Corrupciones periciales
Por Miguel Angel Gallardo Ortiz , Criminologo, Ingeniero  y Perito Judicial
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Nota previa importante: En estos momentos, estamos investigando casos de corrupciones periciales realmente escandalosos, con precedentes, jurisprudencia y doctrina aplicable, y agradeceremos a los perjudicados por la corrupción pericial que nos faciliten copia de informes o dictámenes así como de vídeos de peritos corruptos. Muy especialmente nos interesan los las corrupciones periciales de funcionarios según se describe en http://www.cita.es/corrupciones/periciales/funcionarios

Estamos trabajando en un proyecto internacional sobre vídeos forenses y quisiéramos plantear la problemática que nos encontramos con las peritaciones judiciales realizadas por funcionarios cobrando honorarios por alguna de las partes en procedimientos civiles. Sobre nuestro proyecto puede leerse una propuesta europea en http://www.cita.es/audiotext

1. Fenomenología de las corrupciones
2. Dificultades para el estudio de la corrupción pericial. Fuentes
3. Tipologías y taxonomías de las corrupciones periciales más conocidas
4. Artículos y noticias publicadas sobre peritos, pericias y sus problemáticas

Toda fenomenología de la corrupción, de cualquier tipo de corrupción, es difícil y siempre discutible. El estudio riguroso de la corrupción política, al igual que la corrupción judicial o la policial, requiere de métodos, recursos, tenacidad y cierto amor al riesgo. Muy rara vez son recompensados los esfuerzos y, casi siempre, el investigador acaba investigado, descalificado, difamado, acusado y criminalizado. Hace falta mucho talento, tenacidad y capacidad de sacrificio o abnegación, incluso en el más simple y claro de los casos, para acumular e interpretar gran cantidad y variedad de indicios de corrupción, o de pruebas indirectas, y más valor aún hace falta para exponerse al denunciarlas. Tal vez sean necesarios auténticos peritos en probar la corrupción, y quizá estos deban empezar por conocer bien la propia corrupción pericial.

La corrupción pericial es un fenómeno muy oculto, poco investigado, y bastante complejo, porque tiene una casuística y una tipología que sólo puede ser comprendida por expertos muy próximos al procedimiento judicial en el que haya intervenido un perito corrupto. Los afectados, por lo general, quieren olvidar lo antes posible lo que ya no tiene remedio, y los profesionales no quieren complicarse en enfrentamientos en los que hay poco que ganar, y mucho que perder. Sin embargo, la corrupción pericial existe, y no parece que vaya a dejar de existir. Su historia está condicionada por las leyes de enjuiciamiento y también por decisiones políticas que afectan al nombramiento, competencias y remuneración de expertos que participan en procedimientos judiciales, siendo muy distintas las acumulaciones y las tendencias en diferentes jurisdicciones. Por ejemplo, las perversiones periciales en Cataluña son diferentes a las andaluzas, gallegas o a canarias, aunque las leyes de enjuiciamiento sean las mismas, porque son diferentes las políticas de las Consejerías de Justicia, Decanatos y Juzgados que tienen costumbres muy diversas.

Las fuentes de información para conocer las corrupciones periciales no son son muchas, y tampoco son objetivamente neutras. Lógicamente, como ocurre con cualquier otro tipo de corrupción, el beneficiado por el perito no va a dar nunca ninguna información sobre su corrupción, y los perjudicados rara vez llegan a comprender bien lo que ha ocurrido, y casi nunca pueden documentarlo. Los juzgados y tribunales que son las mejores testigos de las corrupciones periciales no suelen colaborar con este tipo de investigaciones, aunque siempre hay algún juez, secretario o funcionario inteligente y generoso con su tiempo capaz de percibir lo que no se debe permitir en la Administración de Justicia. Y a veces, nos han hecho el favor de comentarnos casos auténticamente perversos en los que un perito, o una "banda de peritos" se ha corrompido intentando corromper un procedimiento. En cada caso, la corrupción se ha desarrollado de una manera diferente, y esta investigación pretende facilitar que cada forma de corrupción pericial pueda ser identificado de manera clara y distinta, como diría Descartes en su método.

La clasificación de las corrupciones periciales puede hacerse según muy diversos criterios, priorizando la jurisdicción civil, penal, contencioso-administrativa o laboral, las diversas especialidades técnicas, científicas o artísticas de los peritos, o bien, como aquí vamos a intentar, por la relación que se establece entre el perito y el juzgado, las partes, sus abogados, procuradores y cualquier otro interlocutor que pueda intervenir directa o indirectamente en la pericia. Así, los nombramientos periciales por parte de un juzgado son los que concentran el mayor riesgo de perversión, porque el juzgado otorga al perito una presunción de veracidad, imparcialidad e independencia, y en definitiva, de ejercer un poder e influencia a través de su criterio, incomparablemente mayor que en cualquier otro tipo de pericia, hasta el punto de que incluso podría dudarse de que exista corrupción pericial en los peritajes de parte, ya que en estos lo único que puede haber ante un juzgado es falsedad o mendacidad del perito de parte. Sin embargo, es el nombramiento pericial en el juzgado el que origina la auténtica corrupción de un procedimiento en el que haya necesidad de artes o saberes científicos y técnicos, y por supuesto, la economía real de esa prueba pericial la que mejor explica su funcionalidad o corrupción. Posiblemente sea la peritación privada el único antídoto contra la corrupción pericial, y más aún si se plantea como contraperitación o metaperitación.

