Toda fenomenología de la corrupción,
de
cualquier tipo de corrupción, es difícil y siempre
discutible.
El estudio riguroso de la corrupción política, al igual
que
la corrupción judicial o la policial, requiere de
métodos,
recursos, tenacidad y cierto amor al riesgo. Muy rara vez son
recompensados
los esfuerzos y, casi siempre, el investigador acaba investigado,
descalificado,
difamado, acusado y criminalizado. Hace falta mucho talento, tenacidad
y
capacidad de sacrificio o abnegación, incluso en el más
simple
y claro de los casos, para acumular e interpretar gran cantidad y
variedad
de indicios de corrupción, o de pruebas indirectas, y más
valor
aún hace falta para exponerse al denunciarlas. Tal vez sean
necesarios
auténticos peritos en probar la corrupción, y
quizá
estos deban empezar por conocer bien la propia corrupción
pericial.
La corrupción pericial es un fenómeno muy oculto, poco
investigado,
y bastante complejo, porque tiene una casuística y una
tipología
que sólo puede ser comprendida por expertos muy próximos
al
procedimiento judicial en el que haya intervenido un perito corrupto.
Los
afectados, por lo general, quieren olvidar lo antes posible lo que ya
no
tiene remedio, y los profesionales no quieren complicarse en
enfrentamientos
en los que hay poco que ganar, y mucho que perder. Sin embargo, la
corrupción
pericial existe, y no parece que vaya a dejar de existir. Su historia
está
condicionada por las leyes de enjuiciamiento y también por
decisiones
políticas que afectan al nombramiento, competencias y
remuneración
de expertos que participan en procedimientos judiciales, siendo muy
distintas
las acumulaciones y las tendencias en diferentes jurisdicciones. Por
ejemplo,
las perversiones periciales en Cataluña son diferentes a las
andaluzas,
gallegas o a canarias, aunque las leyes de enjuiciamiento sean las
mismas,
porque son diferentes las políticas de las Consejerías de
Justicia,
Decanatos y Juzgados que tienen costumbres muy diversas.
Las
fuentes de información para conocer las
corrupciones
periciales no son son muchas, y tampoco son objetivamente neutras.
Lógicamente,
como ocurre con cualquier otro tipo de corrupción, el
beneficiado
por el perito no va a dar nunca ninguna información sobre su
corrupción,
y los perjudicados rara vez llegan a comprender bien lo que ha
ocurrido,
y casi nunca pueden documentarlo. Los juzgados y tribunales que son las
mejores
testigos de las corrupciones periciales no suelen colaborar con este
tipo
de investigaciones, aunque siempre hay algún juez, secretario o
funcionario
inteligente y generoso con su tiempo capaz de percibir lo que no se
debe
permitir en la Administración de Justicia. Y a veces, nos han
hecho
el favor de comentarnos casos auténticamente perversos en los
que
un perito, o una "banda de peritos" se ha corrompido intentando
corromper
un procedimiento. En cada caso, la corrupción se ha desarrollado
de
una manera diferente, y esta investigación pretende facilitar
que
cada forma de corrupción pericial pueda ser identificado de
manera
clara y distinta, como diría Descartes en su método.
La
clasificación de las corrupciones periciales
puede
hacerse según muy diversos criterios, priorizando la
jurisdicción
civil, penal, contencioso-administrativa o laboral, las diversas
especialidades
técnicas, científicas o artísticas de los peritos,
o
bien, como aquí vamos a intentar, por la relación que se
establece
entre el perito y el juzgado, las partes, sus abogados, procuradores y
cualquier
otro interlocutor que pueda intervenir directa o indirectamente en la
pericia.
Así, los nombramientos periciales por parte de un juzgado son
los
que concentran el mayor riesgo de perversión, porque el juzgado
otorga
al perito una presunción de veracidad, imparcialidad e
independencia,
y en definitiva, de ejercer un poder e influencia a través de su
criterio,
incomparablemente mayor que en cualquier otro tipo de pericia, hasta el
punto
de que incluso podría dudarse de que exista corrupción
pericial
en los peritajes de parte, ya que en estos lo único que puede
haber
ante un juzgado es falsedad o mendacidad del perito de parte. Sin
embargo,
es el nombramiento pericial en el juzgado el que origina la
auténtica
corrupción de un procedimiento en el que haya necesidad de artes
o
saberes científicos y técnicos, y por supuesto, la
economía
real de esa prueba pericial la que mejor explica su funcionalidad o
corrupción.
Posiblemente sea la peritación privada el único
antídoto
contra la corrupción pericial, y más aún si se
plantea
como contraperitación o metaperitación.
La economía pericial es trascendental porque pequeñas
variaciones
en los planteamientos, ejecuciones, ratificaciones y pagos de pericias
pueden
tener consecuencias económicas mucho más importantes.
Así,
el criterio de un perito, cuyos honorarios se limitan a unas pocas
horas
de trabajo, por muy caras que se paguen, puede tener consecuencias
económicamente
cuantiosas en el resultado del procedimiento. La relación entre
coste
de la pericia y valor principal en juego puede ser de varios
órdenes
de magnitud, multiplicando por miles de veces su efecto en el caso de
tasaciones
de bienes muy valiosos o en valoraciones de daños muy grandes a
amplios
colectivos.
