vio en la obligación de dar carpetazo al expediente. El abogado Martín Reyes decidió entonces presentar una querella por prevaricación ante el TSJA.
Además de la pena de inhabilitación, el TSJA ha impuesto al juez una multa de 2.160 euros y le ha condenado a indemnizar de manera simbólica al letrado expedientado en concepto de responsabilidad civil con la cantidad de un euro.

12/01/2005 Tabacalera .- Manos Limpias denuncia ante el CGPJ al juez Torres por priorizar la causa abierta contra Alierta  
El Sindicato de Funcionarios Manos Limpias presentó hoy un escrito ante el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) en el que solicita que la Comisión Disciplinaria de este órgano investigue al titular del Juzgado de Instrucción número 32 de Madrid, Santiago Torres, por priorizar el "caso Tabacalera" en detrimiento de otros asuntos que corresponden a su Juzgado y por filtrar a la prensa sus decisiones sobre esta causa.
El secretario general de esta organización, Miguel Bernad, explicó a Europa Press que la denuncia obecede a las quejas que le han llegado de algunos funcionarios del propio Juzgado; así como de varios abogados y procuradores, señalando el especial interés que parece tener el magistrado en el "caso Tabacalera", en el que está imputado el presidente de Telefónica, César Alierta, su esposa y el sobrino de ambos por un presunto delito de uso de información privilegiada.
Según estas quejas, la actitud del juez perjudica a la tramitación de otros sumarios anteriores a la apertura del "caso Tabacalera". También denuncian que se estén produciendo filtraciones a un medio de comunicación sobre determinadas decisiones alcanzadas por Torres en la instrucción de esa causa.
"Solicitamos a la Comisión Disciplinaria del Consejo que inicie diligencias previas e investigue lo que pasa con esas filtraciones, que pueden constituir un presunto fraude de ley", explicó Bernad. Añadió que los letrados afectados se preguntan cuál puede ser el interés de estas informaciones y el de la publicidad mediática que se logra con las mismas.
ALIERTA DECLARA MAÑANA.
En el "caso Tabacalera" están imputados el presidente de Telefónica, César Alierta, su esposa, Cristina Placer y el sobrino de ambos, Luis Javier Placer, por la compra de un paquete de acciones de Tabacalera en 1997, a través de la sociedad Creaciones Baluarte S.A., cuando el primero era presidente de la compañía de tabacos.
Precisamente mañana, jueves, Alierta y su esposa están citados a declarar ante el juez Torres para ser interrogados sobre la adquisición de valores de Tabacalera por una segunda compañía, denominada Lierde, en la que Alierta también tiene participación.
El pasado mes de diciembre, el Tribunal Supremo rechazó que el "caso Tabacalera" fuera investigado en la Audiencia Nacional, tal y como solicitaba Placer, y otorgó la competencia sobre el mismo al magistrado Torres, que instruye la causa desde junio de 2003. Será la primera ocasión en la que Alierta declare ante este juez, ya que su primera comparecencia como imputado, el 27 de noviembre de 2003, la realizó ante la juez sustituta Modesta Medina.

07/01/2005 El TSJA admite a trámite la querella de policías contra el juez Marchena     
Cádiz. El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha admitido a trámite la querella por prevaricación que presentaron seis policías nacionales de Sanlúcar contra el juez Miguel Ángel López Marchena , magistrado del Juzgado de Instrucción número tres de El Puerto.
Los policías de Sanlúcar, entre los que se encuentra el ex jefe de la Comisaría de esa localidad, Luis Castillo, sostienen que el juez les imputó los delitos inexistentes de connivencia con el narcotráfico y tráfico de drogas. El magistrado de El Puerto abrió dos causas por esos delitos, que luego fueron archivadas.
La querella de los policías fue presentada a finales del pasado mes de diciembre en Granada ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, que la ha admitido a trámite según aseguraron ayer a este periódico fuentes cercanas al caso.
Los agentes han expuesto ante el TSJA que han sido objeto de una persecución por parte de Miguel Ángel López Marchena al considerar que fueron acusados injustamente y sin indicios que pudieran demostrar delitos tan graves como formar parte de una red de corrupción policial. Además, mantienen que el magistrado portuense no rectificó pese a que una investigación interna por parte de personal de asuntos internos de la Policía no encontrará pruebas en las que apoyar las acusaciones contra ellos.
La Comisaría de Sanlúcar fue dirigida por Luis Castillo hasta julio de 2002, quien dimitió después de ser imputado en la causa por corrupción policial, que luego fue archivada. Castillo dijo entonces que él y sus compañeros estaban dispuestos a llegar hasta donde fuera posible para aclarar los hechos y con objeto de que no se cuestione la honestidad del Cuerpo Nacional de Policía en Sanlúcar, que estuvo en el punto de mira tras las duras acusaciones del juez portuense.

18/12/2004 El juez suspendido por el CGPJ retrasó trámites en otra causa por estafa    
  El magistrado de Málaga tardó meses en cursar una orden de detención internacional    
 Málaga
El titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Málaga, suspendido cautelarmente por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) tras dejar en libertad a un presunto narcotraficante, no tramitó hasta hace pocos días una orden internacional de detención contra el presunto responsable del fraude ocurrido en la zapatería Dream Shop, pese a existir varias peticiones de la policía.
Así, desde la comisaría provincial se remitió antes de verano una primera orden de localización del individuo en Italia, tras su identificación a través de las huellas y de fotografías por parte de varios perjudicados, según fuentes cercanas al caso citadas por Europa Press. Posteriormente, se produjeron otras dos reiteraciones más, tanto por escrito como verbales, aunque hasta hace unos días no se tramitó dicha orden internacional, que permitiría la localización y detención del supuesto responsable de la estafa.
El fraude, que se descubrió el pasado mes de febrero, tuvo como consecuencia medio centenar de denuncias, y consistió en la duplicación de tarjetas de crédito de los clientes que acudían a la tienda, regentada por ciudadanos italianos. El montante estimado en ese momento era de más de 65.000 euros.
Los clientes acudían a la zapatería, abierta dos meses antes en una céntrica avenida, bajo el reclamo de las rebajas. Los estafadores utilizaban tres procedimientos con las tarjetas de crédito de los clientes: hacían un cargo por importe mayor de la compra realizada, duplicaban la banda magnética de la tarjeta y la utilizaban para hacer compras, como por ejemplo ordenadores, y sonsacaban a los compradores el número secreto (PIN), para lograr disposiciones de efectivo.
Finalmente, los responsables cerraron el establecimiento a mediados de febrero y desaparecieron. Poco después, las comisarías comenzaron a recibir denuncias de malagueños, al comprobar que sus cuentas corrientes habían sido saqueadas, con cantidades entre los 200 y los 15.000 euros.
Posibles sanciones
La comisión disciplinaria del CGPJ acordó el pasado 2 de diciembre incoar expediente disciplinario al titular del Juzgado de Instrucción número 3, Antonio Vicente Fernández García , por dos supuestas faltas muy graves de desatención en la tramitación y resolución de causas. El jueves acordó por unanimidad suspenderle cautelarmente, por un máximo de seis meses, hasta la resolución del expediente. El magistrado podría enfrentarse a sanciones como la suspensión temporal, el traslado forzoso e incluso la expulsión de la carrera judicial.
Fernández está siendo investigado por haber excarcelado a un presunto narcotraficante y a su esposa, detenidos en mayo, cuando se les incautó cinco kilogramos de cocaína y 100.000 euros que supuestamente procedían del tráfico de droga. El titular del Juzgado de Instrucción 10, a cargo del caso, decretó el ingreso en prisión de ambos, pero mientras se encontraba de vacaciones en agosto, Fernández ordenó su puesta en libertad bajo fianza de 25.000 euros, así como la devolución del dinero incautado. La Fiscalía inició diligencias al conocer los hechos.
 
03/12/2004 El CGPJ abre diligencias informativas a dos magistradas de Vizcaya    
Las afectadas son la presidenta de la Audiencia y la juez San Miguel    
Bilbao
La Comisión Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) acordó ayer por unanimidad abrir diligencias informativas a la presidenta de la Audiencia de Bilbao, Ana Iracheta , y a Nekane San Miguel , magistrada de su Sección Primera, que preside la propia Iracheta
. Ambas magistradas han cruzado desde julio sendas denuncias que finalizaron en dos propuestas de apertura de expediente disciplinario que ayer trató la Comisión Disciplinaria, resolviendo por ahora limitarse a dichas diligencias.
La Inspección del CGPJ realizó del 19 al 22 de octubre pasados una visita para comprobar el funcionamiento de la Audiencia vizcaína. Su informe, que estuvo ayer sobre la mesa de la comisión, constataba numerosas anomalías, atribuidas a la presidenta Iracheta.
Entre otras, la Inspección comprobó que cuatro causas estuvieron paradas 'un largo período' y una quinta incluso 'tres años'. En materia de señalamientos de juicios, apuntaba, 'no hay un criterio claro y objetivo predeterminado, sobre todo en señalamientos para deliberación y fallo de los recursos' de penal e instrucción. Además, 'muchas veces se hacen con poco tiempo desde que se señala hasta la fecha del señalamiento', lo que impide al ponente 'estudiarse la causa', censuraba.

27/11/2004 La Inspección del CGPJ constata anomalías en la Audiencia vizcaína    
       
Bilbao
El informe elaborado por la Inspección del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) sobre el funcionamiento de la Audiencia de Vizcaya ha apreciado numerosas anomalías en la forma de trabajar de su presidenta, Ana Iracheta, por lo que ha propuesto a la comisión disciplinaria que le abra expediente por una posible 'falta de dilaciones indebidas' y por desconsideración por las 'trabas' que ha puesto al resto de magistrados que componen su Sección Primera (Nekane San Miguel, Edorta J. Herrera y Ruth Alonso ), que también preside la propia Iracheta. El informe revela que cuatro causas estuvieron paradas 'un largo período' y una quinta incluso 'tres años'.
La Inspección realizó una visita a la Audiencia del 19 al 22 de octubre y en un informe de 10 páginas elevado el pasado 12 de noviembre apreció varios problemas. En materia de señalamientos de juicios, 'no hay un criterio claro y objetivo predeterminado, sobre todo en señalamientos para deliberación y fallo de los recursos' de penal e instrucción. Además, 'muchas veces se hacen con poco tiempo desde que se señala hasta la fecha del señalamiento', lo que impide al ponente 'estudiarse la causa'. La Inspección constató, tras hablar con las secretarias de la sección, que éstas 'no daban cuenta de los ponentes por indicación de la presidenta' Iracheta.
El informe revela que 'no existe un turno claro y preestablecido de sustitución de magistrados', asunto que ha motivado otra propuesta de expediente contra San Miguel.
La inspección comprobó que la relación entre Iracheta y los otros tres jueces son 'tensas y difíciles, lo cual incide en la buena marcha de la sección' y pone a las secretarias 'en una posición incómoda'. El informe se discutirá en la reunión del jueves de la Comisión Disciplinaria junto a la propuesta de incoar expediente disciplinario por falta grave a San Miguel por 'incumplimiento injustificado y reiterado del horario de audiencia pública'.
 
03/12/2004  11-M LA INVESTIGACION La excarcelación por la Audiencia del emir del 11-M queda impune El Consejo General del Poder Judicial archiva el expediente disciplinario por prescripción - Rechaza por mayoría enviar el caso al fiscal     
     
MADRID.- La excarcelación de Allekema Lamari, uno de los presuntos cerebros de los atentados del 11-M, no tendrá consecuencias para los jueces que pusieron en libertad al terrorista argelino dos años antes de lo debido.
La Comisión Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) acordó ayer archivar la investigación abierta por el Servicio de Inspección a la vista de que ha prescrito la posible responsabilidad disciplinaria.
En ello estuvieron de acuerdo los cinco miembros de la Comisión: Enrique López, Carlos Ríos y Enrique Míguez (los tres elegidos a propuesta del PP) y María Angeles García y Montserrat Comas (propuestas por el PSOE).
La Inspección apreció en la excarcelación de Lamari una falta muy grave de desatención de la que culpa al presidente de la Sección Penal Tercera de la Audiencia Nacional, Francisco Castro Meije . La Inspección no vio responsabilidad en los otros dos magistrados que integran la Sección, Angela Murillo y Luis Martínez de Salinas .
La puesta en libertad de Lamari, condenado a nueve años y tres meses de prisión por su pertenencia al GIA, se realizó el 29 de junio de 2002, cuando legalmente podía haber permanecido en prisión hasta el 29 de junio de 2004.
La liberación se produjo porque la Sección Tercera computó equivocadamente el plazo que Lamari podía permanecer en prisión preventiva mientras el Tribunal Supremo resolvía el recurso de casación que interpuso contra su condena.
El error -derivado simplemente de no haber leído el fallo condenatorio dictado por la propia Sección Tercera- no fue advertido en varias resoluciones que los magistrados emitieron sobre la prisión preventiva de Lamari. La Sección tampoco avisó al Supremo de que la excarcelación del terrorista era inminente.
Pese a todo, la posible infracción disciplinaria está prescrita, ya que desde su comisión han transcurrido más de dos años, que es el plazo de prescripción que señala la ley para las faltas muy graves.
Comas propuso enviar las actuaciones del Servicio de Inspección a la Fiscalía General por si, a su parecer, los hechos atribuidos al magistrado Castro Meije pudieran ser constitutivos de un delito de prevaricación imprudente.
La propuesta no salió adelante por tres votos (de López, Míguez y Ríos) frente a dos (de Comas y García). A juicio de la mayoría, los hechos relacionados con la excarcelación de Lamari han sido objeto de una suficiente difusión pública como para que el fiscal general haya podido actuar de oficio.

03/12/2004 Alarma por la cifra de denuncias contra el Tribunal antiterrorista     
 
La vocal del Consejo General del Poder Judicial María Angeles García expresó ayer su alarma por el alto número de informaciones previas que tiene abiertas el Servicio de Inspección por denuncias contra actuaciones de la Audiencia Nacional.
La información previa es el primer escalón de la actuación de la Inspección del CGPJ y consiste en una investigación sumaria de los hechos denunciados. Según García, en 2003 se tramitaron 34 informaciones previas sobre la Audiencia Nacional, una cifra equivalente al doble de las informaciones previas abiertas en el período 2000-2002. En 2004 la cifra ha aumentado y es, por el momento, de 52.
«No voy a decir que es un órgano enfermo, pero parece que, al menos, tiene fiebre», dijo García en relación a la Audiencia Nacional. La vocal propuso ayer a la Comisión Disciplinaria iniciar una inspección «rigurosa» de todas las Salas y Juzgados de este Tribunal. «De haberla habido antes, la responsabilidad disciplinaria por la excarcelación de Lamari no habría prescrito», precisó.

24/11/2004 El Poder Judicial investiga al tribunal que dejó libre al acusado de atacar a dos mujeres El detenido abandonó la cárcel tras no ser prorrogada la orden de prisión preventiva    
   
Barcelona
El jefe del Servicio de Inspección del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), José María Gil Sáez, acordó ayer la apertura de una información previa para esclarecer el comportamiento de los tres magistrados de la Sección Segunda de la Audiencia de Barcelona que decretaron la puesta en libertad antes de juicio de un hombre acusado de violación, tentativa de homicidio, detención ilegal y robo. Del contenido de esa información se dará traslado 'a los efectos oportunos' a la comisión disciplinaria que se reunirá el próximo 2 de diciembre, según anunció ayer el CGPJ.
Por su parte, la presidenta de esa comisión, Montserrat Comas, explicó que ella también reclamará la información sobre lo ocurrido que pueda recopilar el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, que ayer anunció la apertura de diligencias informativas.
Ayer trascendió que los magistrados Pedro Martín García , Javier Arzúa y José Carlos Iglesias . de Barcelona, en una actuación sin precedentes, acordaron la libertad de Tomás Pardo Caro tras comparecer en el juzgado de guardia de incidencias de Barcelona la noche del 1 de noviembre, festividad de Todos los Santos. La Sala acudió al juzgado al saber que el preso había presentado un hábeas corpus porque el día anterior, 31 de octubre, debería haber quedado en libertad o se le debería haber prorrogado la situación de prisión preventiva en la que se encontraba desde hacía dos años. Finalmente y al advertir que el plazo había vencido, al tribunal no le quedó otra salida que dejarlo en libertad.
Sin embargo, los tres magistrados conocían que se iba a producir ese vencimiento porque el 13 de septiembre pidieron al fiscal que se pronunciara y éste pidió una prórroga de la prisión. Pero la Sala nunca convocó la vista para decidir, aunque en el auto de libertad los jueces sugieren que actuaron así porque el fiscal no se lo pidió.
'Asumir los errores'
Esa acusación fue respondida ayer con contundencia por el fiscal jefe de Cataluña, José María Mena, quien aseguró: 'Cuando se comete un error hay que asumirlo y no echar la culpa a los subalternos [por los funcionarios judiciales] ni a los vecinos [por la fiscalía]'. Inicialmente los jueces culparon de lo ocurrido a las secretarias de la oficina judicial por un error en la anotación de la fecha en la que vencía la prisión, algo que no responde a la verdad.
También trascendió ayer que fue la fiscalía quien pidió protección para las víctimas las 24 horas del día y que el tribunal, que tenía el asunto pendiente de señalar desde hacía semanas, fijó el inicio del juicio con una celeridad insólita para la tarde del 1 de diciembre, en un intento de mitigar la polémica que se iba a suscitar. Es la primera vez que esa sección señala el inicio de una vista por la tarde y además a puerta cerrada y con biombo para separar a las víctimas del agresor, cuando se trata de un tribunal que había alardeado de que 'jamás' utilizaría esa medida.
La fiscal que llevará el caso en el juicio es Asumpta Pujol, coordinadora de los casos de violencia de género en la fiscalía de Barcelona. La acusación pública reclama para el acusado penas que suman 42 años de prisión.

11/11/2004 Avalados los jueces investigados tras el doble crimen de Bellvitge El dictamen coincide con otro anterior del Tribunal Superior de Catalunya     
     
  INFORME DEL CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL SOBRE LA MUERTE DE DOS POLICÍAS El CGPJ afirma que no hubo irregularidad en el permiso carcelario del acusado     
 
El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha avalado la actuación de los dos jueces de Barcelona investigados por sus actuaciones en el caso del preso Pedro Jiménez García, que supuestamente mató a dos mujeres policías en Bellvitge (L'Hospitalet) el pasado 5 de octubre, mientras disfrutaba de un permiso carcelario.
La comisión disciplinaria del máximo órgano de control de la judicatura archivó ayer las diligencias abiertas sobre el titular del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria número dos de Barcelona, Josep Lluís Albiñana , y la titular del Juzgado de Instrucción número 26 de la misma ciudad, Roser Aixandrí, al entender que no cometieron ninguna irregularidad en su trabajo.
"No existe ningún elemento determinante de una conducta con trascendencia disciplinaria", reza la escueta nota emitida ayer por el CGPJ. Albiñana fue quien tuvo la última palabra en la concesión del permiso penitenciario. Por su parte, Aixandrí consideró como una simple falta de amenazas el asalto de Jiménez a una joven en un permiso anterior, en marzo del 2003, lo que a la postre le permitió conseguir un nuevo permiso.
SISTEMA EN ENTREDICHO Jiménez García fue detenido el 8 de octubre, tres días después del asesinato de las dos policías, una de las cuales también sufrió agresiones sexuales. Tras la detención, al conocerse que el presunto autor del doble crimen era un preso que disfrutaba de un permiso que no había regresado a la cárcel, y que además estaba condenado por agresión sexual y, encima, había reincidido en una salida anterior, se desató una notable polémica.
En medio de la alarma, con el sistema penitenciario y judicial en entredicho, el Tribunal Superior de Catalunya analizó inicialmente el caso y elaboró un informe que requirió luego el Poder Judicial.
Las conclusiones del CGPJ son las mismas a las que llegó la sala de gobierno del Tribunal Superior de Catalunya. La presidenta del este tribunal, Maria Eugènia Alegret, explicó pocos días después de los hechos que, del análisis de las actuaciones de los dos magistrados, no se desprendía ninguna irregularidad en sus actuaciones. 

10/11/2004 El CGPJ investiga una queja de Patón sobre el juez Marchena     
      
justicia
El jefe de la Comisaría de Sanlúcar le dice al Poder Judicial que el magistrado de El Puerto tergiversa hechos con intención de perjudicarlo
t. ramos
n cádiz. El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) está investigando una queja sobre el juez Miguel Ángel López Marchena que le ha enviado el jefe de la Comisaría de la Policía Nacional de Sanlúcar, Clemente Patón. El comisario afirma en el escrito que ha remitido al CGPJ que el magistrado, titular del Juzgado de Instrucción número 3 de El Puerto, le ha comunicado a superiores suyos una serie de hechos tergiversados con intención de perjudicarlo.
El jefe policial llega a solicitar que les hagan a él y al juez sendos exámenes psiquiátricos porque considera que la situación de desencuentros y enfrentamientos entre ellos ha llegado un punto en que supera lo racional. El comisario cree que puede ser que todo responda a un problema psiquiátrico y propone que se estudie esa posibilidad.
El Servicio de Inspección del Poder Judicial le ha comunicado al jefe de la Comisaría de Sanlúcar que el asunto pasará a la comisión disciplinaria del Consejo y que le informarán sobre cualquier decisión que adopte relacionada con el escrito de queja.
Los problemas entre el juez López Marchena y Clemente Patón comenzaron a raíz de la intervención de la Comisaría de Sanlúcar en las tareas de protección de un ex confidente policial que es testigo protegido (e imputado) en un caso de narcotráfico instruido por el juez en El Puerto.
Ese testigo protegido denunció en su día que varios policías de Sanlúcar le habían pagado con droga algunos servicios que él había prestado como confidente. Y el pasado agosto, el mismo testigo presentó una denuncia contra Clemente Patón y contra el fiscal jefe de Cádiz, Isidoro Hidalgo, a quienes acusaba de haberle presionado y amenazado para que se retractase de la denuncia contra los policías.
Patón indica en su escrito al Poder Judicial que detrás de la denuncia del testigo protegido contra él y el fiscal jefe está el juez López Marchena. Y explica que el día en que el ex confidente presentó la denuncia, estuvo previamente un par de horas con el magistrado en el Juzgado de El Puerto.
El testigo estuvo protegido por la Policía Nacional, pero ahora lo escoltan agentes de la Guardia Civil que afrontan un trabajo complicado: en poco tiempo los escoltas han denunciado en tres ocasiones al testigo por amenazarles y agredirles y por conducir bebido un ciclomotor. El ex confidente aceptó hace unas semanas una condena a 19 de meses de prisión por atentado y desobediencia.
nuevo incidente con los escoltas
El testigo protegido del juez López Marchena va camino de convertirse en una pesadilla para los agentes de la Guardia Civil destinados a escoltarle. Anteayer volvieron a detenerlo y denunciarlo por desobediencia tras un nuevo incidente: es la tercera vez en poco tiempo.
La primera denuncia dio lugar a una sentencia de conformidad (con la que el testigo protegido estuvo de acuerdo, lo que evitó la celebración de un juicio). Fue condenado a 14 meses de prisión por un delito de atentado contra agente de la autoridad con la atenuante de embriaguez; a cinco meses por un delito de desobediencia y a una multa de seis meses (con cota diaria de seis euros) por un delito contra la seguridad del tráfico.
Tras esa condena vino el segundo incidente. Los escoltas afirman en su segunda denuncia que el pasado 1 de noviembre, el testigo los insultó y los amenazó y que montó un escándalo por el que fue detenido. En esta ocasión no ha habido conformidad. El asunto lo resolverá en primera instancia un juzgado de lo Penal de la capital gaditana.

06/11/2004 Archivada una queja por retrasos en un Juzgado de Vila-real    
        COLEGIO DE ABOGADOS     
 El CGPJ destaca que la juez superó en 2003 y en el primer semestre de 2004 los
módulos de trabajo establecidos

La comisión disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial, (CGPJ), ha archivado la queja del Colegio de Abogados de Castelló en relación al Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número 2 de Vila-real por retrasos en la resolución de algunos procedimientos.
Paradójicamente, los asuntos reseñados en la queja habían sido presentados con defectos procesales, lo que obligó al juzgado a que «se dictara una primera y, a veces, segunda, resolución de subsanación de defectos procesales», según el Consejo. Además, la actividad desarrollada por la titular del citado Juzgado «es superior a los márgenes establecidos por el C. G. P. J. por lo que, pese a que se haya producido cierto retraso en el señalamiento de los juicios, no podemos efectuar reproche disciplinario alguno, siendo éste ajeno a su correcta actuación».
El Colegio de Abogados de Castelló, en su escrito de queja, mantenía que el tiempo que media entre la admisión de la demanda y la fecha prevista para la celebración del juicio es muy dilatado, «lo que supone un funcionamiento anormal de la Administración de Justicia, y, no se corresponde con los tiempos de señalamiento del resto de los Juzgados del mismo partido judicial».
Frente a esa queja, la juez emitió un informe detallando las resoluciones de los asuntos aludidos, concretando fechas. «Lo primero que sorprende-señala el CGPJ-, es que en la práctica totalidad de los casos ha sido necesario que por el Juzgado se dictara una primera, y, a veces, segunda resolución de subsanación de defectos procesales. Cuestión que ha sido omitida en el escrito[del Colegio de Abogados] y que, como es lógico, supone un trabajo y retraso añadido para el Órgano Judicial que a él no le es achacable. Tales resoluciones han sido dictadas en plazos muy breves».
El Consejo calculó que el tiempo medio de respuesta en los pleitos citados es de 7,8 meses. Además, recordó que se trata de un Juzgado mixto y que sólamente hay tres órganos en el partido de Vila-real, de tal forma que las semanas de guardia son más frecuentes «y ello redunda en la menor posibilidad de realizar señalamientos civiles».
Asimismo, la Sección de Régimen Disciplinario concreta que en 2003, con 514 asuntos civiles, el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número 2 de Vila-real, superó el módulo de entrada en un 35% y, en penal, con 3.229, lo hizo en un 29%. Los módulos de dedicación, con 1.87, 80 horas/punto, los superó en un 20,6%.
Durante el primer semestre de este año, en el ámbito civil, el citado órgano, con 286 asuntos, superó en un 50,5% los módulos del Consejo y, en penal, en un 25,6%, dado que entraron 1.570 asuntos. Los módulos de dedicación en los seis primeros meses de 2004 se superaron en un 49,6%.
Además, durante 2003, el tiempo medio de respuesta del Juzgado en civil fue de 10,06 meses mientras que en la provincia fue de 11,54 meses. En penal, la diferencia fue mayor de los 2,83 meses de Vila-real a los 7,39 de la provincia. En 2004, en civil, la respuesta media tardó 6,8 y en penal, 2,59. En la provincia fue de 10,3 y 4,64 meses. 

15/10/2004 El TSJC investigará a la juez Aixandri    
        El Tribunal quiere saber si se desatendió la denuncia de una joven contra Pedro Jiménez     
  CRÍMENES QUE CREAN ALARMA
Madrid
El Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC) comunicó ayer al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) que ha abierto unas diligencias informativas para averiguar si una juez de instrucción de Barcelona desatendió de alguna manera a una joven barcelonesa en la investigación de una denuncia por amenazas que ésta presentó en marzo de 2003 contra Pedro Jiménez García, el presunto asesino de dos policías nacionales en un piso de Bellvitge. La joven dijo a este diario haberse sentido 'humillada' por el trato recibido durante la instrucción de las diligencias previas 1221/2003 del juzgado de instrucción 26 de Barcelona, cuya titular es la juez Roser Aixandri.
La joven denunció haber sido abordada por Jiménez en el ascensor de su casa, con una navaja, sobre las 14.40 del 28 de marzo de 2003. Pero se resistió y, tras un forcejeo, cayó con Jiménez al suelo. El hombre -que gozaba en aquel momento de un permiso carcelario de tres días- huyó, pero dejó numerosas pruebas sobre su identidad. Entre otras, un álbum de fotos. La chica lo reconoció sin titubeos ante la policía. Ésta decía en su atestado que la intención de Jiménez era violar a la chica. La joven lo denunció por un delito de amenazas, pero la juez Aixandri lo archivó y estimó que debía seguirse un procedimiento de faltas o uno civil.
El portavoz del CGPJ, Enrique López, dijo a este diario que el caso no puede ser jurídicamente revisado, pero sí la actitud de la juez si no han transcurrido más de dos años desde el asunto. La víctima dijo que la juez actuó con 'extrema dureza' en los interrogatorios y que parecía 'no creerse nada'. El TSJC ha decidido analizar el asunto y enviará al CGPJ la información recabada, según comunicó ayer la presidenta del tribunal, María Eugenia Alegret, a la presidenta de la comisión disciplinaria del CGPJ, Montserrat Comas.
La juez Aixandri anunció ayer la presentación de una querella contra este diario por la información. La junta de jueces de Barcelona le mostró ayer todo su 'apoyo y solidaridad' hasta el punto de que asumirán conjuntamente el coste procesal de la querella, según fuentes del TSJC. Las asociaciones Jueces por la Democracia, la Asociación Profesional de la Magistratura, Francisco de Vitoria y el Foro Judicial Independiente emitieron un comunicado conjunto en el que señalan que aquella información ha hecho 'un mal injusto a una juez y a la función que una sociedad democrática encomienda a su poder judicial'.

08/10/2004 El Poder Judicial investiga a un juez que prohibió a periodistas tomar notas en un juicio    
Madrid
El Servicio de Inspección del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) abrió ayer una información previa para esclarecer la actuación del juez de instrucción número 21 de Madrid, Eduardo Cruz Torres , quien prohibió tomar anotaciones a tres periodistas durante una vista oral, bajo amenaza de expulsión.
Según fuentes del Poder Judicial, el servicio de inspección recabará ahora toda la información y elevará un informe a la comisión disciplinaria, que determinará si se abre un expediente disciplinario al titular del juzgado.
El pasado martes, el juez Cruz Torres prohibió a informadores de las agencias Efe y Europa Press tomar notas durante un juicio de faltas al portavoz de IU en la junta del distrito de Retiro de Madrid, Julio Rodríguez. Según los informadores, el juez no permitió el acceso del público ni de los periodistas, hasta que hubo prestado declaración el acusado. Cuando se percató de que los periodistas tomaban notas, les apercibió para que dejaran de hacerlo bajo amenaza de expulsión y ordenó a un agente judicial que vigilase a los informadores.
La actuación del magistrado dio lugar a una fulminante reacción del Consejo General del Poder Judicial, cuyo portavoz, Enrique López, calificó su actuación de 'absolutamente errónea y equivocada'.
Asimismo, una treintena de periodistas de tribunales presentaron ayer un escrito al Consejo en el que muestran su 'estupor' e 'indignación' por la actuación del juez Cruz Torres, cuya conducta 'vulneró gravemente la protección constitucional del derecho a comunicar libremente información'.
En su escrito, los profesionales de la información solicitan la intervención, en su caso, de la comisión disciplinaria del Consejo, para corregir el 'lamentable abuso de autoridad del magistrado'. A su vez, una de las periodistas afectadas, Elisa García Delgado, de Europa Press, ha presentado una queja al presidente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
 
03/10/2004 El CGPJ investiga a una jueza por abuso laboral hacia un funcionario    
        ALCOY     
  CC OO ha denunciado que la magistrada propició que se abriera un expediente disciplinario a un trabajador del Decanato, archivado sin sanción ocho meses después
M. CANDELA
La comisión disciplinaria del Consejo General de Poder Judicial (CGPJ) está investigando una denuncia formulada por CC OO contra una jueza, por una presunta «actitud abusiva o inapropiada en el ejercicio de sus funciones», cuando era titular del Juzgado de Instrucción número 2 de Alcoy. La magistrada propició la apertura de un expediente disciplinario contra un funcionario por parte del TSJ, que más tarde sería archivado.
La denuncia al CGPJ ha sido formulada por Pablo Cuéllar, delegado de CC OO y secretario de la junta de personal de la Administración de Justicia de la provincia, a raíz de unos hechos que se remontan a agosto de 2003. Un funcionario del Decanato solicitó, a su regreso de las vacaciones, un permiso de cuatro días por enfermedad grave de un familiar -una hija de muy corta edad-, que le fue concedido. Al término del período, el trabajador no regresó, presentando un parte de baja por síndrome febril.
La titular del Juzgado número 2, Nuria Navarro García -actualmente destinada en la sección séptima de la Audiencia, con sede en Elche-, comunicó el 27 de agosto al TSJ lo ocurrido, agregando que había telefoneado al domicilio del funcionario sin que nadie contestara, «todo lo cual pongo en su conocimiento por si los hechos fueron constitutivos de responsabilidad disciplinaria». La jueza alegó que por esta situación la oficina del Decanato tuvo que ser cerrada.
La sala de gobierno del TSJ acordó, por unanimidad, incoar un expediente disciplinario por «la posible comisión de una falta grave o leve», que fue tramitado posteriormente, con la toma de declaración a las personas relacionadas con el asunto, según refleja la denuncia de CC OO.
El 7 de abril de 2004, el TSJ acordaba archivar el expediente disciplinario «al no hallar méritos para la exigencia de responsabilidad alguna, conforme a la propuesta de la Sra. Juez Instructora».
Esta decisión ha motivado la presentación de una denuncia ante el CGPJ por parte de CC OO, al entender que puede haber habido una «actitud abusiva o inapropiada» por parte de la jueza. Pablo Cuéllar ha informado a este diario que el CGPJ ha decidido elevar la denuncia ante la comisión disciplinaria para su tramitación.
 