La economía pericial es trascendental porque pequeñas variaciones en los planteamientos, ejecuciones, ratificaciones y pagos de pericias pueden tener consecuencias económicas mucho más importantes. Así, el criterio de un perito, cuyos honorarios se limitan a unas pocas horas de trabajo, por muy caras que se paguen, puede tener consecuencias económicamente cuantiosas en el resultado del procedimiento. La relación entre coste de la pericia y valor principal en juego puede ser de varios órdenes de magnitud, multiplicando por miles de veces su efecto en el caso de tasaciones de bienes muy valiosos o en valoraciones de daños muy grandes a amplios colectivos.

El error, la negligencia y la perversión pericial pueden ser considerados por su propia responsabilidad, dolo, imputabilidad e intención, o bien por el perjuicio que objetivamente causan a alguna de las partes en un procedimiento judicial.

Algunos peritos pretenden oficializar y aumentar la carga probatoria de sus informes atribuyéndose competencias que no tienen. Hemos denunciado a la Ministra de Cultura la existencia de unas listas de peritos que presumen de estar apoyados por el Ministerio de Cultura, y eso es inmoral e ilegal. Recomendamos leer detenidamente
Contraperitaje contra perito corrupto en http://www.cita.es/adese/peritaje.htm
y   Carta a la Ministra de Cultura en http://www.cita.es/adese/ministra.htm

Los funcionarios no deben de peritar en favor de una parte en ningún procedimento judicial, y por lo tanto, no deberían de cobrar ninguna cantidad por emitir informe o dictamen de ningún tipo. En cualquier asunto judicial en el que una parte pueda sentirse perjudicaca por la opinión de un funcionario, puede pedir responsabilidades civiles al Estado, por lo que antes de comparecer en cualquier tipo de procedimiento judicial, la instancia de la Administración, sea Municipal, Autonómica, Estatal o de la que dependa el organismo para el que trabaje, debe de ser muy consciente del riesgo que asume. Por todo ello, muy especialmente nos interesan los las corrupciones periciales de funcionarios según se describe en http://www.cita.es/corrupciones/periciales/funcionarios

Artículos y noticias publicadas sobre controversias y corrupciones periciales (podemos comentarlas más ampliamente porque consideramos que las relaciones entre la prensa y los peritos suelen ser escasas, desencontradas y parciales)

SOMBRAS PERICIALES
 PUBLICADO CAMBIO 16 Nº 1765                                  
Por JUAN-CARLOS ARIAS

Últimamente, muchos peritos judiciales de toda España está siendo imputados por graves acusaciones, andan a la greña entre ellos para defender oscuros intereses o por presidir colectivos profesionales que pretenden exclusivas impresentables al servicio de la –soñada- administración de Justicia.

Mientras, el ciudadano -mejor dicho, el justiciable- sufre carencias de imparcialidad y neutralidad que se le suponen al experto en materias sobre las que debe dictaminar por mandato judicial. El nombramiento del perito en nuestro sistema legal se efectúa cuando las partes en litigio alejan posturas, son contradictorias o resultan irreconciliables. La realidad informa que los jueces suelen reproducir los informes periciales en sentencia al abordar el tema de controversia en la seguridad que el experto ilumina a la magistratura en su leal saber y entender.

Ahí es donde algunos espabilados que se presentan como expertos hacen negocio y sustantiva cajas. Saben además que, si les pillan, el vigente Código Penal es muy benevolente con tan impropio proceder. Los artículos 459 y 460 sólo contemplan penas de inhabilitación y ridículas multas. Jamás pisaría la cárcel, por tanto, quien se supone colabora con la Justicia aportando un conocimiento especializado.  

La normativa para regular estos profesionales es prácticamente inexistente. En la práctica son nombrados entre quienes proponen colegios y colectivos profesionales. También hay otros ‘peritos’ que se presentan como judiciales sin ser nombrados como tales utilizando en sus informes parafernalia que parece conferir a sus dictámenes y conclusiones apariencia, y carácter, oficial.

Además, para mayor abundamiento, la sempiterna picaresca española hace que algunos peritos ‘de parte’ (propuesto por alguno de los litigantes en un pleito) se apelliden interesadamente judiciales, ‘forenses’, ‘investigadores’ y un sinfín de supuestas especialidades criminológicas, reconstructores de accidentes, etc…. que confunden sobre su supuesto carácter oficial y judicial.
Inclusive, dicha realidad logró crear grupos de ‘peritos judiciales’ entre quienes realizan parte de su trabajo en los juzgados. Algunos colectivos marcan el terreno en ciertos partidos judiciales; otros, hasta se permiten expedir títulos y carnets de apariencia parapolicial con el único fin de conferir supuesto carácter oficial y vender la pericia al cliente que se cree ganador.