El error, la negligencia y la perversión pericial pueden ser
considerados
por su propia responsabilidad, dolo, imputabilidad e intención,
o
bien por el perjuicio que objetivamente causan a alguna de las partes
en
un procedimiento judicial.
Algunos peritos pretenden oficializar y aumentar la carga probatoria de
sus informes atribuyéndose competencias que no tienen. Hemos
denunciado a la
Ministra
de Cultura la existencia de unas listas de peritos que presumen de
estar apoyados por el Ministerio de Cultura, y eso es inmoral e ilegal.
Recomendamos leer detenidamente
Contraperitaje contra
perito corrupto en
http://www.cita.es/adese/peritaje.htm
y
Carta a
la Ministra de Cultura en
http://www.cita.es/adese/ministra.htm
Los funcionarios no deben de peritar en favor de una parte en
ningún
procedimento judicial, y por lo tanto, no deberían de cobrar
ninguna
cantidad por emitir
informe o
dictamen
de ningún tipo. En cualquier asunto judicial en el que una parte
pueda
sentirse perjudicaca por la opinión de un funcionario, puede
pedir
responsabilidades civiles al Estado, por lo que antes de comparecer en
cualquier tipo de procedimiento judicial, la instancia de la
Administración, sea Municipal, Autonómica, Estatal o de
la que dependa
el organismo para el que trabaje, debe de ser muy consciente del riesgo
que asume. Por todo ello, muy especialmente nos interesan los las
corrupciones
periciales de funcionarios según se describe en
http://www.cita.es/corrupciones/periciales/funcionarios
Artículos y noticias publicadas sobre
controversias y
corrupciones
periciales (podemos comentarlas más ampliamente porque
consideramos
que las relaciones entre la prensa y los peritos suelen ser escasas,
desencontradas
y parciales)
SOMBRAS PERICIALES
PUBLICADO CAMBIO 16 Nº
1765
Por JUAN-CARLOS ARIAS
Últimamente, muchos peritos judiciales de toda España
está
siendo imputados por graves acusaciones, andan a la greña entre
ellos
para defender oscuros intereses o por presidir colectivos profesionales
que
pretenden exclusivas impresentables al servicio de la –soñada-
administración
de Justicia.
Mientras, el ciudadano -mejor dicho, el justiciable- sufre carencias de
imparcialidad
y neutralidad que se le suponen al experto en materias sobre las que
debe
dictaminar por mandato judicial. El nombramiento del perito en nuestro
sistema
legal se efectúa cuando las partes en litigio alejan posturas,
son
contradictorias o resultan irreconciliables. La realidad informa que
los
jueces suelen reproducir los informes periciales en sentencia al
abordar
el tema de controversia en la seguridad que el experto ilumina a la
magistratura
en su leal saber y entender.
Ahí es donde algunos espabilados que se presentan como expertos
hacen
negocio y sustantiva cajas. Saben además que, si les pillan, el
vigente
Código Penal es muy benevolente con tan impropio proceder. Los
artículos
459 y 460 sólo contemplan penas de inhabilitación y
ridículas
multas. Jamás pisaría la cárcel, por tanto, quien
se
supone colabora con la Justicia aportando un conocimiento
especializado.
La normativa para regular estos profesionales es prácticamente
inexistente.
En la práctica son nombrados entre quienes proponen colegios y
colectivos
profesionales. También hay otros ‘peritos’ que se presentan como
judiciales
sin ser nombrados como tales utilizando en sus informes parafernalia
que
parece conferir a sus dictámenes y conclusiones apariencia, y
carácter,
oficial.
Además, para mayor abundamiento, la sempiterna picaresca
española
hace que algunos peritos ‘de parte’ (propuesto por alguno de los
litigantes
en un pleito) se apelliden interesadamente judiciales, ‘forenses’,
‘investigadores’
y un sinfín de supuestas especialidades criminológicas,
reconstructores
de accidentes, etc…. que confunden sobre su supuesto carácter
oficial
y judicial.
Inclusive, dicha realidad logró crear grupos de ‘peritos
judiciales’
entre quienes realizan parte de su trabajo en los juzgados. Algunos
colectivos
marcan el terreno en ciertos partidos judiciales; otros, hasta se
permiten
expedir títulos y carnets de apariencia parapolicial con el
único
fin de conferir supuesto carácter oficial y vender la pericia al
cliente
que se cree ganador.
Los colectivos más descarados sólo alcanzan a sonrojar a
muchos
abogados, jueces y fiscales cuando tratan de procesar judicialmente sus
teóricas
experteces con informes que no resisten mínimo análisis y
suelen
estar vendidos al cliente que lo propone en el procedimiento judicial.
Pero el problema fundamental es que muchos peritos nombrados o
admitidos
por la Justicia, sin embargo, logran engañar al sistema porque
conocen
bien sus carencias y cuentan con ausencia de expertos que les repliquen
en
estrados; poquísimos expertos serios aceptan estar en
éste
mercadeo. Uno de los ejemplos más sonados fue el que
protagonizó
hace pocos meses el controvertido Catedrático de Medicina Legal
Luis
Frontela, en función pericial.
