recomendando antes la lectura íntegra de
http://www.cita.es/denuncias/falsas
Esta página de Internet contiene numerosos documentos en los que
denuncié la falsedad
mendaz
, y las argumentaciones interesadamente faleces, de
Vicente Burgos González
en su denuncia del 14 de marzo de 2001. En él aparecen varios nombres,
todos ellos reales, aunque el denunciante usó incorrectamente el de
Liliana Bircz
citándola en su denuncia como
Liliana Birtz
siendo
Bircz
según diversas intervenciones suyas en foros relacionados con la
psicología. Para mayor precisión,
Liliana Bircz Minian
como M-15.989 pregunta sobre la posibilidad de que el Colegio de Psicólogos
avale los proyectos que presentan los colegiados para "ámbitos psicojurídicos",
lo que me parece extraordinariamente grave para una inductora a la denuncia
falsa a la que he tenido la desgracia de conocer en acción.
Tanto
Vicente Burgos
González
como
Liliana Bircz Minian
están invitados a presentar todas las querellas que quieran porque
salvo por orden judicial, no voy a quitar esta página de aquí.
Si fueran funcionarios, como el torpe fiscal-jefe de la Audiencia Provincial
de Huelva
Francisco Ontiveros
Valera
o el juez mal instructor de cuyo nombre prefiero no acordarme, quisieran
presentar denuncia o querella, estaré encantado de hacerles frente
mediante el artículo 810 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal por el
que podré ejercer el derecho a probar que no saben distinguir una denuncia
falsa, y tal vez, también que conocen demasiado al querulante
Vicente Burgos González
.
En cualquier caso, me alegraré que alguna de las técnicas
argumentales para enfrentarse a una
denuncia falsa
que aquí se relacionan pueda servir a algún
acusado con falsedad
Aunque todos los escritos que aquí se relacionan están completos
y fueron enviados a cada destinatario en su fecha, me reservo algunos
documentos más que me han dado grandes satisfacciones en inteligencia,
y sobre todo, en contrainteligencia judicial para poner al querulante acusador
mendaz en su sitio, y también para que jueces y fiscales comprendan
y asuman su responsabilidad ante la querulancia. Con mucho gusto intercambiaré
las denuncias y contradenuncias que más interés tengan, porque,
estoy convencido, hay que investigar mucho más, y mucho mejor, en la
lucha contra la mendacidad judicial. Lo que sigue pretende ser un ejemplo
de ello:
Al Juzgado de Instrucción Nº 34 de Madrid
para méritos diligencias exhorto Nº 500/01 del Juzgado Nº
3 de Huelva, Proc. Dil. Previas 1225/2001, Negociado 3M
Con el debido respeto, y como mejor proceda:
Este escrito responde a la Diligencia de Exposición de Hechos Nº
46/2001 instruidos por el Sargento de la Guardia Civil TIP K72216A y el Secretario
TIP N80366Z por "PRESUNTO DELITO CONTRA LA INTIMIDAD, DEL DESCUBRIMIENTO Y
REVELACIÓN DE SECRETO" por denuncia de Vicente Burgos González
de fecha 14 de marzo de 2001, quien dice ser perito tasador judicial y me
acusa de ser el autor de varios hechos, alguno de los cuales él considera
que le han perjudicado, sin citar ningún otro nombre que no sea el
de "una amiga que se llama Liliana Birtz, de nacionalidad Argentina, es psicóloga
y vicepresidenta del Colegio de Peritos Psicólogo (sic) de Argentina",
ni aportar ninguna prueba documental en mi contra que no sean referencias
muy imprecisas, o erróneas, a páginas del dominio de Internet
http://www.cita.es
Se supone, por tanto, que me corresponde a mí negar los hechos en
este exhorto, y las perversas y absurdas intenciones que el denunciante me
imputa, aportando pruebas que demuestren mi inocencia. Así, empezo
por calificar las acusaciones del denunciante como inquisitoriales, pues pretende
utilizar contra mí prueba diabólica requiriéndoseme para
que sea yo el que pruebe, entre otros, los siguientes hechos negativos:
1. Que yo NO he contaminado con virus los ordenadores
del denunciante y de su amiga
2. Que yo NO he tenido acceso a la información
de "aquellas empresas que a nivel privado ha realizado informes sobre tasaciones
además de acceder a información privilegiada las cuales se encuentran
sometidas a procesos penales".
3. Que yo NO he descubierto, ni revelado ningún
secreto, ni atentado contra la intimidad de nadie, como tan falsamente se
me imputa en la denuncia.
Pues bien, a pesar de lo extremadamente repugnante e indigna que resulta
toda prueba diabólica de hechos negativos, y más aún
sin que el denunciante aporte unas pruebas, ni datos, que puedan ser mínimamente
conocidos por mí, entiendo que puede demostrarse, por la pura y simple
infirmación de las declaraciones del denunciante, que tal acusación
no sólo es falsa, sino que también es absurda, y que tiene intenciones
muy perversas.
Estoy convencido de que ninguno de los correos electrónicos con que
yo respondí a los suyos, ni el disquete que le entregué ante
testigos el 17 de enero de 2001, tiene, ni puede tener, ningún virus
informático capaz de realizar cuanto se me imputa, y menos el único
que el denunciante dice haber localizado con el nombre w95.hybris.plugin simplemente
porque yo no utilicé Windows 95, y porque una copia exacta de ese
disquete ya ha sido inspeccionada a petición mía por dos testigos
que asistieron, con el denunciante, al mismo acto en el que se le entregó
(publicado en www.cita.es/traducir y no en la página que él
erróneamente cita), sin encontrar ningún virus. Desafío
a demostrar lo contrario.
Pero incluso en el supuesto de que yo hubiera transmitido algún virus
al denunciante (lo que hubiera sido a mi pesar), las imputaciones que hace
son absolutamente inadmisibles para cualquiera con unos mínimos conocimientos
de informática, y del Derecho más elemental. Lamentablemente
es frecuente que los ordenadores se contaminen con virus, pero imputar a alguien
el acceso a un ordenador ajeno, de esa manera, sólo define bien lo
que tiene en la cabeza el denunciante. Parece más lógico que
él haya recibido de otro sus virus, o que cualquier otro, que no sea
yo, conozca y revele sus secretos e intimidad, incluyendo a Liliana Birtz,
porque yo no he tenido suficiente relación de ningún tipo con
ninguno de los dos, e insto a que se compruebe por vía testifical y
documental.
La lectura del folio núm 2 desacredita no sólo al denunciante,
sino lamentablemente también al "Equipo Instructor" que dice que remitirá
la denuncia a la Unidad Central Operativa de la Guardia Civil, Departamento
de Delitos Telemáticos. Soy yo el primer interesado en que dicha unidad
se pronuncie sobre la denuncia admitida sin ningún tipo de prueba verificable
y sin la menor lógica probatoria, pero con bastantes graves errores
conceptuales y tecnológicos con los que se intenta articular la denuncia
para instruir diligencias tan absurdas como interesadamente perversas, en
mi perjuicio material y moral. Lamentablemente, la Unidad Central Operativa
ya me ha informado por correo electrónico "que si bien las Diligencias
practicadas por la Unidad instructora fueron remitidas a este Órgano
Central, debido al enorme volumen de trabajo que se acumula en este Departamento
de Delitos Telemáticos, que nos obliga a priorizar, con fecha 24 de
abril, fueron devueltas al Equipo de Policía Judicial de Huelva informando
de la imposibilidad de atender esa investigación", según puede
leerse en el mensaje adjunto, con mi respuesta a la Unidad Central Operativa,
también por correo electrónico.
