Referencia del Consejo de Ministros
del viernes, 17 de febrero de 2006
ANTEPROYECTO DE RÉGIMEN
DISCIPLINARIO DEL CUERPO NACIONAL DE POLICÍA
- Se trata de una reforma legal para mejorar el régimen de
derechos y deberes de los funcionarios de este Cuerpo.
El Consejo de Ministros ha recibido un Informe
del Ministro del Interior sobre el Anteproyecto de la Ley
Orgánica para mejorar y modernizar el régimen de derechos
y libertades de los funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía.
Así, y tal y como figura en la
Exposición de Motivos de la Ley, el Ministerio del Interior
“trata de dotar al Cuerpo Nacional de Policía de un
régimen disciplinario plenamente adaptado a la realidad de
nuestro tiempo, a través de una ley propia y exclusiva, que
permita conciliar las reivindicaciones de sus integrantes con las
garantías derivadas de la misión encomendada por la
Constitución y que, en suma, contribuya a mejorar y perfeccionar
el régimen estatutario de una institución policial del
siglo XXI”.
Dos décadas sin modificaciones
La nueva Ley Orgánica sustituirá
al régimen actual de los miembros del Cuerpo Nacional de
Policía, que está contenido en dos artículos de la
Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, de 13 de marzo
de 1986, y en el Reglamento de Régimen Disciplinario, aprobado
por un Real Decreto de 14 de julio de 1989.
Esta reforma se enmarca en el proceso de
modernización de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado
en el que está comprometido el Ministerio del Interior y que
incluye, además, mejoras retributivas y de las condiciones de
seguridad y, en general, de las condiciones de trabajo, así como
mayores y mejores medios materiales para que, tanto la Policía,
como la Guardia Civil, puedan desarrollar con garantías su
trabajo.
Las principales novedades respecto a la
normativa actual son, en esencia, las siguientes:
Catálogo de infracciones
- Se modifica el catálogo de infracciones, suprimiendo
aquellas que tenían una redacción ambigua o poco
definida, por entenderse que no ofrecían seguridad en su
aplicación, tanto para la Administración como para el
funcionario.
- Se matizan determinados conceptos con el objetivo básico
de reducir cualquier situación de inseguridad jurídica en
su aplicación, como son:
- la inclusión de la violación del secreto del
sumario como nueva infracción muy grave.
- la sustitución de la omisión del deber de guardar
el debido sigilo, que desaparece debido a su imprecisión, por la
violación del secreto profesional que será
infracción muy grave o grave según perjudique o no a la
labor policial o a los ciudadanos.
- la precisión del abuso de atribuciones, que pasará
a ser muy grave o grave según cause o no daño a los
ciudadanos o a la Administración.
- Se endurecen las infracciones al régimen de
incompatibilidades, al incorporar como infracción grave el
incumplimiento de los plazos o procedimientos en esta materia.
- Además, se incluyen infracciones de nuevo cuño en
materia de discriminación –muy grave-, de utilización
ilegítima de videocámaras –muy grave o grave- o de
utilización de medios inherentes a la función policial
para otros fines –grave-.
- Por otro lado, se adecua al nuevo Código Penal la
infracción muy grave consistente en la condena por la
comisión de delitos dolosos, castigados con pena grave o menos
grave.
- Por último, se suprime la posibilidad de rebajar,
aplicando los criterios de graduación de sanciones, las
infracciones graves a leves.
Régimen sancionador
- Para las infracciones muy graves se contempla la sanción
de suspensión de funciones de tres años a seis
años y se incorpora la de traslado con cambio de residencia.
Respecto a las infracciones graves, se recoge la sanción de
suspensión de funciones de cinco días a tres años.
- Se reelaboran y actualizan los criterios para graduar las
sanciones, definiendo la reincidencia en el sentido previsto en el
Código Penal e incorporando nuevos criterios como el historial
profesional –sólo podrá valorarse como atenuante- o la
entidad de la condena impuesta por la comisión de un delito
doloso y su relación con la función policial.