30/09/2004 EL 'CASO ALIERTA' Archivada la denuncia de Alierta contra Torres     
       
MADRID.- La Comisión Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial acordó ayer, por unanimidad, archivar la denuncia interpuesta por el presidente de Telefónica, César Alierta, contra el titular del Juzgado de Instrucción número 32 de Madrid, Santiago Torres, que le investiga por un presunto delito de tráfico de información privilegiada.
Todos los miembros de la Comisión, integrada ayer por José Merino y Carlos Ríos (ambos propuestos por el PP), Montserrat Comas (PSOE), Félix Pantoja (IU) y Agustín Azparren, asumieron el informe de la Inspección, en el que se pone de manifiesto que la denuncia de Alierta afecta a cuestiones jurisdiccionales en las que el CGPJ no puede inmiscuirse, por lo que procedía el archivo de la queja sin dar lugar ni siquiera a unas diligencias informativas.
Alierta denunció a Torres por haber recibido declaraciones testificales sin acceder a la petición de la defensa de suspenderlas. También se quejó de que el instructor le impusiera una fianza de 4,9 millones de euros para cubrir eventuales responsabilidades pecuniarias cuando ya estaba requerido de inhibición por la Audiencia Nacional.
En coincidencia con la Inspección, la Comisión Disciplinaria ha considerado que Alierta no puede tratar de utilizar la vía disciplinaria para corregir resoluciones judiciales con las que no está de acuerdo.
En algún caso, además, el empresario ni siquiera ha interpuesto los oportunos recursos contra las decisiones del instructor, como sucedió con la celebración de las pruebas testificales.En el supuesto de la fianza, los defensores del presidente de Telefónica han formulado un recurso de apelación que está pendiente de resolución por la Audiencia Provincial de Madrid, lo que, a juicio del CGPJ, evidencia la naturaleza plenamente jurisdiccional del asunto.

30/09/2004 El CGPJ no sanciona al juez del 'caso Fábregas'     
     
  MADRID.- El expediente abierto al magistrado de Barcelona Gonzalo de Dios por la supuesta desatención a un proceso por malos tratos que acabó con la muerte de la denunciante fue archivado ayer por la Comisión Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial.
La decisión se adoptó por tres votos frente a dos, emitidos los primeros por los vocales Carlos Ríos, José Merino y Agustín Azparren, mientras que Montserrat Comas y Félix Pantoja se mostraron partidarios de sancionar a De Dios con una multa de 300 euros por una falta grave.
Ésa fue la propuesta de sanción que formuló el instructor del expediente, Fernando Lacaba, aunque lo hizo porque así se lo ordenó la propia Comisión Disciplinaria. Inicialmente, Lacaba, al igual que el fiscal, pidieron el archivo del expediente al no apreciar responsabilidad disciplinaria en la actuación de De Dios. Este magistrado también ha sido apoyado públicamente por la Junta de Jueces de Barcelona.
La mayoría de la Comisión Disciplinaria ha llegado a la conclusión de que el juez no desatendió un proceso en el que se acumularon hasta 11 denuncias de la víctima, Ana María Fábregas, que murió a manos de su compañero sentimental el 10 de junio de 2003. El hombre, que al parecer sufría alteraciones psíquicas, la esperó en el portal de su casa y la golpeó en el cráneo con un martillo.
De Dios se hizo cargo del Juzgado en el que se tramitaba el asunto cuando las primeras denuncias ya habían dado lugar a la adopción de medidas como la orden de alejamiento, que él mantuvo. Durante la instrucción del expediente se ha puesto de manifiesto que era la propia víctima la que permitía pasar a su domicilio a su compañero sentimental, al que volvía a denunciar en cuanto surgían desavenencias. En la causa no constaba ningún parte médico por agresiones.
 
20/09/2004 El TS archiva una querella presentada contra el CGPJ por un magistrado de la Audiencia Nacional trasladado forzosamente     
 
El Tribunal Supremo ha archivado la querella por prevaricación presentada por el ex magistrado de la Audiencia Nacional Emilio Martínez Blanco contra el juez del Tribunal Supremo Angel Calderón, instructor del expediente que le abrió el año pasado el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) por siete hechos, entre ellos, sólo acudir al Juzgado dos días a la semana, y contra los vocales que entonces componían la Comisión Disciplinaria de este órgano.
El Pleno del Consejo General del Poder Judicial acordó el 29 de abril de 2003 imponer a Martínez Blanco la sanción de traslado forzoso de destino, por incumplir el deber de asistencia a su despacho, ya que sólo acudía dos días a la semana, jueves y miércoles, y este último sólo parte de la jornada.
El magistrado Martínez Blanco, que era presidente de la Sección Séptima de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional cuando fue expedientado, presentó una querella por prevaricación contra el magistrado de la Sala de lo Militar del Supremo Angel Calderón y los vocales del Consejo que constituían la Comisión Disciplinaria, Enrique López , Fernando Salinas , Félix Pantoja , Agustín Azparren y Carlos Ríos .
El alto tribunal, tras declararse competente para investigar la querella, decide archivarla, porque "el delito de prevaricación administrativa exige que el autor dicte una resolución administrativa arbitraria a sabiendas de su injusticia", lo que no se da en este caso, entre otras razones, porque la conducta de los querellados "se limitó a una propuesta de resolución que no vinculaba al órgano al que se dirigía", el Pleno del Consejo.
Martínez Blanco fue sancionado con el traslado forzoso, porque según el relato de hechos realizado por la Comisión Disciplinaria "sólo acude al despacho dos días a la semana, los jueves y los miércoles, si bien el segundo día sólo parte de la jornada; asistencia que resulta insuficiente para la atención ordinaria del trámite y despacho de asuntos en lo que corresponde a las tareas propias de la presidencia de una Sección de estas características".
El expedientado concentraba los señalamientos para deliberación, votación y fallo de los asuntos que debe resolver la sección un día a la semana (los jueves), reservando el resto de días laborables al estudio y preparación de las resoluciones a dictar.
PERMISOS
Asimismo, la Inspección de tribunales detectó que en la Sección que preside este juez debieron suspenderse veinte señalamientos, en los años 2001 y 2002, "por disfrute de permiso del ponente señor Martínez Blanco, quien no comunica siempre ni con la debida antelación al magistrado que deba sustituirle, ni tampoco a la Secretaría, las fechas en las que hace uso de los permisos". Por este motivo, se dejaron sin efecto varios señalamientos.
Además, la Comisión Disciplinaria subrayaba que Martínez Blanco y la titular de la Secretaría de la Sección hasta noviembre de 2001 no tenían ninguna comunicación. "El despacho (de asuntos entre ambos) se ha venido sustituyendo por el procedimiento de consultas mediante notas y escritos que el presidente contesta por la misma vía, siendo sus destinatarios habituales los funcionarios de la oficina judicial. La firma la realiza el presidente sin la concurrencia de la fedataria o funcionario que la sustituya".
Por todo ello, el Pleno consideró que había cometido una falta disciplinaria muy grave de desatención de los asuntos de su Juzgado, sancionado en el artículo 417.9 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
El afectado rechazaba la sanción y alegaba que el origen del expediente disciplinario que se le había abierto era el acoso laboral o "mobbing" al que le sometía el presidente de su Sala, Eduardo Calvo, pero el Consejo rechazó estos argumentos.

03/09/2004 Por dilaciones indebidas en varios sumarios el CGPJ propone suspender un año al juez Ruiz Polanco por la excarcelación de un presunto miembro de ETA

Al tratarse de una propuesta de sanción superior a los seis meses, su eventual aplicación supondrá la pérdida de destino en la Audiencia Nacional

La Comisión Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) acordó ayer por cuatro votos contra uno presentar al Pleno de este órgano que se celebrará el próximo miércoles, 8 de septiembre, una propuesta de suspensión de un año en sus funciones al juez de la Audiencia Nacional Guillermo Ruiz Polanco , por una falta muy grave de desatención en el ejercicio de sus competencias. Las dilaciones en la tramitación por el magistrado de varios sumarios de terrorismo motivaron la excarcelación del presunto miembro de ETA Ibai Ayensa.

Fuentes del CGPJ señalaron que al tratarse de una propuesta de sanción superior a los seis meses, su eventual aplicación supondrá la pérdida de destino, esto es, que, tras concluir el año, el magistrado no podrá volver a la Audiencia Nacional.

La propuesta aprobada ayer por la Comisión, por una falta muy grave prevista en el articulo 417.9 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, es más dura que la que realizó el instructor del expediente disciplinario, que era de siete meses de suspensión. La decisión también supera lo solicitado por el fiscal, que propuso una sación para Ruiz Polanco por tiempo de más de seis meses aunque "no superior a ocho".

El acuerdo se tomó por cuatro votos contra uno por una Comisión Disciplinaria que precisamente hoy renovó a tres de sus miembros, y cuya constitución se celebró poco antes de comenzar la reunión en la que se trató el expediente disciplinario abierto a Ruiz Polanco.

Los nuevos vocales que integran la Comisión Disciplinaria son Montserrat Comas , Ángeles García y Enrique Mínguez , que entran en sustitución de Enrique López, Fernando Salinas y Félix Pantoja. En este órgano del CGPJ repiten los vocales Carlos Ríos y Agustín Azparren.

Suspendido hace seis meses

El juez Ruiz Polanco se encuentra suspendido cautelarmente desde el pasado 15 de marzo por las dilaciones indebidas en varios sumarios por terrorismo que permitieron la excarcelación del presunto etarra Ibai Ayensa, al cumplirse dos años de prisión preventiva sin que se celebrara la vistilla para prorrogar esta situación.

En su escrito de alegaciones al CGPJ, el juez alegó falta de medios y achacó parte de lo ocurrido al cambio del personal afecto al Juzgado, especialmente en lo referido a la labor de uno de sus funcionarios.

En el escrito, el magistrado califica su trabajo de "excesivamente minucioso, lo que puede determinar alguna lentitud". La Comisión Disciplinaria que trató hoy el asunto de Ruiz Polanco se celebró con carácter extraordinario, con el objetivo de incluir la propuesta en el Pleno que se celebrará el próximo miércoles.

La razón es que el 15 de septiembre vence la suspensión cautelar por seis meses que se impuso al titular del Juzgado Central de Instrucción número 1. Desde entonces le sustituye el magistrado Fernando Grande-Marlaska, que se ha hecho cargo de los asuntos pendientes en el Juzgado.

Desatención del ejercicio jurisdiccional

El pasado 15 de marzo, la anterior Comisión Disciplinaria acordó por unanimidad suspender cautelarmente de funciones a Guillermo Ruiz Polanco, así como ampliar el expediente que tramitaba contra él con otras dos posibles faltas muy graves, lo que suma un total de cuatro. El 8 de marzo, la Comisión había imputado a Ruiz Polanco dos faltas muy graves. Una de ellas por desatención del ejercicio jurisdiccional, por el error que permitió la excarcelación del presunto etarra Ibai Ayensa, el pasado 23 de febrero.

La otra falta deriva del retraso injustificado en dos sumarios contra el 'comando Urbasa' de ETA, a los que no procesó hasta un año y diez meses después de que se lo pidiese el fiscal. Después de esa decisión, el Servicio de Inspección, que realizó una visita de trabajo al Juzgado de Ruiz Polanco, propuso que se le imputaran otras dos faltas muy graves.

La primera por no establecer en el Juzgado un sistema de control efectivo de las causas con preso que garantice tanto su tramitación prioritaria como la adecuada vigilancia de los plazos y límites temporales de las situaciones de prisión provisional, y otra, por retraso injustificado y reiterado en la tramitación de procesos y causas de su competencia por las posibles dilaciones existentes en cinco Sumarios y en dos Diligencias Previas.

Ruiz Polanco fue sancionado recientemente por el CGPJ con una multa de 600 euros como autor de un retraso injustificado en la instrucción de un caso de fraude de IVA. El Consejo ya le había expedientado con anterioridad, aunque después le exoneró de responsabilidad, por la excarcelación del narcotraficante Alfredo Cordero y la puesta en libertad del presunto narco Pablo Vioque. 

30/08/2004 El CGPJ y el Defensor del Pueblo Andaluz admiten a trámite quejas por el 'atasco' de los Juzgados de Marbella    
 
El letrado sevillano Luis Romero ha recibido sendos escritos en los que el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y el Defensor del Pueblo Andaluz, José Chamizo, admiten a trámite sus quejas por el "atasco" que sufren las diligencias en los Juzgados de Marbella.
El CGPJ confirmó en el documento remitido a Romero, al que ha tenido acceso Europa Press, que elevarán su queja a la Comisión Disciplinaria del órgano judicial "para su estudio y acuerdo que corresponda al mismo en relación con los hechos que expone".
Por su parte, el Defensor del Pueblo Andaluz, José Chamizo, remitió una carta al letrado, a la que ha tenido acceso Europa Press, en la que comunicaba la admisión a trámite de su reclamación.
Asimismo, el Defensor del Pueblo Andaluz aseguró que remitieron su queja al Ministerio Fiscal con el fin de investigar los hechos denunciados y "adoptar las medidas adecuadas para corregir la situación".
La reclamación de Romero, a la que ha tenido acceso Europa Press, explicó concretamente la situación de su representado, L.J.G, sin antecedentes penales, imputado por un presunto delito de estafa y en prisión provisional desde el pasado 19 de febrero.
Así, aseguró que presentaron recurso de apelación el 17 de junio contra el auto dictado una semana antes en el que se denegaba la libertad provisional del detenido. El 29 de julio, Romero presentó un escrito de queja ante el juzgado para pedir que se agilizara la remisión del recurso a la Audiencia.
El documento insistió en que dos meses más tarde aún "no se había elevado el recurso a la Audiencia Provincial de Málaga" y explicó que el pasado 6 de agosto, el abogado de la defensa acudió a la oficina judicial para interesarse por los trámites del recurso antes citado y hablar con el juez que instruía el caso sobre la libertad del defendido, que lleva siete meses en prisión provisional en el Centro Penitenciario de Alahurín de la Torre.
Romero aseveró en el escrito remitido al CGPJ y a Chamizo que se llevó una "desagradable sorpresa" porque "la funcionaria encargada del asunto dice que el escrito presentado el 29 de julio aún no ha llegado a sus manos porque no ha pasado mucho tiempo". Ante las quejas del letrado, la funcionaria respondió que "otro compañero presentó una queja en el CGPJ y que ya conocen bien en este organismo las vicisitudes del juzgado, además de que el recurso está aún en la oficina judicial".
Entonces, la funcionaria justificó que "la jueza que instruye el caso y el secretario están de vacaciones" además de que "la funcionaria que debía tramitar el recurso se trasladó a otro destino" y que "cambian a diario los jueces, por lo que no están enterados del asunto y no va servir de nada hablar con él, además de que no sabe quién es el secretario sustituto".
El escrito concluía solicitando tanto al CGPJ como al Defensor del Pueblo Andaluz que "tomen las medidas oportunas para requerir al Juzgado de Instrucción número 2 de Marbella que cumpla con la obligación de dar el debido trámite a los asuntos y concretamente a éste, en el que hay una persona privada de libertad 'provisionalmente' desde hace siete meses".

18/08/2004 El comisario de Policía de Sanlúcar pide amparo al CGPJ frente al 'Garzón de Cádiz' y le acusa de prevaricación    

El comisario jefe de Policía de Sanlúcar de Barrameda (Cádiz) ha pedido amparo al Consejo General del Poder Judicial frente a los procedimientos empleados por el juez de El Puerto de Santa María Miguel Angel López Marchena, instructor de importantes operaciones contra el tráfico de hachís en la zona, a quien ha denunciado por delitos de calumnias, prevaricación, y acusaciones falsas.
La Comisión Permanente del CGPJ estudiará mañana la petición del comisario, aunque fuentes de la misma adelantaron hoy que en principio no atenderán la solicitud, ya que la Ley no prevé que el Consejo otorgue el amparo a un policía, sino a los jueces que consideren perturbada su independencia. Además, recuerdan que el pasado mes de mayo no ampararon al juez López Marchena frente a la Policía.
Se trata de un episodio más de los enfrentamientos del juez López Marchena, conocido en algunos ambientes como el "Garzón de Cádiz", con determinados policías y fiscales de la provincia, a quienes ha reprochado, entre otras actuaciones, no tomar demasiado en serio las amenazas que han recibido tanto él mismo como un testigo protegido de la denominada "Operación Manzanilla", en la que fueron incautadas once toneladas de hachís.
El comisario jefe de Sanlúcar solicita amparo al CGPJ por entender que la forma de actuar de López Marchena, titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de El Puerto de Santa María, "va en contra de los más elementales derechos fundamentales" y de la tutela judicial efectiva.
CALUMNIAS Y PREVARICACION
El jefe policial ha puesto también los hechos en conocimiento de la Fiscalía de Cádiz, ante quien ha denunciado al juez por delitos de calumnias, prevaricación, acusación y denuncia falsa.
Los hechos guardan relación con un escrito dirigido el pasado mes de mayo por el juez López Marchena al presidente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el que daba cuenta de las amenazas de atentar contra él y su familia recibidas por parte de varios implicados en casos de narcotráfico, e insinuaba que la Policía, pese a dar crédito a su denuncia, había minimizado su importancia y no había abierto una investigación para descubrir a los autores.
También informaba de las coacciones e intento de agresión sufridos por un testigo protegido en un caso de narcotráfico. En ese caso, cargaba contra la Fiscalía, al recordar que había pedido que se le retirara la escolta a dicho testigo, y se mostró en contra de que se le concedieran determinados medios económicos de subsistencia.
El escrito del juez fue enviado al CGPJ por el presidente del Tribunal Superior andaluz. La Comisión Permanente del Consejo decidió no amparar al juez, aunque envió su escrito a la Fiscalía General del Estado por si los hechos narrados por el magistrados fueran constitutivos de algún delito. El caso está siendo estudiado actualmente por la Fiscalía de Cádiz.
MAS ENFRENTAMIENTOS
El juez López Marchena ha dirigido en la provincia de Cádiz importantes operaciones contra el narcotráfico como las denominadas "Manzanilla", en Sanlúcar", o "Estela", en Barbate. Ninguna de ellas ha estado exenta de polémica por los enfrentamientos entre el magistrado y la Fiscalía o la Policía. El CGPJ acordó en su día no actuar disciplinariamente contra el juez por su proceder en la "Operación Estela".
En su escrito al presidente del TSJ de Andalucía, el juez decía que las amenazas las comenzó el principal imputado en una de las causas por narcotráfico que él instruye, que le escribió una carta diciéndole que vigilaría su carrera judicial y le daría un "futuro igual al que tú has preparado para mí".
Luego le llegó la información de que varios imputados en la "Operación Manzanilla" preparaban un atentado contra él o su familia, a lo que dió crédito la Policía. "Pese a ello --señalaba el juez--, tengo entendido que los mandos posteriormente minimizaron los riesgos". También dijo que habían intentado quemar el brezo de su casa.
AMENAZAS CON NAVAJA Y UN BATE
El magistrado añadió que las amenazas contra él fue paralela a las coacciones padecidas por el testigo protegido RRC, con la finalidad de que cambiara sus declaraciones iniciales que fueron realizadas sin presión y con asistencia de su abogado y de un representante de la Fiscalía.
Añadía que, además de intentar entrar en la casa del testigo, el pasado 30 de abril trataron de clavarle una navaja y de golpearle con un bate, lo que fue impedido por los escoltas que le protegen. También pintaron en su casa frases amenazantes. El juez señala en su escrito que dicho testigo está a la espera de que la administración, a petición suya, le otorgue un trabajo en Sanlúcar, donde se encuentra sometido "a una presión brutal".

Viernes, 06/08/2004 Casi 100 acusados de una gran estafa, impunes al haber prescrito el delito antes de ser juzgados Los reos montaron hace 26 años empresas fantasmas para defraudar a la Seguridad Social   
     
La lentitud de la justicia, sobre todo en las investigaciones más complejas, sigue deparando sorpresas. La Audiencia de Madrid ha dejado impunes, por 'prescripción' de los delitos que se les imputaban, a los 137 implicados en la trama que, hace 26 años, supuso un fraude de 336.000 euros (56 millones de pesetas) a la Seguridad Social. 96 reos iban a sentarse en el banquillo -otros 41 ya han fallecido- y se enfrentaban hasta a ocho años de cárcel cuando los jueces han visto que uno de los delitos cometidos, el de falsedad ideológica, fue despenalizado en 1996 y que el otro, de estafa, había prescrito.
Desde que el fiscal calificó por primera vez los hechos en 1991 y hasta que el Juzgado 12 de Madrid, el que instruyó la causa, dio traslado a los abogados para que hicieran sus alegaciones y respectivos escritos transcurrieron más seis años. En esos seis años la causa estuvo en las estanterías del juzgado sin moverse. Años después, se elevó a la Audiencia de Madrid, instancia que, tras otra reforma legal, la remitió nuevamente al juzgado instructor, el número 12 de la plaza de Castilla, para que convirtiese las diligencias en un procedimiento abreviado, puesto que inicialmente se incoaron como sumario. En el juzgado, la causa volvió a estar otros tantos años parada y sin impulso alguno.
Cuando finalmente la causa se elevó de nuevo a la Audiencia, ya con otros jueces en el tribunal, éstos han entendido que ya no vale la pena celebrar el juicio porque el delito de estafa hacía años que había prescrito. Por eso, y a petición de las defensas y las acusaciones, han optado por sobreseerla. Eso sí, dejan en manos de la Seguridad Social, la gran perjudicada por los chanchullos de esta trama, la posibilidad de acudir a la jurisdicción civil y exigir allí a los acusados el dinero que ilegalmente estafaron al erario público. Pero la Seguridad Social, si es que finalmente acomete esta acción, es posible que no pueda recuperar todo el dinero defraudado, ya que los principales acusados en esta trama ya han fallecido. A lo largo de todos estos años han muerto 41 de los 137 acusados.
A grandes rasgos, el chanchullo cometido por los acusados era el siguiente: crearon cuatro empresas fantasmas -Manfisa, Imperter, Senio y Talleres Alonso- y hacían como que contrataban a trabajadores que luego despedían. En realidad, unos y otros actuaban en connivencia, ya que las empresas carecían de actividad. El dinero que pagaba el Estado por el subsidio de desempleo se lo repartían entre ellos: los que creaban las empresa y los que se prestaban a dar sus nombres ante la Seguridad Social. Cuando en 1990 el fiscal calificó los hechos, pedía para los 137 acusados fuertes penas de cárcel: la más pequeña de seis meses; y la más grande, de diez años de prisión.
La Sección Tercera de la Audiencia de Madrid, en un auto fechado el pasado 21 de julio, decide acordar 'el sobreseimiento libre de las actuaciones' y levanta las medidas cautelares que pesaban sobre la mayoría de los imputados. Ordena la devolución de las fianzas y el levantamiento de los embargos que pesaban sobre los acusados. Contra tres de los 137 acusados existían incluso órdenes de búsqueda y captura e ingreso en prisión que nunca llegaron a materializarse.
Los jueces explican en el auto que, dado el largo tiempo transcurrido desde los hechos, cualquier pena no tendría sentido. 'Sería una grave contradicción imponer un castigo cuando los informes del sistema punitivo y, más concretamente la reinserción y rehabilitación social, son ya inalcanzables'. Además, agregan los jueces, 'hay razones de política criminal que aconsejan, por simples razones de proporcionalidad en la respuesta punitiva, prescindir de la sanción penal, y más cuando el transcurso del tiempo ha disminuido sensiblemente hasta hacerla desaparecer por decisión legal la medida de la culpabilidad'. Añaden los jueces que 'la incertidumbre de la respuesta jurídica no puede prolongarse indefinidamente en el tiempo, y mucho menos en el campo del derecho penal, por lo que es necesario marcar el tiempo durante el cual se puede ejercitar válidamente el ius puniendi [derecho de castigo] del Estado'.
La Audiencia de Madrid ha tenido en cuenta, a la hora de tomar esta decisión, el criterio del fiscal, de los abogados de la defensa, y de la acusación particular, la Seguridad Social. Todas las partes coincidían en que entre el 30 de julio de 1990 [cuando el fiscal emitió su escrito de acusación] y hasta el 19 de febrero de 1996 [cuando el juez remite el citado escrito a las otras partes para que elaboren sus conclusiones] pasan seis años, 'lo que determina', explica el tribunal, 'la concurrencia de los requisitos de la prescripción por paralización de la causa'. En esos seis años, el único papel que se incorpora a la causa es uno que da cuenta de la muerte de José Manuel Sáiz de Baranda, uno de los presuntos cabecillas de la estafa y entonces secretario del Tribunal de Cuentas del Estado.
En el sobreseimiento del caso también ha pesado que los hechos que se iban a juzgar ocurrieron 'entre los años 1979 y 1981: han transcurrido más de 20 años y [en ese tiempo han surgido] varias reformas legales que afectan, sustancialmente, a buena parte de las actuaciones. Aparte del hecho de que ya han fallecido quienes aparecerían como principales responsables u organizadores de la trama'. El auto de apertura del juicio oral sobre este caso se dictó el 29 de noviembre de 2002. El juez instructor ya tuvo entonces dificultades para localizar a los acusados.
 
Cronología de un sumario inconcluso   
     
Antes de decretar el sobreseimiento de la causa, el pasado 21 de abril, la Audiencia de Madrid hace un recorrido, con fechas incluidas, por las fases que han rodeado la instrucción de las diligencias.
-Según el tribunal, el 30 de julio de 1981 el Juzgado de Instrucción número 12 decidió abrir diligencias 'por un presunto fraude en la percepción del subsidio de desempleo, falsificación de documentos públicos, cohecho e infidelidad en la custodia de documentos' contra 137 personas.
-El 23 de septiembre de 1982 se incoó un sumario por estos hechos, y el 22 de agosto de 1983 se dictó un auto de procesamiento contra 130 personas por delitos de falsificación de documento público y oficial, así como por estafa.
-El 30 de junio de 1989 hubo una modificación legal y se decidió que la causa, que hasta ese momento se tramitaba como sumario, se convirtiese en un procedimiento abreviado.
-El 30 de julio de 1990, el fiscal presentó su escrito de acusación.
-El 30 de diciembre de 1990 el juzgado dictó una resolución en la que daba como presentado el citado escrito del fiscal, a la vez que indicaba que había algunos errores en el escrito del ministerio público en relación con algunos nombres y fechas, y lo remitió de nuevo al fiscal para que los subsanase.
-El 21 de diciembre de 1991 el fiscal volvió a presentar el escrito con los errores subsanados.
-El 19 de febrero de 1996 el juez firmó que el fiscal le había devuelto la causa y la remitió a las partes para que éstas calificasen los hechos. Es aquí cuando se produce la prescripción, pues pasaron más de cinco años sin actividad.
-El 20 de noviembre de 2002, el juez dictó la apertura del juicio oral.

6 Agosto de 2004 El Supremo confirma 2 años de cárcel y 18 de inhabilitación a un juez de Huelva por prevaricación y cohecho

El Tribunal Supremo ha confirmado 2 años de cárcel, 18 y medio de inhabilitación y multa de 37.210 euros para el ex juez de Primera Instancia e Instrucción número 2 de la Palma del Condado (Huelva) Justo Gómez Romero, por delitos de cohecho, prevaricación y exacciones ilegales, por cobrar dinero a cambio de resoluciones judiciales favorables, entre otras actividades ilegales.

El Supremo ratifica la sentencia dictada en julio de 2002 por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, que condena además a 2 años de prisión al abogado sevillado Félix Eugenio Cecilia Delgado, como cooperador necesario en el cohecho cometido por el juez, así como al pago de una multa de 4.810 euros.

El alto tribunal rechaza íntegramente los recursos del juez y del abogado. Su actividad delictiva arrancó en 1996, cuando pidieron y obtuvieron 800.000 pesetas de un matrimonio propietario de un mesón para paralizar su deshaucio. Esta acción constituyó delitos de cohecho y prevaricación.

El juez comentó a la pareja citada que conocía a un abogado que les podía arreglar el caso y paralizar el asunto, lo que les iba a costar 800.000 pesetas. Por su parte, el letrado les dijo: "Esto es como un coche, que si no se le echa gasolina no funciona".

En cuanto a las exacciones ilegales, fueron cometidas por el juez cuando, en junio de 2001, reclamó y obtuvo 300,51 euros de un vecino de la localidad por expedirle "con rapidez" dos certificaciones de nacimiento y una de matrimonio que precisaba para un expediente de adopción.

El juez cometió otra prevaricación en la subasta del complejo turístico denominado La Carabela de Matalascañas (Huelva), por retrasar un trámite para adjudicar unos apartamentos embargados.

Además, en el caso del exhorto relativo a su propia separación matrimonial, instada por su esposa, el juez se "apropió" del documento mientras sustituía al titular del Juzgado número de La Palma del Condado, y no lo devolvió a pesar de las reiteradas peticiones del Juzgado, incluida la llamada personal del juez.

Según la sentencia, Gómez Romero, pese a que no contaba con otros ingresos ajenos a su sueldo de juez, percibió en el año 2000 y primeros meses del 2001, abonos en su cuenta corriente por valor de 25 millones de pesetas, efectuados en ventanilla por él mismo o terceras personas. De ese dinero, al menos 12 millones de pesetas no estaban justificadas debidamente.

07/07/2004 El CGPJ anula una sanción a un juez que obligó a un abogado a traducir al castellano una demanda escrita en catalán    
       
El Pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) anuló hoy la sanción de "advertencia" que la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña impuso a un juez de esta Comunidad que no se pronunció sobre la admisión a trámite de una demanda escrita en catalán hasta que el demandante no hizo la traducción de la misma al castellano.
El vocal del Consejo por CiU Alfons López ha emitido un voto particular contra el acuerdo al considerar que vulnera la Constitución, la Ley Orgánica del Poder Judicial y los Tratados Internacionales ratificados por España. A su juicio, el Consejo, al anular la sanción, hace que sea "impune" para los jueces "incumplir" los textos legales citados.
Los hechos se remontan al 10 de diciembre de 2002, cuando el juez dictó una providencia en la que requería al autor de una demanda interpuesta en su juzgado que tradujera la misma al castellano, antes de decidir si la admitía a trámite.
El 17 de enero de 2003 el abogado presentó la demanda traducida y el 2 de julio de ese año presentó queja en el CGPJ en la que alegaba que la providencia alegaba la Ley Orgánica del Poder Judicial, que señala: "Las actuaciones judiciales realizadas y los documentos presentados en el idioma oficial de una Comunidad Autónoma tendrán, sin necesidad de traducción al castellano, plena validez y eficacia".
El día 21 del mismo mes el Servicio de Inspección del Consejo no aprecio "menosprecio a la lengua catalana ni tampoco a la parte actora" en la providencia del juez, por lo que propuso el archivo. No obstante, la Comisión Disciplinaria del CGPJ acordó remitir las actuaciones al TSJ de Cataluña, que el 16 de marzo del presente año impuso una sanción de "advertencia" al magistrado.
La resolución de la Sala de Gobierno de dicho TSJ señalaba que la providencia vulneró un "derecho cívico" derivado de la oficialidad de la lengua catalana proclamada en la Constitución y en el Estatuto de Cataluña. Tras aludir a la Ley del Poder Judicial, impuso la sanción de advertencia por la "desconsideración con un ciudadano" del juez, que produjo con su actuación un "quebranto de la confianza social en los tribunales".
El Pleno del CGPJ de hoy ha anulado esta sanción por entender que la providencia "no contenía expresión alguna de menosprecio hacia la dignidad personal o profesional del demandante". El vocal Alfons López Tena señala en el voto particular contra esta decisión que "más de un año ha costado decir que de nada valen el artículo 3.3 de la Constitución", los "Estatutos de Autonomía y la Carta Europea de las Lenguas Regionales o Minoritarias".
"Ninguna de estas normas tiene valor alguno, pues si se incumplen por el juez no pasa absolutamente nada", indica el vocal en su voto, que concluye: "Ya lo saben los ciudadanos, para el CGPJ la vulneración de sus derechos lingüísticos no merece siquiera la consideración de falta leve, ni la sanción de advertencia; y ya lo saben los jueces, incumplir la Constitución, el Estatuto de Autonomía, la Ley Orgánica del Poder Judicial y los Tratados Internacionales es impune".
"Tal es el valor que este órgano constitucional da a su Constitución, su Ley Orgánica y los Tratados ratificados por su Estado: ninguno", subraya López Tena, que deja abierto un interrogante: "¿Diría lo mismo el CGPJ si un juez inadmitiera una demanda por estar redactada en castellano, exigiendo que se aportara en catalán?.