Me parece muy vergonzoso que se pueda acusar así a alguien de "PRESUNTO
DELITO CONTRA LA INTIMIDAD, DEL DESCUBRIMIENTO Y REVELACIÓN DE SECRETO",
en estas condiciones, porque si efectivamente se ha cometido ese delito, y
el denunciante tiene alguna constancia real de ello, o aporta todas las pruebas,
o estará encubriendo al auténtico autor, que ni soy yo, ni
puedo serlo, ni tengo por qué probar nada al respecto mientras no
se exija al denunciante, como mínimo, lo mismo, ya que la carga de
la prueba sólo ha de recaer en quien tan frívola e irresponsablemente
me acusa.
Lo que el denunciante sí que parece conocer bien son algunos de mis
antecedentes y relaciones profesionales por los que dice no extrañarse
que sea yo el responsable de no se sabe bien qué perjuicios (salvo
que su "CD-Rom no funciona bien y el escáner deja de funcionar") "...con
el objeto de facilitar la entrada en en sus sistemas informáticos".
Efectivamente, es fácilmente comprobable que ya en 1993 yo publiqué
un artículo en la revista "Ciencia Policial", editada por el Ministerio
del Interior, titulado "Métodos de inspección legal de ordenadores
e introducción a la informática policial" habiendo impartido
varias conferencias a Policías y Guardias Civiles y además,
en 1996 dirigí un curso de formación continuada para jueces
y fiscales en el Consejo General del Poder Judicial sobre el "Ámbito
Jurídico de las Tecnologías de la Información", cuya
documentación está publicada como Cuaderno de Derecho Judicial
XI, CGPJ 1996.
Sabe también el denunciante que actualmente me dedico a la peritación
judicial, y nadie mejor que otro perito (él presume de serlo)
para conocer lo frágil que es la reputación de quien profesionalmente
ofrece el leal saber y entender. Y no duda en "hacer entrega de diferentes
direcciones de personas con similares relaciones profesionales que estuvieron
presentes y contactaron de la misma forma con el señor Gallardo por
si los mismos pudieran estar sufriendo intromisiones a nivel personal y privado
del mismo tipo a los soportados por el denunciante, cuyo contenido son aportados
por medio de fotocopias (un total de CUATRO) para la investigación
de los hechos", fotocopias que, dicho sea de paso, no han sido incluidas en
la denuncia que se me ha permitido ver, y "sigue manifestando, que ante la
evidencia de ser esta la persona que ignorando los motivos ha introducido
este troyano, llamaré personalmente a todos los que asistimos a la
reunión en Madrid en pasadas fechas, como así, todo aquel que
recibiera correo de el tal Miguel Angel y mío".
Denunciar es gratis. Pero iniciar un proceso inquisitorial así no
puede serlo. No debe serlo. No voy a permitir que lo sea. Y así, ejerzo
mi derecho de petición, solicitando ya:
1. Que el denunciante ratifique su denuncia lo antes posible,
aportando ya todas las pruebas que posea, y que se le requiera fianza en metálico
suficiente para hacer frente a las responsabilidades civiles, y a las costas,
que su calumniosa, injuriante, ofensiva, perversa y falsa denuncia pueda
ocasionar a este denunciado, y a terceros.
2. Que se cite a declarar a los Guardias Civiles instructores
de la denuncia y se deje constancia de cualquier relevante antecedente o relación
con el denunciante, porque tengo la fundada sospecha de que ni es la primera
vez que denuncia de una manera tan frívola, ni pueden dejar de calificarse
como "delirios pleitistas" o "querulancia" algunas manifestaciones y las
pretensiones del denunciante, sobre las que haré todos los esfuerzos
a mi alcance para que se conozcan en la Comandancia de la Guardia Civil de
Huelva, sin renunciar a solicitar yo mismo la apertura de un expediente a
ambos, y que sea su misma Institución Armada la que actúe en
consecuencia, tras haberme informado bien de los antecedentes policiales y
judiciales del denunciante.
3. Que se tome declaración a Liliana Birtz, requiriendo
al denunciante todos sus datos.
Como fundamentación jurídica, baste mencionar la Sentencia
del Tribunal Supremo, STS de 30 de octubre de 1992, que declara: "la presunción
de inocencia es un principio de rango constitucional que abarca todos los
hechos cuya presencia pudiera perjudicar al reo, de tal modo que es necesario
que haya prueba, que la Audiencia pueda valorar como suficiente para eliminar
cualquier duda razonable, respecto de todos y cada uno de tales hechos, no
sólo con relación a la existencia misma del suceso que luego
se califica como delictivo o de la participación del acusado en el
mismo, sino también con referencia a los distintos elementos de cualquier
índole (objetivos y subjetivos) que sirven para conformar el hecho
punible", y entre otras, las Sentencias del Tribunal Constitucional, SS.T.C.
31/1981, de 28 de julio; 17/1984 de 7 de febrero; 101/1985; de 4 de octubre;
140/1985, de 21 de octubre; 145/185, de 28 de octubre; 174/1985, de 17 de
diciembre; 105/1986, de 21 de julio; 169/1986, de 22 de diciembre; 97/1987,
de 3 de junio; 229/1988, de 1 de diciembre; 150/1989, de 25 de septiembre,
161/1990, de 19 de octubre, 33/1992, de 18 de marzo y 283/1994, de 24 de octubre,
para exigir la mínima actividad probatoria como presupuesto para destruir
mi presunción de inocencia.
Pido el más pronto archivo, reservándome los derechos que
puedan corresponderme, y requiero el mayor celo y rigor por parte de todos
y cada uno de los responsables de este procedimiento que, insisto, yo no
dudo en calificar de inquisitorial al haberse admitido un muy repugnante
planteamiento de prueba diabólica, que ha de ser ridiculizado por
su propio absurdo, no exento de perversión, además de pedir
también, siempre con el máximo de mis respetos, una muy ejemplar
condena en costas para el denunciante.
Por ser de Justicia que pido en Madrid, a 30 de mayo de 2001.
Al Juzgado Nº 3 de Huelva, Proc. Dil. Previas 1225/2001, Negociado
3M
Con el debido respeto, y como mejor proceda en Derecho:
Pasado un mes desde mi comparecencia en el Juzgado de Instrucción
Nº 34 de Madrid para méritos diligencias exhorto 500/01
sin haber tenido más noticia del procedimiento, insistiendo en todas
mis peticiones ya formuladas en el escrito de fecha 30 de mayo de 2001, empezando
por la del pronto archivo de este procedimiento, aquí SOLICITO:
La "LICENCIA DEL JUEZ" para presentar Querella Criminal contra el denunciante
Vicente Burgos González, con DNI: 28.718.051 y domicilio en C/ Obispo
Díaz Bernal, 3 - 4º, C. P. 21007 de Huelva, y teléfono
959800957, según lo dispuesto en el Artículo 279 de la Ley de
Enjuiciamiento Criminal, que dice "En los delitos de calumnia e injuria causadas
en juicio se presentará, además, la licencia del Juez o Tribunal
que hubiese conocido de aquél, con arreglo a lo dispuesto en el CP".
