La peritación de expertos en el arbitraje
Una entrevista informal con el Prof. Dr. Bernardo M. Cremades
en Madrid, miércoles 13 de julio de 2005
Si hay alguien en el mundo actual que pueda conocer todos los aspectos, elementos
y fenómenos relacionados con el arbitraje, es el Catedrático
y árbitro internacional Bernardo M. Cremades cuyo Curriculum
Vitae evidencia formación, experiencia y vocación de árbitro
internacional. Recientemente el "The International Who´s Who of Business
Lawyers" le ha considerado el abogado español líder en experiencias
en arbitraje commercial ("lading lawyer for commercial arbitration expertise").
Cuando nos interesamos por las pericias relacionadas con el arbitraje, D.
Bernardo empieza por considerarla como una institución paralela a
la resolución de conflictos cuya principal utilidad es convencer de
algo relevante para los árbitros y considera fundamental la prueba
pericial en cualquier peritaje cuya disputa principal no sea obvia.
Sin embargo, cuando le pedimos casos y detalles de interés pericial,
D. Bernardo nos diferencia entre arbitrajes nacionales e internacionales
en primer lugar, y de estos últimos los comerciales cuya confidencialidad
debe ser absoluta, de los que protegen inversiones y afectan a estados, cuya
publicidad es más que recomendable, una obligación formal de
los tratados. Resulta especialmente interesante el arbitraje en el Banco
Mundial del que nos proporciona abundante información y numerosas
referencias que le agradecemos sinceramente.
Las partes que acuden al arbitraje en el Banco Mundial deben aceptar que
su caso se haga público, e incluso que se acepten escritos de “amicus
curie” que son los de los afectados o interesados en el asunto sin ser parte
en el arbitraje manifestando opiniones, consideraciones o alegaciones que
deberían de estar apoyadas en el testimonio de expertos. Existen algunos
casos de especial interés, como los que afectan al medio ambiente,
en los que es frecuente que los afectados y las organizaciones no gubernamentales
puedan seguir por videoconferencia los actos. Otros son más privados,
como los que enfrentan a “competidores a muerte”, en los que conocer las
argumentaciones técnicas del contrario, o cualquier información
que llegue a terceros ajenos a la disputa, puede tener serias consecuencias
empresariales.
Un tipo de pericias de especial trascendencia valoran “dañum emergens”
y “lucrum cesans”, y aunque el papel admite todo tipo de creatividad pericial,
los modelos econométricos deben ser precisos y pertinentes, por estar
basados en supuestos aceptables que habrán de ser discutidos por los
peritos de las partes.
Los principales problemas procesales que D. Bernardo M. Cremades encuentra
en el arbitraje para provocar indeseables judicializaciones son:
1.- Cláusula arbitral patológica, en la que no se especifica
correctamente la corte, los árbitros, el lugar u otros datos que tienen
que ser interpretados por jueces, de alguna manera rellenando lo que falta
en la cláusula arbitral.
2.- Laudo no adecuado, en el que una parte pide la nulidad al poner en duda
la imparcialidad, el criterio, o los hechos que se han probado (o no) durante
el arbitraje. Un caso muy especial, que D. Bernardo narra con auténtica
pasión de jurista “creando derecho”, es el de un reciente caso en
el que él ha sentado un importante precedente evidenciando que hay
árbitros que declarándose competentes, luego no arbitran en
toda la extensión de su competencia, o no entran en el fondo del asunto,
es decir, ignorando una parte sustancial de la controversia. En este sentido,
D. Bernardo se siente especialmente orgulloso por haber conseguido que una
corte reconsidere un laudo para entrar en el fondo de un importante asunto
que antes parecía haber sido evitado por los árbitros formalmente
competentes.
3.- Materia de ejecución, porque los árbitros no tienen potestad
de ejecución forzosa, y los jueces sí. Pero lamentablemente,
entre el mundo del arbitraje y el poder judicial actualmente no existen las
relaciones que serían deseables, y falta coordinación, porque
antes las ejecuciones dependían del Tribunal Supremo, y ahora, por
el artículo 8 de la Ley del 2003, dependen de los Juzgados de Primera
Instancia, o en algunos casos, en los nuevos Juzgados de lo Mercantil cuando
afecten al derecho societario, y las siempre controvertidas anulaciones de
laudos de las Audiencias Provinciales, siendo una auténtica “ruleta”
la que puede determinar las ejecuciones o anulaciones de laudos que se judicializan.
