Denuncia Falsa
Ejemplo de denuncia falsa y respuesta al juzgado instructor, fiscales, y a quien pueda interesar
recomendando antes la lectura de http://www.cita.es/denuncias/falsas y también de www.cita.es/vicente/burgos/gonzalez y también en www.miguelgallardo.es/vicente-burgos-gonzalez.pdf
Esta página de Internet contiene numerosos documentos en los que denuncié la falsedad mendaz, y las argumentaciones interesadamente falaces, de Vicente Burgos González en su repugnante denuncia calumniosa del 14 de marzo de 2001. En él aparecen varios nombres, todos ellos reales, aunque el denunciante calumniador usó incorrectamente el de Liliana Bircz citándola en su denuncia como Liliana Birtz siendo Bircz según diversas intervenciones suyas en foros relacionados con la psicología. Para mayor precisión, Liliana Bircz Minian como M-15.989 pregunta sobre la posibilidad de que el Colegio de Psicólogos avale los proyectos que presentan los colegiados para "ámbitos psicojurídicos", lo que me parece extraordinariamente grave para una inductora a la denuncia falsa a la que he tenido la desgracia de conocer en acción felona.
Vicente Burgos González me envió un escrito requiriéndome que eliminase no se sabe bien qué y tampoco se sabe bien de dónde. Su escrito puede verse en goo.gl/jVG9d2
Mi respuesta a ese escrito está en www.cita.es/vicente/burgos/gonzalez y también en www.miguelgallardo.es/vicente-burgos-gonzalez.pdf
Tanto Vicente
Burgos González como Liliana
Bircz Minian están invitados a presentar todas las querellas que
quieran porque salvo por orden judicial, no voy a quitar esta página
de aquí. Si fueran funcionarios, como el torpe fiscal-jefe de la
Audiencia Provincial de Huelva Francisco
Ontiveros Valera o el juez mal instructor de cuyo nombre prefiero
no acordarme, quisieran presentar denuncia o querella, estaré
encantado de hacerles frente mediante el artículo 810 de la Ley de
Enjuiciamiento Criminal por el que podré ejercer el derecho a probar
que no saben distinguir una denuncia falsa, y tal vez, también que
conocen demasiado al querulante Vicente
Burgos González.
En cualquier caso, me alegraré que
alguna de las técnicas argumentales para enfrentarse a una denuncia
falsa que aquí se relacionan pueda servir a algún acusado
con falsedad. Desde entonces sinceramente creo que he aprendido
mucho que ahora puedo poner a la disposición de otros que lo
necesiten gracias a esa mendaz denuncia contra mí.
Aunque
todos los escritos que aquí se relacionan están completos y fueron
enviados a cada destinatario en su fecha, me reservo algunos
documentos más que me han dado grandes satisfacciones en
inteligencia, y sobre todo, en contrainteligencia judicial para poner
al querulante acusador mendaz en su sitio, y también para que jueces
y fiscales comprendan y asuman su responsabilidad ante la
querulancia. Con mucho gusto intercambiaré las denuncias y
contradenuncias que más interés tengan, porque, estoy convencido,
hay que investigar mucho más, y mucho mejor, en la lucha contra la
mendacidad judicial. Lo que sigue pretende ser un, ya viejo, ejemplo
de lucha contra la malicia querulante de un repugnante calumniador:
Al Juzgado de Instrucción
Nº 34 de Madrid para méritos diligencias exhorto Nº 500/01
del Juzgado Nº 3 de Huelva, Proc. Dil. Previas 1225/2001, Negociado
3M
Con el debido respeto, y como mejor proceda:
Este
escrito responde a la Diligencia de Exposición de Hechos Nº 46/2001
instruidos por el Sargento de la Guardia Civil TIP x y el Secretario
TIP x por "PRESUNTO DELITO CONTRA LA INTIMIDAD, DEL
DESCUBRIMIENTO Y REVELACIÓN DE SECRETO" por denuncia de Vicente
Burgos González de fecha 14 de marzo de 2001, quien dice ser perito
tasador judicial y me acusa de ser el autor de varios hechos, alguno
de los cuales él considera que le han perjudicado, sin citar ningún
otro nombre que no sea el de "una amiga que se llama Liliana
Birtz, de nacionalidad Argentina, es psicóloga y vicepresidenta del
Colegio de Peritos Psicólogo (sic) de Argentina", ni aportar
ninguna prueba documental en mi contra que no sean referencias muy
imprecisas, o erróneas, a páginas del dominio de Internet
http://www.cita.es
Se supone, por tanto, que me corresponde a
mí negar los hechos en este exhorto, y las perversas y absurdas
intenciones que el denunciante me imputa, aportando pruebas que
demuestren mi inocencia. Así, empezo por calificar las acusaciones
del denunciante como inquisitoriales, pues pretende utilizar contra
mí prueba diabólica requiriéndoseme para que sea yo el que pruebe,
entre otros, los siguientes hechos negativos:
1.
Que yo NO he contaminado con virus los ordenadores del denunciante y
de su amiga
2. Que yo NO he tenido acceso a la
información de "aquellas empresas que a nivel privado ha
realizado informes sobre tasaciones además de acceder a información
privilegiada las cuales se encuentran sometidas a procesos
penales".
3. Que yo NO he descubierto, ni
revelado ningún secreto, ni atentado contra la intimidad de nadie,
como tan falsamente se me imputa en la denuncia.
Pues bien, a
pesar de lo extremadamente repugnante e indigna que resulta toda
prueba diabólica de hechos negativos, y más aún sin que el
denunciante aporte unas pruebas, ni datos, que puedan ser mínimamente
conocidos por mí, entiendo que puede demostrarse, por la pura y
simple infirmación de las declaraciones del denunciante, que tal
acusación no sólo es falsa, sino que también es absurda, y que
tiene intenciones muy perversas.
Estoy convencido de que
ninguno de los correos electrónicos con que yo respondí a los
suyos, ni el disquete que le entregué ante testigos el 17 de enero
de 2001, tiene, ni puede tener, ningún virus informático capaz de
realizar cuanto se me imputa, y menos el único que el denunciante
dice haber localizado con el nombre w95.hybris.plugin simplemente
porque yo no utilicé Windows 95, y porque una copia exacta de ese
disquete ya ha sido inspeccionada a petición mía por dos testigos
que asistieron, con el denunciante, al mismo acto en el que se le
entregó (publicado en www.cita.es/traducir y no en la página que él
erróneamente cita), sin encontrar ningún virus. Desafío a
demostrar lo contrario.
Pero incluso en el supuesto de que yo
hubiera transmitido algún virus al denunciante (lo que hubiera sido
a mi pesar), las imputaciones que hace son absolutamente inadmisibles
para cualquiera con unos mínimos conocimientos de informática, y
del Derecho más elemental. Lamentablemente es frecuente que los
ordenadores se contaminen con virus, pero imputar a alguien el acceso
a un ordenador ajeno, de esa manera, sólo define bien lo que tiene
en la cabeza el denunciante. Parece más lógico que él haya
recibido de otro sus virus, o que cualquier otro, que no sea yo,
conozca y revele sus secretos e intimidad, incluyendo a Liliana
Birtz, porque yo no he tenido suficiente relación de ningún tipo
con ninguno de los dos, e insto a que se compruebe por vía
testifical y documental.
