A la Fiscalía Especial para la Represión de los Delitos Económicos relacionados con la Corrupción
Paseo Castellana 147, 28071 MADRID
TEL: 915712523, FAX: 915711772, rogando pronto acuse de recibo al Fax: 902998379


Miguel Ángel Gallardo Ortiz, ingeniero y criminólogo, presidente de la Asociación para la Prevención y Estudio de Delitos, Abusos y Negligencias en Informática y Comunicaciones Avanzadas (APEDANICA), entidad sin ánimo de lucro constituida en 1992 con presentación y estatutos vigentes publicados en Internet http://www.cita.es/apedanica

DENUNCIA AL FISCAL LOS SIGUIENTES HECHOS:

PRIMERO.- El diario "LAS PROVINCIAS" publica con fecha 17 de septiembre de 2003 que "La Fiscalía General emite por segundo año datos erróneos de delitos en Valencia. Recoge un descenso del 16% en la Comunidad pero un aumento en las tres provincias. Por segundo año consecutivo, la Fiscalía General del Estado incluye en su memoria un dato erróneo sobre la delincuencia en Valencia". De la lectura del artículo completo se desprende que existen muy graves y reiterados errores sobre los que se manifiesta muy preocupantemente la Fiscalía de Valencia que podrían tener alguna intencionalidad por parte de funcionarios indeterminados, porque también puede leerse que "No obstante, el informe de Jesús Cardenal no aporta ninguna explicación de cómo es posible que se dé un descenso en el conjunto de la Comunidad cuando el porcentaje, según la Fiscalía General, crece en las tres provincias".

SEGUNDO.- Desde su constitución en 1992 APEDANICA tiene bien acreditada una larga trayectoria pericial en nuevas tecnologías forenses, con publicaciones y participación en eventos, incluso internacionales, para el Estudio Pericial de Delitos, Abusos y Negligencias en Informática y Comunicaciones, entre las que destaca la Revista Ciencia Policial Nº 20 (editada por el Ministerio del Interior) con un trabajo titulado “Métodos de Inspección Legal de Ordenadores e Introducción a la Informática Policial” (sobre lo que se impartieron conferencias en la Escuela de la Policía en Ávila en 1993, y en la Secretaría de Estado de Interior en 1995) y un curso para magistrados, jueces y fiscales dentro de los programas de formación continuada del Consejo General del Poder Judicial, en mayo de 1996, con el título “Ámbito Jurídico de las Tecnologías de la Información” del que se destaca prólogo y ponencia titulada “INFORMATOSCOPIA Y TECNOLOGÍA FORENSE” que fue publicado y ampliamente distribuido por el CGPJ como Cuaderno de Derecho Judicial XI (color marrón). Recientes experiencias y estudios “metapericiales” nos han llevado a proponer nuevas técnicas para el estudio, prevención y prueba de presuntos delitos que pueden ser evidenciados en sistemas informáticos de cierta complejidad técnica por basarse en "estilemas digitales", “estructuras abstractas”, “metadatos”, y “metainformación”, útiles para el análisis crítico, pericial y metapericial de la estadística, y de la "metaestadística", en nuestra opinión, perfectamente aplicable a las memorias de la Fiscalía General del Estado, y a sus errores o presuntas falsedades.

TERCERO.- El 19 de mayo de 2003 yo mismo presenté en nombre de APEDANICA y de una empresa una denuncia a esta misma Fiscalía Especial para la Represión de los Delitos Económicos relacionados con la Corrupción contra el Instituto Nacional de Estadística (INE) que pocos días después fue archivada por "LA FISCAL" por considerar que los hechos denunciados no eran competencia de esta Fiscalía Especial de conformidad con la Ley 10/95 y la Instrucción 1/96 del Excmo. Sr. Fiscal General del Estado, sin darnos ninguna audiencia, opción o vía de recurso. El texto íntegro de esa denuncia puede verse, junto a ciertas opciones abiertas a la deliberación para proceder en otras instancias, en la página de Internet http://www.cita.es/INE/fiscal.htm

