Corrupciones periciales de funcionarios
Por Ing. Miguel A. Gallardo, Criminólogo, perito judicial privado
www.cita.es Tel.: 914743809, Móvil: 619776475 (atención permanente), E-mail: miguel@cita.es
Ver especialmente http://www.cita.es/corrupciones/periciales/universitarias
y http://www.cita.es/peritos/incompatibles

Nota importante: El 2 de abril de 2007 se presentó una denuncia ante el Tribunal de Defensa de la Competencia de la Comunidad de Madrid (que la consideró de alcance supaautonómico trasladándola para su trámite por el Ministerio de Economía), cuyo contenido íntegro está publicado en http://www.miguelgallardo.es/denuncia.pdf

También se ha detectado y denunciado http://www.miguelgallardo.es/incompatibilidad

Los funcionarios no deben de peritar en favor de una parte en ningún procedimento judicial, y por lo tanto, no deberían de cobrar ninguna cantidad por emitir informe o dictamen de ningún tipo. Es inmoral e ilícito que lo hagan. En cualquier asunto judicial en el que una parte pueda sentirse perjudicada por la opinión de un funcionario, además de hacer valer sus contraperitajes con la máxima contundencia, también puede pedir responsabilidades civiles al Estado, por lo que antes de comparecer en cualquier tipo de procedimiento judicial, la instancia de la Administración, sea Municipal, Autonómica, del Gobierno de la Nación (el Ministro para las Administraciones Públicas es el penúltimo responsable y por ese motivo le estamos comprometiendo formalmente) o de la que dependa el organismo para el que trabaje, debe de ser muy consciente del riesgo que asume.

En estos momentos, estamos investigando casos de corrupciones periciales realmente escandalosos, con precedentes, jurisprudencia y doctrina aplicable, denunciando públicamente lo siguiente:

-----Mensaje original-----
De: Miguel A. Gallardo O. WWW.CITA.ES [mailto:miguel@cita.es]
Enviado el: lunes, 18 de diciembre de 2006 12:23
Para: 'secretaria.directora@map.es'
CC: 'cita.sl@gmail.com'
Asunto: Para el Ministro de AAPP sobre www.cita.es/audiotext

Al Ministro, Sr. D. Jordi Sevilla Segura
Y Dª Fátima Rojas Cimadevila
Tel.. 91 273 11 45, Fax: 91 273 10 46

Estimado Sr. Ministro de AA PP:

Estamos trabajando en un proyecto internacional sobre vídeos forenses y quisiéramos plantear la problemática que nos encontramos con las peritaciones judiciales realizadas por funcionarios cobrando honorarios por alguna de las partes en procedimientos civiles. Sobre nuestro proyecto puede leerse una propuesta europea en http://www.cita.es/audiotext

Podemos ofrecerle algunos ejemplos ciertamente curiosos de funcionarios que obtienen importantes ingresos, no siempre debidamente declarados, por elaborar dictámenes periciales para demandas o contestaciones y reconvenciones en Juzgados de Primera Instancia. Muchos se dedican a la docencia, pero otros ocupan relevantes puestos en las mismas áreas de la Administración Pública en las que surgen los conflictos sobre los que opinan. Por ejemplo, en propiedad intelectual, pero también en medio ambiente, muy diversas ingenierías, y varias especialidades econométricas.

Las incompatibilidades rara vez son denunciadas, pero nosotros recomendamos que se pida en el mismo juzgado la deducción de testimonio para comunicar a los superiores del funcionario cuál ha sido su participación en el juicio. Sabemos que la actual situación es nebulosa y que permite muchos conflictos de intereses entre la participación del funcionario como perito en juicios, con su responsabilidad pública. Agradeceríamos información, doctrina y jurisprudencia sobre la peritación judicial de los funcionarios. Nos gustaría conocer cómo se contemplará esta delicada actividad pericial en Estatuto Básico del Empleado Público que conocemos por el PROYECTO DE LEY de 8 de septiembre de 2006 que hemos visto en http://www.map.es/iniciativas/mejora_de_la_administracion_general_del_estado/funcion_publica/estatuto_funcion_publica/parrafo/03/document_es/2__Borrador_EBEP_17_de_abril_2.pdf