Debo señalar aquí que ya he tenido conocimiento de la lamentable
difusión, al margen de lo instruido por el juzgado, que se está
dando de la denuncia, para mí no sólo falsa, sino absurda y,
sobre todo, muy perversa, también por algunas relaciones profesionales
mías, y varios clientes de mi empresa, violando el denunciante cualquier
elemental principio de presunción de mi inocencia, y al no haber tenido
conocimiento por juicio, entiendo que no sería estrictamente necesaria
la licencia, pero respetuosamente la pido.
El perjuicio que nos está causando a mi empresa y a mí es
muy grande, irreversible y creciente, por lo que respetuosamente insto a
que el Juzgado de Instrucción tome alguna medida cautelar, como la
exigencia de fianza, y que aperciba al denunciante por el daño que
está deliberadamente causando a mi imagen profesional, y a la de mi
empresa, además, repito, de darme la licencia para presentar querella
a la mayor brevedad.
La página del Web de mi empresa por la que convocábamos a
peritos judiciales y traductores a una reunión en Madrid, a la que
con error hace referencia el denunciado, sigue, sin ninguna modificación
desde el mes de enero, en http://www.cita.es/traducir
Para la mejor información de este Juzgado de Instrucción sobre
mis actuaciones para la mínima, pero pronta defensa de mi reputación
e imagen, adjunto a este escrito copia de la demanda de conciliación
que también he presentado ya ante el Registro General de los Juzgados
de Huelva a los efectos de poder presentar querella lo antes posible.
En Justicia que respetuosamente pido desde Madrid, por correo certificado
a este Juzgado de Instrucción Nº 3 de Huelva, a 29 de Junio de
2001.
Demanda de Conciliación
al Juzgado de Huelva que por Turno Corresponda
que presenta Miguel Angel Gallardo Ortiz, ingeniero con DNI: x y domicilio
en (cambiado por Apartado 17083-28080 Madrid), con teléfonos de contacto
914743809 y móvil 619776475, contra:
Vicente Burgos González, con DNI: 28.718.051 y domicilio en C/ Obispo
Díaz Bernal, 3 - 4º, C. P. 21007 de Huelva, y con teléfono
959800957.
A los efectos de cumplir con lo dispuesto como requisito para presentar
querella en el Artículo 278 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal,
que dice:
"Si la querella tuviere por objeto algún delito de los que solamente
puedan perseguirse a instancia de parte, excepto el de violación o
rapto, acompañará también la certificación que
acredite haberse celebrado o intentado el acto de conciliación entre
querellante y querellado...".
La denuncia ante la Guardia Civil, de fecha 14 de marzo de 2001, del demandado,
no deja duda sobre sus imputaciones calumniosas, no sólo falsas, sino
absurdas, y perversas declaraciones injuriosas destacándose que
"ante la evidencia de ser esta la persona que ignorando los motivos ha introducido
este troyano, llamaré personalmente a todos los que asistimos a la
reunión en Madrid en pasadas fechas, como así, todo aquel que
recibiera correo de el tal Miguel Angel y mío".
Al conocer bien el demandado el grave daño que deliberadamente causa
a mi reputación como perito judicial en "ingeniería e informática
forense", para la conciliación exijo una declaración solemne
de disculpa por escrito, y una compensación económica que a
la fecha de presentación de esta demanda de conciliación se
estima en 850.000 pesetas, más los gastos en que ya se ha incurrido,
siendo ambas cantidades crecientes con el tiempo y la difusión, y en
otro caso, se requiere del juzgado la certificación a que hace referencia
el Artículo 278 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para presentar
oportunamente Querella Criminal, con todas las costas procesales para el
denunciante aquí demandado Vicente Burgos González.
En Justicia que pido desde Madrid, en este escrito por correo certificado
al Registro General de los Juzgados de Huelva, a 29 de junio de 2001.
A Su Señoría, Ilmo Sr. D. Florentino
Gregorio Ruiz Yamuza, Magistrado-Juez
Juzgado de 1ª Instancia Nº 5 de Huelva
Con el debido respeto, y como mejor proceda en Derecho:
Recibida el lunes 23 la célula de notificación, tal y como
bien debe constar en el resguardo de acuse, y en el plazo fijado por Su Señoría
para interponer recurso de reposición, en este escrito se presenta
formalmente por todas y cada una de las razones y peticiones siguientes:
Antes de haber recibido la célula de notificación me había
comprometido con algunas reuniones en Madrid de gran interés para mi
empresa cuya cancelación supondría un grave perjuicio. Entre
otras, tenemos una invitación formal de una embajada y también
una cita con un subsecretario ministerial, comunicada telefónicamente,
pero que constará en el registro oficial del Ministerio.
Las dificultades para desplazarme a Huelva son muy grandes debido al escaso
transporte público (no hay vuelos directos y los horarios para conexiones
de tren son muy limitadas) me obligarían a perder laboralmente también
el lunes 30, día anterior al previsto para el Acto de Conciliación,
aumentando aún más los graves perjuicios ya causados, deliberadamente,
a mi empresa y a mí.
Además, para poder representarme ante los Juzgados y Tribunales de
Huelva, mi empresa y yo estamos tratando de contratar a un procurador que
allí nos represente a todos los efectos, pero todavía no lo
hemos determinado, ni apoderado, y desearíamos aprovechar tan largo
viaje para hacerlo y así evitar aumentar más las costas y trastornos
que ya nos ha causado el demandado.
La otra parte demandada tiene su domicilio en Huelva, y por su trabajo de
perito judicial no tiene, ni puede alegar, ninguna dificultad de desplazamiento
a los juzgados, por lo que ni por la cancelación de este acto, ni por
ningún otro motivo, debo ser yo el condenado en costas.
Mi empresa y yo SUPLICAMOS A SU SEÑORÍA que aplace el Acto
de Conciliación hasta un día lunes (para poder viajar a Huelva
en domingo reduciendo nuestros perjuicios laborales), del mes de Septiembre,
con excepción del 24 en el que estaremos en misión oficial a
México DF como puede acreditar la embajada de España, el ICEX
y la Cámara Oficial a que pertenecemos, y pedimos, al menos, dos semanas
desde la fecha de notificación hasta el Acto de Conciliación
para evitar nuevos problemas de agenda profesional y transporte con más
perjuicio personal, y para mi empresa del que ya nos ha causado deliberadamente
el demandado en conciliación.
En caso en que se desestime nuestra petición en este recurso de reposición
solicitamos mayor plazo y vía de recurso legal para oponernos a las
motivaciones del auto, según la LOPJ.
En Justicia que respetuosamente pido, en Madrid, a 26 de julio de 2001,
por correo certificado con plena validez legal, y en plazo, al Juzgado de
1ª Instancia Nº 5 de Huelva, para el que pongo a su plena y permanente
disposición mi teléfono fijo 914743809, y mi móvil 619776475.
© 2001 Miguel Angel Gallardo Ortiz, Ingeniero y Criminólogo
A la exclusiva y directa atención del abogado ejerciente en Huelva,
desde Madrid, a 8 de agosto de 2001.