06/07/2004 En 2003 fueron sancionados 26 jueces, ocho de ellos con suspensión    
 
Madrid- Durante el pasado año, la Comisión Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial incoó un total de 32 expedientes disciplinarios a jueces y magistrados, todos ellos por falta grave o muy grave, mientras que las distintas Salas de Gobierno iniciaron otros 20 expedientes. En total, en 2003 fueron sancionados 26 jueces o magistrados, 19 de ellos por el Consejo, según consta en la Memoria que se aprobará el próximo día siete.Junto a ello, El CGPJ resolvió un total de 42 expedientes disciplinarios, 9 de ellos por el Pleno y 33 por la Comisión Disciplinaria. Los resueltos por el Pleno acabaron todos ellos en sanción. La de más gravedad fue la impuesta a la magistrada de Barcelona María del Carmen Suárez Vázquez, a quien se la suspendió en sus funciones por tres años por una falta muy grave de desatención o retraso injustificado en la tramitación o resolución de las causas, además de imponerle una multa por otras dos faltas graves.También acordó el traslado forzoso de Emilio Martínez Blanco, quien hasta entonces estaba destinado en la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional. Una falta muy grave de desatención en sus competencias fue la causa de esta sanción.Otros dos magistrados, María del Coro Cillán y Carlos Almeida, fueron sancionados con un año de suspensión. En el primer caso por retraso injustificado en la tramitación de los asuntos, mientras que en el segundo lo fue por la comisión de una falta muy grave de abuso de su condición de juez para no pagar una multa.El resto de las sanciones acordadas por el Pleno del CGPJ oscilaron entre los siete y tres meses de suspensión. Entre las sancionadas en este apartado figura la ex juez de vigilancia penitenciaria María del Prado Torrecilla, a quien se consideró que había presionado a sus compañeros para que concedieran beneficios penitenciarios a Mario Conde.Por su parte, la Comisión Disciplinaria sancionó a diez magistrados con multas de distintas cuantías. En la mayoría de los supuestos por retraso injustificado e la iniciación o tramitación de los procesos o causas que instruían. Estos datos, según fuentes del CGPJ vienen a avalar la «falta de corporativismo» en el órgano de gobierno de los jueces.

01/07/2004 El CGPJ exonera a la jueza que inició la investigación de los crimenes de Benifallim    
     
  Archiva el expediente porque no tuvo responsabilidad en las dilaciones    
 
La primera jueza que instruyó el sumario abierto por el triple crimen de Benifallim (Alicante), Natividad Navarro, no fue responsable de las dilaciones registradas en este procedimiento y que originaron la libertad, en agosto del pasado año, la libertad provisional del único acusado por esta causa, Francisco Gómez Simó, al haber transcurrido cuatro años en prisión sin juicio. La Audiencia le condenó en marzo a 24 años de cárcel.
Madrid- El pasado mes de diciembre, la Comisión Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial abrió expediente disciplinario a la jueza Natividad Navarro, magistrada que inició la instrucción del triple crimen de Benifallim. Se pretendía determinar si había incurrido en falta muy grave por supuesta desatención y retraso en las actuaciones, que podría llevar aparejada una sanción que oscilaría entre un mes de suspensión hasta ser apartada de la carrera judicial.El Poder Judicial trataba de esclarecer las causas por las que el juicio contra el único acusado del triple crimen, Francisco Gómez Simó, no se había celebrado antes de agosto de 2003, lo que determinó su puesta en libertad provisional.El instructor del expediente disciplinario propuso el archivo de dicho expediente al entender que la magistrada no tenía responsabilidad alguna en los hechos.Este criterio fue respaldado ayer por los vocales que integran la Comisión Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial, quienes han exonerado de cualquier responsabilidad a la jueza Natividad Navarro.En este sentido, fuentes del CGPJ explicaron a LA RAZÓN que la decisión se ha adoptado en base a tres argumentos principales. En primer lugar, en que el principal retraso detectado en la causa se produjo cuando la expedientada no era la instructora del procedimiento; en segundo lugar, las dilaciones detectadas cuando sí asumía la instrucción no le son imputables porque estaban relacionadas con informes que debían remitirse al juzgado, informes que no dependían de ella; y, en tercer lugar, de forma subsidiaria, aun admitiendo, sólo mera hipótesis, la responsabilidad de esa magistrada en las dilaciones, la responsabilidad disciplinaria habría prescrito, al haber transcurrido más de dos años desde su presunta comisión.El CGPJ también abrió diligencias informativas a la sustituta de Natividad Navarro al frente del juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Alcoy, aunque las mismas acabaron igualmente en archivo.Libertad y prisión. Como consecuencia de estas dilaciones, Francisco Gómez Simó quedó en libertad en agosto del pasado año al cumplir cuatro años de prisión provisional. En esta situación permaneció hasta el pasado mes de marzo, cuando fue juzgado en la Audiencia Provincial de Alicante. Fue condenado a 24 años de cárcel, y desde el 16 de marzo se encuentra nuevamente en prisión.Los hechos se remontan al 20 de agosto de 1999 en la masí Les Vaquerises de Benifallim, cuando los agentes forestales que participaban en la extinción de un incendio hallaron los cadáveres de la propietaria, un familitar y un empleado de la finca.
 

25/06/2002 El secretario del Juzgado número 2 de La Palma afirma que    
     
El que fuera secretario de octubre de 1996 a enero de 1998 del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de La Palma del Condado (Huelva), Jesús F.F., aseguró hoy que durante su estancia en este órgano advirtió que había "asuntos con irregularidades muy fuertes", y que en los asuntos en los que había anomalías casi siempre afloraba el nombre del abogado Félix Eugenio Cecilia, uno de los acusados de cohecho y prevaricación junto al juez Justo Jorge Gómez Romero por el caso del Mesón Manzanilla.
El secretario fue uno de los seis testigos citados a declarar hoy durante la segunda sesión del juicio que se celebra en el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) contra el juez de La Palma del Condado, que está acusado de siete delitos y para quien el Ministerio Fiscal pide ocho años de prisión, 17 años y medio de inhabilitación especial de empleo o cargo público y una multa de 63.600 euros.
Por su parte, la mujer de Diego González, el tercer acusado de cohecho en el caso del Mesón Manzanilla, Manuela G., confirmó la versión de su esposo, asegurando que el juez Justo Gómez les indicó que el abogado Félix Eugenio Cecilia les "arreglaría" el tema del desahucio del local por 4.808 euros.
La mujer fue hoy, sin embargo, más contundente que el tabernero ayer al explicar los hechos pues, tras ratificar que cuando se pusieron en contacto con el abogado éste les pidió la citada suma, especificó que en la cuarta entrega les faltaban 150 euros y el letrado dijo que "el juez" se iba a pensar que se lo había quedado él.
Otro de los testigos fue el secretario del Juzgado de Instrucción número 1 de la localidad, Manuel L.V., quien confirmó que el juez Justo Gómez le pidió un exhorto que había entrado en ese juzgado procedente del Juzgado de Primera Instancia número 17 de Sevilla relativo a su separación matrimonial.
El secretario se lo entregó y el juez nunca lo devolvió "aunque le solicité que lo devolviera", indicó, tras señalar que hubo que hacer "una reproducción" del documento. Por este hecho, el Ministerio Fiscal le acusa también de infidelidad en la custodia de documentos.
SUPUESTA GRATIFICACION
Otro de los delitos que se le imputan al juez es de exacciones ilegales, al solicitar al dueño de otro restaurante de la localidad 300 euros, según la Fiscalía, para gratificar a los funcionarios por la rapidez con la que se expidieron las partidas de nacimiento de este hostelero y su mujer, que las necesitaban para adoptar a un niño ruso.
El dueño de este establecimiento, Angel T.P., también testificó hoy, aunque aseguró que el juez le pidió "prestado" el dinero "para invitar a unos compañeros" y que después de bastante tiempo se lo devolvió.
Por su parte, y sobre este asunto, el titular del Juzgado número 1, Santiago R., afirmó ante el tribunal que Angel le había comentado lo de los 300 euros y que el juez le había dicho que el dinero era "para los funcionarios --del Juzgado número 2---, que se lo agradecerían".
También el juez Santiago se refirió al caso desahucio del Mesón Manzanilla y declaró que tuvo conocimiento de la supuesta operación realizada para paralizar el desalojo a través del dueño del mesón. En este contexto, observó que el asunto "tenía entidad delictiva" y por eso recomendó al mesonero, Diego González, que denunciase los hechos.
SUBASTA EN MATALASCAÑAS
Otro de los testigos fue el abogado Pedro P., que declaró en relación con el caso de la subasta del complejo turístico 'La Carabela' de la Playa de Matalascañas (Huelva) y, según afirmó, el juez no suspendió la subasta a pesar de que él le comunicó que había presentado una demanda de tercería de dominio. El Ministerio Fiscal acusa al juez en este caso también de prevaricación.
El juicio continuará el viernes y, según informaron a Europa Press fuentes del caso, están citados, entre otros testigos, la mujer del propio juez, Concepción R., y varios abogados. Las dos sesiones siguientes se celebrarán los días 1 y 3 de julio, fecha ésta última en que el juicio quedará probablemente visto para sentencia.
Durante la primera sesión, celebrada ayer, el titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de la Palma del Condado (Huelva), Justo Jorge Gómez Romero, negó haber cometido ninguno de los siete delitos que se le imputan y aseguró que su actuación fue "correcta" durante los nueve años que ha estado al frente del juzgado antes de ser suspendido en sus funciones por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). 

Jueves, 29/07/2004 Suspendido un juez al que se expedientó por dilaciones en un caso de narcotráfico   

La Comisión Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) suspendió ayer en sus funciones, durante un tiempo máximo de seis meses, al magistrado Rafael Alonso Dorronsoro, mientras se tramita el expediente disciplinario abierto contra él por dilaciones indebidas en la tramitación de una causa por narcotráfico. Algunos de los imputados en esa causa están a punto de cumplir los cuatro años máximos de prisión preventiva.
La comisión del CGPJ ha pedido al instructor del expediente que lo resuelva antes de seis meses. La suspensión de Alonso Dorronsoro como juez de instrucción número 22 de Madrid se acordó en aplicación del precepto que habilita para suspender al expedientado, por un máximo de seis meses, 'cuando aparezcan indicios racionales de la comisión de una falta muy grave'.
En el caso de Alonso Dorronsoro, los indicios se refieren a la falta muy grave de desatención o retraso 'injustificado y reiterado en la iniciación, tramitación o resolución de procesos y causas o en el ejercicio de cualquiera de las competencias judiciales'.
La comisión estudió la posible incapacitación del magistrado, de 44 años, por el desorden de su juzgado y su dificultad para llevarlo al día, pero no acordó por el momento pedir a la comisión permanente la apertura de un expediente de incapacitación.

Jueves, 29/07/2004 Apartan del Juzgado a un magistrado que tiene 196 sentencias pendientes de dictar El CGPJ acuerda la suspensión cautelar del juez, que según la Inspección también tiene paralizada la instrucción de varios procesos    

MADRID.- La Comisión Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) acordó ayer la suspensión cautelar del magistrado Rafael Alonso, titular del Juzgado de Instrucción número 22 de Madrid, ante la «extrema gravedad» de la situación de ese órgano judicial, en el que hay cerca de 200 sentencias sin dictar correspondientes a juicios de faltas. Las dilaciones afectan también a diligencias previas y sumarios, entre ellos a uno sobre tráfico de drogas en el que se corre el peligro de agotar el plazo máximo de prisión preventiva sin haber podido celebrarse el juicio oral.
La actuación disciplinaria del órgano que gobierna a los jueces tiene su origen en el Servicio de Inspección, que el pasado mayo giró una visita al Juzgado del que es titular Alonso.
La Inspección envió a la Comisión Disciplinaria las conclusiones de su informe por haber detectado «dilaciones graves» en numerosos procedimientos.
Según fuentes del CGPJ, en el citado Juzgado hay diligencias previas que llevan más de dos años pendientes de que el magistrado adopte resoluciones.
En unas diligencias incoadas en el año 2000, el fiscal pidió el archivo mediante un escrito presentado en abril de 2002, sin que Alonso haya dado una respuesta.
En otras diligencias también abiertas en 2002, la última resolución del juez instructor lleva la fecha de febrero de 2003.
En cuanto a los sumarios, los inspectores del Consejo General del Poder Judicial han comprobado que en una causa cuya tramitación comenzó en 2002 la última actuación, consistente en la recepción de una prueba pericial solicitada por el Juzgado, data del 20 de marzo de 2003.
Desde entonces, el juez no ha tomado decisión alguna.
Para los vocales de la Comisión Disciplinaria ha resultado particularmente llamativo el caso de un sumario iniciado en 2002 por un presunto delito de tráfico de drogas y que se dirige contra nueve imputados, seis de los cuales se encuentran en prisión preventiva.
Se trata de una larga investigación que se recoge en 21 tomos de actuaciones judiciales. Hace cinco meses, el Ministerio Público solicitó el procesamiento de los encausados, sin que Alonso se haya pronunciado.
Según ha alertado la Sección 17 de la Audiencia Provincial de Madrid, que ha conocido del procedimiento durante la fase de instrucción, de no agilizarse de forma notable la tramitación del asunto no será posible que esté juzgado antes de que hayan transcurrido los cuatro años que un imputado puede estar privado de libertad de forma cautelar.
No obstante, es el alto número de sentencias por juicios de faltas que aún no han sido dictadas el problema más importante, en opinión del Servicio de Inspección.
De los 262 procesos por faltas que se hallan en trámite en el Juzgado de Instrucción número 22 de Madrid, 196 están pendientes sólo de la sentencia y de ello hace seis meses.
En 117 juicios de faltas ha transcurrido más de un año sin que haya recaído fallo, según los datos recabados por la Inspección, de la que partió la propuesta de apartar cautelarmente a Alonso de la función judicial.
Para el Servicio de Inspección, el juez podría haber incurrido en una falta disciplinaria de desatención laboral, aunque también podría tratarse de un supuesto de incapacidad sobrevenida.
Rafael Alonso lleva dos años y dos meses al frente del mencionado Juzgado madrileño y en ese periodo su actuación ha sido objeto de seis diligencias informativas del CGPJ. En todas ellas, el Servicio de Inspección propuso la incoación de expediente disciplinario, lo que fue aceptado por la Comisión.
Con anterioridad fue juez de primera instancia e instrucción en La Laguna (Tenerife). En ese destino se le abrieron seis expedientes, de los cuales tres acabaron con la imposición de sanciones de multa por un importe total de 4.658 euros.
 
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Viernes, 23/07/2004
El Poder Judicial suspende un año al juez de Castropol por abusar de su condición   
  El pleno considera que José Manuel Raposo cometió una falta grave al exigir 18.000 euros a la ITV de Jarrio por supuestos daños causados a su vehículo   
     
Un año de suspensión de empleo y sueldo. Ésta ha sido finalmente la decisión tomada por el pleno del Consejo General del Poder Judicial contra el juez de primera instancia de Castropol, José Manuel Raposo Fernández, acusado de amenazar y exigir 18.000 euros al inspector jefe de la Inspección Técnica de Vehículos (ITV) de Jarrio que no dio de paso a su vehículo en la preceptiva revisión.

Según el pleno del Consejo, el magistrado ha cometido una falta muy grave recogida en el artículo 417.13 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y que consiste en dar un trato injustificado a funcionarios. En concreto, Raposo Fernández habría incurrido en un abuso de su condición de juez para beneficio propio.

La decisión final fue adoptada por el pleno con 19 votos a favor y tan sólo uno en contra, el del magistrado asturiano Agustín Azparren. Fuentes del Consejo explicaron que este voto en contra de Azparren se debió a su deseo de ser consecuente con lo votado en la reunión de la Comisión Disciplinaria de la que también es miembro. En esa primera reunión se proponía que el castigo consistiese en un traslado forzoso, una decisión que fue revocada por el pleno del consejo, que pidió no menos seis meses de suspensión de funciones. Por esta razón, el magistrado Azparren considera que la pena debería ser de un máximo de siete meses y no de doce como finalmente se ha decidido.

De esta forma, con la decisión adoptada por el Consejo General del Poder Judicial se pone fin a un proceso iniciado en marzo de 2003, poco después de conocerse los hechos que se imputan al magistrado de Castropol.

Según hechos probados en el expediente disciplinario, los acontecimientos se remontan al 9 de octubre de 2002, cuando la estación de ITV de Jarrio, en Coaña, suspendió la inspección al coche del juez. Al día siguiente, Raposo, en un sobre del Juzgado remitió a la estación diversa documentación sobre el vehículo para solucionar el problema. Esta carta fue contestada por la estación mediante un fax en el que se señalaba la documentación necesaria para regularizar la situación de su vehículo, un Fiat 130 Coupé del año 1975.

De esta forma, el 10 de diciembre el juez fue de nuevo a pasar la inspección, donde se le continuaron detectando defectos que no fueron subsanados hasta el 10 de enero de 2003. Fue cuatro días después cuando el juez Raposo, vía fax desde el Juzgado y por correo ordinario concedió un plazo de cinco días al inspector jefe de la estación de Coaña para ingresar en la cuenta bancaria del magistrado 18.000 euros en concepto de daños y perjuicios causados durante la revisión.

En la carta, el magistrado afirmaba que el inspector había «traspasado lo que es pura soberbia e insulto personal y ha penetrado de lleno en la arbitrariedad delictiva». Además el texto también recogía amenazas de inicio de querellas y demandas si el dinero no era recibido en el plazo marcado afirmando que estaba «en condiciones de garantizarle que su vida dejará de ser algo agradable en los próximos meses e incluso años».

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Viernes, 04/06/2004
La Fiscalía pide una multa de 6.000 euros a Ruiz Polanco por retraso injustificado    
MADRID.- La Fiscalía ha pedido a la Comisión Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) que imponga una multa de 6.000 euros al juez Guillermo Ruiz Polanco, suspendido cautelarmente de funciones, por el retraso injustificado en la instrucción de un sumario sobre fraude del IVA, informa Europa Press.
Por su parte, el instructor del expediente disciplinario, el juez del Tribunal Supremo Fernando Pérez Esteban, ha solicitado una multa de 600 euros por una falta grave -que conllevan multas de entre 300 y 3.000 euros-para el titular del Juzgado Central de Instrucción número 1 de la Audiencia Nacional, cuyo puesto ocupa ahora en comisión de servicios el magistrado Fernando Grande-Marlaska.
Ruiz Polanco está suspendido de funciones por la Comisión Disciplinaria del Consejo desde el pasado 15 de marzo por otros expedientes disciplinarios que tiene abiertos, relativos a la excarcelación obligada de varios presuntos etarras por no prorrogar en plazo la prisión preventiva contra ellos.
Sin embargo, antes de la apertura de estos expedientes, el Consejo abrió otro al juez por dilaciones injustificadas en un sumario sobre fraude del IVA. Las multas propuestas por el fiscal y el instructor serán estudiadas ahora por la Comisión Disciplinaria del Consejo, quien tendrá la última palabra, al tratarse de faltas graves. La primera reunión de la Comisión está prevista para el próximo día 10.
@LEAD:Fraude del IVA. La Fiscalía pide al CGPJ una multa de 6.000 euros para el juez Guillermo Ruiz Polanco por retraso injustificado en la instrucción del un sumario

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Jueves, 03/06/2004
Expedientan a un juez militar por desatención en un caso de «mobbing» en el Ejército   
Tras un año de tramitación, el Consejo General del Poder Judicial ha decidido abrir un expediente disciplinario a un juez militar de Burgos por «la posible comisión de una falta muy grave de desatención o retraso injustificado y reiterado en la iniciación, tramitación y resolución» de unas actuaciones relacionadas con la primera denuncia presentada en España por acoso sicológico en el Ejército de Tierra, la del comandante J.?P.?R. contra el coronel Gómez Armero (2002). El magistrado cuestionado es el teniente coronel auditor Antonio María de los Mozos, profesor de Derecho Civil en la Universidad de Burgos. El expediente deberá resolverse en seis meses y podría derivar en una suspensión temporal, o en un traslado forzoso.

Martes, 01/06/2004
CASTILLA Y LEON .- El CGPJ expedienta a un juez militar de Burgos por retrasar un caso relacionado con el primer 'mobbing' del Ejército   

La Comisión Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha abierto expediente disciplinario por falta muy grave al titular del Juzgado Togado Militar Territorial número 43 de Burgos, Antonio María de los Mozos y Touya, por retraso injustificado en una causa relacionada con el comandante que ha denunciado el primer caso de "mobbing" o acoso laboral en el Ejército. Bajo su jurisdicción está también el País Vasco.
Según el acuerdo del Consejo, al que ha tenido acceso Europa Press, el juez De los Mozos, teniente coronel jurídico, ha sido expedientado por la posible comisión de una falta muy grave de desatención o retraso injustificado en la iniciación, tramitación y resolución de causas. Las faltas muy graves se castigan con traslado forzoso, suspensión de funciones de entre tres meses y tres años, o la separación del servicio.
El Consejo ha nombrado instructor del expediente al vocal Togado del Tribunal Militar Central, General Carlos Eymar Alonso, quien tras la instrucción deberá elevar una propuesta a la Comisión Disciplinaria sobre si procede sancionar al juez De los Mozos.
El expediente a este juez militar es consecuencia de la denuncia formulada contra él por un comandante del Ejército de Tierra, quien destacó que De los Mozos había tardado más de un año en resolver su petición de pruebas en un procedimiento y que no se le atendía debidamente cuando solicitaba respuesta sobre el estado de tramitación.
Según el denunciante, dicho caso guarda relación con el primer caso de "mobbing" denunciado en el Ejército, por el que está procesado por un delito de deslealtad el coronel Luis Gómez Armero, actualmente en la reserva.
El mismo comandante puso de manifiesto, en su denuncia ante el CGPJ, que el juez De los Mozos "pudiera estar intentando proteger" al coronel Gómez Armero, mediante los citados retrasos. Durante la tramitación se acreditó que varias señoras que trabajaban en el cuartel de Soyeche, donde supuestamente se produjo el acoso laboral, recibieron instrucciones de "hablar con el comandante sólo de cuestiones relativas al servicio, de pedir permiso antes de hablar con él, y se les dijo que era un "manipulador", que intentaba usar la información en su beneficio, que si querían ir a los juzgados sólo tenían que seguir hablando con él, que esto no había hecho nada más que empezar".
Siempre según la denuncia, esas órdenes se las dieron, por razón de sus cargos, el comandante Simo Mateos, el capitán Delgado Benítez y el teniente Del Cuvillo Rivero.
El denunciante consideró que intentaban obstruir su defensa respecto al primer arresto y aislarle socialmente. Las señoras confirmaron en su declaración testifical que se había producido el allanamiento de morada del domicilio particular del comandante. A los pocos días fueron cambiadas de puesto dentro de la residencia militar y el teniente Del Cuvillo dijo que le habían decepcionado.

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Sabado, 29/05/2004
La juez decana causa polémica al decir que se abusa en las denuncias por malos tratos   
     
Las palabras de la juez decana de Barcelona, María Sanahuja, en el sentido de un posible abuso de las denuncias por violencia doméstica, han puesto sobre el tapete los problemas generados por el tratamiento legal del asunto. De esta manera, ayer se produjeron valoraciones encontradas sobre las opiniones de la magistrada, que van desde la crítica hasta el respaldo.
Montserrat Comas, vocal del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y presidenta del Observatorio contra la Violencia Doméstica, declaró ayer en Barcelona que no existe 'ningún estudio' que abone la tesis de un abuso de estas medidas. La vocal no quiso polemizar con la juez y dijo que sus opiniones 'son respetables', pero quiso destacar tres cuestiones: que es positivo un incremento de las denuncias porque se visualiza un problema que estaba oculto; que los jueces trabajan con independencia y sin presiones, y como prueba esgrimió que en los primeros cinco meses se solicitaron 7.869 órdenes de protección de las cuales se denegaron un 24 por ciento; y que se respetan los derechos de los denunciados.
María Sanahuja expresó el jueves que existe la sensación de que hay un abuso en la presentación de denuncias por violencia doméstica, vinculada a buscar mejor posicionamiento en los pleitos de separación y divorcio.
Además, también hizo patente que es difícil para los jueces trabajar sobre esta materia por la presión que existe por parte de la opinión pública y el CGPJ. Estas afirmaciones recogen el sentir de jueces de instrucción de Barcelona, que habían señalado en conversaciones privadas que se cometen excesos en las medidas de protección y presión por parte del Consejo, en especial tras el expediente a un magistrado por un caso de este tipo; asunto que fue tratado en una junta de jueces tras la cual se emitió un crítico comunicado respecto a la actuación del CGPJ.
Por su parte, el portavoz del Consejo General del Poder Judicial, Enrique López, afirmó no compartir las palabras de Sanahuja porque 'pueden suponer un desánimo' para que la mujer denuncie, pero descartó que dichas opiniones fueran susceptibles de un reproche disciplinario.
En declaraciones a Efe, el portavoz indicó que las afirmaciones de la juez María Sanahuja se hicieron en el ámbito de su función gubernativa y no de su función jurisdiccional, 'con lo cual es una valoración que, al margen de la opinión que nos merezca', no es susceptible de reproche disciplinario.
'No obstante, desde el Consejo General del Poder Judicial y del Observatorio contra la Violencia Doméstica se viene animando a las víctimas de violencia doméstica y de violencia de sexo a que denuncien cuanto antes y confíen en la justicia. Nuestro objetivo es infundir un sentimiento de protección', subrayó. Por lo tanto, 'no se puede compartir la opinión en tanto en cuanto puede suponer un desánimo para que las mujeres denuncien', afirmó López.
La secretaria general de Políticas de Igualdad, Soledad Murillo, manifestó al respecto que pensar que las mujeres tienen intención de poder vadear los mecanismos de la justicia, no es 'ni prudente', ni responde al análisis 'sosegado' de los datos de las solicitudes y órdenes de protección.
Más contundente aún fue la Red de Organizaciones Feministas contra la Violencia de Género, que pidió ayer al CGPJ que abra un expediente a la juez decana de Barcelona, y exige a ésta que aporte las pruebas en las que se basa para afirmar que existen denuncias por malos tratos 'falsas o infladas'.
En contraposición, la Asociación para el Bienestar Familiar del Menor, entidad integrada por padres separados, mostró su apoyo a las declaraciones de la juez. Además, en el decanato de Barcelona se recibieron ayer numerosas llamadas de jueces, organizaciones y abogados ofreciendo su apoyo a Maria Sanahuja para conseguir un tratamiento más sereno y eficaz de la problemática derivada de la violencia doméstica.

El portavoz del CGPJ discrepa de Maria Sanahuja pero explicita que sus declaraciones
no merecen reproche
La presidenta del Observatorio de la Violencia Doméstica aseguró que no hay estudios sobre
la existencia de abuso en las denuncias

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Jueves, 20/05/2004
El Poder Judicial suspende de forma cautelar al decano Gordiano Casas   
El magistrado que instruye el expediente solicitó la medida a la comisión por dos posible faltas

La comisión disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) acordó en su reunión de ayer, «suspender cautelarmente de sus funciones como juez de instrucción al magistrado y juez-decano de Elche, Gordiano Casas Fernández, por dos posibles faltas, una muy grave y otra grave», según informó ayer a este diario un portavoz del órgano de gobierno de los jueces.

La citada comisión acordó el 18 de febrero último abrir un expediente disciplinario a Gordiano Casas por la denuncia presentada ante el CGPJ por dos magistrados de Elx; concretamente, por el presidente de la sección VII, José de Madaria, y por el titular del juzgado de Primera Instancia número 1, Fernando Presencia.
La instrucción de dicho expediente disciplinario fue encargada por el Consejo General al magistrado Vicente Manuel Rouco Rodríguez, presidente de la sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, quien recientemente solicitó en un informe preliminar a la comisión disciplinaria la adopción de la citada medida cautelar. El fiscal de la Audiencia de Alicante, Ricard Cabedo, representa al Ministerio Público en el procedimiento expediente y por ello está asistiendo a todas las declaraciones del mismo, que se han realizado en Elx, Elda y Albacete.

Según el portavoz del Poder Judicial, los hechos que se le imputan al juez-decano en el expediente hacen referencia a una supuesta intromisión en la labor de otro compañero-concretamente de Fernando Presencia-, en la resolución de un asunto civil.

Jueves, 20/05/2004

El CGPJ suspende al juez decano de Elche por «interés» en pleitos de su mujer   
 
Madrid-La Comisión Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial acordó ayer suspender por un plazo máximo de seis meses, mientras se tramita el expediente disciplinario, al juez decano de Elche, Gordiano Casas Fernández, al entender que ha podido incurrir en la comisión de una falta muy grave. esta falta estaría relacionada con un supuesto «interés» en que causas en las que interviene su mujer, procuradora, y un determinado letrado no correspondieran a un determinado juzgado, según confirmaron a LA RAZÓN fuentes del órgano de gobierno de los jueces y magistrados.El pasado mes de febrero, el CGPJ decidió expedientar al juez decano, tras recibirse las denuncias de dos magistrados de la Audiencia de Alicante, en las que se informaba de supuestas irregularidades cometidas por Gordiano Casas.En un primer momento, se le expedientó por existir indicios de que se había interesado ante otro juez por una causa concreta en la que intervenía su esposa.Posteriormente, el instructor informó al CGPJ de unos hechos nuevos consistentes, todo ello presuntamente, en que incluso podía haber alterado las normas de reparto de los procedimientos. El objetivo sería, según las fuentes consultadas, que las causas en las que intervenían su esposa y un determinado letrado no correspondiesen a un juez determinado.Ante estas circunstancias, el CGPJ decidió iniciar los trámites previstos en el artículo 424.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en el que se regula lo relativo a la suspensión provisional de los jueces y magistrados. La decisión se acordó tras oir los criterios del instructor, del interesado y del fiscal.Esta suspensión provisional tiene como plazo máximo seis meses, tiempo en el que debe concluirse el expediente disciplinario por parte del instructor, quien deberá recabar las alegaciones del interesado.

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Jueves, 20/05/2004
Sancionarán al juez del caso Fábregas   
La Comisión Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) apreció ayer por unanimidad la existencia de una falta grave de desatención en la actuación del juez de Barcelona Gonzalo de Dios durante la instrucción de las 13 denuncias por malos tratos presentadas por Ana María Fábregas, asesinada por su marido a martillazos el 10 de julio de 2003.

La comisión acordó devolver al instructor el expediente abierto a Gonzalo de Dios para que haga una propuesta de falta grave por desatención. El instructor y el fiscal habían propuesto el archivo del caso al no apreciar responsabilidad del magistrado.

Trece denuncias y nunca la escuchó

El 15 de septiembre del año pasado, la misma comisión disciplinaria acordó incoar expediente disciplinario al titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Barcelona, al entender que podría haber cometido una falta grave de desatención en la tramitación del proceso, ya que Ana María Fábregas había denunciado en 13 ocasiones a su marido antes de que éste la asesinara.
A pesar de que la mujer había presentado 13 denuncias y había acudido en diversas ocasiones a la sede judicial, el magistrado nunca la tomó declaración.

Tampoco acordó la práctica de ninguna prueba y sólo en marzo de 2003 citó a declarar al marido, para lo que tuvo que dictar una orden de detención, ya que no acudió a una primera citación. El juez le puso en libertad, y el 10 de junio, asesinó a su mujer a martillazos en el portal de su casa.
 
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 Miercoles, 19/05/2004
El CGPJ pide una ampliación informativa al Servicio de Inspección para decidir sobre el expediente a la juez Ruth Alonso   

La Comisión Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) acordó hoy pedir al Servicio de Inspección una ampliación informativa antes de decidir si abre o no expediente a la Sección Primera de la Audiencia de Vizcaya por una sentencia, de la que fue ponente la juez Ruth Alonso, en la que se aplicó legislación derogada en un caso de malos tratos, lo que permitió rebajar la pena impuesta al agresor.
Fuentes del CGPJ indicaron a Europa Press que la decisión de reclamar más información al Servicio de Inspección se adoptó con el voto a favor de todos los vocales que componen la Comisión Disciplinaria, a excepción de Carlos Ríos (promovido por el PP), quien propuso la apertura inmediata de un expediente contra la Sección Primera de la Audiencia de Vizcaya.
Entre la documentación que le faltaba a la Comisión Disciplinaria figura el incidente de nulidad promovido por la propia Sala una vez detectado el error cometido.
La Sección Primera de la Audiencia de Vizcaya, compuesta por los magistrados Ruth Alonso, Nekane San Miguel y Edorta Herrera, están siendo investigados por dos faltas muy graves, una de desatención y otra de "ignorancia inexcusable en el ejercicio de la función jurisdiccional" por no haber tenido en cuenta una reforma legal al dictar una sentencia en un caso de violencia doméstica.
 
