Y por otra parte,
en lo que sigue el CLIENTE que desea que CITA dictamine pericialmente
a efectos judiciales, firman el presente contrato de servicios, de acuerdo
con las siguientes ESTIPULACIONES:
1ª El interesado entregará copia a CITA de la documentación disponible así como de cualquier testimonio que bajo la responsabilidad del interesado deba de ser considerado para la elaboración del dictamen. Si la documentación proporcionada a CITA está marcada con la palabra "CONFIDENCIAL", o se acuerda expresamente la reserva, discreción o secreto de alguno de los datos o documentos del CLIENTE, CITA lo respetará en toda su extensión legal.
2º Además del obligado cumplimiento de todas las disposiciones legales vigentes, y muy especialmente de lo dispuesto en las leyes de enjuiciamiento en relación a la prueba pericial, y a la presentación y ratificación del dictamen de peritos, CITA se compromete a prestar razonablemente servicios de heurística (para la búsqueda de datos útiles para fundamentar el dictamen), hermenéutica (para la interpretación de lo proporcionado por el CLIENTE y lo averiguado por la propia CITA), métrica (para la cuantificación y valoración oportuna) y didáctica (para la comprensión por el CLIENTE y los juristas que accedan al dictamen con expresa autorización).
3º En caso de incumplimiento demostradamente doloso por parte de CITA, el CLIENTE podrá reclamar por escrito la devolución de la cantidad que haya anticipado si se demuestra inequívocamente que en el dictamen final se han ignorado datos o extremos muy relevantes, perjudiciales e irreparables. CITA se reserva el derecho de formular consultas vinculantes para el CLIENTE sobre el alcance y precisión del dictamen de manera confidencial, sin que ningún borrador pueda ser utilizado en modo alguno por el CLIENTE, quedando éste obligado a su inmediata devolución o destrucción, o a compensar a CITA, al menos, con el doble del importe total del dictamen utilizado indebidamente, por cada vez. El pago completo del importe del dictamen supone la expresa aceptación del CLIENTE del trabajo hecho por CITA, dándole derecho a utilizar el dictamen única y exclusivamente para fines jurídicos, salvo pacto posterior en contrario, o expresa y escrita autorización de CITA, que en cualquier caso será única propietaria de su Copyright.
4º Si con posterioridad a la entrega del dictamen en el juzgado se descubriesen errores suficientemente relevantes como para afectar directa y negativa e irreparablemente a los intereses del CLIENTE por su trascendencia en la sentencia judicial, y tales errores fuesen por completo responsabilidad inequívoca de CITA, el CLIENTE podrá reclamar por escrito a CITA el doble de la cantidad pagada por el dictamen final, como excepcional concesión de CITA en "compensación por devolución del doble" al CLIENTE.
5º Este contrato se formaliza con la firma de los contratantes, pudiendo ser enviado por correo certificado, pero para que sea provisionalmente válido es también imprescindible que el CLIENTE haya hecho una provisión de fondos de X1 pesetas. Desde su validez provisional, en menos de X2 días CITA hará al CLIENTE una oferta económica X3, y de plazo de entrega X4 definitiva por sus servicios periciales, salvo que exista impedimento o motivos razonables para cerrar el presupuesto. En caso de que el CLIENTE acepte el presupuesto X3 y el plazo X4, deberá hacer lo antes posible el ingreso del resto de la cantidad, con lo que se formalizaría el compromiso de CITA de entregar el dictamen en el plazo X4 que se acuerde en ese mismo presupuesto. En caso de que se rechace el presupuesto de CITA, el cliente podrá reclamar por escrito el 40% de la cantidad X1, deduciéndose de ella todos los gastos en los que haya incurrido CITA, esto es, facturando CITA el 60% más los gastos en que haya incurrido CITA, devolviendo el resto de X1 al CLIENTE.
6º Toda comparecencia en Juzgado, o cualquier reunión, valdrá 40.000 pesetas, y la ratificación del dictamen por 80.000 pesetas por cada día de presencia del perito en la Sala, o a su disposición, con independencia del importe del dictamen o su provisión.
Este contrato de servicios periciales se regirá por las leyes españolas, y renunciando a cualquier otro fuero para resolver disputas o desacuerdos, las partes declaran someterse a los tribunales de Madrid capital.
Fdo.: El CLIENTE y CITA en http://www.cita.es/contrato/pericial
Teléfono móvil 619776475 y E-mail: miguel@cita.es