Está imputado por presunta falsedad en un asunto llamativo: una
longeva
millonaria cambia su testamento días antes de fallecer. El
dictamen
de Frontela concede a la moribunda plena capacidad que dudan sus
primeros
herederos por tan repentino cambio de parecer. El Supremo tiene la
última
palabra en el caso, mientras en el asunto bailan varios millones de
euros.
Este forense mediático acumula numerosos desatinos en su
carrera.
Tuvo fogonazo informativo en el impune asesinato de Los Galindos,
niñas
de Alcasser, y ‘crimen de la movida’ de Sevilla. Ahí
presentó
informe de autopsia sin analizar el cadáver. Se limitó a
contraperitar
a sus colegas. Un avispado magistrado le sorprendió con tan
original
metodología, surrealista cuando menos.
En Barcelona andan a tortas judiciales el economista Luis Jover y el
médico
Jesús Maria Arbós luchando por la presidencia de la
poderosa
Asociación Catalana de Peritos Judiciales. La pugna por llevarse
los
mejores casos y clientes, así como la influencia entre
magistrados,
podría estar detrás de tan encarnizada pugna.
En Elche, E. M. Z, experto en quiebras y suspensos empresariales ha
reconocido
ante el juez haber distraído 540.000 euros. Para ello
malversó
fondos y falseó documentos. Ha causado auténtica
conmoción
su declaración porque gozaba de gran prestigio entre magistrados
y
abogados que le conocían profesionalmente en todo el Levante
español.
Más al sur las sombras periciales no son insignificantes. El que
fuera
decano de los ingenieros agrónomos andaluces, Antonino
Vázquez,
está imputado por falsedad. Un informe suyo, plagado de
inexactitudes
y medias verdades, perjudicó judicialmente a un combativo
agricultor
al que persiguen, ¡oh casualidad!, turbios intereses
terratenientes.
Además, un juzgado de instrucción sevillano tramita la
presunta
apropiación de 26.000 euros por Patricio Jiménez,
presidente
de la asociación española de peritos tasadores judiciales
(AEPTJ).
Una querella suscrita por 11 de los 16 miembros de dicho colectivo
-quienes
deberían haber cobrado la suma presuntamente malversada- pone en
grave
aprieto a la Consejería de Justicia andaluza.
A resultas de la iniciativa de los peritos contra su Presidente se
desvela
que la anterior Consejera, Carmen Hermosín, convino con la AEPTJ
la
exclusiva para los peritajes en territorio andaluz. Otros expertos,
colectivos
y colegios profesionales se preguntan ahora por qué actúa
así
un organismo público, pagando de su erario un grupo privado que
funciona
como negocio particular. Además, hay muchas dudas sobre la
capacitación
de los integrantes de la AEPTJ, a la vista de sus telegráficos y
poco
rigurosos informes.
La actual Consejera, María José López, tiene ante
sí
un hueso duro de roer. También, una magnífica oportunidad
para
elaborar normativa que regule a los peritos judiciales en
Andalucía,
por ejemplo, primando los méritos y experiencia de los
candidatos
a peritar en juzgados. De ser así, se comenzará a llenar
la
gran laguna legal que padecen los expertos al servicio de la Justicia
en
toda España, que ojalá la escriban con mayúsculas
los
expertos que dicen
servirla.
DIARIO DE SEVILLA, lun, 26/09/2005
Justicia rescinde el contrato que suscribió con los peritos
judiciales
La Junta decide no prorrogar el acuerdo tras agotarse el presupuesto y
después
de la denuncia por apropiación al presidente
j. muñoz
La delegada provincial de la Consejería de Justicia y
Administración
Pública, Beatriz Sainz-Pardo, decidió rescindir el pasado
día
8 el contrato con la Asociación Española de Peritos
Tasadores
Judiciales (AEPTJ) para la realización de los informes
periciales
que encargan los juzgados de Sevilla.
La decisión de la Junta se produce oficialmente al haberse
agotado
el presupuesto previsto en el contrato, que fue suscrito en diciembre
del
año pasado y tenía una vigencia de un año. El
precio
máximo a pagar por la Junta se había fijado en 133.876,80
euros,
mediante pagos parciales tras la presentación de facturas
mensuales
por los peritajes emitidos. La asociación se comprometía
a
efectuar labores de consultoría y asistencia técnica de
peritaciones
judiciales para la realización de informes y la
prestación
de asistencia de especial urgencia en las actuaciones que se lleven a
cabo
en el Juzgado de Guardia de todos los partidos judiciales.
El acuerdo entre la Junta y la AEPTJ establecía la posibilidad
de
ampliar hasta en un 50 por ciento el importe del contrato en el caso de
que
se agotara el presupuesto, pero Justicia ha optado finalmente por la
rescisión
del mismo.
La resolución de la Junta, que tiene fecha del 8 de septiembre,
se
ha producido tan sólo un mes después de que se conociera
que
un juzgado de Sevilla había abierto unas diligencias previas
para
investigar una presunta apropiación indebida de 26.100, 27 euros
en
el seno de la delegación provincial de la Asociación
Española
de Peritos Judiciales.
La denuncia fue presentada por once de los 16 peritos con los que
contaba
esta asociación –después se han dado de baja en la misma–
y
se dirige contra el delegado, Patricio Jiménez Ortiz.