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Viernes, 14/05/2004
El poder judicial suspende por más de medio año de empleo y sueldo al ex juez de Castropol   
  Raposo califica de desproporcionada e injusta la decisión, que recurrirá.Será la comisión disciplinaria la que fije el plazo de la sanción   

El pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) acordó ayer por mayoría que se imponga al ex juez de Castropol, José Manuel Raposo Fernández, una sanción que conlleve la suspensión de empleo y sueldo por un tiempo superior a los seis meses. Según la decisión del pleno, Raposo cometió una falta muy grave -enmarcada en el artículo 417.13 de la ley Orgánica del Poder Judicial- que sanciona «el abuso de la condición de juez para obtener un trato favorable e injustificado de autoridades, funcionarios o profesionales» después de que, tras varios problemas para que su coche pasara la ITV, exigiera al inspector jefe del servicio una indemnización por daños y perjuicios en una carta enviada «en un sobre oficial y en la que se dejaba el teléfono del Juzgado como forma de contacto», según explicaron a este periódico fuentes del Consejo.

El expediente abierto a Raposo -que actualmente está destinado en un Juzgado de Lugo- solicitaba su traslado forzoso como sanción. Sin embargo, esta propuesta fue considerada «insuficiente» por varios vocales, y con el voto favorable de 16 de ellos, el CGPJ acordó finalmente devolver a la comisión disciplinaria del organismo el expediente del juez, «al objeto de que se formule una nueva propuesta de resolución, que contemple una sanción de suspensión de funciones por tiempo superior a seis meses», lo que ya supondría de por sí la pérdida de destino. La nueva propuesta de sanción se debatirá presumiblemente en la próxima reunión de la comisión disciplinaria.

«Irregularidades procesales»

El expediente disciplinario incoado al juez relata que, tras varios problemas para que su coche pasara la Inspección Técnica de Vehículos (ITV), envió una carta al inspector jefe de la estación de Jarrio (con los teléfonos de contacto del Juzgado), en la que le daba un plazo de cinco días para que le ingresara en su cuenta 18.000 euros por daños y perjuicios. En el expediente se estima que Raposo «se prevaleció de su condición de juez para obtener esa indemnización, a la que caben razonables dudas de que tuviera derecho y que, en todo caso, debería reclamarse en la vía jurisdiccional oportuna». En su carta, el juez indicaba que, de no recibir en el plazo indicado la citada cantidad, «iniciaremos de inmediato toda suerte de reclamaciones, demandas y querellas contra usted». Según fuentes de CGPJ, si esta carta la hubiera escrito únicamente a título particular, «el Consejo no tendría por qué actuar. El problema es que una primera misiva (en la que se pedían explicaciones por lo ocurrido con la ITV) se envió en un sobre del Juzgado y, en otra, se hacían constar los teléfonos».

Por su parte, Raposo, que insistió en que la carta fue enviada «de modo particular, sin aprovechar mi condición y haciendo constar esos teléfonos porque en el Juzgado es donde estoy todo el día y donde se me puede localizar mejor», indicó ayer a LA NUEVA ESPAÑA «su intención de recurrir la decisión del pleno del CGPJ por vía administrativa, contencioso-administrativa, en amparo ante el Constitucional y finalmente, si es necesario, ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos». Además, según el juez, «teniendo en cuenta la gravedad de las irregularidades procesales cometidas a lo largo de la tramitación del expediente disciplinario, que determinan su nulidad desde su origen y violan mis derechos fundamentales», la decisión es «contraria a Derecho, carece totalmente de todo fundamento y quebranta directamente la doctrina del Supremo en materia de expedientes disciplinarios, sobre todo en lo que concierne a la proporcionalidad». Según Raposo -que expresó su «indignación por la publicidad inmerecida que se le ha dado a este asunto» y el haberse enterado de la resolución a través de este periódico- «hay antecedentes de otros casos relacionados directamente con el ejercicio de la función de juez que se han sancionado con penas más leves que este asunto, que nada tiene que ver con el desempeño de la profesión, ya que la carta -insistió- fue enviada a título particular».

Jueves, 13/05/2004
El CGPJ endurece la sanción al juez que amenazó al jefe de una ITV El Consejo General del Poder Judicial reprende a la Generalitat de Cataluña por dictar una circular sobre juzgados sin recabar su informe    
     
El Pleno del Consejo General del Poder Judicial acordó ayer devolver a la Comisión Disciplinaria el expediente que afecta al juez de Castropol (Asturias), José Manuel Raposo, para que formule una nueva propuesta y agrave la sanción a imponer.
Todos los miembros del órgano de gobierno de los jueces coincidieron en que el comportamiento de Raposo constituye una falta muy grave de abuso de su condición de miembro de la carrera judicial. El expedientado amenazó al jefe de una estación de Inspección Técnica de Vehículos con «hacer que su vida deje de ser agradable en los próximos meses e incluso años» tras haber tenido dificultades para que su coche particular superara la ITV. Además, le exigió que le ingresara en su cuenta bancaria 18.000 euros como pretendida indemnización por los daños y perjuicios sufridos.
La magistrada que instruyó el expediente disciplinario propuso una sanción de traslado forzoso. El informe de la instructora destacaba que Raposo envió al inspector jefe de la ITV una carta «claramente conminatoria, exigiéndole 18.000 euros y prevaliéndose de la condición de juez para obtener tal indemnización, a la que caben razonables dudas de que tuviera derecho y que, en todo caso, debería reclamarse por la vía jurisdiccional oportuna, lo que, en cambio, no se ha hecho».
A su juicio, las amenazas vertidas por el juez «podrían, incluso, entrar en el ámbito del Derecho Penal», si bien «la conducta posterior no lo ratifica» porque Raposo -tras la apertura del expediente disciplinario- pidió disculpas al inspector.
El Ministerio Público también había reclamado el traslado forzoso del juez de Castropol. El fiscal subrayó en su dictamen que Raposo «era perfectamente consciente de que el destinatario de su carta conocía su condición de juez y trató de aprovecharse de dicho conocimiento» para solventar «un problema particular».
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«Gravedad inusitada» .
Para el fiscal, las amenazas que puso por escrito José Manuel Raposo «en boca de un ciudadano particular adquirirían un tinte un tanto grotesco, pero presentan una gravedad inusitada cuando son emitidas por una persona que ostenta la condición de juez».A su parecer, a éste se le debe exigir que sea «absolutamente escrupuloso en el modo de ejercer sus derechos, por el prestigio del Poder al que representan y por el poder que tal condición les concede sobre todos los ciudadanos».
La mayoría de los miembros del CGPJ consideraron ayer excesivamente benévola la propuesta de sanción elevada por la Comisión Disciplinaria, que hizo suyo el criterio de la instructora y del fiscal.
El vocal designado por CiU, Alfons López Tena, planteó que se considerara la posibilidad de expulsar a Raposo de la carrera judicial. Finalmente, por 16 votos frente a cuatro, se decidió que la Comisión haga una nueva propuesta que contemple una sanción de suspensión en el ejercicio de la función judicial por un tiempo superior a seis meses (lo que, en todo caso, conlleva la pérdida del destino).
Por otra parte, el Consejo adoptó por 16 votos un acuerdo para reprender a la Generalitat de Cataluña por haber emitido una circular que afecta a la apertura de juzgados los sábados sin recabar previamente el preceptivo informe del órgano de gobierno del Poder Judicial, que en esta ocasión tenía, además, carácter vinculante.
El acuerdo fue propuesto por el presidente del Consejo, Francisco Hernando, en términos más suaves que los planteados por el vocal Enrique López, quien retiró su escrito y se sumó al del presidente.
La propuesta de López, en la que se afirmaba que la circular de Cataluña «incurre en ilegalidad formal» por haber omitido el dictamen del CGPJ, fue, de todas formas, sometida a votación ya que así lo quiso el vocal Fernando Fernández.
Cuatro miembros del grupo mayoritario (Enrique Míguez, Adolfo Prego y Juan Pablo González, además de Fernández) se apartaron de la iniciativa del presidente y apoyaron el texto originario de Enrique López.
En el acuerdo aprobado, el CGPJ «recuerda» a todas las comunidades autónomas, «para no incurrir en posibles vicios de nulidad procedimental», que tienen la «obligación de cumplimentar el trámite de informe del Consejo previsto en la ley».

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Viernes, 07/05/2004
Multan con 1.500 euros a un juez por acoso laboral   

La Comisión Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) impuso ayer una multa de 1.500 euros al juez de lo Contencioso-Administrativo número 1 de A Coruña, José Manuel Ramírez Sineiro, por cometer dos faltas graves de abuso de autoridad o desconsideración hacia funcionarios a sus órdenes, informaron fuentes del Consejo.
Por tres votos a dos, la Comisión rebajó a una cuarta parte la multa que habían solicitado tanto el fiscal como el instructor del expediente disciplinario, que ha sido el presidente de la Audiencia de Asturias, José Antonio Seijas.
El CGPJ abrió expediente disciplinario al juez el 4 de abril de 2003, es decir, hace más de un año. La denuncia inicial por mobbing o acoso laboral contra Ramírez Sineiro partió del sindicato CCOO, que la formuló ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia y ante la Inspección de Trabajo. El sindicato aseguró que el magistrado había sometido a vejaciones y a trato desconsiderado a los seis funcionarios del juzgado, que estuvieron de baja con cuadros ansioso-depresivos.

 Jueves, 06/05/2004

  El Poder Judicial multa al juez coruñés denunciado por acoso Sanción de 1.500 euros por desconsideración hacia sus funcionarios    

Dos de los cinco vocales de la comisión disciplinaria propusieron penas más graves La comisión disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial acordó ayer imponer una multa de 1.500 euros a José Manuel Ramírez Sineiro, magistrado-juez del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de A Coruña, como autor de dos faltas graves y una leve de desconsideración hacia los funcionarios de su juzgado. Una de las dos faltas graves fue sancionada con 1.000 euros y la otra con 500, mientras que por la leve se le hace una advertencia. Tres de los cinco vocales de la comisión disciplinaria -Enrique López López, Carlos Ríos y Agustín Azparren- consideraron que el juez debía ser sancionado por tres faltas y no por cinco, mientras que los otros dos vocales -Fernando Salinas y Félix Pantoja- eran partidarios de que el magistrado coruñés fuese sancionado por cinco faltas. Ésta última había sido la propuesta formulada al Poder Judicial por el instructor del expediente disciplinario y por el fiscal que intervino en el mismo. El instructor fue el presidente de la Audiencia Provincial de Oviedo, José Antonio Seijas, que coincidió con el fiscal al señalar que Ramírez Sineiro fue autor de cinco faltas. Las denuncias El origen del expediente fueron las denuncias formuladas por los funcionarios del juzgado que acusaron al juez de maltrato psíquico y de vejaciones. Tras unas diligencias informativas, la Inspección del Consejo General del Poder Judicial desplazó a la ciudad coruñesa a una comisión presidida por María Victoria Rojo LLorca que tomó declaraciones a los seis funcionarios afectados, a otros testigos y al propio juez ahora sancionado. Los trabajadores del órgano judicial relataron a los inspectores que recibían continuamente insultos y un trato vejatorio por parte del juez. Tal actitud de su superior les provocó alteraciones psíquicas con fuertes depresiones por ansiedad, al sentirse acosados moralmente por el magistrado. La situación llegó a ser insostenible, hasta el punto de que un funcionario sufrió una crisis nerviosa por los insultos que recibía. De hecho, casi todos los trabajadores del juzgado llegaron a estar de baja al mismo tiempo. En un comunicado hecho público ayer, CC. OO. expresó su satisfacción por la sanción impuesta al juez por el menosprecio y desconsideración a sus subordinados. Este sindicato considera positiva la sanción y reclama que se introduzca, cuanto antes, en los reglamentos de la Administración de Justicia una normativa sobre el acoso moral, que garantice la defensa de los derechos, la dignidad y la salud psíquica de los trabajadores. También resalta la decisión de Xustiza, que para proteger la salud de los funcionarios, procedió a su traslado en dos ocasiones.
Lunes, 03/02/2003

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Lunes, 03/02/2003
El CGPJ investiga al juez que instruye el caso Samset    
El Consejo General del Poder Judicial ha abierto información sobre el juez de instrucción número 6 de Torremolinos (Málaga) ante la denuncia de IU y la Asociación Contra la Injusticia y la Corrupción (Ainco) sobre la actuación de este juez en el caso de supuestas irregularidades en la empresa municipal Samset.
Según afirmaron tanto el candidato a la Alcaldía de Torremolinos de IU, José Luis González, como el portavoz de Ainco, Alberto Pérez, el juez lleva prácticamente cuatro meses sin practicar ni una sóla diligencia de prueba en el caso Samset, a pesar del auto dictado por el propio juez que determinaba indicios constitutivos de delitos como cohecho, prevaricación, tráfico de influencias, falsedad documental, contra la hacienda pública y delito societario .
Ahora será la Comisión Disciplinaria la que determine si abre diligencias informativas contra este juez o archiva esta denuncia . Ainco no descarta interponer una querella criminal por retardo malicioso contra este juez si no se inicia la tramitación de la causa .
El titular del Juzgado Número 6 de Torremolinos investiga la denuncia interpuesta por el PSOE, IU y dicha asociación acerca de presuntas irregularidades en la gestión de la empresa pública del Ayuntamiento de Torremolinos, Samset, y la supuesta financiación ilegal del PP en dicho municipio, ante la denuncia de un ex concejal del PP José Ávila, que era además máximo responsable de la gestión de dicha empresa.

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Sabado, 01/05/2004

El Poder Judicial justificará ante el Tribunal Supremo la suspensión de Ruiz Polanco   

La Comisión Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial se reunirá el próximo martes para tratar el informe de alegaciones que deben presentar en el recurso que ha interpuesto el juez Guillermo Ruiz Polanco ante el Tribunal Supremo contra el acuerdo por el que se le suspendía provisionalmente en sus funciones como magistrado de la Audiencia Nacional.Contra este acuerdo, Ruiz Polanco presentó un recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo, al entender que la decisión de la Comisión Disciplinaria no era ajustada a Derecho.El Tribunal Supremo, por su parte, ha requerido a la Comisión Disciplinaria para que presente el preceptivo informe, en el que se justificará la procedencia de la sanción impuesta, rechazándose los argumentos esgrimidos por el magistrado expedientado.Ruiz Polanco fue suspendido cautelarmente por un período de seis meses el pasado 13 de marzo, mientras se tramitan los expedientes disciplinarios que le fueron incoados a raíz de la excarcelación de algunos presuntos etarras tras superarse el plazo máximo de prisión provisional sin que solicitase ni acordase su prórroga.En los expedientes que le fueron incoados se considera que, en total, ha podido incurrir en cuatro faltas muy graves, relacionadas con retraso injustificado, dilaciones y la no existencia de un control efectivo de las causas con presos.Los vocales que integran la citada comisión no tuvieron dudas de que lo procedente era acordar la suspensión cautelar, a la vista de la gravedad de los hechos determinantes de la apertura del expediente relacionado con la excarcelación del presunto etarra Ibai AyensaEl instructor de los expedientes todavía no ha elevado su propuesta sobre si considera que el juez debe o no ser sancionado. Ruiz Polanco, por su parte, denunció lo que considera una situación de «absoluto linchamiento» la que se producido en torno a su persona.

Miercoles, 31/03/2004
El Poder Judicial rechaza que Ruiz Polanco vuelva 45 días a su juzgado   

La Comisión Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial rechazó ayer la petición del magistrado Guillermo Ruiz Polanco para que le sea alzada durante 45 días la suspensión cautelar en sus funciones que pesa sobre él desde el pasado día 15. El juez había solicitado ese alzamiento para resolver asuntos urgentes en el juzgado del que se ocupaba, el central de instrucción número 1 de la Audiencia Nacional.
La Comisión Disciplinaria del Poder Judicial decidió el pasado día 15 de marzo suspender cautelarmente a Ruiz Polanco por un periodo máximo de seis meses mientras se resuelve el expediente disciplinario abierto por la supuesta comisión de cuatro faltas muy graves. Éstas están relacionadas con la desatención en el cumplimiento de los plazos procesales y el retraso injustificado en la tramitación de causas, entre ellas, el procedimiento que determinó la libertad del presunto etarra Ibai Ayensa (detenido después por el juez Baltasar Garzón por otro proceso), al haber pasado dos días del vencimiento del plazo legal de dos años desde la fecha de su detención.
Fuentes del Consejo del Poder Judicial señalaron que se denegó la petición de Ruiz Polanco de aplazar la suspensión cautelar ya que no se ha producido ningún hecho que recomiende revisar la decisión tomada el pasado 15 de marzo.
Por otro lado, la Comisión Disciplinaria del Consejo acordó también posponer a una próxima reunión, que previsiblemente se celebrará el 21 de abril, el debate sobre el expediente abierto al juez José Manuel Ramírez Ximeiro por la posible comisión de cinco faltas graves de abuso de autoridad sobre funcionarios en un juzgado de A Coruña.
Las fuentes explicaron que la decisión se debió a que uno de los vocales pidió más tiempo para estudiar el informe del fiscal y del instructor del expediente que han propuesto que el citado magistrado sea sancionado con una multa total de 6.000 euros por la comisión de cinco faltas graves previstas en el artículo 418.5 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
 
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Sabado, 24/04/2004
El Gobierno del PP indultó 'in extremis' a un juez prevaricador    

El penúltimo Consejo de Ministros presidido por José María Aznar acordó conceder un indulto parcial al magistrado José Ramón Manzanares, condenado por un delito de prevaricación continuada por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.
El indulto, propuesto por el ex ministro de Justicia José María Michavila y solicitado por el propio Tribunal sentenciador, fue acordado el 1 de abril y deja sin efecto la expulsión de la carrera judicial que la sentencia condenatoria había declarado.
José Ramón Manzanares Codesal -hijo del consejero de Estado, ex magistrado del Supremo y ex vicepresidente del Consejo General del Poder Judicial a propuesta por el PP José Luis Manzanares- ha visto conmutada la condena a dos años y medio de inhabilitación especial que se le impuso por una pena de tres años de suspensión en el ejercicio de la función judicial. Cumplida la suspensión, podrá reincorporarse a la Judicatura.
Su último destino fue un Juzgado civil de Barcelona. Los hechos por los que fue condenado ocurrieron cuando era juez de vigilancia penitenciaria en la Ciudad Condal.
Según la sentencia del Tribunal Superior de Cataluña, José Ramón Manzanares retrasó deliberadamente la resolución de las peticiones de permisos que formulaban los internos de la prisión de Quatre Camins, con cuyos responsables estaba enfrentado por no compartir su política penitenciaria. El juez también estaba molesto con el equipo directivo al creer que de él partían las denuncias por las que el Consejo General del Poder Judicial le había abierto dos expedientes disciplinarios.
El juez se inventó una serie de trámites novedosos, vinculando la concesión de los permisos a la previa remisión por parte del centro penitenciario de una compleja documentación sobre los presos. Lo cierto es que la cárcel ya le había remitido informes pormenorizados y más que suficientes para decidir.
Numerosos permisos quedaron paralizados, lo que provocó en la cárcel una «crítica situación» -«al borde del motín», decía el Tribunal- agravada por la proximidad de las Navidades.
El Tribunal catalán, cuyo fallo condenatorio fue confirmado por el Supremo, elevó al Gobierno una petición de indulto parcial al considerar «notablemente excesivo» que Manzanares perdiera definitivamente su condición de juez.

Viernes, 24/01/2003

Juzgan a un magistrado por favorecer a un amigo El Supremo confirma la condena a otro juez, José Ramón Manzanares, por otra prevaricación    
Todo un ex presidente de un tribunal de la Audiencia de Barcelona se sentó ayer en el banquillo de los acusados.La acusación: favorecer a un amigo suyo en la deliberación y resolución de un pleito que a priori le perjudicaba.
El fiscal pide 17 años de inhabilitación y 30.000 euros de multa para Juan Poch, ex magistrado de la sección catorce de lo civil, a quien acusa de un delito continuado de prevaricación. La defensa del ex juez, Juan Córdoba, solicita la absolución por entender que las resoluciones objeto de litigio se ajustaron a la ley.
Durante el interrogatorio de ayer, Juan Poch insistió en defender la legalidad y corrección de su deliberación, y resaltó que los autos presuntamente prevaricadores «se han de colocar dentro de los 450 que dicta cada magistrado de la Sala al año».
El caso se remonta a 1997, cuando Poch fue designado ponente de un recurso de apelación de un proceso judicial hipotecario en que estaba implicado un amigo suyo.
Según la Fiscalía y la acusación particular, Poch «dirigió» la deliberación de sus compañeros de Sala al ocultarles datos significativos sobre el proceso que habrían perjudicado a su amigo en caso de conocerse.
El procesado, en cambio, negó ayer que su vínculo de amistad «mermara» su capacidad profesional de decidir de acuerdo con la justicia, e insistió una y otra vez en que la otra parte nunca contradijo algunas de las informaciones de las que disponían, un principio básico del proceso civil para dar verosimilitud a la documentación aportada.
El acusado también admitió que antes de recibir el recurso, visitó los juzgados de Esplugues de Llobregat y Barcelona para interesarse por el estado de unos asuntos que tenía pendientes su amigo.Poch, en este sentido, restó importancia a estas gestiones.
Por otra parte, ayer se conoció que el Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña que condenó a dos años y seis meses de inhabilitación especial, con pérdida definitiva del cargo de juez, al magistrado de Vigilancia Penitenciaria de Barcelona José Ramón Manzanares, informó Efe.
La sentencia considera que cometió un delito continuado de prevaricación consistente en el retraso malicioso en la concesión de permisos de salida a presos de la cárcel de Quatre Camins, en la Roca del Vallès.
Los hechos sucedieron en 1998, y Manzanares mantuvo varios enfrentamientos con los directivos de Quatre Camins, y quiso utilizar su potestad sobre los permisos penitenciarios para crear malestar con la política de la dirección del centro.

Sabado, 17/11/2001
TRIBUNALES / PROVOCO RETRASOS EN LA CONCESION DE PERMISOS A PRESOS El Tribunal Superior expulsa de la judicatura al juez Manzanares Codesal Condena al magistrado a dos años y medio de inhabilitación por un delito de prevaricación    
     
BARCELONA.- El magistrado José Ramón Manzanares Codesal ha perdido el cargo de juez.
Es la consecuencia inmediata de la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC), que considera probado que el magistrado de vigilancia penitenciaria cometió un delito continuado de prevaricación, en su modalidad de retardo malicioso en la administración de Justicia. En este caso concreto, la dilación de los trámites necesarios para la concesión de permisos a 145 presos del Centro Penitenciario de Quatre Camins coincidiendo, en la mayoría de los casos, con las Navidades de 1998.
La sala Civil Penal del máximo tribunal catalán condena a Manzanares Codesal a dos años y seis meses de inhabilitación especial, «con pérdida definitiva del cargo de juez que ostenta y de los honores que le son anejos».
Sólo un indulto concedido por el Gobierno, a petición del propio tribunal, o la rectificación del Tribunal Supremo podría evitar que el que fuera titular del juzgado de vigilancia penitenciaria número uno de Barcelona durante casi nueve años perdiera definitivamente la condición de magistrado.
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Colapso .
El tribunal considera probado que, en el marco de su labor para decidir la concesión o no de un permiso penitenciario, el juez solicitaba a la cárcel un volumen de información «injustificada, desproporcionada y de difícil satisfacción por parte de la prisión, al menos de forma rápida».
El tribunal refleja la sentencia llega a la convicción de que «el acusado pedía aquello que sabía no se le podía mandar». «Al supeditar la concesión de permisos a la expedición del Plan General de Tratamiento (PGT), lo que pretendía era sumergir al centro en una situación de colapso», añade la magistrada ponente, Núria Bassols.
La solicitud de información añadida, unida a otras fórmulas burocráticas que si bien de forma individual no son ilegales pero sí son ilícitas cuando se solicitan de forma masiva , suponía dilaciones que podían superar los dos meses. De tal manera que, por ejemplo, los presos que solicitaron permiso de seis días para pasar fuera de la prisión las Navidades de 1998, obtuvieron respuesta a finales de enero.
El acusado, en el transcurso de su declaración en la vista oral, justificó la petición adicional de información porque «no me fiaba»de los datos puntuales de un centro «absolutamente desgobernado a finales el año 1997 y durante 1998».
La sala resta credibilidad a esta explicación. «Basta un análisis de los expedientes aportados a las actuaciones para detectar que el centro penitenciario remitía al acusado unos informes detallados en los cuales queda reflejada la personalidad del interno, sus actitudes, sus aptitudes, la situación y las relaciones con su familia de origen, con la adquirida...», apunta la magistrada ponente para añadir: «Es una buena prueba de que a pesar de que el acusado tenía sobrados datos para decidir no lo hizo sino que optó por un camino que ninguna forma o modo de entender el derecho justifica».
El fiscal, en su escrito de acusación, solicitaba que el juez José Ramón Manzanares Codesal fuera condenado por dos delitos de prevaricación: uno, en su modalidad de retardo malicioso de la administración de Justicia y otro cometido por el dictado de cualquier sentencia o resolución injustas.
La sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justícia de Catalunya argumenta extensamente «la imposibilidad de penar por separado los dos tipos de prevaricación».
La sala aboga por conceder un indulto parcial al condenado al entender que, pese a considerar probada su actividad delictiva, la pena impuesta es de suma gravedad. Una gravedad que, según la sala, «viene dada por la privación definitiva del empleo o cargo».
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APOYO Un pulso que perjudicó a los presos BARCELONA.- La extensa sentencia 100 folios que condena al juez de vigilancia penitenciaria José Ramón Manzanares Codesal a dejar la judicatura por prevaricar dedica una buena parte a contextualizar las pésimas relaciones que mantenían los directivos de la prisión de Quatre Camins y el juez.
Un pulso constante en el que, los únicos perjudicados, eran los presos que, haciendo uso de su derecho, solicitaban permisos de salida que no llegaban a tiempo o no llegaban.
En diciembre de 1996, mientras Manzanares era juez de vigilancia penitenciaria, Josep Font fue nombrado director del Centro Penitenciario de Quatre Camins. Se encontró con una gran conflictividad laboral en el seno de la prisión.
Destacaba el papel de funcionarios de prisiones que ostentaban cargos intermedios y defendían unos planteamientos opuestos a los de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias.
Se daba la circunstancia de que el magistrado mantenía estrechas relaciones de amistad con algunos de los citados funcionarios.«A raíz de todo lo expuesto, las relaciones entre José Ramón Manzanares y la Dirección General de Quatre Camins se fueron deteriorando».
Unas relaciones que empeoraron a partir del mes de noviembre de 1997.
La sentencia recuerda, a modo de ejemplo, algunas de las diatribas del juez al director del centro penitenciario: «No era nadie para dar instrucciones a funcionarios de gran crédito para él» y que «tenía la prisión descontrolada».
«En el futuro, las relaciones entre el establecimiento y el juzgado de vigilancia penitenciaria serían todas por escrito», les comunicó el magistrado.
Fue entonces, relata la sentencia, cuando «molesto por la apertura de dos expedientes disciplinarios contra él», «decidió crear trámites jurisdiccionales novedosos» para colapsar la prisión.
Estos trámites, tan novedosos como ilícitos, los que le han costado la carrera. 
 
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Lunes, 01/03/2004

La precaria instrucción del caso Benifallim lastra el juicio al único acusado   
  La falta de pruebas materiales marca la vista contra el presunto autor del triple crimen   

Ni un pelo, ni un rastro de sangre. Ni siquiera una huella, una colilla o un poco de saliva.
Nada. La precaria instrucción del triple crimen de Benifallim, motivo de expedientes sancionadores a una juez y a dos fiscales, está lastrando el juicio al único acusado. Ante la falta de pruebas materiales, el fiscal y las acusaciones particulares basan sus argumentos en la autoinculpación inicial del procesado y en sus frecuentes contradicciones. La vista oral se reanuda hoy.
El jefe de la policía judicial de la Guardia Civil reunió a su equipo, dio un puñetazo en la mesa y dijo: 'No tenemos nada. Me cago en la leche'. Era el 24 de agosto de 1999 y habían transcurrido cuatro días desde que unos agentes forestales hallaran los cadáveres de tres personas, dos hombres y una mujer, en una masía de Benifallim, un pueblecito de montaña cercano a Alcoi. Habían muerto a golpes de apero. Poco más que eso sabían los investigadores: desconocían el móvil del triple crimen y no había testigos presenciales.
Tampoco pruebas materiales. Ni un pelo, ni un rastro de sangre. Ni siquiera una huella, una colilla -el presunto homicida fuma compulsivamente- o un poco de saliva. Nada. 'Y lo que es peor', añadió el capitán a sus subordinados, 'por no tener no tenemos ni sospechosos'. Los vehículos de los bomberos y las ambulancias habían borrado posibles huellas en el exterior del caserío y el fuego consumió cualquier indicio del interior. Escrutando los cadáveres tampoco se apreciaba rastro alguno del homicida o los homicidas. Un caso difícil.
Ahora, cuatro años y medio después de aquel crimen, cuando la Audiencia de Alicante juzga a un único acusado, Francisco Gómez Simón, de 31 años, aquel atestado sin pruebas materiales y una instrucción judicial precaria y lenta, que fue objeto de expedientes de sanción a la juez y a dos fiscales, están lastrando la vista con jurado. Y restando contundencia acusatoria al fiscal jefe de la Audiencia de Alicante, José Antonio Romero, para quien el acusado es autor de tres delitos de homicidio y uno de incendio. Esa rémora de la acusación es regocijo de la defensa.
La salida de la cárcel de Francisco Gómez Simón encendió a finales de agosto las luces de alarma en el Poder Judicial. El motivo de la puesta en libertad provisional era que se había cumplido el plazo máximo legal de privación de libertad a la espera de juicio sin que la instrucción judicial del caso hubiera concluido. La Comisión Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) abrió expediente disciplinario a la magistrada Natividad Navarro, instructora inicial del triple crimen. Apreció indicios de falta 'muy grave' de desatención en la tramitación del controvertido caso.
Antes de que acabara aquel 24 de agosto de 1999, cuando el pesimismo cundía entre los investigadores, un agente se dirigió a su jefe: 'El tío del chaval dice que ese día no estuvo con él'. ¡Bingo!. 'Lo tenemos'. El chaval era el acusado Francisco Gómez, la persona que menos sospechas había levantado de entre todas las que ese día hablaron con la Guardia Civil. A Francisco lo descartaron por bajo y porque tenía una coartada.
Ser muy bajo ha sido esencial en la vida de este alcoyano de 31 años. Para la mili no dio la talla. 'Ese tipo es muy bajo para matar a tres personas mucho más corpulentas que él', había dicho un guardia a su jefe. Francisco acude estos días a su juicio arriba de unas plataformas de diez centímetros para realzar su 1,52 metros de estatura. El guardia civil que controla el detector de metales de la sede judicial ya sabe que los complementos metálicos del calzado del acusado hacen saltar la alarma. Su nivel intelectual va parejo a su estatura. Su abogada dice que es un 'débil mental' y él, en una conversación con este diario, aclara: 'Listo no soy'.
Francisco había contado a la Guardia Civil que el día de autos, el 20 agosto por la mañana, estuvo cargando corderos con su tío y tomando 'unas tapitas y una cañas' en el bar de Benifallim. En el bar confirmaron que Francisco estuvo allí, pero el tío aseguró que ese día no vio a su sobrino. El bingo parecía confirmarse.
Una persona que participó en los interrogatorios al procesado recuerda, en conversación con este periódico, que a Francisco le costó confesar la autoría de los hechos. 'Al final admitió que había golpeado a Rigoberto; entonces paramos el interrogatorio y avisamos a la abogada', rememora. Rigoberto Luis Esteve Pascual tenía 47 años cuando murió y era la pareja de Elvira Monllor, de 54 la dueña de Les Vaquerisses. Luego admitiría que golpeó a las tres personas, pero no que las matara.

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25 de febrero de 2004
Un juez de Cuenca se querella contra magistrados y un vocal del Poder Judicial

El juez destinado en Cuenca Emilio Martínez Blanco ha presentado una querella contra un magistrado del Tribunal Supremo, un vocal del Poder Judicial, dos jueces de la Audiencia Nacional, el actual presidente del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco y una secretaria por un delito de atentado contra la integridad moral.

Según explicaron fuentes del Alto Tribunal, el escrito del juez, expedientado por el Consejo del Poder Judicial por desatención de sus funciones, fue presentado el pasado 27 de enero ante la Sala de Causas Especiales del Supremo, encargada de conocer los asuntos que afectan a aforados, como diputados, senadores y jueces. Los magistrados contra los que dirige su denuncia son un vocal del Consejo General del Poder Judicial; el presidente del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco; un magistrado de la Sala de lo Militar del Tribunal Supremo; dos jueces de la Audiencia y una secretaria judicial.