De mi más respetuosa consideración pericial, y como imputado
por un denunciante en el Juzgado de Instrucción Nº 3 de Huelva:
Como podrá comprobar en el texto de la denuncia y en mi respuesta
por exhorto al Juzgado, estoy siendo víctima de una maliciosa acusación
que tiene una muy difícil defensa legal, pese a ser yo completa y absolutamente
inocente de todo cuanto se me imputa. Por ello, he decidido:
1. Informar a todos los abogados y procuradores de Huelva
cuyos datos postales pueda conocer
2. Investigar, por todos los procedimientos legales, la
más perversa intención del denunciante
3. Documentar tanto como sea posible los antecedentes
periciales profesionales del denunciante
4. Agotar, tenaz y eficazmente, todas las posibles vías
de queja y denuncia existentes tanto ante la Guardia Civil, como ante el Consejo
General del Poder Judicial (CGPJ).
Como letrado, seguramente conocerá Vd. el Reglamento 1/1998, del
Consejo General del Poder Judicial, de tramitación de quejas y denuncias
relativas al funcionamiento de los Juzgados y Tribunales pues "De conformidad
con el artículo 110, apartado m), de la Ley Orgánica del Poder
Judicial, en la redacción dada a dicho precepto mediante Ley Orgánica
16/1994, de 8 de noviembre, corresponde al Consejo General del Poder Judicial
la potestad reglamentaria en materia de inspección de Juzgados y Tribunales
y tramitación de quejas y denuncias". En este sentido, y para llenar
del más convincente y probado contenido la querella criminal que preparo,
como letrado ejerciente en Huelva, yo le agradeceré datos y planteamientos
jurídicos pertinentes.
Ignoro si existe alguna relación entre el denunciante y cualquiera
de los funcionarios del Juzgado de Instrucción Nº 3 de Huelva,
pero apreciaría mucho cualquier indicio de ello que me sea lícito
conocer, y poder utilizar, como prueba ante el Consejo General del Poder Judicial.
Lo que sí que sé muy bien es no son nada recomendables, ni
en Huelva, ni en Sevilla, ni en Madrid, ni en ningún lugar, las perversas
y maliciosas intenciones, antecedentes y presunciones profesionales del denunciante
cuya tarjeta de visita le fotocopio aquí:
A la urgente y directa atención de Su Señoría,
el Secretario Judicial
del Juzgado de Instrucción Nº 3 de Huelva, Proc. Dil. Previas
1225/2001, Negociado 3M
Al ser Su Señoría el Secretario Judicial quien legalmente
debe dar fe de las actuaciones, y como único imputado conocido por
la denuncia ante la Guardia Civil 46/2001 del supuesto perito Vicente Burgos
González de fecha 14 de marzo de 2001, instruida por este juzgado,
y al no tener otra noticia del procedimiento que el exhorto al Juzgado de
Instrucción 34 de Madrid en el que no se me proporcionó copia
de nada que no fuera la denuncia, en el ejercicio de los derechos que como
único imputado me corresponden, YO SOLICITO con la MÁXIMA URGENCIA:
1. Copia íntegra de todos los documentos y fe judicial
de todas las actuaciones ya realizadas, preferentemente por correo certificado
y anticipadas por fax al 914738197 del que yo daría acuse de recibo
oportuno sólo en caso de que se vieran con suficiente claridad los
escritos.
2. Que todo el personal del juzgado extreme su celo para
que sólo yo, único imputado que soy, tenga esa documentación,
y nunca nadie más no autorizado legalmente tenga acceso a ella.
Quiero prevenir a Su Señoría de la lógica posibilidad
que existe de que quien presume de ser perito judicial en Huelva (y Sevilla)
pueda disponer de acceso a lo que como simple denunciante no le corresponde,
tal vez por amistad personal o presunta connivencia con alguno de los funcionarios.
Si se diera ese muy preocupante caso, y con independencia de cualquier otro
derecho por la Ley de Enjuiciamiento Criminal también pudiera corresponderme,
insisto, e insistiré siempre, en ser el primero en enterarme de cuanto
no debería de conocer el denunciante, y por su condición de
perito judicial, en mi opinión indigno de serlo, ya haya podido conocer.
Efectivamente, sospecho que el denunciante dispone de mucha más información
que yo de este procedimiento en el que sólo he sido denunciado yo,
y eso haría evidente para cualquier jurista que existe un injusto trato
de favor hacia él, y en mi grave perjuicio. Debo reservar los derechos
que puedan corresponderme, porque a la vista de las últimas actuaciones
que aquí pido, en caso de seguir imputado por una denuncia que ya
he calificado de falsa y maliciosamente perversa, solicitaré la realización
de una prueba pericial, mediante una precisa proposición de prueba
con nombre de perito adecuado, y que yo no tengo duda que evidenciará,
incluso públicamente, quién tiene más razón y
más perjuicio, y quién, en mi opinión, abusa de una inmerecida
confianza judicial en Huelva para hacer unas graves acusaciones que por sí
mismas deberían descalificar e inhabilitar a tal perito, al menos
en toda su supuesta condición de experto técnico.
En caso de que se denieguen estas dos peticiones, solicito una bien motivada
resolución a la que poder oponerme con todos los recursos legales a
mi alcance, por evidente violación del más elemental derecho
a la contradicción de las pruebas, al no poder conocer yo las actuaciones
ya realizadas en el Juzgado de Instrucción que me afecten. Lo pido
así, por correo certificado al Registro General de los Juzgados de
Huelva, para su conocimiento y prontos efectos, desde Madrid, a 13 de agosto
de 2001.
Al Consejo General del Poder Judicial
Como único imputado por el Juzgado de Instrucción Nº
3 de Huelva, Proc. Dil. Previas 1225/2001, Negociado 3M, por "PRESUNTO DELITO
CONTRA LA INTIMIDAD, DEL DESCUBRIMIENTO Y REVELACIÓN DE SECRETO" por
denuncia de quien dice ser perito tasador judicial Vicente Burgos González
de fecha 14 de marzo de 2001, y al amparo del Reglamento 1/1998 del Consejo
General del Poder Judicial, de tramitación de quejas y denuncias relativas
al funcionamiento de Juzgados y Tribunales, así como por cualquier
otra disposición legal o reglamentaria pertinente para su más
pronta inspección, YO SOLICITO:
1. Que se compruebe con celo y la mayor exhaustividad
y rapidez posible, si el denunciante Vicente Burgos González ha sido
alguna vez perito en el Juzgado de Instrucción Nº 3 de Huelva,
por todos los procedimientos testificales y documentales que puedan ser eficaces.
2. Que se garantice por Su Señoría, el Magistrado-Juez
titular del Juzgado de Instrucción Nº 3 de Huelva que ninguno
de los funcionarios destinados en dicho juzgado ni ha tenido, ni tiene en
la actualidad, relación personal alguna con el denunciante Vicente
Burgos González.
3. Y en inteligencia con todo lo anterior, que se estudien
todas las denuncias presentadas por Vicente Burgos González muy especialmente
las que ya hayan sido archivadas por el desestimiento del denunciante que
sean sospechosas de cualquier tipo de extorsión con denunciados en
cualquier lugar de España, o del extranjero, presentadas ante la Guardia
Civil tanto en Huelva como en Sevilla, donde también consta que él
presume de ser perito judicial.
