Al Comisario e Inspectores de Policía

De nuestra más respetuosa consideración:

Un pequeño colectivo de denunciados e imputados que consideran que el artículo 456 del Código Penal vigente no es suficientemente respetado, y ni siquiera conocido por muchos denunciantes irresponsables, está trabajando en un proyecto de Asociación de Denunciados e Imputados Judicialmente y para nosotros es muy importante la opinión de los Comisarios e Inspectores de Policía sobre las denuncias falsas y las simulaciones de delito, actualmente.

Así, quisiéramos presentarle este proyecto en fase de deliberación por una comisión constituyente de la Asociación de Denunciados e Imputados Judicialmente porque cualquier sugerencia, referencia o advertencia que provenga de una comisaría de policía tiene la máxima prioridad para ser considerada por quienes nos estamos planteando la necesidad de informar más y mejor no sólo de los derechos, sino también de las obligaciones y responsabilidades del denunciante. Algunas ideas que proponemos son muy sencillas, fácilmente aplicables, y permitirían diagnosticar, pronosticar e influir positivamente en la criminología, y en la represión pronta y proporcionada, de la falsedad o mendacidad de ciertos tipos de peligrosísimos querulantes. No hay que olvidar que las denuncias falsas y las simulaciones de delito son faltas o delitos contra la Administración de Justicia, y nadie mejor que la Policía puede conocer el coste, los riesgos y los perjuicios que ocasionan.

Por ello, sin comprometer en modo alguno a los funcionarios, inspectores y comisarios de Policía, queremos estar permanentemente abiertos a sus sugerencias, referencias y advertencias porque nos gustaría que la Asociación de Denunciados e Imputados Judicialmente que pretendemos constituir en breve sea realmente útil para los Cuerpos y Fuerzas de la Seguridad del Estado, Judicatura y Fiscalía, desde una perspectiva criminalística y criminológica tan activa como nos permitan las leyes y las autoridades, desde la convicción de que la denuncia, precisamente por su importancia legal y social, no puede ser utilizada con frivolidad, o con malicia, impunemente. Estimamos que la cifra negra del tipo delictivo del 456 del CP es demasiado alta porque son muy pocos los procedimientos judiciales en los que se consigue probar falsedad o temerario desprecio hacia la verdad en el denunciante, pese a que sean evidentes los indicios o incluso las pruebas de la mendacidad. Pensamos que es necesario un serio estudio criminológico de las denuncias falsas en España y para proponerlo con rigor, oportunidad y eficacia, quiséramos contar con su apoyo, y con sus ideas y experiencias en la medida en la que pueda y quiera compartirlas con nosotros.

Además de esta página publicada en Internet http://www.cita.es/comisario
recomiendo el manual operativo http://www.cita.es/denuncias/falsas
el planteamiento filosófico http://www.cita.es/imputado
y la convocatoria en http://www.cita.es/denunciados
con proyecto de ESTATUTOS en http://www.cita.es/denunciados/asociados

Quedo permanentemente a su disposición, a la de todas las víctimas de denuncias falsas (muy especialmente si son policías en activo imputados injustamente) y también a la de todo el que Vd. crea que pueda aportar algo al proyecto de Asociación de Denunciados e Imputados Judicialmente a quien puede trasladar nuestra referencia y datos de contacto, con mi mejor y más atento saludo, desde Madrid.

Miguel Ángel Gallardo Ortiz, Ingeniero y Criminólogo, (meta)perito
Apartado Postal 17083 - 28080 Madrid
Tel.: 914743809, Fax 914738197, Teléfono Móvil: 619776475
E-mail: miguel@cita.es
Página publicada en Internet http://www.cita.es/comisario