La lectura del folio núm 2
desacredita no sólo al denunciante, sino lamentablemente también al
"Equipo Instructor" que dice que remitirá la denuncia a la
Unidad Central Operativa de la Guardia Civil, Departamento de Delitos
Telemáticos. Soy yo el primer interesado en que dicha unidad se
pronuncie sobre la denuncia admitida sin ningún tipo de prueba
verificable y sin la menor lógica probatoria, pero con bastantes
graves errores conceptuales y tecnológicos con los que se intenta
articular la denuncia para instruir diligencias tan absurdas como
interesadamente perversas, en mi perjuicio material y moral.
Lamentablemente, la Unidad Central Operativa ya me ha informado por
correo electrónico "que si bien las Diligencias practicadas por
la Unidad instructora fueron remitidas a este Órgano Central, debido
al enorme volumen de trabajo que se acumula en este Departamento de
Delitos Telemáticos, que nos obliga a priorizar, con fecha 24 de
abril, fueron devueltas al Equipo de Policía Judicial de Huelva
informando de la imposibilidad de atender esa investigación",
según puede leerse en el mensaje adjunto, con mi respuesta a
la Unidad Central Operativa, también por correo electrónico.
Me
parece muy vergonzoso que se pueda acusar así a alguien de "PRESUNTO
DELITO CONTRA LA INTIMIDAD, DEL DESCUBRIMIENTO Y REVELACIÓN DE
SECRETO", en estas condiciones, porque si efectivamente se ha
cometido ese delito, y el denunciante tiene alguna constancia real de
ello, o aporta todas las pruebas, o estará encubriendo al auténtico
autor, que ni soy yo, ni puedo serlo, ni tengo por qué probar nada
al respecto mientras no se exija al denunciante, como mínimo, lo
mismo, ya que la carga de la prueba sólo ha de recaer en quien tan
frívola e irresponsablemente me acusa.
Lo que el denunciante
sí que parece conocer bien son algunos de mis antecedentes y
relaciones profesionales por los que dice no extrañarse que sea yo
el responsable de no se sabe bien qué perjuicios (salvo que su
"CD-Rom no funciona bien y el escáner deja de funcionar")
"...con el objeto de facilitar la entrada en en sus sistemas
informáticos".
Efectivamente, es fácilmente comprobable
que ya en 1993 yo publiqué un artículo en la revista "Ciencia
Policial", editada por el Ministerio del Interior, titulado
"Métodos de inspección legal de ordenadores e introducción a
la informática policial" habiendo impartido varias conferencias
a Policías y Guardias Civiles y además, en 1996 dirigí un curso de
formación continuada para jueces y fiscales en el Consejo General
del Poder Judicial sobre el "Ámbito Jurídico de las
Tecnologías de la Información", cuya documentación está
publicada como Cuaderno de Derecho Judicial XI, CGPJ 1996.
Sabe
también el denunciante que actualmente me dedico a la peritación
judicial, y nadie mejor que otro perito (él presume de serlo)
para conocer lo frágil que es la reputación de quien
profesionalmente ofrece el leal saber y entender. Y no duda en "hacer
entrega de diferentes direcciones de personas con similares
relaciones profesionales que estuvieron presentes y contactaron de la
misma forma con el señor Gallardo por si los mismos pudieran estar
sufriendo intromisiones a nivel personal y privado del mismo tipo a
los soportados por el denunciante, cuyo contenido son aportados por
medio de fotocopias (un total de CUATRO) para la investigación de
los hechos", fotocopias que, dicho sea de paso, no han sido
incluidas en la denuncia que se me ha permitido ver, y "sigue
manifestando, que ante la evidencia de ser esta la persona que
ignorando los motivos ha introducido este troyano, llamaré
personalmente a todos los que asistimos a la reunión en Madrid en
pasadas fechas, como así, todo aquel que recibiera correo de el tal
Miguel Angel y mío".
Denunciar es gratis. Pero iniciar
un proceso inquisitorial así no puede serlo. No debe serlo. No voy a
permitir que lo sea. Y así, ejerzo mi derecho de petición,
solicitando ya:
1. Que el denunciante
ratifique su denuncia lo antes posible, aportando ya todas las
pruebas que posea, y que se le requiera fianza en metálico
suficiente para hacer frente a las responsabilidades civiles, y a las
costas, que su calumniosa, injuriante, ofensiva, perversa y falsa
denuncia pueda ocasionar a este denunciado, y a terceros.
2.
Que se cite a declarar a los Guardias Civiles instructores de la
denuncia y se deje constancia de cualquier relevante antecedente o
relación con el denunciante, porque tengo la fundada sospecha de que
ni es la primera vez que denuncia de una manera tan frívola, ni
pueden dejar de calificarse como "delirios pleitistas" o
"querulancia" algunas manifestaciones y las pretensiones
del denunciante, sobre las que haré todos los esfuerzos a mi alcance
para que se conozcan en la Comandancia de la Guardia Civil de Huelva,
sin renunciar a solicitar yo mismo la apertura de un expediente a
ambos, y que sea su misma Institución Armada la que actúe en
consecuencia, tras haberme informado bien de los antecedentes
policiales y judiciales del denunciante.
3. Que
se tome declaración a Liliana Birtz, requiriendo al denunciante
todos sus datos.
Como fundamentación jurídica, baste
mencionar la Sentencia del Tribunal Supremo, STS de 30 de octubre de
1992, que declara: "la presunción de inocencia es un principio
de rango constitucional que abarca todos los hechos cuya presencia
pudiera perjudicar al reo, de tal modo que es necesario que haya
prueba, que la Audiencia pueda valorar como suficiente para eliminar
cualquier duda razonable, respecto de todos y cada uno de tales
hechos, no sólo con relación a la existencia misma del suceso que
luego se califica como delictivo o de la participación del acusado
en el mismo, sino también con referencia a los distintos elementos
de cualquier índole (objetivos y subjetivos) que sirven para
conformar el hecho punible", y entre otras, las Sentencias del
Tribunal Constitucional, SS.T.C. 31/1981, de 28 de julio; 17/1984 de
7 de febrero; 101/1985; de 4 de octubre; 140/1985, de 21 de octubre;
145/185, de 28 de octubre; 174/1985, de 17 de diciembre; 105/1986, de
21 de julio; 169/1986, de 22 de diciembre; 97/1987, de 3 de junio;
229/1988, de 1 de diciembre; 150/1989, de 25 de septiembre, 161/1990,
de 19 de octubre, 33/1992, de 18 de marzo y 283/1994, de 24 de
octubre, para exigir la mínima actividad probatoria como presupuesto
para destruir mi presunción de inocencia.
Pido el más
pronto archivo, reservándome los derechos que puedan corresponderme,
y requiero el mayor celo y rigor por parte de todos y cada uno de los
responsables de este procedimiento que, insisto, yo no dudo en
calificar de inquisitorial al haberse admitido un muy repugnante
planteamiento de prueba diabólica, que ha de ser ridiculizado por su
propio absurdo, no exento de perversión, además de pedir también,
siempre con el máximo de mis respetos, una muy ejemplar condena en
costas para el denunciante.
Por ser de Justicia que pido en
Madrid, a 30 de mayo de 2001.