Los colectivos más descarados sólo alcanzan a sonrojar a muchos abogados, jueces y fiscales cuando tratan de procesar judicialmente sus teóricas experteces con informes que no resisten mínimo análisis y suelen estar vendidos al cliente que lo propone en el procedimiento judicial.

Pero el problema fundamental es que muchos peritos nombrados o admitidos por la Justicia, sin embargo, logran engañar al sistema porque conocen bien sus carencias y cuentan con ausencia de expertos que les repliquen en estrados; poquísimos expertos serios aceptan estar en éste mercadeo. Uno de los ejemplos más sonados fue el que protagonizó hace pocos meses el controvertido Catedrático de Medicina Legal Luis Frontela, en función pericial.

Está imputado por presunta falsedad en un asunto llamativo: una longeva millonaria cambia su testamento días antes de fallecer. El dictamen de Frontela concede a la moribunda plena capacidad que dudan sus primeros herederos por tan repentino cambio de parecer. El Supremo tiene la última palabra en el caso, mientras en el asunto bailan varios millones de euros.

Este forense mediático acumula numerosos desatinos en su carrera. Tuvo fogonazo informativo en el impune asesinato de Los Galindos, niñas de Alcasser, y ‘crimen de la movida’ de Sevilla. Ahí presentó informe de autopsia sin analizar el cadáver. Se limitó a contraperitar a sus colegas. Un avispado magistrado le sorprendió con tan original metodología, surrealista cuando menos.

En Barcelona andan a tortas judiciales el economista Luis Jover y el médico Jesús Maria Arbós luchando por la presidencia de la poderosa Asociación Catalana de Peritos Judiciales. La pugna por llevarse los mejores casos y clientes, así como la influencia entre magistrados, podría estar detrás de tan encarnizada pugna.

En Elche, E. M. Z, experto en quiebras y suspensos empresariales ha reconocido ante el juez haber distraído 540.000 euros. Para ello malversó fondos y falseó documentos. Ha causado auténtica conmoción su declaración porque gozaba de gran prestigio entre magistrados y abogados que le conocían profesionalmente en todo el Levante español.

Más al sur las sombras periciales no son insignificantes. El que fuera decano de los ingenieros agrónomos andaluces, Antonino Vázquez, está imputado por falsedad. Un informe suyo, plagado de inexactitudes y medias verdades, perjudicó judicialmente a un combativo agricultor al que persiguen, ¡oh casualidad!, turbios intereses terratenientes.

Además, un juzgado de instrucción sevillano tramita la presunta apropiación de 26.000 euros por Patricio Jiménez, presidente de la asociación española de peritos tasadores judiciales (AEPTJ). Una querella suscrita por 11 de los 16 miembros de dicho colectivo -quienes deberían haber cobrado la suma presuntamente malversada- pone en grave aprieto a la Consejería de Justicia andaluza.

A resultas de la iniciativa de los peritos contra su Presidente se desvela que la anterior Consejera, Carmen Hermosín, convino con la AEPTJ la exclusiva para los peritajes en territorio andaluz. Otros expertos, colectivos y colegios profesionales se preguntan ahora por qué actúa así un organismo público, pagando de su erario un grupo privado que funciona como negocio particular. Además, hay muchas dudas sobre la capacitación de los integrantes de la AEPTJ, a la vista de sus telegráficos y poco rigurosos informes.

La actual Consejera, María José López, tiene ante sí un hueso duro de roer. También, una magnífica oportunidad para elaborar normativa que regule a los peritos judiciales en Andalucía, por ejemplo, primando los méritos y experiencia de los candidatos a peritar en juzgados. De ser así, se comenzará a llenar la gran laguna legal que padecen los expertos al servicio de la Justicia en toda España, que ojalá la escriban con mayúsculas los expertos que dicen servirla.                       