Según
los denunciantes, una gran parte del fraude procede los peritajes
supuestamente
realizados por el propio delegado, que habría cobrado 16.600
euros
en concepto de honorarios por peritaciones aunque sus antiguos
compañeros
aseguran que sólo llegó a efectuar dos peritaciones por
un
importe total de 89,06 euros. La denuncia también imputa al
delegado
de la AEPTJ haber dispuesto de 9.491,97 euros en metálico y sin
justificación
alguna de la cuenta corriente que la asociación de peritos tiene
en
un banco y que gestiona con carácter exclusivo. Además,
los
denunciantes aseguran que se les ha abonado cantidades inferiores por
la
realización de los informes periciales y cita algunos casos de
peritos
que han justificado trabajos que suman casi 6.000 euros y sólo
han
percibido unos 2.500 euros.
Los once peritos que suscribieron la denuncia han constituido una nueva
asociación
a nivel regional, denominada Asociación de Peritos Tasadores
Judiciales
de Andalucía, de la que ha sido nombrado presidente Rafael
Castro.
Desde que Justicia rescindió el acuerdo con la asociación
de
peritos, los contratos para la realización de los informesse
llevan
a cabo de forma directa por la propia delegación y a diario.
DIARIO DE SEVILLA, lun, 19/09/2005
14 peritos judiciales de Sevilla han abandonado la asociación
oficial
por discrepancias con la dirección y han creado una
organización
paralela, que ya ha sido reconocida por la Junta de Andalucía.
Según
dijeron los impulsores de la nueva Asociación de Peritos
Tasadores
de Andalucía, han elegido como presidente a Rafael Castro Oliva
y
harán su presentación oficial dentro de unas
semanas.
DIARIO DE SEVILLA, jue, 28/07/2005
Los peritos alertaron al presidente nacional de las irregularidades
peritaciones judiciales
jorge muñoz
Un grupo de doce miembros de la Asociación Española de
Peritos
Tasadores Judiciales (AEPTJ) advirtió hace tres meses al
presidente
de la entidad de las presuntas irregularidades que se estaban
cometiendo
en la delegación en Sevilla y que han motivado la apertura de
una
investigación judicial.
En concreto, doce de los 16 peritos que integraban la delegación
sevillana
expusieron el pasado 29 de abril al presidente de la AEPTJ, Castor
Iglesias,
que habían detectado una serie de irregularidades en la
gestión
del delegado en Sevilla, Patricio Jiménez, al que en la denuncia
que
investiga el juzgado de Instrucción número 18 se le
atribuye
la supuesta apropiación de al menos 26.100,27 euros.
El presidente nacional de la asociación de peritos ni se
inmutó
una vez que el grupo de peritos le puso al corriente de esta
actuación,
según explicó ayer a este periódico Rafael Castro,
uno
de los peritos que ha suscrito la denuncia judicial. A ese primer
encuentro
con el presidente de la AEPTJ siguió otro, el 9 de mayo pasado,
en
un hotel de Sevilla, donde los peritos volvieron a exponer sus dudas
sobre
la gestión. Según los peritos, el responsable nacional,
Castor
Iglesias, les comentó que no pasaba nada , que se
estudiaría
la situación y se solucionaría. En esa reunión,
estuvo
presente el secretario general de la AEPTJ, quien según Rafael
Castro
sí mostró sorpresa y preocupación ante las
denuncias
del grupo de asociados.
El respaldo del presidente nacional de la asociación al delegado
en
Sevilla, pese a la gravedad de los hechos que se le atribuían,
motivó
que el grupo de peritos decidiera poner el caso en manos de los
tribunales,
donde han denunciado a Patricio Jiménez por delitos de
apropiación
indebida y coacciones.
El principal fraude que se atribuye supuestamente al responsable de
AEPTJ
en la provincia procede de haber cobrado 16.600 euros en concepto de
honorarios
por peritaciones realizadas personalmente, si bien según los
denunciantes
no ha realizado más que dos peritaciones por un importe de 89,06
euros
. También se le imputa haber dispuesto de 9.491,97 euros en
metálico
sin justificación alguna de la cuenta corriente que la
asociación
tiene en una entidad bancaria y que gestiona con carácter
exclusivo
el delegado Patricio Jiménez.
En cuanto al delito de coacciones, el grupo de peritos que avala la
denuncia
judicial sostiene que habrían sido amenazados por el delegado
con
expulsarles o abrirles un expediente disciplinario en caso de que no
aceptaran
las liquidaciones propuestas y que eran inferiores a los pagos de la
Junta.
Y es que los peritos aseguran que la asociación les ha abonado
cantidades
inferiores, en algunos casos de hasta un cincuenta por ciento, a las
que
realmente ingresaba la entidad en virtud del contrato suscrito con la
Consejería
de Justicia para la realización de los informes periciales de
los
distintos juzgados en todos los partidos judiciales de la provincia. En
este
contrato, suscrito en diciembre de 2004, se establecía un precio
máximo
a pagar por la Junta de 133.876,80 euros, mediante pagos parciales a la
presentación
de las facturas mensuales por los peritajes emitidos, y el delegado se
encargaría
de abonar los honorarios a los peritos.