Al Juzgado Nº 3 de
Huelva, Proc. Dil. Previas 1225/2001, Negociado 3M
Con el
debido respeto, y como mejor proceda en Derecho:
Pasado un mes
desde mi comparecencia en el Juzgado de Instrucción Nº 34 de Madrid
para méritos diligencias exhorto 500/01 sin haber tenido más
noticia del procedimiento, insistiendo en todas mis peticiones ya
formuladas en el escrito de fecha 30 de mayo de 2001, empezando por
la del pronto archivo de este procedimiento, aquí SOLICITO:
La
"LICENCIA DEL JUEZ" para presentar Querella Criminal contra
el denunciante Vicente Burgos González, con DNI: x y domicilio en x
C. P. 210xx de Huelva, y teléfono x, según lo dispuesto en el
Artículo 279 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que dice "En
los delitos de calumnia e injuria causadas en juicio se presentará,
además, la licencia del Juez o Tribunal que hubiese conocido de
aquél, con arreglo a lo dispuesto en el CP".
Debo
señalar aquí que ya he tenido conocimiento de la lamentable
difusión, al margen de lo instruido por el juzgado, que se está
dando de la denuncia, para mí no sólo falsa, sino absurda y, sobre
todo, muy perversa, también por algunas relaciones profesionales
mías, y varios clientes de mi empresa, violando el denunciante
cualquier elemental principio de presunción de mi inocencia, y al no
haber tenido conocimiento por juicio, entiendo que no sería
estrictamente necesaria la licencia, pero respetuosamente la
pido.
El perjuicio que nos está causando a mi empresa y a mí
es muy grande, irreversible y creciente, por lo que respetuosamente
insto a que el Juzgado de Instrucción tome alguna medida cautelar,
como la exigencia de fianza, y que aperciba al denunciante por el
daño que está deliberadamente causando a mi imagen profesional, y a
la de mi empresa, además, repito, de darme la licencia para
presentar querella a la mayor brevedad.
La página del Web de
mi empresa por la que convocábamos a peritos judiciales y
traductores a una reunión en Madrid, a la que con error hace
referencia el denunciado, sigue, sin ninguna modificación desde el
mes de enero, en http://www.cita.es/traducir
Para la mejor
información de este Juzgado de Instrucción sobre mis actuaciones
para la mínima, pero pronta defensa de mi reputación e imagen,
adjunto a este escrito copia de la demanda de conciliación que
también he presentado ya ante el Registro General de los Juzgados de
Huelva a los efectos de poder presentar querella lo antes
posible.
En Justicia que respetuosamente pido desde Madrid,
por correo certificado a este Juzgado de Instrucción Nº 3 de
Huelva, a 29 de Junio de 2001.
Demanda de Conciliación
al
Juzgado de Huelva que por Turno Corresponda
que presenta
Miguel Angel Gallardo Ortiz, ingeniero con DNI: x y domicilio en
(cambiado por Apartado 17083-28080 Madrid), con teléfonos de
contacto 914743809 y móvil 619776475, contra:
Vicente Burgos
González, con DNI: x y domicilio en x C. P. 210xx de Huelva, y con
teléfono x.
A los efectos de cumplir con lo dispuesto como
requisito para presentar querella en el Artículo 278 de la Ley de
Enjuiciamiento Criminal, que dice:
"Si la querella
tuviere por objeto algún delito de los que solamente puedan
perseguirse a instancia de parte, excepto el de violación o rapto,
acompañará también la certificación que acredite haberse
celebrado o intentado el acto de conciliación entre querellante y
querellado...".
La denuncia ante la Guardia Civil, de
fecha 14 de marzo de 2001, del demandado, no deja duda sobre sus
imputaciones calumniosas, no sólo falsas, sino absurdas, y perversas
declaraciones injuriosas destacándose que
"ante la
evidencia de ser esta la persona que ignorando los motivos ha
introducido este troyano, llamaré personalmente a todos los que
asistimos a la reunión en Madrid en pasadas fechas, como así, todo
aquel que recibiera correo de el tal Miguel Angel y mío".
Al
conocer bien el demandado el grave daño que deliberadamente causa a
mi reputación como perito judicial en "ingeniería e
informática forense", para la conciliación exijo una
declaración solemne de disculpa por escrito, y una compensación
económica que a la fecha de presentación de esta demanda de
conciliación se estima en 850.000 pesetas, más los gastos en que ya
se ha incurrido, siendo ambas cantidades crecientes con el tiempo y
la difusión, y en otro caso, se requiere del juzgado la
certificación a que hace referencia el Artículo 278 de la Ley de
Enjuiciamiento Criminal para presentar oportunamente Querella
Criminal, con todas las costas procesales para el denunciante aquí
demandado Vicente Burgos González.
En Justicia que pido desde
Madrid, en este escrito por correo certificado al Registro General de
los Juzgados de Huelva, a 29 de junio de 2001.
A Su Señoría, Ilmo Sr. D.
Florentino Gregorio Ruiz Yamuza, Magistrado-Juez
Juzgado de 1ª
Instancia Nº 5 de Huelva
Con el debido respeto, y como mejor
proceda en Derecho:
Recibida el lunes 23 la célula de
notificación, tal y como bien debe constar en el resguardo de acuse,
y en el plazo fijado por Su Señoría para interponer recurso de
reposición, en este escrito se presenta formalmente por todas y cada
una de las razones y peticiones siguientes:
Antes de haber
recibido la célula de notificación me había comprometido con
algunas reuniones en Madrid de gran interés para mi empresa cuya
cancelación supondría un grave perjuicio. Entre otras, tenemos una
invitación formal de una embajada y también una cita con un
subsecretario ministerial, comunicada telefónicamente, pero que
constará en el registro oficial del Ministerio.
Las
dificultades para desplazarme a Huelva son muy grandes debido al
escaso transporte público (no hay vuelos directos y los horarios
para conexiones de tren son muy limitadas) me obligarían a perder
laboralmente también el lunes 30, día anterior al previsto para el
Acto de Conciliación, aumentando aún más los graves perjuicios ya
causados, deliberadamente, a mi empresa y a mí.
Además, para
poder representarme ante los Juzgados y Tribunales de Huelva, mi
empresa y yo estamos tratando de contratar a un procurador que allí
nos represente a todos los efectos, pero todavía no lo hemos
determinado, ni apoderado, y desearíamos aprovechar tan largo viaje
para hacerlo y así evitar aumentar más las costas y trastornos que
ya nos ha causado el demandado.
La otra parte demandada tiene
su domicilio en Huelva, y por su trabajo de perito judicial no tiene,
ni puede alegar, ninguna dificultad de desplazamiento a los juzgados,
por lo que ni por la cancelación de este acto, ni por ningún otro
motivo, debo ser yo el condenado en costas.
Mi empresa y yo
SUPLICAMOS A SU SEÑORÍA que aplace el Acto de Conciliación hasta
un día lunes (para poder viajar a Huelva en domingo reduciendo
nuestros perjuicios laborales), del mes de Septiembre, con excepción
del 24 en el que estaremos en misión oficial a México DF como puede
acreditar la embajada de España, el ICEX y la Cámara Oficial a que
pertenecemos, y pedimos, al menos, dos semanas desde la fecha de
notificación hasta el Acto de Conciliación para evitar nuevos
problemas de agenda profesional y transporte con más perjuicio
personal, y para mi empresa del que ya nos ha causado deliberadamente
el demandado en conciliación.
En caso en que se desestime
nuestra petición en este recurso de reposición solicitamos mayor
plazo y vía de recurso legal para oponernos a las motivaciones del
auto, según la LOPJ.