DIARIO DE SEVILLA,  lun, 26/09/2005
Justicia rescinde el contrato que suscribió con los peritos judiciales     
La Junta decide no prorrogar el acuerdo tras agotarse el presupuesto y después de la denuncia por apropiación al presidente
j. muñoz
La delegada provincial de la Consejería de Justicia y Administración Pública, Beatriz Sainz-Pardo, decidió rescindir el pasado día 8 el contrato con la Asociación Española de Peritos Tasadores Judiciales (AEPTJ) para la realización de los informes periciales que encargan los juzgados de Sevilla.
La decisión de la Junta se produce oficialmente al haberse agotado el presupuesto previsto en el contrato, que fue suscrito en diciembre del año pasado y tenía una vigencia de un año. El precio máximo a pagar por la Junta se había fijado en 133.876,80 euros, mediante pagos parciales tras la presentación de facturas mensuales por los peritajes emitidos. La asociación se comprometía a efectuar labores de consultoría y asistencia técnica de peritaciones judiciales para la realización de informes y la prestación de asistencia de especial urgencia en las actuaciones que se lleven a cabo en el Juzgado de Guardia de todos los partidos judiciales.
El acuerdo entre la Junta y la AEPTJ establecía la posibilidad de ampliar hasta en un 50 por ciento el importe del contrato en el caso de que se agotara el presupuesto, pero Justicia ha optado finalmente por la rescisión del mismo.
La resolución de la Junta, que tiene fecha del 8 de septiembre, se ha producido tan sólo un mes después de que se conociera que un juzgado de Sevilla había abierto unas diligencias previas para investigar una presunta apropiación indebida de 26.100, 27 euros en el seno de la delegación provincial de la Asociación Española de Peritos Judiciales.
La denuncia fue presentada por once de los 16 peritos con los que contaba esta asociación –después se han dado de baja en la misma– y se dirige contra el delegado, Patricio Jiménez Ortiz. Según los denunciantes, una gran parte del fraude procede los peritajes supuestamente realizados por el propio delegado, que habría cobrado 16.600 euros en concepto de honorarios por peritaciones aunque sus antiguos compañeros aseguran que sólo llegó a efectuar dos peritaciones por un importe total de 89,06 euros. La denuncia también imputa al delegado de la AEPTJ haber dispuesto de 9.491,97 euros en metálico y sin justificación alguna de la cuenta corriente que la asociación de peritos tiene en un banco y que gestiona con carácter exclusivo. Además, los denunciantes aseguran que se les ha abonado cantidades inferiores por la realización de los informes periciales y cita algunos casos de peritos que han justificado trabajos que suman casi 6.000 euros y sólo han percibido unos 2.500 euros.
Los once peritos que suscribieron la denuncia han constituido una nueva asociación a nivel regional, denominada Asociación de Peritos Tasadores Judiciales de Andalucía, de la que ha sido nombrado presidente Rafael Castro. Desde que Justicia rescindió el acuerdo con la asociación de peritos, los contratos para la realización de los informesse llevan a cabo de forma directa por la propia delegación y a diario.

DIARIO DE SEVILLA, lun, 19/09/2005
14 peritos judiciales de Sevilla han abandonado la asociación oficial por discrepancias con la dirección y han creado una organización paralela, que ya ha sido reconocida por la Junta de Andalucía. Según dijeron los impulsores de la nueva Asociación de Peritos Tasadores de Andalucía, han elegido como presidente a Rafael Castro Oliva y harán su presentación oficial dentro de unas semanas.     

DIARIO DE SEVILLA,  jue, 28/07/2005
Los peritos alertaron al presidente nacional de las irregularidades
peritaciones judiciales
jorge muñoz
Un grupo de doce miembros de la Asociación Española de Peritos Tasadores Judiciales (AEPTJ) advirtió hace tres meses al presidente de la entidad de las presuntas irregularidades que se estaban cometiendo en la delegación en Sevilla y que han motivado la apertura de una investigación judicial.
En concreto, doce de los 16 peritos que integraban la delegación sevillana expusieron el pasado 29 de abril al presidente de la AEPTJ, Castor Iglesias, que habían detectado una serie de irregularidades en la gestión del delegado en Sevilla, Patricio Jiménez, al que en la denuncia que investiga el juzgado de Instrucción número 18 se le atribuye la supuesta apropiación de al menos 26.100,27 euros.
El presidente nacional de la asociación de peritos ni se inmutó una vez que el grupo de peritos le puso al corriente de esta actuación, según explicó ayer a este periódico Rafael Castro, uno de los peritos que ha suscrito la denuncia judicial. A ese primer encuentro con el presidente de la AEPTJ siguió otro, el 9 de mayo pasado, en un hotel de Sevilla, donde los peritos volvieron a exponer sus dudas sobre la gestión. Según los peritos, el responsable nacional, Castor Iglesias, les comentó que no pasaba nada , que se estudiaría la situación y se solucionaría. En esa reunión, estuvo presente el secretario general de la AEPTJ, quien según Rafael Castro sí mostró sorpresa y preocupación ante las denuncias del grupo de asociados.
El respaldo del presidente nacional de la asociación al delegado en Sevilla, pese a la gravedad de los hechos que se le atribuían, motivó que el grupo de peritos decidiera poner el caso en manos de los tribunales, donde han denunciado a Patricio Jiménez por delitos de apropiación indebida y coacciones.
El principal fraude que se atribuye supuestamente al responsable de AEPTJ en la provincia procede de haber cobrado 16.600 euros en concepto de honorarios por peritaciones realizadas personalmente, si bien según los denunciantes no ha realizado más que dos peritaciones por un importe de 89,06 euros . También se le imputa haber dispuesto de 9.491,97 euros en metálico sin justificación alguna de la cuenta corriente que la asociación tiene en una entidad bancaria y que gestiona con carácter exclusivo el delegado Patricio Jiménez.
En cuanto al delito de coacciones, el grupo de peritos que avala la denuncia judicial sostiene que habrían sido amenazados por el delegado con expulsarles o abrirles un expediente disciplinario en caso de que no aceptaran las liquidaciones propuestas y que eran inferiores a los pagos de la Junta. Y es que los peritos aseguran que la asociación les ha abonado cantidades inferiores, en algunos casos de hasta un cincuenta por ciento, a las que realmente ingresaba la entidad en virtud del contrato suscrito con la Consejería de Justicia para la realización de los informes periciales de los distintos juzgados en todos los partidos judiciales de la provincia. En este contrato, suscrito en diciembre de 2004, se establecía un precio máximo a pagar por la Junta de 133.876,80 euros, mediante pagos parciales a la presentación de las facturas mensuales por los peritajes emitidos, y el delegado se encargaría de abonar los honorarios a los peritos.
Rafael Castro explicó que ha tenido conocimiento, a través de otros peritos, que las irregularidades detectadas en Sevilla se han podido estar produciendo igualmente en Granada, donde la AEPTJ también ganó el concurso de la Junta para la realización de peritaciones relacionadas con la administración de Justicia.
Los once peritos que denunciaron las presuntas irregularidades del delegado de la asociación en Sevilla se han dado de baja voluntariamente en la AEPTJ y han constituido una nueva asociación a nivel regional, denominada Asociación de Peritos Tasadores Judiciales de Andalucía, de la que ha sido nombrado presidente el propio Rafael Castro.
Un grupo de socios advirtió hace tres meses a
la Asociación de Peritos Judiciales de la presunta apropiación indebida que investiga un juzgado