Como único imputado en el procedimiento 1225/2001, yo me reservo
todos los derechos que puedan corresponderme, especialmente los relativos
al "forum delicti", pero en mi absoluta seguridad de mi completa, total y
plena inocencia de cuanto tan falsa y maliciosamente se me imputa, exijo
al Consejo General del Poder Judicial el mayor celo y rigor para conocer
pronto todos los antecedentes periciales, y muy especialmente cuantos tenga
como denunciante instruidos por juzgados de Huelva, de quien dice ser perito
tasador judicial, porque tengo la bien fundada sospecha de que las denuncias
falsas y maliciosas son una perversión ya repetida allí, y
no dudaré en agotar todas y cada una de las posibles vías de
denuncia y queja, dentro y fuera de los juzgados, e incluso internacionalmente,
y si fuera necesario pidiendo también el amparo del Defensor del Pueblo,
porque como criminólogo considero que la querulancia es una de las
patologías que más gravemente afecta a nuestro sistema judicial
y policial, y advierto que pretendo hacer públicas mis conclusiones
sobre las más perversas intenciones y sobre todas las relaciones del
denunciante quien, para mayor dolo y responsabilidad, presume de ser perito
en Huelva y Sevilla. En mi opinión, es tan indigno de serlo, que debe
prevenirse eficazmente de él.
Estaré permanentemente a la disposición de quien se responsabilice
de la inspección que urgentemente solicito en el teléfono móvil
619776475, para detallar y fundamentar lo que pido en Madrid, a 13 de agosto
de 2001, por correo certificado al Consejo General del Poder Judicial.
Al Presidente de la Audiencia Provincial de Huelva
Como único imputado por el Juzgado de Instrucción Nº
3 de Huelva, Proc. Dil. Previas 1225/2001, Negociado 3M, por "PRESUNTO DELITO
CONTRA LA INTIMIDAD, DEL DESCUBRIMIENTO Y REVELACIÓN DE SECRETO" por
denuncia de quien dice ser perito tasador judicial Vicente Burgos González
de fecha 14 de marzo de 2001, y al amparo del Reglamento 1/1998 del Consejo
General del Poder Judicial, de tramitación de quejas y denuncias relativas
al funcionamiento de Juzgados y Tribunales, así como por cualquier
otra disposición legal o reglamentaria pertinente para su más
pronta inspección, YO SOLICITO:
1. Que se compruebe con celo y la mayor exhaustividad
y rapidez posible, si el denunciante Vicente Burgos González ha sido
alguna vez perito en el Juzgado de Instrucción Nº 3 de Huelva,
por todos los procedimientos testificales y documentales que puedan ser eficaces.
2. Que se garantice por Su Señoría, el Magistrado-Juez
titular del Juzgado de Instrucción Nº 3 de Huelva que ninguno
de los funcionarios destinados en dicho juzgado ni ha tenido, ni tiene en
la actualidad, relación personal alguna con el denunciante Vicente
Burgos González.
3. Y en inteligencia con todo lo anterior, que se estudien
todas las denuncias presentadas por Vicente Burgos González muy especialmente
las que ya hayan sido archivadas por el desestimiento del denunciante que
sean sospechosas de cualquier tipo de extorsión con denunciados en
cualquier lugar de España, o del extranjero, presentadas ante la Guardia
Civil tanto en Huelva como en Sevilla, donde también consta que él
presume de ser perito judicial.
Como único imputado en el procedimiento 1225/2001, yo me reservo
todos los derechos que puedan corresponderme, especialmente los relativos
al "forum delicti", pero en mi absoluta seguridad de mi completa, total y
plena inocencia de cuanto tan falsa y maliciosamente se me imputa, pido al
Presidente de la Audiencia Provincial de Huelva su celo y rigor para conocer
pronto todos los antecedentes periciales, y muy especialmente cuantos tenga
como denunciante instruidos por juzgados de Huelva, de quien dice ser perito
tasador judicial, porque tengo la bien fundada sospecha de que las denuncias
falsas y maliciosas son una perversión ya repetida allí, y
no dudaré en agotar todas y cada una de las posibles vías de
denuncia y queja, dentro y fuera de los juzgados, e incluso internacionalmente,
y si fuera necesario pidiendo también el amparo del Defensor del Pueblo,
porque como criminólogo considero que la querulancia es una de las
patologías que más gravemente afecta a nuestro sistema judicial
y policial, y advierto que pretendo hacer públicas mis conclusiones
sobre las más perversas intenciones y sobre todas las relaciones del
denunciante quien, para mayor dolo y responsabilidad, presume de ser perito
en Huelva y Sevilla. En mi opinión, es tan indigno de serlo, que debe
prevenirse eficazmente de él.
Estaré permanentemente a la disposición de quien se responsabilice
de la inspección que urgentemente solicito en el teléfono móvil
619776475, para detallar y fundamentar lo que pido en Madrid, a 13 de agosto
de 2001, por correo certificado a la Audiencia Provincial de Huelva.
Al Presidente del Tribunal Superior de Justicia
de Andalucía
Como único imputado por el Juzgado de Instrucción Nº
3 de Huelva, Proc. Dil. Previas 1225/2001, Negociado 3M, por "PRESUNTO DELITO
CONTRA LA INTIMIDAD, DEL DESCUBRIMIENTO Y REVELACIÓN DE SECRETO" por
denuncia de quien dice ser perito tasador judicial Vicente Burgos González
de fecha 14 de marzo de 2001, y al amparo del Reglamento 1/1998 del Consejo
General del Poder Judicial, de tramitación de quejas y denuncias relativas
al funcionamiento de Juzgados y Tribunales, así como por cualquier
otra disposición legal o reglamentaria pertinente para su más
pronta inspección, YO SOLICITO:
1. Que se compruebe con celo y la mayor exhaustividad
y rapidez posible, si el denunciante Vicente Burgos González ha sido
alguna vez perito en el Juzgado de Instrucción Nº 3 de Huelva,
por todos los procedimientos testificales y documentales que puedan ser eficaces.
2. Que se garantice por Su Señoría, el Magistrado-Juez
titular del Juzgado de Instrucción Nº 3 de Huelva que ninguno
de los funcionarios destinados en dicho juzgado ni ha tenido, ni tiene en
la actualidad, relación personal alguna con el denunciante Vicente
Burgos González.
3. Y en inteligencia con todo lo anterior, que se estudien
todas las denuncias presentadas por Vicente Burgos González muy especialmente
las que ya hayan sido archivadas por el desestimiento del denunciante que
sean sospechosas de cualquier tipo de extorsión con denunciados en
cualquier lugar de España, o del extranjero, presentadas ante la Guardia
Civil tanto en Huelva como en Sevilla, donde también consta que él
presume de ser perito judicial.