En Justicia que respetuosamente pido, en
Madrid, a 26 de julio de 2001, por correo certificado con plena
validez legal, y en plazo, al Juzgado de 1ª Instancia Nº 5 de
Huelva, para el que pongo a su plena y permanente disposición mi
teléfono fijo 914743809, y mi móvil 619776475.
© 2001 Miguel Angel
Gallardo Ortiz, Ingeniero y Criminólogo
A la exclusiva y
directa atención del abogado ejerciente en Huelva, desde Madrid, a 8
de agosto de 2001.
De mi más respetuosa consideración
pericial, y como imputado por un denunciante en el Juzgado de
Instrucción Nº 3 de Huelva:
Como podrá comprobar en el
texto de la denuncia y en mi respuesta por exhorto al Juzgado, estoy
siendo víctima de una maliciosa acusación que tiene una muy difícil
defensa legal, pese a ser yo completa y absolutamente inocente de
todo cuanto se me imputa. Por ello, he decidido:
1.
Informar a todos los abogados y procuradores de Huelva cuyos datos
postales pueda conocer
2. Investigar, por todos
los procedimientos legales, la más perversa intención del
denunciante
3. Documentar tanto como sea posible
los antecedentes periciales profesionales del denunciante
4.
Agotar, tenaz y eficazmente, todas las posibles vías de queja y
denuncia existentes tanto ante la Guardia Civil, como ante el Consejo
General del Poder Judicial (CGPJ).
Como letrado, seguramente
conocerá Vd. el Reglamento 1/1998, del Consejo General del Poder
Judicial, de tramitación de quejas y denuncias relativas al
funcionamiento de los Juzgados y Tribunales pues "De conformidad
con el artículo 110, apartado m), de la Ley Orgánica del Poder
Judicial, en la redacción dada a dicho precepto mediante Ley
Orgánica 16/1994, de 8 de noviembre, corresponde al Consejo General
del Poder Judicial la potestad reglamentaria en materia de inspección
de Juzgados y Tribunales y tramitación de quejas y denuncias".
En este sentido, y para llenar del más convincente y probado
contenido la querella criminal que preparo, como letrado ejerciente
en Huelva, yo le agradeceré datos y planteamientos jurídicos
pertinentes.
Ignoro si existe alguna relación entre el
denunciante y cualquiera de los funcionarios del Juzgado de
Instrucción Nº 3 de Huelva, pero apreciaría mucho cualquier
indicio de ello que me sea lícito conocer, y poder utilizar, como
prueba ante el Consejo General del Poder Judicial.
Lo que sí
que sé muy bien es no son nada recomendables, ni en Huelva, ni en
Sevilla, ni en Madrid, ni en ningún lugar, las perversas y
maliciosas intenciones, antecedentes y presunciones profesionales del
denunciante cuya tarjeta de visita le fotocopio aquí:
A la urgente y directa atención de Su Señoría, el
Secretario Judicial
del Juzgado de Instrucción Nº 3 de Huelva,
Proc. Dil. Previas 1225/2001, Negociado 3M
Al ser Su Señoría
el Secretario Judicial quien legalmente debe dar fe de las
actuaciones, y como único imputado conocido por la denuncia ante la
Guardia Civil 46/2001 del supuesto perito Vicente Burgos González de
fecha 14 de marzo de 2001, instruida por este juzgado, y al no tener
otra noticia del procedimiento que el exhorto al Juzgado de
Instrucción 34 de Madrid en el que no se me proporcionó copia de
nada que no fuera la denuncia, en el ejercicio de los derechos que
como único imputado me corresponden, YO SOLICITO con la MÁXIMA
URGENCIA:
1. Copia íntegra de todos los
documentos y fe judicial de todas las actuaciones ya realizadas,
preferentemente por correo certificado y anticipadas por fax al
902998379 del que yo daría acuse de recibo oportuno sólo en caso de
que se vieran con suficiente claridad los escritos.
2.
Que todo el personal del juzgado extreme su celo para que sólo yo,
único imputado que soy, tenga esa documentación, y nunca nadie más
no autorizado legalmente tenga acceso a ella.
Quiero prevenir
a Su Señoría de la lógica posibilidad que existe de que quien
presume de ser perito judicial en Huelva (y Sevilla) pueda disponer
de acceso a lo que como simple denunciante no le corresponde, tal vez
por amistad personal o presunta connivencia con alguno de los
funcionarios. Si se diera ese muy preocupante caso, y con
independencia de cualquier otro derecho por la Ley de Enjuiciamiento
Criminal también pudiera corresponderme, insisto, e insistiré
siempre, en ser el primero en enterarme de cuanto no debería de
conocer el denunciante, y por su condición de perito judicial, en mi
opinión indigno de serlo, ya haya podido conocer.
Efectivamente,
sospecho que el denunciante dispone de mucha más información que yo
de este procedimiento en el que sólo he sido denunciado yo, y eso
haría evidente para cualquier jurista que existe un injusto trato de
favor hacia él, y en mi grave perjuicio. Debo reservar los derechos
que puedan corresponderme, porque a la vista de las últimas
actuaciones que aquí pido, en caso de seguir imputado por una
denuncia que ya he calificado de falsa y maliciosamente perversa,
solicitaré la realización de una prueba pericial, mediante una
precisa proposición de prueba con nombre de perito adecuado, y que
yo no tengo duda que evidenciará, incluso públicamente, quién
tiene más razón y más perjuicio, y quién, en mi opinión, abusa
de una inmerecida confianza judicial en Huelva para hacer unas graves
acusaciones que por sí mismas deberían descalificar e inhabilitar a
tal perito, al menos en toda su supuesta condición de experto
técnico.
En caso de que se denieguen estas dos peticiones,
solicito una bien motivada resolución a la que poder oponerme con
todos los recursos legales a mi alcance, por evidente violación del
más elemental derecho a la contradicción de las pruebas, al no
poder conocer yo las actuaciones ya realizadas en el Juzgado de
Instrucción que me afecten. Lo pido así, por correo certificado al
Registro General de los Juzgados de Huelva, para su conocimiento y
prontos efectos, desde Madrid, a 13 de agosto de 2001.
Al Consejo General del
Poder Judicial
Como único imputado por el Juzgado de
Instrucción Nº 3 de Huelva, Proc. Dil. Previas 1225/2001, Negociado
3M, por "PRESUNTO DELITO CONTRA LA INTIMIDAD, DEL DESCUBRIMIENTO
Y REVELACIÓN DE SECRETO" por denuncia de quien dice ser perito
tasador judicial Vicente Burgos González de fecha 14 de marzo de
2001, y al amparo del Reglamento 1/1998 del Consejo General del Poder
Judicial, de tramitación de quejas y denuncias relativas al
funcionamiento de Juzgados y Tribunales, así como por cualquier otra
disposición legal o reglamentaria pertinente para su más pronta
inspección, YO SOLICITO:
1. Que se
compruebe con celo y la mayor exhaustividad y rapidez posible, si el
denunciante Vicente Burgos González ha sido alguna vez perito en el
Juzgado de Instrucción Nº 3 de Huelva, por todos los procedimientos
testificales y documentales que puedan ser eficaces.
2.
Que se garantice por Su Señoría, el Magistrado-Juez titular del
Juzgado de Instrucción Nº 3 de Huelva que ninguno de los
funcionarios destinados en dicho juzgado ni ha tenido, ni tiene en la
actualidad, relación personal alguna con el denunciante Vicente
Burgos González.