- Se adaptan a la estructura actual los órganos con
competencia sancionadora, de tal manera que, manteniendo la competencia
exclusiva del Ministro del Interior para imponer la sanción muy
grave de separación de servicio, las restantes sanciones por
infracciones muy graves serán de competencia del Secretario de
Estado de Seguridad y las sanciones por faltas graves, del Director
General de la Policía.
- Se reconoce al inculpado el derecho a ser asistido por letrado, a
su costa, o, de no disponer de él, por un funcionario del Cuerpo
Nacional de Policía, licenciado en Derecho.
- Se regula la participación de los sindicatos policiales, a
través del Consejo de la Policía, en los procedimientos
sancionadores instruidos por faltas muy graves o a representantes
sindicales.
Comentarios
publicados:
Europa Press, vie, 17/02/2006
Consejo .- Un policía que
revele el secreto del sumario podrá ser suspendido hasta 6
años y sufrir cambio de destino
El Gobierno, en su reunión del Consejo de Ministros de esta
mañana, ha aprobado el nuevo régimen disciplinario para
el Cuerpo Nacional de Policía que modifica, entre otras cosas,
las sanciones para determinados delitos, como la revelación del
secreto del sumario, que le puede costar a un agente, como falta muy
grave, una sanción de hasta seis años de
suspensión y el traslado con cambio de residencia.
El Anteproyecto de Ley Orgánica, presentado hoy por el Gobierno,
hace que desaparezca, por su imprecisión, la falta muy grave de
omisión del deber de guardar sigilo, que aparece ahora como
violación del secreto profesional y que será muy grave si
causa daño a los ciudadanos o la labor policial.
Entre las faltas que merecen ahora un mayor castigo está
también el abuso de atribuciones, que será falta grave o
muy grave según cause o no daño a ciudadanos o
Administración. El régimen de incompatibilidades pasa a
ser infracción grave si se incumplen los plazos o procedimientos
en esta materia.
Además se incluyen nuevas infracciones como la
utilización ilegítima de videocámaras (grave o muy
grave) o de otros medios "inherentes" a la función policial para
otros fines (grave). La comisión de delitos dolosos se
adecuará al nuevo Código Penal y consistirá en una
infracción muy grave.
El Anteproyecto, que consta de 51 artículos, una
Disposición Adicional Única, tres Transitorias, una
Derogatoria y seis Finales, suprime la posibilidad de rebajar,
aplicando los criterios de graduación de sanciones, las
infracciones graves a leves.
TIPO DE INFRACCIONES.
Para las infracciones muy graves se contempla la sanción de
suspensión de funciones de 3 años a 6 años y se
incorpora la de traslado con cambio de residencia. Respecto a las
infracciones graves se recoge la sanción de suspensión de
funciones de 5 días a 3 años.
Se reelaboran y actualizan los criterios para graduar las
sanciones, definiendo la reincidencia en el sentido previsto en el
Código Penal e incorporando nuevos criterios como el historial
profesional -sólo podrá valorarse como atenuante- o la
entidad de la condena impuesta por la comisión de un delito
doloso y su relación con la función policial.
Por otra parte, se adaptan a la estructura actual los
órganos con competencia sancionadora, de tal manera que,
manteniendo la competencia exclusiva del Ministro del Interior para
imponer la sanción muy grave de separación de servicio,
las restantes sanciones por infracciones muy graves serán de
competencia del Secretario de Estado de Seguridad y las sanciones por
faltas graves del Director General de la Policía.
En el caso de que el agente esté acusado de alguna
de estas infracciones, tendrá el derecho a ser asistido por
letrado, a su costa, o, de no disponer de él, por un funcionario
del Cuerpo Nacional de Policía, licenciado en Derecho. Por
último, el Anteproyecto regula la participación de los
sindicatos policiales, a través del Consejo de la
Policía, en los procedimientos sancionadores instruidos por
faltas muy graves o a representantes sindicales.