INFORMACIÓN, vie, 23/09/2005
Diplomas para peritos judiciales    
El centro de estudios Surge organizó ayer por la tarde, en las instalaciones del hotel Huerto del Cura de Elche, la entrega de diplomas para los alumnos que componen su segunda promoción de peritos judiciales inmobiliarios. Al acto asistió el cuerpo docente, la jefatura de estudios y dirección del centro, que encabeza Alejandro Moya, que hicieron entrega a los alumnos de la diplomatura, el carné profesional y el listado de nuevos peritos judiciales inmobiliarios para su incorporación en juzgados y colegios profesionales. Los organizadores del acto destacaron que este diploma ofrece una oportunidad única para la formación jurídica de los profesionales y, en especial, para el estudio de todos aquellos aspectos relacionados con la pericia en el sector inmobiliario. Igualmente, destacaron el impulso que para este profesión ha dado la Ley 1/2000 de Enjuiciamiento Civil al incluir en dictamen de peritos entre las pruebas de los procesos judiciales, que deben son formados a través de órganos competentes. El perito judicial es, según la ley, un colaborador imparcial que participa en la elaboración de dictámenes e informes.
 
EUROPA PRESS, lun, 07/03/2005
El TS admite el recurso contra Frontela y Rodriguez Sacristán, absueltos de falso testimonio por la Audiencia    
El Tribunal Supremo (TS) ha admitido a trámite el recurso de casación interpuesto por las acusaciones particulares contra los catedráticos Luis Frontela y Jaime Rodríguez Sacristán, que fueron absueltos por la Audiencia de Sevilla en junio de 2003 de un presunto delito de falso testimonio.
La provindencia de la Sala Segunda de lo Penal, a la que ha tenido acceso Europa Press, explica que el recurso es admitido y declarado concluso, señalando para el próximo 31 de marzo su deliberación y decisión. La Audiencia absolvió el 9 de junio de 2003 a los catedráticos de la Universidad hispalense de un delito de falso testimonio del que habían sido acusados por las periciales que ambos realizaron para anular un testamento millonario en una herencia, ya que no se apreció "intencionada falta de verdad" en la constatación e interpretación de sus informes ni que "de forma maliciosa hayan faltado a las obligaciones del encargo recibido".
La familia denunciante recurrió el Tribunal Supremo contra la sentencia absolutoria porque consideraban que la misma "no recoge de forma exhaustiva hechos que quedaron constatados" y que los catedráticos realmente incurrieron en sus informes en una "alteración consciente y deseada".
Asimismo, opinaban que "no es posible" que los hechos probados en la resolución judicial "se concentraran" en un solo párrafo de 17 líneas cuando el juicio, que celebró la Sección Primera, tuvo "cinco sesiones de seis horas cada una", considerando que "no se ha recogido clara y terminantemente toda la prueba practicada", calificándo incluso la sentencia de "contradictoria" toda vez que por un lado absuelve y por otro afirma que los informes de ambos peritos eran "inexactos e incompletos".
En el recurso, al que tuvo acceso Europa Press y que ahora ha sido admitido, se decía que, teniendo en cuenta los informes de varios peritos judiciales, los aportados por Frontela y Rodríguez Sacristán acreditaron una "manifiesta alteración de la verdad procesal y claro ánimo de faltar a la verdad".
Añadía el recurso que la acusación particular de Juan García de la Villa, representada por el abogado José Ignacio Bidón y Vigil de Quiñones, cuya querella en enero de 2000 inició estas actuaciones, recibió unos días antes del juicio "una carta de un letrado así como un escrito de proposición de prueba en un procedimiento civil de una familia conocida de Sevilla", apareciendo implicado Frontela, presentada como cuestión previa por la acusación pero que fue rechazada por el Tribunal.
Los acusados se enfrentaban a 20 meses de prisión, diez años de inhabilitación para ejercer cargo público y una multa de cinco meses con cuota diaria de 90 euros que pedía para ellos la acusación particular, mientras que la Fiscalía pedía su libre absolución.
El recurso presentado por las acusaciones particulares señalaba que considera una circunstancia agravante la condición de funcionarios de ambos peritos y que incurrieron en una "alteración consciente y deseada".
LA AUDIENCIA DIJO QUE NO HUBO MALICIA
Además, denunciaban la "incongruencia" de la sentencia recurrida al no mencionar en la misma la negativa de ambos peritos a contestar las preguntas en la vista de la acusación, estimando en este sentido que esta circunstancia es "prueba indiciaria de culpabilidad" y teniendo en cuenta que existían "otras importantes pruebas de cargo que avalaban la condena".