3. Y en inteligencia con todo
lo anterior, que se estudien todas las denuncias presentadas por
Vicente Burgos González muy especialmente las que ya hayan sido
archivadas por el desestimiento del denunciante que sean sospechosas
de cualquier tipo de extorsión con denunciados en cualquier lugar de
España, o del extranjero, presentadas ante la Guardia Civil tanto en
Huelva como en Sevilla, donde también consta que él presume de ser
perito judicial.
Como único imputado en el procedimiento
1225/2001, yo me reservo todos los derechos que puedan
corresponderme, especialmente los relativos al "forum delicti",
pero en mi absoluta seguridad de mi completa, total y plena inocencia
de cuanto tan falsa y maliciosamente se me imputa, exijo al Consejo
General del Poder Judicial el mayor celo y rigor para conocer pronto
todos los antecedentes periciales, y muy especialmente cuantos tenga
como denunciante instruidos por juzgados de Huelva, de quien dice ser
perito tasador judicial, porque tengo la bien fundada sospecha de que
las denuncias falsas y maliciosas son una perversión ya repetida
allí, y no dudaré en agotar todas y cada una de las posibles vías
de denuncia y queja, dentro y fuera de los juzgados, e incluso
internacionalmente, y si fuera necesario pidiendo también el amparo
del Defensor del Pueblo, porque como criminólogo considero que la
querulancia es una de las patologías que más gravemente afecta a
nuestro sistema judicial y policial, y advierto que pretendo hacer
públicas mis conclusiones sobre las más perversas intenciones y
sobre todas las relaciones del denunciante quien, para mayor dolo y
responsabilidad, presume de ser perito en Huelva y Sevilla. En mi
opinión, es tan indigno de serlo, que debe prevenirse eficazmente de
él.
Estaré permanentemente a la disposición de quien se
responsabilice de la inspección que urgentemente solicito en el
teléfono móvil 619776475, para detallar y fundamentar lo que pido
en Madrid, a 13 de agosto de 2001, por correo certificado al Consejo
General del Poder Judicial.
Al Presidente de la
Audiencia Provincial de Huelva
Como único imputado por el
Juzgado de Instrucción Nº 3 de Huelva, Proc. Dil. Previas
1225/2001, Negociado 3M, por "PRESUNTO DELITO CONTRA LA
INTIMIDAD, DEL DESCUBRIMIENTO Y REVELACIÓN DE SECRETO" por
denuncia de quien dice ser perito tasador judicial Vicente Burgos
González de fecha 14 de marzo de 2001, y al amparo del Reglamento
1/1998 del Consejo General del Poder Judicial, de tramitación de
quejas y denuncias relativas al funcionamiento de Juzgados y
Tribunales, así como por cualquier otra disposición legal o
reglamentaria pertinente para su más pronta inspección, YO
SOLICITO:
1. Que se compruebe con celo y la
mayor exhaustividad y rapidez posible, si el denunciante Vicente
Burgos González ha sido alguna vez perito en el Juzgado de
Instrucción Nº 3 de Huelva, por todos los procedimientos
testificales y documentales que puedan ser eficaces.
2.
Que se garantice por Su Señoría, el Magistrado-Juez titular del
Juzgado de Instrucción Nº 3 de Huelva que ninguno de los
funcionarios destinados en dicho juzgado ni ha tenido, ni tiene en la
actualidad, relación personal alguna con el denunciante Vicente
Burgos González.
3. Y en inteligencia con todo
lo anterior, que se estudien todas las denuncias presentadas por
Vicente Burgos González muy especialmente las que ya hayan sido
archivadas por el desestimiento del denunciante que sean sospechosas
de cualquier tipo de extorsión con denunciados en cualquier lugar de
España, o del extranjero, presentadas ante la Guardia Civil tanto en
Huelva como en Sevilla, donde también consta que él presume de ser
perito judicial.
Como único imputado en el procedimiento
1225/2001, yo me reservo todos los derechos que puedan
corresponderme, especialmente los relativos al "forum delicti",
pero en mi absoluta seguridad de mi completa, total y plena inocencia
de cuanto tan falsa y maliciosamente se me imputa, pido al Presidente
de la Audiencia Provincial de Huelva su celo y rigor para conocer
pronto todos los antecedentes periciales, y muy especialmente cuantos
tenga como denunciante instruidos por juzgados de Huelva, de quien
dice ser perito tasador judicial, porque tengo la bien fundada
sospecha de que las denuncias falsas y maliciosas son una perversión
ya repetida allí, y no dudaré en agotar todas y cada una de las
posibles vías de denuncia y queja, dentro y fuera de los juzgados, e
incluso internacionalmente, y si fuera necesario pidiendo también el
amparo del Defensor del Pueblo, porque como criminólogo considero
que la querulancia es una de las patologías que más gravemente
afecta a nuestro sistema judicial y policial, y advierto que pretendo
hacer públicas mis conclusiones sobre las más perversas intenciones
y sobre todas las relaciones del denunciante quien, para mayor dolo y
responsabilidad, presume de ser perito en Huelva y Sevilla. En mi
opinión, es tan indigno de serlo, que debe prevenirse eficazmente de
él.
Estaré permanentemente a la disposición de quien se
responsabilice de la inspección que urgentemente solicito en el
teléfono móvil 619776475, para detallar y fundamentar lo que pido
en Madrid, a 13 de agosto de 2001, por correo certificado a la
Audiencia Provincial de Huelva.
Al Presidente del Tribunal
Superior de Justicia de Andalucía
Como único imputado por el
Juzgado de Instrucción Nº 3 de Huelva, Proc. Dil. Previas
1225/2001, Negociado 3M, por "PRESUNTO DELITO CONTRA LA
INTIMIDAD, DEL DESCUBRIMIENTO Y REVELACIÓN DE SECRETO" por
denuncia de quien dice ser perito tasador judicial Vicente Burgos
González de fecha 14 de marzo de 2001, y al amparo del Reglamento
1/1998 del Consejo General del Poder Judicial, de tramitación de
quejas y denuncias relativas al funcionamiento de Juzgados y
Tribunales, así como por cualquier otra disposición legal o
reglamentaria pertinente para su más pronta inspección, YO
SOLICITO:
1. Que se compruebe con celo y la
mayor exhaustividad y rapidez posible, si el denunciante Vicente
Burgos González ha sido alguna vez perito en el Juzgado de
Instrucción Nº 3 de Huelva, por todos los procedimientos
testificales y documentales que puedan ser eficaces.
2.
Que se garantice por Su Señoría, el Magistrado-Juez titular del
Juzgado de Instrucción Nº 3 de Huelva que ninguno de los
funcionarios destinados en dicho juzgado ni ha tenido, ni tiene en la
actualidad, relación personal alguna con el denunciante Vicente
Burgos González.
3. Y en inteligencia con todo
lo anterior, que se estudien todas las denuncias presentadas por
Vicente Burgos González muy especialmente las que ya hayan sido
archivadas por el desestimiento del denunciante que sean sospechosas
de cualquier tipo de extorsión con denunciados en cualquier lugar de
España, o del extranjero, presentadas ante la Guardia Civil tanto en
Huelva como en Sevilla, donde también consta que él presume de ser
perito judicial.