El ministro del Interior, José Antonio Alonso, que
compareció hoy tras el Consejo de Ministros para explicar, entre
otras cosas, esta reforma, dijo que el nuevo régimen
disciplinario "mejorará la motivación" de los
policías y esto acabará beneficiando a los ciudadanos.
Ambos, agente y ciudadano, contarán, afirmó Alonso, con
una mayor seguridad jurídica".
ABC, sáb, 18/02/2006
Los policías serán
suspendidos hasta seis años por violar el secreto del sumario
El anteproyecto mantiene la «doble penalización» de
los agentes y sólo rebaja las faltas leves. Los sindicatos no
descartan movilizarse si el texto no se modifica
CRUZ MORCILLO
MADRID. Violar el secreto del sumario por parte de un policía se
considerará falta muy grave y acarreará la
suspensión de funciones de tres a seis años. El agente
que infrinja esta norma será asimismo trasladado de su puesto.
La vulneración del secreto profesional será falta muy
grave o grave (suspensión de cinco días a tres
años), según perjudique a la labor policial o a los
ciudadanos y el abuso de atribuciones también se ajustará
a esa gradación dependiendo de a quien se cause el daño,
ciudadanos o Administración.
Estos son algunos de los conceptos nuevos que introduce el anteproyecto
de ley orgánica sobre el régimen disciplinario del Cuerpo
Nacional de Policía, aprobado ayer por el Consejo de Ministros.
El texto, elaborado por el Ministerio del Interior, endurece algunas de
las sanciones y así, aparte de las tres citadas, castiga con
mayor firmeza las infracciones al régimen de incompatibilidades
de los policías e incorpora como falta grave el incumplimiento
de los plazos o procedimientos. Lo único que se suaviza se
refiere a las faltas leves que dejarán de existir (ahora
implican la suspensión de funciones de uno a cuatro días).
La nueva regulación sustituirá a la vigente desde 1986
que tuvo su desarrollo reglamentario en 1989. Desde entonces no se ha
tocado ni una coma. Era una vieja reivindicación de los
funcionarios, reclamada por los sindicatos policiales que consideran la
actual normativa «excesivamente dura».
En diciembre de 2002 los sindicatos representados en el Consejo de la
Policía pactaron un borrador con el PP, que fue ratificado un
año después y nunca se materializó. El
anteproyecto avalado ayer no ha sido consensuado y, además,
«se ha desviado del espíritu del texto anterior, justo lo
contrario de lo que nos anunció el Ministerio», explica el
secretario general del CEP, Ignacio López, quien señala
que «tras esta modificación injusta hay un antes y un
después en las relaciones con Interior».
José Manuel Sánchez Fornet. secretario general del SUP,
coincide en el diagnóstico: «Es un documento unilateral y
más duro, que mantiene la doble penalización de los
funcionarios. Si no se cambia, nos plantearemos movilizarnos». La
doble penalización se traduce en que los agentes son castigados
por hechos de la vida privada, por ejemplo dar positivo en una
alcoholemia- tanto en la vía penal como en la administrativa.
Hace unos días el secretario de Estado de Seguridad, Antonio
Camacho, se reunió con los sindicatos para explicarles el
proyecto. En el mismo figuraba una medida que puso los pelos de punta a
los funcionarios: estaba previsto admitir las denuncias anónimas
contra cualquier policía. Según el Ministerio, ya no
está en el texto.
El ministro del Interior, José Antonio Alonso, aseguró
ayer que esta reforma ha sido «querida tanto por los sindicatos
del Cuerpo como por el Gobierno y beneficiará a los
ciudadanos» al mejorar el «ánimo y
motivación» de los agentes.
Algunos de los 51 artículos que constan en el anteproyecto no
parecen encaminados a incitar esa motivación pues a los tipos
anteriores se unen nuevos supuestos como la utilización
ilegítima de videocámaras o de medios policiales para
otros cometidos.
