A la atención de Dª Almudena Lastra de Inés, y a quien pueda interesar

Letrada de la Unidad de Atención al Ciudadano del CGPJ

Consejo General del Poder Judicial, Tel.: 917005868, Fax: 917005867

C/ Trafalgar, 27-29, 28071 Madrid                  y e-mail: atencion.ciudadano@cgpj.es


En respuesta a su escrito con Ref.: 010521/2004 y fecha de salida de registro 15 de diciembre nº 22/53478 debo manifestar y hacer público que manifiesto lo sigueinte:

1.- Lo ocurrido en el Juzgado de Instrucción 22 durante los últimos años es mucho más grave y preocupante de lo que Vd. admite en su escrito, y en él hay presentados varios escritos míos que no puede negar el funcionario encargado cuya identificación solicito a los efectos de solicitar su testimonio cuando interponga una denuncia en la Fiscalía como pretendo hacer si en el plazo de un mes no recibo una respuesta más satisfactoria. La pregunta para ese juzgado es ¿cuándo y cómo podre cobrar los honorarios debidos desde hace muchos años?

2.- En su escrito Vd. no hace referencia al mío de fecha 13 de noviembre respuesta al suyo con Ref.: 062480/2004 en el que se relacionan otras causas con impagados periciales, por lo que insisto en recordarle todos y cada uno de los honorarios ya reclamados, repito, con Ref.: 062480/2004.

3.- Es judicialmente gravísimo que 2 juzgados extravíen las diligencias en las que he probado que he sido nombrado perito de oficio. Entiendo que es un asunto que debe de conocer la Fiscalía, y ya que en otras ocasiones ha sido el CGPJ el que ha trasladado a la Fiscalía escritos pretendiendo reprimir y castigar la libertad de opinión, insto formalmente al CGPJ para que ponga en el conocimiento de la fiscalía los asuntos en los que se hayan extraviado los expedientes que me consta que son el El Juzgado de Instrucción Nº 12 de Madrid, que ha extraviado las Diligencias Previas 5388/98-G, y el Juzgado de Instrucción Nº 44 de Madrid también ha extraviado las Diligencias Previas 4705/97 –A, en las que con la máxima urgencia perité en una causa preso.

4.- La perversión del procedimiento de pago a los peritos designados de oficio es tal, que nunca, en ningún caso, se me ha avisado de que ya podía cobrar los honorarios, y por lo tanto, tengo que enviar escritos, hacer llamadas perder mucho tiempo y esfuerzos para no obtener nada, como puede verse en el resto de los casos. Destaca por su maligna perversión lo ocurrido con las diligencias previas de los juzgados de Arganda del Rey en las que he sido perito, y sobre las que insisto en exigir su inmediata localización e informe sobre la forma de cobrar mis honorarios, que le recuerdo que están en las Diligencias Previas 483/98-2 del Juzgado de Instrucción Nº 2 de Arganda del Rey y en Procedimiento Abreviado 30/00 del Juzgado de Instrucción Nº 3 de Arganda del Rey.

A la vista de su incapacidad para comprender las incalificables dificultades de cobro de este perito he decidido exponer con la mayor publicidad a mi alcance este requerimiento, junto a los a los anteriores, en http://www.cita.es/CGPJ

Fdo:: Miguel Ángel Gallardo Ortiz, Perito con teléfono móvil 619776475.
ESCRITO ANTERIOR:
A la atención de Dª Almudena Lastra de Inés, y a quien pueda interesar
Letrada de la Unidad de Atención al Ciudadano del CGPJ
Consejo General del Poder Judicial, Tel.: 917005868, Fax: 917005867
C/ Trafalgar, 27-29, 28071 Madrid                 y e-mail: atencion.ciudadano@cgpj.es

Escrito publicado en http://www.cita.es/CGPJ

En respuesta a su escrito con Ref.: 062480/2004 de fecha 3 de noviembre de 2004, y reservándome todos los derechos que puedan corresponderme, incluyendo expresamente la presentación de una RECLAMACIÓN PREVIA al Ejercicio de la ACCIÓN CIVIL contra el Consejo General del Poder Judicial, y también la máxima publicidad a mi alcance, le detallo una relación de juzgados y procedimientos que son bien conocidos por el CGPJ por escritos anteriores evidenciando así una absoluta y total descoordinación, incompetencia, negligencia, desconsideración y vergonzosa ineptitud por parte del CGPJ para atender todos y cada uno de los siguientes asuntos:

PRIMERO.- El Juzgado de Instrucción Nº 12 de Madrid, ha extraviado las Diligencias Previas 5388/98-G en las que yo fui perito, haciéndome imposible el cobro de mis honorarios. Se da la circunstancias de que he podido conocer por la prensa (EL PAIS, 06/08/2004) que en ese mismo juzgado, y en otro caso, “Desde que el fiscal calificó por primera vez los hechos en 1991 y hasta que el Juzgado 12 de Madrid, el que instruyó la causa, dio traslado a los abogados para que hicieran sus alegaciones y respectivos escritos transcurrieron más seis años. En esos seis años la causa estuvo en las estanterías del juzgado sin moverse. Años después, se elevó a la Audiencia de Madrid, instancia que, tras otra reforma legal, la remitió nuevamente al juzgado instructor, el número 12 de la plaza de Castilla, para que convirtiese las diligencias en un procedimiento abreviado, puesto que inicialmente se incoaron como sumario. En el juzgado, la causa volvió a estar otros tantos años parada y sin impulso alguno...” “...En esos seis años, el único papel que se incorpora a la causa es uno que da cuenta de la muerte de José Manuel Sáiz de Baranda, uno de los presuntos cabecillas de la estafa y entonces secretario del Tribunal de Cuentas del Estado”.