Como único imputado en el procedimiento
1225/2001, yo me reservo todos los derechos que puedan
corresponderme, especialmente los relativos al "forum delicti",
pero en mi absoluta seguridad de mi completa, total y plena inocencia
de cuanto tan falsa y maliciosamente se me imputa, pido al Presidente
del TSJA su celo y rigor para conocer pronto todos los antecedentes
periciales, y muy especialmente cuantos tenga como denunciante
instruidos por juzgados de Huelva, de quien dice ser perito tasador
judicial, porque tengo la bien fundada sospecha de que las denuncias
falsas y maliciosas son una perversión ya repetida allí, y no
dudaré en agotar todas y cada una de las posibles vías de denuncia
y queja, dentro y fuera de los juzgados, e incluso
internacionalmente, y si fuera necesario pidiendo también el amparo
del Defensor del Pueblo, porque como criminólogo considero que la
querulancia es una de las patologías que más gravemente afecta a
nuestro sistema judicial y policial, y advierto que pretendo hacer
públicas mis conclusiones sobre las más perversas intenciones y
sobre todas las relaciones del denunciante quien, para mayor dolo y
responsabilidad, presume de ser perito en Huelva y Sevilla. En mi
opinión, es tan indigno de serlo, que debe prevenirse eficazmente de
él.
Estaré permanentemente a la disposición de quien se
responsabilice de la inspección que urgentemente solicito en el
teléfono móvil 619776475, para detallar y fundamentar lo que pido
en Madrid, a 13 de agosto de 2001, por correo certificado al
Presidente del TSJA.
Al Decano de los Juzgados de
Huelva
Como único imputado por el Juzgado de Instrucción Nº
3 de Huelva, Proc. Dil. Previas 1225/2001, Negociado 3M, por
"PRESUNTO DELITO CONTRA LA INTIMIDAD, DEL DESCUBRIMIENTO Y
REVELACIÓN DE SECRETO" por denuncia de quien dice ser perito
tasador judicial Vicente Burgos González de fecha 14 de marzo de
2001, y al amparo del Reglamento 1/1998 del Consejo General del Poder
Judicial, de tramitación de quejas y denuncias relativas al
funcionamiento de Juzgados y Tribunales, así como por cualquier otra
disposición legal o reglamentaria pertinente para su más pronta
inspección, YO SOLICITO:
1. Que se
compruebe con celo y la mayor exhaustividad y rapidez posible, si el
denunciante Vicente Burgos González ha sido alguna vez perito en el
Juzgado de Instrucción Nº 3 de Huelva, por todos los procedimientos
testificales y documentales que puedan ser eficaces.
2.
Que se garantice por Su Señoría, el Magistrado-Juez titular del
Juzgado de Instrucción Nº 3 de Huelva que ninguno de los
funcionarios destinados en dicho juzgado ni ha tenido, ni tiene en la
actualidad, relación personal alguna con el denunciante Vicente
Burgos González.
3. Y en inteligencia con todo
lo anterior, que se estudien todas las denuncias presentadas por
Vicente Burgos González muy especialmente las que ya hayan sido
archivadas por el desestimiento del denunciante que sean sospechosas
de cualquier tipo de extorsión con denunciados en cualquier lugar de
España, o del extranjero, presentadas ante la Guardia Civil tanto en
Huelva como en Sevilla, donde también consta que él presume de ser
perito judicial.
Como único imputado en el procedimiento
1225/2001, yo me reservo todos los derechos que puedan
corresponderme, especialmente los relativos al "forum delicti",
pero en mi absoluta seguridad de mi completa, total y plena inocencia
de cuanto tan falsa y maliciosamente se me imputa, pido al Decano de
los Juzgados de Huelva su celo y rigor para conocer pronto todos los
antecedentes periciales, y muy especialmente cuantos tenga como
denunciante instruidos por juzgados de Huelva, de quien dice ser
perito tasador judicial, porque tengo la bien fundada sospecha de que
las denuncias falsas y maliciosas son una perversión ya repetida
allí, y no dudaré en agotar todas y cada una de las posibles vías
de denuncia y queja, dentro y fuera de los juzgados, e incluso
internacionalmente, y si fuera necesario pidiendo también el amparo
del Defensor del Pueblo, porque como criminólogo considero que la
querulancia es una de las patologías que más gravemente afecta a
nuestro sistema judicial y policial, y advierto que pretendo hacer
públicas mis conclusiones sobre las más perversas intenciones y
sobre todas las relaciones del denunciante quien, para mayor dolo y
responsabilidad, presume de ser perito en Huelva y Sevilla. En mi
opinión, es tan indigno de serlo, que debe prevenirse eficazmente de
él.
Estaré permanentemente a la disposición de quien se
responsabilice de la inspección que urgentemente solicito en el
teléfono móvil 619776475, para detallar y fundamentar lo que pido
en Madrid, a 13 de agosto de 2001, por correo certificado al Decano
de los Juzgados de Huelva.
A la urgente y directa
atención de Su Señoría, el Secretario Judicial
del Juzgado de
Instrucción Nº 3 de Huelva
Proc. Dil. Previas 1225/2001,
Negociado 3M
Al ser Su Señoría el Secretario Judicial quien
legalmente debe dar fe de las actuaciones, y como único imputado
conocido por la denuncia ante la Guardia Civil 46/2001 de Vicente
Burgos González de fecha 14 de marzo de 2001, instruida por este
juzgado, y al no tener otra noticia del procedimiento que el exhorto
en el que no se me proporcionó copia de nada que no fuera dicha
denuncia, en el ejercicio de los derechos que como único imputado me
corresponden, YO SOLICITO con la MÁXIMA URGENCIA:
1.
Copia íntegra de todos los documentos y fe de todas las actuaciones
ya realizadas, preferentemente por correo certificado y anticipadas
por fax del que yo daría acuse de recibo oportuno solo en caso de
que se vieran con suficiente claridad los escritos.
2.
Que todo el personal del juzgado extreme su celo para que sólo yo,
único imputado que soy, tenga esa documentación, y nunca nadie más
pueda tener acceso a ella.
Quiero prevenir a Su Señoría de
la lógica posibilidad que existe de que quien presume de ser perito
judicial en Huelva (y Sevilla) pueda disponer de acceso a lo que como
simple denunciante no le corresponde, tal vez por amistad personal
con alguno de los funcionarios. Si se diera ese caso, y con
independencia de cualquier otro derecho por la Ley de Enjuiciamiento
Criminal también pudiera corresponderme, insisto, e insistiré
siempre, en ser el primero en enterarse de cuanto no debería de
conocer el denunciante, y por su condición de perito, en mi opinión
indigno de serlo, ya haya podido conocer.
Efectivamente,
sospecho que el denunciante dispone de mucha más información que yo
de este procedimiento en el que sólo he sido denunciado yo, y eso
haría evidente para cualquier jurista que existe un injusto trato de
favor hacia él, y en mi grave perjuicio.
Debo reservarme
todos los demás derechos que puedan corresponderme, porque a la
vista de las últimas actuaciones, en caso de seguir imputado por una
denuncia que ya he calificado de falsa y maliciosamente perversa,
solicitaré la realización de una prueba pericial, mediante una
precisa proposición de prueba con nombre de perito adecuado que yo
no tengo duda que evidenciará, incluso públicamente, quién tiene
más razón y más perjuicio, y quién, en mi opinión, abusa de una
inmerecida confianza judicial en Huelva para hacer unas graves
acusaciones que por sí mismas deberían descalificar e inhabilitar a
tal perito, al menos en toda su supuesta condición de experto
técnico.