Traslado

Martínez Blanco fue, hasta abril de 2003, presidente de la sección séptima de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, fecha en la que el CGPJ ordenó su traslado forzoso a un juzgado de Cuenca por una falta muy grave de desatención en sus competencias.

El juez expedientado demanda al Supremo que se condene a los querellados relacionados con este expediente disciplinario una indemnización de un millón de euros, según ha publicado el periódico coruñés «La Opinión», ciudad donde nació.

Para el querellante, la acción combinada de «mobbing» de todos los querellados se produjo con el claro objetivo de apartarle «de modo humillante» de su plaza legítima de presidente titular y orgánico de la sección séptima de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional y trasladarle forzosamente a un juzgado de Cuenca, declaró al rotativo.

El magistrado señala que el instructor de su expediente, Angel Calderón, pese a entender que los hechos relacionados en el pliego de cargos «no eran constitutivos aisladamente de falta, ni siquiera leve, procedió a agruparlos y encajarlos forzadamente en la Ley, considerándolos absurdamente como falta de índole muy grave».

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Martes, 09/09/2003
Suspensión a un juez por usar su cargo para no pagar una multa Puede estar 18 meses sin ejercer porque utilizó un oficio del juzgado para retirar su vehículo del depósito sin abonar las tasas    

La Comisión Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha propuesto una sanción de 18 meses de suspensión de funciones para un juez al que se imputa una falta muy grave consistente en «abusar de su condición» para obtener un trato «favorable» e «injustificado». El juez utilizó un oficio del juzgado para conseguir retirar su coche del depósito municipal -donde había sido llevado por estar mal estacionado- sin pagar la tasa correspondiente.
La sanción de suspensión es de las más graves que puede imponerse a un miembro del Poder Judicial. Aunque el instructor del expediente disciplinario consideró ajustado un mes de apartamiento de la función judicial, la Comisión Disciplinaria ha multiplicado por 18 la propuesta de sanción, lo que, de prosperar, también conllevaría para el juez la pérdida de su destino actual, en los juzgados de Cornellá (Barcelona). El asunto será discutido mañana por el Pleno del CGPJ.
De acuerdo con los hechos que el instructor considera probados, el 28 de mayo de 2002 el juez Carles Almeida acudió por la tarde a la biblioteca judicial de Barcelona y estacionó su vehículo particular en los aparcamientos reservados a los juzgados.
Cuando a la mañana siguiente fue a recogerlo -se da la circunstancia de que el domicilio del juez se encuentra cerca del estacionamiento- el guardia encargado de la vigilancia le informó de que el vehículo había sido denunciado por mal estacionamiento y conducido al depósito municipal.
Almeida telefoneó al depósito, donde le comunicaron que para recuperar el coche tenía que hacer frente a la correspondiente tasa. Ante ello, manifestó su condición de juez de Cornellá y afirmó que tenía una autorización para aparcar en ese estacionamiento.El encargado del depósito evacuó una consulta con sus superiores e informó al juez de que si quería recuperar el vehículo libre de tasas debía entregar un oficio del juzgado.
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Un documento «mendaz» .
Almeida encargó a una oficial del juzgado la elaboración de un documento -que él firmó- en el que se acordaba la devolución del vehículo libre de tasas. La funcionaria usó uno de los formularios guardados en el ordenador, en el que se afirmaba que el coche «se encuentra a disposición del juzgado en virtud de diligencias policiales», plantilla a la que se añadió la expresión de que debía ser entregado libre del pago de toda «tasa, coste o gasto».
Luego se dirigió con el oficio al depósito, donde recuperó el coche tras entregar el documento judicial.
El instructor indicaba que la tarjeta correspondiente al aparcamiento de los juzgados de Cornellá, de la que disponía Almeida «no habilita para estacionar en los sitios reservados a los juzgados de Barcelona».
Para la Comisión Disciplinaria, «resulta claro que el expedientado hizo un uso indebido de los aparcamientos reservados a los juzgados» y «además, y esto es lo destacable, confeccionó un oficio del Juzgado con el fin de obtener la retirada del vehículo libre del pago de toda tasa (...) simulando que el mismo se encontraba a disposición del juzgado en mérito a unas diligencias policiales».«Para eludir las consecuencias económicas que como ciudadano le afectaban, confeccionó un oficio mendaz, amparándose en su condición de juez».
El afectado ha remitido al CGPJ un escrito de alegaciones en el que afirma que se utilizó un modelo informático del que olvidó retirar la referencia a la existencia de diligencias policiales.En todo caso, «la Policía Municipal conoció los hechos en todo momento y nunca [el juez] se propuso ni hizo creer [a los agentes] que el vehículo estaba involucrado en diligencia policial o judicial alguna».
También asegura que «en numerosas ocasiones» ha aparcado en las distintas sedes judiciales de Barcelona sin ser multado y, paralelamente, ha acreditado que unos meses antes de los hechos su coche fue denunciado y retirado por la Policía Municipal de la Ciudad Condal en una zona no reservada a los juzgados y procedió al pago de las tasas

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Miercoles, 04/06/2003
Una juez de Madrid abandona su cargo al denunciar que se siente intimidada por su decano   

La juez sustituta señala que un «inadecuado comportamiento» del decano le ocasionó «malestar, inseguridad, temor y zozobra», lo que le impide seguir ejerciendo

MADRID. Una juez sustituta de los Juzgados madrileños de la Plaza de Castilla ha presentado ante la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial su renuncia a continuar ejerciendo su cargo alegando que se ha sentido intimidada por su juez decano, José Luis González Armengol.

El pasado día 29 de mayo, la juez sustituta presentó ante la Permanente del Consejo un breve escrito en el que, «por motivos personales», formulaba su «expresa renuncia» definitiva desde ese mismo día. La Comisión requirió entonces un informe al presidente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid y, al tener conocimiento de esta petición, ha sido ella misma quien ha decidido remitir tanto al Tribunal Superior como a la Comisión Permanente una ampliación de su escrito de renuncia.

En él, la juez sustituta relata una supuesta reunión mantenida con el juez decano de Plaza de Castilla en un restaurante próximo esa zona -y al domicilio particular de ella- el pasado 22 de mayo para celebrar que había aprobado una oposición de acceso al Cuerpo de secretarios judiciales.

Tras la comida ella accedió, «por no ser descortés y aunque en varias ocasiones le reitero mis reparos», a que el juez decano la acompañara a la vivienda de ella, donde, según su interpretación de los hechos, él hizo ademán de abrazarla con la aparente idea de besarla, a lo que la juez se negó pidiéndole que «me deje en paz».

La juez sustituta sostiene en su escrito que José Luis González Armengol le habría comentado el problema que se le presentaba en el Decanato en relación con las sustituciones y le habría recordado que ella nunca había ejercido en los Juzgados de Primera Instancia -siempre había trabajado en los de Instrucción-. «Con ironía me contestó que a lo mejor tengo que ir \», añade su escrito de renuncia.

Pese a que según su versión de los hechos González supuestamente le dijo «tranquila, tranquila, que no pasa nada», la juez sustituta mantiene que en aquel momento «la situación y el miedo me bloquean y me impiden reaccionar, dada la persona de quien se trata (cuyo comportamiento en modo alguno me esperaba) y que dependía jerárquicamente de él».

«En todo este momento -añade ella-, estaba bloqueada y no supe reaccionar, pensando que era mejor aparentar normalidad y tranquilidad, para que no se percatara de que tenía miedo y se prevaliera de mi debilidad e inferioridad en relación a él por el temor a las posibles consecuencias que podían derivarse de los hechos que habían acontecido». «En ese momento -relata- tuve la conciencia de que los hechos marcaban un antes y un después, y que si hasta entonces no había tenido ningún problema en mi vida profesional, a partir de aquel momento dudaba de lo que podía sobrevenir».

Temor a repercusiones negativas

La juez manifiesta ante el Tribunal Superior y ante el Consejo General del Poder Judicial que una vez que González se marchó de su casa -salieron juntos de la vivienda y se despidieron cuando él tomó un taxi- «sentí a la vez una gran liberación y, por otra parte, una gran decepción e indignación por el comportamiento que el Sr. Juez Decano había mostrado hacia mí, pues hasta ese momento, en todo el periodo de tiempo en que había tenido trato con él, nunca me había insinuado o expresado nada que me hiciera sospechar lo que podría ocurrir porque, incluso el día de los hechos, durante la comida y hasta el incidente, no hubo ninguna actitud, gesto, expresión o insinuación que me levantara sospecha alguna (...)».

La juez añade que sintió «temor» a las «repercusiones negativas en mi vida profesional» dado que sus funciones como juez sustituta «dependían de él, desde el mismo instante en que es de su competencia el llamamiento para cubrir los Juzgados vacantes». La la situación resultó incómoda para ella -siempre según su versión de lo supuestamente acontecido- y el mismo día 29 (cuando renunció) tuvo que telefonear al Decanato para que localizaran a otro juez sustituto que cubriera ese día la plaza del Juzgado de Instrucción 43, que ella misma tenía asignada. «Me resultaba -afirma- imposible poder acudir a realizar correctamente mis funciones como juez sustituta ante la sensación de temor que tenía a posibles represalias».

Sustituciones en verano

La juez recuerda en su escrito que en los Juzgados de Madrid «había tenido una bien considerada vida profesional, máxime cuando tenía en expectativa realizar sustituciones en este mes de junio, al menos, si así se acordaba por el juez decano, en el Juzgado de Instrucción número 48 y 3 de Madrid, pues sus titulares me comunicaron telefónicamente que iban a solicitar un permiso y estaban interesados en hacer la propuesta en el sentido de que cubriera yo su sustitución». Además, afirma que tenía previsto hacer sustituciones en julio en el Juzgado 32 y en el 3 hasta septiembre.

Fuentes próximas al Decanato de los Juzgados de Madrid indicaron que González Armengol prefiere no pronunciarse sobre los motivos alegados por la juez sustituta para plantear su renuncia hasta conocerlos directamente.

En cualquier caso indicaron que «nunca se ha condicionado, ni coaccionado, ni vetado ni impuesto nada a ningún juez sustituto» e, incluso, en la última reunión de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia se han cerrado las sustituciones previstas para los próximos meses «sin problemas ni quejas por parte de nadie».

Miercoles, 11/06/2003
El CGPJ no aprecia tachas en la conducta del decano de los jueces de Madrid   

El Consejo cree que los hechos denunciados no encajan en ninguna de las faltas que se puedan investigar, y sancionar en su caso, por la vía disciplinaria

MADRID. La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial acordó ayer aceptar la renuncia de una juez sustituta de Madrid que había planteado ante el órgano de gobierno de los jueces haberse sentido intimidada por el juez decano de los Juzgados madrileños, José Luis González Armengol.

Tras conocer los motivos alegados por la juez sustituta para abandonar su plaza, la Comisión Permanente llegó a la conclusión implícita de que el CGPJ no aprecia tachas en la conducta del juez decano, quien -según exponía la afectada- habría sido presionada con la posibilidad de realizar algunas sustituciones veraniegas en los Juzgados de Primera Instancia y no en los de Instrucción, jurisdicción en la que ella ha venido ejerciendo en los últimos años.

Después de que la pasada semana la juez sustituta formalizara su renuncia ante la Comisión Permanente del Consejo con la intención de que fuese aceptada «a la mayor brevedad y urgencia posible», la Comisión Disciplinaria abordó el asunto por si pudiera derivarse una investigación de la conducta atribuida a González Armengol.

Sin embargo, esa Comisión estimó que los hechos narrados por la juez sustituta no eran subsumibles en ninguna de las previsiones de la Ley Orgánica del Poder Judicial merecedoras de una teórica sanción por la comisión de falta disciplinaria alguna y, en cualquier caso, antes debía pronunciarse la Comisión Permanente, a la que iba dirigido el escrito de renuncia.

Tampoco el presidente del Consejo General, Francisco Hernando, consideró necesario encomendar al Servicio de Inspección del órgano de gobierno de los jueces la apertura de una información previa tendente a aclarar la queja presentada por la juez sustituta.

Denuncia a los Tribunales, en su caso

Ahora, la Comisión Permanente ha venido a ratificar estos extremos. Fuentes de la Comisión aseguraron a ABC que aunque para aceptar la renuncia de la juez no se produjo un debate específico sobre el fondo de su escrito, entienden que los hechos expuestos por la juez renunciante serían, en todo caso, susceptibles de una hipotética denuncia promovida por ella misma ante los Tribunales ordinarios. Pero no ante el órgano de gobierno de los jueces, incompetente en la materia por considerar que la supuesta intimidación no se produjo en el ejercicio de funciones jurisdiccionales, sino en la esfera privada. Al CGPJ no le consta que la juez haya denunciado ante la Policía o ante los Juzgados ordinarios la intimidación que dice haber sufrido.

La Comisión Permanente adoptó la decisión con la unanimidad de sus cinco miembros. Debido a un viaje oficial del presidente del Consejo General del Poder Judicial y de la Comisión, Francisco Hernando, la sesión de ayer fue presidida por el vicepresidente de la institución Fernando Salinas; junto a él acudieron a la Comisión sus vocales titulares, Javier Laorden, Juan Pablo González, José Antonio Alonso y Javier Martínez Lázaro.

«Sin reproches en lo disciplinario»

Las fuentes de la Comisión consultadas insistieron en el hecho de que, aunque formalmente lo único que ha hecho el CGPJ es admitir el escrito de renuncia de la juez sustituta, «implícitamente» se viene a avalar la conducta de González Armengol, «a quien disciplinaria o administrativamente no hay nada que reprochar».

Respecto a las supuestas presiones para que la juez fuera a cambiar su destino en los Juzgados de Instrucción para ejercer temporalmente en los de Primera Instancia, las fuentes de la Comisión hicieron hincapié en que a los hechos denunciados les falta un «plus de intensidad» que permita intuir una conducta que pudiera calificarse de sospechosa en José Luis González Armengol.

Además, desde el Decanato de los Juzgados de la Plaza de Castilla insistieron en que el juez decano no se encarga personalmente de los trámites de sustituciones en los diferentes Juzgados, ya que esta función le está encomendada a un funcionario del mismo Decanato.

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Miercoles, 28/05/2003
El CGPJ archiva el expediente abierto a Garzón por criticar la guerra de Irak    

La Comisión Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial archivó ayer, por 3 votos a 2, las diligencias abiertas al juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón por criticar, en un artículo de prensa, la posición del Gobierno español frente a la guerra de Irak. La mayoría entendió que el juez manifestó su opinión en uso de su libertad de expresión, y no se sirvió ni amparó en la condición de magistrado.
Los dos vocales que votaron contra la decisión, Enrique López y Carlos Ríos, ambos designados a propuesta del PP, apoyaron la apertura de un expediente disciplinario al juez Garzón, tal como había pedido el Servicio de Inspección del Consejo, para investigar si había cometido una falta grave consistente en dirigir censuras al Gobierno. Sin embargo, los vocales Fernando Salinas, elegido a propuesta del PSOE; Félix Pantoja, designado a instancias de IU; y el independiente Agustín Azparren; impusieron su criterio de que el artículo de Garzón, publicado en el diario El País el pasado 21 de febrero, supuso un ejercicio de la libertad de expresión de la cual el magistrado goza como ciudadano, y que no se sirvió de su condición de juez.l artículo 418.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que la Inspección consideraba aplicable al caso, castiga a los jueces que dirijan 'a los poderes, autoridades o funcionarios públicos o corporaciones oficiales, felicitaciones o censuras por sus actos, invocando la condición de juez o sirviéndose de ella'. Las faltas graves están castigadas con multas de hasta 3.000 euros.
La Comisión Disciplinaria es la única en la que los vocales propuestos por el PP no tienen mayoría. Fuentes del CGPJ indicaron que algunos vocales de ese grupo podrían intentar elevar la cuestión al Pleno del Consejo, para que sea el órgano plenario, en el que estos consejeros sí tienen mayoría, el que decida finalmente si se expedienta a Garzón o no. este respecto, el portavoz del CGPJ, Enrique López, indicó que en el mandato del actual Consejo nunca se ha elevado a Pleno una decisión de la Comisión Disciplinaria, aunque en anteriores consejos sucedió en alguna ocasión, una de ellas en relación a un expediente al juez Javier Gómez de Liaño.
Enrique López explicó que, junto al vocal Carlos Ríos, plasmarán en un voto particular su discrepancia con el archivo y su apoyo a la apertura de expediente. Recordó que, en el actual Consejo, tampoco nunca la Comisión Disciplinaria había rechazado la propuesta de la Inspección, aunque el criterio de este Servicio no es vinculante.or otro lado, la Comisión Disciplinaria acordó por 3 votos a 2 archivar un expediente al juez Joaquín Navarro Estevan por un artículo publicado en Deia contra Aznar, Mayor Oreja y Garzón.

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Miercoles, 28/05/2003
La Comisión Disciplinaria bloquea el expediente a Garzón La decisión fue tomada por tres votos contra dos - Los vocales del grupo mayoritario estudian la vía para que sea discutido por el pleno del CGPJ    

La Comisión Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) acordó ayer, por tres votos a dos, archivar las diligencias informativas abiertas al juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón por un artículo de prensa en el que censuraba la actuación del presidente del Gobierno en el conflicto de Irak.
En contra del criterio del Servicio de Inspección, la mayoría de los miembros de la Comisión han entendido que Garzón hizo uso de su libertad de expresión y descartaron, por tanto, que hubiera podido incurrir en una falta grave de «dirigir a los poderes públicos censuras por sus actos, invocando la condición de juez».
El jefe de la Inspección, Fernando Ruiz Piñeiro, propuso en dos informes incoar a Garzón un expediente al entender que el contenido de un artículo firmado por él el pasado 4 de marzo suponía una «clara censura» a la conducta de Aznar y de los diputados del Grupo Popular en materia de política exterior.
Garzón empezaba afirmando que Aznar dirige «esta locura» -en referencia a la invasión de Irak- «con una sordera tan desconcertante como peligrosa». «A veces, señor presidente», continuaba, «me da la sensación de que enfrente no tenemos políticos, sino muros de piedra resbaladiza por la humedad y el humus pestilente de quienes carecen de sentimientos».
El juez aludía al «cinismo de algunos líderes políticos» que, manipulando los medios de comunicación que controlan, «confunden gravemente a los ciudadanos» y tildaba de «paripé» los contactos de Aznar con otros mandatarios. Sobre los diputados del PP, señalaba que «callan en forma cobarde» y aludía a la «vergüenza que tendrían que pasar cuando, al llegar a su casa, tuvieran que mirar a sus hijos y explicarles lo inexplicable». A todos ellos Garzón les hacía «responsables en la masacre que se anuncia».
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Igualdad .
El vocal Carlos Ríos, ponente de las diligencias, propuso abrir un expediente y nombrar a un instructor para que Garzón pudiera explicar la intención de su escrito. Ríos argumentó la necesidad de aplicar criterios iguales a casos iguales y recordó que la Comisión siempre ha incoado procedimientos disciplinarios cuando la Inspección así lo ha planteado.
Enrique López -propuesto, como Ríos, por el PP- abundó en que Garzón escribió ese artículo desde su condición de juez, no sólo porque firmaba como «magistrado de la Audiencia Nacional» sino también porque se refería de forma expresa a su trabajo jurisdiccional al afirmar que «no existe ni un solo indicio» de la relación entre Sadam Husein y Al Qaeda, red sobre la que instruye un proceso penal.
Sin embargo, el vocal no asociado Agustín Azparren expresó sus dudas sobre la procedencia del expediente al primar, a su juicio, la libertad de expresión, postura en la que fue apoyado por Félix Pantoja, propuesto por Izquierda Unida. A ellos dos se sumó el presidente de la Comisión, Fernando Salinas, propuesto por el PSOE.
Ríos y López anunciaron la presentación de un voto particular discrepante, asumiendo la posición de la Inspección.
La Disciplinaria es la única Comisión del CGPJ en la que el grupo de vocales propuestos por el PP no tiene mayoría.
Estos consejeros estudiaban ayer la posibilidad de llevar el asunto al pleno, dado que es el máximo órgano del Consejo y la ley le atribuye expresamente la competencia para iniciar los procedimientos disciplinarios.
No obstante, el grupo mayoritario analizaba si el pleno, que nunca ha conocido de este asunto, puede entrar a revisar una decisión de la Comisión Disciplinaria que no es susceptible de recurso en vía administrativa.

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Martes, 29/04/2003
El CGPJ sanciona con traslado forzoso a un juez de la Audiencia Nacional que sólo iba al despacho dos días a la semana   
El Pleno del Consejo General del Poder Judicial acordó hoy, por 19 votos a favor y 1 en contra, imponer la sanción de traslado forzoso de destino al magistrado de la Audiencia Nacional Emilio Martínez Blanco, por incumplir el deber de asistencia a su despacho, ya que sólo acudía dos días a la semana, jueves y miércoles, y este último sólo parte de la jornada. El único vocal que se mostró en contra de la sanción fue Alfons López Tena, propuesto por CiU.
Martínez Blanco es presidente de la Sección Séptima de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, destino del que ha sido despojado como consecuencia de la sanción. Ahora deberá concurrir al primer concurso de traslados que se convoque. Según los hechos probados en la propuesta de sanción, realizada por la Comisión Disciplinaria del Consejo, Martínez Blanco "sólo acude al despacho dos días a la semana, los jueves y los miércoles, si bien el segundo día sólo parte de la jornada; asistencia que resulta insuficiente para la atención ordinaria del trámite y despacho de asuntos en lo que corresponde a las tareas propias de la presidencia de una Sección de estas características".
El expedientado concentra los señalamientos para deliberación, votación y fallo de los asuntos que debe resolver la sección un día a la semana (los jueves), reservando el resto de días laborables al estudio y preparación de las resoluciones a dictar.
PERMISOS
Asimismo, la Inspección de tribunales detectó que en la Sección que preside este juez debieron suspenderse veinte señalamientos, en los años 2001 y 2002, "por disfrute de permiso del ponente señor Martínez Blanco, quien no comunica siempre ni con la debida antelación al magistrado que deba sustituirle, ni tampoco a la Secretaría, las fechas en las que hace uso de los permisos". Por este motivo, se dejaron sin efecto varios señalamientos.
Además, la Comisión Disciplinaria subrayaba que Martínez Blanco y la titular de la Secretaría de la Sección hasta noviembre de 2001, no tenían ninguna comunicación. "El despacho (de asuntos entre ambos) se ha venido sustituyendo por el procedimiento de consultas mediante notas y escritos que el presidente contesta por la misma vía, siendo sus destinatarios habituales los funcionarios de la oficina judicial. La firma la realiza el presidente sin la concurrencia de la fedataria o funcionario que la sustituya".
Por todo ello, la Comisión, y ahora el Pleno, creen que ha cometido una falta disciplinaria muy grave de desatención de los asuntos de su Juzgado, sancionado en el artículo 417.9 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
El instructor de su expediente disciplinario por falta muy grave fue el magistrado del Tribunal Supremo Angel Calderón, quien propuso para él la suspensión de funciones durante un mes, inferior en gravedad al traslado forzoso acordado por el Pleno del CGPJ.
'MOBBING'
El afectado rechazaba la sanción y alegaba que el origen del expediente discipliario que se le había abierto era el acoso laboral o "mobbing" al que le sometía el presidente de su Sala, Eduardo Calvo. El Consejo ha rechazado estos argumentos.
El juez Martínez Blanco, en un escrito de alegaciones elevado a la Comisión Disciplinaria, pedía el archivo de su expediente y culpaba al presidente de la Sala de lo Contencioso de la Audiencia, Eduardo Calvo, de haberle hostigado con fines difamatorios y de desprestigio, por lo que se reservaba emprender acciones civiles o penales contra él por "mobbing" o acoso psicológico o laboral.

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Miercoles, 07/04/2004

Abogados de Barcelona 'exigen' al CGPJ que abra un expediente a Garzón por 'irregularidades' en la 'Operación lago'   

La Comisión de Defensa de los Derechos de la Persona del Colegio de Abogados de Barcelona exigió hoy que el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) abra un expediente para aclarar "las posibles responsabilidades" en que haya podido incurrir el juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón en su actuación como juez sustituto del juez Guillermo Ruiz Polanco respecto a los detenidos en la 'Operación lago'.
Según un documento elaborado por la citada comisión, el CGPJ --máximo órgano de los jueces-- debería investigar "exhaustivamente si han existido motivaciones extrajudiciales en las decisiones adoptadas por Garzón".
La comisión asegura que ha tenido conocimiento de "múltiples quejas" formuladas en relación al encarcelamiento de cuatro implicados en la denominada 'Operación lago'.
Según este grupo de abogados, tras examinar los hechos, han constatado que el pasado 23 de marzo, el juez Garzón "aprovechó que sustituía" al juez Ruíz Polanco, que había sido suspendido provisionalmente, para ordenar la detención de estas cuatro personas, que habían sido puestas en libertad por Ruíz Polanco por "falta de indicios criminales".
Al día siguiente, Garzón celebró la comparecencia sobre su libertad, prevista en el artículo 504 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, "sin permitir al abogado designado intervenir". Después, según la comisión, el juez ordenó su ingreso en prisión "sin que existiera ninguna novedad en la instrucción".
Según estos abogados, el juez "tampoco valoró la falta de riesgo de fuga de estas personas, con arraigo en España, con puesto de trabajo y residencia, y que han comparecido siempre que se les ha citado".
El 30 de marzo, el juez que instruía el caso, Guillermo Ruíz Polanco, cuestionó públicamente la decisión de Garzón y aseguró que tenía la "absoluta seguridad de que estos cuatro señores no han hecho nada".
"FUNCIONAMIENTO ANORMAL DE LA JUSTICIA".
Los abogados consideran que "se ha producido un funcionamiento anormal de la administración de Justicia, dado que mientras un juez pone en libertad a unas personas por falta de indicios incriminatorios, su sustituto los encarcela en contra del primero y sin que conste ninguna novedad judicial".
"El juez Garzón no ha respetado los derechos y las garantías de los detenidos, y muy especialmente, su derecho a ser asistidos por un abogado de su elección, derecho reconocido en el Convenio Europeo de los Derechos Humanos", añade el documento.
Asimismo, la Comisión de Defensa exigió que se modifique la situación de prisión sin fianza que pesa sobre cuatro de los detenidos y se les deje en libertad.
La detención de estas cuatro personas, Mohamed Nebbar, Mohamed Tahraoui, Ali Kaouka y Larbi Allag, se produjo tras el 11-M y forman parte del grupo de 16 islamistas detenidos en enero de 2003 y a los que se intervinieron sustancias con las que, según el FBI norteamericano, podría fabricarse "napalm casero" y que otras fuentes había catalogado como "detergente".
Garzón consideró que los cuatro integran una célula "de infraestructura y apoyo logístico de la organización terrorista argelina del Grupo de Protectores de la Corriente Salafista, vinculada a la también organización terrorista Al Qaeda". 
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Viernes, 05/03/2004
Expediente a otro juez de la Audiencia Nacional por abuso de autoridad    

El Servicio de Inspección del Consejo General del Poder Judicial ha propuesto abrir un expediente disciplinario al titular del Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo número 4 de la Audiencia Nacional, Manuel Arce, por dos presuntas faltas graves de abuso de autoridad y de incumplimiento injustificado y reiterado del horario de audiencia pública. La propuesta será debatida por la Comisión Disciplinaria del CGPJ el próximo lunes, cuando también tiene previsto incoar expediente a otro juez de la Audiencia Nacional, Guillermo Ruiz Polanco, por desatender un proceso instruido contra acusados de terrorismo.
Arce, que ya ha sido sancionado en dos ocasiones por faltas leves, recibió el pasado septiembre una visita de la Inspección para comprobar las quejas provenientes de los funcionarios del juzgado sobre el «trato vejatorio» que el magistrado les dispensa, lo que de manera frecuente provoca bajas laborales y la huida de los interinos.
Los inspectores llegaron a la conclusión de que Arce «despliega de modo continuo» conductas que revelan «un abusivo ejercicio de la autoridad», faltando a la consideración debida a los funcionarios y creando en ellos un clima de tensión laboral.
El informe de la Inspección incorpora un certificado de la secretaria judicial que refleja que, de forma reiterada, el magistrado llega al juzgado pasadas las dos de la tarde.

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Miercoles, 08/10/2003
Una juez no ejecuta el desprecinto de una clínica    
La titular del Juzgado número 1, María José Sanz de Alcázar, no acata un auto de la Audiencia que estima el desprecinto de una clínica
La titular del Juzgado número 1 de Primera Instancia e Instrucción de los de Algeciras, María José Sanz de Alcázar, lleva más de tres meses sin acatar el auto 87/03 de la sección Séptima de la Audiencia Provincial de Cádiz (Algeciras) que acordó el levantamiento del precinto efectuado en la consulta del doctor Adelaido Ramos González, ubicada en el céntrico edificio Fuerte de Santiago, por estimar la sala improcedente el mantenimiento del citado precinto.
Los hechos en cuestión hacen referencia al cierre de la consulta que Adelaido Ramos tenía en este edificio y que fue decretada en principio por el Ayuntamiento de Algeciras. Esta decisión del Consistorio local se produce como consecuencia de la apertura de un expediente administrativo a raíz de la denuncia formulada por algunos propietarios del edificio Fuerte de Santiago por considerar que los despachos profesionales no podían ubicarse en plantas superiores a la primera. Este acto, el cierre de la consulta, saltó a la opinión pública causando sorpresa a propios y extraños debido a que se trataba de la primera consulta profesional que se clausuraba por esa razón, sin que hasta la fecha se conozca que otras, de las trescientas existentes en la localidad que se encuentran en la misma situación, hayan corrido la misma suerte.
Siguiendo con la secuencia de los hechos, con posterioridad fue la titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de los de Algeciras, Sanz de Alcázar, la que decidió el precinto de la consulta justificando esta decisión en la necesidad de seguir los criterios establecidos desde el Ayuntamiento.
Sin embargo, una vez que desde el Consistorio se manifestó que no era necesario la continuidad del precinto, la juez Sanz de Alcázar persistió en mantenerlo siguiendo para ello los criterios reflejados en los oportunos informes que fueron emitidos por el abogado fiscal sustituto Juan Luis Retamino. Éste consideraba que, de levantarse el precinto, el inmueble pudiera utilizarse para la misma finalidad. Así, desde que se decretó el precinto, hace más de un año y medio, se ha impedido a Adelaido Ramos el acceso a su propiedad sin permitirle emplearla para otros usos, ni si quiera para su arriendo.
Además, y por otra parte, se da la circunstancia de que el propio Ayuntamiento ha reconocido con posterioridad la posibilidad de instalar consultas profesionales en viviendas cumpliendo ciertas condiciones.
El auto de la sección Séptima de la Audiencia Provincial, que no se ha ejecutado por la titular del Juzgado de Instrucción número 1 de Algeciras, pone fin a esta situación estimando que no procede sostener el precinto una vez que el propio Ayuntamiento de Algeciras solicitó su levantamiento e, incluso, cuando ya se había efectuado el traslado de la consulta.
De otra parte, Adelaido Ramos ha señalado a este rotativo su malestar por los daños que le han ocasionado, por lo que ha iniciado acciones tendentes a solicitar responsabilidad administrativa por funcionamiento anormal de la justicia. Además de ello, tiene entablado un recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo solicitando que la misma requiera al Consejo del Poder Judicial para abrir expediente sancionador por entender que la actuación de determinados miembros pueda ser merecedora de corrección disciplinaria.
 
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Miercoles, 15/01/2003
El Poder Judicial suspende a la juez que presionó a favor de Conde Los dos progresistas y el independiente forzaron la sanción por ser una actuación muy grave    
  Los dos vocales elegidos a propuesta del PP se opusieron a la medida por innecesaria Escándalos judiciales en las finanzas españolas    

La comisión disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) acordó ayer suspender provisionalmente a la juez María del Prado Torrecilla que es investigada por presionar a favor del exbanquero Mario Conde. La decisión fue apoyada por los dos vocales progresistas y un independiente y fue rechazada por dos consejeros conservadores.
La suspensión provisional no podrá durar más de seis meses y se mantendrá hasta que se resuelva la acción emprendida contra la juez. El instructor de ese expediente, Eduardo Calvo, ha establecido que la magistrada de vigilancia penitenciara pudo cometer dos faltas muy graves por presionar a otros jueces y abusar de su poder para lograr un informe favorable a la excarcelación del exbanquero por parte del director de la cárcel de Alcalá-Meco, donde Mario Conde cumple condena.
El instructor no propuso la suspensión de la juez, que fue apoyada por el fiscal. La propia magistrada también se opuso a esa medida y solicitó nuevas pruebas para intentar demostrar su inocencia.
A pesar de ello, los vocales Fernando Salinas, Félix Pantoja y Agustín Azparren acordaron la suspensión por entender que era la medida "más aconsejable" por la gravedad de los hechos investigados.
Estos vocales también tuvieron en cuenta precedentes de casos similares en los que se suspendió al juez afectado. Una sentencia del Tribunal Supremo argumentó que "la apariencia de rectitud aconseja la adopción de estas medidas".
DERECHA JUDICIAL
Esos argumentos fueron rebatidos por los vocales conservadores, que sostuvieron que "no merecía la pena" decretar la suspensión ya que la conclusión del expediente disciplinario será rápida. Además, argumentaron que la juez Del Prado Torrecilla "no iba a volver a tocar asuntos relacionados con Conde y, por tanto, se reducía la posibilidad de que volviera a presionar a sus compañeros". Fuentes judiciales han señalado que la juez Torrecilla estuvo afiliada a la conservadora Asociación Profesional de la Magistratura y que ahora sigue en la órbita de la derecha judicial.
Los vocales progresistas defendieron la actuación cautelar contra la magistrada al entender que era imprescindible para que los ciudadanos no pierdan la confianza en la justicia, ya que no comprenderían que continúe en su puesto después de actuar bajo sospecha.
MATIZACIONES La juez de vigilancia penitenciaria está siendo investigada tras la denuncia presentada por su colega Reyes Gimeno, que la acusó de haberla presionado para conseguir los beneficios penitenciarios solicitados por Mario Conde. La denuncia fue apoyada por otro juez, que también confirmó que Torrecilla le había presionado. Esas acusaciones han sido ratificadas ante el instructor del expediente.
El director de la cárcel de Alcalá-Meco minimizó ante Calvo las presiones de Torrecilla. Fuentes del CGPJ adelantaron que es posible que Torrecilla sólo sea sancionada por presionar a los jueces. La sanción prevista para esa conducta es traslado forzoso, suspensión temporal o separación de la carrera.