Rafael Castro explicó que ha tenido conocimiento, a
través
de otros peritos, que las irregularidades detectadas en Sevilla se han
podido
estar produciendo igualmente en Granada, donde la AEPTJ también
ganó
el concurso de la Junta para la realización de peritaciones
relacionadas
con la administración de Justicia.
Los once peritos que denunciaron las presuntas irregularidades del
delegado
de la asociación en Sevilla se han dado de baja voluntariamente
en
la AEPTJ y han constituido una nueva asociación a nivel
regional,
denominada Asociación de Peritos Tasadores Judiciales de
Andalucía,
de la que ha sido nombrado presidente el propio Rafael Castro.
Un grupo de socios advirtió hace tres meses a
la Asociación de Peritos Judiciales de la presunta
apropiación
indebida que investiga un juzgado
INFORMACIÓN, vie, 23/09/2005
Diplomas para peritos judiciales
El centro de estudios Surge organizó ayer por la tarde, en las
instalaciones
del hotel Huerto del Cura de Elche, la entrega de diplomas para los
alumnos
que componen su segunda promoción de peritos judiciales
inmobiliarios.
Al acto asistió el cuerpo docente, la jefatura de estudios y
dirección
del centro, que encabeza Alejandro Moya, que hicieron entrega a los
alumnos
de la diplomatura, el carné profesional y el listado de nuevos
peritos
judiciales inmobiliarios para su incorporación en juzgados y
colegios
profesionales. Los organizadores del acto destacaron que este diploma
ofrece
una oportunidad única para la formación jurídica
de
los profesionales y, en especial, para el estudio de todos aquellos
aspectos
relacionados con la pericia en el sector inmobiliario. Igualmente,
destacaron
el impulso que para este profesión ha dado la Ley 1/2000 de
Enjuiciamiento
Civil al incluir en dictamen de peritos entre las pruebas de los
procesos
judiciales, que deben son formados a través de órganos
competentes.
El perito judicial es, según la ley, un colaborador imparcial
que
participa en la elaboración de dictámenes e informes.
EUROPA PRESS, lun, 07/03/2005
El TS admite el recurso contra Frontela y Rodriguez Sacristán,
absueltos
de falso testimonio por la Audiencia
El Tribunal Supremo (TS) ha admitido a trámite el recurso de
casación
interpuesto por las acusaciones particulares contra los
catedráticos
Luis Frontela y Jaime Rodríguez Sacristán, que fueron
absueltos
por la Audiencia de Sevilla en junio de 2003 de un presunto delito de
falso
testimonio.
La provindencia de la Sala Segunda de lo Penal, a la que ha tenido
acceso
Europa Press, explica que el recurso es admitido y declarado concluso,
señalando
para el próximo 31 de marzo su deliberación y
decisión.
La Audiencia absolvió el 9 de junio de 2003 a los
catedráticos
de la Universidad hispalense de un delito de falso testimonio del que
habían
sido acusados por las periciales que ambos realizaron para anular un
testamento
millonario en una herencia, ya que no se apreció "intencionada
falta
de verdad" en la constatación e interpretación de sus
informes
ni que "de forma maliciosa hayan faltado a las obligaciones del encargo
recibido".
La familia denunciante recurrió el Tribunal Supremo contra la
sentencia
absolutoria porque consideraban que la misma "no recoge de forma
exhaustiva
hechos que quedaron constatados" y que los catedráticos
realmente
incurrieron en sus informes en una "alteración consciente y
deseada".
Asimismo, opinaban que "no es posible" que los hechos probados en la
resolución
judicial "se concentraran" en un solo párrafo de 17
líneas
cuando el juicio, que celebró la Sección Primera, tuvo
"cinco
sesiones de seis horas cada una", considerando que "no se ha recogido
clara
y terminantemente toda la prueba practicada", calificándo
incluso
la sentencia de "contradictoria" toda vez que por un lado absuelve y
por
otro afirma que los informes de ambos peritos eran "inexactos e
incompletos".
En el recurso, al que tuvo acceso Europa Press y que ahora ha sido
admitido,
se decía que, teniendo en cuenta los informes de varios peritos
judiciales,
los aportados por Frontela y Rodríguez Sacristán
acreditaron
una "manifiesta alteración de la verdad procesal y claro
ánimo
de faltar a la verdad".
Añadía el recurso que la acusación particular de
Juan
García de la Villa, representada por el abogado José
Ignacio
Bidón y Vigil de Quiñones, cuya querella en enero de 2000
inició
estas actuaciones, recibió unos días antes del juicio
"una
carta de un letrado así como un escrito de proposición de
prueba
en un procedimiento civil de una familia conocida de Sevilla",
apareciendo
implicado Frontela, presentada como cuestión previa por la
acusación
pero que fue rechazada por el Tribunal.
Los acusados se enfrentaban a 20 meses de prisión, diez
años
de inhabilitación para ejercer cargo público y una multa
de
cinco meses con cuota diaria de 90 euros que pedía para ellos la
acusación
particular, mientras que la Fiscalía pedía su libre
absolución.
El recurso presentado por las acusaciones particulares señalaba
que
considera una circunstancia agravante la condición de
funcionarios
de ambos peritos y que incurrieron en una "alteración consciente
y
deseada".