En caso de que se me denieguen estas dos peticiones,
solicito una bien motivada resolución a la que poder oponerme con
todos los recursos a mi alcance, por evidente violación de mi más
elemental derecho a la contradicción de las pruebas, al no poder
conocer todas las actuaciones ya realizadas en el Juzgado de
Instrucción que me afecten.
Lo que pido y comunico por correo
certificado al Registro General de los Juzgados de Huelva, para su
conocimiento y prontos efectos, en Madrid, a 13 de agosto de 2001.
A la urgente y directa
atención de Su Señoría, el Secretario Judicial
del Juzgado de
Instrucción Nº 3 de Huelva, Proc. Dil. Previas 1225/2001, Negociado
3M
Al ser Su Señoría el Secretario Judicial quien legalmente
debe dar fe de las actuaciones, como único imputado conocido por la
denuncia ante la Guardia Civil 46/2001 del supuesto perito Vicente
Burgos González de fecha 14 de marzo de 2001, instruida por este
juzgado, y al no tener otra noticia del procedimiento que el exhorto
al Juzgado de Instrucción 34 de Madrid en el que no se me
proporcionó copia de nada que no fuera la denuncia, en el ejercicio
de los derechos que como único imputado me corresponden, YO SOLICITO
con la MÁXIMA URGENCIA:
1. Copia íntegra
de todos los documentos y fe judicial de todas las actuaciones ya
realizadas, preferentemente por correo certificado y anticipadas por
fax al 902998379 del que yo daría acuse de recibo oportuno sólo en
caso de que se vieran con suficiente claridad los escritos.
2.
Que todo el personal del juzgado extreme su celo para que sólo yo,
único imputado que soy, tenga esa documentación, y nunca nadie más,
no autorizado legalmente, tenga acceso a ella.
Quiero prevenir
a Su Señoría de la lógica posibilidad que existe de que quien
presume de ser perito judicial en Huelva (y Sevilla) pueda disponer
de acceso a lo que como simple denunciante no le corresponde, tal vez
por amistad personal o presunta connivencia con alguno de los
funcionarios. Si se diera ese muy preocupante caso, y con
independencia de cualquier otro derecho por la Ley de Enjuiciamiento
Criminal también pudiera corresponderme, insisto, e insistiré
siempre, en ser el primero en enterarme de cuanto no debería de
conocer el denunciante, y por su condición de perito judicial, en mi
opinión indigno de serlo, ya haya podido conocer.
Efectivamente,
sospecho que el denunciante dispone de mucha más información que yo
de este procedimiento en el que sólo he sido denunciado yo, y eso
haría evidente para cualquier jurista que existe un injusto trato de
favor hacia él, y en mi grave perjuicio. Debo reservar los derechos
que puedan corresponderme, porque a la vista de las últimas
actuaciones que aquí pido, en caso de seguir imputado por una
denuncia que ya he calificado de falsa y maliciosamente perversa,
solicitaré la realización de una prueba pericial, mediante una
precisa proposición de prueba con nombre de perito adecuado, y que
yo no tengo duda que evidenciará, incluso públicamente, quién
tiene más razón y más perjuicio, y quién, en mi opinión, abusa
de una inmerecida confianza judicial en Huelva para hacer unas graves
acusaciones que por sí mismas deberían descalificar e inhabilitar a
tal perito, al menos en toda su supuesta condición de experto
técnico.
En caso de que se denieguen estas dos peticiones,
solicito una bien motivada resolución a la que poder oponerme con
todos los recursos legales a mi alcance, por evidente violación del
más elemental derecho a la contradicción de las pruebas, al no
poder conocer yo las actuaciones ya realizadas en el Juzgado de
Instrucción que me afecten. Lo pido así, por correo certificado al
Registro General de los Juzgados de Huelva, para su conocimiento y
prontos efectos, desde Madrid, a 13 de agosto de 2001.
Al Fiscal Jefe del Tribunal Superior de Justicia de
Andalucía, Ceuta y Melilla, con el ruego de que traslade copia a
todos los Fiscales de Huelva y Sevilla y muy especialmente al Fiscal
del Juzgado de Instrucción Nº 3 de Huelva en Proc. Abreviado,
Dil.Prev 1225/01, Negociado 3M
Plaza Nueva, 10
18071 GRANADA
TELÉFONO:
958002674, FAX: 958002677 y por correo certificado
De mi más
respetuosa consideración, rogando pronto acuse de recibo:
Lamento
tener que manifestar, aquí y así, que considero vergonzosa la
correspondencia que he recibido del Fiscal Jefe de la Audiencia
Provincial de Huelva, Francisco Ontiveros Valera, quien por segunda
vez, me comunica el archivo de mis escritos ignorando, por su parte,
que las diligencias previas con nº 1225/2001, del Juzgado de
Instrucción Nº 3 de Huelva, fueron sobreseídas y archivadas hace
ya mucho tiempo, como él parece no ser capaz de comprobar por el
Fiscal del caso. ¿Es sólo ésa la tonta respuesta que cabe esperar
de los Fiscales de Andalucía?
Pero más allá de la
ignorancia, lo criminológicamente más preocupante en la Fiscalía
es que no pueda mostrar ni ápice de inteligencia, y de celo, para
evitar delitos contra la Administración de Justicia como lo son los
del art. 456 por denuncias falsas, y art. 457 por simulación de
delito.
El perito de los juzgados de Huelva y Sevilla, Vicente
Burgos González, ha sido obviamente mendaz en su denuncia por la que
se inician las Diligencias Previas nº 1225/2001 en el Juzgado de
Instrucción Nº 3 de Huelva, pero ya no extraña que quien ni
siquiera sabe del archivo del procedimiento, tampoco tenga idea de
que en él existió mendacidad del denunciante. Así, la Fiscalía de
Huelva evidencia incompetencia, pereza y falta de celo e
inteligencia, incluso ante la reiterada denuncia de lo que es un
delito contra la propia Administración de Justicia. Si los fiscales
no son capaces de detectar las denuncias maliciosas, es completamente
lógico que se vean desbordados por el trabajo inútil, y sean
incapaces de realizar bien el más esencial.
Lo único que yo
puedo hacer es insistir tanto como se me permita en mi petición de
que se comprueben los antecedentes como denunciante mendaz, no sólo
en mi archivado caso, sino en cuanto evidencie querulancia y
mendacidad por parte del perito de los juzgados de Huelva y Sevilla,
Vicente Burgos González, y sus muy sospechosas relaciones con la
Guardia Civil, porque de no hacer algo por evitarlo, el peor
pronóstico criminológico será responsabilidad de la Fiscalía, y
yo así lo demostraré públicamente, por ejemplo, reproduciendo en
Internet la torpe, sorda, ciega y obtusa correspondencia que he
recibido del Fiscal Jefe de la Audiencia de Huelva, Francisco
Ontiveros Varela, en la página de Internet
http://www.cita.es/denuncias/falsas
Lamentaría mucho tener
que remitirme a esta carta de queja y petición si no recibo un acuse
de recibo de algún Fiscal que sí compruebe el archivo de las
diligencias que se iniciaron contra mí con tan repugnante
mendacidad, y que sí conozca bien los artículos 456 y 457 del
Código Penal.