Como único imputado en el procedimiento 1225/2001, yo me reservo
todos los derechos que puedan corresponderme, especialmente los relativos
al "forum delicti", pero en mi absoluta seguridad de mi completa, total y
plena inocencia de cuanto tan falsa y maliciosamente se me imputa, pido al
Presidente del TSJA su celo y rigor para conocer pronto todos los antecedentes
periciales, y muy especialmente cuantos tenga como denunciante instruidos
por juzgados de Huelva, de quien dice ser perito tasador judicial, porque
tengo la bien fundada sospecha de que las denuncias falsas y maliciosas son
una perversión ya repetida allí, y no dudaré en agotar
todas y cada una de las posibles vías de denuncia y queja, dentro
y fuera de los juzgados, e incluso internacionalmente, y si fuera necesario
pidiendo también el amparo del Defensor del Pueblo, porque como criminólogo
considero que la querulancia es una de las patologías que más
gravemente afecta a nuestro sistema judicial y policial, y advierto que pretendo
hacer públicas mis conclusiones sobre las más perversas intenciones
y sobre todas las relaciones del denunciante quien, para mayor dolo y responsabilidad,
presume de ser perito en Huelva y Sevilla. En mi opinión, es tan indigno
de serlo, que debe prevenirse eficazmente de él.
Estaré permanentemente a la disposición de quien se responsabilice
de la inspección que urgentemente solicito en el teléfono móvil
619776475, para detallar y fundamentar lo que pido en Madrid, a 13 de agosto
de 2001, por correo certificado al Presidente del TSJA.
Al Decano de los Juzgados de Huelva
Como único imputado por el Juzgado de Instrucción Nº
3 de Huelva, Proc. Dil. Previas 1225/2001, Negociado 3M, por "PRESUNTO DELITO
CONTRA LA INTIMIDAD, DEL DESCUBRIMIENTO Y REVELACIÓN DE SECRETO" por
denuncia de quien dice ser perito tasador judicial Vicente Burgos González
de fecha 14 de marzo de 2001, y al amparo del Reglamento 1/1998 del Consejo
General del Poder Judicial, de tramitación de quejas y denuncias relativas
al funcionamiento de Juzgados y Tribunales, así como por cualquier
otra disposición legal o reglamentaria pertinente para su más
pronta inspección, YO SOLICITO:
1. Que se compruebe con celo y la mayor exhaustividad
y rapidez posible, si el denunciante Vicente Burgos González ha sido
alguna vez perito en el Juzgado de Instrucción Nº 3 de Huelva,
por todos los procedimientos testificales y documentales que puedan ser eficaces.
2. Que se garantice por Su Señoría, el Magistrado-Juez
titular del Juzgado de Instrucción Nº 3 de Huelva que ninguno
de los funcionarios destinados en dicho juzgado ni ha tenido, ni tiene en
la actualidad, relación personal alguna con el denunciante Vicente
Burgos González.
3. Y en inteligencia con todo lo anterior, que se estudien
todas las denuncias presentadas por Vicente Burgos González muy especialmente
las que ya hayan sido archivadas por el desestimiento del denunciante que
sean sospechosas de cualquier tipo de extorsión con denunciados en
cualquier lugar de España, o del extranjero, presentadas ante la Guardia
Civil tanto en Huelva como en Sevilla, donde también consta que él
presume de ser perito judicial.
Como único imputado en el procedimiento 1225/2001, yo me reservo
todos los derechos que puedan corresponderme, especialmente los relativos
al "forum delicti", pero en mi absoluta seguridad de mi completa, total y
plena inocencia de cuanto tan falsa y maliciosamente se me imputa, pido al
Decano de los Juzgados de Huelva su celo y rigor para conocer pronto todos
los antecedentes periciales, y muy especialmente cuantos tenga como denunciante
instruidos por juzgados de Huelva, de quien dice ser perito tasador judicial,
porque tengo la bien fundada sospecha de que las denuncias falsas y maliciosas
son una perversión ya repetida allí, y no dudaré en
agotar todas y cada una de las posibles vías de denuncia y queja,
dentro y fuera de los juzgados, e incluso internacionalmente, y si fuera
necesario pidiendo también el amparo del Defensor del Pueblo, porque
como criminólogo considero que la querulancia es una de las patologías
que más gravemente afecta a nuestro sistema judicial y policial, y
advierto que pretendo hacer públicas mis conclusiones sobre las más
perversas intenciones y sobre todas las relaciones del denunciante quien,
para mayor dolo y responsabilidad, presume de ser perito en Huelva y Sevilla.
En mi opinión, es tan indigno de serlo, que debe prevenirse eficazmente
de él.
Estaré permanentemente a la disposición de quien se responsabilice
de la inspección que urgentemente solicito en el teléfono móvil
619776475, para detallar y fundamentar lo que pido en Madrid, a 13 de agosto
de 2001, por correo certificado al Decano de los Juzgados de Huelva.
A la urgente y directa atención de Su Señoría, el Secretario
Judicial
del Juzgado de Instrucción Nº 3 de Huelva
Proc. Dil. Previas 1225/2001, Negociado 3M
Al ser Su Señoría el Secretario Judicial quien legalmente
debe dar fe de las actuaciones, y como único imputado conocido por
la denuncia ante la Guardia Civil 46/2001 de Vicente Burgos González
de fecha 14 de marzo de 2001, instruida por este juzgado, y al no tener otra
noticia del procedimiento que el exhorto en el que no se me proporcionó
copia de nada que no fuera dicha denuncia, en el ejercicio de los derechos
que como único imputado me corresponden, YO SOLICITO con la MÁXIMA
URGENCIA:
1. Copia íntegra de todos los documentos y fe de
todas las actuaciones ya realizadas, preferentemente por correo certificado
y anticipadas por fax del que yo daría acuse de recibo oportuno solo
en caso de que se vieran con suficiente claridad los escritos.
2. Que todo el personal del juzgado extreme su celo para
que sólo yo, único imputado que soy, tenga esa documentación,
y nunca nadie más pueda tener acceso a ella.
Quiero prevenir a Su Señoría de la lógica posibilidad
que existe de que quien presume de ser perito judicial en Huelva (y Sevilla)
pueda disponer de acceso a lo que como simple denunciante no le corresponde,
tal vez por amistad personal con alguno de los funcionarios. Si se diera ese
caso, y con independencia de cualquier otro derecho por la Ley de Enjuiciamiento
Criminal también pudiera corresponderme, insisto, e insistiré
siempre, en ser el primero en enterarse de cuanto no debería de conocer
el denunciante, y por su condición de perito, en mi opinión
indigno de serlo, ya haya podido conocer.
Efectivamente, sospecho que el denunciante dispone de mucha más información
que yo de este procedimiento en el que sólo he sido denunciado yo,
y eso haría evidente para cualquier jurista que existe un injusto trato
de favor hacia él, y en mi grave perjuicio.
Debo reservarme todos los demás derechos que puedan corresponderme,
porque a la vista de las últimas actuaciones, en caso de seguir imputado
por una denuncia que ya he calificado de falsa y maliciosamente perversa,
solicitaré la realización de una prueba pericial, mediante una
precisa proposición de prueba con nombre de perito adecuado que yo
no tengo duda que evidenciará, incluso públicamente, quién
tiene más razón y más perjuicio, y quién, en mi
opinión, abusa de una inmerecida confianza judicial en Huelva para
hacer unas graves acusaciones que por sí mismas deberían descalificar
e inhabilitar a tal perito, al menos en toda su supuesta condición
de experto técnico.