 Jueves, 02/01/2003
Disciplina judicial   
     
El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y su comisión disciplinaria han actuado con elogiable celeridad al abrir expediente disciplinario a la juez de vigilancia penitenciaria de Madrid María del Prado Torrecilla, contra la que pesan graves denuncias de dos de sus colegas acerca de maniobras para lograr la excarcelación del ex presidente de Banesto Mario Conde. La actuación sancionadora es una de las competencias que la Constitución atribuye al órgano de gobierno de los jueces y describe entre sus funciones las de 'inspección y régimen disciplinario'. El caso deberá tramitarse con todas las garantías, pero exige claridad y energía. Ante estas funciones constitucionalmente establecidas, cabe exigirle al CGPJ que ponga todo el celo necesario en distinguir qué actuaciones judiciales son susceptibles de actuación disciplinaria -sea cual sea el resultado final que de ella se derive- y cuáles son estrictamente jurisdiccionales, sea cual sea el juicio crítico que merezca el concreto ejercicio de la jurisdicción, protegido por el principio constitucional de la independencia judicial que el CGPJ está obligado a defender. La actuación jurisdiccional es en todo caso corregible por la vía de los recursos legalmente establecidos.
Es preciso que se compruebe cada una de las imputaciones contra la expedientada, desde los supuestos intentos de lograr una resolución favorable a Conde hasta las gestiones que se le atribuyen para ser ella misma la autora de la resolución, pasando por las presiones al director de la prisión de las que se le acusa o los comentarios irrespetuosos hacia los magistrados del Tribunal Supremo que elevaron de 10 a 20 años de cárcel la condena a Mario Conde.
A juzgar por las faltas muy graves en las que podría encajar la conducta de la magistrada -acreedora, mientras tanto, de la presunción de inocencia-, de lo que no parece haber duda es de que, reales o supuestas, las acusaciones reúnen todos los caracteres para someter el caso a examen disciplinario. No se trata de quejas contra una resolución judicial de la expedientada o de denuncias contra el ejercicio por ella de la jurisdicción. Por lo que hasta ahora conocemos -y sin descartar que pueda demostrarse que todos los hechos denunciados son fruto de una fabulación-, nos encontramos ante una o varias supuestas infracciones disciplinarias de libro.
Distinta resulta, en cambio, la actuación de la juez Coro Monreal Huerta, que investiga el caso de la Comercializadora Peninsular de Viviendas (CPV), y a la que se denuncia por la puesta en libertad de los cuatro directivos de la entidad, a los que se imputa una supuesta estafa. De ahí que las acusaciones contra esta magistrada no hayan originado un expediente disciplinario, sino la petición a la inspección del CGPJ de una investigación para esclarecer los hechos denunciados, que en principio entran en el orden jurisdiccional y, por tanto, están estrictamente protegidos por la independencia judicial y son corregibles por los recursos.
El CGPJ debería evitar confusiones en la presentación de sus decisiones. Por ejemplo, aunque se tratara de una mera orden a la inspección del Consejo, resultó poco meditado, desproporcionado e inconveniente que el presidente Francisco José Hernando tomara la iniciativa de investigar a la juez de vigilancia penitenciaria de Bilbao Ruth Alonso por la excarcelación del etarra Félix Ramón Gil Ostoaga. Las actuaciones jurisdiccionales merecen, en principio, la protección del Consejo, más aún si, como en aquel caso, estaban ya recurridas por el fiscal. Las iniciativas atropelladas y apasionadas desde el CGPJ contra resoluciones judiciales que no gustan están fuera de lugar, además del ridículo que en este caso deparó su archivo doce días después.
 
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Martes, 18/06/2002
El CGPJ concede la excedencia voluntaria al juez Gómez de Liaño y al ex fiscal general Eligio Hernández   

La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) acordó hoy el pase a la situación de excedencia voluntaria en la carrera judicial, por interés particular, de los magistrados Javier Gómez de Liaño y Eligio Hernández, este último ex fiscal general del Estado, informaron a Europa Press en fuentes del Consejo. Ambos ya han anunciado que se dedicarán al ejercicio de la abogacía.
Según las mismas fuentes, el paso a la excedencia voluntaria de Gómez de Liaño se concedió de forma automática, al estar contemplado su caso en la Ley Orgánica del Poder Judicial, y la decisión no motivó polémica alguna en el seno de la Comisión. Añadieron que se trataba de consolidar una situación requerida por el propio solicitante, que fue reintegrado en la judicatura el pasado 8 de mayo por el propio CGPJ, en aplicación del indulto que le concedió el Gobierno el 1 de diciembre de 2000. Por su parte, Eligio Hernández (fiscal general del Estado entre 1992 y 1994) también pasa a excedencia de forma automática puesto que debía presentarse al primer concurso de traslados que convocara el CGPJ tras haber pasado tres años en excedencia forzosa como magistrado. Al no presentarse a esta convocatoria se considera que el interesado se encuentra en excedencia por razones de interés particular.
Gómez de Liaño y Hernández tienen en común haber sido vocales del Consejo del Poder Judicial. El primero fue condenado a 15 años de inhabilitación, con pérdida de la condición de magistrado, por prevaricar en la instrucción del "caso Sogecable". El segundo, tras dejar la Fiscalía General del Estado, fue diputado canario del PSOE, y actualmente ejerce como abogado.
JUECES DE "EL NEGRO"
Por otra parte, la Comisión Permanente del Consejo también aprobó hoy la resolución del concurso de traslados voluntarios que afecta, entre otros jueces, a los dos miembros de la Seción Cuarta de la Audiencia nacional Carlos Cezón y Juan José López Ortega, que fueron suspendidos provisionalmente en sus funciones por su decisión de excarcelar al presunto narcotraficante huido Carlos Ruiz Santamaría, "El Negro".
La Comisión Permanente ratificó hoy el traslado voluntario de Cezón a una Sección Civil de la Audiencia Provincial de Madrid, mientras que López Ortega ha obtenido plaza en una sección Penal de la misma Audiencia.
Según fuentes del CGPJ, Ninguno de los dos ha tenido problemas para conseguir la plaza que solicitaban, ya que tienen más de 20 años de antigüedad en la carrera. Sin embargo, si hubiesen sido sancionados en los próximos meses con el traslado forzoso de la Audiencia Nacional, como propone el instructor de su expediente disciplinario, no habrían podido elegir previsiblemente plaza en Madrid, ya que sus preferencias serían tenidas en cuenta en último lugar.
Ambos jueces están suspendidos en sus funciones desde el pasado 6 de febrero por el Consejo General del Poder Judicial, al haberse admitido a trámite en el Tribunal Supremo la querella por prevaricación que presentó contra ellos la Fiscalía.
Sin embargo, el Supremo deberá decidir en las próximas semanas si archiva dicha querella, como propone el instructor, lo que dejaría en manos del Consejo General del Poder Judicial una eventual sanción disciplinaria por la excarcelación de "El Negro". El tercer magistrado de la Sección Cuarta suspendido en sus funciones es Carlos Ollero, quien no ha pedido el traslado voluntario.

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Martes, 12/03/2002
El CGPJ abre una información previa sobre las declaraciones de la juez Palacios   

La Comisión Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) acordó hoy, por mayoría de tres votos a dos, encargar al jefe del Servicio de Inspección de tribunales la práctica de una información previa sobre las declaraciones de la juez Teresa Palacios, en las que descartó que Gescartera fuese la "Filesa" del PP y elogió la reacción del Gobierno tras conocerse el escándalo de la agencia de valores.
Según informaron a Europa Press fuentes del Consejo, los dos votos contrarios al acuerdo fueron emitidos por los dos miembros de la Comisión elegidos a propuesta del PP, Adolfo Prego y Faustino Gutiérrez-Alviz, que apoyaron el archivo de plano del asunto sin practicar ninguna información, al descartar toda apariencia de responsabilidad disciplinaria en la juez Palacios.
Sin embargo, los otros tres miembros de la Comisión, que son su presidente, Fernando Salinas (elegido a propuesta del PSOE), Félix Pantoja (IU), y Agustín Azparren (independiente elegido por consenso del PSOE y el PP), decidieron encargar al jefe de la Inspección una información previa, que concluirá con una propuesta a la propia Comisión de la apertura de expediente disciplinario, diligencias informativas o el archivo del caso.
NO INDICIOS
El portavoz del Consejo, Enrique López, subrayó que la información previa encargada al Servicio de Inspección no supone la apertura de diligencias informativas, ya que en este caso no se han apreciado indicios de una falta disciplinaria en la juez Palacios. Unicamente, se pretende aclarar la veracidad de las declaraciones, y a partir de ese momento volver a estudiar si pueden ser objeto de una actuación disciplinaria.
En este sentido, en el acuerdo de la Comisión se habla de las "presuntas declaraciones" de la juez Palacios. El Servicio de Inspección tendrá ahora que investigar si las manifestaciones, realizadas en una entrevista al periódico "El Día de Córdoba", fueron realmente formuladas, y en qué contexto.
En este sentido, tendrá que averiguar si existe una grabación de la entrevista, y preguntar a la juez y al periodista que firma la información si confirman lo publicado. Este será el primer cometido del nuevo jefe de la Inspección, Fernando Ruiz Piñeiro, elegido el pasado día 6 por el Pleno del Consejo. Según el artículo 423.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, tendrá de plazo un mes para elevar a la Comisión Disciplinaria una propuesta de archivo de plano, formación de diligencias informativas o incoación directa de expediente.
CUATRO LISTOS
En la entrevista concedida a "El Día de Córdoba", la juez Palacios aseguró que "Gescartera no es comparable a Filesa o los fondos reservados. Quien quiera ver aquí la Filesa del Partido Popular se equivoca, porque Gescartera sólo ha sido un chiringuito financiero en el que que tres o cuatro listos se han hecho ricos a costa de miles de personas".
"En la trama de financiación ilegal que se le descubrió al PSOE había facturas falsas, por ejemplo, algo que aquí no tenemos. Por otro lado, el GAL o los fondos reservados eran cuestiones de Estado y Gescartera no lo es en absoluto", señaló.
Aunque la juez consideró evidente que la depuración de responsabilidades políticas por el caso "aún no ha finalizado", agregó: "el PP ha organizado una comisión de investigación en el Congreso, algo que no llevó a cabo el PSOE en todo el tiempo que se le acusó de corrupción política y económica, y ése es un punto que hay que reconocerle al Gobierno".
La juez criticó, "como ciudadana", a la Iglesia, por invertir en Gescartera y no en lo que se supone que debe promover una institución religiosa. Y, sobre la investigación, afirmó "que queda mucho por descubrir, porque realmente todavía no sabemos nada. Quizá pronto se dé con otro interviniente o se averigüe cómo se ha escapado el dinero y adónde ha ido a parar".
Las declaraciones de Teresa Palacios podrían encajar, en caso de que se considere que tienen contenido disciplinario, en una falta grave o muy grave de revelación de secretos, que castiga a los jueces que divulguen "hechos o datos conocidos en el ejercicio de su función o con ocasión de éste". La gravedad es mayor si se causa "algún perjuicio a la tramitación de un proceso o a cualquier persona".
Asimismo, las declaraciones de Palacios podrían ser consideradas como la falta grave prevista en el artículo 418.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que sanciona el hecho de "dirigir a los poderes, autoridades o funcionarios públicos o Corporaciones oficiales felicitaciones o censuras por sus actos, invocando la condición de Juez o sirviéndose de esta condición".
La falta grave está sancionada con multa de 50.000 a 500.000 pesetas, mientras que la falta muy grave abarca desde la suspensión temporal en funciones, al traslado forzoso o la separación definitiva de la judicatura.
Con anterioridad a la juez Palacios, fueron objeto de actuaciones por parte del Consejo del Poder Judicial otros jueces de la Audiencia Nacional como Javier Gómez de Liaño, Miguel Moreiras, Baltasar Garzón o Guillermo Ruiz Polanco.

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Viernes, 18/01/2002
El CGPJ expedienta a los jueces de la Sección IV por negligencia y podrían ser expulsados de la carrera   
  Cezón, López Ortega y Ollero cometieron presuntamente una falta «muy grave» de «desatención» en el ejercicio de sus funciones. El magistrado Ignacio Sierra, que puede solicitar la suspensión cautelar, instruirá ahora el expediente   

La Comisión Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial acordó ayer, por unanimidad, abrir expediente disciplinario a los magistrados de la Sección IV de la Audiencia Nacional por una falta muy grave de «desatención en el ejercicio de competencia judicial», en relación con la liberación del presunto «narco» Carlos Ruiz Santamaría. El Consejo ha nombrado instructor de los expedientes al presidente de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo, Ignacio Sierra, quien, tras tomar declaración a Cezón, López Ortega y Ollero y pedir informe a la Fiscalía, puede proponer al CGPJ la suspensión cautelar de los magistrados. La Ley del Poder Judicial prevé hasta la expulsión de la Judicatura para este tipo de faltas.
La Comisión Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial expedientó ayer a los magistrados de la Sección Cuarta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, Carlos Cezón, Juan José López Ortega y Carlos Ollero, después de que estos liberasen al presunto «narco» Carlos Ruiz Santamaría unos días antes del juicio en el que el fiscal pedía para él 60 años de prisión, circunstancia que el procesado aprovechó para fugarse.El órgano de gobierno de los jueces considera que los magistrados han cometido presuntamente una falta muy grave de «desatención en el ejercicio de competencia judicial», que podría conllevar su separación definitiva de la Carrera Judicial. La Comisión les ha aplicado el supuesto previsto en el artículo 417.9 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), que define como falta muy grave «la desatención o el retraso injustificado y reiterado en la iniciación, tramitación de procesos y causas o en el ejercicio de cualquiera de las competencias judiciales». Esta decisión contó con el visto bueno de todos los miembros de la Comisión: el vicepresidente del CGPJ, Fernando Salinas (vocal elegido a propuesta del PSOE), Félix Pantoja (IU), quien en este caso ha actuado de ponente de la resolución; Adolfo Prego, Fernando Gutiérrez-Alviz (ambos a propuesta del PP), y Agustín Azparren (vocal de consenso entre el PP y el PSOE).
Suspensión cautelar
A pesar de ello, el órgano disciplinario eludió iniciar de oficio los trámites de suspensión cautelar que permite la Ley en los casos de faltas muy graves. El artículo 424 de la LOPJ establece que «la Comisión Disciplinaria del CGPJ, por propia iniciativa, oído el instructor delegado o a propuesta de éste, previa audiencia del juez o magistrado contra el que se dirige el expediente y del Ministerio Fiscal, puede acordar cautelarmente la suspensión provisional del expedientado por un periodo máximo de seis meses, cuando aparezcan indicios racionales de la comisión de una falta muy grave». De este modo, y a la espera de que la Sala Segunda del Tribunal Supremo decida si admite o no a trámite la querella por prevaricación presentada por la Fiscalía contra los magistrados de la Sección IV, la Comisión Disciplinaria ha dejado al instructor, «de momento», la iniciativa de solicitar la suspensión cautelar de los jueces expedientados.El presidente de la Sala de lo Civil del Supremo, Ignacio Sierra, será el encargado de instruir el expediente disciplinario. Sierra deberá llamar a declarar a Cezón, López Ortega y Ollero (que podrán acudir acompañados por un abogado), y a cuantas personas considere oportuno para aclarar los hechos, así como recabar el correspondiente informe de la Fiscalía.
Pliego de cargos
El instructor no tiene plazo para presentar, en su caso, un pliego de cargos, aunque si no formula su propuesta de resolución al Consejo antes de seis meses debe justificar ante el órgano de gobierno de los jueces la demora. La sanción que corresponde a un juez por una falta muy grave es el traslado forzoso de destino, la suspensión temporal de hasta tres años, o la separación definitiva (expulsión) de la Carrera Judicial. Antes de que se tramite el expediente, y a la vista de que la Comisión Disciplinaria no quiere abordar en este momento la suspensión cautelar, Ignacio Sierra puede proponer la suspensión cautelar si así lo estima oportuno y atendiendo a la gravedad de los hechos. Si así fuese, debería contar antes con la opinión de los afectados y del fiscal, aunque esta opción parece hoy por hoy poco probable.En cambio, en el caso de que la Sala Segunda del Tribunal Supremo admita a trámite la querella por la vía del procedimiento abreviado, el Consejo General del Poder Judicial suspendería de forma cautelar a los jueces de la Audiencia.Además, si el Consejo estima que la investigación penal coincide con los supuestos analizados por el CGPJ, la vía disciplinaria quedaría en suspenso hasta que el Supremo se pronunciase definitivamente sobre la querella.Fuentes del Consejo señalaron ayer que la Comisión no ha tenido en cuenta la liberación del «narco», ya que no puede entrar en el fondo de las resoluciones jurisdiccionales, sino en las circunstancias en las que se produjo tal decisión.
 
jue, 17/01/2002
El Supremo confirma la inhabilitación por 10 años del juez Santiago Raposo
    
Barcelona
El Tribunal Supremo ha condenado a 10 años de inhabilitación al magistrado de la Audiencia de Barcelona Santiago Raposo por prevaricar al archivar una causa por delito fiscal contra Jaime Sentís, el denunciante del caso Casinos (financiación irregular de Convergència Democràtica). La sentencia confirma íntegramente la que dictó en noviembre de 1999 el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), en la que se condenó a Raposo a 365.000 pesetas de multa y a la pérdida definitiva del cargo de presidente de la Sección Octava de lo Penal de la Audiencia de Barcelona, que había ocupado durante 10 años.

Miguel Capuz, abogado de Raposo, anunció ayer que recurrirá ante el Tribunal Constitucional al considerar que los magistrados catalanes que condenaron a Raposo están contaminados porque en su día formaron parte de la Sala que admitió a trámite la querella del fiscal con la que se inició el proceso penal. Inicialmente también estuvieron acusadas las dos jueces que formaban parte del mismo tribunal, pero fueron exculpadas antes del juicio. Frente al argumento de la defensa, el Supremo considera que los jueces del TSJC 'se han conducido con una cuidadosa y exquisita asepsia valorativa' porque en la intervención que tuvieron previa al juicio nunca se pronunciaron sobre la culpabilidad del acusado.

El caso archivado por Raposo se remonta a noviembre de 1994, cuando la fiscalía se querelló contra Sentís por un supuesto delito fiscal que ascendía a 500 millones de pesetas. Un juez de Barcelona concluyó la investigación y el caso estaba a punto de juzgarse. Pero la defensa presentó un recurso de queja ante la Audiencia argumentando que aquél había prescrito y el tribunal presidido por Raposo lo archivó, aunque meses antes acordó lo contrario en un caso similar.

Jueves, 20/12/2001
El CGPJ impone una multa de 600.000 pesetas al juez Navarro Estevan por un artículo en    

La Comisión Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) impuso hoy dos multas de 300.000 pesetas cada una al juez Joaquín Navarro Estevan por el contenido de un artículo que publicó en la revista "Ardi Beltza" (Oveja Negra, en vasco), dirigida por el periodista Pepe Rei, procesado por el delito de integración en ETA por el juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón.
Fuentes del Consejo informaron a Europa Press que la Comisión Disciplinaria ha considerado a Navarro autor de una infracción del artículo 418 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que castiga la falta de respeto a un superior en el orden jerárquico, dirigir felicitaciones o censurar por sus actos a los poderes públicos y la desconsideración respecto de los miembros del Ministerio Fiscal. El CGPJ abrió un expediente por este artículo tras recibir una denuncia directa de la Fiscalía.
Navarro Estevan, que es presidente del Sección Décima de la Audiencia Provincial de Madrid, tiene pendiente otro expediente disciplinario por la comisión de otra falta grave, al decir, en una entrevista concedida al diario "Gara", que unas declaraciones del presidente del Gobierno, José María Aznar, eran "propias de un terrorista", y sostener que el anterior ministro del Interior, Jaime Mayor Oreja, actuaba en connivencia con el juez Baltasar Garzón.
Dicho espediente está paralizado mientras el juzgado Central de Instrucción número 1 de la Audiencia Nacional, cuyo titular es el juez Guillermo Ruiz Polanco, tramita las diligencias a raíz de una querella presentada por la Fiscalía por los mismos hechos, que considera constitutivos de dos delitos de injurias y calumnias contra las Instituciones del Estado. La paralización de dicho expediente responde a que la tramitación del proceso penal tiene preferencia con respecto al iniciado por el CGPJ, de carácter administrativo.
Navarro Estevan ya fue multado con 600.000 pesetas hace dos años por el Consejo del Poder Judicial, por otros artículos de prensa en los que atacó al juez Baltasar Garzón y a magistrados de la Sala Segunda del Supremo por su postura en relación al caso de Javier Gómez de Liaño. El Supremo, ante quien recurrió Navarro, confirmó la sanción.

Sabado, 19/01/2002
Los querellados declararán ante el juez instructor antes de un mes   

Los tres magistrados querellados declararán en breve ante el juez instructor Julián Sánchez Melgar, que tiene un mes de plazo, según el artículo 324 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, para tratar de concluir el sumario. Sin embargo, es probable que el trámite se dilate, ya que el Supremo debería resolver primero el previsible recurso de los magistrados contra la admisión de la querella.
Los tres querellados también tendrán que declarar ante el instructor del expediente disciplinario, Ignacio Sierra, presidente de la Sala de lo Civil del Supremo, ya que tras la modificación de la Ley Orgánica del Poder Judicial en 1995, la admisión de la querella no paraliza el expediente disciplinario hasta que el instructor formula su propuesta a la Comisión Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).
Sólo en ese momento el expediente disciplinario quedaría 'congelado' a la espera de la resolución de la causa penal y sólo sería activado de nuevo en caso de absolución, puesto que si los magistrados fueran condenados no podrían ser sancionados por los mismos hechos en otra vía, como la disciplinaria.
La decisión del Supremo abre la posibilidad de que el CGPJ pueda suspender en sus funciones de jueces a los tres magistrados. Fuentes de la Sala Segunda estimaban que la suspensión no era procedente por el momento, ya que lo único que dice la admisión de la querella es que debe investigarse si hay delito y que además se ha iniciado un sumario y no un procedimiento abreviado, por lo que se entiende que el procedimiento se dirigirá realmente contra los jueces querellados si se dictase auto de procesamiento.
Así se hizo en el caso del juez Javier Gómez de Liaño, aunque algunos vocales conservadores del Consejo General del Poder Judicial sostienen que la mera admisión a trámite es causa suficiente para la suspensión de los jueces.
En cualquier caso, esta circunstancia será estudiada este lunes en la Comisión Permanente del organismo, aunque no podrá decretar la suspensión, porque es una función que corresponde al pleno.

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Miercoles, 02/01/2002
El Poder Judicial prepara una campaña institucional para «lavar» su imagen   

Los tribunales son la institución peor valorada por los españoles, sólo superada en rechazo por los partidos políticos. El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) está decidido a lavar su cara en el 2002. Para ello estudia encargar una campaña institucionalsimilar a la que utilizó el Ministerio de Defensa para fomentar el Ejército profesional.El pasado 20 de diciembre, el Consejo acordó crear una comisión de Comunicación Social -algo totalmente novedoso en los veintiún años de historia de esta institución-, integrada por tres vocales del bloque conservador, pertenecientes a la Asociación Profesional de la Magistratura, y otros dos del progresista, miembros de Jueces para la Democracia.Los vocales del CGPJ reconocen el efecto pernicioso que han tenido casos como los de los ex-jueces Javier Gómez de Liaño y Pilar Ramírez, algunas sentencias sorprendentes sobre la violencia doméstica y agresiones sexuales, o las recientes resoluciones de la Audiencia Nacional sobre el entorno de ETA o el narcotráfico.Por este motivo, el primer paso será potenciar la «apariencia exterior» del propio Poder Judicial mediante anuncios -en prensa, radio, televisión o mobiliario urbano- como los que sirvió a Defensa para que la gente dejara de ver el Ejército como una institución oscura y cerrada. Cada campaña anual tuvo un coste medio de 2.100 millones de pesetas (12.621.254,19 euros).En esta ocasión no se trata de lograr más aspirantes a jueces y magistrados, sino de cambiar las impresiones que han llevado a España al cuarto lugar por la cola en la evaluación del funcionamiento de la Justicia en la UE, sólo superada por Italia, Francia y Bélgica.
Corporativismo
Uno de los problemas a solventar es la acusación de corporativismo en la carrera judicial. El 59 por ciento de los españoles cree que cuando un juez comete un delito es tratado de manera más benévola. Desde el Parlamento se ha pedido ya mayor rigor disciplinario al CGPJ, tras mostrar su «preocupación» por el archivo de la mayoría de expedientes abiertos en este órgano por posibles irregularidades.La campaña prevé encuentros periódicos con asociaciones de consumidores, sindicatos y otros colectivos. El servicio de reclamaciones del Consejo extenderá su alcance a todas las autonomías a través de los Tribunales Superiores de Justicia.

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Jueves, 18/10/2001
El Poder Judicial vuelve a suspender por seis meses al juez Luis Blánquez   
Expedientado por tres posibles faltas muy graves   

La Comisión Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha acordado suspender provisionalmente de sus funciones por un máximo de seis meses al presidente de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de San Sebastián, Luis Blánquez. El órgano de gobierno de los jueces ha adoptado esta medida cautelar mientras se resuelve el expediente que abrió al magistrado en septiembre por la posible comisión de tres faltas muy graves al dictar una sentencia relacionada con el Alarde de Irún. El CGPJ pidió además a la Fiscalía que investigue si el juez pudo cometer un delito con su actuación, pero ésta aún no se ha pronunciado.
Es la segunda vez que Blánquez es suspendido cautelarmente de sus funciones por el órgano de gobierno de los jueces debido a la instrucción de un expediente disciplinario. En la anterior, en 1999, pasó seis meses suspendido mientras se resolvía la instrucción por desvelar supuestamente información secreta, que concluyó con una multa de 250.000 pesetas que le impuso el CGPJ.
La Ley Orgánica del Poder Judicial establece que este tipo de medidas cautelares no pueden durar más de seis meses. Si pasado este periodo el instructor del expediente, el presidente del Tribunal Superior navarro, Rafael Ruiz de la Cuesta, no lo hubiese resuelto, el CGPJ levantaría la suspensión.
Fuentes del Poder Judicial subrayaron que no se trata aún de una sanción, sino de una suspensión provisional mientras se tramita el expediente. La medida se ha tomado, según dichas fuentes, vista 'la posible calificación' de los hechos que se imputan al juez 'como faltas muy graves'. La Fiscalía se pronunció en contra de esta suspensión, que se ejecutó ayer.
El instructor tendrá ahora que dilucidar si el magistrado incurrió o no en una falta muy grave por presionar al resto de los componentes del tribunal cuando tuvo que dictar una sentencia sobre el Alarde, en la que la opinión de Blánquez, pese a ser el ponente, quedó al final en minoría. Tendrá que aclarar también si el juez cometió otras dos faltas por desvelar los secretos de las deliberaciones de sus compañeros y desatender sus funciones.
El CGPJ acordó hace días archivar otros dos expedientes abiertos en marzo al propio Blánquez y a la magistrada de su Audiencia Coro Cillán. A ambos no se les llegó a suspender en este caso. 

Martes, 12/06/2001
La Comisión Disciplinaria del CGPJ propone suspender 3 meses a un juez por no motivar intervenciones telefónicas     

La Comisión Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial elevó hoy al Pleno de este organismo la propuesta de suspender durante tres meses en sus funciones al juez Francisco de Borja Derqui-Togores de Benito, al entender que cometió una falta muy grave por no motivar las órdenes de intervenciones telefónicas en una operación antidroga, lo que provocó la anulación de dichas diligencias.
Según informaron a Europa Press fuentes del CGPJ, la Comisión ha entendido que Derqui-Togores, que cuando ocurrieron los hechos era magistrado de Primera Instancia e Instrucción de Irún (Guipúzcoa), es responsable de una falta muy grave de desatención de sus funciones.
La propuesta es compartida por el instructor del expediente y por la Fiscalía, aunque la última palabra sobre la sanción la tendrá el Pleno del Consejo en una próxima reunión, al tratarse de una falta muy grave.
Según la Comisión Disciplinaria, este juez, actualmente destinado en la provincia de Cádiz, cometió la falta de no motivar resoluciones que limitaban derechos fundamentales, como son las intervenciones telefónicas, en una investigación de narcotráfico que realizaba la Policía española en colaboración con la francesa. Su actuación provocó la anulación de sus resoluciones, con el consiguiente perjuicio para la operación contra el tráfico de drogas en marcha, según las mismas fuentes.

mié, 28/02/2001
La Justicia investiga la sentencia que colocó al borde de la quiebra a Aresbank
Analiza el parentesco de un abogado y el ex presidente de la sala    

Nota: Por su posible interés jurídico, hemos publicado completa la sentencia del TRIBUNAL SUPREMO. SALA DE LO CIVIL Excmos. Sres.: D. Jesús Marina Martínez-Pardo D. Luis Martínez-Calcerrada y Gómez D. José Menéndez Hernández
en http://www.cita.es/aresbank

El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha abierto una investigación a petición de los empleados de Aresbank para comprobar si pudo haber alguna relación entre el presidente de la sala del Tribunal Supremo, Gumersindo Burgos Pérez , y uno de los abogados integrados en el despacho que asumió la defensa de Daylong Island Española, Luis G. Burgos Ruiz . La citada sociedad ganó una demanda en el Supremo, por la que posteriormente un juzgado de Marbella impuso una fianza de 13.300 millones a Aresbank , que hizo temblar sus cimientos financieros. La defensa del banco asegura que el abogado es hijo del magistrado, lo que pudo influir en la sentencia condenatoria del Supremo. No obstante, cuando se produjo esta sentencia la presidencia de la citada sala había sido traspasada de Gumersindo Burgos a Ignacio Sierra .

El CGPJ admitió a trámite el pasado lunes esta denuncia en un escrito redactado por la jefa de la sección de informes, Celima Gallego Alonso , en la que se señala textualmente que «ha sido elevado a la comisión disciplanaria del CPJ para su estudio y tramitación» la denuncia. La demanda, respaldada por el conjunto de la plantilla de la entidad financiera, solicitaba el inicio de esta investigación «en defensa de los intereses que nos asisten como empleados de Aresbank, cuya subsistencia se está poniendo en grave peligro por la sentencia de la Sala Primer del Tribunal Supremo».

Como consecuencia de esta sentencia, un juez de Marbella impuso a Aresbank una fianza de 13.300 millones de pesetas para hacer frente a las posibles responsabilidades que pudieran derivarse del caso, imposición que colocó al banco en una situación crítica al absorber prácticamente todos sus recursos propios.

Rebaja del aval
El Magistrado rebajó con posterioridad esta cuantía a 4.700 millones, lo que ha permitido restablecer el equilibrio patrimonial después de una ampliación de más de 5.000 millones aprobada por los socios. No obstante, los socios de la entidad discrepan todavía sobre la viabilidad del banco, ya que los accionistas árabes -los bancos públicos de Kuwait y Libia y el Credit Populaire Algerie- apuestan por su continuidad, mientras que los españoles -BBVA, BSCH, Atlántico y SEPI- piden su liquidación. Además, se da la circunstancia que el juez marbellí, Antonio Ruiz Guillén , ha sido trasladado a un juzgado de Sevilla a petición propia. La defensa de Aresbank teme que el nuevo juez sea designado de oficio y vuelva a elevar la fianza. La finca La Resinera, objeto de litigio, está valorada en más de 8.000 millones, según los peritos de los demandantes y en menos de 2.600 millones por los de Aresbank .