LA AUDIENCIA DIJO QUE NO HUBO MALICIA
Además, denunciaban la "incongruencia" de la sentencia recurrida
al
no mencionar en la misma la negativa de ambos peritos a contestar las
preguntas
en la vista de la acusación, estimando en este sentido que esta
circunstancia
es "prueba indiciaria de culpabilidad" y teniendo en cuenta que
existían
"otras importantes pruebas de cargo que avalaban la condena".
La sentencia señaló que los informes cuestionados "no
deben
calificarse de maliciosamente injustificados ni siquiera de forma no
sustancial",
si bien aclara que "pudieran ser discutibles los juicios de inferencia"
que
ambos efectuaron sobre el estado mental de la enferma --B.M.G.-- y su
capacidad
para otorgar testamento el 4 de marzo de 1987 cuando se encontraba
ingresada
en una clínica sevillana, 27 días antes de morir.
Añadía el fallo que los peritos que acudieron a las
sesiones
del juicio llegaron a "conclusiones dispares aunque matizadas",
valorando
"de forma distinta" las bases fácticas que constituyen el
soporte
de sus informes, y que "desde esta óptica también deben
ser
valorados" los emitidos por los acusados.
En este sentido, resulta "esclarecedor" lo declarado en el acto del
plenario
por el perito designado por el juzgado cuando, respecto a las
conclusiones
de otros peritos, admitió que las manifestaciones de sus colegas
"puedan
ser discrepantes" de las suyas, por lo que "no hay motivo para estimar
que
las de éstos contradicen de forma radical aquella hasta el
extremo
de ser acreedoras del reproche penal".
Por ello, según concluyó la Audiencia, "no se aprecia que
de
forma maliciosa los acusados hayan faltado a las obligaciones del
encargo
recibido", como recoge el artículo 459 del Código Penal
cuando
se refiere al delito de falso testimonio en cuanto a "faltar a la
verdad
maliciosamente en los dictámenes de los peritos o
intérpretes",
aspecto que recogió especialmente la sentencia.
Los informes periciales realizados en 1999 por Frontela y
Rodríguez
Sacristán indicaron la falta de capacidad mental de B.M.G.
cuando
el 4 de marzo de 1987 firmó su testamento, en el cual dejaba una
herencia
de unos seis millones de euros a dos sobrinos y a dos empleados que la
cuidaron
hasta su muerte, el 31 de marzo del mismo año, cuando contaba
con
79 años.
El testamento fue recurrido por dos sobrinos excluidos del reparto y
anulado
en el año 2000 por la Sección Sexta de la Audiencia en
base
a los informes de ambos catedráticos en los que se
reconocía
la incapacidad de la anciana en el momento de la firma y que fueron
trascendentales
para justificar la sentencia que anulaba el testamento.
EUROPA PRESS; vie, 22/10/2004
COMUNIDAD VALENCIANA .- De Rosa dice que la colaboración entre
los
peritos judiciales y la administración repercute en favor de los
ciudadanos
El secretario autonómico de Justicia e Interior, Fernando de
Rosa,
valoró hoy la profesionalidad de los peritos judiciales y su
estrecha
colaboración con la Administración de Justicia, puesto
que,
según dijo, "esta relación repercute positivamente en el
servicio
que se presta al ciudadano", informaron fuentes de la Generalitat.
De Rosa inauguró hoy la primera edición de 'El Congreso
Nacional
de Profesionales de la Pericia Judicial', que se celebrará entre
hoy
y mañana en la Ciudad de la Justicia de Valencia, y que ha sido
organizado
por el Consejo General de Peritos Judiciales y Colaboradores con la
Administración
de Justicia, así como distintas asociaciones de este colectivo.
Fernando de Rosa explicó que "todos los servicios periciales
prestados
tienen la misión de tasar bienes, esclarecer hechos acontecidos,
inspeccionar,
averiguar, valorar daños y reconstruir todo tipo de causas, con
la
finalidad de aportar pruebas o testimonios técnicos para que
sean
consideradas en procedimientos judiciales, mediante informes, y/o
presencialmente
en juzgados", dijo.
El secretario autonómico de Justicia e Interior explicó
que
"los peritos judiciales pueden ser nombrados por un juez para la
realización
de una prueba pericial, cuando la apreciación de hechos
controvertidos
requiere de sus conocimientos y experiencia, o pueden ser propuestos
por
alguna de las partes en un juicio, para que la asesore y aporte su
conocimiento
en defensa de los intereses del contratante con relación a una
prueba
pericial".
En este sentido, Fernando de Rosa subrayó que "es ampliamente
conocida
la dificultad que enfrenta el profesional del derecho en el momento de
la
realización de una prueba pericial que, probablemente,
decidirá
el resultado del juicio", de ahí, dijo, que "resulte vital
contar
con expertos altamente cualificados en el tema específico de la
pericia,
ya que un error en su asesor o consultor técnico puede inducir
al
Magistrado a decidir en contra de los intereses de su parte".
En este primer encuentro, donde se pondrán en común
aspectos
relacionados con la labor de estos profesionales, participan destacadas
personalidades
del TSJ de la Comunidad Valenciana, de la Fiscalía, del Consejo
General
de la Abogacía Española, del Consejo Valenciano de
Colegios
de Procuradores de la Comunidad Valenciana y del Consejo Valenciano de
Colegios
Oficiales de Graduados Sociales, entre otros órganos judiciales.