En caso de que se me denieguen estas dos peticiones, solicito una bien motivada
resolución a la que poder oponerme con todos los recursos a mi alcance,
por evidente violación de mi más elemental derecho a la contradicción
de las pruebas, al no poder conocer todas las actuaciones ya realizadas en
el Juzgado de Instrucción que me afecten.
Lo que pido y comunico por correo certificado al Registro General de los
Juzgados de Huelva, para su conocimiento y prontos efectos, en Madrid, a 13
de agosto de 2001.
A la urgente y directa atención de Su Señoría, el Secretario
Judicial
del Juzgado de Instrucción Nº 3 de Huelva, Proc. Dil. Previas
1225/2001, Negociado 3M
Al ser Su Señoría el Secretario Judicial quien legalmente
debe dar fe de las actuaciones, como único imputado conocido por la
denuncia ante la Guardia Civil 46/2001 del supuesto perito Vicente Burgos
González de fecha 14 de marzo de 2001, instruida por este juzgado,
y al no tener otra noticia del procedimiento que el exhorto al Juzgado de
Instrucción 34 de Madrid en el que no se me proporcionó copia
de nada que no fuera la denuncia, en el ejercicio de los derechos que como
único imputado me corresponden, YO SOLICITO con la MÁXIMA URGENCIA:
1. Copia íntegra de todos los documentos y fe judicial
de todas las actuaciones ya realizadas, preferentemente por correo certificado
y anticipadas por fax al 914738197 del que yo daría acuse de recibo
oportuno sólo en caso de que se vieran con suficiente claridad los
escritos.
2. Que todo el personal del juzgado extreme su celo para
que sólo yo, único imputado que soy, tenga esa documentación,
y nunca nadie más, no autorizado legalmente, tenga acceso a ella.
Quiero prevenir a Su Señoría de la lógica posibilidad
que existe de que quien presume de ser perito judicial en Huelva (y Sevilla)
pueda disponer de acceso a lo que como simple denunciante no le corresponde,
tal vez por amistad personal o presunta connivencia con alguno de los funcionarios.
Si se diera ese muy preocupante caso, y con independencia de cualquier otro
derecho por la Ley de Enjuiciamiento Criminal también pudiera corresponderme,
insisto, e insistiré siempre, en ser el primero en enterarme de cuanto
no debería de conocer el denunciante, y por su condición de
perito judicial, en mi opinión indigno de serlo, ya haya podido conocer.
Efectivamente, sospecho que el denunciante dispone de mucha más información
que yo de este procedimiento en el que sólo he sido denunciado yo,
y eso haría evidente para cualquier jurista que existe un injusto trato
de favor hacia él, y en mi grave perjuicio. Debo reservar los derechos
que puedan corresponderme, porque a la vista de las últimas actuaciones
que aquí pido, en caso de seguir imputado por una denuncia que ya
he calificado de falsa y maliciosamente perversa, solicitaré la realización
de una prueba pericial, mediante una precisa proposición de prueba
con nombre de perito adecuado, y que yo no tengo duda que evidenciará,
incluso públicamente, quién tiene más razón y
más perjuicio, y quién, en mi opinión, abusa de una inmerecida
confianza judicial en Huelva para hacer unas graves acusaciones que por sí
mismas deberían descalificar e inhabilitar a tal perito, al menos
en toda su supuesta condición de experto técnico.
En caso de que se denieguen estas dos peticiones, solicito una bien motivada
resolución a la que poder oponerme con todos los recursos legales a
mi alcance, por evidente violación del más elemental derecho
a la contradicción de las pruebas, al no poder conocer yo las actuaciones
ya realizadas en el Juzgado de Instrucción que me afecten. Lo pido
así, por correo certificado al Registro General de los Juzgados de
Huelva, para su conocimiento y prontos efectos, desde Madrid, a 13 de agosto
de 2001.
Al Fiscal Jefe del Tribunal Superior de Justicia
de Andalucía, Ceuta y Melilla, con el ruego de que traslade copia a
todos los Fiscales de Huelva y Sevilla y muy especialmente al Fiscal del Juzgado
de Instrucción Nº 3 de Huelva en Proc. Abreviado, Dil.Prev 1225/01,
Negociado 3M
Plaza Nueva, 10
18071 GRANADA TELÉFONO:
958002674, FAX: 958002677 y por correo certificado
De mi más respetuosa consideración, rogando pronto acuse de
recibo:
Lamento tener que manifestar, aquí y así, que considero vergonzosa
la correspondencia que he recibido del Fiscal Jefe de la Audiencia Provincial
de Huelva, Francisco Ontiveros Valera, quien por segunda vez, me comunica
el archivo de mis escritos ignorando, por su parte, que las diligencias previas
con nº 1225/2001, del Juzgado de Instrucción Nº 3 de Huelva,
fueron sobreseídas y archivadas hace ya mucho tiempo, como él
parece no ser capaz de comprobar por el Fiscal del caso. ¿Es sólo
ésa la tonta respuesta que cabe esperar de los Fiscales de Andalucía?
Pero más allá de la ignorancia, lo criminológicamente
más preocupante en la Fiscalía es que no pueda mostrar ni ápice
de inteligencia, y de celo, para evitar delitos contra la Administración
de Justicia como lo son los del art. 456 por denuncias falsas, y art. 457
por simulación de delito.
El perito de los juzgados de Huelva y Sevilla, Vicente Burgos González,
ha sido obviamente mendaz en su denuncia por la que se inician las Diligencias
Previas nº 1225/2001 en el Juzgado de Instrucción Nº 3 de
Huelva, pero ya no extraña que quien ni siquiera sabe del archivo del
procedimiento, tampoco tenga idea de que en él existió mendacidad
del denunciante. Así, la Fiscalía de Huelva evidencia incompetencia,
pereza y falta de celo e inteligencia, incluso ante la reiterada denuncia
de lo que es un delito contra la propia Administración de Justicia.
Si los fiscales no son capaces de detectar las denuncias maliciosas, es completamente
lógico que se vean desbordados por el trabajo inútil, y sean
incapaces de realizar bien el más esencial.
Lo único que yo puedo hacer es insistir tanto como se me permita
en mi petición de que se comprueben los antecedentes como denunciante
mendaz, no sólo en mi archivado caso, sino en cuanto evidencie querulancia
y mendacidad por parte del perito de los juzgados de Huelva y Sevilla, Vicente
Burgos González, y sus muy sospechosas relaciones con la Guardia Civil,
porque de no hacer algo por evitarlo, el peor pronóstico criminológico
será responsabilidad de la Fiscalía, y yo así lo demostraré
públicamente, por ejemplo, reproduciendo en Internet la torpe, sorda,
ciega y obtusa correspondencia que he recibido del Fiscal Jefe de la Audiencia
de Huelva, Francisco Ontiveros Varela, en la página de Internet http://www.cita.es/denuncias/falsas
Lamentaría mucho tener que remitirme a esta carta de queja y petición
si no recibo un acuse de recibo de algún Fiscal que sí compruebe
el archivo de las diligencias que se iniciaron contra mí con tan repugnante
mendacidad, y que sí conozca bien los artículos 456 y 457 del
Código Penal.
En Madrid, a 8 de abril de 2002.