Nota: Por su posible interés jurídico, hemos publicado completa la sentencia del TRIBUNAL SUPREMO. SALA DE LO CIVIL Excmos. Sres.: D. Jesús Marina Martínez-Pardo D. Luis Martínez-Calcerrada y Gómez D. José Menéndez Hernández
en http://www.cita.es/aresbank

Sabado, 17/02/2001
Funcionarios judiciales y procuradores salen en defensa de la juez expedientada por el asesinato de mar Herrero    

Aseguran que el CGPJ la utiliza como 'cabeza de turco' y que ha emprendido 'una campaña de acoso y derribo contra esta magistrada' ALCOBENDAS, 16 (EUROPA PRESS) El colectivo judicial que presta servicio en la sede de los Juzgados de Alcobendas (Madrid) y la delegación en esta localidad del Colegio de Procuradores de Madrid han hecho públicos sendos comunicados en los que exponen su rechazo ante las noticias aparecidas en diversos medios de comunicación sobre el expediente abierto a la magistrada Carmen Iglesias Pinuaga, titular del Juzgado número 5 de Alcobendas, en relación con el asesinato de la joven Mar Herrero.
El magistrado juez-decano de Primera Instancia e Instrucción número 6 de Alcobendas, en el que se han recibido las comunicaciones de solidaridad con la juez, al informar de este hecho señala que 'se ha dado cuenta igualmente al propio órgano de gobierno de los jueces y al Tribunal Superior de Justicia de Madrid'.
LOS AGENTES JUDICIALES RECHAZAN 'EL LINCHAMIENTO MORAL' En el escrito de los agentes judiciales, tras rechazar de manera rotunda 'el linchamiento moral y difamatorio de que está siendo objeto la citada por los medios', dejan constancia de su 'consideración personal y profesional hacia la tarea desempeñada a diario y durante su estancia en estos Juzgados por parte de la antedicha juez, habiendo acreditado sobradamente su humanidad en el ejercicio de sus funciones, así como su interés y dedicación en las tareas jurisdiccionales tanto en relación con los profesionales y personal de los Juzgados así como con el público en general'.
Asimismo, 'y con absoluto respeto hacia las tareas gubernativas que el Consejo General del Poder Judicial desarrolla', expresan su preocupación ante 'loa hechos por todos conocidos' (el expediente abierto a la juez tras el asesinato de Mar Herrero), con la convicción de que 'se está utilizando a la citada magistrada-juez como cabeza de turco ante un gravísimo problema social como es el de la violencia doméstica respecto del cual, y pese al tiempo transcurrido, se siguen sin adoptar las medidas legislativas y de medios materiales y personales que permitan otorgar a la Justicia instrumentos eficaces para resolver o paliar dicho problema de manera efuicaz dando protección inmediata a las víctimas de tal violencia'.
LOS PROCURADORES ACUSAN AL CGPJ DE 'ACOSO Y DERRIBO' Por su parte, los procuradores, expresan asimismo su solidaridad con la juez expedientada y aseguran en su escrito --remitido a Europa Press-- que 'como representantes de los ciudadanos ante la Administración de Justicia, reconocemos el buen hacer de esta magistrada (Carmen Iglesias Pinuaga), que ha acreditado siempre su profesionalidad y dedicación al trabajo, al tiempo que demuestra cada día su preocupación por el justiciable y sus derechos'.
Los firmantes del escrito dejan constancia de su malestar con el Consejo General del Poder Judicial, 'que ha emprendido una inusitada campaña de acoso y derribo contra esta magistrada -siguen diciendo-, demostrando así una vez más su inoperancia en el gobierno de la Justicia'.
Y añaden que dicho CGPJ, 'lejos de aportar soluciones a la problemática judicial, dedica su esfuerzo a acallar conciencias, denostando y persiguiendo a los buenos profesionales, sin afrontar el grave problema de la violencia doméstica, al que doña Carmen Iglesias ha dedicado y dedica su tiempo y esfuerzo en cuantos procedimientos de esta índole instruye en el Juzgado del que es titular'.
FALTA MUY GRAVE Como se recordará, la Comisión Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) apreció la comisión de una falta disciplinaria muy grave en la actuación de la citada juez por desoir la docena de denuncias que interpuso la joven Mar Herrero contra su novio poco antes de ser asesinada presuntamente a manos de él, el 13 de octubre de 1999.
Según explicó en rueda de prensa el portavoz del CGPJ, Benigno Varela, la Comisión Disciplinaria acordó devolver el expediente de la juez Iglesias a la magistrada que lo ha instruido para que formule una nueva propuesta de sanción que tenga en cuenta que la falta cometida es muy grave, castigada por tanto con traslado forzoso de destino, suspensión como juez con hasta tres años, o separación definitiva de la carrera. La decisión final, al tratarse de una falta muy grave, corresponderá al Pleno del CGPJ.
El dato que inclinó a la Comisión a considerar muy grave la falta cometida es que, supuestamente, la juez Iglesias no atendió las denuncias de la víctima y su madre en los días anteriores al crimen, cuando la joven Mar Herrero no sólo había recibido amenazas telefónicas de su ex novio sino que éste incluso la había seguido por la calle.
Según la Comisión, la juez Iglesias ha cometido presuntamente una falta muy grave del artículo 417.9 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que sanciona 'la desatención o el retraso injustificado y reiterado' en la tramitación de causas o en el ejercicio de cualquier competencia judicial. Los padres de Mar Herrero presentaron una queja ante el CGPJ por la actuación de la juez de Alcobendas y contra la juez de Vigilancia Penitenciaria número 1 de Madrid, Reyes Jimeno, aunque no se ha encontrado responsabilidad en esta última, por lo que ha archivado su caso. 

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Viernes, 22/12/2000
El CGPJ abre diligencias para analizar la biografía sobre el juez Baltasar Garzón La Comisión Disciplinaria estudiará si hay motivos para sancionar al magistrado    
 
La Comisión Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) acordó ayer, por unanimidad, iniciar unas diligencias informativas respecto del juez Baltasar Garzón, para analizar si las declaraciones que este magistrado ha realizado en un libro que la periodista Pilar Urbano ha escrito sobre él, pueden ser motivo para imponerle una sanción disciplinaria.
El pasado 12 de diciembre, la Sala de Gobierno de la Audiencia Nacional expresó su rechazo hacia unas declaraciones que había realizado el presidente de la Junta de Extremadura, Juan Carlos Rodríguez Ibarra.
El presidente extremeño, tras leer en varios periódicos algunos capítulos del libro titulado Garzón, el hombre que veía amanecer, intervino en el VII Congreso Regional del PSOE de Extremadura y afirmó: «No es posible que la libertad de hombres y mujeres, y ahora de muchachos de 14 años [en referencia a la próxima entrada de la Ley del Menor] esté en manos de esa cueva de prevaricadores y conspiradores que están en la Audiencia Nacional».
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Rodríguez Ibarra .
Pero también dijo que hacía esas afirmaciones tras haber leído lo que Garzón cuenta en ese libro, lo que motivó que la Audiencia Nacional remitiera su acuerdo al CGPJ.
Al recibir ese escrito, el presidente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Javier Delgado, ordenó al Servicio de Inspección de este órgano de Gobierno de los jueces que estudiara las declaraciones realizadas por Garzón en esa biografía. Y ayer, con esa «información previa» en sus manos, los miembros de la Comisión Disciplinaria acordaron la apertura de unas diligencias informativas, «a los efectos de recabar y analizar documentación» en relación con el polémico libro.
El magistrado Baltasar Garzón no quiso comentar ayer esta decisión del CGPJ pero, según fuentes de su entorno, le molestó que el órgano de gobierno de los jueces incoe unas diligencias informativas por un libro que tiene una autora concreta y que no ha escrito él.
Sin embargo, fuentes jurídicas indicaron a este periódico que algunas de las declaraciones que la periodista autora del libro atribuye a Garzón van más allá de lo que debe declarar, en un caso como éste, un miembro de la carrera judicial. A partir de este acuerdo, será el Servicio de Inspección del CGPJ el encargado de llevar a cabo esas diligencias informativas.
El inspector a quien corresponda esta tarea tendrá que comprobar, primero, si las afirmaciones que figuran en el libro atribuidas a Garzón suponen la revelación por su parte de datos que no pueda contar un juez. Además, tendrá que comprobar si esas manifestaciones efectivamente las ha realizado él.
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Expediente o archivo .
El informe que elabore ese departamento será entregado a la Comisión Disciplinaria, con una propuesta: o bien la apertura de un expediente disciplinario al juez Garzón, si de ese estudio se desprende que ha cometido alguna falta disciplinaria, o bien el archivo en el caso de que no se encuentre ninguna irregularidad.
Aunque Garzón prefiere no pronunciarse sobre la polémica que ha levantado su biografía, el miércoles declaró a Onda Cero que, aunque él ha colaborado «de forma intensa y extensa» durante un par de años en la elaboración de la obra, el libro lo ha escrito la periodista y no él.
Dijo estar «absolutamente tranquilo» y explicó que no ha recibido «un solo duro» por colaborar en este libro, ya que con su sueldo de 540.000 pesetas al mes viven él y su familia.
En esas declaraciones, Garzón también rechazó las críticas de Rodríguez Ibarra hacia los miembros de la Audiencia Nacional, un tribunal que, en su opinión, está prestando «altos y arriesgados servicios en la judicatura española y que, con todos los defectos que podamos tener, lo hace dignamente».
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APOYO Pilar Urbano lo exculpa MADRID.- La periodista Pilar Urbano se declaró ayer «autora única y total» del libro Garzón, el hombre que veía amanecer.
En un escrito dirigido al presidente del Consejo, Javier Delgado, Pilar Urbano se muestra «sorprendida» por la apertura de diligencias para averiguar si el juez incurrió en materia disciplinaria o desveló secretos de sumarios instruidos por él, y se pone a disposición de este órgano «a fin de aclararles cuantas dudas tengan sobre la colaboración» que Garzón le prestó para el libro.
La periodista afirma que el magistrado le puso como única condición no facilitarle datos, ni documentos, ni contenidos de sumarios que estuviese instruyendo o hubiera instruido y asegura que las informaciones que aparecen en el libro sobre estos asuntos las obtuvo de fuentes «muy distintas y distantes, pero ninguna del Juzgado Central número 5», cuyo titular es Baltasar Garzón.
Añade que el libro «no es como se dice en algunos medios una biografía autorizada. Es una biografía de la que soy autora única y total, material y moral».

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Martes, 05/12/2000
El Poder Judicial expedienta a dos jueces por presunta prevaricación e injurias al Gobierno El CGPJ remite las actuaciones al fiscal por si Ruiz Polanco y Navarro han delinquido    

El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) acordó ayer abrir expediente a los jueces Guillermo Ruiz Polanco y Joaquín Navarro y remitir las actuaciones al fiscal general del Estado por si hubieran incurrido en los delitos de prevaricación e injurias al Gobierno, respectivamente.
Según informó el portavoz del CGPJ, Benigno Varela, la Comisión Disciplinaria de este órgano acordó ayer por unanimidad abrir expediente disciplinario al juez de la Audiencia Nacional Guillermo Ruiz Polanco por la posible comisión de una falta muy grave referida a la inobservancia del deber de abstención, a sabiendas de que concurre alguna de las causas legalmente previstas.
El pasado 12 de junio, Ruiz Polanco dejó en libertad bajo fianza de 25 millones de pesetas al presunto narcotraficante Alfredo Cordero, después de que éste designara como defensor al abogado Javier Morales, con el que el magistrado supuestamente mantenía una relación de amistad desde que ejercía como juez de menores en Pamplona, motivo por el que fue recusado por la Fiscalía Antidroga.
Aunque el servicio de inspección del CGPJ propuso el archivo, la Comisión Disciplinaria acordó abrir un expediente que será instruido por el presidente de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, Eduardo Calvo, y que puede acarrear a Ruiz Polanco la suspensión temporal por un plazo de hasta tres años, el traslado forzoso o la separación del servicio.
Al mismo tiempo, el CGPJ acordó remitir las actuaciones al fiscal general del Estado «a los efectos penales oportunos», ante la existencia de indicios de que el juez pudiera haber cometido un delito de prevaricación.
En cuanto a Joaquín Navarro, magistrado de la Audiencia Provincial de Madrid, la comisión disciplinaria acordó ayer, también por unanimidad, abrirle un expediente por dos faltas graves del artículo 418.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), que prohíbe a los jueces dirigir a los poderes, autoridades o funcionarios públicos felicitaciones o censuras por sus actos.
En este caso, el CGPJ ha seguido la recomendación de su servicio de inspección en relación con unas declaraciones de Navarro al diario Gara (el sucesor de Egin) en relación con el presidente del Gobierno, José María Aznar, y con el ministro del Interior, Jaime Mayor Oreja.
En una entrevista, y a la pregunta: «Aznar justificó la nueva Ley del Menor diciendo que 'un terrorista es siempre un terrorista, aunque sea un menor'. ¿Qué opina usted de esa aseveración?», el juez respondió: «Esa afirmación es propia de un terrorista, y además es convertir al Estado en terrorista».
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«Ni idea de Derecho» .
«Es una gran barbaridad y propio de un señor que no tiene ni idea de lo que es el Derecho», añadió Navarro en aquella entrevista al diario de la izquierda abertzale vasca.
Navarro también declaró en esa ocasión que el magistrado de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón es «un juez que se lo inventa casi todo», por lo que la Comisión Disciplinaria del CGPJ le ha abierto diligencias por la posible comisión de una falta leve del artículo 419.2 de la LOPJ, referida a la «desatención o desconsideración con iguales o inferiores en el orden jerárquico».
Navarro criticaba a Garzón por la investigación sobre el entramado terrorista ETA-KAS, y afirmaba que entre el magistrado y el ministro del Interior, Jaime Mayor Oreja, existe una «unidad hipostática».
Según la LOPJ, las faltas graves pueden ser castigadas con multa de 50.000 a 500.000 pesetas, y las leves con advertencia y multa de hasta 50.000 pesetas.
La Comisión Disciplinaria acordó también en este caso remitir las actuaciones al fiscal general del Estado «a los efectos penales oportunos en relación con el artículo 504 del Código Penal».
Ese artículo se refiere a quienes «calumnien, injurien o amenacen gravemente» al Gobierno, el CGPJ, el Tribunal Constitucional, el Tribunal Supremo o los órganos de gobierno y tribunales de las comunidades autónomas. Este delito se castiga con la pena de multa de 12 a 18 meses.
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APOYO El juez que se encaró al etarra La Sala de Gobierno de la Audiencia Nacional ya abrió un expediente disciplinario al juez Guillermo Ruiz Polanco el pasado 13 de noviembre, por considerar que la respuesta que dio a un etarra que lo amenazó («Si yo no fuera juez y usted no estuviera esposado, le daría dos hostias», le dijo) puede ser constitutiva de una falta disciplinaria leve.
El juez respondió con esa frase a Harriet Iragi Gurrutxaga cuando éste se negó a declarar, el pasado 31 de octubre. El presunto etarra añadió que tanto el juez como el fiscal y la secretaria judicial estaban entre los objetivos de la banda terrorista.
Tras estudiar el caso, la Sala de Gobierno consideró que esos hechos podrían considerarse una falta leve por parte del juez Ruiz Polanco, que puede ser castigada con una advertencia o multa de hasta 50.000 pesetas, o con ambas cosas a la vez.
Este expediente será instruido por la presidenta de la sección tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, María Asunción Salvo Tambo.
 
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Sabado, 08/04/2000
El Poder Judicial investigará la labor de Armengol en el «caso Brouard»
El juez instructor pedirá amparo al CGPJ y denuncia una «campaña» contra él   

La Comisión Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) analizará si el juez instructor del caso Brouard, José Luis González Armengol, ha incurrido en alguna infracción durante la instrucción, según informaron a Europa Press fuentes del Poder Judicial.
El CGPJ tendrá que estudiar este tema después de que el fiscal jefe Anticorrupción, Carlos Villarejo, haya remitido al máximo órgano de Gobierno de los jueces la denuncia presentada por la ex esposa del abogado José Emilio Rodríguez Menéndez contra el magistrado instructor.
Laura Fernández, como informó EL MUNDO, mantiene que, con la mediación de su ex marido, el juez González Armengol aceptó poner el caso Brouard al servicio de los intereses de los ex responsables de Interior José Barrionuevo y Rafael Vera.
La comisión disciplinaria estudiará, en primer lugar, si la denuncia tiene fundamento probatorio, con el fin de comprobar si la conducta del juez instructor del caso Brouard puede constituir una infracción disciplinaria.
Para ello, el CGPJ abriría diligencias informativas y, por tanto, la inspección del órgano judicial se encargaría de la investigación, mientras un magistrado vasco actuaría como instructor y realizaría un informe.
No obstante, si se apreciara la presunta comisión de un delito penal, se pondría en conocimiento de la Fiscalía, para que se encargara del asunto.
El juez, sin embargo, ha respondido a esta iniciativa anunciando que la próxima semana planteará una petición de amparo al CGPJ ante la «campaña» que, a su juicio, se ha orquestado contra él por «determinadas partes que están en el proceso».
González Armengol recordó que la petición de amparo es uno de los derechos o facultades que atribuye a la Judicatura la Ley Orgánica del Poder Judicial en su artículo 14. El magistrado dijo que recurrirá a ello tras los «numerosos ataques» de que ha sido objeto a lo largo de la instrucción del caso del asesinato del dirigente de HB Santiago Brouard.
«Esta no es la primera vez, sino que llevamos ya no sé cuántas actuaciones a través del mismo medio peridístico», añadió el juez, en referencia a este periódico.
Por otro lado, EL MUNDO ha podido saber que las defensas de los acusados en el caso Brouard presentarán una nueva recusación contra el juez Armengol, basada fundamentalmente en la denuncia realizada por la ex esposa de Rodríguez Menéndez.
Ya fue rechazada una recusación contra el juez, pero varios abogados defensores entienden que los nuevos datos corroboran su anterior denuncia.

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Jueves, 06/04/2000
El Poder Judicial acepta la dimisión del juez Béjar    
  El titular de una sección civil presidirá interinamente la Audiencia de Barcelona SUCESOS

El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) aceptó ayer la dimisión que había presentado el 20 de marzo el presidente de la Audiencia de Barcelona, Francisco Javier Béjar, tras ser sancionado por una falta leve a causa de la suspensión de un juicio a un violador por falta de jueces para formar el tribunal. El presidente de la Sección 11 de lo civil de la Audiencia, Joaquín del Oro Pulido, asumirá el cargo de forma interina hasta que el consejo nombre un nuevo presidente para los próximos cinco años.
El pleno del máximo órgano de los jueces aceptó por 12 votos a favor y 8 en contra la renuncia de Béjar. Los que se opusieron al relevo lo hicieron al estimar que la sanción no suponía la retirada de confianza al magistrado.
Francisco Javier Béjar renunció a su cargo el pasado 20 marzo, tras ser amonestado por la comisión disciplinaria del consejo con una advertencia por 'una falta leve de desconsideración al ciudadano', cometida el 6 de julio de 1999 al suspenderse la vista. El Poder Judicial impuso el mismo castigo al magistrado Daniel de Alfonso, miembro de la Sección Séptima, que no pudo constituir el tribunal. El presidente de la sala, Fernando Pérez Maiquez, fue expedientado por el mismo caso, pero finalmente no fue sancionado.
El ya expresidente de la Audiencia de Barcelona comunicó su dimisión, sin precedentes en la justicia catalana, a través de un escueto comunicado en el que calificó de 'injusta' la sanción y anunció que recurriría contra ella al entender que no había cometido ninguna infracción disciplinaria. En la nota señaló que 'a los ojos de cualquier persona aparece que no sólo he faltado a las obligaciones de mi cargo, sino que también he obrado de modo desconsiderado con los ciudadanos'.

Terna de candidatos

Béjar añadió que, en tales circunstancias, no debía continuar ocupando el cargo de presidente de la Audiencia Provincial, 'por razones de propia dignidad y de preservación del prestigio de la justicia, y porque otra cosa difícilmente podría ser entendida por los ciudadanos'.
Fuentes judiciales informaron de que en breve saldrá a concurso la plaza de presidente de la Audiencia y se abrirá un periodo de 20 días para la presentación de candidaturas. La comisión de calificación del CGPJ valorará la lista de candidatos y propondrá una terna al pleno del consejo de la que saldrá elegido el nuevo titular. Béjar tomó posesión del cargo en 1996, y su mandato concluía en el 2001.

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Martes, 15/02/2000
UGT denuncia y pide al CGPJ que expediente a una juez de Orihuela
Le acusa de «fomentar» que los funcionarios cometan «falsedad» y otros delitos por exceso de trabajo   
     
ALICANTE El responsable de Justicia de UGT en la provincia de Alicante, Juan Pedro Pelegrín, ha presentado una denuncia ante el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) para que abra un «expediente disciplinario» a la juez del juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Orihuela, Francisca Martínez Sánchez.
Los funcionarios de este departamento protagonizaron ayer una pitada frente a la puerta del despacho de la magistrada, en protesta por la supuesta negativa a reunirse con ellos.
El origen del enfrentamiento, según Pelegrín, surge en una serie «poco rigurosa» de controles de productividad efectuados por Martínez Sánchez entre los trabajadores de su juzgado, en su opinión. Así, menciona que al ponerse como referente del volumen de actividad deseable, «ella misma dice que dedica a cada escrito 4,5 segundos», al relatar que, en una ocasión, revisó 262 escritos en dos horas, además de elaborar un listado de las providencias y cumplir algunos trámites más. Por lo tanto, Pelegrín ironizó con que, además de la denuncia, se la podría proponer «para el libro Guinness de los récord».
El representante de UGT subraya que la intención primera del sindicato y de los funcionarios afectados apunta a dotar con más medios el juzgado, una medida que beneficiaría, en primer lugar, a la propia juez.
No obstante, entiende que su actitud en las últimas semanas ha impedido cualquier intento de entendimiento. Y alude a la entrevista solicitada por su compañera, Rosa María Ferraro Celada, delegada de UGT, a quien «echó con cajas destempladas de su despacho, de una forma maleducada y grosera».
En su denuncia ante el CGPJ, Pelegrín argumenta que con las pretensiones de Martínez Sánchez de que los funcionarios de este juzgado «pueden hacerlo todo», lo que hace es «fomentar» que incurran en «varios delitos», entre otros posibles, la «falsedad en documento público». A la vista de este comportamiento, UGT sustenta su queja en el «incumplimiento de las garantías constitucionales exigibles: tutela judicial efectiva y principio de inmediación», que considera «claramente vulnerados».
Pelegrín objeta también que la transformación de este juzgado para que atienda también causas de Lo Penal resulta inviable. «La juez no tiene el don de la ubicuidad», expone en su escrito presentado al presidente del CGPJ.
Y alerta del riesgo y el temor que puede suscitar entre los implicados en causas judiciales saber que la juez actúa con la rapidez explicada en su plan de trabajo. Por contra, propone que la conversión de este juzgado debe llevar aparejada la incorporación de otro juez y de más personal.
Pelegrín acusa también a la secretaria judicial de «no ejercer debidamente su cometido», como Jefe de Personal. Asegura que la juez no la ha sometido a los mismos controles de productividad que al resto de funcionarios y que se ha dejado «suplantar» por Martínez Sánchez en este proceso.

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27/01/2000
El Poder Judicial decreta la expulsión de la carrera de la juez decana de Marbella   
Por no haberse abstenido en asuntos del Ayuntamiento, con el que su familia tenía vínculos   

El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) acordó ayer la expulsión de la carrera judicial de la juez decana de Marbella, Pilar Ramírez Balboteo, por una falta muy grave por no haberse abstenido de intervenir en causas en las que podía tener un interés al menos indirecto. El acuerdo fue adoptado por 12 votos frente a nueve, estos últimos los correspondientes al presidente del CGPJ, Javier Delgado, los siete vocales afines al PP y el de Coalición Canaria. A la juez le fue impuesta, por unanimidad, otra sanción de un año de suspensión de funciones por otra falta muy grave.
El CGPJ acordó la expulsión de la carrera judicial y la pérdida definitiva de la condición de de juez de Pilar Ramírez por una falta muy grave por haber intervenido en diligencias en las que favoreció al Ayuntamiento de Marbella, con el que familiares de la magistrada habían tenido relaciones representando a personas o entidades que suscribieron importantes convenios urbanísticos.
En una primera votación, 15 vocales -el presidente Javier Delgado, los vocales próximos al PP Enrique Arnaldo y Margarita Retuerto y todos los consejeros afines al PSOE (7), IU (2), CiU(2) y PNV (1)- votaron a favor de que los hechos constituían una infracción disciplinaria, mientras que otros seis votaron en contra de que los hechos pudieran ser objeto de sanción. Éstos últimos fueron los consejeros Marcelino Murillo, Manuel Damián Álvarez, Rubén Antonio Jiménez Hernández, Francisco Monterde y Benigno Varela, todos del sector próximo al PP, y el vocal Rafael Fernández Valverde, afín a Coalición Canaria.
En una segunda votación, 12 vocales se mostraron a favor de que la sanción a imponer debía ser la expulsión de la carrera judicial y nueve se mostraron en contra. El presidente Javier Delgado y los vocales Retuerto y Arnaldo anunciaron que formularán una explicación de voto. La semana pasada Arnaldo, integrante de la comisión disciplinaria votó en el seno de la misma a favor de imponer a la juez Ramírez una sanción de suspensión de funciones por tres años en vez de la expulsión definitiva, por lo que parece que las explicaciones de voto irán en ese sentido.
El portavoz del CGPJ, Benigno Varela, explicó que él y los otros cinco vocales que no apreciaron infracción 'no habían querido sancionar unas suposiciones o presunciones más o menos fundadas' y habían considerado que 'cualquier forma de reproche de carácter moral o ético no alcanzaba a reunir en los hechos el tipo disciplinario que se le imputaba' a la juez.
Recurso
La expulsión de la carrera judicial le fue comunicada telefónicamente a la juez decana. Contra la sanción cabe recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Supremo, que la juez interpondrá de inmediato, según fuentes de sus familia.
La falta muy grave del artículo 417.8 de la Ley Orgánica del Poder Judicial que ha determinado la expulsión de la carrera judicial de Pilar Ramírez se refiere a la inobservancia del deber de abstención de la juez en asuntos en los que debía haberse abstenido.
Del expediente disciplinario se desprende que el padre de la juez, Juan Ramírez, oficial jubilado de la Administración de Justicia y el hermano de la magistrada, el abogado Juan Carlos Ramírez Balboteo, mantuvieron variadas relaciones económicas societarias con personas que, de una u otra forma, otorgaron convenios urbanísticos con el ayuntamiento de Marbella.
Juan Ramírez y el hermano de la magistrada realizaron en Marbella operaciones financieras por más de 100 millones de pesetas. El hermano sigue siendo administrador único de las sociedades Giamar, Jucamar 18, Marchagal y es socio o ha actuado como representante en otras muchas sociedades financieras e inmobiliarias. Entre las personas con las que se relacionaban los Ramírez están los italianos Gianni Menino y Felice Cultrera, supuestamente vinculados a intereses mafiosos.
El expediente refleja también el 'ambiente de crispación social y de rumor constatable en los medios de comunicación sobre la existencia de relaciones comerciales entre el padre y el hermano de la juez con el alcalde de Marbella, Jesús Gil'.
El caso Puerto Banús
En ese contexto, en agosto de 1997 la juez Ramírez decretó de oficio la administración judicial de la empresa Puerto José Banús y nombró como administración a Antonio Calleja, persona designada por el Ayuntamiento. La media fue recurrida por el fiscal y la Abogacía del Estado por considerarla desproporcionada. El abogado del Estado se quejó también de que se designase interventor a Antonio Sampietro -que fue concejal de Marbella por el grupo del alcalde, Jesús Gil, y hoy es el alcalde presidente de Ceuta- para la defensa de los intereses de los perjudicados, cuando la Abogacía del Estado ejercía a su vez la acusación contra Sampietro en una causa por prevaricación y daños. La Audiencia de Málaga revocó la medida y la sustituyó por una intervención judicial. Según el CGPJ, la juez incurrió en 'una patente falta de imparcialidad que sólo puede entenderse si hay intereses indirectos en la causa'.
La juez también fue sancionada ayer con un año de suspensión por otra falta muy grave al haber incumplido su deber de poner en conocimiento del CGPJ las importantes vinculaciones económicas de su padre y su hermano en Marbella y no haber solicitado su traslado forzoso, a lo que estaba obligada al tener Marbella menos de 100.000 habitantes.
Esta sanción sólo tendría efectos en el caso de que el Tribunal Supremo revocase la sanción de expulsión. 