La sentencia señaló que los informes cuestionados "no deben calificarse de maliciosamente injustificados ni siquiera de forma no sustancial", si bien aclara que "pudieran ser discutibles los juicios de inferencia" que ambos efectuaron sobre el estado mental de la enferma --B.M.G.-- y su capacidad para otorgar testamento el 4 de marzo de 1987 cuando se encontraba ingresada en una clínica sevillana, 27 días antes de morir.
Añadía el fallo que los peritos que acudieron a las sesiones del juicio llegaron a "conclusiones dispares aunque matizadas", valorando "de forma distinta" las bases fácticas que constituyen el soporte de sus informes, y que "desde esta óptica también deben ser valorados" los emitidos por los acusados.
En este sentido, resulta "esclarecedor" lo declarado en el acto del plenario por el perito designado por el juzgado cuando, respecto a las conclusiones de otros peritos, admitió que las manifestaciones de sus colegas "puedan ser discrepantes" de las suyas, por lo que "no hay motivo para estimar que las de éstos contradicen de forma radical aquella hasta el extremo de ser acreedoras del reproche penal".
Por ello, según concluyó la Audiencia, "no se aprecia que de forma maliciosa los acusados hayan faltado a las obligaciones del encargo recibido", como recoge el artículo 459 del Código Penal cuando se refiere al delito de falso testimonio en cuanto a "faltar a la verdad maliciosamente en los dictámenes de los peritos o intérpretes", aspecto que recogió especialmente la sentencia.
Los informes periciales realizados en 1999 por Frontela y Rodríguez Sacristán indicaron la falta de capacidad mental de B.M.G. cuando el 4 de marzo de 1987 firmó su testamento, en el cual dejaba una herencia de unos seis millones de euros a dos sobrinos y a dos empleados que la cuidaron hasta su muerte, el 31 de marzo del mismo año, cuando contaba con 79 años.
El testamento fue recurrido por dos sobrinos excluidos del reparto y anulado en el año 2000 por la Sección Sexta de la Audiencia en base a los informes de ambos catedráticos en los que se reconocía la incapacidad de la anciana en el momento de la firma y que fueron trascendentales para justificar la sentencia que anulaba el testamento.

EUROPA PRESS; vie, 22/10/2004
COMUNIDAD VALENCIANA .- De Rosa dice que la colaboración entre los peritos judiciales y la administración repercute en favor de los ciudadanos    
El secretario autonómico de Justicia e Interior, Fernando de Rosa, valoró hoy la profesionalidad de los peritos judiciales y su estrecha colaboración con la Administración de Justicia, puesto que, según dijo, "esta relación repercute positivamente en el servicio que se presta al ciudadano", informaron fuentes de la Generalitat.
De Rosa inauguró hoy la primera edición de 'El Congreso Nacional de Profesionales de la Pericia Judicial', que se celebrará entre hoy y mañana en la Ciudad de la Justicia de Valencia, y que ha sido organizado por el Consejo General de Peritos Judiciales y Colaboradores con la Administración de Justicia, así como distintas asociaciones de este colectivo.
Fernando de Rosa explicó que "todos los servicios periciales prestados tienen la misión de tasar bienes, esclarecer hechos acontecidos, inspeccionar, averiguar, valorar daños y reconstruir todo tipo de causas, con la finalidad de aportar pruebas o testimonios técnicos para que sean consideradas en procedimientos judiciales, mediante informes, y/o presencialmente en juzgados", dijo.
El secretario autonómico de Justicia e Interior explicó que "los peritos judiciales pueden ser nombrados por un juez para la realización de una prueba pericial, cuando la apreciación de hechos controvertidos requiere de sus conocimientos y experiencia, o pueden ser propuestos por alguna de las partes en un juicio, para que la asesore y aporte su conocimiento en defensa de los intereses del contratante con relación a una prueba pericial".
En este sentido, Fernando de Rosa subrayó que "es ampliamente conocida la dificultad que enfrenta el profesional del derecho en el momento de la realización de una prueba pericial que, probablemente, decidirá el resultado del juicio", de ahí, dijo, que "resulte vital contar con expertos altamente cualificados en el tema específico de la pericia, ya que un error en su asesor o consultor técnico puede inducir al Magistrado a decidir en contra de los intereses de su parte".
En este primer encuentro, donde se pondrán en común aspectos relacionados con la labor de estos profesionales, participan destacadas personalidades del TSJ de la Comunidad Valenciana, de la Fiscalía, del Consejo General de la Abogacía Española, del Consejo Valenciano de Colegios de Procuradores de la Comunidad Valenciana y del Consejo Valenciano de Colegios Oficiales de Graduados Sociales, entre otros órganos judiciales.