Existe un proyecto de ley que previsiblemente tratará de evitar la
indeterminación y la descoordinación en materia arbitral judicializada.
D. Bernardo destaca un arbitraje que evidencia la importancia que el Reino
de España da al arbitraje a pesar de no haber sido favorecida por
el laudo, que acata y cumple pagando sin poner dificultades. Se trata del
caso Maffecini-SODIGA contra el Estado español por el que se compensa
a un inversor argentino que acude al arbitraje del Banco Mundial. Otros países,
cuando pierden un laudo hacen todo lo posible por cambiar las reglas del
juego, demorar los pagos, etc. Pero nuestro protagonista cree que España
tiene mucho que cambiar si quiere ser un centro internacional de arbitraje,
porque si no funciona la Administración de Justicia, tampoco puede
funcionar el arbitraje, ni el nacional, ni el internacional.
Cuando nos interesamos por el “quién es quién”, especialmente
por cuanto pueda afectar a la prueba pericial, D. Bernardo diferencia entre
1. Partes, 2. Árbitros y 3. Institución que administra el arbitraje.
Por lo general, la selección de peritos no depende de listas sino
que son seleccionados libremente por las partes tras una negociación
privada, aunque existe un Centro de Peritaje de la Cámara de Comercio
Internacional cuyo director puede ofrecer una lista a los árbitros.
Un aspecto importante es el de la economía del arbitraje, que D. Bernardo
desglosa en los siguientes apartados:
1.- Institución arbitral, que siempre pretende reducir al máximo
sus costes
2.- Árbitros, que suelen ser ridículos
3.- Abogados de las partes (la gran partida)
4.- Peritos, casi siempre negociados sobre presupuesto
5.- Demás gastos (desplazamientos, hoteles, etc).
Los clientes afrontan el arbitraje con dos tipos de estrategias económicas
muy distintas, porque unos tratan de minimizar los gastos, y otros de optimizarlos
según la psicología de las partes.
Cuando el arbitraje afecta a los Estados, D. Bernardo se ha encontrado con
grandes sorpresas porque algunos países muy poderosos pueden llegar
a ser cicateros, mientras que otros pequeños y con escasos recursos
pueden dar mucha importancia, también económica, al procedimiento
arbitral y a sus necesidades materiales. Se insiste en que en España
sí hay conciencia de esta importancia internacional, tanto en del
Ministerio de Economía, como en el de Asuntos Exteriores de los que
dependen estos procedimientos.
Como anécdota ilustrativa, D. Bernardo recuerda el arbitraje del histórico
conflicto entre SEAT y FIAT, hace ya muchos años. Cree que lo que
más influyó en los árbitros fue un automóvil
SEAT coloreado en sus partes modificadas del modelo FIAT en amarillo, las
originales en rojo, que fue presentado como colofón de una magnífica
prueba pericial.
Uno de los temas que quedó pendiente fue “las nuevas tecnologías
para le arbitraje” y el “arbitraje en las nuevas tecnologías”, pero
de la cuidada biblioteca de su despacho D. Bernardo nos ofreció la
interesante referencia de la publicación del “International Court
of Arbitration” titulada “Using Technology to Resolve Business Disputes
” (ICC, octubre 2004) y nos pareció prudente estudiar un poco más
antes de enfocar este último tema.
También nos facilitó copia de una interesantísima relación
de casos pendientes de arbitraje en el Banco Mundial, y un informe estadístico
del año 2003 del boletín de la Internacional Court of Arbitration
(ICC, Vol. 15/Nº1 Spring 2004).
Agradecemos al Prof. Dr. Bernardo M. Cremades su paciencia, amabilidad y
generosidad al habernos atendido en la mañana del miércoles
13 de julio de 2005.
Miguel Angel
Gallardo Ortiz
, Informático,
Criptólogo, Ingeniero de Minas, Criminologo y Perito
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