El Norte de Castilla, vie, 17/02/2006
El Gobierno recortará las
sanciones disciplinarias a los policías
M. S. P./COLPISA.
MADRID
El Consejo de Ministros tiene previsto dar 'luz verde' hoy,
después de diez años de polémica, al anteproyecto
del nuevo régimen disciplinario del Cuerpo Nacional de
Policía, un texto que, entre otras novedades, recorta los
castigos a los agentes que comentan faltas en el servicio. La reforma
es una reclamación histórica de funcionarios y sindicatos
de la institución, que han criticado siempre con dureza el
decreto ley de 1986 que se ha utilizado hasta ahora para sancionar a
los agentes.
El primer cambio será que el reglamento pasará a tener
rango de ley orgánica, tal y como exigían los sindicatos
del cuerpo, que creían insuficiente que un simple real decreto
regulara las penas de separación de servicio. Los castigos
-según el borrador de Interior que conocerá el Gobierno-
se verán recortados, y así las faltas «muy
graves», hasta ahora castigadas con la separación de
servicio o la suspensión de funciones de tres a seis
años, serán penadas con la suspensión de empleo y
sueldo de uno a seis años, aunque seguirá vigente la
expulsión del cuerpo. El proyecto contempla, entre otras, como
faltas muy graves la omisión del deber de fidelidad a la
Constitución, los tratos degradantes a los detenidos, la
reiterada desobediencia a las órdenes o la embriaguez y el
consumo de estupefacientes.
Falta grave
Entre las principales novedades en este capítulo, resalta que la
acumulación de tres faltas graves no supondrán
automáticamente penar al agente con una falta muy grave. El
Tribunal Constitucional ya había declarado que esta
práctica suponía una violación del principio 'non
bis in idem' (doble condena por el mismo delito) y era ilegal.
También desaparecerá la obligatoriedad de considerar como
una falta muy grave la comisión de un delito doloso. A partir de
ahora, el castigo dependerá la gravedad de ese delito.
Por su parte, las faltas graves pasan de tres años de
suspensión a sólo uno y las faltas leves desaparecen.
Serán consideradas incidencias graves, entre otras, la
insubordinación a un superior, la infracción de deberes o
las negligencias.
Aunque la futura ley orgánica no abre las puertas al pluriempleo
de los agentes sí los iguala al resto de la función
pública, ya que se abre la posibilidad de compatibilizar ciertos
trabajos, siempre que sean ajenos a las tareas de seguridad y a la
función policial. El borrador que hoy conocerá el Consejo
de Ministros es el quinto sobre el régimen disciplinario que
elabora el Gobierno en la última década.
El Correo, vie, 17/02/2006
El nuevo régimen disciplinario
de la Policía recorta los castigos y contempla el pluriempleo
El Consejo de Ministros tiene previsto dar 'luz verde' hoy,
después de diez años de polémica, al anteproyecto
del nuevo régimen disciplinario de la Policía Nacional,
un texto que, entre otras novedades, recorta los castigos a los agentes
que cometan faltas en el servicio y abre la puerta al pluriempleo,
siempre que sean ajenas a la seguridad y a la función policial.
El primer cambio será que el reglamento pasará a tener
rango de ley orgánica, tal y como exigían los sindicatos
del cuerpo. Según el borrador, los castigos se verán
recortados, y así las faltas «muy graves», hasta
ahora castigadas con la separación de servicio o la
suspensión de funciones de 3 a 6 años, serán
penadas con la suspensión de empleo y sueldo de 1 a 6
años, aunque seguirá vigente la expulsión del
cuerpo.
El proyecto contempla, entre otras, como faltas muy graves la
omisión del deber de fidelidad a la Constitución, los
tratos degradantes a los detenidos, la reiterada desobediencia o la
embriaguez y el consumo de estupefacientes. Además, se reconoce,
por primera vez, el derecho de defensa del acusado en un proceso
interno y se fija la caducidad de los expedientes disciplinarios.