En Madrid, a 8 de abril de 2002.
A quien pueda interesar en
Huelva y Sevilla:
Yo acuso públicamente al Fiscal Jefe de la
Audiencia Provincial de Huelva, Francisco Ontiveros Varela, por haber
archivado mis escritos de denuncia repetidamente, y de manera
injusta, evidenciando su ignorancia e incapacidad para conocer cuándo
se han sobreseído y archivado en firme unas diligencias previas
iniciadas por denuncia falsa y mendaz presentada ante la Guardia
Civil de Huelva en términos que su Ministerio Público parece querer
desconocer deliberadamente.
El fiscal Francisco Ontiveros
Valera, por dos veces, se niega a entender del fondo de un asunto en
el que un perito tasador en juzgados de Huelva y Sevilla llamado
Vicente Burgos González comete, presuntamente, un delito de
acusación y denuncia falsa tipificado en el artículo 456 del Código
Penal en concurrencia con otro de simulación de delito según el
artículo 457, como resulta evidente para cualquiera que lea la
denuncia presentada por el perito tasador Vicente Burgos González.
¿Cuál es el motivo por el que se niega a atender y entender los
escritos que le traslada la Fiscalía del Tribunal Superior de
Justicia de Andalucía en Granada? ¿Cuántas falsas denuncias y
simulaciones de delito ha detectado y cuántas quedan impunes allí?
¿Por qué?
Asumiendo yo así la plena responsabilidad de esta
acusación, repito que el fiscal ha escrito por dos veces que él
archivó la documentación que yo le he proporcionado por “seguirse
Diligencias Previas con Nº 1225/2001 en el Juzgado de Instrucción
nº 3” de Huelva, cuando lo más cierto es que en junio, varios
meses antes de su primer escrito, y nueve meses antes del segundo, de
fecha 15 de marzo de 2002, esas diligencias previas ya estaban
sobreseídas y archivadas, como él parece negarse a admitir. Pues
bien, yo estoy decidido a agotar todos los medios lícitos para
conseguir que él lo reconozca y recupere de sus archivos toda la
documentación que recibió. Además, teniendo en cuenta que el
perito tasador judicial Vicente Burgos González presume en su
denuncia mendaz de disponer de muy importante documentación de
procedimientos penales en los que él ha actuado, o está actuando
como perito y tasador en juzgados de instrucción de Huelva y
Sevilla, la lógica y el sentido común hacen sospechar que exista
relación personal o profesional entre Vicente Burgos González y
fiscales de Huelva. Eso justifica una inspección.
Mi empresa
y yo hemos tomado la decisión de agotar todas las vías y medios de
denuncia para evitar que prescriban los delitos de acusación y
denuncia falsa y de simulación de delito, cometidos por el perito
tasador en juzgados de Huelva y Sevilla Vicente Burgos González, y
también acusamos al pasivo y errado fiscal Francisco Ontiveros
Varela, e incluso ofreceremos dinero por cuanta información sobre
los antecedentes profesionales de ambos podamos utilizar pública y
judicialmente. También ofrecemos públicamente cuantos documentos
tenemos de ambos a los medios de comunicación, abogados,
procuradores, detectives, peritos, y a todo el que, por cualquier
razón, esté interesado en los antecedentes y pruebas de cuanto aquí
se manifiesta, recomendando la lectura de la página de Internet
http://www.cita.es/denuncias/falsas
Agradeceré cuanta
publicidad y difusión se dé a este escrito acusador contra el
fiscal de Huelva, en Madrid, a 6 de mayo de 2002.
A la directa y exclusiva
atención del
Ilmo. Sr. D. Miguel Pasquau Liaño
Magistrado de
la Sala de lo Penal del TSA
Tribunal Superior de Justicia de
Madrid ía
Plaza Nueva, 10
18071 Granada
Madrid, 12 de mayo
de 2002
De mi más respetuosa consideración:
He leído
noticias relacionadas con el caso “Isla Chica”, y aunque no soy
ni pretendo ser parte, en principio, sí que hago público mi interés
por conocer cuanto sea posible del Fiscal Jefe de la Audiencia
Provincial de Huelva, Francisco Ontiveros Valera, a quien yo acuso de
ignorar reiteradamente mis denuncias contra un perito-tasador llamado
Vicente Burgos González con quien sospecho que ha colaborado o ha
facilitado su acreditación como perito tasador en Huelva.
Si
en el sumario del caso “Isla Chica” hubiera cualquier referencia
al perito Vicente Burgos González, quien presume de disponer de
información confidencial en sus ordenadores de procedimientos
penales en los que ha sido nombrado perito de oficio, o de parte
(parece prodigiosa su capacidad para conseguir ambos tipos de
nombramientos), inmediatamente yo me personaría para cuestionar
cuanto haya manifestado pericialmente Vicente Burgos González,
porque al tener yo la absoluta certeza de su mendacidad, y haberla ya
denunciado al Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia en Granada,
agotaré cuanto me permita el ejercicio de mis derechos al amparo de
los artículos 105, 106 y 122 de la Constitución Española para
obtener copia de cuanta documentación haya sido conocida
judicialmente sobre el Fiscal Jefe de la Audiencia Provincial de
Huelva, Francisco Ontiveros Valera, y del perito cuya mendacidad
conozco bien.
Yo asumo la plena responsabilidad de esta
petición dirigida a Su Señoría, mientras hago cuanto está a mi
alcance para demostrar públicamente que la fiscalía merece mejores
personas de lo que parece serlo Francisco Ontiveros Valera, y que las
pericias y tasaciones realizadas por Vicente Burgos González, quien
presume de muchos nombramientos judiciales tanto en Huelva como en
Sevilla, tienen una clara presunción de mendacidad peligrosísima,
por ser hábil querulante. Para comprender mi sentir, y los terribles
antecedentes como acusador y denunciante falso del perito y tasador
Vicente Burgos González, quisiera invitar a Su Señoría, con mis
máximos respetos, a leer la página de Internet
http://www.cita.es/denuncias/falsas
Agradecería cualquier
oportunidad o posibilidad de conocer hechos y hablar con personas y
partes interesadas en cuanto conozco de ambos, para lo que su Señoría
puede dar traslado de este escrito a todo el que considere oportuno,
con toda libertad en lo que a mí concierne.
Repito que aunque todos los escritos que aquí se
relacionan están completos y fueron enviados a cada destinatario en
su fecha, me reservo algunos documentos más que me han dado
grandes satisfacciones en inteligencia, y sobre todo, en
contrainteligencia judicial para poner al querulante acusador mendaz
en su sitio, y también para que jueces y fiscales comprendan y
asuman su responsabilidad ante la querulancia. Con mucho gusto
intercambiaré las denuncias y contradenuncias que más interés
tengan, porque, estoy convencido, hay que investigar mucho más, y
mucho mejor, en la lucha contra la mendacidad judicial.
Esta
experiencia ha servido para asesorar mejor como acusados
con falsedad en documentos judiciales por las numerosas llamadas
que hemos recibido por lo publicado sobre denuncias
falsas en http://www.cita.es/denuncias/falsas
Miguel Ángel Gallardo
Ortiz , Ingeniero y
Criminólogo , (meta)perito
Tel.: 902998352, Móvil: 619776475, Fax para denuncias
(falsas): 902998379
E-mail: miguel@cita.es
Página publicada en Internet http://www.cita.es/denuncia/falsa