CUARTO.- Tanto las estadísticas e interpretaciones de indicadores o datos criminológicos, criminalísticos, fiscales y jurídicos, como la peritación de asuntos estadísticos para juzgados y tribunales son del máximo interés intelectual para el denunciante como puede ser acreditado a petición de cualquier fiscal o juez, porque puedo documentar experiencias que yo mismo he conocido directamente como perito en las que he tenido el honor de dictaminar sobre asuntos complejos que sólo pueden ser entendidos explicando conceptos fundamentales de Estadística y Matemáticas en general, y por otra parte, como criminólogo he estudiado, y sigo estudiando vocacionalmente, estadísticas fiscales y judiciales así como estimaciones de cifra negra y falsedad en acusaciones (querulancias y delirios pleitistas), medacidad judicial y otros fenómenos de gran sensibilidad y trascendencia mediante "informes de autodenuncia" y "encuestas de victimización" en su más amplio sentido criminológico y victimológico. Desde esta perspectiva, los errores que se repiten y se propagan por las más altas instituciones, o las manipulaciones incorrectas de datos tan relevantes por parte de funcionarios que no se identifican, evidencian como mínimo gravísimas negligencias, sin descartar cualquier otra calificación de naturaleza penal que no me corresponde a mí tipificar, pero que no pueden dejar de considerarse como presuntas falsedades por su repetición y, posiblemente, por su dolosa intención maquilladora de realidades y evidencias criminológicas, siendo difícil que podamos identificar con precisión a los autores morales y materiales, o a los presuntos beneficiarios de errores o presuntas falsedades, sin la colaboración activa y autocrítica de la propia fiscalía.

QUINTO.- La información que el diario "LAS PROVINCIAS " publica con fecha 17 de septiembre de 2003, considerando todo lo anterior en su contexto, así como su diagnóstico y pronóstico criminológico, tiene la máxima gravedad porque delata el estado de cosas en la Fiscalía General del Estado en su propia estadística interna, y en su memoria, y estos preocupantes predecentes aún hacen temer mayores y peores errores, y mucho me temo que también alguna presunta falsedad, culposa o dolosa, de datos e indicadores en el futuro de no investigarse ahora con el máximo rigor estadístico, y también "metaestadístico", todo lo ocurrido, o al menos, todo lo que se pueda averiguar y documentar al respecto.

El denunciante es consciente de la dificultad legal y técnica de investigar los errores o presuntas falsedades en las estadísticas de la(s) fiscalía(s), y más aún las posibles intencionalidades si las hubiere, pero entiende que esta Fiscalía Especial puede identificar a los funcionarios presuntos responsables de los hechos aquí denunciados y antes publicados en "LAS PROVINCIAS", sus respectivas competencias y cuantos documentos y testimonios puedan servir para reconstruir la secuencia de datos originales y agregados con sus controles, manipulaciones y tratamientos, o bien dar traslado del texto íntegro de esta denuncia a la fiscalía, juzgado o instancia de la Administración del Estado a la corresponda instruir e investigar los hechos. En mi opinión, sería peligrosísimo e inadmisible en un Estado de Derecho que no hubiera ninguna posibilidad legal de investigar errores o presuntas falsedades cometidas en el seno de la fiscalía, por lo que en caso de archivo de esta denuncia se requiere amplio plazo, motivación detallada, alternativas y vías de recurso para su admisión a trámite e instrucción.

Por mi parte, solicito audiencia al instructor de esta denuncia mientras estoy permanentemente disponible para hablar con cualquier fiscal sobre estos hechos y su interpretación pericial estadística y "metaestadística", y en nombre de la asociación a la que represento anticipo y hago pública nuestra voluntad de personarnos para ejercer acciones en cualquier procedimiento judicial o administrativo que se instruya sobre lo aquí denunciado para lo que solicitamos que se nos facilite, a la mayor brevedad, copia de los documentos y acceso a las fuentes de información estadística utilizadas por la Fiscalía General del Estado y la Fiscalía de Valencia, tanto coincidentes, como muy especial y prioritariamente todas las discrepantes, al amparo de los artículos 29 y 105 de la Constitución Española y de cualquier otra disposición legal vigente a la que podamos recurir para que se nos permita conocer y documentar estadísticas oficiales sobre la criminalidad en España, sus datos, fuentes y procedimientos de elaboración o declaraciones y publicaciones sobre su interpretación.

En Madrid, a 19 de septiembre de 2003, según consta en nuestro propio registro del FAX: 915711772
Enviado a la Fiscalía Especial para la Represión de los Delitos Económicos relacionados con la Corrupción

Fdo.: Miguel Á. Gallardo Ortiz, Ingeniero de Minas y Criminólogo, (meta)Perito Judicial
Domicilio: C/ Fernando Poo, 16 Piso 6º B, 28045 Madrid
Administrador Único de Cooperación Internacional en Tecnologías Avanzadas (C.I.T.A.) SL
Presidente de la Asociación para la Prevención y Estudio de Delitos, Abusos y Negligencias en Informática y Comunicaciones Avanzadas (APEDANICA), http://www.cita.es/apedanica
Apartado Postal (P.O. Box) 17083, 28080 Madrid, Spain
Teléfono: (+34) 914743809, Móvil: 619776475, FAX: 902998379
ADSL Internet http://www.cita.es E-mail: miguel@cita.es

Denuncia publicada en Internet http://www.cita.es/denuncia/fiscal