La Razón, 09/02/2006
Interior acepta por primera vez
investigar las denuncias anónimas contra agentes
R. L. Vargas
Los sindicatos policiales advierten de que la medida abre la puerta a
«venganzas personales» El Ministerio del Interior ha
decidido «meter mano » al acuerdo que en diciembre de 2002
alcanzaron los sindicatos de la Policía y el entonces ministro
del ramo, Ángel Acebes, para modificar el régimen
disciplinario del cuerpo de 1986. Entre las medidas que se propone
sacar adelante está la de permitir que cualquier ciudadano, de
manera anónima, pueda denunciar alguna presunta irregularidad
cometida por un agente de Policía.
Así se lo expuso el martes por la noche el secretario de Estado
para la Seguridad, Antonio Camacho, a los representantes de los
sindicatos, que no acogieron con especial agrado la intención
del ministerio. «Vamos a ver cómo queda redactado este
punto, pero lo cierto es que introducir esta posibilidad abre la puerta
a que se produzca un aluvión de denuncias de gente que
sólo quiera revolver y poner en una situación apurada a
compañeros que no les caigan especialmente bien »,
explicó uno de los asistentes a la reunión. «Aunque
ya en la práctica una denuncia anónima que tenga visos de
verosimilitud se investiga, si damos carta de naturaleza al asunto
podemos vernos desbordados », añadió.
Para otro de los representantes sindicales que estuvieron en el
encuentro, la medida «coloca en una situación muy
incómoda a los compañeros, pues se invierten los papeles
y de ser inocente hasta que se demuestre lo contrario pasa a ser centro
de todas las sospechas y a tener que demostrar su inocencia ».
Otro de los aspectos que no gustan es la intención de que el
régimen adecúe la situación de los policías
a la del resto de funcionarios públicos y eleve la
prescripción de los expedientes por faltas muy graves, graves y
leves de tres años, un año y un mes respectivamente a
seis años, dos años y un mes. «Nos parece muy bien
que quieran igualarnos al resto de funcionarios, pero el problema es
que, en nuestro caso, hay una circunstancia excepcional que no se da
para el resto: sin el expediente limpio no se puede acceder a los
ascensos, y esta medida no lo tiene en cuenta », explica uno de
estos representantes sindicales.
También en aras de equiparar las sanciones a las del
Régimen General de la Función Pública, Interior
pretende suprimir en las faltas leves la pérdida de uno a cuatro
días de empleo y sueldo, medida que tampoco convence a los
sindicatos. «La Policía es un cuerpo que necesita de una
importante disciplina por las funciones que desempeña. Y aunque
es cierto que los agentes son funcionarios, no lo es menos que esta
medida no ayuda a mantener la disciplina. Quitar la sanción
económica, que en muchos casos es más ejemplarizante y -
motiva- más que las otras, no es un buen paso », afirma
uno de los representantes antes citados.
Pese a estas primeras impresiones negativas, los sindicatos mantienen
la cautela, pues hasta que Interior no les entregue el nuevo
régimen -que será presentado, según les
comunicó Camacho en el encuentro, en el Consejo de Ministros de
mañana o en el del día 17creen que no se podría
valorar en su justa medida la propuesta. No obstante, lo que los
representantes de ninguna de las organizaciones ocultan es su malestar
por los cambios que pretende introducir el Gobierno socialista. Tanto
el Sindicato Profesional de Policía (SPP) como la
Confederación Española de Policía (CEP) y el
Sindicato Unificado de Policía (SUP) creen que lo correcto
hubiera sido que se aprobase en texto consensuado en 2002. Tampoco
gusta a las organizaciones que las modificaciones se hayan adoptado de
espaldas a ellos y que la única vía que les quede ahora
para modificarlo sea la parlamentaria, pues el nuevo régimen
disciplinario será tramitado como Ley Orgánica. Ahora,
admiten, tendrán que jugar sus bazas en el Congreso, aunque a
muchos no les guste.
Principios de
Policiología Forense
Ciencia Policial y Teorías Periciales Críticas
Por Miguel Angel Gallardo Ortiz ,
Criminologo y Perito Judicial (POLICIÓLOGO)
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