A quien pueda interesar en Huelva y Sevilla:
Yo acuso públicamente al Fiscal Jefe de la Audiencia Provincial de
Huelva, Francisco Ontiveros Varela, por haber archivado mis escritos de denuncia
repetidamente, y de manera injusta, evidenciando su ignorancia e incapacidad
para conocer cuándo se han sobreseído y archivado en firme unas
diligencias previas iniciadas por denuncia falsa y mendaz presentada ante
la Guardia Civil de Huelva en términos que su Ministerio Público
parece querer desconocer deliberadamente.
El fiscal Francisco Ontiveros Valera, por dos veces, se niega a entender
del fondo de un asunto en el que un perito tasador en juzgados de Huelva y
Sevilla llamado Vicente Burgos González comete, presuntamente, un delito
de acusación y denuncia falsa tipificado en el artículo 456
del Código Penal en concurrencia con otro de simulación de
delito según el artículo 457, como resulta evidente para cualquiera
que lea la denuncia presentada por el perito tasador Vicente Burgos González.
¿Cuál es el motivo por el que se niega a atender y entender
los escritos que le traslada la Fiscalía del Tribunal Superior de
Justicia de Andalucía en Granada? ¿Cuántas falsas denuncias
y simulaciones de delito ha detectado y cuántas quedan impunes allí?
¿Por qué?
Asumiendo yo así la plena responsabilidad de esta acusación,
repito que el fiscal ha escrito por dos veces que él archivó
la documentación que yo le he proporcionado por “seguirse Diligencias
Previas con Nº 1225/2001 en el Juzgado de Instrucción nº
3” de Huelva, cuando lo más cierto es que en junio, varios meses antes
de su primer escrito, y nueve meses antes del segundo, de fecha 15 de marzo
de 2002, esas diligencias previas ya estaban sobreseídas y archivadas,
como él parece negarse a admitir. Pues bien, yo estoy decidido a agotar
todos los medios lícitos para conseguir que él lo reconozca
y recupere de sus archivos toda la documentación que recibió.
Además, teniendo en cuenta que el perito tasador judicial Vicente Burgos
González presume en su denuncia mendaz de disponer de muy importante
documentación de procedimientos penales en los que él ha actuado,
o está actuando como perito y tasador en juzgados de instrucción
de Huelva y Sevilla, la lógica y el sentido común hacen sospechar
que exista relación personal o profesional entre Vicente Burgos González
y fiscales de Huelva. Eso justifica una inspección.
Mi empresa y yo hemos tomado la decisión de agotar todas las vías
y medios de denuncia para evitar que prescriban los delitos de acusación
y denuncia falsa y de simulación de delito, cometidos por el perito
tasador en juzgados de Huelva y Sevilla Vicente Burgos González, y
también acusamos al pasivo y errado fiscal Francisco Ontiveros Varela,
e incluso ofreceremos dinero por cuanta información sobre los antecedentes
profesionales de ambos podamos utilizar pública y judicialmente. También
ofrecemos públicamente cuantos documentos tenemos de ambos a los medios
de comunicación, abogados, procuradores, detectives, peritos, y a todo
el que, por cualquier razón, esté interesado en los antecedentes
y pruebas de cuanto aquí se manifiesta, recomendando la lectura de
la página de Internet http://www.cita.es/denuncias/falsas
Agradeceré cuanta publicidad y difusión se dé a este
escrito acusador contra el fiscal de Huelva, en Madrid, a 6 de mayo de 2002.
A la directa y exclusiva atención del
Ilmo. Sr. D. Miguel Pasquau Liaño
Magistrado de la Sala de lo Penal del TSA
Tribunal Superior de Justicia de Madrid ía
Plaza Nueva, 10
18071 Granada
Madrid, 12 de mayo de 2002
De mi más respetuosa consideración:
He leído noticias relacionadas con el caso “Isla Chica”, y aunque
no soy ni pretendo ser parte, en principio, sí que hago público
mi interés por conocer cuanto sea posible del Fiscal Jefe de la Audiencia
Provincial de Huelva, Francisco Ontiveros Valera, a quien yo acuso de ignorar
reiteradamente mis denuncias contra un perito-tasador llamado Vicente Burgos
González con quien sospecho que ha colaborado o ha facilitado su acreditación
como perito tasador en Huelva.
Si en el sumario del caso “Isla Chica” hubiera cualquier referencia al perito
Vicente Burgos González, quien presume de disponer de información
confidencial en sus ordenadores de procedimientos penales en los que ha sido
nombrado perito de oficio, o de parte (parece prodigiosa su capacidad para
conseguir ambos tipos de nombramientos), inmediatamente yo me personaría
para cuestionar cuanto haya manifestado pericialmente Vicente Burgos González,
porque al tener yo la absoluta certeza de su mendacidad, y haberla ya denunciado
al Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia en Granada, agotaré
cuanto me permita el ejercicio de mis derechos al amparo de los artículos
105, 106 y 122 de la Constitución Española para obtener copia
de cuanta documentación haya sido conocida judicialmente sobre el Fiscal
Jefe de la Audiencia Provincial de Huelva, Francisco Ontiveros Valera, y
del perito cuya mendacidad conozco bien.
Yo asumo la plena responsabilidad de esta petición dirigida a Su
Señoría, mientras hago cuanto está a mi alcance para
demostrar públicamente que la fiscalía merece mejores personas
de lo que parece serlo Francisco Ontiveros Valera, y que las pericias y tasaciones
realizadas por Vicente Burgos González, quien presume de muchos nombramientos
judiciales tanto en Huelva como en Sevilla, tienen una clara presunción
de mendacidad peligrosísima, por ser hábil querulante. Para
comprender mi sentir, y los terribles antecedentes como acusador y denunciante
falso del perito y tasador Vicente Burgos González, quisiera invitar
a Su Señoría, con mis máximos respetos, a leer la página
de Internet http://www.cita.es/denuncias/falsas
Agradecería cualquier oportunidad o posibilidad de conocer hechos
y hablar con personas y partes interesadas en cuanto conozco de ambos, para
lo que su Señoría puede dar traslado de este escrito a todo
el que considere oportuno, con toda libertad en lo que a mí concierne.
Repito que aunque todos los escritos que aquí se relacionan están
completos y fueron enviados a cada destinatario en su fecha, me reservo
algunos documentos más que me han dado grandes satisfacciones en inteligencia,
y sobre todo, en contrainteligencia judicial para poner al querulante acusador
mendaz en su sitio, y también para que jueces y fiscales comprendan
y asuman su responsabilidad ante la querulancia. Con mucho gusto intercambiaré
las denuncias y contradenuncias que más interés tengan, porque,
estoy convencido, hay que investigar mucho más, y mucho mejor, en la
lucha contra la mendacidad judicial.
Esta experiencia ha servido para asesorar mejor como
acusados con falsedad en documentos judiciales
por las numerosas llamadas que hemos recibido por lo publicado sobre
denuncias falsas
en
http://www.cita.es/denuncias/falsas
Asociación para la
Veracidad Judicial (A.V.J.)
constituyéndose en
http://www.cita.es/veracidad
Miguel Ángel Gallardo Ortiz
,
Ingeniero y Criminólogo
,
(meta)perito
Apartado Postal 17083 - 28080 Madrid
Tel.: 914743809, Móvil: 619776475,
Fax para denuncias:
914738197
E-mail:
miguel@cita.es
Página publicada en Internet
http://www.cita.es/denuncia/falsa