ULTIMA HORA vie, 01/10/2004
Los peritos de Balears denuncian la falta de regulación de su oficio    
Los peritos judiciales de Balears no gozan de la regulación profesional necesaria y, en la mayoría de los casos, carecen de la formación suficiente en materia procesal para intervenir en juicios, según argumentó ayer en Palma Concha Gil, presidenta del comité organizador del próximo Congreso Internacional de Profesionales de la Pericia Judicial. Gil, que participó en el coloquio «La figura del perito de parte en la Ley de Enjuiciamento Civil», afirmó ayer que estas carencias son comunes al resto del Estado.

EL MUNDO, lun, 20/08/2001
Mario Conde
TRIBUNA / DIFERENCIAS ENTRE BANESTO Y GESCARTERA Peritos judiciales y Banco de España Mario Conde compara en este artículo la diferente respuesta dada por el Banco de España a los jueces, ante su petición de peritos, en el «caso Gescartera» y en el «Caso Banesto», del que es el principal protagonista.


Uno de los más peligrosos inconvenientes que conlleva la utilización de las instituciones del Estado, y en particular sus terminales judiciales, al servicio de una finalidad sustancialmente política, reside, curiosamente, en la falta de memoria. Se olvidan los artificios jurídicos que se utilizaron para revestir de ropaje aparentemente legal a decisiones nacidas en el corazón de la versión más lamentable de la llamada Razón de Estado Y, de repente, por la interacción de circunstancias diversas, la artificiosidad empleada se presenta obscena ante los ojos de un observador imparcial.

Días atrás la prensa daba cuenta de que la juez Palacios, instructora del caso Gescartera, solicitó al Banco de España que le asignara 10 funcionarios de tan poderosa institución para que ejercieran labores periciales en las diligencias abiertas en su juzgado. El Secretario General del otrora instituto emisor remitió, al parecer, un escrito a la magistrada en el que, según referencias de prensa, aseguraba a la Instructora que «al Banco de España no se le encomiendan funciones de carácter pericial», y que es a la Agencia Tributaria a quien corresponde designar a los peritos reclamados. Confieso que dí un respingo sobre la silla de la terraza del casino de Pollensa en la que consumía un matutino café mientras daba cuenta de la prensa del día y volé por algunos instantes hacia ciertos pormenores del caso Banesto.

El Fiscal Ortí -hoy penalista privado del despacho Garrigues- siguiendo instrucciones del Gobierno socialista transmitidas por los canales jerárquicos adecuados, interpuso una querella criminal contra algunos antiguos miembros del consejo de administración de Banesto un inolvidable 14 de Noviembre de 1.994, casi 11 meses después de la decisión política de intervenir Banesto.

Dos días mas tarde, el juez Instructor, García Castellón a quien siempre consideraré en mi fuero interno un juez ad hoc para el caso se dirigía al Banco de España solicitándole dos funcionarios para ejercer funciones periciales.

Con una celeridad realmente sorprendente, la Providencia del juez llega ese mismo día al Banco Central y, en un alarde de infinita eficacia en la colaboración con la Justicia, el instituto emisor despacha el asunto el propio día 16, y el entonces director general de Inspección, José Pérez, -hoy empleado del BBVA- designa para tal finalidad a dos sorprendentes personajes: Román y Monje, quienes, continuando con la inusitada celeridad, tomaron posesión de su cargo en el juzgado al día siguiente. Todo ello rodeado del secreto de las actuaciones, de forma que nos enteramos de este proceder judicial muchos meses después.

Le razonamos a García Castellón que nos parecía mucho más acorde con la buena fe procesal que solicitara las funciones periciales a otro órgano del Estado, porque el Banco de España estaba directa e inmediatamente involucrado con el proceso penal y su filial Fondo de Garantía de Depósitos aparecía como acusación particular. No nos hicieron caso.