Jueves, 27/01/2000
El Pleno del CGPJ expulsa de la carrera judicial a la juez Pílar Ramírez por 12 votos a 9    

Por no abstenerse en una l Pleno del Consejo General del Poder Judicial acordó hoy, por 12 votos a favor y 9 en contra, expulsar de la carrera judicial a la magistrada Pílar Ramírez, ex juez decana de Marbella, como autora de una falta disciplinaria muy grave consistente en incumplir su deber de abstención en un procedimiento penal que afectaba al Ayuntamiento marbellí, pese a que sus familiares tenían vinculaciones económicas con la Corporación.
El acuerdo se adoptó con los votos favorables de los vocales propuestos por el PSOE, IU, CiU y PNV, y contrarios del presidente del Consejo, Javier Delgado, los siete vocales elegidos a propuesta del PP, y el de Coalición Canaria.
De los nueve vocales que votaron en contra, seis de ellos consideraban que la actuación de la juez Ramírez no constituía infracción disciplinaria --Marcelino Murillo, Rafael Fernández Valverde, Benigno Varela, Manuel Damián Alvarez, Ruben Jiménez y Francisco Monterde--, mientras que los otros tres --Javier Delgado, Enrique Arnaldo y Margarita Retuerto--, sí estimaban que había cometido la falta disciplinaria, pero entendían que la sanción debía ser una suspensión temporal en sus funciones. Estos tres últimos redactarán previsiblemente una explicación de su voto.
Los 12 vocales que votaron la separación del servicio de la juez Ramírez entienden que debió abstenerse en un procedimiento penal abierto en 1994 derivado de la quiebra de la sociedad Banús Andalucía La Nueva, que afectaba al Ayuntamiento presidido por Jesús Gil, con el que sus familiares tenían vinculaciones económicas.
REPROCHE MORAL Por contra, los 6 vocales que entienden que no había infracción disciplinaria sostienen, según explicó en rueda de prensa el portavoz del Consejo, Benigno Varela, que, pese a que la actuación de Ramírez podría merecer un reproche moral o ético, no alcanzaba las características propias del tipo disciplinario que se le ha aplicado, porque no hay pruebas suficientes de que debió abstenerse, aunque haya suposiciones más o menos fundadas.
El Consejo comunicó esta misma tarde a la juez Ramírez su expulsión de la carrera judicial, y mañana transmitirá el acuerdo al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía para que lo haga efectivo de forma inmediata. La juez puede presentar contra la decisión del Consejo recurso ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo.
Con anterioridad a la juez Ramírez, y desde 1980, el Consejo del Poder Judicial sólo ha expulsado de la carrera por la vía disciplinaria a otros tres jueces: el magistrado del Supremo Jaime Rodríguez Hermida y el de la Audiencia Nacional Ricardo Varón Cobos, a ambos en mayo de 1986 por el 'caso Bardelino' --la irregular puesta en libertad de un mafioso--, y al juez de Leganés José Manuel Lizasuain, en 1991, por retrasos injustificados. Sin embargo, el Supremo revocó las decisiones en el caso de Varón Cobos y Lizasuain, a quien conmutó la sanción por un año de suspensión.
Además, por la vía de sentencia penal, han sido separados de la carrera los jueces Luis Pasqual Estevill, Javier Gómez de Liaño, Joaquín García Lavernia y Carlos Lorenzo Penalva de Vega.
OTRA SANCION Asimismo, el Pleno acordó por unanimidad imponer una sanción de un año de suspensión a la juez Ramírez por una segunda falta muy grave, consistente en no comunicar al Consejo su incompatibilidad para ejercer en una ciudad que, como Marbella, tiene más de 100.000 habitantes, y en la que la familia de la magistrada tiene intereses económicos.
Sin embargo, esta segunda sanción sólo podrá tener ejecutividad si la juez Ramírez se beneficia de un expediente de rehabilitación en la carrera judicial, que la Ley prevé, ya que en caso contrario queda subsumida en la de separación del servicio.
La sanción de separación del servicio de la juez fue propuesta por el magistrado instructor del expediente disciplinario, Juan Ruiz Rico, por la Fiscalía, y por la Comisión Disciplinaria del propio Consejo del Poder Judicial.
Pílar Ramírez estaba suspendida cautelarmente en sus funciones por el Consejo desde el pasado 29 de julio.
Durante ese periodo, obtuvo plaza de magistrada en la Audiencia de Málaga, precisamente en la Sección que enjuiciará en marzo el 'caso Atlético', en el que está procesado Jesús Gil y Gil.
Las actuaciones contra la juez se iniciaron a raiz de una denuncia del fiscal jefe Anticorrupción, Carlos Jiménez Villarejo, quien relacionó a la familia de la magistrada con el alcalde de Marbella, y a éste con actividades de mafiosos italianos. | 


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Lunes, 24/01/2000
Tres multas contra dos jueces han prescrito por falta de ejecución del Poder Judicial El juez que absolvió al ATS que besó los pechos a una paciente no cumplirá la sanción   
Madrid
Tres multas impuestas por el Consejo General del Poder Judicial a dos magistrados en los últimos años han prescrito por falta de ejecución, según la comisión disciplinaria del Consejo, que preside el vocal Teófilo Ortega. Dos de ellas, de 50.000 pesetas cada una, fueron impuestas a Miguel González Calderón, el juez que absolvió a un ATS, denunciado por una paciente de 60 añós a la que besó los pechos. La sentencia consideró difícil que la denunciante despertara 'deseo libidinoso' en el sanitario. La inactividad en la ejecución permitirá al juez un ahorro de 100.000 pesetas.
Según la comisión disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), la 'paralización del procedimiento tendente a su ejecución y el transcurso de al menos un año' en esa pasividad respecto a la sanción, ha permitido que la escandalosa sentencia del juez González Calderón, que le acarreó dos multas por un total de 100.000 pesetas, le resulte gratis. El 20 de diciembre de 1999, la comisión acordó remitir oficio a la Agencia Estatal de Administración Tributaria a fin de que dejara 'sin efecto la ejecución por la vía de apremio de dichas sanciones'.
El origen de las sanciones al magistrado González Calderón fue la sentencia que dictó en 1991 como juez de lo Penal de Alcalá de Henares (Madrid), por la que absolvió a un ATS que besó los pechos de una paciente de 60 años. El juez fundamentó su decisión en la ausencia de 'deseo libidinoso' en el sanitario, ya que 'es difícil que la denunciante, actualmente', decía, 'despierte esos instintos en el acusado, ATS que por su profesión tendría, sin duda y posiblemente a diario, mejores oportunidades'.
Sanitario condenado
El fallo fue revocado por la Audiencia de Madrid, que condenó al sanitario a cinco días de arresto menor como autor de una falta y a indemnizar a la víctima con 50.000 pesetas. Pero además, Clemente Auger, entonces presidente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, remitió la sentencia al CGPJ.
El 26 de noviembre de 1992, aunque varios vocales propusieron expulsarle de la carrera por falta muy grave, el CGPJ sancionó al juez González Calderón con dos multas de 50.000 pesetas: una por 'falta grave de consideración respecto a los ciudadanos' y otra por 'falta de respeto a los superiores en el orden jerárquico', en este caso al presidente Auger. El CGPJ fundamentó la primera sanción en que el juex se excedió en su sentencia, en la que incluyó juicios personales 'despectivos' y atentatorios a 'la intimidad, el honor y la propia imagen' de la paciente cuyos pechos fueron besados por el ATS.
No hubo acuerdo unánime, y seis vocales del sector conservador -encabezados por el entonces vicepresidente José Luis Manzanares y los vocales Andrés de la Oliva y Margarita Mariscal de Gante, hoy ministra de Justicia- discreparon de la resolución sancionadora.
Aunque estos vocales quedaron en minoría, la inactividad del CGPJ en la ejecución de las sanciones ha hecho que prospere su criterio, ya que González Calderón no ha tenido que pagar las multas. A propuesta del actual vocal Enrique Arnaldo, la comisión disciplinaria del CGPJ ha declarado la prescripción de ambas multas, en aplicación de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece la prescripción de las faltas graves al año de su firmeza. La comisión disciplinaria aprecia que el procedimiento de ejecución 'ha sufrido sucesivas paralizaciones por plazo muy superior al citado', por lo que no se exigirá el pago de las multas.
Igual acuerdo ha tomado la comisión disciplinaria, a propuesta de su presidente, Teófilo Ortega, en relación con la multa de 50.000 pesetas impuesta el 24 de enero de 1996 al entonces juez de primera instancia e instrucción de Alcalá de Henares (Madrid), Juan Antonio Gil Crespo, por la falta grave consistente en 'la obstaculización de las funciones inspectoras' del Consejo.
La comisión disciplinaria ha acordado que, aparte de requerirle el 25 de septiembre de 1996 el pago de la multa, 'no se ha realizado ninguna otra actuación para la ejecución de la sanción', por lo que 'procede declarar la prescripción de la misma'.
En contraste con esta pasividad, la comisión disciplinaria del CGPJ, que tiene expedientado al juez decano de Santa Cruz de Tenerife, Joaquín Luis Astor Landete, por supuesta intromisión en la potestad jurisdiccional de una juez de lo social sustituta, a la que indagó sobre los 276 asuntos que tenía pendientes, ha decidido investigar también al mismo juez por críticar al CGPJ.
Ante la apertura del expediente, a pesar de que la inspección del CGPJ propuso archivar el asunto e indagar, en cambio, a la sala de gobierno que amparó a la juez, Astor Landete calificó de 'inaudita' la decisión de expedientarle, que atribuyó a una concepción de la 'justicia anquilosada', en contraste con quienes la entienden como servicio público.

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Martes, 01/08/2000
El Poder Judicial investigó a 367 jueces por retrasos injustificados durante 1999    

El Poder Judicial abrió durante 1999 diligencias informativas para investigar a 367 jueces por presuntos retrasos injustificados, según fuentes del Consejo. En el mismo periodo de tiempo se tramitaron 51 expedientes disciplinarios, de los que se resolvieron 46 y 24 acabaron en sanción.
Retraso o desatención injustificada es la falta disciplinaria más habitual entre los jueces y magistrados.
La Ley Orgánica del Poder Judicial establece en su artículo 417.9 que será falta muy grave 'la desatención o el retraso injustificado y reiterado en la iniciación, tramitación o resolución de procesos o causas o en el ejercicio de cualquiera de las competencias judiciales'.
El Consejo General del Poder Judicial durante 1999 abrió un total de 367 diligencias informativas a otros tantos jueces para investigar supuestos retrasos injustificados. Y se tramitaron otras 100 diligencias informativas por otros motivos, según datos que se recogerán en la la última memoria del Consejo (será presentada en la apertura de tribunales el próximo 15 de septiembre).
Sólo 51 diligencias informativas se convirtieron en expedientes disciplinarios, de los que se han resuelto 46. Casi la mitad, 24, acabaron en sanción.
La memoria también recoge que durante el año pasado se recibieron en el Consejo General del Poder Judicial 1.417 denuncias, de las que 950 se archivaron 'directamente por acuerdo de la Comisión Disciplinaria conforme con la propuesta del Servicio de Inspección' 950.
El resto de denuncias, 467, se investigaron con la apertura de diligencias informativas.
La sanción más grave es la separación de la carrera judicial. Durante 1999 sólo un juez fue expulsado por 'desatención injustificada y reiterada en el ejercicio de sus competencias judiciales y ausencia injustificada'. En este caso también le fue impuesta una multa de 25.000 pesetas por desconsideración hacia el secretario judicial.
Otro magistrado fue castigado con la suspensión de un año por retrasos injustificados y otro con suspensión de quince días por 'desatención injustificada y reiterada en el ejercicio de las competencias judiciales'.
Faltas leves El resto de sanciones impuestas durante el pasado año son multas que oscilan entre las 25.000 y 250.000 pesetas. Cuatro de los magistrados expedientados sólo recibieron del Consejo una advertencia por faltas leves.
Estas se refieren al incumplimiento injustificado de los plazos legalmente previstos, desatención o desconsideración con los ciudadanos o con iguales e inferiores en el orden jerárquico y desatención a los requerimientos. En el documento que el Consejo del Poder Judicial ha elaborado sobre las propuestas que se incluirán en el debate para el Pacto de Estado sobre la Justicia se pide que se reforme el actual régimen disciplinario.
El Poder Judicial solicita que se modifiquen los tipos sancionadores y que se incluyan otros nuevos para 'recoger conductas que merecen reproche disciplinario y en la actualidad carecen de él, tales como la reiteración de conductas disciplinarias, residir fuera del término municipal sin autorización y actuaciones que constituyan manifestaciones notorias de incompetencia para el ejercicio de la función jurisdiccional'.
En cuanto a las normas sobre incompatibilidades de los jueces, el Poder Judicial considera necesario regular 'los diversos supuestos relacionados con esta materia, tales como el ejercicio de actividades prohibidas, ejercicio sin autorización de actividades necesitadas de la misma, faltar a la verdad en la solicitud o falsear datos en ella, así como la omisión de la declaración obligatoria de actividades exceptuadas de compatibilidad, aunque remuneradas, del régimen general de compatibilidad'. Los jueces piden también que se modifique y modulen las sanciones previstas.

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Normativa aplicable a los jueces según la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, de modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial. (BOE 26-12-2003)

Artículo 417. Son faltas muy graves:

1. El incumplimiento consciente del deber de fidelidad a la Constitución establecido en el artículo 5.1 de esta ley, cuando así se apreciare en sentencia firme.

2. La afiliación a partidos políticos o sindicatos, o el desempeño de empleos o cargos a su servicio.

3. La provocación reiterada de enfrentamientos graves con las autoridades de la circunscripción en que el juez o magistrado desempeñe el cargo, por motivos ajenos al ejercicio de la función jurisdiccional.

4. La intromisión, mediante órdenes o presiones de cualquier clase, en el ejercicio de la potestad jurisdiccional de otro juez o magistrado.

5. Las acciones y omisiones que hayan dado lugar en sentencia firme a una declaración de responsabilidad civil contraída en el ejercicio de la función por dolo o culpa grave conforme al artículo 411 de esta ley.

6. El ejercicio de cualquiera de las actividades incompatibles con el cargo de juez o magistrado, establecidas en el artículo 389 de esta ley, salvo las que puedan constituir falta grave con arreglo a lo dispuesto en el artículo 418.14 de la misma.

7. Provocar el propio nombramiento para juzgados y tribunales cuando concurra en el nombrado alguna de las situaciones de incompatibilidad o prohibición previstas en los artículos 391 a 393 de esta ley, o mantenerse en el desempeño del cargo en dichos órganos sin poner en conocimiento del Consejo General del Poder Judicial las circunstancias necesarias para proceder al traslado forzoso previsto en el artículo 394.

8. La inobservancia del deber de abstención a sabiendas de que concurre alguna de las causas legalmente previstas.

9. La desatención o el retraso injustificado y reiterado en la iniciación, tramitación o resolución de procesos y causas o en el ejercicio de cualquiera de las competencias judiciales.

10. El abandono de servicio o la ausencia injustificada y continuada, por siete días naturales o más, de la sede del órgano judicial en que el juez o magistrado se halle destinado.

11. Faltar a la verdad en la solicitud de obtención de permisos, autorizaciones, declaraciones de compatibilidad, dietas y ayudas económicas.

12. La revelación por el juez o magistrado de hechos o datos conocidos en el ejercicio de su función o con ocasión de éste, cuando se cause algún perjuicio a la tramitación de un proceso o a cualquier persona.

13. El abuso de la condición de juez para obtener un trato favorable e injustificado de autoridades, funcionarios o profesionales.

14. La ignorancia inexcusable en el cumplimiento de los deberes judiciales.

15. La absoluta y manifiesta falta de motivación de las resoluciones judiciales que la precisen,siempre que dicha falta haya sido apreciada en resolución judicial firme. Si la resolución inmotivada no fuese recurrible, será requisito para proceder la denuncia de quien fue parte en el procedimiento.

16. La comisión de una falta grave cuando el juez o magistrado hubiere sido anteriormente sancionado por otras dos graves, que hayan adquirido firmeza, sin que hubieran sido canceladas o procedido la cancelación de las correspondientes anotaciones, conforme a lo establecido en el artículo 427 de esta ley.»

Artículo 418. Son faltas graves:

1. La falta de respeto a los superiores en el orden jerárquico, en su presencia, en escrito que se les dirija o con publicidad.

2. Interesarse, mediante cualquier clase de recomendación, en el ejercicio de la actividad jurisdiccional de otro juez o magistrado.

3. Dirigir a los poderes, autoridades o funcionarios públicos o corporaciones oficiales felicitaciones o censuras por sus actos, invocando la condición de juez, o sirviéndose de esta condición.

4. Corregir la aplicación o interpretación del ordenamiento jurídico hecha por los inferiores en el orden jurisdiccional, salvo cuando actúen en el ejercicio de la jurisdicción.

5. El exceso o abuso de autoridad, o falta grave de consideración respecto de los ciudadanos, instituciones, secretarios, médicos forenses o del resto del personal al servicio de la Administración de Justicia, de los miembros del Ministerio Fiscal, abogados y procuradores, graduados sociales y funcionarios de la Policía Judicial.

6. La utilización en las resoluciones judiciales de expresiones innecesarias o improcedentes, extravagantes o manifiestamente ofensivas o irrespetuosas desde el punto de vista del razonamiento jurídico. En este caso, el Consejo General del Poder Judicial solo procederá previo testimonio deducido o comunicación remitida por el tribunal superior respecto de quien dictó la resolución, y que conozca de la misma en vía de recurso.

7. Dejar de promover la exigencia de responsabilidad disciplinaria que proceda a los secretarios y personal auxiliar subordinado, cuando conocieren o debieren conocer el incumplimiento grave por los mismos de los deberes que les corresponden.

8. Revelar el juez o magistrado y fuera de los cauces de información judicial establecidos, hechos o datos de los que conozcan en el ejercicio de su función o con ocasión de ésta cuando no constituya la falta muy grave del apartado 12 del artículo 417 de esta ley.

9. El abandono del servicio o la ausencia injustificada y continuada por más de tres días naturales y menos de siete de la sede del órgano judicial en que el juez o magistrado se halle destinado.

10. El incumplimiento injustificado y reiterado del horario de audiencia pública y la inasistencia injustificada a los actos procesales con audiencia pública que estuvieren señalados, cuando no constituya falta muy grave.

11. El retraso injustificado en la iniciación o en la tramitación de los procesos o causas de que conozca el juez o magistrado en el ejercicio de su función, si no constituye falta muy grave.

12. El incumplimiento o desatención reiterada a los requerimientos que en el ejercicio de sus legítimas competencias realizasen el Consejo General del Poder Judicial, el Presidente del Tribunal Supremo, de la Audiencia Nacional y de los Tribunales Superiores de Justicia o Salas de Gobierno, o la obstaculización de sus funciones inspectoras.

13. El incumplimiento de la obligación de elaborar alarde o relación de asuntos pendientes en el supuesto establecido en el apartado 3 artículo 317 de esta ley.

14. El ejercicio de cualquier actividad de las consideradas compatibilizables a que se refiere el artículo 389.5.º de esta ley, sin obtener cuando esté prevista la pertinente autorización o habiéndola obtenido con falta de veracidad en los presupuestos alegados.

15. La abstención injustificada, cuando así sea declarada por la Sala de Gobierno, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 221.3 de esta ley.

16. Adoptar decisiones que, con manifiesto abuso procesal, generen ficticios incrementos del volumen de trabajo en relación con los sistemas de medición fijados por el Consejo General del Poder Judicial.

17. Obstaculizar las labores de inspección.

18. La comisión de una falta de carácter leve habiendo sido sancionado anteriormente por resolución firme por otras dos leves sin que hubieran sido canceladas o procedido la cancelación de las correspondientes anotaciones, conforme a lo establecido en el artículo 427.»

Artículo 419. Son faltas leves:

1. La falta de respeto a los superiores jerárquicos cuando no concurran las circunstancias que calificarían la conducta de falta grave.

2. La desatención o desconsideración con iguales o inferiores en el orden jerárquico, con los ciudadanos, los miembros del Ministerio Fiscal, médicos forenses, abogados y procuradores, graduados sociales, con los secretarios o demás personal que preste servicios en la Oficina judicial, o con los funcionarios de la Policía Judicial.

3. El incumplimiento injustificado o inmotivado de los plazos legalmente establecidos para dictar resolución en cualquier clase de asunto que conozca el juez o magistrado.

4. La ausencia injustificada y continuada por más de un día natural y menos de cuatro de la sede del órgano judicial en que el juez o magistrado se halle destinado.

5. La desatención a los requerimientos que en el ejercicio de sus legítimas competencias realizasen el Consejo General del Poder Judicial, el Presidente del Tribunal Supremo, de la Audiencia Nacional y de los Tribunales Superiores de Justicia o Salas de Gobierno.»

Libro sobre la materia

El Perfil Criminólogo del Juez Prevaricador
Autor  Elisa María Güidi Clas
Descripción  El perfil criminológico del Juez prevaricador, es una guía útil para los estudiosos de Criminología, pues en un solo tomo se recopilan el estudio, los caracteres, factores, estrategias, tratamiento etc., de los distintos trastornos mentales graves, moderados y leves, trastornos de la personalidad y las patologías sociales (del delito y del litigio) además de analizarse exhaustivamente los radicales de criminalidad: egocentrismo, labilidad, agresividad e indiferencia efectiva. 
Editorial  J.M. Bosch Editor Año  2003 Nº Páginas  362 ISBN  84-7698-686-6
 
Esta obra es un trabajo científico de criminología en la que se relatan sentencias aparecidas en los periódicos de mayor circulación, calificadas de machistas, discriminatorias de la mujer etc., en delitos tan importantes como la violación y el maltrato de la mujer, cuyos jueces nunca fueron condenados por prevaricación y sólo algunos de ellos fueron sancionados por el Consejo General del Poder Judicial, aún cuando algunos autores, periodistas y políticos no dudan en la existencia de ese delito.

La autora analiza los motivos que conllevan a una actitud machista, discriminatoria o de odio a la mujer, para lo cual de la mano, unas veces, de la Psiquiatría, estudio de los distintos trastornos mentales, y otras, de la Psicopatología, análisis de los trastornos de la personalidad, pueden ser o no compatibles con la función judicial; además se examinan también las patologías sociales que también afectan a dicha función judicial.

También se estudian los radicales de criminalidad para terminar con el estudio de una serie de perfiles criminológicos de jueces, que han cometido o pueden en un futuro -porque la Criminología es una ciencia preventiva- llegar a cometer el delito de prevaricación, dando además una serie de soluciones.

En definitiva, El perfil criminológico del Juez prevaricador, es una guía útil para los estudiosos de Criminología, pues en un solo tomo se recopilan el estudio, los caracteres, factores, estrategias, tratamiento etc., de los distintos trastornos mentales graves, moderados y leves, trastornos de la personalidad y las patologías sociales (del delito y del litigio) además de analizarse exhaustivamente los radicales de criminalidad: egocentrismo, labilidad, agresividad e indiferencia efectiva.

El asequible lenguaje utilizado, hace que este libro resulte también muy interesante para personas no doctas en Medicina que estén interesadas en conocer las diferentes anomalías mentales y trastornos de la personalidad que pueden afectar a un individuo. 
 
 Índice
 
INTRODUCCIÓN
CAPÍTULO PRIMERO. Aportes de la Psiquiatría
CAPÍTULO SEGUNDO. Aportes de la Psicopatología
CAPÍTULO TERCERO. Aportes de la Sociología
CAPÍTULO CUARTO. Los radicales de criminalidad
CAPÍTULO QUINTO. Los perfiles criminológicos del jues prevaricador
CAPÍTULO SEXTO. Conclusiones y comentario 

Un artículo sobre el Poder en el Poder Judicial

Jesús Cacho en EL MUNDO, 24/04/2005
LA RUEDA DE LA FORTUNA Los jueces, prueba del nueve de una democracia marchita En plena refriega provocada por la marea de las elecciones vascas y sus circunstancias, PSOE y PP se pusieron de acuerdo el miércoles para cubrir cuatro plazas vacantes en el Tribunal Supremo. La politización de la Justicia en estado puro. Ningún juez sin carné puede aspirar a resultar elegido. Es la demostración más obscena de la pobre calidad de nuestra democracia     
Nombramientos judiciales. PSOE y PP se pusieron de acuerdo el miércoles para cubrir cuatro plazas vacantes en el Tribunal Supremo. La politización de la Justicia en estado puro    
...Otros dramas reclaman ahora nuestra atención, centrados casi todos en el pulso que se vive en el País Vasco, que ha provocado el final de la oposición tranquila de Rajoy frente al Gobierno. En plena refriega, sin embargo, los dos grandes partidos se pusieron el miércoles de acuerdo para cubrir las 4 plazas vacantes en la Sala Civil del Tribunal Supremo, poniendo fin al bloqueo provocado por la nueva ley socialista que exige mayoría de 3/5 para ser elegido.
La sesión del Pleno del CGPJ que alumbró el pacto sirvió para poner de manifiesto el grado de postración (algunos lo llamarían simplemente corrupción) que asola la judicatura. Uno de los elegidos, Vicente Montés Penadés, catedrático de Derecho Civil, es el responsable del despacho Cuatrecases en Valencia, del que también es socio, aunque en Barcelona, el vocal Javier Laorden. Resulta que Montes tiene asuntos por él firmados en la misma Sala Civil del Supremo, entre ellos un importante pleito entre dos empresas catalanas dedicadas a la producción de cava, con mucho dinero en juego.Pues bien, el mismo miércoles, más o menos a la misma hora en que era elegido, Montes hablaba animadamente con el magistrado ponente del caso. ¡Curiosa independencia la del Supremo! Es la moda que se avecina, el tsunami que amenaza al máximo órgano jurisdiccional: tras la oleada de fichajes de jueces y fiscales de la Audiencia Nacional por parte de los grandes despachos de abogados (tal que el ex juez Bueren por Uría & Menéndez), llega ahora el asalto, la infiltración de esos mismos bufetes en el Tribunal Supremo, mediante la colocación de ilustres socios dentro.Ganar los pleitos va a ser coser y cantar.
También resultó elegida Encarna Roca, catedrática de Derecho Civil, que no figuraba en las ternas y de quien se rumorea que su instancia llegó fuera de plazo, a pesar de lo cual fue admitida y nombrada a propuesta de CiU. Nacionalista pata negra, Roca escribe sólo de Derecho catalán y forma parte de la comisión que está elaborando un Código Civil para Cataluña. Los conchabeos políticos dan mucho de sí. Designado fue también José Antonio Seijas, a propuesta de Justicia Democrática (JD), asociación de la que es portavoz en Asturias y cuya elección ya estaba prevista desde hace más de un año.
Numerosos jueces, algunos en su doble condición de catedráticos y magistrados, habían presentado su candidatura sin lograr siquiera entrar en las ternas. Son personas de prestigio, con méritos incluso superiores a los elegidos, pero no tienen nada que hacer porque son perros sin collar, son de verdad independientes, no están afiliados a ningún partido judicial, perdón, asociación judicial, y tienen la osadía de transitar sin carné en la boca por los procelosos bosques de la judicatura.
El portavoz del CGPJ, Enrique López, suele animar a los ingenuos despistados a venir a Madrid «y hacer pasillo para hablar con los vocales», pero quienes le hacen caso se encuentran pronto con el marchamo de que no dan el perfil. No tienen padrinos.«Qué quieres que haga: los de la APM votan en bloque, y otro tanto hacen los de JD», suele confortar el presidente del CGPJ, Francisco Hernando, mientras se lava las manos. La solución puede estar en el Opus Dei, que domina la mayoría de las vocalías procedentes de la APM. O en montarse su propio chiringuito, que es lo que ha hecho el independiente Agustín Azparren, creando otra especie de asociación llamada Foro Judicial. Lo llamativo del caso es que sea la Carrera Judicial, en la que son mayoría los no afiliados, la que acepte resignadamente esta situación permitiendo que cuatro jueces politizados campen por sus respetos.
¿Algún Gobierno, se tomará alguna vez en serio la politización del CGPJ? La inmensa mayoría de los españoles hace tiempo que perdió la esperanza de que el principio de mérito y capacidad prime sobre la obediencia política en la Justicia. ¿Alguna vez se cansará la sociedad española de soportar estos abusos? Se ha dicho muchas veces que la Constitución del 78 fue la mejor solución posible, quizá la única, para un país sin tradición democrática que salía de 40 años de dictadura. Ese traje se ha quedado pequeño, la chaqueta tira por todas las costuras. Pero los árboles del terrorismo, la revisión de los Estatutos y demás familia, no dejan ver el bosque de la pobre calidad de nuestra democracia, tan visible en muchas cosas, empezando por la situación de la Justicia. Claro que hace falta una reforma de la Constitución capaz de hacer de España un espacio político en el que vascos y murcianos se sientan confortables, una reforma destinada no a dar más poder a las elites regionales, sino a satisfacer unas demandas sociales encorsetadas en la Constitución del 78. Sin embargo, el Gobierno ZP, tan activo a la hora de los matrimonios gays, no dice ni pío sobre la cuestión fundamental de unas reformas resumidas en la necesidad de hacer cumplir la ley, combatir la corrupción, separar lo público de lo privado, sacar las manos de la Justicia, hacer efectiva la competencia en la economía, promover una nueva ley de financiación de los partidos, and so on ...
De la situación de la Justicia y el Derecho en España habla a las claras el episodio protagonizado estos días por el rector de la Universidad Carlos III, Gregorio Peces-Barba. Resulta que el Rectorado de esa Universidad ha comunicado a José Manuel Gómez-Benítez, catedrático de Derecho Penal de la misma, su incompatibilidad para seguir dirigiendo la acusación contra Emilio Botín en el caso de las indemnizaciones (recurso de casación en marcha).La razón invocada es que el Santander viene dispensando como mecenas grandes ayudas económicas a la Universidad, lo que, a juicio del rector, inhabilita a dicho catedrático, también abogado del Colegio de Madrid, para tal menester. En la Universidad española jamás había ocurrido caso tan escandaloso como este, fiel reflejo de la sumisión al dinero del mundo del Derecho. De lo que se deduce que el señor Peces-Barba es víctima de una penosa confusión sobre las consecuencias del mecenazgo, puesto que quien dispensa las ayudas es el Santander, no su presidente. ¿Actuaría del mismo modo el magnífico señor Rector de la Carlos III, en el caso de tratarse de cualquier otro banquero? La gente tiene memoria, y sin duda Peces-Barba guardará fiel recuerdo del generoso trato que Banesto dispensó a su padre cuando la entidad ya estaba en manos del Santander, tras la intervención de diciembre de 1993.Está en los papeles y se lo contaremos otro día.

JUDGES & SECRET SOCIETY LEADERS.  SIMILARITIES AND DIFFERENCES
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Both order people to be killed!
Both order people to be beaten up!
Both order people to be restrained against their will!
Both are profiting from what they do!
Both are trying to destroy each other!
Both are created without the direct consensus of the majority!
Both are not accountable to the public!
Contempt of any will result in violence!
Both justify their actions to be the best available options!
Actions of both are prejudiced against equality, freedom and justice!

While one commits injustice lawfully the other does it unlawfully!
While one is a public servant the other is self-employed!
While one is paid with taxpayers' money the other collects from the
taxpayer!
While one's son end up as a White Horse in the Armed Forces the
other's son end up as a Black Horse in the Armed Forces!
While one is lawfully accountable the other is not!  (Funny part is,
it is the judge who is not lawfully accountable)

Contactos informativos sobre el Poder Judicial:

Enrique López López, Agustín Zurita Pinilla y Carlos Berbell Bueno (en el CGPJ), Maite Cuncillos Ozcoidi (Audiencia Nacional), Inmaculada Martínez Ortega (Tribunal Superior de Justicia de Andalucía), Ana María Cuesta Marín (Aragón), Ana Cano Devesa (Asturias), Elena Serra Gutiérrez (Baleares), Gonzalo Pérez Ponferrada (Canarias), Mónica García del Valle Rubio (Cantabria) y Luis Salas Fernández (Castilla La Mancha),  Javier Valero Alcántara, (Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León), Mercedes Alcocer Gendrau (Cataluña), Fernando Múñoz López (Extremadura), María Montero Campos (Galicia), Elisa Beni Uzábal (Madrid), Cristina López de Rodas Noguera (Murcia), Gonzalo Ruiz Eraso (Navarra) Pilar Aguirrebengoa Amutio (País Vasco), Susana Palacios Castro (La Rioja) y Teresa laguna (Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana).

Referencias recomendables:

Carta abierta, PIDIENDO LA DIMISIÓN O EL CESE, al Letrado-Jefe de la Sección de Régimen Disciplinario del CGPJ, Magistrado Luis Vacas García-Alós, en http://www.cita.es/jueces/expedientados/metajusticia.pdf

" Recopilación de Resoluciones del Consejo General del Poder Judicial en materia disciplinaria ", en formato PDF comprimido con Winzip en http://www.cita.es/jueces/expedientados/ 2004-Recopilacion resoluciones CGPJ.zip

Impagados periciales de juzgados morosos en http://www.cita.es/CGPJ

Asociación para la Prevención y Estudio de Delitos, Abusos y Negligencias en Informática y Comunicaciones Avanzadas (APEDANICA) , con presentación, estatutos y referencias a personaciones como acusación popular al amparo del artículo 125 de la Constitución Española en http://www.cita.es/apedanica

Dictamen Pericial Civil en http://www.cita.es/para/civil

1.1  Demandas en primera instancia en http://www.cita.es/para/demandar
1.2  Reconvenir y Reconvenciones en http://www.cita.es/para/reconvenir
1.2.1 Contestar a una demanda con peritaje en http://www.cita.es/para/contestar
1.3.1 Certificación notarizada en http://www.cita.es/para/certificar

1.3.1.1 Notarización de CDs y DVDs en http://www.cita.es/notarizar
1.3.2 Metrología legal en http://www.cita.es/para/medir

1.3.3 Tasación de precisión en http://www.cita.es/para/tasar
1.3.4 Prueba preconstituida en http://www.cita.es/para/preprueba

1.4 Impugnación de traducciones según el art. 144 de la Ley de Enjuiciamiento Civil en http://www.cita.es/traducir/falsedad

Nota 1: Puede leerse (y copiarse) completa la SECCION 5.ª DEL DICTAMEN DE PERITOS de la Ley de Enjuiciamiento Civil 1/2000 (artículos 335-352) en http://www.cita.es/para/civil

Nota 2: Proporcioamos listas de peritos a decanatos de juzgados y trabajamos con procuradores de tribunales para mejorar la calidad, eficacia y rapidez de las pruebas periciales , según puede verse en http://www.cita.es/apedanica/procuradores

2.   Prueba Pericial Penal (criminalística ) en http://www.cita.es/para/penal

2.1 Reconstrucciones periciales en http://www.cita.es/para/reconstruir
2.2 Identificaciones legales en http://www.cita.es/para/identificar
2.3 Para inculpar (sólo muy justificadamente) en http://www.cita.es/para/inculpar
2.4 Para exculpar a inocentes imputados injustamente en http://www.cita.es/para/exculpar

3. Pruebas periciales de falsedad , especialidad criminalística http://www.cita.es/para/probar/falsedad

Puede leerse el articulado de la Ley de Enjuiciamiento Criminal de 1882 para el nombramiento de peritos vigente en España en juzgados de instrucción , en la página http://www.cita.es/criminalista

También se recomienda la " peritación de peritajes " para contestar demandas con peritaje realizado urgentemente refutando al contrario , e incluso probando falsedad o evidenciando mendacidad pericial según http://www.cita.es/metaperitar

Nota: Estamos trabajando sobre los numerosos enlaces de estas páginas por lo que agradeceremos sugerencias y referencias especialmente a abogados y procuradores que precisen lo que más les interesa de la prueba pericial .

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Recopilación de noticias sobre:

Expedientes abiertos a jueces y magistrados
por la Comisión Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ)
y algunas incidencias judiciales muy sospechosas

Agradeceremos cualquier dato y más aún documentación sobre los asuntos relacionados con estas noticias, o con otras similares que desconozcamos, por lo que estamos abiertos a intercambiar información con quienes hayan denunciado o presentado quejas contra jueces y juzgados, y más aún con quienes hayan sido injustamente acusados. Hemos conseguido un ejemplar del libro editado por el CGPJ "Recopilación de Resoluciones del Consejo General del Poder Judicial en materia disciplinaria ", que recomendamos a todos los estudiosos de la metajusticia.

Preparando el libro sobre "jueces juzgados " en http://www.cita.es/jueces/expedientados/libro.htm
Entrevista a Don Federico Carlos Sáinz de Robles, Primer presidente del Consejo General del Poder Judicial en 1980, y actualmente abogado de varios jueces sancionados, en http://www.cita.es/jueces/expedientados/abogado.htm

Miguel Angel Gallardo Ortiz , Informático, Criptólogo, Ingeniero de Minas, Criminologo  y Perito
Apartado Postal (P.O. Box) 17083, E-28080 Madrid, España (Spain)
Tel.: (+34) 914743809, Modem/Fax: 902998379, Móvil: 619776475 E-mail: miguel@cita.es
perito

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