Pensamos que el artículo 24 del proyecto, y su desarrollo más concreto, deberían de contemplar la actividad de los funcionarios en juzgados de manera remunerada, o es bien previsible que habrá conflictos, y probablemente escándalos por ciertas inmoralidades, que deberían ser ilegales. Además, también pensamos que las oposiciones de cualquier cuerpo de la Administración Pública en cuyos exámenes haya ejercicios orales, deberían de ser grabadas las exposiciones, al menos, de quienes ganen las oposiciones. De esa manera, el Ministerio tendría, al menos, un vídeo de cada funcionario disertando sobre sus propios temas. En este sentido, podríamos hacer, con mucho gusto, una propuesta más formal relacionada con lo que actualmente desarrollamos en http://www.cita.es/audiotext

Pero repito que lo que ahora más nos interesa es la compatibilidad, incompatibilidad y regulación de la participación de funcionarios en juicios como peritos remunerados por alguna de las partes que litigan. Por supuesto, puede trasladarse copia de este mensaje a todo el que se considere oportuno, y yo quedo permanentemente a su entera disposición con mi mejor y más atento saludo.

Ing. Miguel A. Gallardo Ortiz, criminólogo
CV con fotos en http://www.cita.es/conmigo
WWW.CITA.ES Apartado 17083-28080 Madrid
Tel.: 914743809 Móvil 619776475 E-mail: miguel@cita.es

FIN DEL Mensaje original-----

El Ministro para las Administraciones Públicas nos ha contestado, literalmente, que ...el ejercicio de la actividad de perito judicial, bien sea por designación de las partes o por designación de los tribunales, por parte del personal comprendido en el ámbito de aplicación de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas, requiere la correspondiente autorización de compatibilidad, que estará sujeta al cumplimiento de las limitaciones y requisitos que establece la Ley (entre otros: que dicha actividad no impida o menoscaba el cumplimiento de los deberes del funcionario ni afecte a su imparcialidad o independencia).

La respuesta del Ministro está al final de
http://www.miguelgallardo.es/incompatibilidad


Ver especialmente http://www.miguelgallardo.es/denuncia.pdf
http://www.miguelgallardo.es/recurso/apelacion
http://www.miguelgallardo.es/codigo/deontologico/abogados
http://www.miguelgallardo.es/perito/judicial
http://www.miguelgallardo.es/perito/judicial/civil
http://www.miguelgallardo.es/perito/judicial/penal
http://www.miguelgallardo.es/justicia/francesa
http://www.miguelgallardo.es/justicia/irlandesa
http://www.miguelgallardo.es/incompatibilidad
http://www.miguelgallardo.es/denuncia.pdf
http://www.miguelgallardo.es/abogados
http://www.miguelgallardo.es/videos/judiciales
http://www.miguelgallardo.es/habeas/audio
http://www.miguelgallardo.es/teleperito
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http://www.cita.es/video
http://www.miguelgallardo.es/jueces
http://www.miguelgallardo.es/magistrados
http://www.miguelgallardo.es/judicatura
cohecho negociaciones prohibidas malversación prevaricación daños estafas testimonio corrupciones tráfico de influencias asesinato homicidio amenazas usurpaciones mentiras falacias secretos intimidad

Otras referencias de posible interés:
Sobre la corrupción policial ver http://www.cita.es/policial
Corrupción judicial en http://www.cita.es/jueces/expedientados
Corrupción pericial en http://www.cita.es/corrupciones/periciales
Contraperitaje contra perito corrupto en http://www.cita.es/adese/peritaje.htm
Carta a la Ministra de Cultura en http://www.cita.es/adese/ministra.htm
y especialmente el dictamen de
http://www.cita.es/corrupciones/periciales/universitarias
y los casos denunciados en http://www.cita.es/peritos/incompatibles
http://www.miguelgallardo.es/denuncia.pdf

Por Ing. Miguel A. Gallardo, Criminólogo, perito judicial privado
www.cita.es Tel.: 914743809, Móvil: 619776475 (atención permanente), E-mail: miguel@cita.es
Corrupciones periciales de funcionarios