ULTIMA HORA vie, 01/10/2004
Los peritos de Balears denuncian la falta de regulación de su
oficio
Los peritos judiciales de Balears no gozan de la regulación
profesional
necesaria y, en la mayoría de los casos, carecen de la
formación
suficiente en materia procesal para intervenir en juicios, según
argumentó
ayer en Palma Concha Gil, presidenta del comité organizador del
próximo
Congreso Internacional de Profesionales de la Pericia Judicial. Gil,
que
participó en el coloquio «La figura del perito de parte en
la
Ley de Enjuiciamento Civil», afirmó ayer que estas
carencias
son comunes al resto del Estado.
EL MUNDO, lun, 20/08/2001
Mario Conde
TRIBUNA / DIFERENCIAS ENTRE BANESTO Y GESCARTERA Peritos judiciales y
Banco
de España Mario Conde compara en este artículo la
diferente
respuesta dada por el Banco de España a los jueces, ante su
petición
de peritos, en el «caso Gescartera» y en el «Caso
Banesto»,
del que es el principal protagonista.
Uno de los más peligrosos inconvenientes que conlleva la
utilización
de las instituciones del Estado, y en particular sus terminales
judiciales,
al servicio de una finalidad sustancialmente política, reside,
curiosamente,
en la falta de memoria. Se olvidan los artificios jurídicos que
se
utilizaron para revestir de ropaje aparentemente legal a decisiones
nacidas
en el corazón de la versión más lamentable de la
llamada
Razón de Estado Y, de repente, por la interacción de
circunstancias
diversas, la artificiosidad empleada se presenta obscena ante los ojos
de
un observador imparcial.
Días atrás la prensa daba cuenta de que la juez Palacios,
instructora
del caso Gescartera, solicitó al Banco de España que le
asignara
10 funcionarios de tan poderosa institución para que ejercieran
labores
periciales en las diligencias abiertas en su juzgado. El Secretario
General
del otrora instituto emisor remitió, al parecer, un escrito a la
magistrada
en el que, según referencias de prensa, aseguraba a la
Instructora
que «al Banco de España no se le encomiendan funciones de
carácter
pericial», y que es a la Agencia Tributaria a quien corresponde
designar
a los peritos reclamados. Confieso que dí un respingo sobre la
silla
de la terraza del casino de Pollensa en la que consumía un
matutino
café mientras daba cuenta de la prensa del día y
volé
por algunos instantes hacia ciertos pormenores del caso Banesto.
El Fiscal Ortí -hoy penalista privado del despacho Garrigues-
siguiendo
instrucciones del Gobierno socialista transmitidas por los canales
jerárquicos
adecuados, interpuso una querella criminal contra algunos antiguos
miembros
del consejo de administración de Banesto un inolvidable 14 de
Noviembre
de 1.994, casi 11 meses después de la decisión
política
de intervenir Banesto.
Dos días mas tarde, el juez Instructor, García
Castellón
a quien siempre consideraré en mi fuero interno un juez ad hoc
para
el caso se dirigía al Banco de España
solicitándole
dos funcionarios para ejercer funciones periciales.
Con una celeridad realmente sorprendente, la Providencia del juez llega
ese
mismo día al Banco Central y, en un alarde de infinita eficacia
en
la colaboración con la Justicia, el instituto emisor despacha el
asunto
el propio día 16, y el entonces director general de
Inspección,
José Pérez, -hoy empleado del BBVA- designa para tal
finalidad
a dos sorprendentes personajes: Román y Monje, quienes,
continuando
con la inusitada celeridad, tomaron posesión de su cargo en el
juzgado
al día siguiente. Todo ello rodeado del secreto de las
actuaciones,
de forma que nos enteramos de este proceder judicial muchos meses
después.
Le razonamos a García Castellón que nos parecía
mucho
más acorde con la buena fe procesal que solicitara las funciones
periciales
a otro órgano del Estado, porque el Banco de España
estaba
directa e inmediatamente involucrado con el proceso penal y su filial
Fondo
de Garantía de Depósitos aparecía como
acusación
particular. No nos hicieron caso.
Al conocer los nombres de los encargados de la misión, el
razonamiento
fue todavía más elemental: Monje y Román,
además
de ser los inspectores permanentes de Banesto desde 1.988, estamparon
su
firma en el Acta de Inspección que sirvió para justificar
a
posteriori el inexistente «desfase patrimonial» de Banesto.
Por
tanto, si actuaban como peritos lo serían de sus propias
acusaciones,
lo cual en nuestra opinión ofende a la lógica y pulveriza
la
imprescindible estética.
Los informes de ambos demostraban, entre otras cosas, una indisimulada
animadversión
sobre nosotros, en particular sobre mi persona, posiblemente porque me
consideraban
el causante real de los males -cárcel incluida- que asolaron los
últimos
años de vida política de su verdadero jefe, el ex
gobernador
Mariano Rubio. Por si fuera poco, ambos tenían interés
personal
y directo en el asunto porque si las cosas no salían como fueron
programadas
en el momento de decidir la ocupación de Banesto, podrían
acabar
respondiendo con su patrimonio de los desperfectos ocasionados con su
actuación.