Al conocer los nombres de los encargados de la misión, el razonamiento fue todavía más elemental: Monje y Román, además de ser los inspectores permanentes de Banesto desde 1.988, estamparon su firma en el Acta de Inspección que sirvió para justificar a posteriori el inexistente «desfase patrimonial» de Banesto. Por tanto, si actuaban como peritos lo serían de sus propias acusaciones, lo cual en nuestra opinión ofende a la lógica y pulveriza la imprescindible estética.

Los informes de ambos demostraban, entre otras cosas, una indisimulada animadversión sobre nosotros, en particular sobre mi persona, posiblemente porque me consideraban el causante real de los males -cárcel incluida- que asolaron los últimos años de vida política de su verdadero jefe, el ex gobernador Mariano Rubio. Por si fuera poco, ambos tenían interés personal y directo en el asunto porque si las cosas no salían como fueron programadas en el momento de decidir la ocupación de Banesto, podrían acabar respondiendo con su patrimonio de los desperfectos ocasionados con su actuación.

Sigo sin entender que la elementalidad del alegato no mereciera su acogimiento por el instructor.

La Audiencia Nacional tramitó un llamado «incidente de recusación» en el que uno de los dos «peritos», reconoció -por fin algo de sinceridad- que prefería que los jueces le dieran la razón al Banco de España y no a nosotros, demostrando lacerantemente su interés directo en el territorio en el que debían actuar con una neutralidad pericial que se convertía en un imposible ontológico. Se les mantuvo en el cargo de peritos.

Lo más alucinante sucedió cuando descubrimos un increíble documento elaborado por los susodichos Monje y Roman antes de presentarse la querella. Se trababa de una descripción de las operaciones que el fiscal Ortí incluyó en su escrito contra nosotros. Lo alucinante consistía en que el texto de la querella del fiscal y el del informe de los «peritos» coincidían literalmente.

Incluso en un detalle que roza la comicidad: el informe de Román y Monje citaba a Luis Diez Orueta con un error mecanográfico. La querella, redactada tiempo después, comete el mismo error.

No se trataba sólo de que el informe de los funcionarios del Banco de España sirviera de base para que el fiscal presentara la querella, sino que Ortí se limitó a copiar el texto que ambos le entregaron, incluyendo en su querella los mismos desperfectos mecanográficos. Demostramos este extremo no sin cierto rubor porque albergamos formación jurídica y, aunque maltratada hasta extremos impensables por la experiencia vivida, todavía deseábamos retener una mínima estética de confianza en el funcionamiento de nuestra Justicia.

Nuestro rubor no fue compartido por los jueces que mantuvieron a los ínclitos Monje y Román en su función pericial a pesar de cuanto he descrito. Lo de menos fue que al prestar su declaración ante la Sala quedó tan patente su animadversión hacia nosotros que una pluma tan escasamente cuidadosa con la verdad en el caso Banesto como la del argentino Ekaizer tuvo que reconocer, con notorio disgusto, que ambos demostraron ante la Sala una falta de objetividad incompatible con la labor pericial. Ni aun así.

Gracias a Gescartera y a la pérdida de memoria, unida al cambio de personas en la regencia del Banco de España, disponemos de mayor luz. Ahora resulta que el problema no habita en los intereses contradictorios, la ausencia de objetividad, peritar las propias acusaciones, sentir animadversión notoria o ser los verdaderos autores de una querella que se limitó a firmar el fiscal. Es más simple: que al Banco de España no le corresponden esas funciones periciales.

Al parecer, el informe del secretario general de la institución financiera dirigido a la juez Instructora cita los textos legales en los que fundamenta tal decisión. De ser jurídicamente correcto su aserto resultaría que ni García Castellón, el instructor, ni Ortí, el fiscal, ni Pérez, el Director del Banco de España, ni los nombrados para el oficio pericial, conocían la existencia de tales disposiciones legales. Tampoco, en consecuencia, la sala que los mantuvo en sus funciones.

Si el Banco de España no puede peritar en un asunto como el de Gescartera, que le es ajeno, ¿cómo entender que asumiera el papel pericial en un caso, como el de Banesto, en el que aparecía involucrado hasta las cejas y en el que inevitablemente se constituía en juez y parte al propio tiempo?

Cabe una explicación: que esos textos legales que alejan al Banco de España de funciones periciales en procesos penales públicos sean posteriores a la sentencia del caso Banesto, que se elaboraron una vez concluido nuestro juicio. En tal caso la obscenidad de lo sucedido en la utilización judicial de una institución como el Banco de España sería, si cabe, mayor.

Nuestro proceso penal todavía no ha concluido dado que el recurso de casación ante el Tribunal Supremo sigue vivo y por respeto al más Alto Tribunal asumimos el silencio hasta que el camino judicial finalice. Tiempo habrá porque para la verdad nunca es tarde, como ya he demostrado en el caso Argentia Trust. Pero considero ilustrativo para la realidad mediática actual recodar lo que sucedió con nosotros y los falsos peritos del Banco de España.

Mario Conde

(CONTINUARÁ)

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Por Miguel Angel Gallardo Ortiz , Criminologo, Ingeniero  y Perito Judicial
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