SEGUNDO.- El Juzgado de Instrucción Nº 22 de Madrid, no ha respondido a ninguno de mis requerimientos para que se me abonen los honorarios periciales de las Diligencias Previas 793/98-19. Se da la circunstancia de que, sobre el mismo juzgado 22 también se ha publicado (con fecha 29/07/2004) que “La Comisión Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) suspendió ayer en sus funciones, durante un tiempo máximo de seis meses, al magistrado Rafael Alonso Dorronsoro, mientras se tramita el expediente disciplinario abierto contra él por dilaciones indebidas en la tramitación de una causa por narcotráfico. Algunos de los imputados en esa causa están a punto de cumplir los cuatro años máximos de prisión preventiva”.

TERCERO.- Los Juzgados de Primera Instancia e Intrucción 2 y 3 de Arganda del Rey han ejercido todo su poder coactivo sobre este perito, pero como bien sabe el letrado del CGPJ magistrado Jefe de Sección, Luis Vacas García-Alós, ni las Diligencias Previas 483/98-2 del Juzgado de Instrucción Nº 2 de Arganda del Rey, ni las instruidas por la Magistrada titular del Juzgado de Instrucción Nº 3 de Arganda del Rey, Inmaculada López Candela, en el que yo fui perito en el Procedimiento Abreviado 30/00, han podido ser localizadas pese a mis insistentes requerimientos y denuncias a ambos juzgados, al decanato de Alcalá de Henares del que parecen depender, y también a este mismo CGPJ por muy diversos procedimientos bien documentables. Se da la circunstancia de que por la prensa se ha podido saber que en los mismos juzgados en los que resulta tan difícil poder cobrar peritajes con la mayor rapidez sí que son capaces de comprar e instalar una caja fuerte Zeus 21 modelo M-201 para custodiar una sentencia de divorcio, sin reparar en gastos.

CUARTO.- El Juzgado de Instrucción Nº 3 de Getafe, en las Diligencias Previas del Procedimiento Abreviado 816/2000 que continúa las iniciadas por el Juzgado de Instrucción Nº 45 en Procedimiento abreviado 4197/99- N en el que fui designado perito, me ha requerido coactivamente en numerosas ocasiones teniendo que personarme repetidas veces hasta llegar a formarme la peor opinión que se me permita manifestar sobre la inteligencia, capacidad y eficacia del juez y del fiscal, mientras siguen haciendo imposible que pueda cobrar ni siquiera una parte de los honorarios debidos que parece estar bien dispuesta a provisionar la parte denunciante. La actitud y las decisiones del juez instructor no resisten un análisis serio que espero poder hacer comparativa y públicamente porque creo que alguien debería de juzgar a los jueces técnicamente incapaces que además pretenden disponer libre y permanentemente de recursos ajenos sin ocuparse ni en lo más mínimo de los derechos de este perito.

QUINTO.- El Juzgado de Instrucción Nº 44 de Madrid también ha extraviado las Diligencias Previas 4705/97 –A, en las que con la máxima urgencia perité en una causa preso, y resulta imposible cobrar mis honorarios sin la certificación del secretario.

SEXTO.- En la Audiencia Nacional el Juzgado Central de Instrucción Nº 3 en las Diligencias Procedimiento Abreviado 53/96 y el Judicial del Juzgado Central de lo Penal en el "Expediente de Jura de Cuentas núm. 13/98" se desentienden de todos los requerimientos de este perito al que ellos mismos nombraron, al igual que parece hacerlo el Consejo General del Poder Judicial.

Todos estos hechos son fácilmente evidenciables a la vista de los expedientes judiciales (siempre que no se hayan extraviado en cuyo caso entiendo que son testigos de mis servicios periciales el secretario judicial y el oficial responsable del procedimiento en el que fui nombrado), y ya constan en cada caso reiteradas solicitudes, requerimientos y denuncias al CGPJ que han resultado completamente inútiles o ignoradas, o incluso contraproducentes (señalo como testigo a letrado del CGPJ magistrado Jefe de Sección, Luis Vacas García-Alós que dio traslado a la fiscalía de lo que a la fiscalía en nada afecta, pero sin dar a la fiscalía lo que la fiscalía sí que debería haber conocido) para hacer efectivos los derechos de este perito a cobrar sus honorarios al amparo de lo dispuesto en el artículo 465 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que por si fuera necesario recordarlo, he publicado en la página de Internet http://www.cita.es/criminalista
 
Este mismo escrito queda publicado en http://www.cita.es/CGPJ

Para su conocimiento y efectos en Madrid, a 13 de noviembre de 2004

Miguel Ángel GALLARDO ORTIZ, con DNI 7212692-D y domicilio a efectos de notificaciones en C/ Fernando Poo, 16 Piso 6º B, 28045 Madrid.
Tel.: 914743809, Móvil 619776475, Fax: 902998379 y e-mail miguel@cita.es
perito
Se recomienda ver la página dedicada a las actuaciones de la Comisión Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial y a los expedientes disciplinarios a jueces o incidentes judiciales graves publicada en http://www.cita.es/jueces/expedientados