Sigo sin entender que la elementalidad del alegato no mereciera su
acogimiento
por el instructor.
La Audiencia Nacional tramitó un llamado «incidente de
recusación»
en el que uno de los dos «peritos», reconoció -por
fin
algo de sinceridad- que prefería que los jueces le dieran la
razón
al Banco de España y no a nosotros, demostrando lacerantemente
su
interés directo en el territorio en el que debían actuar
con
una neutralidad pericial que se convertía en un imposible
ontológico.
Se les mantuvo en el cargo de peritos.
Lo más alucinante sucedió cuando descubrimos un
increíble
documento elaborado por los susodichos Monje y Roman antes de
presentarse
la querella. Se trababa de una descripción de las operaciones
que
el fiscal Ortí incluyó en su escrito contra nosotros. Lo
alucinante
consistía en que el texto de la querella del fiscal y el del
informe
de los «peritos» coincidían literalmente.
Incluso en un detalle que roza la comicidad: el informe de Román
y
Monje citaba a Luis Diez Orueta con un error mecanográfico. La
querella,
redactada tiempo después, comete el mismo error.
No se trataba sólo de que el informe de los funcionarios del
Banco
de España sirviera de base para que el fiscal presentara la
querella,
sino que Ortí se limitó a copiar el texto que ambos le
entregaron,
incluyendo en su querella los mismos desperfectos
mecanográficos.
Demostramos este extremo no sin cierto rubor porque albergamos
formación
jurídica y, aunque maltratada hasta extremos impensables por la
experiencia
vivida, todavía deseábamos retener una mínima
estética
de confianza en el funcionamiento de nuestra Justicia.
Nuestro rubor no fue compartido por los jueces que mantuvieron a los
ínclitos
Monje y Román en su función pericial a pesar de cuanto he
descrito.
Lo de menos fue que al prestar su declaración ante la Sala
quedó
tan patente su animadversión hacia nosotros que una pluma tan
escasamente
cuidadosa con la verdad en el caso Banesto como la del argentino
Ekaizer
tuvo que reconocer, con notorio disgusto, que ambos demostraron ante la
Sala
una falta de objetividad incompatible con la labor pericial. Ni aun
así.
Gracias a Gescartera y a la pérdida de memoria, unida al cambio
de
personas en la regencia del Banco de España, disponemos de mayor
luz.
Ahora resulta que el problema no habita en los intereses
contradictorios,
la ausencia de objetividad, peritar las propias acusaciones, sentir
animadversión
notoria o ser los verdaderos autores de una querella que se
limitó
a firmar el fiscal. Es más simple: que al Banco de España
no
le corresponden esas funciones periciales.
Al parecer, el informe del secretario general de la institución
financiera
dirigido a la juez Instructora cita los textos legales en los que
fundamenta
tal decisión. De ser jurídicamente correcto su aserto
resultaría
que ni García Castellón, el instructor, ni Ortí,
el
fiscal, ni Pérez, el Director del Banco de España, ni los
nombrados
para el oficio pericial, conocían la existencia de tales
disposiciones
legales. Tampoco, en consecuencia, la sala que los mantuvo en sus
funciones.
Si el Banco de España no puede peritar en un asunto como el de
Gescartera,
que le es ajeno, ¿cómo entender que asumiera el papel
pericial
en un caso, como el de Banesto, en el que aparecía involucrado
hasta
las cejas y en el que inevitablemente se constituía en juez y
parte
al propio tiempo?
Cabe una explicación: que esos textos legales que alejan al
Banco
de España de funciones periciales en procesos penales
públicos
sean posteriores a la sentencia del caso Banesto, que se elaboraron una
vez
concluido nuestro juicio. En tal caso la obscenidad de lo sucedido en
la
utilización judicial de una institución como el Banco de
España
sería, si cabe, mayor.
Nuestro proceso penal todavía no ha concluido dado que el
recurso
de casación ante el Tribunal Supremo sigue vivo y por respeto al
más
Alto Tribunal asumimos el silencio hasta que el camino judicial
finalice.
Tiempo habrá porque para la verdad nunca es tarde, como ya he
demostrado
en el caso Argentia Trust. Pero considero ilustrativo para la realidad
mediática
actual recodar lo que sucedió con nosotros y los falsos peritos
del
Banco de España.
Mario Conde
(CONTINUARÁ)
SE RECOMIENDA:
Contraperitaje contra perito corrupto en http://www.cita.es/adese/peritaje.htm
Carta a la Ministra de
Cultura en http://www.cita.es/adese/ministra.htm
Sobre la corrupción ver http://www.cita.es/corrupciones
Sobre la corrupción
policial ver http://www.cita.es/policial
Corrupción
judicial en http://www.cita.es/jueces/expedientados
Sobre corrupciones
periciales de funcionarios ver http://www.cita.es/corrupciones/periciales/funcionarios
http://www.cita.es/corrupciones/periciales/universitarias
y http://www.cita.es/peritos/incompatibles
Más información y referencias sobre corrupciones
periciales:
Por
Miguel
Angel Gallardo Ortiz , Criminologo, Ingeniero y
Perito Judicial
www.cita.es
Apartado Postal (P.O. Box) 17083, E-28080
Madrid, España (Spain)
Tel.:914743809, Móvil: 619776475 E-mail:
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